ACTA N.º 3-2018


Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas del nueve de enero de dos mil dieciocho, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González quien preside, Eugenia María Zamora Chavarría, Max Alberto Esquivel Faerron, Zetty María Bou Valverde y Luis Diego Brenes Villalobos.


ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DE ACTAS ANTERIORES.

A) Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.

ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE LAS ELECCIONES PRESIDENCIALES Y LEGISLATIVAS 2018.

A) Agenda y ruta de observación para la Misión Oficial de Observadores Internacionales. Del señor Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, se conoce oficio n.° DGRE-007-2018 del 3 de enero de 2018, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Mediante oficio n°. DPE-495-2017-del [sic] cual se adjunta copia-, el Departamento de Programas Electorales remitió a esta Dirección la propuesta de la agenda de actividades y rutas de observación que se le ofrecerá a los observadores internacionales de la Misión Oficial, durante los días previos y el propio día de la elección.

Cabe destacar que el programa de Atención a Observadores Internacionales prevé realizar 5 rutas de observación que se llevarán a cabo el día 4 de febrero, visitando Puntarenas, la zona de Los Santos, la zona Caribe, San José y Guanacaste; siendo en este último caso, la única ruta en la que los observadores internacionales saldrían de San José el día 3 de febrero y regresarían el día 4 de febrero, pernoctando en el Hotel Hilton Garden Inn Liberia; las restantes 4 rutas se desarrollarán durante el propio día de la elección.

(…) 

En virtud de lo lo [sic] expuesto, respetuosamente le solicito elevar a conocimiento y aprobación del Superior, la agenda de las actividades, así como de las rutas de observación propuestas por el Programa de Atención a Observadores Internacionales.".

Se dispone: Aprobar conforme se propone, con la aclaración de que la vestimenta recomendada a los observadores para el 4 de febrero es de índole casual. ACUERDO FIRME.

B) Autorización de traslado de centro de votación. Del señor Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, se conoce oficio n.° DGRE-012-2018 del 4 de enero de 2018, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Mediante oficio PAE-1089-2017 de fecha 21 de diciembre de 2017, el señor Jorge Enrique Monge Alvarado, encargado del programa de Asesores Electorales, remitió a esta Dirección, nota suscrita por los señores Adán José Castro Contreras y Edie Bermúdez Gutiérrez, presidente y secretario respectivamente, de la junta cantonal del cantón de Corredores de la provincia de Puntarenas, mediante la cual solicitan el traslado de las juntas receptoras de votos n.° 5952 a 5956 del distrito electoral de Barrio San Jorge, que se instalarían en la Escuela de Confraternidad a las aulas [sic] de catequesis de la Capilla San Jorge, toda vez que el centro educativo de la localidad se encuentra en un proceso de remodelación.

Sobre el particular, Fray González Villalobos, Cura Párroco de Iglesia de la localidad, manifestó su anuencia para prestar el complejo pastoral de cara a las próximas elecciones.

Aunado a lo anterior, esta Dirección debe señalar que, luego de realizado el estudio correspondiente en el Sistema de Información Geográfico Electoral (SIGE) se ha logrado determinar lo siguiente:

1.- De acuerdo con la delimitación geográfica, se observa que las instalaciones de la Escuela de Confraternidad y las aulas de catequesis de la Capilla San Jorge, se encuentran ubicadas en el mismo distrito administrativo.

2.- Que la distancia existente entre la Escuela de Confraternidad a las aulas de catequesis de la Capilla San Jorge es de aproximadamente 70 metros.

Por lo expuesto y en atención a lo establecido en el artículo 34 del Código Electoral, respetuosamente le solicito eleve lo anterior a conocimiento del Superior, para que si a bien lo tiene, el organismo electoral autorice lo siguiente:

1.- El traslado de las juntas receptoras de votos n.° 5952 a 5956 de la Escuela de Confraternidad, ubicada en el distrito electoral de Barrio San Jorge, a las aulas de catequesis de la Capilla San Jorge que se encuentran en el mismo distrito electoral, ambos de la provincia de Puntarenas.

