N° 0192-E-2007.- TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, a las siete horas con treinta y cinco minutos del diecisiete de enero del dos mil siete.

 

Declaratoria de Elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito correspondientes a los distritos del cantón Oreamuno de la Provincia de Cartago, para el período legal que se iniciará el cinco de febrero del dos mil siete y que concluirá el seis de febrero del dos mil once.

 

RESULTANDO

 

1. Que el Tribunal Supremo de Elecciones por Decreto Número 8-2006, del 1° de agosto del 2006, publicado en “La Gaceta” N° 155 del 14 de agosto del 2006, cumpliendo con lo ordenado por los artículos 9, 99, 102, inciso 1), 169 y 172 de la Constitución Política; 97 del Código Electoral; 14, 54 y 55 del Código Municipal; y 6 y 7 de la Ley General de Concejos Municipales de Distrito, convocó a elecciones de Alcaldes propietarios y suplentes, Síndicos propietarios y suplentes, Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito y de los Concejos Municipales de Distrito e Intendentes.

2. Que con la finalidad de darle cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 169 y 172 de la Constitución Política, para el período legal que se iniciará el próximo cinco de febrero del dos mil siete y que concluirá el seis de febrero del dos mil once, el decreto indicado en el resultando anterior señaló el domingo 3 de diciembre del 2006 como fecha para celebrar las correspondientes votaciones.

3. Que para participar en las elecciones de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, que se celebraron en los diferentes distritos del cantón Oreamuno de la provincia de Cartago, en todos y cada uno de ellos inscribieron oportunamente candidaturas los partidos Liberación Nacional, Verde Ecologista, Movimiento Libertario, Acción Ciudadana, Unión Nacional y Unidad Social Cristiana, salvo el Partido Verde Ecologista que no inscribió candidaturas para Miembros de Concejo de Distrito y el Partido Movimiento Libertario en el distrito Potrero Cerrado donde no inscribió candidaturas para Miembros de Concejo de Distrito.

4. Que de conformidad con lo dispuesto, las votaciones se llevaron a cabo en la fecha supra señalada en todos y cada uno de los distritos del cantón Oreamuno de la Provincia de Cartago.

5. Que habiéndose recibido el sufragio de los electores en las respectivas Juntas Receptoras de Votos y remitida a este Tribunal por dichos organismos electorales la correspondiente documentación para el escrutinio final; y

 

CONSIDERANDO

 

I. Que al no haber inscrito candidaturas para Miembros de los Concejos de Distrito los partidos Verde Ecologista y Movimiento Libertario según se detalló supra, debe excluírseles del reparto de estas plazas, pues los votos que hayan recibido en su favor –al haberse emitido por candidaturas inexistentes– no pueden considerarse votos válidamente emitidos, ya que tienen la misma naturaleza jurídica que los votos nulos o en blanco.

II. Que, entendiendo por escrutinio el examen de la documentación electoral que de las Juntas Receptoras de Votos ha recibido este Tribunal, dirigido a la aprobación o rectificación del cómputo aritmético y legal de votos que hayan hecho las Juntas en mención, a fin de adjudicar a los partidos inscritos en los distritos mencionados las plazas de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, que en la votación corresponda (artículo 130 del Código Electoral) y practicado el predicho escrutinio de la documentación ya referida por este Organismo, para darle cumplimiento a los artículos 172 de la Constitución Política y 54 y 55 del Código Municipal, en lo que a la elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito correspondientes a los distritos del cantón Oreamuno de la Provincia de Cartago se refiere, se dieron los resultados que se consignan en los siguientes cuadros correspondientes a los VOTOS VÁLIDOS cuyo detalle es como sigue:-------------------------------------------------------------

CANTON OREAMUNO, VOTOS VALIDOS PARA SINDICOS, POR DISTRITO, SEGUN PARTIDO ELECCIONES 3 DE DICIEMBRE 2006

  
 
SAN RAFAEL
COT
POTRERO CERRADO
CIPRESES
SANTA ROSA
LIBERACION NACIONAL
1.253
304
66
267
83
VERDE ECOLOGISTA
35
15
1
11
5
MOVIMIENTO LIBERTARIO
212
8
2
3
3
ACCION CIUDADANA
1.849
209
72
66
28
UNION NACIONAL
583
1.137
68
151
113
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
480
169
88
119
52
TOTAL VOTOS VALIDOS
4.412
1.842
297
617
284
 

