ACTA Nº 82-2005

 

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del veinticinco de agosto del dos mil cinco, con asistencia de los señores Magistrados Fonseca Montoya, quien preside, Sobrado González, Casafont Odor, Rodríguez Chaverri y Del Castillo Riggioni. 

ARTÍCULO PRIMERO.- Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Se conocen los siguientes asuntos:

Sale del Salón de Sesiones el señor Magistrado Casafont Odor.

a) Del señor Magistrado Juan Antonio Casafont Odor se conoce oficio sin número del 25 de agosto del 2005, en el que se solicita se modifique el acuerdo adoptado en sesión ordinaria Nº 81-2005, artículo segundo, del pasado 23 de agosto, en el sentido de que se le autorice a disfrutar vacaciones únicamente durante los días comprendidos del 9 al 14 de setiembre, ambas fechas inclusive, y no del 8 al 16 de dicho mes conforme originalmente lo había solicitado.

Se dispone: Aprobar. Póngase en conocimiento de la señora Magistrada Zetty Bou Valverde quien lo sustituirá. ACUERDO FIRME.

El Magistrado Casafont Odor reingresa al Salón de Sesiones.

b) Del señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, se conoce:

1) Oficio Nº 4208 D.E. del 24 de agosto del 2005, mediante el cual informa lo que se transcribe a continuación:

“La próxima fecha límite en que la Dirección General de Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda recibirá gestiones relativas a traslados de recursos es el 31 del mes en curso, motivo por el cual la Comisión de Presupuesto, en su reunión Nº 47-CP celebrada el 17 de los corrientes, analizó las diferentes subpartidas a fin de determinar cuáles requieren ser reforzadas para atender las necesidades más urgentes, incluidas aquellas que se derivan de actividades relacionadas con la organización de los próximos procesos electorales.

Por otra parte, con el propósito de reforzar en la suma necesaria la subpartida 162 “Consultorías” para poder contratar los estudios de suelos e impacto ambiental (3.5 millones de colones) previos a la construcción del edificio de la Oficina Regional de Cartago, así como la 637 “Subvenciones a otras instituciones privadas sin fines de lucro, IP-200” (¢3.850.000,oo) por medio de la cual se depositan las cuotas de la Asociación Solidarista, ha sido necesario tomar ¢7.350.000,oo de gasto electoral, a la luz de la flexibilidad que en este sentido expresó el señor José Luis Araya Alpízar en su oficio N. 133 del 30 de marzo del año en curso (conocido por el Tribunal en sesión Nº 36-2005, Oficio Nº 2188-TSE-2005).

Producto de lo anterior me permito presentar a consideración del Superior las siguientes modificaciones:

1) SUBPARTIDAS A REBAJAR

134 Gastos de viaje dentro del país: se rebajan 10.0 millones de colones para reforzar -en parte- la suma que se requiere para contratar la impresión de las papeletas para las elecciones de febrero 2006 con la Imprenta Nacional, conforme a la última cotización recibida y a lo dispuesto por el Tribunal en esa materia.

232 Productos de papel y cartón y 286 Otros útiles y materiales específicos: los saldos en estas subpartidas permiten rebajar 5.0 y 2.0 millones de colones para atender otros requerimientos.

340 Equipo de comunicaciones: es posible disponer de 10.0 millones de colones debido a que el costo de varios de los equipos que se adquieren por esta subpartida resultó de menor cuantía a lo originalmente previsto.

900 Imprevistos: se trasladan ¢115.350.000,oo de los cuales 108.0 millones son para atender gastos electorales en varias subpartidas, 3.5 millones para la contratación de consultorías relativas a la construcción del edificio de la Regional de Cartago y ¢3.850.000,oo para completar lo que se requiere en la subpartida 637, según se indicó supra.

2) SUBPARTIDAS A AUMENTAR

  1. Impresión encuadernación y otros: es necesario incrementarla en 80.0 millones para completar el monto de la contratación referente al tiraje de las papeletas a utilizar en las elecciones de febrero del 2006.

144 Transportes dentro del país: se aumenta en 1.5 millones de colones con el propósito de darle contenido al posible traslado de los talleres de mantenimiento ubicados en la antigua sede del Registro Civil.

162 Consultorías: se necesita reforzar esta subpartida en 14.0 millones de colones, de los cuales 10.5 millones son para atender un servicio de soporte a la plataforma informática de transmisión de los resultados electorales, lo cual resulta necesario para el próximo proceso de elecciones y 3.5 millones para contratar el estudio de suelos y análisis de impacto ambiental para el proyecto de “Construcción de edificio de la Oficina Regional de Cartago”.

199 Otros servicios no personales: se adicionan 13.0 millones para atender la contratación de la rotulación de los sacos necesarios para el traslado de la documentación que las Juntas Receptoras de Votos envían al Tribunal.

204 Diesel: se incrementa en 10.0 millones de colones para reforzar las existencias de manera que se puedan atender las giras de diciembre de este año y enero 2006 que ocasiona el proceso de elecciones.

206 Otros combustibles, grasas y lubricantes: se refuerza en 50 mil colones para atender la demanda de estos productos.

214 Otros productos químicos: se aumenta en un millón de colones para completar el monto lo necesario para adquirir el toner para el tiraje del Padrón Electoral.

254 Productos Metálicos para la Construcción y 260 Instrumentos Herramientas y Otros: se aumentan en 6.5 y 0.5 millones de colones, respectivamente, para atender la compra de materiales y herramientas necesarios para acondicionar el local en el que se va a preparar el material electoral.

290 Artículos y gastos para recepciones: se adicionan 1.5 millones de colones para atender actividades y compromisos que adquiere el Tribunal como consecuencia del próximo proceso de elecciones.

637 Subvenciones a otras instituciones privadas sin fines de lucro: se le asignan a este rubro 4.3 millones de colones con el propósito de atender el faltante que se requiere para la Asociación Solidarista.

814 Amortización de cuentas pendientes de ejercicios anteriores: para el pago de varios compromisos pendientes, se refuerza en 10.0 millones de colones.

