N° 0122-E-2007.- TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, a las siete horas con treinta minutos del quince de enero del dos mil siete.

 

Declaratoria de Elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito correspondientes a los distritos del cantón Aserrí de la Provincia de San José, para el período legal que se iniciará el cinco de febrero del dos mil siete y que concluirá el seis de febrero del dos mil once.

 

RESULTANDO

 

1. Que el Tribunal Supremo de Elecciones por Decreto Número 8-2006, del 1° de agosto del 2006, publicado en “La Gaceta” N° 155 del 14 de agosto del 2006, cumpliendo con lo ordenado por los artículos 9, 99, 102, inciso 1), 169 y 172 de la Constitución Política; 97 del Código Electoral; 14, 54 y 55 del Código Municipal; y 6 y 7 de la Ley General de Concejos Municipales de Distrito, convocó a elecciones de Alcaldes propietarios y suplentes, Síndicos propietarios y suplentes, Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito y de los Concejos Municipales de Distrito e Intendentes.

2. Que con la finalidad de darle cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 169 y 172 de la Constitución Política, para el período legal que se iniciará el próximo cinco de febrero del dos mil siete y que concluirá el seis de febrero del dos mil once, el decreto indicado en el resultando anterior señaló el domingo 3 de diciembre del 2006 como fecha para celebrar las correspondientes votaciones.

3. Que para participar en las elecciones de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, que se celebraron en los diferentes distritos del cantón Aserrí de la provincia de San José, en todos y cada uno de ellos, inscribieron oportunamente candidaturas los partidos Liberación Nacional y Unidad Social Cristiana, salvo esta última organización política que en el distrito La Legua no inscribió candidaturas para Síndicos; por su parte el Partido Movimiento Libertario las inscribió en los distritos Aserrí, Tarbaca, Salitrillos, Vuelta de Jorco, San Gabriel y Monterrey, con excepción de los últimos tres distritos donde no las inscribió para Miembros de Concejo de Distrito; el Partido Acción Ciudadana las inscribió en los distritos Aserrí, Tarbaca, Vuelta de Jorco, San Gabriel, Monterrey y Salitrillos, en tanto que el Partido Unión Nacional las inscribió en los distritos Monterrey, Salitrillos, Aserrí y Vuelta de Jorco, pero en estos dos últimos distritos no las inscribió para Miembros de Concejo de Distrito ni para Síndicos respectivamente.

4. Que de conformidad con lo dispuesto, las votaciones se llevaron a cabo en la fecha supra señalada en todos y cada uno de los distritos del cantón Aserrí de la Provincia de San José.

5. Que habiéndose recibido el sufragio de los electores en las respectivas Juntas Receptoras de Votos y remitida a este Tribunal por dichos organismos electorales la correspondiente documentación para el escrutinio final; y

 

CONSIDERANDO

 

I. Que al no haber inscrito candidaturas para Miembros de los Concejos de Distrito los partidos Movimiento Libertario y Unión Nacional según se detalló supra, debe excluírseles del reparto de estas plazas, pues los votos que hayan recibido en su favor –al haberse emitido por candidaturas inexistentes– no pueden considerarse votos válidamente emitidos, ya que tienen la misma naturaleza jurídica que los votos nulos o en blanco.

II. Que de igual modo, al no haber inscrito candidaturas para Síndicos los partidos Unión Nacional y Unidad Social Cristiana en los distritos Vuelta de Jorco y La Legua respectivamente, según se detalló supra, los votos que obtuvieron a su favor –al haberse emitido por candidaturas inexistentes– no pueden considerarse votos válidamente emitidos, ya que tienen la misma naturaleza jurídica que los votos nulos o en blanco.

