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Certificaciones, cuenta cedular

Definición del trámite

Gestión que realiza una persona para que se le extienda una certificación de datos relacionados con la expedición de la cédula de identidad.

Además puede contener información sobre los siguientes datos:  

  • Vigencia o caducidad.
  • Es o ha sido portadora de cédula de identidad con otra numeración.
  • Ha portado o porta “conocido como” en la cédula.
  • Tiene impedimento para firmar.
  • Es persona ciudadana en ejercicio.
  • Cambio en el nombre o apellidos.
  • Cantidad de cédulas expedidas a una persona.
  • Copias de expedientes de cédula de identidad.
  • Domicilios electorales que ha tenido.

Requisitos

  • Presentar la cédula de identidad.
  • Timbre según corresponda:
    • Pensión: ¢ 5,00 de Archivo Nacional.
    • Personal, legal, otros: ¢ 5,00 de Archivo Nacional y ¢ 12,50 de especies fiscales.
    • Fotocopias certificadas: ¢ 5,00 del Archivo Nacional, ¢ 12,50 de especies fiscales y ¢ 5,00 fiscal por cada hoja adicional.
    • Electorales: exentas de timbres.
  • Se debe llenar una solicitud cuya fórmula suministra la Institución.
  • Si la gestión no se realiza de forma personal, el o la interesada deberá presentar una solicitud, con su firma autenticada por profesional en derecho, que indique el nombre y apellidos de quien solicitará y retirará el documento.
  • Si la persona falleció, la solicitud puede hacerla un familiar cercano, siempre y cuando la defunción esté inscrita.

Oficina donde se realiza el trámite

Oficialía Mayor Electoral en Oficinas Centrales.
Oficinas Regionales (reciben las solicitudes para el trámite respectivo).
Consulados de Costa Rica.

Fundamento legal

Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, Artículo 37.

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