ACTA Nº 59-2009

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del dieciocho de junio de dos mil nueve, con asistencia del señor Magistrado Luis Antonio Sobrado González, quien preside, la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría, los señores Magistrados Max Alberto Esquivel Faerron y Mario Seing Jiménez, y la señora Magistrada Zetty Bou Valverde.

 ARTÍCULO PRIMERO.APROBACION DEL ACTA ANTERIOR.

Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.

ARTÍCULO SEGUNDO.ASUNTOS DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA.

A) Adjudicación de licitación para el reforzamiento y remodelación del parqueo del Tribunal. Del señor Allan Herrera Herrera, Proveedor a.i. de este Tribunal, se conoce oficio n.º PROV-0932-2009 del 15 de junio de 2009, recibido el mismo día en la Secretaría del despacho, mediante el cual informa el resultado del estudio de las ofertas sometidas en la Licitación Abreviada n.º 2009LA-000196-85002 denominada "Reforzamiento y remodelación del parqueo del Edificio de Elecciones del Tribunal Supremo de Elecciones" y literalmente recomienda:

"[...] Adjudicar la oferta presentada por INGENIERÍA GAIA S.A., lo siguiente:

 

SUB-ÍTEM

INGENIERIA GAIA S.A.

MONTOS

1

Obra civil: Reforzamiento estructural entre los ejes 2 a 5 y E a I, en el nivel 9.60.

¢34.200.000,00

2

Construcción de la oficina de Archivo Electoral

¢26.700.000,00

4

Construcción de servicios sanitarios

¢10.750.000,00

6

Construcción de oficina para Financiamiento de Partidos Políticos.

¢5.650.000,00

7

Barandas y pasamanos

¢700.000,00

 

TOTAL

¢ 78,000,000.00

 

Todo sujeto y de conformidad a las demás condiciones y especificaciones del cartel, lo mostrado en planos,lo ofertado, así como a la supervisión del arquitecto institucional.

En caso de que esta recomendación sea compartida por el Tribunal, es menester además que se comisionen las siguientes actuaciones:

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. Procedan en consecuencia el Departamento Legal, la Contaduría, el funcionario designado como órgano fiscalizador y la propia Proveeduría. ACUERDO FIRME.

B) Cartel de licitación para la compra de crayones. Del señor Allan Herrera Herrera, Proveedor a.i., se conoce oficio n.º PROV-0929-2009 del 12 de mayo (sic) de 2009, recibido en la Secretaría del despacho el 15 de junio de 2009, mediante el cual literalmente manifiesta:

"De conformidad con nuestro Plan Anual Proyectado de Adquisiciones, con base en la respectiva programación financiera, y por haber sido visada la respectiva Solicitud de Pedido (artículo 8 de la Ley de Contratación Administrativa en relación con los ordinales 50 inciso a) y 53 del Reglamento de la Ley de la Administración Financiera), me permito por su intermedio someter a aprobación del Tribunal el pliego de condiciones y especificaciones (cartel) que reglamentará la Licitación Abreviada “Compra de crayones”.".

Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.

C) Adjudicación de licitación para la compra e instalación de UPS. Del señor Allan Herrera Herrera, Proveedor a.i., se conoce oficio n.º PROV-0915-2009 del 12 de junio de 2009, recibido en la Secretaría del despacho el 15 de junio de 2009, mediante el cual informa sobre el resultado del estudio de las ofertas sometidas en la Licitación Abreviada n.º 2009LA-000123-85001 denominada "Compra e Instalación de UPS’s (sic)" y literalmente recomienda:

"[...] De acuerdo con lo que se deja expuesto supra, y en virtud de la valoración técnica y económica de la oferta, así como lo dispuesto en los artículos 9 y 86 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, es dable para el Tribunal, salvo superior criterio, dictar la adjudicación de la Licitación Abreviada Nº 2009LA-000123-85001 a favor de la empresa Comtel Ingeniería S.A.,por la contratación de lo siguiente:

Ítem

Descripción

Precio total

1

Compra e instalación de un UPS marca Eaton modelo Blade UPS de 60 kW N+1, 120/208V trif, tipo modular y con redundancia en todos sus componentes. Con tarjeta SNMP instalación eléctrica desde tablero “PEOAP”, hasta la entrada principal del tablero de cargas, incluye instalación del Aire Acondicionado de 18.000 BTU/hr.

$52.785.00

2

Compra e instalación de dos UPS marca Eaton modelo Blade UPS de de 60 kW N+1, 120/208V trif, tipo modular y con redundancia en todos sus componentes. Con tarjeta SNMP. Incluye instalación eléctrica desde tablero “TEOAP” hasta tablero existentes del cuarto piso, desconexión y conexión de la salida del UPS APC Silcon del Sótano.

$106.050.82

 

Monto total a adjudicar

$158.835.82

 

En caso de que sea acogida la recomendación que antecede, resulta necesario que el Tribunal disponga lo siguiente:

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. Procedan en consecuencia el Departamento Legal, la Contaduría, el funcionario designado como órgano fiscalizador y la propia Proveeduría. ACUERDO FIRME.