III. Que, entendiendo por escrutinio el examen de la documentación electoral que de las Juntas Receptoras de Votos ha recibido este Tribunal, dirigido a la aprobación o rectificación del cómputo aritmético y legal de votos que hayan hecho las Juntas en mención, a fin de adjudicar a los partidos inscritos en los distritos mencionados las plazas de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, que en la votación corresponda (artículo 130 del Código Electoral) y practicado el predicho escrutinio de la documentación ya referida por este Organismo, para darle cumplimiento a los artículos 172 de la Constitución Política y 54 y 55 del Código Municipal, en lo que a la elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito correspondientes a los distritos del cantón Aserrí de la Provincia de San José se refiere, se dieron los resultados que se consignan en los siguientes cuadros correspondientes a los VOTOS VÁLIDOS cuyo detalle es como sigue:

 

CANTON ASERRI, VOTOS VALIDOS PARA SINDICOS, POR DISTRITO, SEGUN PARTIDO ELECCIONES 3 DE DICIEMBRE 2006

  

 
ASERRI
TARBACA
VUELTA DE JORCO
SAN GABRIEL
LA LEGUA
MONTERREY
SALITRILLOS
LIBERACION NACIONAL
1.602
215
681
354
215
124
497
MOVIMIENTO LIBERTARIO
209
18
11
8
0
0
51
ACCION CIUDADANA
811
37
191
171
0
17
119
UNION NACIONAL
153
0
0
0
0
16
24
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
954
90
301
204
0
130
183
TOTAL VOTOS VALIDOS
3.729
360
1.184
737
215
287
874
 

 

CANTON ASERRI, VOTOS VALIDOS PARA CONCEJALES DE DISTRITO, POR DISTRITO

SEGUN PARTIDO, ELECCIONES 3 DE DICIEMBRE 2006

 

 
ASERRI
TARBACA
VUELTA DE JORCO
SAN GABRIEL
LA LEGUA
MONTERREY
SALITRILLOS
LIBERACION NACIONAL
1.602
215
681
354
215
124
497
MOVIMIENTO LIBERTARIO
209
18
0
0
0
0
51
ACCION CIUDADANA
811
37
191
171
0
17
119
UNION NACIONAL
0
0
12
0
0
16
24
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
954
90
301
204
224
130
183
TOTAL VOTOS VALIDOS
3.576
360
1.185
729
439
287
874
  

IV. Que la elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, según lo establecen los artículos 134, párrafos segundo y tercero del Código Electoral y 55 del Código Municipal, se efectúa por mayoría relativa de cada distrito y por el sistema de cociente y mayor residuo o votación total equiparada (con barrera de subcociente), respectivamente.

V. Que mediante la aplicación de la normativa supra citada y practicadas las operaciones aritméticas de rigor para determinar, en el caso de los Síndicos propietarios y suplentes la mayoría relativa y en el de los Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito las plazas por el sistema de cociente y mayor residuo o votación total equiparada (con barrera de subcociente) que, en cada distrito del cantón Aserrí de la Provincia de San José, han obtenido las organizaciones políticas que intervinieron en la elección, procede consignar los resultados que figuran a continuación:

 

ADJUDICACIONES DE PLAZAS PARA CONCEJALES DE DISTRITO

SEGUN PARTIDO, ELECCIONES 3 DE DICIEMBRE 2006

 

 

PROVINCIA: SAN JOSE

CANTON: ASERRI

DISTRITO ADMINISTRATIVO: ASERRI

 

CIFRA COCIENTE 894,000

CIFRA SUBCOCIENTE 447,000

 

PARTIDO(S) A SUSTRAER: VOTOS

UNION NACIONAL 153

 

PARTIDO VOTOS COCIENTE RESIDUO CIFRA RESIDUAL

LIBERACION NACIONAL 1.602 1 708,000 1

MOVIMIENTO LIBERTARIO 209 0 0,000 0

ACCION CIUDADANA 811 0 0,000 1

UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 954 1 60,000 0

TOTAL 3.576 2 2

 

EL PARTIDO GANADOR PARA SINDICO ES: LIBERACION NACIONAL

 

 

