DECLARATORIA DE ELECCION

ELECCIONES MUNICIPALES

SAN JOSE, COSTA RICA

 

N° 057-E-2003.- TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, a las nueve horas diez minutos del veintisiete de enero del dos mil tres.-

Declaratoria de Elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito correspondientes a los distritos del cantón Desamparados de la Provincia de San José, para el período legal que se iniciará el tres de febrero del dos mil tres y que concluirá el cuatro de febrero del dos mil siete.

RESULTANDO:

  1. Que el Tribunal Supremo de Elecciones por Decreto Número 008-2002, del 1° de agosto del 2002, publicado en “La Gaceta” N° 153 del 12 del mismo mes, cumpliendo con lo ordenado por los artículos 9, 99, 102, inciso 1), 169 y 172 de la Constitución Política; 97 del Código Electoral; 54 y 55 del Código Municipal; y 6 y 7 de la Ley General de Concejos Municipales de Distrito, convocó a elecciones de Alcaldes propietarios y suplentes, Síndicos propietarios y suplentes, Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito y de los Concejos Municipales de Distrito e Intendentes.

  2. Que con la finalidad de darle cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 169 y 172 de la Constitución Política, para el período legal que se iniciará el próximo tres de febrero del dos mil tres y que concluirá el cuatro de febrero del dos mil siete, el decreto indicado en el resultando anterior señaló el domingo 1° de diciembre del pasado año como fecha para celebrar las correspondientes votaciones.

  3. Que para participar en las elecciones de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, que se celebraron en los diferentes distritos del cantón Desamparados de la provincia de San José, inscribieron oportunamente candidaturas los partidos Unidad Social Cristiana, Liberación Nacional, Acción Ciudadana y Fuerza Democrática en todos y cada uno de ellos, y el partido Integración Nacional en los distritos Desamparados, San Miguel, San Rafael Arriba, Frailes, Patarrá, Rosario y Damas.

  4. Que de conformidad con lo dispuesto, las votaciones se llevaron a cabo en la fecha supra señalada en todos y cada uno de los distritos del cantón Desamparados de la provincia de San José.

  5. Que habiéndose recibido el sufragio de los electores en las respectivas Juntas Receptoras de Votos y remitida a este Tribunal por dichos organismos electorales la correspondiente documentación para el escrutinio final; y

CONSIDERANDO:

    1. Que, entendiendo por escrutinio el examen de la documentación electoral que de las Juntas Receptoras de Votos ha recibido este Tribunal, dirigido a la aprobación o rectificación del cómputo aritmético y legal de votos que hayan hecho las Juntas en mención, a fin de adjudicar a los partidos inscritos en los distritos mencionados las plazas de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, que en la votación corresponda (artículo 130 del Código Electoral) y practicado el predicho escrutinio de la documentación ya referida por este Organismo, para darle cumplimiento a los artículos 172 de la Constitución Política y 54 y 55 del Código Municipal, en lo que a la elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito correspondientes a los distritos del cantón Desamparados de la Provincia de San José se refiere, se dieron los resultados que se consignan en el cuadro correspondiente a los VOTOS VÁLIDOS cuyo detalle es como sigue:

  
Cantón de DESAMPARADOS
Partidos/Distrito
DESAMPARADOS
SAN MIGUEL
SAN JUAN DE DIOS
SAN RAFAEL ARRIBA
SAN ANTONIO
FRAILES
PATARRA
SAN CRISTOBAL
ROSARIO
DAMAS
SAN RAFAEL ABAJO
GRAVILIAS
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Unidad Social Cristiana
669
513
303
400
267
31
283
23
9
220
298
354
Liberación Nacional
1,334
1,013
401
477
266
430
783
666
368
363
485
584
Acción Ciudadana
560
179
122
155
220
35
142
45
35
111
408
383
Integración Nacional
144
46
0
28
0
14
95
0
37
73
0
0
Fuerza Democrática
408
179
93
30
178
48
89
4
30
108
121
153
Total votos válidos
3,115
1,930
919
1,090
931
558
1,392
738
479
875
1,312
1,474
 
 
    1. Que la elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, según lo establecen los artículos 134, párrafos segundo y tercero, del Código Electoral y 55 del Código Municipal, se efectúa por mayoría relativa de cada distrito y por el sistema de cociente, subcociente y mayor residuo respectivamente.