3) PROGRAMACION PRESUPUESTARIA

La programación física contenida en la Ley de Presupuesto para el 2005 no se ve afectada por los movimientos presupuestarios propuestos. No obstante se debe modificar la coletilla de la subpartida 162 “Consultorías” para que en el Sistema Integrado de Gestión de la Administración Financiera (SIGAF) se lea de la siguiente manera: “Incluye recursos para la contratación del análisis, desarrollo y puesta en marcha de una “Solución contingente a los sistemas de elecciones que residen en el equipo de computo A-14 a utilizar en las elecciones del 2006”, contratación de la elaboración de una “Metodología para la Valoración del Riesgo” en el TSE según lo establece la Ley de Control Interno, “Contratación de servicio de soporte a la plataforma informática de transmisión de resultados electorales” y la “Contratación del estudio de suelos y análisis de impacto ambiental para el proyecto construcción de edificio de la oficina Regional de Cartago”. Incluye 97.5 millones de colones para gasto electoral de conformidad con el artículo 177 de la Constitución Política.”

4) RECOMENDACIÓN

Con arreglo a los principios de gestión financiera y programación contenidos en el artículo 5, incisos b) y e), en ese orden, de la LAFPP, como consecuencia de lo expuesto y con base en el inciso r) del artículo 2º del Reglamento de esta Dirección Ejecutiva, se recomienda al Superior que se dirija atenta instancia al señor Director General de Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda, para que, con base en el Decreto Nº 30906-H de 12 de diciembre del 2002, se sirva efectuar los siguientes traspasos presupuestarios:

REBAJAR

 

TITULO 125

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

PROGRAMA 850

SUBPROGRAMA 01- TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

REGISTRO CONTABLE 125.850.01

 

134 Gastos de viaje dentro del país 10.000.000,oo

232 Productos de papel y cartón 5.000.000,oo

286 Otros útiles y materiales específicos 2.000.000,oo

340 Equipo de comunicación FF=01 10.000.000,oo

900 Imprevistos 115.350.000,oo 

TOTAL REBAJA DEL SUBPROGRAMA 850-01 142.350.000,oo

TOTAL REBAJA DEL TITULO 125 142.350.000,oo 

AUMENTAR

TITULO 125

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

PROGRAMA 850

SUBPROGRAMA 01- TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

REGISTRO CONTABLE 125.850.01

 

114 Impresión, encuadernación y otros 80.000.000,oo

144 Transportes dentro del país 1.500.000,oo

162 Consultorías 14.000.000,oo

Coletilla: Incluye recursos para la contratación del análisis, desarrollo y puesta en marcha de una “Solución contingente a los sistemas de elecciones que residen en el equipo de computo A-14 a utilizar en las elecciones del 2006”, contratación de la elaboración de una “Metodología para la Valoración del Riesgo” en el TSE según lo establece la Ley de Control Interno, “Contratación de servicio de soporte a la plataforma informática de transmisión de resultados electorales” y la “Contratación del estudio de suelos y análisis de impacto ambiental para el proyecto construcción de edificio de la oficina Regional de Cartago”. Incluye 97.5 millones de colones para gasto electoral de conformidad con el artículo 177 de la Constitución Política.

199 Otros servicios no personales 13.000.000,oo

204 Diesel 10.000.000,oo

206 Otros combustibles, grasas y lubricantes 50.000,oo

214 Otros productos químicos 1.000.000,oo

254 Productos metálicos para construcción.....………………… 6.500.000,oo

260 Instrumentos, herramientas y otros 500.000,oo

290 Artículos y gastos para recepciones 1.500.000,oo

637 Subvenciones a otras instituciones privadas sin fines de lucro

IP-200 Cuota patronal a Asociación Solidarista del TSE y RC 4.300.000,oo

814 Amort. de cuentas pend. de ejercicios anteriores FF=01 10.000.000,oo

Coletilla: Para atender obligaciones de años anteriores que deban pagarse 

durante el ejercicio económico del 2005, de conformidad con las resoluciones administrativas que se emitan al respecto.

TOTAL AUMENTO DEL SUBPROGRAMA 850-01 142.350.000,oo

TOTAL AUMENTO DEL TITULO 125 142.350.000,oo

Se acompaña la certificación de saldos de las subpartidas a rebajar emitida por la Contaduría y el cuadro de “Uso y Aplicación de Recursos Subprograma 01” los cuales deben adjuntarse al oficio que se remitirá al Ministerio de Hacienda.”

Se dispone: Aprobar conforme se propone. ACUERDO FIRME.

2) Memorando Nº 3476-D.E. del 22 de agosto del 2005, mediante el cual recomienda la aprobación de la solicitud de pedido que adjunta, número 2505020305 (E-2006), por la suma de ¢20.270.400,00, para atender la compra de cupones de gasolina.

Se dispone: Aprobar. Para efectos de ejecución del respectivo contrato, se designa como órgano fiscalizador al Jefe de la Sección de Servicios Generales. ACUERDO FIRME.

c) Del señor Fernando Víquez Jiménez, Coordinador del Comité Organizador del Día del Empleado Electoral, se conoce oficio Nº 1-CEE del 17 de agosto del 2005, mediante el cual informa lo que se transcribe a continuación:

“Por su digno medio nos permitimos exponer al Superior, lo siguiente:

1.- En virtud de que el 14 de setiembre es miércoles, solicitamos, si a bien lo tiene el Superior, se conceda ese día de asueto como en años anteriores, para la celebración del Día del Empleado Electoral con un día de campo.

