N° 0220-E-2007.- TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, a las ocho horas con veinte minutos del dieciocho de enero del dos mil siete.

 

Declaratoria de Elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito correspondientes a los distritos del cantón Cañas de la Provincia de Guanacaste, para el período legal que se iniciará el cinco de febrero del dos mil siete y que concluirá el seis de febrero del dos mil once.

 

RESULTANDO

 

1. Que el Tribunal Supremo de Elecciones por Decreto Número 8-2006, del 1° de agosto del 2006, publicado en “La Gaceta” N° 155 del 14 de agosto del 2006, cumpliendo con lo ordenado por los artículos 9, 99, 102, inciso 1), 169 y 172 de la Constitución Política; 97 del Código Electoral; 14, 54 y 55 del Código Municipal; y 6 y 7 de la Ley General de Concejos Municipales de Distrito, convocó a elecciones de Alcaldes propietarios y suplentes, Síndicos propietarios y suplentes, Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito y de los Concejos Municipales de Distrito e Intendentes.

2. Que con la finalidad de darle cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 169 y 172 de la Constitución Política, para el período legal que se iniciará el próximo cinco de febrero del dos mil siete y que concluirá el seis de febrero del dos mil once, el decreto indicado en el resultando anterior señaló el domingo 3 de diciembre del 2006 como fecha para celebrar las correspondientes votaciones.

3. Que para participar en las elecciones de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, que se celebraron en los diferentes distritos del cantón Cañas de la provincia de Guanacaste, en todos y cada uno de ellos inscribieron oportunamente candidaturas los partidos Liberación Nacional, Acción Ciudadana y Unidad Social Cristiana.

4. Que de conformidad con lo dispuesto, las votaciones se llevaron a cabo en la fecha supra señalada en todos y cada uno de los distritos del cantón Cañas de la Provincia de Guanacaste.

5. Que habiéndose recibido el sufragio de los electores en las respectivas Juntas Receptoras de Votos y remitida a este Tribunal por dichos organismos electorales la correspondiente documentación para el escrutinio final; y

 

CONSIDERANDO

 

I. Que, entendiendo por escrutinio el examen de la documentación electoral que de las Juntas Receptoras de Votos ha recibido este Tribunal, dirigido a la aprobación o rectificación del cómputo aritmético y legal de votos que hayan hecho las Juntas en mención, a fin de adjudicar a los partidos inscritos en los distritos mencionados las plazas de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, que en la votación corresponda (artículo 130 del Código Electoral) y practicado el predicho escrutinio de la documentación ya referida por este Organismo, para darle cumplimiento a los artículos 172 de la Constitución Política y 54 y 55 del Código Municipal, en lo que a la elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito correspondientes a los distritos del cantón Cañas de la Provincia de Guanacaste se refiere, se dieron los resultados que se consignan en el siguiente cuadro correspondiente a los VOTOS VÁLIDOS cuyo detalle es como sigue:

CANTON CAÑAS, VOTOS VALIDOS PARA SINDICOS Y CONCEJALES DE DISTRITO

POR DISTRITO, SEGUN PARTIDO, ELECCIONES 3 DE DICIEMBRE 2006

  
 
CAÑAS
PALMIRA
SAN MIGUEL
BEBEDERO
POROSAL
LIBERACION NACIONAL
1.546
168
159
163
164
ACCION CIUDADANA
779
15
48
37
38
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
436
87
81
49
15
TOTAL VOTOS VALIDOS
2.761
270
288
249
217
 

II. Que la elección de Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, según lo establecen los artículos 134, párrafos segundo y tercero, del Código Electoral y 55 del Código Municipal, se efectúa por mayoría relativa de cada distrito y por el sistema de cociente y mayor residuo o votación total equiparada (con barrera de subcociente), respectivamente.