D) Adjudicación de licitación para la compra de vehículos de transporte. Del señor Allan Herrera Herrera, Proveedor a.i., se conoce oficio n.º PROV-0947-2009 del 16 de junio de 2009, recibido el mismo día en la Secretaría del despacho, mediante el cual informa sobre el resultado del estudio de las ofertas sometidas en la Licitación Abreviada n.º 2009LA-000175-85001 denominada "Compra de vehículos de transporte" y literalmente recomienda:

"[...] De conformidad con el criterio del señor Zúñiga Alvarado, del resultado del análisis económico, es dable para el Tribunal con base en aquel criterio y lo dispuesto en el artículo 86 del citado Reglamento, dictar acto (sic) de adjudicación del siguiente modo:

Item

Cant

Descripción

Precio Total

1

1

Automóvil modelo 2009 totalmente nuevo, tipo sedán, color a escoger, capacidad para 5 pasajeros, motor 2362 cc, 4 cilindros, 16 válvulas, 165HP, caja de transmisión automática, dirección hidráulica con volante ajustable de altura, herramientas básicas, llave rana, y demás características de la oferta y condiciones y especificaciones del cartel marca Toyota estilo Camry modelo 2009

 

 

 

 

 

 

 

US$ 25,350.00

2

1

Automóvil modelo 2009 totalmente nuevo, tipo sedán de cuatro puertas, color blanco con pintura de fábrica, capacidad para 5 pasajeros, motor 1800 cc, 4 cilindros, 16 válvulas, 130 HP, transmisión manual de 5 velocidades hacia adelante y una hacia atrás, al piso, dirección hidráulica con volante ajustable, radio AM/FM, herramientas básicas, llave rana, y demás características de la oferta y condiciones y especificaciones del cartel, marca Toyota estilo Corolla modelo 2009

US$ 15,650.00

Total:

US$ 41,000.00

Garantía:

36 meses libre de kilometraje

Plazo de Entrega:

1 día para entrega de los documentos de exoneración.

6 días una vez entregada la exoneración

 

El precio incluye la debida inscripción de los vehículos a nombre del Tribunal Supremo de Elecciones, (sic)

En caso de que sea acogida la recomendación que antecede, se deben autorizar las siguientes actuaciones:

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda, adicionando al punto 2 transcrito la frase: "o permanentes". Procedan en consecuencia el Departamento Legal, la Contaduría, el funcionario designado como órgano fiscalizador y la propia Proveeduría. ACUERDO FIRME.

E) Informe sobre atención de denuncia remitida por la Contraloría General de la República. De la señora Mary Anne Mannix Arnold, Jefa a.i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.º DL-235-2009 del 16 de junio de 2009, recibido el mismo día en la Secretaría del despacho, al cual, según lo ordenado en el acuerdo del artículo segundo de la sesión ordinaria n.º 053-2009, celebrada el 02 de junio de 2009 por este Tribunal, adjunta informe relativo a la recomendación n.º 4.1, formulada por el señor Oscar Alberto León Alonso, Auditor Interno, en el "Informe sobre atención de una denuncia por presunto incumplimiento de deberes por irrespeto a la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento, aparentemente por violentar el derecho de petición para que se declarara desierta la Licitación Pública No. 2008LN-000035-85001, no pronunciarse sobre el fondo de la petición y no incorporar la solicitud en el expediente de la contratación" -remitido a conocimiento de este Tribunal mediante el oficio n.º AI-148-2009 del 28 de mayo de 2009-, por medio de la cual se propuso: “4.1 Valorar la posibilidad de adicionar a la normativa que regulael ejercicio de las funciones de los órganos fiscalizadores de contrataciones, lo referente al deber y responsabilidad que tienen éstos, respecto de la atención oportuna y de acuerdo a sus competencias, de las consultas y trámites que puedan plantear las diferentes instancias en relación con los procesos de contratación que se promueven en la Institución”.

En su informe, la señora Mannix Arnold concluye y recomienda:

"[...] IV. CONCLUSIÓN.

a. Los órganos fiscalizadores llevan a cabo su labor a partir del momento en que se inicia la ejecución de un contrato debidamente formalizado.

b. De conformidad con el Instructivo de Fiscalización Contractual de este Tribunal, durante la etapa de ejecución contractual, a los órganos fiscalizadores les corresponde la atención oportuna de las consultas y trámites necesarios para el desarrollo adecuado del contrato.

c. Existen normas claras, dentro de los procedimientos de contratación en cuanto a la ejecución de ciertos actos y la legitimación para su impugnación. No obstante lo anterior, por la naturaleza pública de éstos, los administrados podrán solicitar información que no resulte confidencial la cual, deberá ser atendida por la instancia administrativa correspondiente.

V. RECOMENDACIÓN.

a. Se mantengan las funciones actuales de los órganos fiscalizadores, contenidas en el Instructivo de Fiscalización Contractual del TSE en virtud de que en él se encuentran contenidos el deber de atención oportuna, de las consultas y trámites que les planteen diferentes instancias en el ámbito de la ejecución contractual.

b. Se recuerde a todas las instancias que intervengan en los procedimientos de contratación, su deber de dar pronta respuesta a los trámites que les sean planteados por los administrados. [...]".

Se dispone: Tener por rendido el informe, cuyas conclusiones y primera recomendación se acogen.Remítase copia del mismo a la Auditoría Interna y a la UNEC. ACUERDO FIRME.

F) Consideraciones en relación con las contrataciones del TIM.Del señor Arnoldo Sauter Becker, Vicepresidente de Sauter Mayoreo S.A., se conoce memorial del 16 de junio de 2009, recibido el mismo día en la Secretaría del despacho, mediante el cual, con fundamento en una serie de consideraciones, acusa que su representada fue obligada a no participar en procedimientos de contratación relativos a equipos e insumos de cédulas de identidad y tarjetas de identidad de menores, tramitados durante el presente año por esta Administración, ante lo cual solicita pronunciamiento.

Se dispone: Sobre el particular, rinda informe el señor Proveedor dentro del plazo de ocho días hábiles. ACUERDO FIRME.