    2. Que mediante la aplicación de la normativa supra citada y practicadas las operaciones aritméticas de rigor para determinar, en el caso de los Síndicos propietarios y suplentes la mayoría relativa y en el de los Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito las plazas por el sistema de cociente y subcociente que, en cada distrito del cantón Desamparados de la Provincia de San José, han obtenido las organizaciones políticas que intervinieron en la elección, procede consignar los resultados que figuran a continuación:

 

 

 

 

DESAMPARADOS
Cifra cociente
778,750
 
 
 
 
Cifra subcociente
389,375
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Partido
 
Votos
Cociente
Residuo
Residual
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
669
0
0,00
1
LIBERACION NACIONAL
1334
1
555,25
1
ACCION CIUDADANA
560
0
0,00
1
INTEGRACION NACIONAL
144
0
0,00
0
FUERZA DEMOCRATICA
408
0
0,00
0
TOTAL
 
3115
1
 
3
El Partido ganador de Síndico es: LIBERACION NACIONAL
 
 
 
 
 
 
 
SAN MIGUEL
Cifra cociente
482,500
 
 
 
 
Cifra subcociente
241,250
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Partido
 
Votos
Cociente
Residuo
Residual
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
513
1
30,50
0
LIBERACION NACIONAL
1013
2
48,00
1
 
ACCION CIUDADANA
179
0
0,00
0
INTEGRACION NACIONAL
46
0
0,00
0
FUERZA DEMOCRATICA
179
0
0,00
0
TOTAL
 
1930
3
 
1
El Partido ganador de Síndico es: LIBERACION NACIONAL
 
 
 
 
 
 
 
SAN JUAN DE DIOS
Cifra cociente
229,750
 
 
 
 
Cifra subcociente
114,875
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Partido
 
Votos
Cociente
Residuo
Residual
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
303
1
73,25
0
LIBERACION NACIONAL
401
1
171,25
1
ACCION CIUDADANA
122
0
0,00
1
FUERZA DEMOCRATICA
93
0
0,00
0
TOTAL
 
919
2
 
2
El Partido ganador de Síndico es: LIBERACION NACIONAL
 
SAN RAFAEL ARRIBA
Cifra cociente
272,500
 
 
 
 
Cifra subcociente
136,250
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Partido
 
Votos
Cociente
Residuo
Residual
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
400
1
127,50
0
LIBERACION NACIONAL
477
1
204,50
1
ACCION CIUDADANA
155
0
0,00
1
INTEGRACION NACIONAL
28
0
0,00
0
FUERZA DEMOCRATICA
30
0
0,00
0
TOTAL
 
1090
2
 
2
El Partido ganador de Síndico es: LIBERACION NACIONAL
 
 
 
 
 
 
 
SAN ANTONIO
Cifra cociente
232,750
 
 
 
 
Cifra subcociente
116,375
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Partido
 
Votos
Cociente
Residuo
Residual
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
267
1
34,25
0
LIBERACION NACIONAL
266
1
33,25
0
ACCION CIUDADANA
220
0
0,00
1
FUERZA DEMOCRATICA
178
0
0,00
1
TOTAL
 
931
2
 
2
El Partido ganador de Síndico es: UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
 
 
 
 
 
 
FRAILES
Cifra cociente
139,500
 
 
 
 
Cifra subcociente
69,750
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Partido
 
Votos
Cociente
Residuo
Residual
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
31
0
0,00
0
LIBERACION NACIONAL
430
3
11,50
1
ACCION CIUDADANA
35
0
0,00
0
INTEGRACION NACIONAL
14
0
0,00
0
FUERZA DEMOCRATICA
48
0
0,00
0
TOTAL
 
558
3
 
1
El Partido ganador de Síndico es: LIBERACION NACIONAL
 
PATARRA
Cifra cociente
348,000
 
 
 
 
Cifra subcociente
174,000
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Partido
 
Votos
Cociente
Residuo
Residual
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
283
0
0,00
1
LIBERACION NACIONAL
783
2
87,00
1
ACCION CIUDADANA
142
0
0,00
0
INTEGRACION NACIONAL
95
0
0,00
0
FUERZA DEMOCRATICA
89
0
0,00
0
TOTAL
 
