DECLARATORIA DE ELECCIONES

ELECCIONES MUNICIPALES

GUANACASTE, COSTA RICA

 

N° 108-E-2003.- TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, a las trece horas veinticinco minutos del veintisiete de enero del dos mil tres.-

Declaratoria de Elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito correspondientes a los distritos del cantón Carrillo de la Provincia de Guanacaste, para el período legal que se iniciará el tres de febrero del dos mil tres y que concluirá el cuatro de febrero del dos mil siete.

RESULTANDO:

  1. Que el Tribunal Supremo de Elecciones por Decreto Número 008-2002, del 1° de agosto del 2002, publicado en “La Gaceta” N° 153 del 12 del mismo mes, cumpliendo con lo ordenado por los artículos 9, 99, 102, inciso 1), 169 y 172 de la Constitución Política; 97 del Código Electoral; 54 y 55 del Código Municipal; y 6 y 7 de la Ley General de Concejos Municipales de Distrito, convocó a elecciones de Alcaldes propietarios y suplentes, Síndicos propietarios y suplentes, Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito y de los Concejos Municipales de Distrito e Intendentes.

  2. Que con la finalidad de darle cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 169 y 172 de la Constitución Política, para el período legal que se iniciará el próximo tres de febrero del dos mil tres y que concluirá el cuatro de febrero del dos mil siete, el decreto indicado en el resultando anterior señaló el domingo 1° de diciembre del pasado año como fecha para celebrar las correspondientes votaciones.

  3. Que para participar en las elecciones de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, que se celebraron en los diferentes distritos del cantón Carrillo de la provincia de Guanacaste, inscribieron oportunamente candidaturas los partidos Unidad Social Cristiana, Liberación Nacional y Acción Ciudadana en todos y cada uno de ellos.

  4. Que de conformidad con lo dispuesto, las votaciones se llevaron a cabo en la fecha supra señalada en todos y cada uno de los distritos del cantón Carrillo de la provincia de Guanacaste.

  5. Que habiéndose recibido el sufragio de los electores en las respectivas Juntas Receptoras de Votos y remitida a este Tribunal por dichos organismos electorales la correspondiente documentación para el escrutinio final; y

CONSIDERANDO:

  1. Que, entendiendo por escrutinio el examen de la documentación electoral que de las Juntas Receptoras de Votos ha recibido este Tribunal, dirigido a la aprobación o rectificación del cómputo aritmético y legal de votos que hayan hecho las Juntas en mención, a fin de adjudicar a los partidos inscritos en los distritos mencionados las plazas de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, que en la votación corresponda (artículo 130 del Código Electoral) y practicado el predicho escrutinio de la documentación ya referida por este Organismo, para darle cumplimiento a los artículos 172 de la Constitución Política y 54 y 55 del Código Municipal, en lo que a la elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito correspondientes a los distritos del cantón Carrillo de la Provincia de Guanacaste se refiere, se dieron los resultados que se consignan en el cuadro correspondiente a los VOTOS VÁLIDOS cuyo detalle es como sigue:

  

Cantón de CARRILLO
Partidos/Distrito
FILADELFIA
PALMIRA
SARDINAL
BELEN
 
 
 
 
 
Unidad Social Cristiana
810
360
914
1,136
Liberación Nacional
226
213
856
344
Acción Ciudadana
651
96
247
120
Total votos válidos
1,687
669
2,017
1,600
 
 

 

  1. Que la elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, según lo establecen los artículos 134, párrafos segundo y tercero, del Código Electoral y 55 del Código Municipal, se efectúa por mayoría relativa de cada distrito y por el sistema de cociente, subcociente y mayor residuo respectivamente.

  2. Que mediante la aplicación de la normativa supra citada y practicadas las operaciones aritméticas de rigor para determinar, en el caso de los Síndicos propietarios y suplentes la mayoría relativa y en el de los Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito las plazas por el sistema de cociente y subcociente que, en cada distrito del cantón Carrillo de la Provincia de Guanacaste, han obtenido las organizaciones políticas que intervinieron en la elección, procede consignar los resultados que figuran a continuación:

 

 

 

 

FILADELFIA

Cifra cociente 421,750

Cifra subcociente 210,875

 

Partido Votos Cociente Residuo Residual

UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 810 1 388,25 1

LIBERACION NACIONAL 226 0 0,00 0

ACCION CIUDADANA 651 1 229,25 1

TOTAL 1687 2 2

El Partido ganador de Síndico es: UNIDAD SOCIAL CRISTIANA

 