G) Adjudicación de licitación para la compra de doce servidores robustos. Del señor Allan Herrera Herrera, Proveedor a.i., se conoce oficio n.º PROV-0967-2009 del 17 de junio de 2009, recibido el mismo día en la Secretaría del despacho, mediante el cual informa sobre el trámite que realizó el despacho a su cargo para que se perfeccione un contrato adicional con la empresa Componentes El Orbe S.A., adjudicataria de la Licitación Abreviada n.º 2008LN-000507-85002, denominada "Compra de doce servidores robustos" y literalmente recomienda:

"[...] Efectuado el análisis correspondiente, ajustándose el presupuesto destinado para esta contratación según la Solicitud de Pedido No. 4010920167ytomando en cuenta que se cumplen todos y cada uno de los supuestos del artículo 201 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, esta Proveeduría recomienda, salvo Superior criterio, adjudicar un contrato adicional con la empresa Componentes El Orbe S.A. por la compra de 6 servidores robustos, para un monto total de USD$ 90.244.50, a razón de USD$15.040.75 por cada uno, y que corresponde al 50% del contrato que fue suscrito el año pasado con dicha empresa producto de la Licitación Abreviada 2008LN-000507-85002.

En caso que esta recomendación sea compartida por el Tribunal, es menester además, que se comisionen las siguientes actuaciones:

Por último, no omito manifestar, que por exigencias del Sistema Integrado de Gestión de Administración Financiera - SIGAF- y del Sistema Electrónico de Compras Gubernamentales -Compr@RED-, sistemas que utiliza esta Administración en materia financiera y de compra pública, este procedimiento se debió tramitar como unaContratación Directa bajo el Nº 2009CD-0002049-85001.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día.2.- Aprobar conforme se recomienda. Procedan en consecuencia el Departamento Legal, la Contaduría, el funcionario designado como órgano fiscalizador y la propia Proveeduría. ACUERDO FIRME.

H) Adjudicación de licitación para la compra de un Sistema de Almacenamiento Externo (SAN de alta velocidad). Del señor Allan Herrera Herrera, Proveedor a.i., se conoce oficio n.º PROV-0978-2009 de hoy, mediante el cual informa sobre el trámite que realizó el

despacho a su cargo para que se perfeccione un contrato adicional con la empresa Componentes El Orbe S.A., adjudicataria de la Licitación Abreviada n.º 2008LA-000506-85002, denominada "Compra de un Sistema de Almacenamiento Externo (SAN de alta velocidad)" y literalmente recomienda:

"[...] Efectuado el análisis correspondiente, ajustándose el presupuesto destinado para esta contratación según la Solicitud de Pedido No. 4010920436ytomando en cuenta que se cumplen todos y cada uno de los supuestos del artículo 201 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, esta Proveeduría recomienda, salvo Superior criterio, adjudicar un contrato adicional con la empresa Componentes El Orbe S.A. por la compra de un sistema de almacenamiento externo (SAN de alta velocidad), para un monto total de USD$ 44.834.50, monto que corresponde al 50% del contrato que fue suscrito el año pasado con dicha empresa producto de la Licitación Abreviada 2008LA-000506-85002.

En caso que esta recomendación sea compartida por el Tribunal, es menester además, que se comisionen las siguientes actuaciones:

Por último, no omito manifestar, que por exigencias del Sistema Integrado de Gestión de Administración Financiera - SIGAF- y del Sistema Electrónico de Compras Gubernamentales -Compr@RED-, sistemas que utiliza esta Administración en materia financiera y de compra pública, este procedimiento se debió tramitar como unaContratación Directa bajo el Nº 2009CD-0002146-85002. [...]".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar conforme se recomienda. Procedan en consecuencia el Departamento Legal, la Contaduría, los funcionarios designados como órgano fiscalizador colegiado y la propia Proveeduría. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO.ASUNTOS DE ADMINISTRACION DE PERSONAL.

A) Denegatoria del ascenso en propiedad de la funcionaria Vanessa Chavarría Núnez, en el Departamento de Recursos Humanos. Del señor Alejandro Bermúdez Mora, Secretario de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-1903-2009, de fecha 15 de junio de 2009, en el cual literalmente manifiesta:

Visto el oficio Nº. RH-0790-2009 del 12 de junio del año en curso, me permito elevar a su estimable consideración, para lo que bien se sirvan disponer, la solicitud del Lic. Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, quien gestiona el ascenso en propiedad de la servidora Vanesa (sic) Chavarría Núñez a la plaza de Profesional de Apoyo en el Departamento de Recursos Humanos que ha quedado vacante dado el nombramiento en propiedad del señor José Francisco Hernández Alpízar.

La señorita Chavarría Núñez no se ubica en línea directa de ascenso ya que entre su clase en propiedad -Auxiliar de Operación- y la de Profesional de Apoyo se encuentran de por medio el Asistente y Técnico de Operación, los Coordinadores de Apoyo y Gestión, Analista de Operación y Asistente Funcional, pero ha ocupado en forma interina justamente la plaza que ahora interesa llenar en propiedad, por lo que resultaría necesario aplicar lo que dispone el artículo 36 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios.

Cabe mencionar que la servidora Chavarría Núñez ha obtenido en sus últimas cinco calificaciones anuales el grado de “excelente” en cuatro oportunidades y “muy bueno” en una, reúne los requisitos académicos que el cargo exige, y el suscrito no tiene objeción alguna para que se realice dicho ascenso, por lo que de aprobarse se ubicaría en el puesto número 349933 a partir del 1º de julio del año 2009.”

