DECLARATORIA DE ELECCIONES

ELECCIONES MUNICIPALES

PUNTARENAS, COSTA RICA

 

 

N° 116-E-2003.- TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, a las catorce horas cinco minutos del veintisiete de enero del dos mil tres.-

Declaratoria de Elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito correspondientes a los distritos del cantón Esparza de la Provincia de Puntarenas, para el período legal que se iniciará el tres de febrero del dos mil tres y que concluirá el cuatro de febrero del dos mil siete.

RESULTANDO:

  1. Que el Tribunal Supremo de Elecciones por Decreto Número 008-2002, del 1° de agosto del 2002, publicado en “La Gaceta” N° 153 del 12 del mismo mes, cumpliendo con lo ordenado por los artículos 9, 99, 102, inciso 1), 169 y 172 de la Constitución Política; 97 del Código Electoral; 54 y 55 del Código Municipal; y 6 y 7 de la Ley General de Concejos Municipales de Distrito, convocó a elecciones de Alcaldes propietarios y suplentes, Síndicos propietarios y suplentes, Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito y de los Concejos Municipales de Distrito e Intendentes.

  2. Que con la finalidad de darle cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 169 y 172 de la Constitución Política, para el período legal que se iniciará el próximo tres de febrero del dos mil tres y que concluirá el cuatro de febrero del dos mil siete, el decreto indicado en el resultando anterior señaló el domingo 1° de diciembre del pasado año como fecha para celebrar las correspondientes votaciones.

  3. Que para participar en las elecciones de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, que se celebraron en los diferentes distritos del cantón Esparza de la provincia de Puntarenas, inscribieron oportunamente candidaturas los partidos Movimiento Libertario en los distritos Espíritu Santo, San Juan Grande y Macacona; Unidad Social Cristiana, Liberación Nacional, Fuerza Democrática y Acción Ciudadana en todos y cada uno de ellos, salvo este último que sólo inscribió candidaturas para Síndicos propietario y suplente en el distrito San Jerónimo.

  4. Que de conformidad con lo dispuesto, las votaciones se llevaron a cabo en la fecha supra señalada en todos y cada uno de los distritos del cantón Esparza de la Provincia de Puntarenas.

  5. Que habiéndose recibido el sufragio de los electores en las respectivas Juntas Receptoras de Votos y remitida a este Tribunal por dichos organismos electorales la correspondiente documentación para el escrutinio final; y

CONSIDERANDO:

  1. Que al no haber inscrito candidaturas para Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito el partido Acción Ciudadana según se detalló supra, debe excluírsele del reparto de estas plazas, pues los votos que haya recibido en su favor – al haberse emitido por candidaturas inexistentes – no pueden considerarse votos válidamente emitidos, ya que tienen la misma naturaleza jurídica que los votos nulos o en blanco.

  2. Que la elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, según lo establecen los artículos 134, párrafos segundo y tercero, del Código Electoral y 55 del Código Municipal, se efectúa por mayoría relativa de cada distrito y por el sistema de cociente, subcociente y mayor residuo respectivamente.

  3. Que, entendiendo por escrutinio el examen de la documentación electoral que de las Juntas Receptoras de Votos ha recibido este Tribunal, dirigido a la aprobación o rectificación del cómputo aritmético y legal de votos que hayan hecho las Juntas en mención, a fin de adjudicar a los partidos inscritos en los distritos mencionados las plazas de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, que en la votación corresponda (artículo 130 del Código Electoral) y practicado el predicho escrutinio de la documentación ya referida por este Organismo, para darle cumplimiento a los artículos 172 de la Constitución Política y 54 y 55 del Código Municipal, en lo que a la elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito correspondientes a los distritos del cantón Esparza de la Provincia de Puntarenas se refiere, se dieron los resultados que se consignan en los siguientes cuadros correspondientes a los VOTOS VÁLIDOS cuyo detalle es como sigue:

 

Cuadro N° 1

 

 

 

 

 

 

Cuadro N° 2

 

  1. Que mediante la aplicación de la normativa supra citada y practicadas las operaciones aritméticas de rigor para determinar, en el caso de los Síndicos propietarios y suplentes la mayoría relativa y en el de los Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito las plazas por el sistema de cociente y subcociente que, en cada distrito del cantón Esparza de la Provincia de Puntarenas, han obtenido las organizaciones políticas que intervinieron en la elección, procede consignar los resultados que figuran a continuación:

  

ESPIRITU SANTO
Cifra cociente
924,250
 
 
 
 
Cifra subcociente
462,125
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Partido
 
Votos
Cociente
Residuo
Residual
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
1.545
1
620,75
1
LIBERACION NACIONAL
1.035
1
110,75
0
ACCION CIUDADANA
488
0
0,00
0
MOVIMIENTO LIBERTARIO
122
0
0,00
0
FUERZA DEMOCRATICA
507
0
0,00
1
TOTAL
 
3697
2
 
2
El Partido ganador de Síndico es: UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
 
SAN JUAN GRANDE
Cifra cociente
189,750
 
 
 
 
Cifra subcociente
94,875
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Partido
 
Votos
Cociente
Residuo
Residual
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
403
2
23,50
0
LIBERACION NACIONAL
197
1
7,25
0
ACCION CIUDADANA
30
0
0,00
0
MOVIMIENTO LIBERTARIO
6
0
0,00
0
FUERZA DEMOCRATICA
123
0
0,00
1
TOTAL
 