PROVINCIA: SAN JOSE

CANTON: ASERRI

DISTRITO ADMINISTRATIVO: TARBACA

 

CIFRA COCIENTE 90,000

CIFRA SUBCOCIENTE 45,000

 

PARTIDO VOTOS COCIENTE RESIDUO CIFRA RESIDUAL

LIBERACION NACIONAL 215 2 35,000 1

MOVIMIENTO LIBERTARIO 18 0 0,000 0

ACCION CIUDADANA 37 0 0,000 0

UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 90 1 0,000 0

TOTAL 360 3 1

 

EL PARTIDO GANADOR PARA SINDICO ES: LIBERACION NACIONAL 

PROVINCIA: SAN JOSE

CANTON: ASERRI

DISTRITO ADMINISTRATIVO: VUELTA DE JORCO

 

CIFRA COCIENTE 296,250

CIFRA SUBCOCIENTE 148,125

 

PARTIDO(S) A SUSTRAER: VOTOS

MOVIMIENTO LIBERTARIO 11

 

PARTIDO VOTOS COCIENTE RESIDUO CIFRA RESIDUAL

LIBERACION NACIONAL 681 2 88,500 0

ACCION CIUDADANA 191 0 0,000 1

UNION NACIONAL 12 0 0,000 0

UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 301 1 4,750 0

TOTAL 1.185 3 1

EL PARTIDO GANADOR PARA SINDICO ES: LIBERACION NACIONAL 

PROVINCIA: SAN JOSE

CANTON: ASERRI

DISTRITO ADMINISTRATIVO: SAN GABRIEL

 

CIFRA COCIENTE 182,250

CIFRA SUBCOCIENTE 91,125

 

PARTIDO(S) A SUSTRAER: VOTOS

MOVIMIENTO LIBERTARIO 8

 

PARTIDO VOTOS COCIENTE RESIDUO CIFRA RESIDUAL

LIBERACION NACIONAL 354 1 171,750 1

ACCION CIUDADANA 171 0 0,000 1

UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 204 1 21,750 0

TOTAL 729 2 2

 

EL PARTIDO GANADOR PARA SINDICO ES: LIBERACION NACIONAL

 

PROVINCIA: SAN JOSE

CANTON: ASERRI

DISTRITO ADMINISTRATIVO: LA LEGUA

 

CIFRA COCIENTE 109,750

CIFRA SUBCOCIENTE 54,875

 

PARTIDO VOTOS COCIENTE RESIDUO CIFRA RESIDUAL

LIBERACION NACIONAL 215 1 105,250 1

UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 224 2 4,500 0

TOTAL 439 3 1

 

EL PARTIDO GANADOR PARA SINDICO ES: LIBERACION NACIONAL

 

PROVINCIA: SAN JOSE

CANTON: ASERRI

DISTRITO ADMINISTRATIVO: MONTERREY

 

CIFRA COCIENTE 71,750

CIFRA SUBCOCIENTE 35,875 

PARTIDO(S) A SUSTRAER: VOTOS

MOVIMIENTO LIBERTARIO 0

 

PARTIDO VOTOS COCIENTE RESIDUO CIFRA RESIDUAL

LIBERACION NACIONAL 124 1 52,250 1

ACCION CIUDADANA 17 0 0,000 0

UNION NACIONAL 16 0 0,000 0

UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 130 1 58,250 1

TOTAL 287 2 2

 

EL PARTIDO GANADOR PARA SINDICO ES: UNIDAD SOCIAL CRISTIANA

PROVINCIA: SAN JOSE

CANTON: ASERRI

DISTRITO ADMINISTRATIVO: SALITRILLOS

 

CIFRA COCIENTE 218,500

CIFRA SUBCOCIENTE 109,250

 