Se dispone: Dado que entre la clase que actualmente ocupa en propiedad la servidora Chavarría Núñez (Auxiliar de Operación) y la que se propone ocupe ahora, también en propiedad (Profesional de Apoyo), existen siete clases de diferencia -lo cual es una cantidad excesiva- este Tribunal estima conveniente que, a fin de llenar en propiedad la plaza vacante en cuestión -en lugar de aplicar la excepción que contempla el numeral 36 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos de estos organismos electorales- se realice un concurso interno, por lo cual se deniega la solicitud planteada. Proceda de inmediato con lo de su cargo el Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.

B) Denegatoria del ascenso en propiedad de la funcionaria Karla Sáenz Aguilar, en el Departamento de Contaduría. Del señor Alejandro Bermúdez Mora, Secretario de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-1902-2009, de fecha 15 de junio de 2009, en el cual literalmente manifiesta:

Visto el oficio Nº. RH-0786-2009 del 12 de junio del año en curso, me permito elevar a su estimable consideración, para lo que bien se sirvan disponer, la solicitud del Lic. Gilberto Gómez Guillén, Contador, quien gestiona el ascenso en propiedad de la servidora Karla Sáenz Aguilar a la plaza de Profesional de Apoyo en la Contaduría que ha quedado vacante dado el nombramiento en propiedad del señor Miguel Guadamuz Briceño.

La señorita Sáenz Aguilar no se ubica en línea directa de ascenso ya que entre su clase en propiedad -Asistente de Operación- y la de Profesional de Apoyo se encuentran de por medio el Técnico de Operación, Coordinador de Apoyo, Coordinador de Gestión, Analista de Operación y Asistente Funcional, por lo que resultaría necesario aplicar lo que dispone el artículo 36 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios.

Cabe mencionar que la servidora Sáenz Aguilar ha obtenido en sus últimas cinco calificaciones anuales el grado de “excelente” en dos oportunidades y “muy bueno” en tres, reúne los requisitos académicos que el cargo exige, y el suscrito no tiene objeción alguna para que se realice dicho ascenso, por lo que de aprobarse se ubicaría en el puesto número 0493959 a partir del 1º de julio del año 2009.”.

Se dispone: Dado que entre la clase que actualmente ocupa en propiedad la servidora Sáenz Aguilar (Asistente de Operación) y la que se propone ocupe ahora, también en propiedad (Profesional de Apoyo), existen seis clases de diferencia -lo cual es una cantidad excesiva- este Tribunal estima conveniente que, a fin de llenar en propiedad la plaza vacante en cuestión -en lugar de aplicar la excepción que contempla el numeral 36 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos de estos organismos electorales- se realice un concurso interno, por lo cual se deniega la solicitud planteada. Proceda de inmediato con lo de su cargo el Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.

C) Ascenso interino de la funcionaria Rosa Ivette Segura Salas, en la Inspección Electoral. Del señor Alejandro Bermúdez Mora, Secretario de este Tribunal, se conoce n.° oficio STSE-1901-2009, de fecha 15 de junio de 2009, en el cual literalmente manifiesta:

“Visto el oficio Nº. RH-0784-2009 del 11 de junio del año en curso, me permito elevar a su estimable consideración, para lo que bien se sirvan disponer, la solicitud del Lic. Jaime Garita Sánchez, Inspector Electoral, quien gestiona el ascenso interino de la servidora Rosa Ivette Segura Salas a la plaza de Asistente de la Inspección Electoral que ha quedado vacante dado que su anterior ocupante solicitó regresar a su puesto en propiedad, plaza que pertenece en propiedad (sic) al señor José Joaquín Guzmán Herrera.

La señorita Segura Salas no se ubica en línea directa de ascenso ya que entre su clase en propiedad -Coordinador de Gestión- y la de Asistente Funcional se encuentra de por medio el Analista de Operación, por lo que resultaría necesario aplicar lo que dispone el artículo 36 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios.

Cabe mencionar que la servidora Segura Salas ha obtenido en sus últimas cinco calificaciones anuales el grado de “excelente” en cuatro oportunidades y “muy bueno” en una, reúne los requisitos académicos que el cargo exige, y el suscrito no tiene objeción alguna para que se realice dicho ascenso, por lo que de aprobarse se ubicaría en el puesto número 045701 a partir del 1º de julio del año 2009.”.

Se dispone: Aprobar el ascenso interino propuesto, a partir del 1° de julio de 2009, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 36 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil.

D) Nombramiento en propiedad del señor Dennis Cascante Hernández como Subjefe del DTIC.Del señor Alejandro Bermúdez Mora, Secretario de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-1900-2009, de fecha 15 de junio de 2009, mediante el cual eleva en consulta la resolución de las diez horas con cincuenta minutos de esa misma fecha, en la que se dispone ascender en propiedad -a partir del 1° de julio de 2009- al servidor Dennis Cascante Hernández, a la plaza que está vacante de Subjefe en el Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones.

Se dispone: Aprobar.

E) Solicitud para dejar sin efecto el nombramiento interino del señor Freddy Porras González. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos,se conoce oficio n.° RH-0793-2009, de fecha 15 de junio de 2009, recibido el mismo día en la Secretaría del despacho, en el cual literalmente manifiesta:

“En sesión ordinaria número 052-2009 celebrada el pasado 28 de mayo, oficio número STSE-1708-2009, el Tribunal Supremo de Elecciones aprobó, entre otros, el nombramiento interino del señor Freddy Porras González en un puesto de Asistente de Operación o Cedulador Ambulante en la Sección de Coordinación de Servicios Regionales, concretamente en la plaza que dejó vacante el señor Marco Tulio Sánchez Sánchez, quien fue ascendido– también interino –a un cargo de Asistente Electoral. Tal movimiento se realizó atendiendo solicitud que en ese sentido formuló el Lic. Rodolfo Villalobos Orozco, en su condición de Coordinador de Servicios Regionales y superior inmediato de quien llegara a ocupar la plaza vacante.