2.- Que se establezca las aulas de catequesis de la Capilla San Jorge como el centro de votación asignado al distrito electoral de Barrio San Jorge, cuya codificación en la División Territorial Electoral vigente es 610003032.

En virtud de lo expuesto y de aprobarse la solicitud de traslado del centro de votación por parte del Tribunal Supremo de Elecciones, comuníquese para lo que corresponda al programa electoral de Asesores Electorales, al Sistema de Información 1020 y, al Cuerpo Nacional de Delegados, a todos los partidos políticos que participan en este proceso, asimismo que se actualice la información en la página web del Tribunal Supremo de Elecciones.".

Se dispone: Aprobar conforme se propone. ACUERDO FIRME.

C) Autorización de traslado de centro de votación. Del señor Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, se conoce oficio n.° DGRE-015-2018 del 4 de enero de 2018, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Mediante oficio PAE-1093-2017 de fecha 23 de diciembre de 2017, el señor Jorge Enrique Monge Alvarado, encargado del programa de Asesores Electorales, remitió a esta Dirección, nota suscrita por el señor Jose Miguel Bonilla Cordero, de la junta cantonal del cantón de El Guarco de la provincia de Cartago, mediante la cual solicitan el traslado de la junta receptora de votos n.° 4097 del distrito electoral de Patio de Agua, que se instalaría en la Escuela de Patio de Agua al salón comunal de la comunidad, toda vez que el centro educativo se encuentra en proceso de reconstrucción por hundimiento.

Sobre el particular, la Asociación de Desarrollo Integral manifestó su anuencia para prestar sus instalaciones de cara a las próximas elecciones.

Aunado a lo anterior, esta Dirección debe señalar que, luego de realizado el estudio correspondiente en el Sistema de Información Geográfico Electoral (SIGE) se ha logrado determinar lo siguiente:

1.-  De acuerdo con la delimitación geográfica, se observa que las instalaciones de la Escuela de Patio de Agua y el salón comunal privado, se encuentran ubicadas en el mismo distrito administrativo.

2.- Que la distancia existente entre la Escuela de Patio de Agua al salón comunal es de aproximadamente 300 metros.

Por lo expuesto y en atención a lo establecido en el artículo 34 del Código Electoral, respetuosamente le solicito eleve lo anterior a conocimiento del Superior, para que si a bien lo tiene, el organismo electoral autorice lo siguiente:

1.- El traslado de la junta receptora de votos n.° 4097 de la Escuela de Patio de Agua, ubicada en el distrito electoral de Patio de Agua, al salón comunal que se encuentran en el mismo distrito electoral, ambos de la provincia de Cartago.

2.- Que se establezca el salón comunal de Patio de Agua como el centro de votación asignado al distrito electoral de Patio de Agua, cuya codificación en la División Territorial Electoral vigente es 308004008.

En virtud de lo expuesto y de aprobarse la solicitud de traslado del centro de votación por parte del Tribunal Supremo de Elecciones, comuníquese para lo que corresponda al programa electoral de Asesores Electorales, al Sistema de Información 1020 y, al Cuerpo Nacional de Delegados, a todos los partidos políticos que participan en este proceso, asimismo que se actualice la información en la página web del Tribunal Supremo de Elecciones.".

Se dispone: Aprobar conforme se propone. ACUERDO FIRME.

D) Autorización de traslado de centro de votación. Del señor Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, se conoce oficio n.° DGRE-014-2018 del 4 de enero de 2018, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Mediante oficio PAE-1087-2017 de fecha 21 de diciembre de 2017, el señor Jorge Enrique Monge Alvarado, encargado del programa de Asesores Electorales, remitió a esta Dirección, nota suscrita por los señores Hannia Calderón Román y Carlos Josué Chinchilla Vargas, presidenta y secretario respectivamente, de la junta cantonal del cantón de Guácimo de Limón, mediante la cual solicitan el traslado de las juntas receptoras de votos n.° 6503 a la 6504 del distrito electoral Hogar, que se instalarían en la Escuela del Hogar al salón comunal de la localidad, ya que manifiestan que el centro educativo se encuentra en remodelación.