CANTON OREAMUNO, VOTOS VALIDOS PARA CONCEJALES DE DISTRITO, POR DISTRITO SEGUN PARTIDO, ELECCIONES 3 DE DICIEMBRE 2006

 
 
SAN RAFAEL
COT
POTRERO CERRADO
CIPRESES
SANTA ROSA
LIBERACION NACIONAL
1.253
304
66
267
83
MOVIMIENTO LIBERTARIO
212
8
0
3
3
ACCION CIUDADANA
1.849
209
72
66
28
UNION NACIONAL
583
1.137
68
151
113
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
480
169
88
119
52
TOTAL VOTOS VALIDOS
4.377
1.827
294
606
279
 

III. Que la elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, según lo establecen los artículos 134, párrafos segundo y tercero, del Código Electoral y 55 del Código Municipal, se efectúa por mayoría relativa de cada distrito y por el sistema de cociente y mayor residuo o votación total equiparada (con barrera de subcociente), respectivamente.

IV. Que mediante la aplicación de la normativa supra citada y practicadas las operaciones aritméticas de rigor para determinar, en el caso de los Síndicos propietarios y suplentes la mayoría relativa y en el de los Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito las plazas por el sistema de cociente y mayor residuo o votación total equiparada (con barrera de subcociente) que, en cada distrito del cantón Oreamuno de la Provincia de Cartago, han obtenido las organizaciones políticas que intervinieron en la elección, procede consignar los resultados que figuran a continuación:

ADJUDICACIONES DE PLAZAS PARA CONCEJALES DE DISTRITO

SEGUN PARTIDO, ELECCIONES 3 DE DICIEMBRE 2006

 

PROVINCIA: CARTAGO

CANTON: OREAMUNO

DISTRITO ADMINISTRATIVO: SAN RAFAEL 

CIFRA COCIENTE 1.094,250

CIFRA SUBCOCIENTE 547,125 

PARTIDO(S) A SUSTRAER: VOTOS

VERDE ECOLOGISTA 35 

PARTIDO VOTOS COCIENTE RESIDUO CIFRA RESIDUAL

LIBERACION NACIONAL 1.253 1 158,750 0

MOVIMIENTO LIBERTARIO 212 0 0,000 0

ACCION CIUDADANA 1.849 1 754,750 1

UNION NACIONAL 583 0 0,000 1

UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 480 0 0,000 0

TOTAL 4.377 2 2 

EL PARTIDO GANADOR PARA SINDICO ES: ACCION CIUDADANA 

PROVINCIA: CARTAGO

CANTON: OREAMUNO

DISTRITO ADMINISTRATIVO: COT

 

CIFRA COCIENTE 456,750

CIFRA SUBCOCIENTE 228,375 

PARTIDO(S) A SUSTRAER: VOTOS

VERDE ECOLOGISTA 15 

PARTIDO VOTOS COCIENTE RESIDUO CIFRA RESIDUAL

LIBERACION NACIONAL 304 0 0,000 1

MOVIMIENTO LIBERTARIO 8 0 0,000 0

ACCION CIUDADANA 209 0 0,000 0

UNION NACIONAL 1.137 2 223,500 1

UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 169 0 0,000 0

TOTAL 1.827 2 2 

EL PARTIDO GANADOR PARA SINDICO ES: UNION NACIONAL 

PROVINCIA: CARTAGO

CANTON: OREAMUNO

DISTRITO ADMINISTRATIVO: POTRERO CERRADO 

CIFRA COCIENTE 73,500

CIFRA SUBCOCIENTE 36,750 

PARTIDO(S) A SUSTRAER: VOTOS

VERDE ECOLOGISTA 1

MOVIMIENTO LIBERTARIO 2 

PARTIDO VOTOS COCIENTE RESIDUO CIFRA RESIDUAL

LIBERACION NACIONAL 66 0 0,000 1

ACCION CIUDADANA 72 0 0,000 1

UNION NACIONAL 68 0 0,000 1

UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 88 1 14,500 0

TOTAL 294 1 3 

EL PARTIDO GANADOR PARA SINDICO ES: UNIDAD SOCIAL CRISTIANA

PROVINCIA: CARTAGO

CANTON: OREAMUNO

DISTRITO ADMINISTRATIVO: CIPRESES 

CIFRA COCIENTE 151,500

CIFRA SUBCOCIENTE 75,750 

PARTIDO(S) A SUSTRAER: VOTOS

VERDE ECOLOGISTA 11 

PARTIDO VOTOS COCIENTE RESIDUO CIFRA RESIDUAL

LIBERACION NACIONAL 267 1 115,500 1

MOVIMIENTO LIBERTARIO 3 0 0,000 0

ACCION CIUDADANA 66 0 0,000 0

UNION NACIONAL 151 0 0,000 1

UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 119 0 0,000 1

TOTAL 606 1 3 

EL PARTIDO GANADOR PARA SINDICO ES: LIBERACION NACIONAL 

 

