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Legitimaciones
Definición del trámite
Declaración que hacen los progenitores para que una persona se tenga como hija de matrimonio.
Requisitos
- Declaración de los progenitores ante el Registro Civil, Notaría Pública o Patronato Nacional de la Infancia, para que el hijo o hija se tenga como nacida dentro del matrimonio.
- La declaración deberá contener, los nombres, apellidos, número de documento de identidad, estado civil, profesión u oficio y nacionalidad de los progenitores, así como el nombre, apellidos y citas de inscripción de nacimiento de la persona legitimada.
- Si se solicita la legitimación a través de un escrito, la firma de los progenitores y de la persona legitimada si fuera mayor de edad, deberá ser autenticada por profesional en derecho.
- Si la persona que se legitima es mayor de dieciocho años, debe comparecer con sus progenitores consintiendo el acto.
Oficina donde se realiza el trámite
Sección de Actos Jurídicos en Oficinas Centrales.
Oficinas Regionales.
Consulados de Costa Rica.
Patronato Nacional de la Infancia.
Notarías Públicas.
Fundamento legal
Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, Artículos 63.
Código de Familia, Artículos 81 y 84.