Sin embargo, el señor Porras González ha presentado, con fecha 11 de junio aunque recibida el día 10 en este despacho, una nota en la que manifiesta que por asuntos de índole personal declina el nombramiento en esa nueva plaza, siendo que prefiere permanecer en el puesto de Chofer que en propiedad ocupa en la Sección de Servicios Generales.

Según lo anterior, se solicita al Superior dejar sin efecto el nombramiento descrito en el primer párrafo de este oficio, pues es lo cierto que el funcionario no llegó a asumir las funciones del cargo para el cual se propuso.”.

Se dispone: Conforme se solicita, se deja sin efecto el nombramiento interino del señor Freddy Porras González, efectuado por este Tribunal en sesión n.° 052-2009, celebrada el 28 de mayo pasado. ACUERDO FIRME.

F) Encargo de funciones por vacaciones de la Jefa de la Oficina de Comunicación y Protocolo.Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-0796-2009, de fecha 15 de junio de 2009, recibido el día siguiente en la Secretaría del despacho, en el cual literalmente manifiesta:

“Para los efectos consiguientes, me permito elevar a consideración del Tribunal Supremo de Elecciones el oficio número CYP-188-2009 del pasado 9 de junio que suscribe la Licda. Ana María Jiménez Rodríguez, Jefa de la Oficina de Comunicación y Protocolo, mediante el cual solicita que se le autorice el disfrute de un adelanto de 3 días de vacaciones proporcionales a partir del próximo 24 de junio y que durante ese breve lapso sus funciones se recarguen (sic) en el Lic. Javier Matamoros Guevara, quien se desempeña como Profesional de Gestión en esa misma oficina y en múltiples oportunidades ha asumido dicha responsabilidad.

La señora Jiménez Rodríguez adquiere derecho a sus vacaciones el 16 de diciembre de cada año, motivo por el cual a esta fecha tendría a su favor 13 días proporcionales del período 2008-2009, pero de ellos ya disfrutó 8 por lo que le queda un saldo de 5 días, cantidad que resulta ser suficiente para atender el adelanto que ahora solicita.

Puede apreciarse que la gestión cuenta con la anuencia del señor Secretario del Tribunal.No obstante, es importante señalar que, en caso de aprobarse, lo que procede es un encargo de funciones y no recargo, pues la ausencia será de solamente tres días.”.

Se dispone: Aprobar como encargo de funciones, conforme lo señala el señor Carías Mora. ACUERDO FIRME.

G) Ascenso en propiedad de la funcionaria Elieth Arias Rodríguez en la Regional de Alajuela.De la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0618-2009 del 15 de junio del 2009, recibido en la Secretaría del despacho el 16 de este mes, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:

“Respetuosamente elevo a conocimiento del Superior, para lo que tenga a bien disponer, el oficio RH-0788-2009 de fecha 12 de junio del año en curso, suscrito por el Lic. Ricardo Carías Mora, Jefe de Recursos Humanos, referido al ascenso en propiedad de la servidora Elieth Arias Rodríguez, Asistente de Operación en la Oficina Regional de Alajuela, a la plaza de Coordinador de Apoyo en esa misma sede regional que quedará vacante a partir del mes entrante, dada la renuncia que ha presentado a dicho cargo el servidor Juan Carlos Salazar Hernández para acogerse a una merecida pensión.

La servidora Elieth Arias Rodríguez, fue recomendada por escrito por el Lic. Walter Villalobos Zúñiga, Jefe de la Oficina Regional de Alajuela, quien en lo que interesa manifiesta: “…ha laborado en esta Oficina Regional desde 01 de Setiembre (sic) del año 2004 y en la institución desde el 04 de Enero (sic) de 1999, donde ha demostrado iniciativa, capacidad, entusiasmo, conocimiento, exactitud, dedicación y

eficacia en las labores que se le encomendaron, además que en los períodos de vacaciones de los operadores del TIM a (sic) suplido con gran éxito las funciones de los mismos, por lo que puedo mencionar que es una funcionaria que conoce plenamente las labores que se realizan en esta sede regional y específicamente las labores de operador del sistema de tarjetas de identificación de menores, lo que es de suma importancia ya que nos permitirá una adaptación inmediata sin que tengamos que dedicar días, semanas o hasta meses capacitándola para las labores cotidianas que realizará en el área mencionada de esta sede regional…”

Cumpliendo con lo que establecen los artículos 34 y 36 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios y con lo acordado por el Tribunal Supremo de Elecciones en Sesión No.129-2002, artículo quinto, comunicado mediante Oficio No.4168-2002 del 26 de setiembre del 2002, la suscrita avala la recomendación dada por la Jefatura, razón por la cual solicito al Superior, si a bien lo tiene, la aprobación del ascenso en propiedad que se propone.

De contar con la anuencia del Tribunal Supremo de Elecciones, la servidora Elieth Arias Rodríguez, podría ser ascendida en propiedad al cargo de Coordinador de Apoyo de la Oficina Regional de Alajuela, puesto número 76397, a partir del próximo 01 de julio.”.

Se dispone: Ascender en propiedad a la funcionaria Elieth Arias Rodríguez, a partir del 1° de julio próximo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 34 y 36 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones.