2.- Hemos consultado varios lugares con el objeto de contar con opciones viables y económicas, siendo la mejor oferta la del Club de Recreación Uxarrací, de la Asociación Solidarista de Empleados del Banco Crédito Agrícola de Cartago, cuyo costo es de ¢ 469.500.00 (cuatrocientos sesenta y nueve mil colones (sic) sin céntimos) incluye entradas para 400 personas con derecho a uso de las instalaciones deportivas y recreativas durante el día, así como de la sala de eventos de 2 a 6 de la tarde. Las ofertas recibidas son las siguientes:

Club Los Jaúles (Asociación de Empleados de la CCSS), San Isidro de Coronado, solo ingreso para 400 personas.
¢720.000.oo
 
Club de Recreación Uxarrací (Asociación Solidarista del Banco Crédito Agrícola de Cartago) Paraíso, Cartago, ingreso para 400 personas y uso de todas las instalaciones.
469.500.oo
Club Campestre La Gloria, Barrio San José de Alajuela, ingreso de 400 personas pero con pagos adicionales por concepto de uso de canchas y otras facilidades así como de oficiales de seguridad.
421.000.oo

 

3.- En esta oportunidad, la Semana Cultural se ha dedicado a los compañeros Claudio Cordero Aguilar y Jorge Luis Fallas Zamora, como reconocimiento por la positiva labor que siempre han realizado para la Institución y por su trabajo y cooperación con este Comité.

4.- Las actividades culturales iniciarían el martes 6 de setiembre con la presentación de la obra de teatro “Los árboles mueren de pie”. El miércoles 7 se celebraría la Santa Misa a las 8:00 horas en el Salón Multiuso. Para el jueves 8 se programaron una serie de juegos tradicionales con premiación por equipos. El viernes 9, por ser “Día del Niño”, se promoverá la participación de los hijos de los empleados en una actividad recreativa en el sótano del edificio. El lunes 12 sería el Festival de la Canción y el martes 13 la entrega de reconocimientos a los empleados con la participación de los señores Magistrados, si así lo disponen. Con excepción del miércoles, las restantes actividades serían a las 15:00 horas. El tradicional día de campo, como ya se ha sido indicado, se llevaría a cabo el miércoles 14.

5.- Entre las actividades deportivas ya programadas están los campeonatos de fútbol y fútbol 5, carrera de atletismo, juegos recreativos y torneo de bola negra.

6.- Para poder finiquitar algunos detalles relacionados con las actividades propiamente, solicitamos la anuencia del Superior para lo siguiente:

6.1 Que el miércoles 14 de setiembre sea declarado de asueto con las excepciones usuales.

6.2 Que se autorice al personal que desee participar en la Santa Misa para que asistan el día y a la hora indicada, sin que se perjudique la atención al público.

6.3 Alquilar las instalaciones del Club de Recreación Uxarrací por un monto de ¢469.500.00.

6.4 Autorizar la contratación de cuatro buses a la empresa Servicios de Transportes Especiales TRAVISA, que es la única que ha aceptado la forma de pago de gobierno, por un monto de ¢40.000.00 (doscientos cuarenta mil colones sin céntimos).

6.5 Para los refrigerios que se servirán durante la semana cultural, se solicita autorizar a la Proveeduría para que confeccione una solicitud de pedido por la suma de ¢ 700.000.00 (setecientos mil colones sin céntimos), según factura proforma adjunta.

Para los gastos señalados, la Proveeduría se encargaría de los trámites respectivos.

De antemano agradecemos la atención a la presente.”

Se dispone: Se concede la autorización para lo consignado en los puntos 6.2, 6.3, y 6.4. Con respecto a los ítem 6.1 y 6.5, dado que estos organismos electorales, se encuentran dentro de un período electoral en el que se requiere del esfuerzo conjunto de toda la administración electoral para alcanzar los objetivos impuestos al Tribunal, y resultando necesaria la racionalización de gastos en vista de la frágil situación económica que atraviesa el país, se deniega la solicitado. En su lugar, se reprogramará para el miércoles 14 de setiembre la entrega de reconocimientos a los funcionarios, y únicamente para ese día se autoriza el respectivo gasto para refrigerio, cuyo costo se informará oportunamente a este Tribunal. ACUERDO FIRME.

d) Del señor Jaime Garita Sánchez, Inspector Electoral, se conoce oficio Nº I.E.-284-2005 del 24 de agosto del 2005, al que -para lo que a bien tenga disponerse- adjunta copia certificada de las piezas que corren en la sumaria 05-600309-499-TC por colisión contra Freddy Porras González y otro, en perjuicio de la seguridad vial, que se llevó a cabo en el Juzgado de Tránsito Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica.

Se dispone: Pase a la Asesoría Jurídica para los efectos correspondientes. ACUERDO FIRME.

e) Del señor Javier Vega Garrido, Proveedor, se conoce oficio Nº 1701-2005 del 24 de agosto del 2005, en el que informa que ese despacho recibió vía fax, escrito del señor Jorge Villalobos Clare, Apoderado Generalísimo de las empresa Unisys de Centro América S.A., mediante el cual interpuso recurso de objeción contra el cartel de licitación por registro Nº 13-1005 “Contratación del mantenimiento preventivo y correctivo para el hardware y software del Sistema Interactivo de Voz (IVR)”. Agrega que dicho recurso debió interponerse ante la Contraloría General de la República, sin embargo remite copia del libelo con el fin de que la Asesoría Jurídica, como corresponde en estos casos, prepare el informe de mérito.

Se dispone: Pase a la Asesoría Jurídica para lo de su cargo. ACUERDO FIRME.

f) Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio Nº 1102-2005-DRH del 22 de agosto del 2005, mediante el cual eleva a consideración de este Tribunal, escrito del pasado 17 de agosto, presentado por Juan Hilberth Hernández Rojas, en el cual solicita la suspensión de la licencia sin goce de salario que actualmente disfruta y se le permita reincorporarse al trabajo, toda vez que -según consta en documentos autenticados que aporta- el Juzgado Penal de Hacienda y de la Función Pública del Segundo Circuito Judicial de San José modificó una de las medidas cautelares que había dictado en su contra, siendo que ya no tiene ninguna prohibición para laborar en este organismo electoral.

Se dispone: De previo a resolver, manifieste la señora Directora General del Registro Civil, la conveniencia o no de la reincorporación que solicita el servidor Hernández Rojas y, en caso positivo, bajo qué condiciones. ACUERDO FIRME.

g) Del señor Justo Orozco Álvarez, Presidente del Comité Ejecutivo Superior del Partido Renovación Costarricense, se conoce oficios (2) sin número del 23 y 24 del mes en curso, mediante los cuales comunica que esa agrupación política realizará las Asambleas Cantonales de San José y Limón, conforme lo detalla. Asimismo informa la agenda que se conocerá en esas asambleas.