Aunado a lo anterior, esta Dirección debe señalar que, luego de realizado el estudio correspondiente en el Sistema de Información Geográfico Electoral (SIGE) se ha logrado determinar lo siguiente:

1.- De acuerdo con la delimitación geográfica, se observa que las instalaciones de la Escuela el Hogar y del salón comunal, se encuentran ubicadas en el mismo distrito administrativo.

2.- Que la distancia existente entre la Escuela del Hogar al salón comunal es de aproximadamente 50 metros.

Por lo expuesto y en atención a lo establecido en el artículo 34 del Código Electoral, respetuosamente le solicito eleve lo anterior a conocimiento del Superior y, si a bien lo tiene, que se autorice lo siguiente:

1.- El traslado de las juntas receptoras de votos n.° 6503 a 6504 de la Escuela el Hogar, ubicada en el distrito electoral Hogar, al salón comunal de esa misma localidad, pertenecientes ambos a la provincia de Limón.

2.- Que se establezca al salón comunal del distrito electoral Hogar como el centro de votación asignado al distrito electoral Hogar, cuya codificación en la División Territorial Electoral vigente es 706001002.

En virtud de lo expuesto y de aprobarse la solicitud de traslado del centro de votación por parte del Tribunal Supremo de Elecciones, comuníquese para lo que corresponda al programa electoral de Asesores Electorales, al Sistema de Información 1020 y, al Cuerpo Nacional de Delegados, a todos los partidos políticos que participan en este proceso, asimismo que se actualice la información en la página web del Tribunal Supremo de Elecciones.".

Se dispone: Aprobar conforme se propone. ACUERDO FIRME.

E) Nombramiento del Jefe de la Misión de Observación de la Organización de los Estados Americanos. Del señor Gerardo de Icaza, Director del Departamento para la Cooperación y Observación Electoral de la Secretaría para el Fortalecimiento de la Democracia de la Organización de los Estados Americanos, se conoce oficio n.° SFD/DECO-462/18 del 5 de enero de 2018, recibido -vía correo electrónico- el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Me dirijo a usted en relación a la Misión de Observación Electoral de la Organización de los Estados Americanos (MOE/OEA) para las próximas Elecciones Presidenciales y Legislativas a celebrarse el 4 de febrero de 2018 en Costa Rica.

Sobre el particular, me es grato comunicarle que el Secretario General de la OEA, Señor Luis Almagro, ha designado como Jefe de Misión al Ex Presidente de Colombia, Andrés Pastrana.

El Señor Andrés Pastrana es abogado de la Universidad del Rosario de Bogotá. Además del ejercicio de Presidente de la República de Colombia entre 1998 y 2002, ha desempeñado diversos cargos públicos a lo largo de su carrera, entre lo que se destaca Concejal, Presidente del Consejo, Alcalde de Bogotá, Senador de la República y Embajador de su país ante los Estados Unidos.

Igualmente, tengo a bien informarle que el Sr. Ignacio Álvarez, funcionario del Departamento para la Cooperación y Observación Electoral de la OEA, será quien le acompañe como Subjefe de la Misión.

Sin otro particular, aprovecho la oportunidad para expresarle el testimonio de mi más alta estima y distinguida consideración.".

Se dispone: Agradecer al señor De Icaza la cordial comunicación que cursa y hacer de su conocimiento, así como del de los estimables señores Pastrana y Álvarez, que estos organismos electorales dispensarán todas las facilidades que requieran para el cabal cumplimiento de su objetivo. Tomen nota para lo de sus cargos la Dirección General de Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos y los Departamentos de Comunicaciones y Relaciones Públicas y Legal. ACUERDO FIRME.

F) Nómina de integración de juntas receptoras de votos. Del señor Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos, se conoce oficio n.° DGRE-0811-2017 del 22 de diciembre de 2017, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 8 de enero de 2018, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 36 y 41 del Código Electoral, procedo a elevarle en formato digital la nómina de integración de las Juntas Receptoras de Votos, remitida a esta Dirección por el Licenciado Jorge Monge Alvarado, Encargado del programa electoral de Asesores Electorales, mediante oficio n.° PAE-1084-2017 del 20 de diciembre de 2017.

