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Inscripción de defunciones no declaradas

Definición del trámite

Realizar los estudios del caso, para que con base en declaraciones de testigos y otras pruebas documentales, se determine si procede la declaración de defunción de hechos no inscritos en su oportunidad,para su posterior inscripción de la Unidad Administrativa correspondiente.

Requisitos

  • Tres declaraciones de testigos, preferiblemente familiares directos del fallecido.
  • Prueba documental: constancia del sepelioextendida por la administración del cementerio, copia del certificado (de defunción) médico, recordatorios, esquelas de periódicos u otra documentación probatoria de la muerte.

Fundamento legal

Artículos 46 y 60 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil

Artículo 46 del Reglamento del Registro del Estado Civil

Dependencia encargada de este trámite
Padrón Electoral (Sede Central) y Oficinas Regionales
Teléfonos
2287-5553 / 2287-5583 / 2287-5551 (Sede Central)
Ubicación
Segundo piso (Sede Central)

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