Se dispone: Se aprueba la fiscalización correspondiente en la medida de lo posible. La fiscalización que se autoriza no prejuzga sobre la validez de la asamblea por defectos y omisiones en la realización de las asambleas que debieron precederle o por cualquier otro motivo jurídicamente relevante, a determinar, en su oportunidad por la Dirección General del Registro Civil. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.

h) Del señor Oscar Núñez Calvo, Secretario General del Comité Ejecutivo Superior del partido Liberación Nacional, se conoce oficio Nº SGPLN-200 del 23 del mes en curso, en el que informa que esa agrupación política reunirá su Asamblea Nacional y Plenaria el 2 y 3 de setiembre del año en curso, conforme lo detalla. Asimismo puntualiza la agenda que se conocerá en esa asamblea.

Se dispone: Se aprueba la fiscalización correspondiente en la medida de lo posible. La fiscalización que se autoriza no prejuzga sobre la validez de la asamblea por defectos y omisiones en la realización de las asambleas que debieron precederle o por cualquier otro motivo jurídicamente relevante, a determinar, en su oportunidad por la Dirección General del Registro Civil. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.

i) Del señor Vladimir Sacasa Elizondo, Presidente del Comité Ejecutivo Superior del Partido Autónomo Oromontano, se conoce:

1) Oficio Nº P.A.O.-CES-09-2005 del 11 de julio del año en curso, en el que solicita se le autorice la celebración de la Asamblea Cantonal el próximo 28 de agosto en curso.

Se dispone: Se omite la designación de delegados en virtud de resultar extemporánea la comunicación que se hace a este Tribunal. Se le recuerda que gestiones como la presente deben hacerse con al menos cinco días hábiles antes a la fecha en que se programe la celebración de la respectiva asamblea. ACUERDO FIRME.

2) Oficio Nº P.A.O.-CES-12-2005 del 3 del mes en curso, según el cual -por las razones que exponen- solicitan se autorice el otorgamiento de las listas provisionales de electores correspondientes a cada uno de los distritos del cantón de Montes de Oro, Puntarenas.

Se dispone: Habiéndose recibido en forma extemporánea la gestión, toda vez que el plazo para la autorización de la entrega de las listas provisionales de electores impresas venció el pasado 12 de agosto, se concede la autorización para la entrega de las mismas pero únicamente en medio magnético. ACUERDO FIRME.

j) De la señora Rocío Álvarez Olaso, Subsecretaria del Comité Ejecutivo Superior del Partido Unión para el Cambio, se conoce:

1) Oficio Nº UPC-EL-129-05 del 23 del mes en curso, mediante el cual informa sobre las fechas fijadas para celebrar las Asambleas Cantonales para la elección de la papeleta municipal en Tibás, Goicoechea, Coronado y San Rafael de Heredia, conforme lo detalla. Asimismo comunica el cambio de dirección en que efectuarán la asamblea cantonal de San Rafael de Heredia.

Se dispone: Se aprueba la fiscalización correspondiente en la medida de lo posible. La fiscalización que se autoriza no prejuzga sobre la validez de la asamblea por defectos y omisiones en la realización de las asambleas que debieron precederle o por cualquier otro motivo jurídicamente relevante, a determinar, en su oportunidad por la Dirección General del Registro Civil. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.

2) Oficio Nº UPC-EL-130-05 del 24 del mes en curso, mediante el cual informa sobre las fechas fijadas para celebrar las asambleas cantonales de Alvarado y San Ramón, conforme lo que detalla. Asimismo puntualiza la agenda que se conocerá en esas asambleas. Además comunica que han cancelado la celebración de las asambleas de El Guarco y Oreamuno. 

Se dispone: Se omite la designación de delegados en virtud de resultar extemporánea la comunicación que se hace a este Tribunal. Se le reitera a la gestionante que comunicaciones como la presente deben hacerse con al menos cinco días hábiles antes a la fecha en que se celebrará la respectiva asamblea. Tome nota la Coordinación de Programas Electorales, sobre la cancelación de las asambleas que se indica. ACUERDO FIRME.

k) Del señor José Merino del Río, Presidente Comité Ejecutivo Superior del Partido Frente Amplio, se conoce fax correspondiente a oficio sin número del 24 del mes en curso, en el que informa sobre la programación de asambleas cantonales que esa agrupación política realizará en Aserrí, Escazú, Goicoechea, Mora y Puriscal, conforme lo detalla. Asimismo puntualiza la agenda que se conocerá en esas asambleas.

Se dispone: Se aprueba la fiscalización correspondiente en la medida de lo posible. La fiscalización que se autoriza no prejuzga sobre la validez de la asamblea por defectos y omisiones en la realización de las asambleas que debieron precederle o por cualquier otro motivo jurídicamente relevante, a determinar, en su oportunidad por la Dirección General del Registro Civil. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.

l) Del señor Reinier Obando Enríquez, Presidente del Comité Ejecutivo Superior del Partido Garabito Ecológico, se conoce oficio sin número del 23 del mes en curso, mediante el cual solicita la inscripción (sic) del Libro de Actas Nº 1 de esa agrupación política, que adjunta.

Se dispone: Proceda la Secretaría del despacho conforme a derecho corresponda. ACUERDO FIRME.

m) Del señor José Miguel Villalobos Umaña, Presidente del Comité Ejecutivo Superior del Partido Alianza Democrática Nacionalista, se conoce oficios Nº ADN-ELECTORALES-127-05 y ADN-ELECTORALES-128-05 del 23 y 24 del mes en curso, respectivamente, mediante los cuales solicita autorización (sic) para celebrar las Asambleas Cantonales en Escazú, Coronado, Desamparados y Montes de Oca, provincia de San José; Paraíso en la provincia de Cartago y Talamanca en la provincia de Limón, asimismo la Asamblea Provincial en San José, conforme lo detalla. Asimismo puntualiza la agenda que se conocerá en esas asambleas.

