ACTA Nº 86-2009

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del veintisiete de agosto de dos mil nueve, con asistencia del señor Magistrado Luis Antonio Sobrado González, quien preside, la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría, los señores Magistrados Max Alberto Esquivel Faerron y Mario Seing Jiménez, y la señora Magistrada Zetty María Bou Valverde. 

ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DEL ACTA ANTERIOR.

Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.

ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA.

A) Convocatoria a Audiencia Oral de Conclusiones para atender recurso de apelación interpuesto por Genbus S.A., contra el acto de adjudicación de la Licitación Abreviada 2009LA-000233-85002. De los señores German Brenes Roselló y Gabriel Rodríguez Arias, por su orden Gerente Asociado y Fiscalizador Asociado de la División Jurídica de la Contraloría General de la República, se conoce resolución de las quince horas del veinticuatro de agosto de dos mil nueve, recibida el mismo día -vía fax- en la Secretaría del despacho, mediante la cual se convoca a este Tribunal a una audiencia oral de conclusiones dentro del trámite del recurso de apelación interpuesto por GENBUS S.A. contra el acto de adjudicación de la Licitación Abreviada n.º 2009LA-000233-85002 promovida por este Tribunal para la adquisición de 20 unidades de potencia ininterrumpida, recaído a favor de POWER SOLUTIONS S.A., la cual se llevará a cabo a las 09:00 horas del 28 de agosto de 2009 en la Sala de Audiencias, ubicada en el piso 3 del edificio anexo de dicha Contraloría.

Se dispone: Atenderán la audiencia concedida la señora Martha Castillo Víquez y el señor Warner Montoya Sánchez, funcionarios del Departamento Legal, así como el señor Tito José Alvarado Contreras, Ingeniero Eléctrico y el o los funcionarios que se consideren necesarios, a criterio de dicho Departamento, el cual informará oportunamente sobre lo que resuelva el órgano contralor. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.

A) Renuncia de la señora Mariana Gómez Bolaños, Auxiliar de Operación de Servicios Especiales. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1445-2009 de fecha 21 de agosto de 2009, recibido el 24 de agosto en la Secretaría del despacho, en el cual manifiesta literalmente:

“Para conocimiento y lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración la nota del pasado 12 de agosto que suscribe la señorita Mariana Gómez Bolaños, funcionaria interina de la Oficina de Coordinación de Programas Electorales, mediante la cual presenta renuncia a su cargo con rige a partir del 17 de agosto en curso.

La servidora Gómez Bolaños laboró en forma continua para la institución desde el 3 de octubre de 2005 en una plaza de Auxiliar de Operación que tenía contenido presupuestario hasta el próximo 30 de setiembre, es decir, que ese día finalizaba su actual nombramiento.Lo anterior implica que para la fecha de renuncia había laborado un total de tres años y diez meses, por lo que debía presentar su renuncia con al menos un mes de antelación, dando de esa forma el preaviso que le correspondía de acuerdo con el Código de Trabajo. No obstante, según puede apreciarse en su nota, la renuncia fue presentada ante este despacho el 12 de agosto, es decir, a tan solo 5 días de la fecha de partida.

Para efectos de darle trámite a la presente gestión de renuncia y de conformidad con lo que ordenó el Tribunal en sesión 148-2006, oficio número 4653-TSE-2006 del 27 de julio del año 2006, adjunto se incluye el oficio número 532-CPE del 18 de agosto en curso que suscribe el Lic. Héctor Fernández Masís, Coordinador de Programas Electorales, a través del cual manifiesta que su oficina no sufrió ningún tipo de perjuicio con la falta del preaviso de ley.

A lo anterior el suscrito agrega que en esa misma unidad administrativa existen varios Auxiliares de Operación más de Servicios Especiales, por lo que existe la posibilidad de que las funciones que ella ejecutaba sean asumidas por estos otros funcionarios. Asimismo, que la jefatura de dicha oficina bien puede solicitar el nombramiento de otra persona en la plaza que ha quedado vacante, movimiento que se puede concretar en forma inmediata pues este despacho cuenta con candidatos elegibles para ese tipo de puestos.

De acuerdo con lo expuesto y salvo superior criterio, estima el suscrito que no sería necesario formular proceso alguno con el propósito de cobrar preaviso a la señorita Mariana Gómez por no haberlo otorgado. Por otra parte, siendo que ella laboró la primera quincena completa y de la segunda ya no trabajó ningún día, se recomienda tener por presentada su renuncia pero a partir del 16 de agosto, como es lo usual en estos casos.”.

Se dispone: Tener por presentada la renuncia de la señorita Mariana Gómez Bolaños, pero a partir del 16 de agosto de 2009, conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.

B) Verificación de incorporación al Colegio de Periodistas de funcionarios de este Tribunal. De la señora Rocío Álvarez Olaso, Fiscal de la Junta Directiva del Colegio de Periodistas de Cosa Rica, se conoce oficio n.° FJD-65-09 de fecha 14 de agosto de 2009, dirigido al señor Presidente de este Tribunal, recibido el 24 de agosto en la Secretaría del despacho, en el cual manifiesta literalmente:

Reciba un atento saludo de parte de la Fiscalía del Colegio de Periodistas de Costa Rica.

Esta Fiscalía requiere coordinar acciones con todos los medios de comunicación y las instituciones públicas, con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en su Ley Orgánica Capítulo VI, Artículo 24, que a la letra dice: "Los cargos de director, subdirector, jefe de redacción o cualquiera otros netamente periodísticos, deberán ser ocupados únicamente por periodistas colegiados. Los cargos de director, jefe o encargado de las oficinas de relaciones públicas y divulgación o prensa de las instituciones públicas, también deberán ser desempeñados por periodistas colegiados".

Este artículo se amplió en su interpretación con la Resolución de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, que con su VOTO N° 744-92 del 13 de marzo de 1992 que autorizó la incorporación de los graduados en Relaciones Públicas como colegiados de pleno derecho. Además, se informa que la incorporación activa es requisito para el pago de carrera profesional y dedicación exclusiva.

Para el cumplimiento de esta normativa, solicito su colaboración con el fin de verificar si las personas de su Institución, encargadas de áreas donde trabajan profesionales en comunicación, están en la lista de los integrantes activos del Colegio de Periodistas de Costa Rica y que, por consiguiente, pueden ejercer plenamente sus derechos profesionales. La lista actualizada se encuentra en la página www.colper.or.cr, o si usted lo desea puede consultarnos al teléfono 2233-58-50, ext. 33 con Ghaudy Castillo, o escribir a nuestro correo electrónico fiscalia@colper.or.cr

Lo anterior, con el fin de cumplir con las responsabilidades que nos asigna la Ley y las que nos han delegado nuestros colegas.”.

Se dispone: Para su debida atención, pase al Departamento de Recursos Humanos. En lo sucesivo, la Secretaría del despacho trasladará directamente al citado Departamento las gestiones similares que se llegaren a presentar, dando cuenta en su oportunidad de lo que resulte pertinente que conozca este Tribunal.ACUERDO FIRME.

C) Ascenso en propiedad del servidor Jesús Barboza Retana a la plaza de Profesional de Apoyo 45448 de Proveeduría. Del señor Alejandro Bermúdez Mora, Secretario de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-2701-2009 de fecha 21 de agosto de 2009, en el cual manifiesta literalmente:

“Visto el oficio Nº. RH-1410-2009 del 18 de agosto del año en curso, me permito elevar a su estimable consideración, para lo que bien se sirvan disponer, la solicitud del Lic. Allan Herrera Herrera, Proveedor a.i., quien gestiona el ascenso en propiedad del servidor Jesús Barboza Retana a la plaza de Profesional de Apoyo que ha quedado vacante dado el ascenso también en propiedad de su anterior ocupante.

El señor Barboza Retana no se ubica en línea directa de ascenso ya que entre su clase en propiedad -Analista de Operación- y la del Profesional de Apoyo se encuentra de por medio el Asistente Funcional, pero ha ocupado en forma interina justamente la plaza que ahora interesa llenar en propiedad, por lo que resultaría necesario aplicar lo que disponen (sic) el artículo 36 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios.

Cabe mencionar que el servidor Barboza Retana ha obtenido en sus últimas cinco calificaciones anuales el grado de “excelente”, reúne los requisitos académicos que el cargo exige, y el suscrito no tiene objeción alguna para que se realice dicho ascenso, por lo que de aprobarse se ubicaría en el puesto número 45448 a partir del 1º de setiembre del año 2009.”.

