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Entrega de negativos fotográficos de personas fallecidas

Definición del trámite

Entrega a familiares de los negativos fotográficos de personas fallecidas que aparezcan en el Índice de Negativos fotográficos de la Institución, producto de las gestiones cedulares del antiguo sistema de expedición de cédulas de identidad.

Requisitos

  • El gestionante debe presentar su cédula de identidad.
  • La solicitud debe gestionarla personalmente cualquiera de los parientes descritos a continuación: padres, cónyuges, hijos, tíos, nietos, abuelos, hermanos.
  • La defunción de la persona de la cual se solicitarán los negativos fotográficos debe haber ocurrido de 1996 a la fecha y estar debidamente inscrita.
  • La persona fallecida debió portar al menos una de las cédulas del antiguo formato.
  • Se debe llenar una boleta en la cual se consignan los datos de interés (Nombre completo de la persona fallecida, número de cédula, fecha de defunción, entre otros) para el respectivo estudio.Esta fórmula debe ser firmada por el gestionante, al cual se le entregará una copia.
  • El gestionante puede autorizar a un tercero, mediante una nota, para que retire los negativos solicitados.

Fundamento legal

Directriz de la Dirección General del Registro Civil, girada mediante oficio 1018-DG del 12 de octubre del 2004.

Dependencia encargada de este trámite
Padrón Electoral (Sede Central) Oficinas Regionales
Teléfonos
2287-5553 / 2287-5583 / 2287-5551 (Sede Central)
Ubicación
Segundo piso (Sede Central)

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