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Desvinculación al convenio de doble nacionalidad con España

Definición del trámite

Es un trámite que sólo tiene efectos jurídicos para los españoles y no influye en los costarricenses, que permite hacer una manifestación para que se le tenga no vinculado al Convenio de Doble Nacionalidad suscrito entre Costa Rica y España.

Requisitos

Presentar escrito, indicando nombre y dos apellidos, así como sus calidades. Asimismo, solicitar la desvinculación al Convenio de doblenacionalidad suscrito con España.

Fundamento legal

Ley No. 3463 del 04 de diciembre de 1964 (Convenio de Doble Nacionalidad suscrito entre Costa Rica y España.

Ley No. 7809 del 09 de junio de 1998 (Adicional al Convenio de Doble Nacionalidad suscrito entre Costa Rica y España.

Dependencia encargada de este trámite
Opciones y Naturalizaciones (Sede Central) y Oficinas Regionales
Teléfonos
2287-5477 / 2287-5478 (Sede Central)
Ubicación
Planta baja (Sede Central)

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