1392
2
 
2
El Partido ganador de Síndico es: LIBERACION NACIONAL
 
 
 
 
 
 
 
SAN CRISTOBAL
Cifra cociente
184,500
 
 
 
 
Cifra subcociente
92,250
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Partido
 
Votos
Cociente
Residuo
Residual
 
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
23
0
0,00
0
LIBERACION NACIONAL
666
3
112,50
1
ACCION CIUDADANA
45
0
0,00
0
FUERZA DEMOCRATICA
4
0
0,00
0
TOTAL
 
738
3
 
1
El Partido ganador de Síndico es: LIBERACION NACIONAL
 
 
 
 
 
 
 
ROSARIO
Cifra cociente
119,750
 
 
 
 
Cifra subcociente
59,875
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Partido
 
Votos
Cociente
Residuo
Residual
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
9
0
0,00
0
LIBERACION NACIONAL
368
3
8,75
1
ACCION CIUDADANA
35
0
0,00
0
INTEGRACION NACIONAL
37
0
0,00
0
FUERZA DEMOCRATICA
30
0
0,00
0
TOTAL
 
479
3
 
1
El Partido ganador de Síndico es: LIBERACION NACIONAL
 
DAMAS
Cifra cociente
218,750
 
 
 
 
Cifra subcociente
109,375
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Partido
 
Votos
Cociente
Residuo
Residual
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
220
1
1,25
0
LIBERACION NACIONAL
363
1
144,25
1
ACCION CIUDADANA
111
0
0,00
1
INTEGRACION NACIONAL
73
0
0,00
0
FUERZA DEMOCRATICA
108
0
0,00
0
TOTAL
 
875
2
 
2
El Partido ganador de Síndico es: LIBERACION NACIONAL
 
 
 
 
 
 
 
SAN RAFAEL ABAJO
Cifra cociente
328,000
 
 
 
 
Cifra subcociente
164,000
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Partido
 
Votos
Cociente
Residuo
Residual
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
298
0
0,00
1
LIBERACION NACIONAL
485
1
157,00
1
ACCION CIUDADANA
408
1
80,00
0
FUERZA DEMOCRATICA
121
0
0,00
0
TOTAL
 
1312
2
 
2
El Partido ganador de Síndico es: LIBERACION NACIONAL
 
 
 
 
 
 
 
GRAVILIAS
Cifra cociente
368,500
 
 
 
 
Cifra subcociente
184,250
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Partido
 
Votos
Cociente
Residuo
Residual
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
354
0
0,00
1
LIBERACION NACIONAL
584
1
215,50
1
ACCION CIUDADANA
383
1
14,50
0
FUERZA DEMOCRATICA
153
0
0,00
0
TOTAL
 
1474
2
 
2
El Partido ganador de Síndico es: LIBERACION NACIONAL
 
 
    1. Que en el distrito Rosario del cantón Desamparados, el partido Liberación Nacional resultó ganador de la cuarta plaza de Miembros propietario y suplente de Concejo de Distrito, aunque sólo inscribió candidatura para Miembro suplente de Concejo de Distrito, por lo que al no haber postulado ese partido candidato propietario para la plaza en mención – en orden a que se puedan constituir en debida forma el órgano que este funcionario de elección popular debe integrar – lo procedente es efectuar la respectiva declaratoria del candidato suplente que corresponda a la cuarta plaza en condición de propietario.

V. Que en el distrito San Antonio del cantón Desamparados, la señora Mayra Julieta Arguedas Garbanzo resultó electa simultáneamente como Síndica suplente y Concejal suplente, en la primera plaza por el partido Unidad Social Cristiana. Mediante resolución número 2061-E, de las nueve y treinta y cinco horas del 12 de noviembre de 2002, el Tribunal precisó que una postulación simultánea de esa naturaleza era jurídicamente admisible. Sin embargo, advirtió que no resultaba viable el desempeño simultáneo de los dos cargos, razón por la cual la persona que resulte electa en ambos habrá de renunciar a alguno de esos cargos, “siendo discrecional su elección acerca de cuál de las funciones se abstrae de ejercer”.