Se dispone: Aprobar el ascenso en propiedad propuesto, a partir del 1° de septiembre de 2009, de conformidad con lo que dispone el artículo 36 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil.ACUERDO FIRME.

D) Encargo de funciones en el funcionario Javier Matamoros Guevara en la oficina de Comunicación y Protocolo. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1455-2009 de fecha 25 de agosto de 2009, recibido ese día en la Secretaría del despacho, en el cual manifiesta literalmente:

“Para los efectos consiguientes, me permito elevar a consideración del Tribunal Supremo de Elecciones el oficio número CYP-287-2009 del pasado 13 de agosto que suscribe la Licda. Ana María Jiménez Rodríguez, Jefa de la Oficina de Comunicación y Protocolo, mediante el cual solicita que se le autorice el disfrute de un adelanto de 5 días de vacaciones proporcionales a partir del próximo 7 de setiembre y que durante ese breve lapso sus funciones se recarguen en el Lic. Javier Matamoros Guevara, quien se desempeña como Profesional de Gestión en esa misma oficina y en múltiples oportunidades ha asumido dicha responsabilidad.

La señora Jiménez Rodríguez adquiere derecho a sus vacaciones el 16 de diciembre de cada año, motivo por el cual a esta fecha tendría a su favor 16 días proporcionales del período 2008-2009, pero de ellos ya disfrutó 8 por lo que le queda un saldo de 8 días, cantidad que resulta ser suficiente para atender el adelanto que ahora solicita.

Puede apreciarse que la gestión cuenta con la anuencia del señor Secretario del Tribunal.No obstante, es importante señalar que, en caso de aprobarse, lo que procede es un encargo de funciones y no recargo, pues la ausencia será de solamente cinco días.”.

Se dispone: Aprobar el adelanto de vacaciones y el encargo de funciones conforme lo solicitó la señora Jiménez Rodríguez en su oficio n.° CYP-287-2009. Asimismo, dado que la referida funcionaria participará en la Segunda Jornada Interamericana Electoral a celebrarse en México, del 28 de setiembre al 2 de octubre del presente año, también se encargan sus funciones en el señor Matamoros Guevara durante ese período. ACUERDO FIRME.

E) Traslado en propiedad de la servidora Ana Lucilla Quirós Matarrita de la Regional de Limón. De la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, se conoce resolución n.° DG-RA-0056-2009 de las quince horas del veinte de agosto de dos mil nueve, recibida el 25 de agosto de 2009 en la Secretaría de este Tribunal, mediante la cual se dispone trasladar en propiedad a partir del 16 de setiembre del año en curso, a la servidora Ana Lucilla Quirós Matarrita, Auxiliar de Operación de la Oficina Regional de Limón, al mismo cargo en la Sección de Archivo, que quedó vacante dado el ascenso en propiedad del señor Gerald Murillo Fernández a un puesto de Asistente de Operación en la Oficina Regional de Heredia.

Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.

F) Nombramiento interino del señor Noel Henríquez García en la Dirección Ejecutiva. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n°. RH-1495-2009 del 25 de agosto del año en curso, recibido en este despacho el 26 del mismo mes, mediante el cual manifiesta lo que se transcribe a continuación:

“En sesión 062-2009 del pasado 30 de junio, oficio número STSE-2115-2009, el Tribunal Supremo de Elecciones aprobó reclasificar el puesto 353436 de Profesional Coordinador que figura en Servicios Especiales para la eventual Oficina de Financiamiento de Partidos Políticos, a la clase Profesional de Gestión que es de un nivel menor, con el propósito de quien se designe en ella implemente el Sistema Gerencial de Costeo de Proyectos y Actividades Sustantivas.

En virtud de lo anterior y para lo que a bien tenga disponer el Superior, remito a consideración el oficio número DE-1030-2009 de hoy que suscribe el Lic. Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, mediante el cual solicita que en dicha plaza se nombre en forma interina al señor Noel Henríquez García, quien labora para este organismo electoral desde el 18 de junio de 2007, actualmente se desempeña como Asistente Funcional en la Oficina de Proyectos Tecnológicos y cumple los requisitos que el cargo demanda, siendo que su preparación académica y conocimientos son afines con las funciones a ejecutar en el nuevo cargo.

Si el Tribunal no tiene objeciones, bien se podría nombrar interinamente al señor Henríquez García en la citada plaza como Profesional de Gestión en la Dirección Ejecutiva, lo que se haría con fundamento en los artículos 9, 22 y 25 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios, a partir del próximo 1º de setiembre y por el resto del año.Tendría asignado un salario base de ¢568.000,oo por mes, anualidades a razón de ¢11.742,oo cada una y un complemento del 18% como incentivo por la responsabilidad en el ejercicio profesional de la función electoral, todo de conformidad con el índice salarial vigente.”.

Se dispone: Con fundamento en los artículos 9, 22 y 25 del Reglamento a la Ley de Salarios de este Tribunal, nombrar al servidor

Noel Henríquez García como Profesional de Gestión en la Dirección Ejecutiva, a partir del 1° de septiembre del año en curso. ACUERDO FIRME.

G) Prórroga de nombramiento interino de los funcionarios Juan Rafael Alfaro Vindas y Rigoberto Salazar Soto para cubrir el plan de vacaciones de la Oficina de Seguridad Integral. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n°. RH-1460-2009 del 25 de agosto del año en curso, recibido en este despacho el 26 del mismo mes, el cual reza lo siguiente:

Para los efectos consiguientes, me permito elevar a consideración del Tribunal Supremo de Elecciones el oficio número SI-287-2009 recibido ayer en este despacho y que suscribe el Lic. Richard Poveda Solórzano, Jefe de Seguridad Integral, mediante el cual presenta a consideración de este despacho el plan de vacaciones para los Oficiales de Seguridad y Vigilancia durante el período comprendido entre setiembre de este año y octubre de 2010.

Luego de analizar dicho programa y practicarle los ajustes pertinentes en cuanto a saldos y fechas, se somete a consulta del Superior con la intención de autorizar que durante las ausencias de los titulares de esos puestos de Oficial de Seguridad se prorrogue el nombramiento de los empleados interinos requeridos, tal y como se ha venido realizando desde hace varios años.El plan, que en esta oportunidad incluye a 27 servidores, sería como se muestra en el cuadro anexo y comprendería los siguientes lapsos y al empleado interino que en cada caso se anota:

 

LAPSO

PERIODO

OFICIAL INTERINO

1

Del01-09-2009al 29-10-2010

Juan Rafael Alfaro Vindas

2

Rigoberto Salazar Soto

Tal y como ha sucedido en las anteriores ocasiones, es importante insistir en que el plan no debe sufrir variantes de ninguna naturaleza, como por ejemplo adelantos, fraccionamientos o suspensión de vacaciones, pues cualquier alteración que se le practique afectaría el nombramiento de los servidores interinos y desde luego el normal desarrollo del programa.

Por otra parte, conviene aclarar que si bien el artículo 28 del Reglamento Autónomo de Servicios dispone la suspensión de las vacaciones para todos los trabajadores a partir del 1º de octubre entrante en virtud de la época electoral, en el caso de los oficiales de seguridad bien se puede hacer una excepción pues ellos son sustituidos con los oficiales interinos, lo que garantiza que siempre el grupo de tales colaboradores estará completo, a menos claro está que las ausencias sean por otros motivos, como por ejemplo incapacidades.”.

Se dispone: Aprobar según se propone.ACUERDO FIRME.

H) Solicitud para que se reverse el nombramiento del funcionario Jorge Rivera Quirós y se nombre a Egérico Randall Rodríguez Trejos en la plaza 45573 de Suministrador de Tomos. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n°. RH-1462-2009 del 25 de agosto del año en curso, recibido en este despacho el 26 del mismo mes, mediante el cual literalmente indica:

“El señor Jorge Rivera Quirós, quien ocupa en propiedad un cargo de Trabajador Misceláneo en la institución, fue trasladado el pasado 16 de agosto de la Secretaría del Tribunal a la Oficialía Mayor del Departamento Civil, según movimiento que fuera aprobado por el Superior en sesión 072-2009 del 28 de julio, oficio número STSE-2442-2009 de esa misma fecha.Si bien de previo a ese traslado el funcionario estaba laborando en la Secretaría del Tribunal, conviene aclarar que su plaza presupuestariamente pertenece a la Sección de Servicios Generales, cuya jefatura accedió hace algún tiempo atrás a un préstamo temporal para que reforzara la citada Secretaría.