Del análisis de dicha nómina, se tiene que los partidos Acción Ciudadana, Autentico [sic] Limonense, Frente Amplio, Integración Nacional, Liberación Nacional, Movimiento Libertario, Nueva Generación, Recuperando Valores, Renovación Costarricense, Republicano Social Cristiano, Unidad Social Cristiana y Unión Guanacasteca, propusieron integrantes ante las Juntas Receptoras de Votos (JRV). De la cual se extrae la conformación de la integración de las JRV, según el siguiente detalle:

Integración de las Juntas Receptoras de Votos

Juntas integradas con 3 o más partido [sic] políticos y 2 auxiliares electorales

4.034

Juntas integradas con tercer integrante partidario y 2 auxiliares electorales

99

Juntas integradas con 1 o 2 partidos políticos y 2 auxiliares electorales

2.389

Juntas sin partidos políticos con 2 auxiliares electorales

20

Total

6.542


Tal y como se desprende de lo anterior, un total de 20 Juntas Receptoras de Votos se encuentran sin representación partidaria y estarán integradas únicamente por 2 auxiliares electorales designados por el programa de Asesores Electorales, de lo anterior y en orden a lo dictado en el cuarto párrafo del artículo 41 del Código Electoral y el inciso c) del artículo 19 del Reglamento para el ejercicio del sufragio en la elección nacional del 4 de febrero de 2018, en torno a la integración especial, esta Dirección recomienda que se autorice la contratación de un auxiliar electoral más para garantizar la integración de estas juntas con al menos tres personas; asimismo que se publique en la página web de este Tribunal la nómina con la integración de las JRV.

Por lo expuesto, respetuosamente le solicito que se eleve lo anterior a conocimiento y consideración de las señoras y señores Magistrados.".

Se dispone: Aprobar conforme se propone. ACUERDO FIRME.

G) Ofrecimiento del Hospital Clínica Bíblica para las elecciones. Del señor Bernal Aragón Barquero, Director General del Hospital Clínica Bíblica, se conoce memorial del 8 de enero de 2018, recibido vía correo electrónico el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Una vez más al estar próximo a llevarse a cabo el proceso de elecciones nacionales el primer domingo de febrero, el Hospital Clínica Bíblica, por medio de este servidor, al igual que en ocasiones similares, en aras de aportar su colaboración para que esta fiesta democrática se realice de la mejor manera y con el fervor que nuestra Patria demanda, ofrece a esa Institución, que usted representa, responsable de tan importante actividad para nuestra vida democrática, el apoyo de estilo que hemos dado en períodos anteriores, a saber: disponibilidad de estacionamiento para vehículos del tribunal o de sus colaboradores directos, uso de nuestro helipuerto habilitado las 24 horas y atención médica para los observadores o delegados internacionales que asistan en tal carácter. Ninguna de dichas actividades de ejecutarse tendrán costo, siendo una colaboración nuestra a un fin de interés nacional.

Para dicho efecto, si se dispone la aceptación, le suministro los datos de las personas a contactar si se llega a ameritar, (…)

Del Señor Presidente me suscribo con toda consideración, elevando nuestras oraciones al Creador de todo, para que le dote de paz y sabiduría en abundancia, en la atención de las responsabilidades a su cargo.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Agradecer al Hospital Clínica Bíblica, por intermedio de su Director General, señor Bernal Aragón Barquero, su desprendido y generoso gesto en beneficio de la labor de este Tribunal y del desarrollo del proceso electoral, el cual se acepta. Para su atención, pase a la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos. ACUERDO FIRME.