III. Que mediante la aplicación de la normativa supra citada y practicadas las operaciones aritméticas de rigor para determinar, en el caso de los Síndicos propietarios y suplentes la mayoría relativa y en el de los Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito las plazas por el sistema de cociente y mayor residuo o votación total equiparada (con barrera de subcociente) que, en cada distrito del cantón Cañas de la Provincia de Guanacaste, han obtenido las organizaciones políticas que intervinieron en la elección, procede consignar los resultados que figuran a continuación:

 

ADJUDICACIONES DE PLAZAS PARA CONCEJALES DE DISTRITO

SEGUN PARTIDO, ELECCIONES 3 DE DICIEMBRE 2006

 

PROVINCIA: GUANACASTE

CANTON: CAÑAS

DISTRITO ADMINISTRATIVO: CAÑAS

 

CIFRA COCIENTE 690,250

CIFRA SUBCOCIENTE 345,125 

PARTIDO VOTOS COCIENTE RESIDUO CIFRA RESIDUAL

LIBERACION NACIONAL 1.546 2 165,500 0

ACCION CIUDADANA 779 1 88,750 0

UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 436 0 0,000 1

TOTAL 2.761 3

EL PARTIDO GANADOR PARA SINDICO ES: LIBERACION NACIONAL 

 

PROVINCIA: GUANACASTE

CANTON: CAÑAS

DISTRITO ADMINISTRATIVO: PALMIRA

 

CIFRA COCIENTE 67,500

CIFRA SUBCOCIENTE 33,750 

PARTIDO VOTOS COCIENTE RESIDUO CIFRA RESIDUAL

LIBERACION NACIONAL 168 2 33,000 1

ACCION CIUDADANA 15 0 0,000 0

UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 87 1 19,500 0

TOTAL 270 3

EL PARTIDO GANADOR PARA SINDICO ES: LIBERACION NACIONAL

 

EL PARTIDO GANADOR PARA SINDICO ES: LIBERACION NACIONAL

PROVINCIA: GUANACASTE

CANTON: CAÑAS

DISTRITO ADMINISTRATIVO: SAN MIGUEL

 

CIFRA COCIENTE 72,000

CIFRA SUBCOCIENTE 36,000 

PARTIDO VOTOS COCIENTE RESIDUO CIFRA RESIDUAL

LIBERACION NACIONAL 159 2 15,000 0

ACCION CIUDADANA 48 0 0,000 1

UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 81 1 9,000 0

TOTAL 288 3 1 

EL PARTIDO GANADOR PARA SINDICO ES: LIBERACION NACIONAL 

 

PROVINCIA: GUANACASTE

CANTON: CAÑAS

DISTRITO ADMINISTRATIVO: BEBEDERO

 

CIFRA COCIENTE 62,250

CIFRA SUBCOCIENTE 31,125 

PARTIDO VOTOS COCIENTE RESIDUO CIFRA RESIDUAL

LIBERACION NACIONAL 163 2 38,500 1

ACCION CIUDADANA 37 0 0,000 0

UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 49 0 0,000 1

TOTAL 249 2 2

 

EL PARTIDO GANADOR PARA SINDICO ES: LIBERACION NACIONAL 

 

PROVINCIA: GUANACASTE

CANTON: CAÑAS

DISTRITO ADMINISTRATIVO: POROSAL

 

CIFRA COCIENTE 54,250

CIFRA SUBCOCIENTE 27,125 

PARTIDO VOTOS COCIENTE RESIDUO CIFRA RESIDUAL

LIBERACION NACIONAL 164 3 1,250 0

ACCION CIUDADANA 38 0 0,000 1

UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 15 0 0,000 0

TOTAL 217 3 1

  

EL PARTIDO GANADOR PARA SINDICO ES: LIBERACION NACIONAL

 

POR TANTO

 

De conformidad con lo expuesto y con fundamento en las disposiciones de los artículos 102, incisos 7) y 8) y 172 de la Constitución Política; 97, 98, 99 y 134, párrafos segundo y tercero, del Código Electoral y 54 y 55 del Código Municipal, se declaran electos Síndicos propietarios y suplentes y Miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito del cantón Cañas de la provincia de Guanacaste, que se detallan infra, para el período legal comprendido entre el cinco de febrero del dos mil siete y el seis de febrero del dos mil once, a las siguientes personas:

 

CAÑAS

 

SINDICOS

PROPIETARIA SUPLENTE

VERA YOLANDA RODRIGUEZ VARGAS ALVARO MILAN MONCADA

 

CONCEJALES DE DISTRITO

PROPIETARIOS

ANA ISABEL URBINA ARCE P.L.N

MARIO ALBERTO RODRIGUEZ SIBAJA P.L.N

MARITZA JARQUIN CALVO P.A.C

ALVARO MIGUEL BARAHONA ORTEGA P.U.S.C

 

