N° 0118-E-2007.- TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, a las siete horas con diez minutos del quince de enero del dos mil siete.

 

Declaratoria de Elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito correspondientes a los distritos del cantón Escazú de la Provincia de San José, para el período legal que se iniciará el cinco de febrero del dos mil siete y que concluirá el seis de febrero del dos mil once.

 

RESULTANDO

 

1. Que el Tribunal Supremo de Elecciones por Decreto Número 8-2006, del 1° de agosto del 2006, publicado en “La Gaceta” N° 155 del 14 de agosto del 2006, cumpliendo con lo ordenado por los artículos 9, 99, 102, inciso 1), 169 y 172 de la Constitución Política; 97 del Código Electoral; 14, 54 y 55 del Código Municipal; y 6 y 7 de la Ley General de Concejos Municipales de Distrito, convocó a elecciones de Alcaldes propietarios y suplentes, Síndicos propietarios y suplentes, Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito y de los Concejos Municipales de Distrito e Intendentes.

2. Que con la finalidad de darle cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 169 y 172 de la Constitución Política, para el período legal que se iniciará el próximo cinco de febrero del dos mil siete y que concluirá el seis de febrero del dos mil once, el decreto indicado en el resultando anterior señaló el domingo 3 de diciembre del 2006 como fecha para celebrar las correspondientes votaciones.

3. Que para participar en las elecciones de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, que se celebraron en los diferentes distritos del cantón Escazú de la provincia de San José, en todos y cada uno de ellos inscribieron oportunamente candidaturas, los partidos Liberación Nacional, Acción Ciudadana y Yunta Progresista Escazuceña.

4. Que de conformidad con lo dispuesto, las votaciones se llevaron a cabo en la fecha supra señalada en todos y cada uno de los distritos del cantón Escazú de la Provincia de San José.

5. Que habiéndose recibido el sufragio de los electores en las respectivas Juntas Receptoras de Votos y remitida a este Tribunal por dichos organismos electorales la correspondiente documentación para el escrutinio final; y

 

CONSIDERANDO

 

I. Que, entendiendo por escrutinio el examen de la documentación electoral que de las Juntas Receptoras de Votos ha recibido este Tribunal, dirigido a la aprobación o rectificación del cómputo aritmético y legal de votos que hayan hecho las Juntas en mención, a fin de adjudicar a los partidos inscritos en los distritos mencionados las plazas de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, que en la votación corresponda (artículo 130 del Código Electoral) y practicado el predicho escrutinio de la documentación ya referida por este Organismo, para darle cumplimiento a los artículos 172 de la Constitución Política y 54 y 55 del Código Municipal, en lo que a la elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito correspondientes a los distritos del cantón Escazú de la Provincia de San José se refiere, se dieron los resultados que se consignan en el siguiente cuadro correspondiente a los VOTOS VÁLIDOS cuyo detalle es como sigue: 

CANTON ESCAZU, VOTOS VALIDOS PARA SINDICOS Y CONCEJALES DE DISTRITO

POR DISTRITO, SEGUN PARTIDO, ELECCIONES 3 DE DICIEMBRE 2006  

 
ESCAZU
SAN ANTONIO
SAN RAFAEL
LIBERACION NACIONAL
1.286
1.169
874
ACCION CIUDADANA
417
343
351
YUNTA PROGRESISTA ESCAZUCEÑA
967
906
1.756
TOTAL VOTOS VALIDOS
2.670
2.418
2.981

II. Que la elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, según lo establecen los artículos 134, párrafos segundo y tercero, del Código Electoral y 55 del Código Municipal, se efectúa por mayoría relativa de cada distrito y por el sistema de cociente y mayor residuo o votación total equiparada (con barrera de subcociente), respectivamente.

III. Que mediante la aplicación de la normativa supra citada y practicadas las operaciones aritméticas de rigor para determinar, en el caso de los Síndicos propietarios y suplentes la mayoría relativa y en el de los Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito las plazas por el sistema de cociente y mayor residuo o votación total equiparada (con barrera de subcociente) que, en cada distrito del cantón Escazú de la Provincia de San José, han obtenido las organizaciones políticas que intervinieron en la elección, procede consignar los resultados que figuran a continuación:

 

ADJUDICACIONES DE PLAZAS PARA CONCEJALES DE DISTRITO

SEGUN PARTIDO, ELECCIONES 3 DE DICIEMBRE 2006

 

 

PROVINCIA: SAN JOSE

CANTON: ESCAZU

DISTRITO ADMINISTRATIVO: ESCAZU 

CIFRA COCIENTE 667,500

CIFRA SUBCOCIENTE 333,750 

PARTIDO VOTOS COCIENTE RESIDUO CIFRA RESIDUAL

LIBERACION NACIONAL 1.286 1 618,500 1

ACCION CIUDADANA 417 0 0,000 1

YUNTA PROGRESISTA ESCAZUCEÑA 967 1 299,500 0

TOTAL 2.670 2 2 

EL PARTIDO GANADOR PARA SINDICO ES: LIBERACION NACIONAL 

PROVINCIA: SAN JOSE

CANTON: ESCAZU

DISTRITO ADMINISTRATIVO: SAN ANTONIO

 