H) Reconocimiento y agradecimiento a FLACSO, KAS, SINART y a la señora Lilliana Carranza Rodríguez. Se dispone: En el marco de las actividades relativas al programa Votante informado -a cargo del Instituto de Formación y Estudios en Democracia (IFED)- desplegadas en función de las elecciones presidenciales y legislativas 2018 y culminada la celebración en dos fechas (7 y 8 de enero de 2018) del Debate de todos, espacio en el que la totalidad de los candidatos a la Presidencia de la República expusieron a los costarricenses sus ideas y argumentos para solicitar su voto, este Tribunal estima necesario reconocer y agradecer el invaluable apoyo y la particular excelencia en la labor conjunta desplegada al efecto por la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO), la Fundación Konrad Adenauer (KAS) y el Sistema Nacional de Radio y Televisión (SINART); de la misma forma que agradece y pondera el sobrio y notable rol desplegado por la señora periodista Lilliana Carranza Rodríguez en la conducción de dichos debates. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.

A) Solicitud de regreso a puesto en propiedad. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-4453-2017 del 20 de diciembre de 2017, recibido el 2 de enero de 2018 en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En sesión ordinaria n.° 73-2017, celebrada el pasado 31 de agosto, oficio STSE-1490-2017 de igual fecha, el Tribunal Supremo de Elecciones aprobó, entre otros movimientos, el nombramiento a plazo fijo en la plaza 368624 de Asistente Electoral -clase Técnico Funcional 2- en el Departamento de Programas Electorales del señor Carlos Bonilla Ortiz.

Sin embargo, se recibe en este departamento oficio suscrito por el Lic. Eric Schmidt Fonseca, Jefe del Departamento de Programas Electorales, al que adjunta nota firmada por el señor Bonilla Ortiz mediante la cual -por los motivos que se sirve exponer- solicita regresar a su plaza en propiedad n.° 76465 de Asistente en Información a las Personas Usuarias, perteneciente a la clase Asistente Administrativo 2 y destacada en la Dirección General del Registro Civil. 

Así las cosas, de aprobarse lo solicitado por el señor Bonilla Ortiz, se requiere cesar en sus funciones a la colaboradora Sileny Retana Araya, quien ingresó a laborar para estos organismos electorales el 3 de julio del año pasado.  En este sentido, es necesario indicar que, si bien es cierto que la funcionaria antes indicada fue nombrada en ese puesto con base en el artículo 36 bis del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, pues ocupaba el cargo n.° 368733 anterior a este nuevo nombramiento, lo cierto del caso es que este último puesto - n.° 368733- ya había sido ocupado desde el 1 de julio de 2013 y hasta el 30 de junio de 2017 por la colaboradora Yoselinne Rivera Sancho, quien fue ascendida con base en ese mismo numeral, 36 bis, y hubo necesidad de devolverla al puesto de cita por cuanto el que venía ocupando - n.° 370833- en presupuesto de 2018 cambió de clasificación. 

Así las cosas, salvo superior criterio, se recomienda finiquitar la relación laboral con la señora Sileny Retana Araya ya que es la persona que sustituye al señor Carlos Bonilla Ortiz en la Dirección General del Registro Civil, razón por la cual, y de acuerdo con la fecha de ingreso de la colaboradora Retana Araya a la institución, 3 de julio de 2017, el regreso al puesto en propiedad así como el cese de funciones que esta gestión involucra, bien podrían ser a partir del próximo 1º de febrero, considerando para ello el preaviso que eventualmente se requiera para quien ocupa el puesto del señor Carlos Bonilla.".

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.

B) Regreso a puestos en propiedad. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-0010-2018 del 3 de enero de 2018, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En sesión ordinaria n.° 40-2017, celebrada el 9 de mayo del año pasado, oficio STSE-0754-2017 de igual fecha, el Tribunal Supremo de Elecciones aprobó, entre otros movimientos, el nombramiento a plazo fijo en el puesto 370761 de Profesional Asistente en Recursos Humanos 1 -clase Profesional Asistente 1- perteneciente a este Departamento a la señora Xinia Álvarez Carmona a partir del 10 de mayo pasado.

