Nº 568-E-2006.-TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, a las siete horas ocho minutos del dieciséis de febrero de dos mil seis.

Demanda de Nulidad interpuesta por la señora Elizabeth Fonseca Corrales, mayor, soltera, Historiadora, portadora de la cédula de identidad número 4-097-783, en su condición de representante legal y Secretaria General a.i. del Partido Acción Ciudadana, en relación al acta de escrutinio de la Junta Receptora de Votos número 5787, para las elecciones de Presidente y Vicepresidentes de la República.

RESULTANDO

1.- En memorial recibido en la Secretaría de este Tribunal el 11 de febrero de 2006, la señora Elizabeth Fonseca Corrales, en su condición de representante legal y Secretaria General a.i. del Partido Acción Ciudadana, interpone demanda de nulidad contra el acta del escrutinio de la Junta Receptora de Votos número 5787, para las elecciones de Presidente y Vicepresidentes de la República, en la que se consignó que el Padrón-Registro de dicha Junta aparecía en blanco. Estima que lo anterior constituye una causal de nulidad de la citada Junta, dado el carácter de plena prueba que goza el Padrón-Registro, de conformidad con el artículo 32 del Código Electoral.

2.- En la substanciación del proceso se han observado las prescripciones de ley.

Redacta el Magistrado Rodríguez Chaverri; y,

CONSIDERANDO

ÚNICO.- Al advertir que la presente gestión constituye una reiteración del proceso contencioso electoral de demanda de nulidad que contra el acta del escrutinio de la Junta Receptora de Votos número 5787 también formulara la señora Elizabeth Fonseca Corrales, Secretaria General a.í. del Partido Acción Ciudadana, debidamente atendido por este Tribunal mediante resolución número 514-E-2006 de las 20:39 horas del 15 de febrero de 2006, tramitada bajo el expediente número 100-F-2006, lo procedente es rechazar de plano la gestión que ahora se conoce.

POR TANTO

Se rechaza la gestión planteada. Notifíquese, publíquese en el Diario Oficial La Gaceta, y consígnese en el libro de actas del Tribunal.

 

 

 

Oscar Fonseca Montoya 

 

 

Luis Antonio Sobrado González Eugenia María Zamora Chavarría 

  

 

 

Juan Antonio Casafont Odor Ovelio Rodríguez Chaverri

  

Exp. Número 104-R-2006

Demanda de Nulidad

Partido Acción Ciudadana, escrutinio de la

Junta Receptora de Votos número 5787

Vmm