CIFRA COCIENTE 604,500

CIFRA SUBCOCIENTE 302,250 

PARTIDO VOTOS COCIENTE RESIDUO CIFRA RESIDUAL

LIBERACION NACIONAL 1.169 1 564,500 1

ACCION CIUDADANA 343 0 0,000 1

YUNTA PROGRESISTA ESCAZUCEÑA 906 1 301,500 0

TOTAL 2.418 2 2 

EL PARTIDO GANADOR PARA SINDICO ES: LIBERACION NACIONAL

PROVINCIA: SAN JOSE

CANTON: ESCAZU

DISTRITO ADMINISTRATIVO: SAN RAFAEL

 

CIFRA COCIENTE 745,250

CIFRA SUBCOCIENTE 372,625 

PARTIDO VOTOS COCIENTE RESIDUO CIFRA RESIDUAL

LIBERACION NACIONAL 874 1 128,750 0

ACCION CIUDADANA 351 0 0,000 0

YUNTA PROGRESISTA ESCAZUCEÑA 1.756 2 265,500 1

TOTAL 2.981 3 1 

EL PARTIDO GANADOR PARA SINDICO ES: YUNTA PROGRESISTA ESCAZUCEÑA  

POR TANTO

 

De conformidad con lo expuesto y con fundamento en las disposiciones de los artículos 102, incisos 7) y 8) y 172 de la Constitución Política; 97, 98, 99 y 134, párrafos segundo y tercero, del Código Electoral y 54 y 55 del Código Municipal, se declaran electos Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito del cantón Escazú de la provincia de San José, que se detallan infra, para el período legal comprendido entre el cinco de febrero del dos mil siete y el seis de febrero del dos mil once, a las siguientes personas:

 

ESCAZU

 

SINDICOS 

PROPIETARIA SUPLENTE

HURIA GREES ROMERO LEITON JOSE LINO JIMENEZ LEON

C.C. NURIA CHING LEITON

 

CONCEJALES DE DISTRITO

PROPIETARIOS

TOMAS DIEGO ACOSTA HERNANDEZ P.L.N

JULIA DEL ROSARIO ROMERO MIRANDA P.L.N

LUZ VERA FERNANDEZ MONTENEGRO YUNTA

ANA GUICETH CALDERON ROLDAN P.A.C 

SUPLENTES

ANA ELIZABETH HIDALGO CASTRO P.L.N

LUIS RODOLFO SEGURA FLORES P.L.N

OSCAR EDUARDO PORRAS MONGE YUNTA

ROGER SALAZAR CARBALLO P.A.C 

SAN ANTONIO

 

SINDICOS 

PROPIETARIO SUPLENTE

OSCAR ALBERTO CALDERON BERMUDEZ FLOR GONZALEZ CORTES

 

CONCEJALES DE DISTRITO

PROPIETARIOS

MARIA IRENE BADILLA UMAÑA P.L.N

JUAN JOSE RIMOLO BOLAÑOS P.L.N

MARIO ALBERTO MENA AMADOR YUNTA

MARIA REINA DELGADO JIMENEZ P.A.C 

SUPLENTES

ESTEFANA ALFARO MIRANDA P.L.N

ALBERTO MAURICIO CALDERON ACUÑA P.L.N

IRIA MARIA LOPEZ SANDI YUNTA

MANUEL ANTONIO AZOFEIFA AGUILAR P.A.C

 

 

SAN RAFAEL

 

SINDICOS 

PROPIETARIA SUPLENTE

MARTA MAYELA BERMUDEZ GUTIERREZ GEOVANNI ANDRES VARGAS DELGADO  

CONCEJALES DE DISTRITO

PROPIETARIAS

DAMARIS MENESES CHAVERRI YUNTA

PATRICIA GOMEZ PEREIRA YUNTA

MARIA ISABEL AZOFEIFA AGUILAR YUNTA

ALEXANDRA MELENDEZ CALDERON P.L.N 

SUPLENTES

OLGA SANTAMARIA HERRA YUNTA

SEBASTIAN VERDE CORTES YUNTA

TERESITA SIVERIO XIRINACH YUNTA

RODOLFO ARIAS ALFARO P.L.N 

 

Comuníquese esta declaratoria a las personas electas por medio de la correspondiente Secretaría Municipal, a los Concejos Municipales, al Instituto de Fomento y Asesoría Municipal, a los partidos políticos que intervinieron en la respectiva elección, a los Poderes del Estado y a la Contraloría General de la República. Consígnese en el Libro de Actas y publíquese en el Diario Oficial.-------------------------------------------------------------  

 
 
 
 
 
Oscar Fonseca Montoya
Presidente
 
 
 
 
 
Luis Antonio Sobrado González
Magistrado
 
 
 
 
 
Eugenia María Zamora Chavarría
Magistrada
 

Programa de Declaratorias de Elección

Declaratoria de Síndicos y Concejales

Provincia de San José Cantón Escazú