N° 0218-E-2007.- TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, a las ocho horas con diez minutos del dieciocho de enero del dos mil siete.

 

Declaratoria de Elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito correspondientes a los distritos del cantón Bagaces de la Provincia de Guanacaste, para el período legal que se iniciará el cinco de febrero del dos mil siete y que concluirá el seis de febrero del dos mil once.

 

RESULTANDO

 

1. Que el Tribunal Supremo de Elecciones por Decreto Número 8-2006, del 1° de agosto del 2006, publicado en “La Gaceta” N° 155 del 14 de agosto del 2006, cumpliendo con lo ordenado por los artículos 9, 99, 102, inciso 1), 169 y 172 de la Constitución Política; 97 del Código Electoral; 14, 54 y 55 del Código Municipal; y 6 y 7 de la Ley General de Concejos Municipales de Distrito, convocó a elecciones de Alcaldes propietarios y suplentes, Síndicos propietarios y suplentes, Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito y de los Concejos Municipales de Distrito e Intendentes.

2. Que con la finalidad de darle cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 169 y 172 de la Constitución Política, para el período legal que se iniciará el próximo cinco de febrero del dos mil siete y que concluirá el seis de febrero del dos mil once, el decreto indicado en el resultando anterior señaló el domingo 3 de diciembre del 2006 como fecha para celebrar las correspondientes votaciones.

3. Que para participar en las elecciones de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, que se celebraron en los diferentes distritos del cantón Bagaces de la provincia de Guanacaste, en todos y cada uno de ellos inscribieron oportunamente candidaturas los partidos Liberación Nacional y Acción Ciudadana; por su parte, el Partido Renovación Costarricense inscribió candidaturas en los distritos Mogote y Bagaces, salvo en este último donde no las inscribió para Miembros de Concejo de Distrito, en tanto el Partido Unidad Social Cristiana inscribió candidaturas en los distritos Bagaces, Mogote y Río Naranjo tanto para Síndicos como para Miembros de Concejo de Distrito.

4. Que de conformidad con lo dispuesto, las votaciones se llevaron a cabo en la fecha supra señalada en todos y cada uno de los distritos del cantón Bagaces de la Provincia de Guanacaste.

5. Que habiéndose recibido el sufragio de los electores en las respectivas Juntas Receptoras de Votos y remitida a este Tribunal por dichos organismos electorales la correspondiente documentación para el escrutinio final; y

 

CONSIDERANDO

 

I. Que al no haber inscrito candidaturas para Miembros de los Concejos de Distrito el Partido Renovación Costarricense según se detalló supra, debe excluírsele del reparto de estas plazas, pues los votos que haya recibido en su favor –al haberse emitido por candidaturas inexistentes– no pueden considerarse votos válidamente emitidos, ya que tienen la misma naturaleza jurídica que los votos nulos o en blanco.

II. Que, entendiendo por escrutinio el examen de la documentación electoral que de las Juntas Receptoras de Votos ha recibido este Tribunal, dirigido a la aprobación o rectificación del cómputo aritmético y legal de votos que hayan hecho las Juntas en mención, a fin de adjudicar a los partidos inscritos en los distritos mencionados las plazas de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, que en la votación corresponda (artículo 130 del Código Electoral) y practicado el predicho escrutinio de la documentación ya referida por este Organismo, para darle cumplimiento a los artículos 172 de la Constitución Política y 54 y 55 del Código Municipal, en lo que a la elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito correspondientes a los distritos del cantón Bagaces de la Provincia de Guanacaste se refiere, se dieron los resultados que se consignan en los siguientes cuadros correspondientes a los VOTOS VÁLIDOS cuyo detalle es como sigue:-------------------------------------------------------------

CANTON BAGACES, VOTOS VALIDOS PARA SINDICOS, POR DISTRITO

SEGUN PARTIDO, ELECCIONES 3 DE DICIEMBRE 2006

   

 
BAGACES
FORTUNA
MOGOTE
RIO NARANJO
RENOVACION COSTARRICENSE
59
0
109
0
LIBERACION NACIONAL
1.283
310
285
140
ACCION CIUDADANA
175
206
66
17
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
411
0
46
68
TOTAL VOTOS VALIDOS
1.928
516
506
225
 

 