759
3
 
1
El Partido ganador de Síndico es: UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
 
 
 
 
 
 
MACACONA
Cifra cociente
112,750
 
 
 
 
Cifra subcociente
56,375
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Partido
 
Votos
Cociente
Residuo
Residual
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
165
1
52,25
1
LIBERACION NACIONAL
118
1
5,25
0
ACCION CIUDADANA
33
0
0,00
0
MOVIMIENTO LIBERTARIO
37
0
0,00
0
FUERZA DEMOCRATICA
98
0
0,00
1
TOTAL
 
451
2
 
2
El Partido ganador de Síndico es: UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
 
 
 
 
 
 
SAN RAFAEL
Cifra cociente
93,250
 
 
 
 
Cifra subcociente
46,625
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Partido
 
Votos
Cociente
Residuo
Residual
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
196
2
9,50
0
LIBERACION NACIONAL
119
1
25,75
1
ACCION CIUDADANA
16
0
0,00
0
FUERZA DEMOCRATICA
42
0
0,00
0
TOTAL
 
373
3
 
1
El Partido ganador de Síndico es: UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
SAN JERONIMO
Cifra cociente
65,250
 
 
 
 
Cifra subcociente
32,625
 
 
 
 
Partido a sustraer: ACCION CIUDADANA = 26
 
 
 
 
 
 
Partido
Votos
Cociente
Residuo
Residual
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
128
1
62,75
1
LIBERACION NACIONAL
117
1
51,75
1
FUERZA DEMOCRATICA
16
0
0,00
0
TOTAL
261
2
 
2
El Partido ganador de Síndico es: UNIDAD SOCIAL CRISTIANA

 

POR TANTO:

De conformidad con lo expuesto y con fundamento en las disposiciones de los artículos 102, inciso 7) y 172 de la Constitución Política; 97, 98, 99 y 134, párrafos segundo y tercero, del Código Electoral y 54 y 55 del Código Municipal, se declaran electos Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito del cantón Esparza de la provincia de Puntarenas, que se detallan infra, para el período legal comprendido entre el tres de febrero del dos mil tres y el cuatro de febrero del dos mil siete, a las siguientes personas: 

ESPIRITU SANTO
SINDICOS
PROPIETARIO
SUPLENTE
Beltrán Quirós Araya
Ana Cecilia González Arias
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
SUPLENTES
Ulises Mateo Baca Ovares
Xinia Porras Venegas
Nora Serrano Álvarez
Olman Picado Carvajal
Lilianeth Sánchez Marín
José Miranda Lara
Jéssica Zeledón Rodríguez
Juan Benavides Céspedes

 

 

 

SAN JUAN GRANDE
SINDICOS
PROPIETARIO
SUPLENTE
Guillermo Barrantes Altamirano
Xinia María Guerrero Sánchez
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
SUPLENTES
Jorge Eladio Salas Rojas
Víctor Julio Picado Venegas
Zeydi Villalobos Cambronero
Norma Iris Arguedas Jiménez
Linet Vega Blanco
c.c. Linneth Vega Blanco
Walter Cortés Rodríguez
Lisandro Hidalgo Zamora
Cinthia Magaly Ugalde Rojas
 
 
MACACONA
SINDICOS
PROPIETARIA
SUPLENTE
Emilce Madrigal Madrigal
Romain Cortés Rodríguez
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
SUPLENTES
Johnny Salas Hidalgo
Raquel María Soto Sequeira
Aracelly Dinarte Artavia
Blanca Varela Soto
Nury Mayela Soto Soto
Olaya Dayana Pérez Ugalde
Rosalba Ángela Quesada Alvarado
Olivier Morales Ramírez
 
 
SAN RAFAEL
SINDICOS
PROPIETARIA
SUPLENTE
Eida Castillo Porras
Luis Olivio Rojas Solórzano
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
SUPLENTES
Fernando Salazar Álvarez
Rolando Delgado Álvarez
Beatriz López Jiménez
Leda María Vásquez Álvarez
Roberto Bogantes Rodríguez
Norma Leticia Campos Herrera
Ana Isabel Madrigal Delgado
Gerardo Vega Zamora
 
 
SAN JERONIMO
SINDICOS
PROPIETARIO
SUPLENTE
Mauricio González Álvarez
Maguey González Barrantes
c.c. Mackey González Barrantes
CONCEJALES DE DISTRITO
PROPIETARIOS
SUPLENTES
Rolando Castro Villalobos
Yorleny Quesada Zamora
María Alejandra Mora Zúñiga
Jorge Manuel Vélez Soto
Katty del Rocío González Abarca
Nelson Chaves Zumbado
Gerardo González Álvarez
Luisa María Jiménez Hernández

 

Comuníquese esta declaratoria a las personas electas por medio de la correspondiente Secretaría Municipal, a los Concejos Municipales, al Instituto de Fomento y Asesoría Municipal, a los Partidos Políticos que intervinieron en la respectiva elección y a los Poderes del Estado. Insértese en el Libro de Actas y publíquese en el Diario Oficial.- 

 
 
 
 
Oscar Fonseca Montoya
 
 
 
 
Luis Antonio Sobrado González
 
 
 
 
 
Olga Nidia Fallas Madrigal