PROVINCIA: CARTAGO

CANTON: OREAMUNO

DISTRITO ADMINISTRATIVO: SANTA ROSA 

CIFRA COCIENTE 69,750

CIFRA SUBCOCIENTE 34,875 

PARTIDO(S) A SUSTRAER: VOTOS

VERDE ECOLOGISTA 5 

PARTIDO VOTOS COCIENTE RESIDUO CIFRA RESIDUAL

LIBERACION NACIONAL 83 1 13,250 0

MOVIMIENTO LIBERTARIO 3 0 0,000 0

ACCION CIUDADANA 28 0 0,000 0

UNION NACIONAL 113 1 43,250 1

UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 52 0 0,000 1

TOTAL 279 2 2 

EL PARTIDO GANADOR PARA SINDICO ES: UNION NACIONAL

  

V. Que en el distrito Cot el Partido Unión Nacional resultó ganador de tres plazas para Miembros propietarios y suplentes de Concejo de Distrito, aunque sólo inscribió cuatro candidaturas para concejales propietarios y una candidatura para concejal suplente, por lo que al no haber propuesto suficientes candidaturas a concejales suplentes para las plazas en mención, en orden a que se pueda constituir en debida forma el órgano que estos funcionarios de elección popular deben integrar, lo procedente es efectuar la respectiva declaratoria del primer, segundo y tercer candidato a Concejal de Distrito propietario en esa condición, la del primer candidato a Concejal de Distrito suplente en esa condición y la del cuarto candidato a Concejal de Distrito propietario en condición de segundo Concejal de Distrito suplente, acorde con la jurisprudencia de este Tribunal, específicamente la resolución Nº 2332-M-2003.

VI. Que en el mismo sentido, en el distrito Potrero Cerrado el Partido Unión Nacional resultó ganador de una plaza para Miembros propietario y suplente de Concejo de Distrito, aunque sólo inscribió dos candidaturas para concejales propietarios, por lo que al no haber propuesto candidaturas a concejales suplentes para la plaza en mención, en orden a que se pueda constituir en debida forma el órgano que estos funcionarios de elección popular deben integrar, lo procedente es efectuar la respectiva declaratoria del primer candidato a Concejal de Distrito propietario en esa condición y la del segundo candidato a Concejal de Distrito propietario en condición de primer Concejal de Distrito suplente, acorde con la jurisprudencia de este Tribunal, específicamente la resolución Nº 2332-M-2003.

VII. Que de igual forma, en el distrito Santa Rosa el Partido Unión Nacional resultó ganador de dos plazas para Miembros propietarios y suplentes de Concejo de Distrito, aunque sólo inscribió cuatro candidaturas para concejales propietarios, por lo que al no haber propuesto candidaturas a concejales suplentes para las plazas en mención, en orden a que se pueda constituir en debida forma el órgano que estos funcionarios de elección popular deben integrar, lo procedente es efectuar la respectiva declaratoria del primer y segundo candidato a Concejal de Distrito propietario en esa condición y la del tercer y cuarto candidato a Concejal de Distrito propietario en condición de primer y segundo Concejal de Distrito suplente, acorde con la jurisprudencia de este Tribunal, específicamente la resolución Nº 2332-M-2003.

 

POR TANTO

 

De conformidad con lo expuesto y con fundamento en las disposiciones de los artículos 102, incisos 7) y 8) y 172 de la Constitución Política; 97, 98, 99 y 134, párrafos segundo y tercero, del Código Electoral y 54 y 55 del Código Municipal, se declaran electos Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito del cantón Oreamuno de la provincia de Cartago, que se detallan infra, para el período legal comprendido entre el cinco de febrero del dos mil siete y el seis de febrero del dos mil once, a las siguientes personas:-------------------------------------------------------