De conformidad con el anterior criterio jurisprudencial corresponde tener por electa al cargo de Síndica suplente a la señora Arguedas Garbanzo, por ser el puesto de mayor jerarquía, designando como Concejal suplente en la plaza ya mencionada al señor Rodrigo Bermúdez Hidalgo a quien por orden corresponde desempeñar el puesto, pues fue inscrito segundo suplente.

Todo lo anterior bajo el entendido de que la presente declaratoria queda supeditada a que la señora Arguedas Garbanzo, dentro del plazo de tres días contados a partir de la notificación de este acto, ratifique lo aquí decidido. Si, por el contrario, su deseo es ejercer el cargo de Concejal suplente y renunciar al de Síndica suplente, dentro del mismo plazo lo hará ver a este Tribunal a fin de que se proceda a hacer la enmienda del caso. Se le advierte que su silencio será entendido en los términos de aprobar esta declaratoria condicionada.

POR TANTO:

De conformidad con lo expuesto y con fundamento en las disposiciones de los artículos 102, inciso 7) y 172 de la Constitución Política; 97, 98, 99 y 134, párrafos segundo y tercero, del Código Electoral y 54 y 55 del Código Municipal, se declaran electos Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito del cantón Desamparados de la provincia de San José, que se detallan infra, para el período legal comprendido entre el tres de febrero del dos mil tres y el cuatro de febrero del dos mil siete, a las siguientes personas:

 

  

DESAMPARADOS
SINDICOS
PROPIETARIO
SUPLENTE
Jairo José Solís Tenorio
Elizabeth González Parra
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
SUPLENTES
Marvin Enrique Monterrosa Ramírez
Ana Lorena Odio Chinchilla
Flor Emilia Martínez Quesada
Alfredo Dávila Rivera
David Gerardo Pérez Gómez
c.c. David Gerardo Pérez Monge
Sonia Gutiérrez Oviedo
 
Flor de María Bolaños Azofeifa 
Carlos Ramos Guadamuz
c.c. Juan Carlos Ramos Guadamuz

 

 

 

 

SAN MIGUEL
SINDICOS
PROPIETARIO
SUPLENTE
Hugo Javier Castro Hernández
Mariela Morales Valverde
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
SUPLENTES
Domingo Solís Solís
José Arturo Quirós Calderón
Norman Gerardo Durán Castro
Vinicio Carranza Romero
Fernelly Quesada Madrigal
Heidy Ilama Borbón
Sonia Mayela Araya Mena
Argerie María Chinchilla Garro
 
 
SAN JUAN DE DIOS
SINDICOS
PROPIETARIA
SUPLENTE
Margarita Valverde Mendieta
Marcos Monge Mora
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
SUPLENTES
Manuel Gonzalo Valverde Corrales
Luis Paulino Zúñiga Cerdas
Jesús Antonio Mora Quirós
Jesús Chacón Valverde
Yamileth Díaz Barrantes
Marilú Valverde Cerdas
Ligia Madriz Zúñiga
Alfredo Alvarado Cambronero
 
 
SAN RAFAEL ARRIBA
SINDICOS
PROPIETARIA
SUPLENTE
María Isabel Salas Calvo
Rodolfo Eliécer Pérez Méndez
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
SUPLENTES
Manuel de Jesús Jiménez Quirós
Rafael Ángel Gamboa Zamora
Jorge Andrés Granados Castro
Gonzalo Antonio Chacón Chacón
Elizabeth Umaña Vargas
María Grace Álvarez Castillo
Esteban de Jesús Fonseca Morales
Karen Alejandra Fallas Corrales
 

 

 

 

SAN ANTONIO
SINDICOS
PROPIETARIO
SUPLENTE
Manuel Francisco Villaplana Chaves
Mayra Julieta Arguedas Garbanzo
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
SUPLENTES
Gerardo José Brenes Picado
Rodrigo Bermúdez Hidalgo
Luis Arturo Céspedes Murillo
Carlos Luis Arguedas Brenes
Xinia Vásquez González
Edgar Gerardo Guzmán Acuña
Fernando Alberto Muñoz Barrantes
Eduardo Enrique Gamboa Zúñiga
 
FRAILES
SINDICOS
PROPIETARIO
SUPLENTE
Jeremías Jiménez Navarro
Marta Elena Robles Piedra
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
SUPLENTES
Miguel Ángel Garbanzo Elizondo
Enrique Calderón Robles
 