SUPLENTES

OLGER CALVO CERDAS P.L.N

MERCEDES MORA MEDRANO P.L.N

HERNAN RODRIGUEZ ARIAS P.A.C

FRANCISCO ALFONSO CESPEDES VEGA P.U.S.C

 

PALMIRA

 

SINDICOS

PROPIETARIO SUPLENTE

ELIECER DELGADO SALGUERA BITINIA LOPEZ ALVARADO

 

CONCEJALES DE DISTRITO

 

PROPIETARIOS

XENIA LOPEZ CHAVES P.L.N

C.C. ZENIA LOPEZ CHAVES

ROLANDO RAMOS MURILLO P.L.N

IDALIA MURILLO LOPEZ P.L.N

LUIS ARNOLDO CORDONCILLO VANEGAS P.U.S.C

 

SUPLENTES

EVELIO GERARDO RAMOS CHACON P.L.N

ANALIA MURILLO CAMPOS P.L.N

JOSE CARLOS HERNANDEZ MURILLO P.L.N

LUIS ANDRES ARAYA HURTADO P.U.S.C

 

 

 

 

 

 

 

SAN MIGUEL

 

SINDICAS

PROPIETARIA SUPLENTE

ISABEL RAMIREZ RAMIREZ ANA YANCI SOTO HIDALGO 

CONCEJALES DE DISTRITO

 

PROPIETARIOS

ALBERTO SOLIS OVIEDO P.L.N

LEIDY ULATE BRICEÑO P.L.N

RAFAEL ANGEL REYES DELGADO P.U.S.C

LENY PATRICIA MOREIRA CASCANTE P.A.C

 

SUPLENTES

LOREN VIRGINIA ORTEGA MONTOYA P.L.N

SANTIAGO PORRAS GOMEZ P.L.N

SILENIA DE JESUS ALVARADO ALVAREZ P.U.S.C

SERGIO ALVARADO MOLINA P.A.C

 

BEBEDERO

 

SINDICOS

PROPIETARIO SUPLENTE

FREDDY GERARDO LOPEZ MOLINA SHIRLEY MEJIAS ALTAMIRANO

 

CONCEJALES DE DISTRITO

 

PROPIETARIOS

WALTER ALVAREZ SALAZAR P.L.N

ZOILA LORENA QUESADA SEQUEIRA P.L.N

LUIS ANTONIO QUIROS QUIROS P.L.N

ALBERTO QUIROS MORALES P.U.S.C

 

SUPLENTES

ALEXANDER ZAMBRANA LOPEZ P.L.N

ZENEIDA ALFARO MIRANDA P.L.N

GEINER LOPEZ CHAVARRIA P.L.N

RODOLFO VARGAS CUBERO P.U.S.C

 

POROSAL

 

SINDICOS

PROPIETARIO SUPLENTE

JOSE MACARIO MONTES CARRILLO BENILDA GARCIA ZUÑIGA 

CONCEJALES DE DISTRITO

 

PROPIETARIOS

ORLANDO MEDINA FONSECA P.L.N

LIZZETTE JIMENEZ CARRILLO P.L.N

JUAN ROGER GOMEZ MEDINA P.L.N

LIGIA MARIA GUTIERREZ FERNANDEZ P.A.C 

SUPLENTES

XINIA MAYELA DIAZ MORAGA P.L.N

TOBIAS JIMENEZ RUIZ P.L.N

FANNY MAYORGA NAVARRETE P.L.N

LUIS FERNANDO OBANDO AVILA P.A.C 

Comuníquese esta declaratoria a las personas electas por medio de la correspondiente Secretaría Municipal, a los Concejos Municipales, al Instituto de Fomento y Asesoría Municipal, a los partidos políticos que intervinieron en la respectiva elección, a los Poderes del Estado y a la Contraloría General de la República. Consígnese en el Libro de Actas y publíquese en el Diario Oficial.-------------------------------------------------------------  

 
 
 
 
 
Oscar Fonseca Montoya
Presidente
 
 
 
 
 
Luis Antonio Sobrado González
Magistrado
 
 
 
 
 
Eugenia María Zamora Chavarría
Magistrada
  

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