Sale del Salón de Sesiones el señor Magistrado Seing Jiménez.

H) Encargo de funciones de la Jefatura de la Sección de Actos Jurídicos.Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos se conoce oficio n.° RH-0830-2009 del 18 de junio del 2009, recibido en la Secretaría del despacho ese mismo día, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:

“Para los efectos consiguientes, me permito elevar a conocimiento del Tribunal Supremo de Elecciones el oficio número DC-6218-2009 de hoy que suscribe el Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor del Departamento Civil, mediante el cual remite incapacidad de la señora Ligia González Richmond, Jefe (sic) de la Sección de Actos Jurídicos, que comprende el período comprendido entre el 17 de junio y el 7 de julio del presente año. En virtud de lo anterior, el señor Fallas Vargas solicita que las funciones de la señora González Richmond se continúen encargando en el Lic. Juan Rafael Madrigal Hernández, Secretario General del Registro Civil, quien las asumió desde el pasado 9 de junio, según lo dispuesto por el Superior en sesión ordinaria número 56-2009, comunicado en oficio STSE-1845-2009 de esa misma fecha.”.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar en encargo de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

I) Encargo de funciones de la Jefatura de la Contraloría de Servicios.Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos se conoce oficio n.° RH-0831-2009 del 18 de junio del 2009, recibido en la Secretaría del despacho ese mismo día, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:

“Para lo que a bien tenga resolver el Tribunal Supremo de Elecciones, me permito elevar a consideración el oficio número CS-0261-2009 de hoy, suscrito por el Lic. Jonnathan González León, Asistente de la Contraloría de Servicios, mediante el cual informa que el Lic. Max Solórzano Alvarado, Contralor de Servicios, fue incapacitado del 18 al 24 de junio del presente año.

En virtud de lo anterior, se solicita que las funciones correspondientes del señor Solórzano Alvarado se encarguen en el señor González León, quien en otras oportunidades ha asumido esa misma responsabilidad. Puede apreciarse que la gestión cuenta con la anuencia del señor Secretario del Tribunal.”.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar el encargo de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

El señor Magistrado Seing Jiménez reingresa al Salón de Sesiones.

ARTÍCULO CUARTO.ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A) Informe de autoevaluación de calidad de la Auditoría Internaen el 2008.Del señor Juan Vicente García Matamoros, Subauditor Interno, se conoce oficio n.° AI-161-2009 del 15 de junio del 2009, recibido en la Secretaría del despacho ese mismo día, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:

“Para los efectos pertinentes y con la aprobación del suscrito, me permito acompañar el Informe N° 001-3-PAC-01-2009, relativo a la autoevaluación de calidad de la Auditoría Interna, correspondiente al período 2008.

Dicho informe se emite en cumplimiento de lo dispuesto por la directriz N° 3.4.1 de las “Directrices para la autoevaluación anual y la evaluación externa de calidad de las auditorías internas del Sector Público” (Resolución R-CO-33-2008 del Despacho de la Contralora General de la República, de las diez horas del once de julio de dos mil ocho), así como por el numeral 1.4 del Manual de Normas para el Ejercicio de la Auditoría Interna en el Sector Público, emitido por el citado Órgano Contralor.

No omito manifestar que conforme a lo señalado por la mencionada directriz, elinforme que se acompaña fue puesto en conocimiento del personal de esta Auditoría Interna.”.

Se dispone: Tener por recibido el informe sobre la autoevaluación de calidad 2008, efectuada por la propia Auditoría, sobre cuyas recomendaciones se informará oportunamente lo que proceda. Tomen nota para lo de su cargo las Direcciones General del Registro Civil y Ejecutiva, así como la Coordinación de Programas Electorales. ACUERDO FIRME.

B) Autorización para que el funcionario Mauricio Morales Carvajal pueda firmar certificaciones de hechos civiles.Del señor Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor del Departamento Civil, se conoce oficio n.° DC-6164-2009 del 15 de junio del 2009, recibido en la Secretaría del despacho el 16 de este mes, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:

“De conformidad con el acuerdo tomado en Sesión Ordinaria Nº 046-2009, celebrada el 12 de mayo y comunicado en oficio STSE-1499-2009 de misma fecha, el funcionario Mauricio Morales Carvajal, fue ascendido a una plaza de Coordinador de Gestión.

Por tal motivo, le solicito coordinar lo pertinente para que dicho funcionario pueda firmar las certificaciones emitidas por el sistema de cómputo y se ordene la debida publicación en el diario oficial La Gaceta.”.

Se dispone: De conformidad con lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 110 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, se autoriza al funcionario Mauricio Morales Carvajal para que firme certificaciones del Departamento Civil, a partir de la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial. ACUERDO FIRME.

C) Autorización para que el funcionario Daniel Jiménez Altamirano pueda firmar certificaciones de hechos civiles. De la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0622-2009 del 16 de junio del 2009, recibido en la Secretaría del despacho ese mismo día, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:

“Respetuosamente elevo a conocimiento del Tribunal Supremo de Elecciones, el oficio CSR-475-2009 de fecha 15 de junio del año en curso, suscrito por el Lic. Rodolfo Villalobos Orozco, Jefe de la Sección de Coordinación de Servicios Regionales, mediante el cual y por las razones que se sirve exponer, solicita autorización para que el señor Daniel Jiménez Altamirano, Coordinador de Gestión de esa Unidad Administrativa, pueda firmar constancias y certificaciones de hechos civiles.

Sobre el particular y en aras del buen servicio público, la suscrita muy respetuosamente solicita al Superior, se conceda la autorización requerida por el Lic. Villalobos Orozco.”.