Lorena Calderón Garro
Carmen María Méndez Segura
Luis Fernando Morales Alfaro
Juan José Venegas Bonilla
Alice Quirós Calvo
María Eugenia Ulloa Ramírez
 
 
PATARRA
SINDICOS
PROPIETARIO
SUPLENTE
Edin Guillermo Mena Mora
c.c. Edwin Guillermo Mena Mora
Yanitza Pilar Ureña Monge
 
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
SUPLENTES
Patricia Lorena Jiménez Chaves
Oscar Mariano Monge Monge
Edwin Cascante Fallas
 
Agne Marcela Cordero Estrada
c.c. Angie Marcela Cordero Estrada
Marcos Manuel Sandoval Lizano
Vicente Mora Mora
Mayra Sibaja Mora
Elve María Alvarado Jiménez
c.c. Elsa Marina Alvarado Jiménez
 

 

SAN CRISTOBAL
SINDICOS
PROPIETARIO
SUPLENTE
Gilbert Robles Vega
Ligia del Carmen Leiva Calderón
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
SUPLENTES
Ana Giselle Durán Monge
Marvin Gerardo Román Venegas
Otto Cordero Ortega
Lorena María Solano Segura
Hilda María Venegas Romero
Jaime Flores Calderón
Anibelsy Antonio Granados Monge
Adriana Garro Flores
 
ROSARIO
SINDICOS
PROPIETARIO
SUPLENTE
Alfredo Agustín Porras Hidalgo
María Deyanira Chaves Rivera
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
SUPLENTES
José Antonio Quirós Ureña
María Juanita Mora Cruz
Ana Isabel Navarro Brenes
Guiselle Cerdas Corrales
Olman Hidalgo Carvajal
Dauly María Monge Arias
Miguel Ángel Orozco Campos
----------------------------------------------
 
 
DAMAS
SINDICOS
PROPIETARIO
SUPLENTE
Gonzalo Alexis Fallas Corrales
Luz Argentina Solano Arce
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
SUPLENTES
Carlos Martín Navarro López
Gladys Durán Rodríguez
Moisés Gerardo Obando Garita
Abdías Sáenz Hernández
Zaida Espinoza Montero
María Adilia Flores Cordero
Mirna Smith Bannet
c.c. Mirna Smith Barnett
Dinorah Ugalde Rosales

 

 

 

 

 

SAN RAFAEL ABAJO
SINDICOS
PROPIETARIA
SUPLENTE
Evangelina Chaverri Pérez
c.c. Vita Chaverri Pérez
Rigoberto Gutiérrez Bravo
 
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
SUPLENTES
Evil Jesús Arauz Calderón
María del Milagro Céspedes Meléndez
Jesús Manuel Ureña Solano
Sonia María Vargas Calderón
María del Carmen Meléndez Bonilla
Carmen Salazar Corrales
Flor Yadira González Hidalgo
Jorge Arturo Navarro Hernández
 
 
GRAVILIAS
SINDICOS
PROPIETARIA
SUPLENTE
Xinia Patricia Madrigal Garro
Giovanni Rodolfo Gutiérrez Chavarría
c.c. Geovanny Rodolfo Gutiérrez Chavarría
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
SUPLENTES
Jorge Ángel Garro Jara
Álvaro Ibarra Solano
Donald Allen Duncan
Ileana Patricia Romero Rojas
Marta Eugenia Ureña Durán
María Elena Valerio Trigueros
Maribelle Pérez Morales
Ligia María Carrillo Hernández
 

Notifíquesele lo resuelto a la señora Mayra Julieta Arguedas Garbanzo, a fin de que se manifieste en los términos consignados en el considerando quinto de la presente declaratoria.

 

 

 

Comuníquese esta declaratoria a las personas electas por medio de la correspondiente Secretaría Municipal, a los Concejos Municipales, al Instituto de Fomento y Asesoría Municipal, a los Partidos Políticos que intervinieron en la respectiva elección y a los Poderes del Estado. Insértese en el Libro de Actas y publíquese en el Diario Oficial.-

 
 
 
Oscar Fonseca Montoya
 
 
 
Luis Antonio Sobrado González
 
 
 
 
Olga Nidia Fallas Madrigal