Sin embargo, para lo que a bien tenga disponer el Tribunal, remito a consideración la nota del pasado 18 de agosto, recibida hoy en este despacho, que suscribe el señor Rivera Quirós y con la cual solicita se valore la posibilidad de regresarlo a su anterior puesto, dadas las razones que se sirve exponer.

Estima el suscrito que la gestión es viable, sobre todo tomando en consideración que esa plaza a la que desea retornar el empleado aún no ha sido ocupada.Si el Superior no tiene objeciones, bien se podría disponer el regreso del señor Rivera Quirós a la situación anterior a partir del próximo 1º de setiembre.Puede apreciarse que la solicitud cuenta con la anuencia de los señores Alejandro Bermúdez Mora y Rodrigo Fallas Vargas, en su orden Secretario del Tribunal y Oficial Mayor del Departamento Civil.

Por otra parte, adjunto también el oficio número DC-8023-2009 del 19 de agosto que suscribe el Lic. Fallas Vargas, mediante el cual solicita que, en caso de aprobarse el regreso del señor Jorge Rivera a su plaza anterior, se autorice el nombramiento interino del servidor Egérico Randall Rodríguez Trejos en la plaza de suministrador de tomos– Trabajador Misceláneo 1, número 45573 –en el Departamento Civil, mientras se concreta el proceso para nombrar al nuevo propietario de la misma.Esta gestión cuenta con el aval de la Dirección General del Registro Civil.”.

Se dispone: Conforme se solicita, se deja sin efecto lo dispuesto en el artículo tercero de la sesión n.° 72-2009, en virtud de lo cual se trasladó al servidor Jorge Rivera Quirós a la Oficialía Mayor Civil.Asimismo, y en los términos en que los sugiere el señor Jefe del Departamento deRecursos Humanos, se nombra interinamente al señor Egérico Randall Rodríguez Trejos en la plaza n.° 45573 de Suministrador de Tomos (Trabajador Misceláneo 1) a partir del 1° de septiembre del año en curso.ACUERDO FIRME.

I) Nombramiento interino de varios funcionarios para sustitución o en plazas de Servicios Especiales. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n°. RH-1461-2009 del 25 de agosto del año en curso, recibido en la Secretaría del despacho el 26 del mismo mes, mediante el cual somete a consideración del Tribunal los oficios que han remitido diversas jefaturas institucionales solicitando se nombren funcionarios interinos en sus oficinas, para llenar plazas que se encuentran temporalmente vacantes o son de Servicios Especiales, para el presente año preelectoral, conforme el siguiente detalle:

OFICINA

NÚMERO Y CLASE

DEL PUESTO

CONDICION DE LA PLAZA

CANDIDATO Y PERIODO DEL NOMBRAMIENTO

Seguridad Integral

86905, Oficial de Servicios Generales

Plaza de cargos fijos que ha quedado vacante, pues su anterior ocupante fue despedido.

Juan Fco. Carrasco González,

01-SETy hasta que se designe al nuevo propietario de la plaza.

Sección de Análisis

353675, Auxiliar de Operación

Plaza de Servicios Especiales

José Rolando Umaña Torres,

01-OCTal31- DIC-2009

Sección de Análisis

45769, Auxiliar de Operación

Plaza de cargos fijos que ha quedado temporalmente vacante. Su propietaria es la señora Arlyn Montoya Solís, quien disfruta de licencia sin goce de salario.

Marlene Cárdenas Amaya,

01-SETy hasta que la titular de la plaza regrese a ocuparla

Comunicación y Protocolo

353694, Auxiliar de Operación

Plaza de Servicios Especiales

María Gabriela Román Campos,

01-SETal31- DIC-2009

Comunicación y Protocolo

353695, Auxiliar de Operación

Plaza de Servicios Especiales

Daniela Calderón Vargas,

01-SETal31- DIC-2009

Tecnologías de Información y Comunicaciones

353424, Profesional de Apoyo

Plaza de Servicios Especiales

José Francisco Jiménez Quirós,

01-SETal31- DIC-2009

Tecnologías de Información y Comunicaciones

76356, Coordinador de Gestión

Plaza de cargos fijos que ha quedado temporalmente vacante. Su propietario es el señor Ricardo Pérez López, quien fue ascendido en forma interina a una plaza de Asistente Funcional.

Adrián Cascante Rojas,

01-SETy hasta que el titular de la plaza regrese a ocuparla

Solicitudes Cedulares

45714, Auxiliar de Operación

Plaza de cargos fijos que ha quedado vacante, pues su anterior ocupante fue ascendido.

Hellen Sánchez Brenes,

01-SETy hasta que se designe al nuevo propietario de la plaza.

 

Informa además el señor Carías Mora, que los candidatos forman parte del registro de elegibles y cumplen los requisitos que establece el Manual Descriptivo de Puestos.Si el Superior no tiene objeciones, las personas se ubicarían en los puestos, oficinas y periodos que se citan en el cuadro anterior.

Se dispone: Nombrar a los señores Juan Francisco Carrasco González, José Rolando Umaña Torres, José Francisco Jiménez Quirós, Adrián Cascante Rojas y a las señoras Marlene Cárdenas Amaya, María Gabriela Román Campos, Daniela Calderón Vargas y Hellen Sánchez Brenes en los puestos, plazas y por los periodos que propone el señor Jefe del Departamento de Recursos Humanos, todo de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil.ACUERDO FIRME.

J) Acta n.º 4 de la Comisión de Dedicación Exclusiva. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio CDE-75-2009 de fecha 24 de agosto de 2009, recibido el 26 de agosto en la Secretaría del despacho, en el cual manifiesta literalmente:

En sesión número 04-2009 celebrada el pasado 30 de julio, esta Comisión conoció las solicitudes que presentaron varios funcionarios de la institución para ser incorporados al Régimen de Dedicación Exclusiva o bien para que se ajuste el beneficio que por ese concepto perciben.Todos ellos estiman cumplir con los requisitos y reunir las condiciones establecidas para lo que solicitan, siendo que con tal propósito aportan los documentos necesarios a fin de demostrarlo.

Realizados los estudios que corresponden, considera esta Comisión que en efecto las solicitudes de las señoras Tatiana Alán Gómez, Lilieth Paniagua Gamboa, Katia Segura Villegas, Rosa Ivette Segura Salas, Liseth Mora Soto, Guiselle Leitón Alvarado y de los señores Roberth López Cerbellón, Wilson Espinoza Coronado, Vladimir Alpízar Alvarado, Mario Villalobos García y Erick Quirós Jiménez son procedentes, pues se trata de colaboradores que han sido ascendidos a cargos de nivel profesional para los cuales se requiere los grados académicos de bachillerato o licenciatura, condición que todos poseen en diferentes disciplinas.

De acuerdo con lo anterior y con fundamento en el artículo sexto del Reglamento para el Régimen de Dedicación Exclusiva, se elevan a conocimiento del Superior los expedientes que seguidamente se detallan y que se recomiendan aprobar en virtud de las razones dadas.

EXPE-DIENTE

NOMBRE Y CARGO

SOLICITA

COMPLEMENTO

FECHA DE RIGE

126

Roberth López Cerbellón

- Profesional de Gestión -

Ajuste

65 %

19 - JUN - 2009

175

Tatiana Alán Gómez

- Profesional de Gestión -

Ajuste

65 %

01 - JUN - 2009

224

Lilieth Paniagua Gamboa

- Profesional de Gestión -

Incorporación

65 %

05 - JUN - 2009

225

Wilson Espinoza Coronado

- Asistente Funcional -

Incorporación

20 %

16 - JUN - 2009

226

Vladimir Alpízar Alvarado

- Profesional de Gestión -

Incorporación

65 %

04 - FEB - 2009

227

Mario Villalobos García

- Asistente Funcional -

Incorporación

20 %

16 - JUN - 2009

228

Kattia Maritza Segura Villegas

- Profesional de Gestión -

Incorporación

65 %

16 - JUN - 2009

229

Rosa Ivette Segura Salas

- Asistente Funcional -

Incorporación

20 %

01 - JUL - 2009

230

Liseth Mora Soto

- Asistente Funcional -

Incorporación

20 %

01 - JUL - 2009

231

Erick Quirós Jiménez

- Profesional de Gestión -

Incorporación

65 %

16 - JUL - 2009

232

Guiselle Leitón Alvarado

- Profesional de Gestión -

Incorporación

65 %

16 - JUL - 2009

 

De confirmar el Tribunal Supremo de Elecciones lo resuelto por la Comisión, a cada funcionario se le otorgaría el porcentaje anotado en el cuadro anterior como incentivo o complemento salarial por concepto de dedicación exclusiva, con rige a partir de la fecha que se anota en la última columna y que corresponde a aquella en que asumieron el nuevo puesto.Se adjunta también copia del acta de la citada sesión número 04-2009.”.

Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.

K) Solicitud de nombramiento interino de 68 funcionarios en plazas de Analista de Operación de Servicios Especiales. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce n.° oficio RH-1445-2009 de fecha 14 de agosto de 2009, recibido el 24 de agosto en la Secretaría del despacho, en el cual manifiesta literalmente:

“Según se indicó en nuestro oficio número RH-0579-2009 del pasado 4 de mayo, en el presupuesto institucional del presente año se incluyó para la Oficina de Coordinación de Programas Electorales un grupo significativo de plazas clasificadas como Analistas de Operación de Servicios Especiales, las cuales son destinadas para nombrar a los funcionarios que fungirán como Asistentes Electorales, antes conocidos como Asesores Electorales. De acuerdo con lo dispuesto por el Tribunal Supremo de Elecciones en sesión número 25-2009 del 10 de marzo de 2009, comunicado en oficio STSE-0795-2009, para ocupar dicho cargo es necesario que los aspirantes cumplan con los requisitos establecidos en nuestro Manual Descriptivo de Puestos, a saber: segundo año aprobado de una carrera universitaria que lo faculte para el desempeño del cargo y dos años de experiencia en labores relacionadas con el puesto.

En esas plazas ya se han nombrado 16 funcionarios y en varios casos fue necesario que el Superior aplicara la excepción que contempla el artículo 25 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios y Régimen de Méritos en cuanto al cumplimiento del requisito académico, pues si bien se trata de colaboradores que no cuentan con los dos años aprobados de educación universitaria, sí son poseedores de una amplia experiencia en el desempeño de funciones como Asistentes Electorales, dada su participación en ese mismo programa en procesos electorales anteriores.

En esa oportunidad, en oficio número CPE-183-2009 de fecha 20 de abril del año en curso, el Lic. Héctor Fernández Masís, Coordinador de Programas Electorales, expresó que “…el Superior consideró las recomendaciones efectuadas por este despacho e indicó que, por esta única vez, para los procesos electorales del año 2010, se exceptuara a los funcionarios que se desempeñarán como asesores electorales en la plaza de Asistente Electoral bajo la categoría de Analista de Operación de contar con el requisito académico de haber cursado como mínimo con dos años de carrera universitaria, pero que en futuros procesos electorales se deberá cumplir con este requisito o bien que en el momento en que se apruebe y ponga en marcha el Diplomado en Procesos Electorales -mismo que ya se ha venido desarrollando en convenio con la institución (sic) y la Universidad Estatal a Distancia-; los aspirantes a este puesto también podrán optar por él, cuando hayan

completado dicho diplomado.”

Así las cosas, someto a consideración del Tribunal los oficios números CPE-502-2009 y CPE-522-2009 del 6 y 17 de agosto respectivamente que remitió a este despacho el Lic. Fernández Masís, junto con otra documentación atinente, a través de los cuales solicita el nombramiento de 68 nuevos Asistentes Electorales en las plazas dispuestas para ello, con la solicitud expresa de que se aplique la excepción en cuanto a los requisitos, pues se presenta la misma situación en el sentido de que varios de los funcionarios que se proponen no tienen la preparación académica exigida pero sí amplia experiencia en las tareas a realizar.El detalle de las personas recomendadas se muestra en el cuadro adjunto.

En caso de no haber objeciones, tales nombramientos se harían con fundamento en los artículos 22 y 25 de la normativa antes citada y presupuestariamente regirían del 1º de octubre al 31 de diciembre del presente año, con excepción del señor Rodrigo Mora Torres que sería a partir del 16 de octubre luego de que supere el período de prueba en que actualmente se encuentra. Todos serían nombrados en forma interina como Analistas de Operación de Servicios Especiales y se ubicarían en los puestos que se indican en el cuadro anexo, con un salario base de ¢ 424.700,oo por mes, anualidades a razón de ¢ 8.876,oo cada una y un 10 % de complemento por la responsabilidad en el ejercicio de la función electoral, todo de conformidad con el índice salarial aprobado por el Tribunal para el segundo semestre de este año.”.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- En vista del carácter crítico que estos puestos tienen para el proceso electoral, aprobar los sesenta y ocho nombramientos interinos en plazas de Asistentes Electorales a que se refiere el señor Carías Mora excepcionando el cumplimiento de los requisitos por esa única vez según se propone y corresponda, a partir del 1° de octubre de 2009, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 22 y 25 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil y de conformidad con el siguiente elenco:

NOMBRE DEL CANDIDATO

NUMERO DE PUESTO

CLASE ACTUAL

OFICINA ACTUAL

AGUZI FALLAS JAIRO ARTURO

353479

AUXILIAR DE OPERACIÓN

SECCION DE INSCRIPCIONES

ALPIZAR ROJAS VICTOR MANUEL

353480

AUXILIAR DE OPERACIÓN

OFIC. REG. OROTINA

ALVARADO LOPEZ LUIS CARLOS

353481

ASISTENTE DE OPERACIÓN

COORDINADORA OFIC REGIONALES -

ARAYA MORA ROLANDO ALBERTO

353482

AUXILIAR DE OPERACIÓN

SECCION DE INSCRIPCIONES

ARGUELLO RUIZ SALVADOR

353483

ASISTENTE DE OPERACIÓN

OFIC. REG. UPALA

ARIAS SEGURA RONALD

353484

AUXILIAR DE OPERACIÓN

SERVICIOS GENERALES

BARRIENTOS FALLAS JOHANNA MARIA

353485

COORDINADOR DE GESTION

COMUNICACIÓN Y PROTOCOLO

BARROETA GONZALEZ PAOLA

353486

ASISTENTE DE OPERACIÓN

SECCION DE INSCRIPCIONES

BOLTON PATTERSON DANNIE LLOYD

353487

AUXILIAR DE OPERACIÓN

OFICIALIA MAYOR ELECTORAL

BONILLA ORTIZ CARLOS ADOLFO

353488

ASISTENTE DE OPERACIÓN

COORDINADORA OFIC REGIONALES -

BRIONES DIAZ FELIX RODOLFO

353489

ASISTENTE DE OPERACIÓN

OFICINA DE CEDULACION AMBULANTE

CALDERON CHAVARRIA CARLOS

353491

AUXILIAR DE OPERACIÓN

SECCION DE ARCHIVO

CALDERON PACHECO LUIS

353490

AUXILIAR DE OPERACIÓN

SECCION DE ARCHIVO

CALVO BARRANTES MARIA ISABEL

353492

ASISTENTE DE OPERACIÓN

OFICIALIA MAYOR CIVIL

CALVO SOTO FLORIA MARLENE

353493

AUXILIAR DE OPERACIÓN

SECCION DE ARCHIVO

CAMPBELL SMITH GIOVANNI

353494

COORDINADOR DE APOYO

OFIC. REG. LIMON

CARRANZA FONSECA LUIS GONZALO

353496

ASISTENTE DE OPERACIÓN

SECCION DE ANALISIS

CASTILLO CORDERO JAVIER

353497

ASISTENTE DE OPERACIÓN

OFIC. REG. POCOCI

CASTRO JIMENEZ ARLING VANESA

353498

ASISTENTE DE OPERACIÓN

OFICIALIA MAYOR CIVIL

CASTRO MEJIA HENRY OSVALDO

353500

ASISTENTE DE OPERACIÓN

COORDINADORA OFIC REGIONALES -

CASTRO MONTERO CARLOS LUIS

353499

ASISTENTE DE OPERACIÓN

OFICINA DE CEDULACION AMBULANTE

CASTRO RAMIREZ DAVID ANGEL

353545

COORDINADOR DE GESTION

OFICINA DE CEDULACION AMBULANTE

CHAMORRO SANDOVAL FELIX

353501

AUXILIAR DE OPERACIÓN

DIRECCION GENERAL REGISTRO CIVIL

CORDERO AGUILAR CLAUDIO CESAR

353502

AUXILIAR DE SERVICIOS

SERVICIOS GENERALES

COREA ARIAS DANIELA

353503

AUXILIAR DE OPERACIÓN

OFIC. REG. GUATUSO

COTO BARRANTES ANA DAMARIS

353504

ASISTENTE DE OPERACIÓN

SECCION DE ACTOS JURIDICOS

CUARESMA SELVA NELSON

353505

COORDINADOR DE APOYO

SECCION DE PADRON ELECTORAL

FALLAS ROMAN JORGE ARTURO

353506

ASISTENTE DE OPERACIÓN

OFICINA DE CEDULACION AMBULANTE

FONSECA SANDOVAL VILMA

353507

AUXILIAR DE OPERACIÓN

SECCION DE SOLICITUDES CEDULARES

GARCIA HERRA XINIA

353508

COORDINADOR DE APOYO

OFICIALIA MAYOR CIVIL

GOMEZ PANIAGUA FABIO JOSE

353510

COORDINADOR DE APOYO

OFIC. REG. GRECIA

GOMEZ QUIROS ADRIANA

353509

ASISTENTE DE OPERACIÓN

COORDINADORA OFIC REGIONALES -

GONZALEZ SEQUEIRA JOSE ESTEBAN

353512

ASISTENTE DE OPERACIÓN

SECCION DE INSCRIPCIONES

GUTIERREZ PORRAS CARLOS

353513

ANALISTA DE OPERACIÓN

SECCION DE ANALISIS

GUZMAN VARGAS WILLIAM HENRY

353514

COORDINADOR DE APOYO

DIRECCION EJECUTIVA

HOFFMANN BRENES LUCRECIA MARIA

353515

COORDINADOR DE APOYO

SECCION DE INSCRIPCIONES

JIMENEZ GONZALEZ WALTER

353516

AUXILIAR DE OPERACIÓN

SECCION DE OPCIONES Y

JIMENEZ ORTEGA RODRIGO EDUARDO

353517

COORDINADOR DE APOYO

OFICIALIA MAYOR CIVIL

MADRIZ QUESADA DANIELA

353518

AUXILIAR DE OPERACIÓN

SECCION DE SOLICITUDES CEDULARES

MELENDEZ DELGADO FRANCISCO

353519

AUXILIAR DE OPERACIÓN

SECCION DE ARCHIVO

MENDEZ MIRANDA ELOY JOHNNY

353520

COORDINADOR DE APOYO

OFIC. REG. SAN CARLOS

MONTERO BERMUDEZ ANA LILLIAM

353521

AUXILIAR DE OPERACIÓN

OFIC. REG. PEREZ ZELEDON

MORA BARAHONA IVAN GERARDO

353523

ASISTENTE DE OPERACIÓN

OFICINA DE CEDULACION AMBULANTE

MORA RUIZ FRANCISCO NOEL

353522

ASISTENTE DE OPERACIÓN

OFICINA DE CEDULACION AMBULANTE

MORA TORRES RODRIGO HUMBERTO

353524

COORDINADOR DE APOYO

COORDINACION DE SERVICIOS REGIONALES

MUÑIZ RAMIREZ EDITA MARIA

353525

TECNICO DE OPERACIÓN

SECCION DE CEDULAS

MURILLO ALVARADO CARLOS EDUARDO

353527

ASISTENTE DE OPERACIÓN

OFICIALIA MAYOR CIVIL

MURILLO HERRERA HORACIO

353526

ASISTENTE DE OPERACIÓN

COORDINADORA OFIC REGIONALES -

PEREZ CEDEÑO FREDDY ALBERTO

353528

ASISTENTE DE OPERACIÓN

OFICINA DE CEDULACION AMBULANTE

PORRAS GUERRERO ALEXANDER

353529

COORDINADOR DE APOYO

SECCION DE SOLICITUDES CEDULARES

QUESADA MARIN ANA LETICIA

353530

AUXILIAR DE OPERACIÓN

OCPE - SERVICIOS ESPECIALES

QUESADA QUESADA LUIS GUILLERMO

353531

COORDINADOR DE APOYO

OFIC. REG. ALAJUELA

QUIROS HERNANDEZ ZEIDY

353533

ASISTENTE DE OPERACIÓN

COORDINADORA OFIC REGIONALES -

QUIROS MENA GEINER GERARDO

353532

AUXILIAR DE OPERACIÓN

SECCION DE INSCRIPCIONES

RODRIGUEZ BONILLA DENIA MARITA

353534

COORDINADOR DE APOYO

OFIC. REG. CARTAGO

RODRIGUEZ TROYO ALVARO ARTURO

353538

ASISTENTE DE OPERACIÓN

COORDINADORA OFIC REGIONALES -

ROMAN GARITA MARJORIE

353535

COORDINADOR DE APOYO

OFICIALIA MAYOR CIVIL

SANCHEZ AGUILAR LUCRECIA ELENA

353537

COORDINADOR DE GESTION

SECCION DE INSCRIPCIONES

SANCHEZ SOLANO IVANNIA CONSUELO

353536

AUXILIAR DE OPERACIÓN

SECCION DE ARCHIVO

SERRANO MONTOYA ROGER IVAN

353539

ASISTENTE DE OPERACIÓN

OFIC. REG. HEREDIA

SOTO ARIAS MICHAEL

353540

ASISTENTE DE OPERACIÓN

COORDINADORA OFIC REGIONALES -

TENCIO BLANCO MILENA MARIA

353541

ASISTENTE DE OPERACIÓN

OFICIALIA MAYOR CIVIL

UREÑA FALLAS JEFFRY MAURICIO

353542

AUXILIAR DE OPERACIÓN

OFICIALIA MAYOR CIVIL

VARGAS ZUÑIGA MAGALY DEL ROCIO

353543

AUXILIAR DE OPERACIÓN

OCPE - SERVICIOS ESPECIALES

VEGA FIGUEROA CINDY

353544

COORDINADOR DE APOYO

SECCION DE SOLICITUDES CEDULARES

VILLALOBOS ZAMORA DIDIER

353511

COORDINADOR DE APOYO

COORDINACION DE SERVICIOS REGIONALES

VILLEGAS HERNANDEZ ALEJANDRO

353495

AUXILIAR DE OPERACIÓN

OFICIALIA MAYOR CIVIL

ZUÑIGA SOLANO ARNOLDO

353546

COORDINADOR DE APOYO

OFICIALIA MAYOR CIVIL

ACUERDO FIRME.

L) Traslado de la plaza 55711 de Coordinador de Gestión a la Secretaria del Tribunal. Del señor Alejandro Bermúdez Mora, Secretario del Tribunal, se conoce oficio n.° STSE- 2745-2009 del 25 de agosto del 2009, recibido en la Secretaría del despacho ese mismo día, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:

“Previo un cordial saludo y para lo que corresponda, me permito remitir en consulta lo resuelto por esta Secretaría a las 8:45 horas de hoy, respecto del traslado de la plaza n.° 55711, de Coordinador de Gestión -Asistente de Protocolo- asignada a la Oficina de Comunicación y Protocolo, y que ocupa el señor Raymond Arthur Escalante Flores, a la Secretaría del Tribunal, a partir del 1° de setiembre del año en curso.”.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar, sin perjuicio de la colaboración y coordinación usuales que la Oficina de Comunicación le presta – y le seguirá prestando- a este Tribunal en la atención de eventos de carácter institucional. Aparte de las que pudiera definirle el Tribunal, las funciones del señor Escalante Flores las establecerá el señor Secretario del despacho. Tome nota la Dirección Ejecutiva con la finalidad de efectuar el movimiento presupuestario de esta plaza en el momento oportuno. Asimismo, habida cuenta del anterior traslado, esa Dirección procederá a hacer un análisis para definir la estructura organizacional de la oficina antedicha. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS RELATIVOS A LAS ELECCIONES 2010.