SAN RAFAEL 

SINDICOS

PROPIETARIO SUPLENTE

DORIAN CARBALLO VALERIN KATTIA LISBETH QUIROS FERNANDEZ 

CONCEJALES DE DISTRITO

PROPIETARIOS

CARLOS EDUARDO SOLANO UREÑA P.A.C

MARTA EUGENIA RODRIGUEZ ALVAREZ P.A.C

JORGE ALBERTO ESCALANTE GALLARDO P.L.N

JOSE FAUSTINO CASTILLO ZUÑIGA P.U.NAC 

SUPLENTES

ALVARO ALEXIS GUTIERREZ SOLANO P.A.C

ANA GABRIELA VALVERDE GUILLEN P.A.C

ALEXIS GERARDO MATA CARPIO P.L.N

C.C. ALEX GERARDO MATA CARPIO

JOSE DAVID QUESADA ZUÑIGA P.U.NAC

 

COT 

SINDICOS

PROPIETARIO SUPLENTE

JOSE LUIS CHACON PEREZ ANDREA DE LOS ANGELES OROZCO MENDEZ 

CONCEJALES DE DISTRITO

PROPIETARIOS

VICTOR MANUEL MASIS GOMEZ P.U.NAC

VIDALIA RAMIREZ PEREZ P.U.NAC

RAFAEL ALBERTO MENDEZ MENDEZ P.U.NAC

LUIS GUILLERMO MAROTO PEREZ P.L.N 

SUPLENTES

CARLOS OROZCO TORRES P.U.NAC

LIDIA ROSA MENDEZ ROJAS P.U.NAC

NO INSCRIBIO CANDIDATURA P.U.NAC

ALVARO TORRES HERNANDEZ P.L.N

 

POTRERO CERRADO 

SINDICOS

PROPIETARIO SUPLENTE

RENE NUÑEZ QUIROS MARIA ISABEL HERNANDEZ AGUILAR 

CONCEJALES DE DISTRITO

PROPIETARIOS

DAMARIS MARIN GARITA P.U.S.C

JOSE GABRIEL GARITA BONILLA P.A.C

JORGE DAVID BRENES GOMEZ P.U.NAC

ZORAIDA MORA SOLANO P.L.N 

SUPLENTES

MARIA AUXILIADORA GRANADOS RUIZ P.U.S.C

JOSE EDWIN GOMEZ GOMEZ P.A.C

FLOR MARIA CORDERO RODRIGUEZ P.U.NAC

MARTIN ALVAREZ ALVAREZ P.L.N

 

CIPRESES 

SINDICOS

PROPIETARIO SUPLENTE

CARLOS GEOVANNY PEREIRA RAMIREZ MARIA EUGENIA MONTENEGRO BRENES

 

CONCEJALES DE DISTRITO

PROPIETARIOS

MARIA EUGENIA ZELEDON ULLOA P.L.N

EVELIO SOLANO COTO P.L.N

ANIBAL GERARDO ROJAS LOAIZA P.U.NAC

YAMILETTE MARIA ALVAREZ BRENES P.U.S.C 

SUPLENTES

KATTYA JIMENEZ VALVERDE P.L.N

ARMANDO CALDERON MONTENEGRO P.L.N

FERNANDO GUILLEN MONTENEGRO P.U.NAC

JOSE FRANCISCO GAMBOA COTO P.U.S.C

 

SANTA ROSA 

SINDICOS

PROPIETARIO SUPLENTE

MARTIN MONTENEGRO FIGUEROA MARIA MARGOT VARGAS SOLANO 

CONCEJALES DE DISTRITO

PROPIETARIOS

ABDON ANTONIO RIVERA GARITA P.U.NAC

MONICA MONTENEGRO SANCHEZ P.U.NAC

ZENEIDA BELEN MASIS TORRES P.L.N

HECTOR ANTONIO SOLANO BRENES P.U.S.C 

SUPLENTES

VICTOR HUGO TORRES REDONDO P.U.NAC

LISBETH MARIA SANABRIA MONTENEGRO P.U.NAC

JORGE HUGO GOMEZ MONTENEGRO P.L.N

OLGA PATRICIA SANCHEZ SOTO P.U.S.C

 

Comuníquese esta declaratoria a las personas electas por medio de la correspondiente Secretaría Municipal, a los Concejos Municipales, al Instituto de Fomento y Asesoría Municipal, a los partidos políticos que intervinieron en la respectiva elección, a los Poderes del Estado y a la Contraloría General de la República. Consígnese en el Libro de Actas y publíquese en el Diario Oficial.------------------------------------------------------------- 

  

 
 
 
 
 
Oscar Fonseca Montoya
Presidente
 
 
 
 
 
Luis Antonio Sobrado González
Magistrado
 
 
 
 
 
Eugenia María Zamora Chavarría
Magistrada
  

Programa de Declaratorias de Elección

Declaratoria de Síndicos y Concejales

Provincia de Cartago Cantón Oreamuno