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Certificaciones, nacimiento, matrimonio y defunción
Definición del trámite
Gestión para obtener certificaciones de los datos contenidos en los registros de nacimiento, matrimonio o defunción.
Requisitos
- Aportar nombre y apellidos o número de cédula, de la persona de quien se requiere obtener la certificación.
- Fecha del acontecimiento (nacimiento, matrimonio o defunción).
- Boleta con los timbres respectivos (¢12.50 Fiscales y ¢5,00 Archivo Nacional).
- Si la certificación es de estado civil de una persona extranjera que no tiene inscripción en el Registro, debe aportar original y fotocopia del documento legal que le permite residir en el país (pasaporte, cédula de residencia, carné de refugiado, entre otros).
- Si se presenta una fotocopia del documento certificada por Notaría Pública, no se requiere presentar el original.
- La fotocopia del documento de identidad debe contener la página en que se encuentra impresa la fotografía, nacionalidad, fecha de vencimiento o revalidación y datos de los padres.
Oficina donde se realiza el trámite
Oficialía Mayor Civil en Oficinas Centrales.
Oficinas Regionales.
Fundamento legal
Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones, Artículo 37.