Se dispone: Se aprueba la fiscalización correspondiente en la medida de lo posible. La fiscalización que se autoriza no prejuzga sobre la validez de la asamblea por defectos y omisiones en la realización de las asambleas que debieron precederle o por cualquier otro motivo jurídicamente relevante, a determinar, en su oportunidad por la Dirección General del Registro Civil. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.

n) Del señor Luis Eduardo Arata Herrero, Secretario General de Comité Ejecutivo Superior del partido Guanacaste Independiente, se conoce oficio Nº PGI 010-2005 del mediante el cual da respuesta al oficio Nº 4007-TSE-2005, según el cual se les previno subsanar la presentación del presupuesto los puntos que detalla.

Se dispone: Para su estudio e informe, pase al señor Contador de este Tribunal. ACUERDO FIRME.

ñ) Del señor Dimitri Bolaños Monge, Sargento de la Dirección Nacional de Socorros y Operaciones de la Cruz Roja Costarricense, se conocen oficios números ATDINASO-288-05 y ATDINASO-306-05, del 18 y 24 de agosto del 2005, mediante los cuales manifiesta que, en vías del próximo proceso electoral, a fin de establecer un canal oficial de coordinación al que puedan dirigirse los diversos partidos políticos y su representada para los efectos de trámites de asistencia y permisos para plazas públicas y otros mítines, es esta misma Dirección la entidad técnica correspondiente, y que la relación de su institución con el trámite de permisos, obedece al proceso a seguir para su consecución y no como responsables de su otorgamiento; igualmente, solicita ayuda para que ese comunicado sea del conocimiento de las agrupaciones inscritas y reconocidas por este Tribunal, con el objetivo de agilizar el trámite administrativo que para este tipo de actividades se requiere.

Se acuerda: De conformidad con lo establecido en el Decreto Nº 28643-S-MOPT-SP, publicado en el Alcance 35 a La Gaceta 100 del 25 de mayo del 2000, mediante el cual se crea el Comité Asesor Técnico en Concentraciones Masivas, adscrito al Ministerio de Salud, como encargado de velar porque las concentraciones masivas de índole político, deportivo, recreativo, religioso, cultural, comercial u otro, se realicen bajo las medidas que en materia de salud y seguridad, indica la legislación vigente (artículos 1 y 4), rechazar la solicitud que hace el señor Dimitri Bolaños Monge, pues es ante la Municipalidad correspondiente y las demás instituciones involucradas donde debe presentarse la solicitud formal inicial para la autorización del evento y posteriormente será esa Municipalidad, la que extenderá o no la autorización definitiva con base en el criterio técnico de ese Comité (artículos 6 y 9).

En ese sentido ya se pronunció este Tribunal, en resolución 2047-E-2001 de las 10:35 horas del 08 de octubre del 2001, en relación con la autorización de las actividades políticas a que se refiere el artículo 79 del Código Electoral, señalando que “en los dos meses anteriores a la celebración de las elecciones nacionales, corresponde a este Tribunal o al funcionario que designe, autorizar las solicitudes de los partidos políticos para la realización de manifestaciones o desfiles en las vías públicas, plazas o parques, sin perjuicio de las autorizaciones requeridas por el Comité Técnico en Concentraciones Masivas. Fuera de ese período corresponderá únicamente a la Municipalidad del lugar otorgar el permiso, con base en las certificaciones, los criterios y disposiciones técnicas de las instituciones que conforman el Comité antes mencionado.”.

No se omite manifestar que el petente podrá solicitar al Registro Civil la información respecto de los partidos inscritos y en su oportunidad, de las plazas públicas autorizadas por este Tribunal, sin perjuicio de que también haga la consulta directamente en nuestra página web (www.tse.go.cr), para lo efectos que considere procedentes. ACUERDO FIRME.

o) De la señora Epsy Campbell Barr, Presidenta del Comité Ejecutivo Superior del Partido Acción Ciudadana, se conoce fax correspondiente a oficio Nº PAC-375-2005 del 22 de agosto del 2005, mediante el cual solicita permiso para realizar la Asamblea Nacional de esa agrupación política el próximo 17 y 18 de setiembre, en el Auditorio del Tribunal Supremo de Elecciones, cuyo objeto es el nombramiento de las personas que los representarán en los puestos de elección popular.

Se dispone: Este Tribunal lamenta no poder autorizar el uso del auditorio institucional, para realizar el evento que indica la señora Campbell Barr, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento para el uso del Auditorio del Tribunal Supremo de Elecciones, que en su artículo segundo dispone: “...podrá autorizarse el uso del auditorio a las asociaciones o grupos organizados de servidores del Tribunal Supremo de Elecciones y, en casos calificados a otras instituciones del Estado, asociaciones, fundaciones o grupos organizados, siempre que la actividad no riña con el principio de neutralidad inherente al organismo electoral. Por esta misma razón, en ningún caso se autorizará su uso para actividades políticas o político-electorales”. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO.- De la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, se conoce resolución Nº 056-2004 de las 13:00 horas del 24 de agosto del año en curso, mediante la cual se dispone ascender en propiedad a partir del 1º de setiembre, a la servidora Kristy Paola Arias Mora, Auxiliar de Operación en la Oficialía Mayor Civil, al cargo de Asistente de Operación vacante en esa misma unidad administrativa, en sustitución del señor Rodolfo Astúa Rojas, quien renunció para a acogerse a su pensión.

Se dispone: Aprobar.

ARTÍCULO CUARTO.- Del señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, se conoce:

a) Oficio Nº 4190 D.E. del 19 de agosto del 2005, suscrito conjuntamente con la señora Mary Anne Mannix Arnold, Asesora Jurídica a.i., y los señores Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, y Gustavo Fitoria Mora, Jefe de Servicios Generales, al que en atención a lo dispuesto por este Tribunal en sesión Nº 54-2005, del 1º de junio de este año, adjuntan proyecto de redacción del decreto que modificaría el artículo 9º del Reglamento Autónomo de Servicios, en el que a su vez se ha incluido la actualización del artículo 7º para ajustarlo al horario usual de la Institución.