PARTIDO VOTOS COCIENTE RESIDUO CIFRA RESIDUAL

LIBERACION NACIONAL 497 2 60,000 0

MOVIMIENTO LIBERTARIO 51 0 0,000 0

ACCION CIUDADANA 119 0 0,000 1

UNION NACIONAL 24 0 0,000 0

UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 183 0 0,000 1

TOTAL 874 2 2

 

EL PARTIDO GANADOR PARA SINDICO ES: LIBERACION NACIONAL 

VI. Que por no haber inscrito el partido Unidad Social Cristiana, según se especificó supra, candidaturas a los puestos de Síndicos propietario y suplente en el predicho distrito La Legua, resulta jurídicamente necesario declarar ganador de la Sindicalía, en aquella circunscripción electoral, como en efecto se hará, al segundo partido que obtuvo mayor cantidad de votos, a saber el Partido Liberación Nacional que inscribió en debida forma las candidaturas en mención y obtuvo una votación que cumple con todos los presupuestos del régimen aplicable a estas votaciones.

 

 

POR TANTO

 

De conformidad con lo expuesto y con fundamento en las disposiciones de los artículos 102, incisos 7) y 8) y 172 de la Constitución Política; 97, 98, 99 y 134, párrafos segundo y tercero, del Código Electoral y 54 y 55 del Código Municipal, se declaran electos Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito del cantón Aserrí de la provincia de San José, que se detallan infra, para el período legal comprendido entre el cinco de febrero del dos mil siete y el seis de febrero del dos mil once, a las siguientes personas:

 

ASERRI

 

SINDICOS

PROPIETARIA SUPLENTE

MARIA DEL ROSARIO BARBOZA MASIS ELIEZER FALLAS SALAZAR

 

 

 

 

 

CONCEJALES DE DISTRITO

PROPIETARIOS

CARMEN MARIA RETANA SEGURA P.L.N

FERNELLY ARIAS SOLANO P.L.N

FERNANDO ALEXIS SOLANO CORRALES P.U.S.C

MARIA MARGARITA FLORES ALVARADO P.A.C 

SUPLENTES

MARIA DEL CARMEN ARIAS ARGUEDAS P.L.N

JUAN LUIS MENA MORA P.L.N

CARLOS LUIS SOLANO OROZCO P.U.S.C

JENNY CHAVARRIA FALLAS P.A.C

 

TARBACA

 

SINDICOS

PROPIETARIA SUPLENTE

GISELLE PATRICIA CHAVARRIA FALLAS SOLEDAD MARIA HIDALGO FALLAS 

CONCEJALES DE DISTRITO

PROPIETARIOS

MARIO ALBERTO MOLINA SEGURA P.L.N

GERARDINA FALLAS ARAYA P.L.N

OLGA FALLAS QUIROS P.L.N

MIRIAM SEGURA BARBOZA P.U.S.C 

SUPLENTES

LIGIA MARIA FALLAS MONGE P.L.N

GILBERT MORA ROJAS P.L.N

JORGE ARTURO SABORIO MESEN P.L.N

CLAIRE ARIAS SEGURA P.U.S.C 

VUELTA DE JORCO 

SINDICOS

PROPIETARIO SUPLENTE

JOSE VALDEMAR VALVERDE BARBOZA ZAIRA LORENA CASTRO CORRALES

 

CONCEJALES DE DISTRITO

PROPIETARIOS

MAYNOR MORA NARANJO P.L.N

MARIA NELLY HERNANDEZ MESEN P.L.N

XINIA VICTORIA MONGE MONGE P.U.S.C

JORGE MARIO CORDERO BARBOZA P.A.C 

SUPLENTES

CARLOS ALBERTO GAMBOA DIAZ P.L.N

FLOR CHINCHILLA CARVAJAL P.L.N

RONALD GERARDO DURAN CASTRO P.U.S.C

LUIS ANTONIO HERNANDEZ MORA P.A.C 

SAN GABRIEL

 

SINDICOS

PROPIETARIO SUPLENTE

WILFRIDO SANDI SANDI HANNIA ABARCA VALVERDE

 