A) Designación de Canal 13 y Radio Nacional como medios de comunicación oficiales del Tribunal Supremo de Elecciones para las elecciones de febrero de 2010. Del señor Héctor Fernández Masís, Coordinador de Programas Electorales, se conoce oficio n.º CPE-523-2009 del 17 de agosto de 2009, recibido en la Secretaría del despacho el 19 de agosto de 2009, mediante el cual literalmente manifiesta:

Mediante memorando N° PPRO-011-2009, del 12 de agosto del año en curso, el señor Javier Matamoros Guevara, encargado del Programa de Protocolo, solicita que se someta a consulta del superior si al igual que en otras convocatorias a elecciones, considera oportuno que se solicite al SINART la transmisión en vivo del acto oficial para la Convocatoria a Elecciones y si este medio será designado para el presente proceso electoral como el canal oficial del TSE.

A criterio de este despacho el SINART ha colaborado anteriormente en la organización de diversas actividades de índole electoral y en esta oportunidad está colaborando en la elaboración de los microprogramas entre representantes de partidos políticos, razón por la cual se considera recomendable la propuesta planteada por el señor Matamoros Guevara, por lo que no se tiene objeción alguna en que este medio sea designado como el oficial de la Institución, por otra parte en cuanto a la transmisión en vivo esta decisión quedará a criterio de ese Tribunal.”.

Del señor Alfonso Estevanovich González, Presidente Ejecutivo del Sistema Nacional de Radio y Televisión S.A., se conoce oficio n.º PE-253-2009 del 26 de agosto de 2009, recibido el mismo día en la Secretaría del despacho, dirigido al señor Magistrado Presidente de este Tribunal, Dr. Luis Antonio Sobrado González, mediante el cual literalmente manifiesta:

Al saludarlo atentamente, aprovecho para agradecerle a usted y a los demás miembros de ese Tribunal, la gentileza de haber aceptado nuestra propuesta de trabajo conjunto en la divulgación electoral a través de un ciclo de debates y conversatorios.

Me complace reconocer que fue la magistrada Eugenia Zamora la gestora de la idea, tendente a mancomunar esfuerzos entre nuestras instituciones como medio para coadyuvar con el fortalecimiento del sistema electoral costarricense.

En el contexto de lo anterior, respetuosamente le solicito a ese alto órgano valorar la posibilidad de declarar al Canal 13 y a la Radio Nacional como los medios de comunicación oficiales del Tribunal Supremo de Elecciones, a partir de la convocatoria a las elecciones que se realizarán en febrero del 2010.”.

Se dispone: Agradecer y aceptar una vez más al SINART, su gentil ofrecimiento. Hágase del conocimiento de los señores Fernández Masís, Matamoros Guevara y de la señora Ana María Jiménez Rodríguez, Jefa de la Oficina de Comunicación y Protocolo para lo de sus cargos.ACUERDO FIRME.

B) Solicitud de desaplicación transitoria de la restricción vehicular al Poder Ejecutivo. El próximo 07 de octubre el Tribunal Supremo de Elecciones convocará a la ciudadanía a las elecciones que se verificarán el 07 de febrero de 2010. A partir de esa convocatoria se produce un natural y sustancial incremento de las labores preparatorias de los comicios, que exige maximizar el aprovechamiento de los recursos humanos y materiales de la Institución.Para ese período y en pro de la austeridad en el gasto público, asunto que en la presente crisis económica mundial es aún más relevante que en el pasado, ha sido tradicional que el Tribunal solicite a las diferentes entidades públicas su colaboración con el préstamo temporal de vehículos y choferes para atender sus necesidades de transporte durante esos cuatro meses.En esta ocasión, como también ha sido costumbre, el Consejo de Gobierno -que gentilmente accedió a la respectiva solicitud del Tribunal- acordó:

“[…] Instar respetuosamente a todos los ministerios e instituciones del Estado para que colaboren, en la medida de sus posibilidades, con el Tribunal Supremo de Elecciones, facilitándole en calidad de préstamo vehículos y operadores de equipo móvil, que serán utilizados en los actos preparatorios de los próximos comicios nacionales a celebrarse el 7 de febrero y 5 de diciembre del 2010.Los ministerios e instituciones del Estado que puedan prestar esta colaboración, coordinarán directamente con el Tribunal Supremo de Elecciones los trámites necesarios. […]”. (artículo 3.º de su sesión celebrada el 02 de julio de 2009).

Ahora bien, la restricción vehicular reglamentada actualmente por el decreto ejecutivo n.º 35379-MOPT afecta severamente la disponibilidad de nuestra flota vehicular, en detrimento de nuestra capacidad para atender las demandas de transporte derivadas del proceso electoral, a la vez que representa una evidente limitación para que los distintos entes públicos presten su acostumbrada colaboración.

De otra parte, en las fechas cercanas a los comicios la comentada restricción vehicular colocaría un grave obstáculo para que los partidos políticos desarrollen adecuadamente su labor proselitista y sus actividades logísticas propias de esa etapa y de manera particular, las relativas a sus programas de transporte de electores el día de las votaciones.

No obstante, el mismo reglamento autoriza, en su artículo 10, que el Ministerio de Obras Públicas y Transportes “[…] para que por vía de resolución administrativa disponga, cuando así lo estime pertinente por razones de oportunidad, conveniencia o interés público, la desaplicación temporal de la restricción vehicular que por este Reglamento se establece para la Ciudad Capital, durante los días de fin y principio de año, semana santa o vacaciones escolares de quince días, así como con motivo de cualquier otro evento o fecha que así se justifique […]”.

El interés superior de la colectividad relativo a la eficiente organización de la próxima elección popular, sustenta entonces la siguiente solicitud que respetuosamente se le formula a la señora Ministra de Obras Públicas y Transportes.

Se dispone: De acuerdo con los motivos indicados y con base en el artículo 10 del decreto n.º 35379-MOPT, solicitar al Ministerio de Obras Públicas y Transportes que por resolución disponga la desaplicación de la restricción vehicular, bajo las siguientes condiciones:

a) Del 07 de octubre de 2009 al 07 de febrero de 2010, podrán circular libremente todos los vehículos que componen la flota vehicular del Tribunal Supremo de Elecciones.

b) Durante los mismos cuatro meses también podrán hacerlo la totalidad de los automotores de aquellas instituciones públicas que hayan prestado vehículos al Tribunal.

c) A lo largo de la semana previa a las elecciones, sea, del 1º al 07 de febrero de 2010, se desaplica de manera general la indicada restricción vehicular.

Comuníquese a la señora Karla González Carvajal, Ministra de Obras Públicas y Transportes y a la señora Rosaura Montero Chacón, Viceministra de Transportes. ACUERDO FIRME.

C) Plazo para prevenir a los partidos políticos en relación con la renovación de sus estructuras. De la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, se conoce oficio n.º DGRC-0989-2009 del 26 de agosto de 2009, recibido el mismo día en la Secretaría del despacho, mediante el cual literalmente manifiesta:

En relación con el proceso de renovación de las estructuras de los partidos políticos, respetuosamente hago de conocimiento del Superior, el estado al día de hoy (documento anexo), sobre el proceso de renovación de estructuras que han venido llevando a cabo los partidos políticos.

Como se puede concluir, algunas agrupaciones políticas podrían estar presentando la documentación requerida el propio día del cierre (7 de setiembre) y en consecuencia tener que pronunciarse este Despacho en los días siguientes a la fecha antes señalada.

Por otra parte,tomando en cuenta que el plazo concedido a las agrupaciones políticas, para que aclaren o subsanen las inconsistencias encontradas en el proceso llevado a cabo, usualmente ha sido de 10 días hábiles a partir de la notificación y al estar próxima la fecha cierre (7 de setiembre), esta Dirección General estaría en los casos de los partidos que aún no han concluido el proceso, en la imposibilidad material de establecer el citado plazo.

En razón de que la situaciones antes señaladas, resultan preocupantes por el eventual perjuicio que podría ocasionarse a las agrupaciones políticas, esta Dirección General consulta sobre la procedencia, en los casos que amerite, de mantener el plazo de 10 días hábiles para que el partido de (sic) la respuesta respectiva, aunque el cumplimiento de la misma sea con posterioridad al 7 se setiembre próximo, e igualmente si esta Dirección General puede con posterioridad a la fecha del cierre ya indicada, emitir pronunciamiento o dictar resoluciones referentes a la renovación de estructuras, en los casos en que la documentación aportada por los partidos políticos se hubiere dado dentro del plazo establecido.”. Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Reiterar que la fecha límite para que los partidos políticos cumplan con la renovación de sus estructuras internas es el 07 de setiembre de 2009. No obstante, si antes o después de esa fecha la Dirección General del Registro Civil determina que un partido político debe aclarar o subsanar alguna inconsistencia, podrá otorgar un plazo de 10 días hábiles para que así lo haga, posterior a lo cual emitirá el pronunciamiento que conforme a Derecho corresponda. ACUERDO FIRME.