Se dispone: De conformidad con lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 110 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, se autoriza al señor Daniel Jiménez Altamirano para que firme certificaciones del Departamento Civil, a partir de la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial. ACUERDO FIRME.

D) Autorización para que el funcionario Steven Alberto Venegas Sandí pueda firmar certificaciones de hechos civiles.De la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0621-2009 del 16 de junio del 2009, recibido en la Secretaría del despacho ese mismo día, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:

“Respetuosamente elevo a conocimiento del Tribunal Supremo de Elecciones, el oficio CSR-459-2009 de fecha 15 de junio del año en curso, suscrito por el Lic. Rodolfo Villalobos Orozco, Jefe de la Sección de Coordinación de Servicios Regionales, mediante el cual y por las razones que se sirve exponer, solicita autorización para que el señor Steven Alberto Venegas Sandí, Coordinador de Apoyo en la Oficina Regional de Puntarenas, pueda firmar constancias y certificaciones de hechos civiles.

Sobre el particular y en aras del buen servicio público, la suscrita muy respetuosamente solicita al Superior, se conceda la autorización requerida por el Lic. Villalobos Orozco.”.

Se dispone: De conformidad con lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 110 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, se autoriza al señor Steven Alberto Venegas Sandí para que firme certificaciones del Departamento Civil, a partir de la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO QUINTO.ASUNTOS DE COMISIONES INSTITUCIONALES.

A) Acta n.° 03-2009 de la Comisión de Dedicación Exclusiva. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos,se conoce oficio n.° CDE-46-2009, de fecha 10 de junio de 2009, recibido el 15 de junio en la Secretaría del despacho, en el cual literalmente manifiesta:

“En sesión número 03-2009 celebrada el pasado 28 de mayo, esta Comisión conoció las solicitudes que presentaron varios funcionarios de la institución para ser incorporados al Régimen de Dedicación Exclusiva o bien para que se ajuste el beneficio que por ese concepto perciben.Todos ellos estiman cumplir con los requisitos y reunir las condiciones establecidas para lo que solicitan, siendo que con tal propósito aportan los documentos necesarios a fin de demostrarlo.

Realizados los estudios que corresponden, considera esta Comisión que en efecto las solicitudes de las señoras Lidieth Saborío Elizondo, Gabriela Villalobos Retana, Aurora Miranda Cordero, Dessireé González Zamora, Astrid Valverde Bermúdez, María Auxiliadora Protti Quesada, Andrea Quesada Masís y Rebeca Quirós Montero y de los señores Dagoberto Herrera Araya, German Ávila Fonseca, Lidier Barrios Morales, José Leonel Obando Vargas, Esteban Durán Hernández, Farid Ovares Soto y Eduardo González Paniagua son procedentes, pues se trata de colaboradores que han sido ascendidos a cargos de nivel profesional para los cuales se requiere los grados académicos de bachillerato o licenciatura, condición que todos poseen en diferentes disciplinas.

De acuerdo con lo anterior y con fundamento en el artículo sexto del Reglamento para el Régimen de Dedicación Exclusiva, se elevan a conocimiento del Superior los expedientes que seguidamente se detallan y que se recomiendan (sic) aprobar en virtud de las razones dadas.

EXPE-DIENTE

NOMBRE Y CARGO

SOLICITA

COMPLEMENTO

FECHA DE RIGE

99

Astrid Valverde Bermúdez

- Asistente Funcional -

Reincorporación

20 %

16 - ABR - 2009

185

Esteban Durán Hernández

- Profesional de Gestión -

Ajuste

65 %

16 - ABR - 2009

186

Andrea Quesada Masís

- Asistente Funcional -

Reincorporación

20 %

16 - MAY - 2009

195

Lidieth Saborío Elizondo

- Profesional de Gestión -

Ajuste

65 %

01 - ABR - 2009

213

Dagoberto Herrera Araya

- Profesional de Apoyo -

Incorporación

20 %

01 - MAR - 2009

214

German Ávila Fonseca

- Asistente Funcional -

Incorporación

20 %

01 - MAR - 2009

215

Lidier Barrios Morales

- Profesional de Gestión -

Incorporación

65 %

01 - ABR - 2009

216

Gabriela Villalobos Retana

- Asistente Funcional -

Incorporación

20 %

01 - ABR - 2009

217

Aurora Miranda Cordero

- Asistente Funcional -

Incorporación

20 %

01 - ABR - 2009

218

Dessireé González Zamora

- Asistente Funcional -

Incorporación

20 %

01 - ABR - 2009

219

José Leonel Obando Vargas

- Profesional de Apoyo -

Incorporación

20 %

01 - ABR - 2009

220

Farid Ovares Soto

- Asistente Funcional -

Incorporación

20 %

01 - MAY - 2009

221

Eduardo González Paniagua

- Profesional de Gestión -

Incorporación

65 %

08 - MAY - 2009

222

María Auxiliadora Protti Quesada

- Profesional de Gestión -

Incorporación

65 %

04 - MAY - 2009

223

Rebeca Quirós Montero

- Profesional de Gestión -

Incorporación

65 %

04 - MAY - 2009

 

De confirmar el Tribunal Supremo de Elecciones lo resuelto por la Comisión, a cada funcionario se le otorgaría el porcentaje anotado en el cuadro anterior como incentivo o complemento salarial por concepto de dedicación exclusiva, con rige a partir de la fecha que se anota en la última columna y que corresponde a aquella en que asumieron el nuevo puesto. No obstante, es importante señalar que en el caso de la señorita Valverde Bermúdez dicho complemento salarial se incrementa del 1 de mayo del presente año en adelante a un 65 %, pues a partir de esa fecha el puesto se reasignó a Profesional de Gestión. Se adjunta también copia del acta de la citada sesión número 03-2009.”.

Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SEXTO.ASUNTOS PRESUPUESTARIOS.

A) Informe sobre el estado actual de las gestiones referentes al robo del vehículo del Magistrado Seing Jiménez. Del señor Fernando Víquez Jiménez,Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-794-2009, de fecha 15 de junio de 2009, recibido el mismo día en la Secretaría del despacho, en el cual literalmente manifiesta:

“En atención a lo dispuesto por el Tribunal Supremo de Elecciones en sesión extraordinaria N. 038-2009 del 17 de abril del presente año, oficio STSE-1255-2009, en relación con el robo del vehículo institucional marca Galloper asignado al señor Magistrado Mario Seing Jiménez, me permito informar lo siguiente:

Luego de puesta la denuncia en el Organismo de Investigación Judicial, se debió esperar un mes para que nos suministraran la documentación que daba como un hecho la desaparición del vehículo de cita, posteriormente se presentó el escrito al Instituto Nacional de Seguros para el reclamo de la póliza, el cual tiene aproximadamente dos meses para resolver el caso, por lo que se está en ese trámite.

Sobre este particular, la Contaduría está consultando a la Tesorería Nacional sobre el mecanismo para que una vez recibido el cheque correspondiente se pueda depositar en la cuenta a nombre del Tribunal. De ser así, el monto puede ser utilizado a futuro incluyéndolo en un presupuesto ordinario o extraordinario.

Por su parte, esta Dirección incluyó en el anteproyecto de presupuesto para el 2010 el monto necesario para realizar la compra de un vehículo de similares características.”.

Se dispone: Tener por rendido el informe que somete el señor Director Ejecutivo, quien se encargará de incorporar efectivamente al presupuesto de este Tribunal la suma que llegare a girar el Instituto Nacional de Seguros por concepto de póliza. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SETIMO.ASUNTOS DE PADRON ELECTORAL.

A) Informe resumen de la gestión de solicitudes cedulares aprobadas durante mayo del 2009. Del señor Carlos Alberto Murillo Montoya, Jefe de la Sección de Padrón Electoral, se conoce oficio n.° PE-1777-2009 del 16 de junio del 2009, recibido en la Secretaría del despacho ese mismo día, mediante el cual informa del resumen resultado de la gestión de solicitudes cedulares aprobadas en mayo pasado, así como de algunos aspectos importantes que describen el comportamiento numérico del Padrón Nacional Electoral, según la procedencia de las inclusiones y exclusiones que se ejecutan, conforme indica.

Se dispone: Tener por rendido el informe correspondiente. Continúese informando sobre el particular.

ARTÍCULO OCTAVO.ASUNTOS EXTERNOS.

A) Inclusión en la cédula de identidad de un mecanismo de lectura que permita adecuarse a la propuesta del Proyecto de Modernización del Transporte Colectivo por Autobús, para el uso de adultos mayores.De la señora Lidieth Barrantes Murillo, Presidenta de la Junta Rectora del Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor, se conoce oficio n.° CONAPAM-DE-0514-O-2009 del 10 de junio del 2009, recibido en la Secretaría del despacho el 16 de este mes, mediante el cual manifiesta la preocupación de esa Junta Rectora respecto del avance en el diseño del nuevo sistema que utilizarán las empresas de transporte público, en la modalidad autobús, para hacer efectivo el beneficio de transporte a las personas adultas mayores, según expone.

Por las razones expuestas, la señora Barrantes Murillo transcribe el acuerdo adoptado por esa Junta Rectora, en su sesión ordinaria n.° 213, del pasado 28 de abril, el cual dice:

“ACUERDO NÚMERO DOS. La Junta Rectora del Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor acuerda, por unanimidad, plantear consulta al Tribunal Supremo de Elecciones con el fin de que se analice la viabilidad de incluir en la cédula de identidad de las personas adultas mayores un mecanismo de lectura que permitaadecuarse a la propuesta del Proyecto de Modernización del Transporte Colectivo por Autobús, presentado por el señor Javier Vargas Tencio, Director Ejecutivo del Consejo de Transporte Público. Acuerdo firme.”.

Se dispone: Para su estudio e informe a la mayor brevedad, pase este asunto a la Dirección Ejecutiva. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO NOVENO.ASUNTOS DE LAS ELECCIONES 2010.

A) Argumentos del señor Diputado Sergio Iván Alfaro Salasen protección de las disposiciones constitucionales y legales que sustentan las restricciones a la participación política de altos cargos del Gobierno de la República. Del señor Sergio Iván Alfaro Salas, Diputado de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.º PAC-DSIAS-0379-2009 del 15 de junio de 2009, recibido en la Secretaría del despacho el 17 de junio de 2009, el cual intitula "Argumentos en protección de las disposiciones constitucionales y legales que sustentan las restricciones a la participación política de algunos altos cargos del Gobierno de la República".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Tener por realizadas las manifestaciones del señor Alfaro Salas. Agréguese el libelo que se conoce a la investigación preliminar a cargo de la Inspección Electoral, según acuerdo del artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 057-2009, celebrada el 11 de junio de 2009 por este Tribunal. ACUERDO FIRME.

A las dieciséis horas terminó la sesión.

 

 

 

Luis Antonio Sobrado González

 

 

 

 

Eugenia María Zamora Chavarría

 

 

 

 

Max Alberto Esquivel Faerron

 

 

 

 

Mario Seing Jiménez

 

 

 

 

Zetty Bou Valverde