Se dispone: Aprobar, con las modificaciones que se indican. Díctese el respectivo decreto.

b) Oficio Nº 4203 D.E. del 23 de agosto del 2005, al que adjunta el proyecto de decreto relativo al Reglamento de la Sección de Capacitación, en el cual se ha aplicado lo sugerido por la Asesoría Jurídica.

Se dispone: Aprobar. Díctese el decreto correspondiente.

c) Oficio Nº 75-2005- C. de C. del 23 de agosto del 2005, al que adjunta copia del acta de la reunión Nº 554-05, celebrada el 22 de agosto por la Comisión de Construcciones.

Se dispone: Tomar nota.

ARTÍCULO QUINTO.- Del señor Gilberto Gómez Guillén, Contador, se conoce:

a) Oficio Nº 610-2005 del 22 de agosto del 2005, , en el que informa sobre la solicitud de reajuste de precio del “Contrato de servicios de aseo y limpieza en la Torre principal y en la Plaza de la Libertad Electoral y de jardinería en las áreas verdes externas del nuevo edificio del Tribunal Supremo de Elecciones”, solicitado por el señor Adrián Madrigal Cerdas, Apoderado General de la Empresa Multinegocios Internacionales América S.A., el 14 de julio del año en curso. 

Se dispone: Para su estudio e informe, pase a la Asesoría Jurídica.

b) Oficio Nº 611-2005 del 22 de agosto del 2005, en el que informa sobre la solicitud de reajuste de precio del “Contrato de servicios de aseo y limpieza de las oficinas regionales en Alajuela, Cartago y Heredia del Tribunal Supremo de Elecciones”, planteado por el señor Adrián Madrigal Cerdas,, Apoderado General de la Empresa Multinegocios Internacionales América S.A., el 14 de julio del año en curso.

Se dispone: Para su estudio e informe, pase a la Asesoría Jurídica.

c) Oficio Nº 612-2005 del 22 de agosto del 2005, en el que informa sobre la solicitud de reajuste de precio del “Contrato de servicios de aseo y limpieza de las oficinas regionales en Corredores, Pococí y Limón del Tribunal Supremo de Elecciones”, planteada por el Apoderado General de la Empresa Multinegocios Internacionales América S.A., el 14 de julio del año en curso.

Se dispone: Para su estudio e informe, pase a la Asesoría Jurídica.

ARTÍCULO SEXTO.- Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce:

a) Oficio Nº 1098-2005-DRH del 19 de agosto del 2005, al que adjunta solicitud de Giselle Gutiérrez Serrano, funcionaria de la Oficina Regional de Heredia, para que se le prorrogue hasta el próximo 31 de diciembre, la licencia sin goce de salario que actualmente y hasta el 15 de octubre disfruta. Se recomienda que en caso de que se apruebe dicha petición, por el mismo lapso se amplíe el nombramiento interino de Róger Serrano Montoya.

Se dispone: Aprobar la prorroga de la licencia sin goce de salario, así como del nombramiento interino del señor Róger Serrano Montoya, conforme se solicita.

b) Oficio Nº 1101-2005-DRH del 22 de agosto del 2005, al que adjunta solicitud del señor Francisco Rodríguez Siles, Coordinador a.i. de Programas Electorales, para que -por los motivos que expone- se nombre interinamente en la plaza que indica a Rafael Esteban Arce Cubero. Al respecto, el señor Carías Mora manifiesta que caso de que este Tribunal no tenga objeciones con respecto al nombramiento interino que se propone, bien podría ubicarse al señor Arce Cubero en el puesto número 97863 como Auxiliar de Operación de Servicios Especiales asignado a Programas Electorales, lo que se haría con fundamento en lo que dispone el artículo noveno del Reglamento a nuestra Ley de Salarios, a partir del próximo 1º de setiembre y por el resto del año.

Se dispone: Aprobar el nombramiento interino conforme se propone.

c) Oficio Nº 1105-2005-DRH del 24 de agosto del 2005, al que adjunta solicitud del señor Olivier López Jiménez, Jefe de la Sección de Cédulas, para que se nombre en forma interina a David López Segura, en el puesto de Auxiliar de Operación que temporalmente quedó vacante en su despacho en virtud del ascenso interino de María Eugenia Ruiz Chaves. Al respecto el señor Carías Mora manifiesta que en caso de que el Tribunal no tenga objeciones con respecto al nombramiento interino que se propone, bien podría ubicarse al señor López Segura en el puesto número 45815 como Auxiliar de Operación de la Sección de Cédulas, lo que se haría con fundamento en el artículo noveno del Reglamento a nuestra Ley de Salarios, a partir del 1º de setiembre entrante y hasta que la señora Ruiz Chaves retorne a su plaza en propiedad.

Se dispone: Aprobar el nombramiento interino del señor David López Segura, a partir del 1º de setiembre del año en curso y hasta que la servidora Ruiz Chaves retorne a su plaza en propiedad.

d) Oficio Nº 1120-2004-DRH (sic) del 24 de agosto del 2005, mediante el cual informa que disfrutará trece días hábiles de vacaciones del 5 al 23 de setiembre entrante, por lo que solicita que durante ese lapso sus funciones se recarguen en la Licda. Jocelyn Brown Pérez.

Se dispone: Aprobar el recargo de funciones que se solicita.

e) Oficio Nº 1124-2005-DRH del 24 de agosto del 2005, al que adjunta solicitud de pago de prestaciones laborales que presento ante su despacho -desde el 14 de julio pasado- el señor Gastón Quirós Ramírez, en virtud de la finalización de su contrato laboral. Al respecto sugiere trasladar la solicitud a estudio de la Asesoría Jurídica para determinar su procedencia y luego al Departamento de Contaduría para calcular los montos que eventualmente deban cancelarse. Para tales efectos, se adjunta certificación en la que se indican los datos requeridos por esas dos oficinas para ejecutar lo que a cada una corresponde.