Como consecuencia de lo anterior, quedó vacante el puesto de Secretario/a 2, perteneciente a la clase Asistente Funcional 3, razón por la cual la señora Mary Anne Mannix Arnold, Inspectora Electoral, solicitó el nombramiento del funcionario Gustavo Cisneros Piedra en ese puesto y, para sustituir a este colaborador, propuso al señor Luis Carlos Reyes Esquivel a fin de ocupar el cargo de Oficinista 2, clase Asistente Administrativo 2, ambas plazas destacadas en la Inspección Electoral.  Sin embargo, en resolución n.° 7431-P-2017, dictada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las quince horas quince minutos del veintidós de noviembre de dos mil diecisiete, se resuelve la reasignación del puesto n.° 86299 de tal forma que su clasificación actual es de Profesional Asistente 1, puesto Profesional Asistente en Administración 1 y no de Secretario/a 2.

En virtud de lo que ha sido expuesto, a la luz de lo ordenado en el acto resolutivo del Tribunal toda vez que el señor Cisneros Piedra incumple los requisitos actuales que el puesto demanda según lo establece el Manual Descriptivo de Clases de Puestos vigente, procede, salvo superior criterio, reversar la cadena de movimientos originados por el nombramiento de la señora Alvarez Carmona en este departamento, de tal forma que, tanto el señor Cisneros Piedra como el funcionario Reyes Esquivel, retornen a los puestos que ocupan en propiedad.  Así las cosas, el primero de ellos se devolvería a la plaza de Oficinista 2 destacada en la Inspección Electoral n.° 76469 y, el segundo funcionario -Reyes Esquivel- regresaría al Departamento Legal, dependencia esta donde cuenta con un nombramiento en propiedad en el cargo n.° 72876 que actualmente se encuentra vacante.".

Se dispone: Aprobar conforme se propone, a partir de la firmeza de este acuerdo. De conformidad con lo ordenado por este Tribunal en la resolución n.° 7431-P-2017 de las quince horas con quince minutos del veintidós de noviembre de dos mil diecisiete, la Dirección Ejecutiva se servirá diligenciar lo necesario a fin de dotar a la Inspección Electoral de un Asistente Funcional 3, Secretario 2, a partir del 1.° de febrero de 2018 a más tardar. Dará seguimiento al presente acuerdo la Secretaría General de este Tribunal. ACUERDO FIRME.

C) Solicitud de prórroga de licencia sin goce de salario. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-4436-2017 del 19 de diciembre de 2017, recibido el 3 de enero de 2017 en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración el oficio CSR-1021-2017, suscrito por la Licda. Johanna Cortés Vega, Jefa a. i. de la Sección de Coordinación de Servicios Regionales y copia del memorial ORHE-2195-2017, del documento procedente del Ministerio de Educación  en el que se le renueva el nombramiento interino a la funcionaria Giselle Gutiérrez Serrano y de la nota firmada por señora Gutiérrez Serrano recibidos vía fax, mediante los cuales solicita una prórroga de la licencia sin goce de salario que actualmente disfruta y que concluye el próximo 31 de enero de 2018. La funcionaria Gutiérrez ostenta nombramiento en propiedad en el cargo de Asistente Funcional 2 perteneciente a la Oficina Regional de Heredia.

Efectivamente, en sesión 10-2017 del 31 de enero de 2017, oficio número STSE-0196-2017 de igual fecha, el Tribunal le autorizó a la citada colaboradora una licencia sin goce de salario por espacio de un año con el propósito de que pudiera optar por un nombramiento interino en una plaza de docente en el Ministerio de Educación Pública (MEP), concretamente en el Liceo Experimental Bilingüe de Belén, que se encuentra próxima a finalizar.  Por ese motivo requiere prorrogar la licencia a partir del 1° de febrero de 2018 y hasta el 31 de enero de 2019, toda vez que según indica su nombramiento en el MEP ha sido extendido hasta finales de enero de 2019, para lo cual aporta el documento correspondiente.

Salvo superior criterio, tal solicitud bien podría autorizarse con fundamento en lo que al efecto dispone el Reglamento del Estatuto de Servicio Civil (artículo 33-c-5).  En caso de que así fuese, la ausencia de la funcionaria alcanzaría hasta enero del año entrante un total de tres años.