D) Adecuación del cronograma de las elecciones municipales de diciembre de 2010. De la señora Mary Anne Mannix Arnold, Jefa a.i. del Departamento Legal, se conoce nuevamente oficio n.º DL-043-2009 del 5 de febrero de 2009, recibido el mismo día en la Secretaría del despacho, al cual adjunta el informe relativo a la revisión del borrador del cronograma de las elecciones municipales a celebrarse en diciembre del año 2010, que se encontraba en estudio individual de las señoras Magistradas y señores Magistrados de este Tribunal.

Se dispone: Dada la reciente promulgación del nuevo Código Electoral, retorne este asunto a la Coordinación de Programas Electorales y al Departamento Legal, a fin de que conjuntamente adecúen su propuesta, contemplando dicha reforma. Descárguese del registro de asuntos pasados a estudio individual de las señoras Magistradas y señores Magistrados de este Tribunal. ACUERDO FIRME.

E) Publicación de estado auditado de finanzas de los partidos políticos, según artículo 135 del nuevo Código Electoral. Se dispone: Recordar a los partidos políticos que, según el artículo 135 del nuevo Código Electoral, cada uno de sus tesoreros “[…] deberá mandar a publicar, en el mes de octubre de cada año, en un diario de circulación nacional, un estado auditado de sus finanzas, incluida la lista de sus contribuyentes o donantes, con indicación expresa del nombre, el número de cédula y el monto aportado a cada uno de ellos durante el año […]”; disposición que deberán acatar durante el transcurso del próximo mes de octubre de 2009.

Ahora bien, el numeral 87 del mismo código estipula que sus disposiciones relativas al régimen económico de los partidos se interpretarán y aplicarán con apego, entre otros, a los principios de transparencia y publicidad.

Por tal motivo, el Tribunal no girará a las agrupaciones políticas monto alguno de lo que pudiera corresponderles por contribución estatal, incluyendo lo relativo al financiamiento adelantado (art. 96 a 98), mientras no cumplan con el referido deber de publicar el estado de sus finanzas y las listas de sus contribuyentes.

Esta regla se contemplará de modo expreso en la reglamentación que se está preparando sobre el financiamiento de los partidos políticos, de lo cual tomarán nota el Contador institucional y la comisión integrada mediante acuerdo del artículo quinto de la sesión ordinaria n.º 74-2009, celebrada el 04 de agosto de 2009 por este Tribunal.

Notifíquese y prepare la Oficina de Comunicación el respectivo comunicado de prensa.ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A) Plazos fijados por Opciones y Naturalizaciones para el cumplimiento de prevenciones. De la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, se conoce oficio n.º DGRC-0968-2009 del 21 de agosto de 2009, recibido en la Secretaría del despacho el 25 de agosto de 2009, mediante el cual literalmente manifiesta:

En relaciónal acuerdo tomado por el Tribunal Supremo de Elecciones en Sesión Ordinaria No.082-2009, artículo cuarto, comunicado mediante oficio STSE-2695-2009 de fecha 20 de agosto del año en curso, hago de conocimiento del Superior, para lo que a bien tenga disponer, el oficio OYN-516-2009 mediante el cual el Lic. Ricardo Chavarría Barquero, a solicitud de la suscrita, comunicalos plazos que a partir de esta fecha han sido fijados por la Jefatura de la sección de Opciones y Naturalizaciones, para el cumplimiento de prevenciones.”.

Se dispone: Tomar nota.

B) Adecuación de propuesta sobre eventual cobro de servicios prestados por organismos electorales. De las señoras Mary Anne Mannix Arnold, Jefa a.i. del Departamento Legal y Ana Isabel Fernández Alvarado, Oficial Mayor del Departamento Electoral y los señores Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo; Gilberto Gómez Guillén, Contador; Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor del Departamento Civil; Rodolfo Delgado Rojas, Jefe de la Oficina de Proyectos Tecnológicos; Max Solórzano Alvarado, Contralor de Servicios y Gerardo Hernández Granda, entonces Jefe a.i. del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones, se conoce nuevamente oficio n.º DL-608-2008 del 02 de diciembre de 2008, recibido en la Secretaría del despacho el 08 de diciembre de 2008, al cual adjuntan informe relativo a la propuesta realizada por el señor Gómez Guillén mediante oficio n.º CONT-007-2008 del 03 de enero de 2008, sobre la posibilidad de cobrar por los servicios prestados por estos organismos electorales.

Se dispone: Dada la reciente promulgación del nuevo Código Electoral, retorne este asunto a las oficinas informantes, a fin de que adecúen su propuesta, contemplando dicha reforma. ACUERDO FIRME.

C) Corrección a reforma del Reglamento del Cuerpo de Delegados. Se corrige el error material habido en el in fine de la reforma al reglamento del Cuerpo de Delegados, aprobada en el artículo cuarto de la sesión ordinaria n°. 085-2009, a los efectos de suprimir el adverbio tanto de modo que la frase final se lea así: "(...) la cual además hará en dicho libro la respectiva razón de apertura en su primer folio".ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SEXTO. ASUNTOS RELATIVOS AL 60º ANIVERSARIO DEL TRIBUNAL.

A) Aprobación del programa de actividades de celebración del 60º aniversario del Tribunal. Del señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE- 1026-2009 del 24 de agosto del 2009, recibido en la Secretaría del despacho el 25 de este mes, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:

“Me permito, por su digno medio, elevar a consideración del Superior el programa tentativo de actividades que la comisión designada al efecto ha elaborado para la celebración del 60 aniversario del Tribunal Supremo de Elecciones.

Para la inauguración de las exposiciones, prevista para el 21 de setiembre a las diez de la mañana en el Auditorio, se requeriría cursar invitación a las jefaturas y a una representación del personal de cada unidad administrativa, así como contratar un refrigerio, instrucción que en su oportunidad esta Dirección giraría a la Proveeduría.

En lo que concierne a la mesa redonda que se efectuaría el siete de octubre en horas de la tarde, se está a la espera de la coordinación que se lleva a cabo con la Universidad Nacional por el interés que habían mostrado en organizar este evento; caso contrario bien podría solicitarse la colaboración del señor Hugo Picado León o de la Comisión de Asuntos Académicos, según lo disponga el Tribunal.”.

Se dispone: Aprobar según se propone, incluyendo la colaboración del Lic. Picado.ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SÉTIMO. ASUNTOS RELATIVOS A CANCELACIÓN DE CREDENCIALES.

A) Cancelación de credenciales de la señora Liliana Zúñiga Jiménez, en su calidad de Regidora Suplente de la Municipalidad de Los Chiles. Del señor Navil Campos Paniagua, Gerente Asociado de la División Jurídica de la Contraloría General de la República, se conoce oficio n.° DJ-0695-2009 del 14 de agosto del 2009, recibido en la Secretaría del despacho el 21 de este mes, mediante el cual comunica la resolución en firme sobre la cancelación de credenciales, dentro del procedimiento administrativo tramitado en esa División bajo el expediente DAGJ-31-2009, de la señora Lilliana (sic) Zúñiga Jiménez, Regidora Suplente de la Municipalidad de Los Chiles, la cual recomienda sancionar a la señora Zúñiga Jiménez con la separación del cargo público que ocupa.

El señor Campos Paniagua remite copia certificada de la resolución PA-48-2009, a fin de proceder a ordenar la ejecución de los extremos impuestos en esa resolución, sobre lo que solicita informar a la Contraloría General de la República.

Se dispone: Comunicar al señor Campos Paniagua que, de conformidad con la resolución de este Tribunal n.° 2517-M-2009 de las trece horas quince minutos del 1° de junio pasado, la credencial de la señora Liliana Zúñiga Jiménez, en su calidad de Regidora Suplente de la Municipalidad de Los Chiles, fue cancelada. La Secretaría remitirá copia certificada de dicha resolución. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO OCTAVO. ASUNTOS EXTERNOS.