Se dispone: Procedan la Asesoría Jurídica y la Contaduría de este Tribunal conforme se sugiere.

f) Oficio Nº 1129-2005-DRH del 24 de agosto del 2005, al que adjunta solicitud del señor José Manuel Marín Castro, Jefe de la Oficina Regional de Guatuso, para que se nombre interinamente a Hilda Yaudeth Salguera Sánchez, para sustituir a Daniela Corea Arias, Auxiliar de Operación de dicha oficina, quien ha sido incapacitada por maternidad del 23 de agosto al 20 de diciembre del año en curso. Al respecto, el señor Carías Mora manifiesta que en caso de que este Tribunal no tenga objeciones, bien podría ubicarse a la señorita Salguera Sánchez en el puesto número 47866 como Auxiliar de Operación de la Oficina Regional de Guatuso, lo que se haría con fundamento en el artículo noveno del Reglamento a nuestra Ley de Salarios, a partir del próximo 1º de setiembre y hasta que la servidora Corea Arias se reincorpore a su trabajo.

Se dispone: Aprobar el nombramiento interino de Hilda Yaudeth Salguera Sánchez a partir del 1º de setiembre del año en curso, y hasta que la señora Corea Arias se reincorpore a su trabajo.

ARTÍCULO SETIMO.- De los señores Héctor Fernández Masís, Coordinador de Programas Electorales, y Juan Rafael Madrigal Hernández, Encargado del Programa Electoral de Impresión de Papeletas, se conocen conjuntamente oficios Nº 284-C.P.E.-2005 del 4 de agosto del 2005, y Nº 0011-2005 P.E.I.P del pasado 17 de agosto, respectivamente, según los cuales, rinden el informe que le fue solicitado sobre las sugerencias de la Auditoría Interna, contenidas en el documento Nº 238-AI-2005 denominado “Informe de asesoría relacionado con la Administración del riesgo en Programas Electorales con miras en los comicios del año 2006 y elaboración de un Código de Ética en el Tribunal Supremo de Elecciones”.

Se dispone: Este Tribunal dispuso, en sesión ordinaria Nº 60-2005, artículo quinto, del 16 de junio del año en curso, en respuesta al oficio del Auditor Interno Nº 180-A-I.-2005 del 18 de mayo del 2005, lo que de seguido se transcribe:

“De toda suerte sería importante que el señor Auditor, con fundamento en la experiencia que habrá obtenido de los procesos electorales del 2002, de acuerdo con los deberes que le impone el artículo 1.3 del Manual de Normas Generales de Control Interno para la Contraloría General de la República y las Entidades y Órganos sujetos a su Fiscalización, y como derivación de su responsabilidad de asesoría al jerarca, emita las sugerencias concretas en las que -considerando lo consignado tanto en el oficio Nº 115-CPE-2005 como en la resolución Nº 1441-P-2004- se visualicen y puedan estudiar otras alternativas que permitan imprimir todas las papeletas dentro del plazo legal y en la cantidad requeridas y sin que, en ningún caso, se ponga en riesgo la realización de las elecciones”.

Es decir, la solicitud del Tribunal se circunscribe a que emita sugerencias concretas sobre alternativas viables que permitan imprimir todas las papeletas dentro del plazo legal, en las cantidades requeridas y sin que, en ningún caso, se ponga en riesgo la realización de las elecciones, todo ello a raíz de la vaguedad y de la falta de fundamentación que se evidencia en el informe de Auditoría Nº 180-A.I.-2005.

Como respuesta, el Auditor Interno elabora el documento Nº 238-A.I.-2005, que denomina “Informe de asesoría relacionado con la administración del riesgo en programas electorales con miras en los comicios del año 2006 y elaboración de un Código de Ética en el Tribunal Supremo de Elecciones”. Sobre el particular, el Tribunal dispuso, en sesión ordinaria Nº 69-2005, del 14 de julio: “Para su estudio e informe dentro del plazo de quince días, pase al Coordinador de Programas Electorales y al Encargado del Programa de Impresión de Papeletas”.

En resumen, el llamado “Informe de asesoría”, únicamente se refiere al tema de la impresión de papeletas en el punto 5 y no emite sugerencias concretas y viables sobre cómo mejorar, en su criterio, la impresión de papeletas. Sólo en forma tangencial se acerca a lo solicitado por el Tribunal, al decir que “…esta Auditoría estima conveniente que el Coordinador de Programas Electorales lleve a cabo una evaluación del desempeño de los encargados de este Programa, partiendo del cabal cumplimiento de las tareas que se les ha asignado en relación con la elaboración de Manuales de Procedimientos y la identificación de los riesgos”, lo que evidentemente no cumple el objetivo del señalamiento original del Tribunal. Esta circunstancia, por sí sola, hace que el citado documento Nº 238-A.I.-2005 no amerite ulterior pronunciamiento por parte de este Tribunal.

Ahora bien, vistos los informes rendidos por el Coordinador de Programas Electorales y al Encargado del Programa de Impresión de Papeletas, queda claro que la elaboración de los manuales de procedimientos de los programas electorales es un proyecto cuya ejecución se encuentra muy avanzada y que el cronograma de actividades que señala el señor Auditor, ya fue elaborado, todo ello de conformidad con los requerimientos sobre administración de riesgos.

Aún cuando los demás puntos a que hace referencia el Auditor en el documento señalado, lo cierto es que, en relación con los puntos 1, 2, 3 y 4, la Auditoría tiene conocimiento de que el Tribunal Supremo de Elecciones ya tiene en proceso una contratación con la Fundación Tecnológica de Costa Rica (FUNDATEC) con el objeto de elaborar la metodología para establecer el Sistema Específico de Valoración del Riesgo, para orientar su aplicación en las diferentes unidades administrativas y los programas electorales. Sobre las recomendaciones contenidas en las Memorias de Evaluación de las elecciones verificadas en el 2002, ya el Tribunal vertió criterio en Sesión Nº 81-2004, oficio 2133 del 11 de junio del 2004, del que se remitió copia a la Auditoria. Por último, en cuanto a la recomendación de que se elabore un Código de Ética, este Tribunal encargó el tema a la Comisión de Rescate de Valores institucional, según lo acordado en sesión Nº 50-2005, artículo sexto, comunicado mediante oficio Nº 3316-TSE-2005 del 24 de mayo del 2005.  