 

 

 

 

CONCEJALES DE DISTRITO

PROPIETARIOS

GERARDO CORRALES MORA P.L.N

CLAUDIA VALVERDE VARGAS P.L.N

OLGA LIDIETH CORELLA UREÑA P.U.S.C

HANNIA PEREZ BRENES P.A.C 

SUPLENTES

YAMILETH PICADO NARANJO P.L.N

CARLOS LUIS HIDALGO MORA P.L.N

VERNY ENRIQUE UREÑA BADILLA P.U.S.C

FABIAN ABARCA CALDERON P.A.C

 

LA LEGUA

 

SINDICOS

PROPIETARIO SUPLENTE

JORGE ARTURO MORALES BARBOZA ANA LORENA ROJAS CAMACHO 

CONCEJALES DE DISTRITO

PROPIETARIOS

VIRGINIA ESPINOZA CAMACHO P.U.S.C

MARGOTH RIVERA PADILLA P.U.S.C

GILBERTO GARCIA JIMENEZ P.L.N

HEILIN MADRIGAL SEGURA P.L.N 

SUPLENTES

MARIA AUXILIADORA AGUILAR ALVARADO P.U.S.C

YESSENIA MARIA NAVARRO MENA P.U.S.C

ELVIN PADILLA VALVERDE P.L.N

C.C. EDWIN PADILLA VALVERDE

RIGOBERTO MENA SUAREZ P.L.N

 

MONTERREY

 

SINDICOS

PROPIETARIO SUPLENTE

ODILIO BONILLA UREÑA CINTHIA GABRIELA OROZCO ESTRADA

 

CONCEJALES DE DISTRITO

PROPIETARIOS

CARMEN CARDENAS HIDALGO P.U.S.C

JOSE GILBERTO SOLIS CAMACHO P.U.S.C

VIVIANA SEGURA VINDAS P.L.N

GONZALO PADILLA FALLAS P.L.N

 

SUPLENTES

ROGER ROLANDO CARDENAS FONSECA P.U.S.C

MARTINA PICADO CARDENAS P.U.S.C

FRANCISCO ZUÑIGA BONILLA P.L.N

MARIA CRISTINA ZUÑIGA PICADO P.L.N

 

SALITRILLOS

 

SINDICOS

PROPIETARIO SUPLENTE

MARCO TULIO CARDENAS CERDAS MARIA LILIANA GUERRERO CARDENAS

C.C. MARIA LILLIANA GUERRERO CARDENAS

 

 

 

CONCEJALES DE DISTRITO

PROPIETARIOS

CARLOS LUIS CAMBRONERO RODRIGUEZ P.L.N

ANDREA MARIN ALVARADO P.L.N

FLORA ALICIA ALVARADO LEON P.U.S.C

ELENA MORA ALVARADO P.A.C

 

SUPLENTES

ANTONIO GERARDO SEGURA FERNANDEZ P.L.N

MARITZA ISABEL VALVERDE CAMPOS P.L.N

RODRIGO LOPEZ AGUERO P.U.S.C

MERCEDES MORA CARMONA P.A.C

 

 

Comuníquese esta declaratoria a las personas electas por medio de la correspondiente Secretaría Municipal, a los Concejos Municipales, al Instituto de Fomento y Asesoría Municipal, a los partidos políticos que intervinieron en la respectiva elección, a los Poderes del Estado y a la Contraloría General de la República. Consígnese en el Libro de Actas y publíquese en el Diario Oficial.------------------------------------------------------------- 

 
 
 
 
 
 
 
Oscar Fonseca Montoya
Presidente
 
 
 
 
 
Luis Antonio Sobrado González
Magistrado
 
 
 
 
 
Eugenia María Zamora Chavarría
Magistrada
  

Programa de Declaratorias de Elección

Declaratoria de Síndicos y Concejales

Provincia de San José Cantón Aserrí