A) Gestión del señor Diputado Sergio Iván Alfaro Salas relativa a la señora Jeannette Carrillo. Del señor Diputado Sergio Iván Alfaro Salas se conoce oficio n.° PAC-DSIAS-051-2009, del 24 de agosto del 2009, recibido en la Secretaría del despacho ese mismo día, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:

“Reciban un cordial saludo. Por medio de la presente les adjunto copia de mi nota PAC-DSIAS-0490-2009, la cual remití a la Defensoría de los Habitantes, así como la respuesta de dicha institución. En mi carta hago una serie de consultas sobre la contratación de la señora Jeannette Carrillo quién (sic) había renunciado para dirigir la campaña por la candidatura presidencial del señor Johnny Araya dentro del Partido Liberación Nacional.

Por lo anterior, les solicito por favor investiguen este asunto para comprobar si existe un fraude de ley en el proceder de la institución, ya que los movimientos realizados podrían estar dirigidos a violentar la prohibición que tienen los funcionarios públicos de la Defensoría de los Habitantes de no participar en actividades de carácter político electoral mediante una estrategia de aparente legalidad.”.

Se dispone: Se le informa al estimable señor Diputado que su denuncia debe ajustarse a lo establecido en el artículo 3 del Reglamento sobre denuncias por parcialidad o participación política, el cual dispone:

La denuncia deberá presentarse por escrito, personalmente o debidamente autenticada por abogado, ante el Tribunal Supremo de Elecciones y contendrá:

a.Nombre y calidades del denunciante.

b.Una relación clara, precisa y circunstanciada del hecho o hechos que sustentan la denuncia, indicándose el lugar, día y hora en que ocurrieron.

c.Los nombres de la persona o personas a quienes se atribuyen los hechos, el cargo que ejerce y el lugar en que puede ser notificado, este último si lo conociere.

d.Los nombres de los testigos, si los hubiere, así como sus respectivos domicilios, si el denunciante los conociere.

e.Las demás circunstancias que sirvan para comprobar los hechos y apreciar su naturaleza.

f.Los documentos o cualquier otro medio de prueba que se estimen convenientes para el esclarecimiento de lo sucedido.

g.Lugar o medio para recibir notificaciones; y

h.Fecha y firma.”.

A tenor de lo así dispuesto, se le confiere al interesado un plazo de tres días a fin de que, si lo tiene a bien, ajuste su gestión a los indicados requerimientos procedimentales. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO NOVENO. ASUNTOS DE ORGANISMOS INTERNACIONALES.

A) Remisión del cuaderno de trabajo n.º 4 de la Fundación Konrad Adenauer. Del señor Tjark M. Egenhoff, representante de la Fundación Konrad Adenauer, se conoce oficio n.º P-011-2009 del 27 de julio de 2009, recibido en la Secretaría del despacho el 25 de agosto de 2009, al cual adjunta un ejemplar del cuaderno de trabajo n.º 4 denominado “Formación Cívico Política desde los Órganos Electorales: Las Experiencias de México y Costa Rica”, en el cual se tratan experiencias exitosas de órganos electorales que han dado un giro al papel tradicional de instituciones organizadoras de procesos electorales, a instituciones que trabajan permanentemente para fortalecer la cultura democrática y su institucionalidad, según expone.

Se dispone: Agradecer al señor Egenhoff y a la Fundación Konrad Adenauer la remisión de tan relevante publicación, la cual pasará al acervo bibliográfico de estos organismos electorales para su custodia y consulta.Tome nota el Lic. Picado León, a efectos de reseñar el trabajo en la Revista de Derecho Electoral. ACUERDO FIRME.

Sale del Salón de Sesiones la señora Magistrada Zetty María Bou Valverde.

B) Reunión de seguimiento del programa denominado “Fortalecimiento de la democracia centroamericana desde sus órganos electorales”. Del señor Tjark Egenhoff, representante de la Fundación Konrad Adenauer, se conoce oficio n.º C-098-2009, dirigido a la señora Magistrada Bou Valverde y al señor Magistrado Presidente Sobrado González, mediante el cual literalmente manifiesta:

Por este medio nos es grato hacer de su conocimiento que como seguimiento a la reunión desarrollada en Heredia Costa Rica en fecha 29 de julio del presente año, la siguiente reunión se llevará a cabo en la ciudad de Panamá, los días 24 y 25 de septiembre de 2009, en el Tribunal de Elecciones de Panamá, que gentilmente ha aceptado proporcionarnos sus instalaciones.

En esta reunión compartiremos el estudio sobre formación cívico política que se encuentra desarrollando el Consultor Carlos Sojo de Costa Rica junto con el apoyo de la KAS y el INCEP. También a la brevedad estaremos enviándole el respectivo programa.

Nos agradaría mucho contar con su valiosa presencia, por lo tanto esperamos la confirmación de su participación.”.

De la señora Verónica González, representante de la Fundación Konrad Adenauer, se conoce conjuntamente correo electrónico del 26 de agosto de 2009, recibido el mismo día en la Secretaría del despacho, mediante el cual informa que la reunión referida se celebrará los días 28 y 29 de setiembre de 2009.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Agradecer al señor Egenhoff y a la Fundación Konrad Adenauer la cordial invitación cursada. Para atenderla, se autoriza a la señora Magistrada Bou Valverde. Para sustituirla, previo sorteo de rigor, se designa al señor Magistrado Del Castillo Riggioni. En función de compromisos previamente adquiridos por el señor Presidente de este Tribunal, para representarlo en dicha reunión se designa al señor Hugo Picado León, Letrado.

De conformidad con lo establecido por este Tribunal en el inciso h) del artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 87-2008, celebrada el 02 de octubre de 2008, en relación con el viaje en cuestión se detalla lo siguiente:

Nombre completo del funcionario (a)

Cargo que desempeña

País (es) a visitar

Período del viaje

Objetivos del viaje

Monto del adelanto de gastos de viaje y justificación

Gastos conexos y justificación

Zetty María Bou Valverde

Magistrada

República de Panamá

28 y 29 de setiembre 2009

Reunión de seguimiento del Programa denominado "Fortalecimiento de la democracia centroamericana desde sus órganos electorales"

Ninguno

Ninguno

Hugo Picado León

Letrado

Ídem

Ídem

Ídem

Ídem

Ídem

 

Para lo de su cargo, tome nota la Secretaría del despacho. ACUERDO FIRME.

Reingresa al Salón de Sesiones la señora Magistrada Zetty María Bou Valverde.

ARTÍCULO DÉCIMO. CONSULTAS LEGISLATIVAS DE PROYECTOS DE LEY.

A) Consulta sobre proyecto de ley n.º 17145 denominado “Aprobación de la adhesión a la convención para la eliminación del requisito de legalización para los documentos públicos extranjeros”. De la señora Rocío Barrientos Solano, Jefa de Área de la Comisión Permanente Especial de Relaciones Internacionales y Comercio Exterior de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.º CRI-223-2009 del 26 de agosto de 2009, recibido -vía fax- el mismo día en la Secretaría del despacho, mediante el cual literalmente manifiesta:

Con instrucciones del señor Presidente de la Comisión Permanente Especial de Relaciones Internacionales y Comercio Exterior, diputado Fernando Sánchez Campos, le solicito el criterio de esa Institución sobre el expediente 17145: “APROBACIÓN DE LA ADHESIÓN A LA CONVENCIÓN PARA LA ELIMINACIÓN DEL REQUISITO DE LEGALIZACIÓN PARA LOS DOCUMENTOS PÚBLICOS EXTRANJEROS”, publicado en La Gaceta N.º 197 de 13 de octubre de 2008.

Se le agradecerá evacuar la anterior consulta en el plazo de ocho días hábiles, de acuerdo con lo que establece el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, según el cual: “Si transcurridos ocho días hábiles no se recibiere respuesta a la consulta, se tendrá por entendido que el organismo consultado no tiene objeción que hacer al proyecto.”[…]”.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Para que se proponga el proyecto de respuesta respectivo -el cual deberá rendirse a más tardar el miércoles 02 de setiembre de 2009-, pase al Departamento Legal. Para su examen, se fijan las 11:00 horas del martes 1º de setiembre de 2009. ACUERDO FIRME.

A las doce horas terminó la sesión.

 

 

 

Luis Antonio Sobrado González

 

 

 

 

Eugenia María Zamora Chavarría

 

 

 

 

Max Alberto Esquivel Faerron

 

 

 

 

Mario Seing Jiménez

 

 

 

 

Zetty María Bou Valverde