ARTÍCULO OCTAVO.- Del señor Carlos Alberto Murillo Montoya, Jefe de la Sección Padrón Electoral, se conoce oficio Nº 1755-2005 S.P.E del 22 de agosto del 2005, al que adjunta cinco libros con el resumen del resultado de la tramitación de documentos correspondiente al mes de julio pasado. Asimismo adiciona aspectos importantes que describen el comportamiento numérico del Padrón Nacional Electoral, en razón de la procedencia de las inclusiones y exclusiones que se ejecutan

Se dispone: Tener por recibido los libros, y el informe que somete el señor Murillo Montoya. Procédase en la forma usual.

ARTÍCULO NOVENO.- Del señor Gerardo Arroyo Muñoz, Jefe de la Sección de Solicitudes Cedulares, se conoce oficio Nº 084-2005-S.S.C. del 22 de agosto del 2005, mediante el cual, por las razones expuestas, solicita revisión al acuerdo adoptado por este Tribunal en sesión ordinaria Nº 79-2005, comunicado por oficio Nº 5133-TSE-2005 de 16 de agosto del año en curso, artículo segundo, relacionado con la prórroga del nombramiento interino de Alexander Tapia Ávila, como Supervisor de Unidad.

Se dispone: El señor Arroyo Muñoz debe estarse a lo resuelto por este Tribunal.

ARTÍCULO DECIMO.- Del señor Isaac Ortiz Morales, Secretario del Colegio de Enfermeras de Costa Rica, se conoce oficio Nº CECR-JD-466-005 del 23 de agosto del 2005, en la que, por las razones que expone, solicita apoyo mediante una asesoría que les permita desarrollar un manual para el Tribunal Electoral, Fiscales y el Grupo de Electores en Enfermería, que garantice transparencia y un ordenamiento sistemático del proceso electoral que se da en ese gremio.

Se dispone: En la medida de lo posible, atienda la solicitud la Sección de Capacitación.

ARTÍCULO DECIMOPRIMERO.- De la señora Ann Mc Kinley, Directora Ejecutiva del Partido Acción Ciudadana, se conoce fax correspondiente a oficio Nº PAC-382-2005 del 23 de agosto del 2005, quien por las razones que expone, solicita se les faciliten en calidad de préstamo 4 urnas receptoras de votos y 4 biombos de cartón, que serán utilizados para organizar las votaciones correspondientes por parte de los asambleístas nacionales.

Se dispone: Se le informa al gestionante que, de conformidad con lo dispuesto por este Tribunal en sesión Nº 11653, artículo segundo, inciso l), todo escrito o petición realizada por partidos políticos, deberán ser planteadas por sus representantes, según el registro de personerías que lleva el Registro Civil, sin necesidad de aportar certificación de personería ni autenticación, atendiendo a la naturaleza pública de estos entes.

ARTÍCULO DECIMOSEGUNDO.- Del señor Otto Guevara Guth, Presidente del Comité Ejecutivo Superior del partido Movimiento Libertario, se conoce copia de oficio sin número del 12 de agosto del 2005, dirigido al señor Gilberto Gómez Guillén, Contador de este Tribunal, al que adjunta tabla de contribuciones recibidas por esa agrupación política en el mes de julio del año en curso.

Se dispone: Tomar nota.

ARTÍCULO DECIMOTERCERO.- Del señor Luis Alonso Vargas Alvarado, quien manifiesta ser Delegado a la Asamblea Plenaria del Partido Liberación Nacional, se conoce nota del 24 de agosto del 2005, en la que solicita que para la Asamblea Nacional de dicha agrupación política, se comisionen delegados de este Tribunal para que custodien las mesas para los efectos que indica.

Se dispone: Se le informa a la gestionante que, de conformidad con lo dispuesto por este Tribunal en sesión Nº 11653, artículo segundo, inciso l), todo escrito o petición realizada por los partidos políticos deberá ser planteada por sus representantes, según el registro de personerías que lleva el Registro Civil. Sin embargo se le hace saber que este Tribunal, a solicitud del Secretario General del Partido Liberación Nacional, aprobó la fiscalización de la respectiva asamblea.

ARTÍCULO DECIMOCUARTO.- Del señor Hernán Rojas Campbell, Director Sector de Comunicaciones de la empresa Unisys de Centro América S.A., se conoce copia de oficio Nº SP2005-055 del 24 de agosto del 2005, dirigido al señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo de este Organismo, al que le adjunta copia del recurso de objeción al cartel de licitación por registro 13-2005, que presentaron ante la Proveeduría institucional, para los efectos que indica.

Se dispone: Archivar.

ARTÍCULO DECIMOQUINTO.- Del señor Víctor Hugo Cubero Pérez, Presidente y Representante con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de la sociedad Importaciones Office de Costa Rica, Office C.R., S.A., se conoce memorial recibido el pasado 24 de agosto, quien -con relación a la licitación pública Nº 02-2005- a efecto de requerir meritoria justicia y probidad en las actuaciones de ese Tribunal, detalla una serie de observaciones a dicho procedimiento licitatorio.

Se dispone: De previo, ratifique el interesado su gestión mediante escrito debidamente autenticado o presentado personalmente.

ARTÍCULO DECIMOSEXTO.- De la señora Roxana Arroyo Vargas y otras se conoce fotocopia de memorial del 18 de agosto del 2005, dirigido a la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, mediante el cual protestan contra la decisión e interpretación que hiciera dicho despacho del artículo 58 y 60 del Código Electoral.

Se dispone: Archivar.

A las dieciséis horas terminó la sesión. 

 
 
 
 
 
Oscar Fonseca Montoya
 
 
 
 
 
Luis Antonio Sobrado González
 
 
 
 
 
Juan Antonio Casafont Odor
 
 
 
 
 
Ovelio Rodríguez Chaverri
 
 
 
 
 
Fernando del Castillo Riggioni