 

PALMIRA

Cifra cociente 167,250

Cifra subcociente 83,625

 

Partido Votos Cociente Residuo Residual

UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 360 2 25,50 0

LIBERACION NACIONAL 213 1 45,75 0

ACCION CIUDADANA 96 0 0,00 1

TOTAL 669 3 1

El Partido ganador de Síndico es: UNIDAD SOCIAL CRISTIANA

 

 

SARDINAL

Cifra cociente 504,250

Cifra subcociente 252,125

 

Partido Votos Cociente Residuo Residual

UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 914 1 409,75 1

LIBERACION NACIONAL 856 1 351,75 1

ACCION CIUDADANA 247 0 0,00 0

TOTAL 2017 2 2

El Partido ganador de Síndico es: UNIDAD SOCIAL CRISTIANA

 

 

BELEN

Cifra cociente 400,000

Cifra subcociente 200,000

 

Partido Votos Cociente Residuo Residual

UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 1136 2 336,00 1

LIBERACION NACIONAL 344 0 0,00 1

ACCION CIUDADANA 120 0 0,00 0

TOTAL 1600 2 2

El Partido ganador de Síndico es: UNIDAD SOCIAL CRISTIANA

 

POR TANTO:

De conformidad con lo expuesto y con fundamento en las disposiciones de los artículos 102, inciso 7) y 172 de la Constitución Política; 97, 98, 99 y 134, párrafos segundo y tercero, del Código Electoral y 54 y 55 del Código Municipal, se declaran electos Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito del cantón Carrillo de la provincia de Guanacaste, que se detallan infra, para el período legal comprendido entre el tres de febrero del dos mil tres y el cuatro de febrero del dos mil siete, a las siguientes personas:

  

FILADELFIA
SINDICOS
PROPIETARIO
SUPLENTE
Antonio Montero Céspedes
Vianney Angulo Díaz
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
SUPLENTES
Gustavo Obando Castañeda
María Félix Castañeda Medina
c.c. María Félix Castañeda Rodríguez
Diana Cecilia Méndez Masís
No se inscribió candidatura
Digna María Piña Piña
Luis Gerardo Aguilar Díaz
Santos Cascante Angulo
No se inscribió candidatura
PALMIRA
SINDICOS
PROPIETARIO
SUPLENTE
Manuel Rodrigo Víctor Víctor
Luz María Vallejos García
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
SUPLENTES
Myriam Benigna Carballo Espinoza
Pedro José Ordóñez Soto
Ana María González Esquivel
Margarita Contreras Castañeda
Luis López Santana
Olga María Ruiz Ruiz
Jacqueline Díjeres Castañeda
c.c. Jackeline Díjeres Castañeda
Maynord Marchena Espinoza
 
 
SARDINAL
SINDICOS
PROPIETARIA
SUPLENTE
Leda Lucía Hernández Ruiz
Álvaro Gerardo Abarca Gutiérrez
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
SUPLENTES
Tomasa Cascante Chavarría
Lidia María Vallejos Cascante
c.c. Lilliana Vallejos Cascante
Socorro Vallejos Vásquez
Alejandrina Obando Jaen
Jorge Manuel Granados Jácamo
Gerardo Rodríguez Carmona
Jeannette Fernández Rivas
Álvaro Quesada Navarrete
 
 
BELEN
SINDICOS
PROPIETARIA
SUPLENTE
Sonia Iris Ondoy Santana
Eduardo Ruiz Navarro
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
SUPLENTES
Kattia Lorena Ortiz Angulo
Evelyn Obando Angulo
Yesenia María Moraga Vivas
Farid Mendoza Contreras
Eliécer Díaz Mendoza
María Felicia Marchena Marchena
Gladys Contreras Campos
Mayra Isabel Moraga Pavón

Comuníquese esta declaratoria a las personas electas por medio de la correspondiente Secretaría Municipal, a los Concejos Municipales, al Instituto de Fomento y Asesoría Municipal, a los Partidos Políticos que intervinieron en la respectiva elección y a los Poderes del Estado. Insértese en el Libro de Actas y publíquese en el Diario Oficial.-

 
 
 
 
 
Oscar Fonseca Montoya
 
 
 
 
Luis Antonio Sobrado González
 
 
 
 
 
Olga Nidia Fallas Madrigal