De aprobarse tal gestión, la suscrita se sirve solicitar que se extienda por igual plazo la cadena de nombramientos interinos de los señores Andrés Córdoba Serrano y Elvis Alejandro Ramírez Quíroz [sic] en la Oficina Reginal [sic] de Heredia, pues son las personas que han venido ocupando los puestos durante la licencia. Según puede apreciarse, la gestión de la señora Gutiérrez Serrano cuenta con la anuencia de su jefatura inmediata y el visto bueno del Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil.".

Se dispone: Aprobar la prórroga de la licencia sin goce de salario de la señora Gutiérrez Serrano conforme se solicita, así como la de los nombramientos interinos de los señores Córdoba Serrano y Ramírez Quirós. ACUERDO FIRME.

D) Informe del resultado sobre estudio administrativo en el Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos. Del señor José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-0047-2018 del 5 de enero de 2018, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual rinde informe relativo a estudio administrativo efectuado en el Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos y con fundamento en una serie de consideraciones, literalmente recomienda:

"Así las cosas, esta Dirección recomienda, si así lo tiene a bien el Superior, reasignar el puesto 361407, actualmente ubicado en la clase Profesional en Gestión 2, Profesional en Administración Electoral 2, a la de Profesional Funcional 1,  nombre del puesto Encargado/a del Área de Revisión de Liquidaciones de Gastos, según se muestra en el siguiente cuadro, acción que cuenta, según las disposiciones vigentes, con el criterio técnico del Departamento de Recursos Humanos y a lo que se le daría contenido presupuestario con cargo al disponible de la coletilla 180 de la subpartida 00101 “Sueldos para cargos fijos” del subprograma 850-02, para lo cual la Secretaría [sic] del Tribunal y el Departamento de Recursos Humanos deberán preparar el proyecto de redacción de la resolución respectiva, para que la remitan a la Dirección General de Presupuesto Nacional a efecto de que a esta modificación se le dé contenido económico, de manera que pueda regir a partir del 1 de febrero de 2018.

N°  de puesto

Subprograma Condición Presupuestaria

Puesto y Clase actual

Reclasificar al siguiente Puesto y Clase

Con rige a partir de:

1

361407

850-02

Cargos Fijos

Profesional en Administración Electoral 2

Profesional en Gestión 2

Encargado /a del Área de Revisión de Liquidaciones de Gastos

Profesional Funcional 1

01-02-2018 "


Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.

E) Trámites de la Comisión de Dedicación Exclusiva. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° CDE-0004-2017 del 5 de enero de 2018, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 8 de enero de 2018, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En sesión número 01-2018 celebrada el pasado 04 de enero, esta Comisión conoció las solicitudes que presentaron dos funcionarias quienes laboran para la institución a efectos de ser incorporadas al Régimen de Dedicación Exclusiva. Ellas estiman cumplir con los requisitos y reunir las condiciones establecidas para tal petición, aportando los documentos necesarios a fin de demostrarlo.

Dichas solicitudes, las cuales corresponden a quienes se indican en el cuadro que se muestra más adelante, luego de los estudios pertinentes considera esta comisión que en efecto son procedentes, pues se trata de personal que se encuentra nombrado en puestos para los cuales se requiere el grado académico de bachillerato universitario, condición que ambas poseen.  

De acuerdo con lo anterior y con fundamento en el artículo sexto del Reglamento para el Régimen de Dedicación Exclusiva, se elevan a conocimiento del Tribunal los trámites que seguidamente se detallan y que se recomienda aprobar en virtud de las razones dadas.

NOMBRE Y CARGO

SOLICITA

COMPLEMENTO

Glenda Daniela Artavia González

- Profesional Asistente 2 -

Incorporación

20%

María Jesús Monge González

- Profesional Asistente 1 -

Incorporación

20%


De confirmar el Tribunal Supremo de Elecciones lo resuelto por la Comisión, a cada solicitante se le otorgaría el porcentaje anotado en el cuadro anterior como incentivo o complemento salarial por concepto de dedicación exclusiva.  Asimismo, de acuerdo con pronunciamiento vertido por el Departamento Legal, dicho complemento regiría a partir de la suscripción del contrato correspondiente por parte del funcionario y del Director Ejecutivo.".

Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS DE COMISIONES Y COMITÉS INSTITUCIONALES.

A) Sustitución de miembro suplente en la Comisión de Ética y Valores. De la señora Ileanna Vargas Arguijo, Coordinadora de la Comisión de Ética y Valores, se conoce oficio n.° CEV-001-2018 del 3 de enero de 2018, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para conocimiento y aprobación de las Señoras Magistradas y de los Señores Magistrados se remite la solicitud del licenciado Dennis Cascante Hernández Director General de Estrategia Tecnológica, remitida a la Comisión de Ética y Valores en oficio DGET-294-2017 de fecha 18 de diciembre de 2017, en el que textualmente indica:

“En atención a su oficio CEV-012-2017 del 26 de octubre del año en curso, le informo que la funcionaria seleccionada para sustituir a la funcionaria Shirley Rojas Hidalgo en la Comisión de Ética y Valores, es la señorita Johana Marcela Venegas Valverde cedula 1-1194-0644”.

Por tal razón se solicita autorizar la sustitución de la señorita Shirley Rojas Hidalgo por la señorita Johana Marcela Venegas Valverde como miembro suplente de la Dirección General de Estrategia Tecnológica en la Comisión de Ética y Valores.".

Se dispone: Autorizar conforme se propone. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A) Informe de control interno n.° ICI-005-2017, relativo a los procesos operativos y de gestión de la Oficialía Mayor Electoral. De los señores José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil y Dennis Cascante Hernández, Director General de Estrategia Tecnológica, se conoce oficio n.° DGRC-0014-2018 del 5 de enero de 2018, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual según lo ordenado en el acuerdo del artículo cuarto de la sesión ordinaria n.° 107-2017 del 14 de diciembre de 2017- se refieren al Informe de control interno n.° ICI-005-2017, relativo a los procesos operativos y de gestión de la Oficialía Mayor Electoral.

Se dispone: Tener por rendido el informe. En consecuencia, se aprueban las recomendaciones planteadas por la Auditoría Interna en el referido informe, de conformidad con lo expuesto por las referidas Direcciones. ACUERDO FIRME.

B) Matrices de riesgos del SIVAR 2017 de la Auditoría Interna. Del señor Óscar Alberto León Alonso, Auditor Interno, se conoce oficio n.° AI-242-2017 del 22 de diciembre de 2017, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para los fines pertinentes, me permito remitir a ese Tribunal, las matrices de riesgos del SIVAR 2017 de esta Auditoría Interna, correspondientes a los cinco procesos definidos a la fecha, según se detalla a continuación:

4.        Ejecutar estudios de auditoría, estudios especiales y servicios preventivos de asesoría y advertencia

5.        Administrar el Plan Anual de Trabajo de la Auditoría Interna

6.        Autorización de libros

7.        Evaluación externa de la calidad de la Auditoría Interna

8.        Modificación del Manual de Procedimientos de Auditoría Interna (Manual de Procesos ISO).

Las referidas matrices fueron elaboradas de conformidad con las directrices que al efecto se establecen en las circulares de la Dirección Ejecutiva n.°s DE-027-2016 y DE-029-2016, del 12 y 25 de agosto 2016, en su orden.

No omito manifestar que, siendo que en el Plan Anual de Trabajo de Auditoría 2018, se tiene prevista la actualización del Manual de Procedimientos de los Servicios de Fiscalización de la Auditoría Interna (Manual de Procesos ISO), en su oportunidad se estarán enviando las matrices correspondientes.".

Se dispone: Tener por presentadas las referidas matrices, las cuales pasarán a la Dirección Ejecutiva para lo que corresponda. ACUERDO FIRME.

A las doce horas terminó la sesión.




Luis Antonio Sobrado González




Eugenia María Zamora Chavarría




Max Alberto Esquivel Faerron




Zetty María Bou Valverde




Luis Diego Brenes Villalobos