CANTON BAGACES, VOTOS VALIDOS PARA CONCEJALES DE DISTRITO, POR DISTRITO

SEGUN PARTIDO, ELECCIONES 3 DE DICIEMBRE 2006

  

 
BAGACES
FORTUNA
MOGOTE
RIO NARANJO
RENOVACION COSTARRICENSE
0
0
109
0
LIBERACION NACIONAL
1.283
310
285
140
ACCION CIUDADANA
175
206
66
17
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
411
0
46
68
TOTAL VOTOS VALIDOS
1.869
516
506
225
 

III. Que la elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, según lo establecen los artículos 134, párrafos segundo y tercero, del Código Electoral y 55 del Código Municipal, se efectúa por mayoría relativa de cada distrito y por el sistema de cociente y mayor residuo o votación total equiparada (con barrera de subcociente), respectivamente.

IV. Que mediante la aplicación de la normativa supra citada y practicadas las operaciones aritméticas de rigor para determinar, en el caso de los Síndicos propietarios y suplentes la mayoría relativa y en el de los Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito las plazas por el sistema de cociente y mayor residuo o votación total equiparada (con barrera de subcociente) que, en cada distrito del cantón Bagaces de la Provincia de Guanacaste, han obtenido las organizaciones políticas que intervinieron en la elección, procede consignar los resultados que figuran a continuación:

 

ADJUDICACIONES DE PLAZAS PARA CONCEJALES DE DISTRITO

SEGUN PARTIDO, ELECCIONES 3 DE DICIEMBRE 2006

 

 

 

PROVINCIA: GUANACASTE

CANTON: BAGACES

DISTRITO ADMINISTRATIVO: BAGACES

 

CIFRA COCIENTE 467,250

CIFRA SUBCOCIENTE 233,625

 

PARTIDO(S) A SUSTRAER: VOTOS

RENOVACION COSTARRICENSE 59

 

PARTIDO VOTOS COCIENTE RESIDUO CIFRA RESIDUAL

LIBERACION NACIONAL 1.283 2 348,500 1

ACCION CIUDADANA 175 0 0,000 0

UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 411 0 0,000 1

TOTAL 1.869 2 2

 

EL PARTIDO GANADOR PARA SINDICO ES: LIBERACION NACIONAL 

 

 

PROVINCIA: GUANACASTE

CANTON: BAGACES

DISTRITO ADMINISTRATIVO: FORTUNA

 

CIFRA COCIENTE 129,000

CIFRA SUBCOCIENTE 64,500

 

PARTIDO VOTOS COCIENTE RESIDUO CIFRA RESIDUAL

LIBERACION NACIONAL 310 2 52,000 0

ACCION CIUDADANA 206 1 77,000 1

TOTAL 516 3 1

 

EL PARTIDO GANADOR PARA SINDICO ES: LIBERACION NACIONAL 

 

 

PROVINCIA: GUANACASTE

CANTON: BAGACES

DISTRITO ADMINISTRATIVO: MOGOTE

 

CIFRA COCIENTE 126,500

CIFRA SUBCOCIENTE 63,250

 

PARTIDO VOTOS COCIENTE RESIDUO CIFRA RESIDUAL

RENOVACION COSTARRICENSE 109 0 0,000 1

LIBERACION NACIONAL 285 2 32,000 0

ACCION CIUDADANA 66 0 0,000 1

UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 46 0 0,000 0

TOTAL 506 2 2

 

EL PARTIDO GANADOR PARA SINDICO ES: LIBERACION NACIONAL  

 

PROVINCIA: GUANACASTE

CANTON: BAGACES

DISTRITO ADMINISTRATIVO: RIO NARANJO

 

CIFRA COCIENTE 56,250

CIFRA SUBCOCIENTE 28,125

 

PARTIDO VOTOS COCIENTE RESIDUO CIFRA RESIDUAL

LIBERACION NACIONAL 140 2 27,500 1

ACCION CIUDADANA 17 0 0,000 0

UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 68 1 11,750 0

TOTAL 225 3 1

 

EL PARTIDO GANADOR PARA SINDICO ES: LIBERACION NACIONAL

 

POR TANTO

 

De conformidad con lo expuesto y con fundamento en las disposiciones de los artículos 102, incisos 7) y 8) y 172 de la Constitución Política; 97, 98, 99 y 134, párrafos segundo y tercero, del Código Electoral y 54 y 55 del Código Municipal, se declaran electos Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito del cantón Bagaces de la provincia de Guanacaste, que se detallan infra, para el período legal comprendido entre el cinco de febrero del dos mil siete y el seis de febrero del dos mil once, a las siguientes personas:

 

BAGACES 

SINDICOS

PROPIETARIO SUPLENTE

JOSE AMED ORDOÑEZ DELGADO MARIA GABRIELA MAIRENA ALVARADO

 

CONCEJALES DE DISTRITO

PROPIETARIOS

MARIA DEL CARMEN SANDOVAL SEQUEIRA P.L.N

JOSE MANUEL LAMAS ORDOÑEZ P.L.N

MARIA CRISTINA CASTILLO BRICEÑO P.L.N

CELESTINO CERDAS BARAHONA P.U.S.C

 

SUPLENTES

MARIA ELVIRA SALAZAR NAVARRO P.L.N

MARVIN MARCIAL PICHARDO CARCAMO P.L.N

ENEIDA SANCHEZ JIMENEZ P.L.N

MANUEL ANTONIO ZUMBADO DUARTES P.U.S.C

 

 

 

 

FORTUNA 

SINDICOS

PROPIETARIO SUPLENTE

OLIDEN GUZMAN MURILLO LILIANA MARIA CHAVES ARRIETA

 

CONCEJALES DE DISTRITO

PROPIETARIOS

IDIABEL QUESADA GUZMAN P.L.N

C.C. IDEABEL QUESADA GUZMAN

XINIA PEREZ CRUZ P.L.N

C.C. XINIA MARIA PEREZ CRUZ

YORLENY RUIZ ROJAS P.A.C

EDELMIRA CORDERO MARTINEZ P.A.C

 

SUPLENTES

ROSIBEL CRUZ PEREZ P.L.N

ALFONSO CRUZ FERNANDEZ P.L.N

WILBER GERARDO QUESADA MOLINA P.A.C

DENNICE JIMENEZ RODRIGUEZ P.A.C

 

MOGOTE 

SINDICOS

PROPIETARIO SUPLENTE

ALVARO CASCANTE ESPINOZA MARIA ELENA MONGE DIAZ

 

CONCEJALES DE DISTRITO

PROPIETARIOS

JARVEY PORRAS GUZMAN P.L.N

C.C. HARVEY PORRAS GUZMAN

MARIA GLORIANA FUENTES SUAREZ P.L.N

FLORIBETH ACOSTA JIMENEZ P.R.C

KAREN QUIROS RODRIGUEZ P.A.C 

SUPLENTES

MARLENNY MENDEZ ALVARADO P.L.N

NESTOR SALAZAR SANDOVAL P.L.N

MARIO MARCIAL CASTILLO CHAVARRIA P.R.C

NIDIA NUÑEZ LOPEZ P.A.C

 

RIO NARANJO 

SINDICOS

PROPIETARIA SUPLENTE

XINIA LETICIA TREMINIO PEREZ LUCAS GONZALEZ MONTOYA

 

CONCEJALES DE DISTRITO

PROPIETARIOS

ADOLFO LOPEZ ROA P.L.N

TERESITA TREMINIO PEREZ P.L.N

SERGIO MONGE HERNANDEZ P.L.N

MAUREEN MURILLO RUIZ P.U.S.C

 

SUPLENTES

CARLOS LUIS FALLAS ROJAS P.L.N

XINIA MARIA RODRIGUEZ ALVAREZ P.L.N

JUAN BAUTISTA GONZALEZ VEGA P.L.N

ADELINA NUÑEZ ARIAS P.U.S.C 

Comuníquese esta declaratoria a las personas electas por medio de la correspondiente Secretaría Municipal, a los Concejos Municipales, al Instituto de Fomento y Asesoría Municipal, a los partidos políticos que intervinieron en la respectiva elección, a los Poderes del Estado y a la Contraloría General de la República. Consígnese en el Libro de Actas y publíquese en el Diario Oficial.-------------------------------------------------------------  

 
 
 
 
 
Oscar Fonseca Montoya
Presidente
 
 
 
 
 
Luis Antonio Sobrado González
Magistrado
 
 
 
 
 
Eugenia María Zamora Chavarría
Magistrada
  

Programa de Declaratorias de Elección

Declaratoria de Síndicos y Concejales

Provincia de Guanacaste Cantón Bagaces