1. PRINCIPIOS DE INTERPRETACIÓN ELECTORAL

1.7 Principio de seguridad jurídica


Garantías de participación de los afiliados partidarios. Principios de igualdad y de seguridad. Los partidos políticos tienen la necesidad de que existan espacios de participación en donde sus afiliados cuenten con las mayores opciones de elección posible en los procesos en donde se designan a los representantes que integran los diferentes órganos de dirección del partido, o en los que tienen como propósito la designación de sus candidatos, para lo cual a su vez, resulta indispensable que se favorezca la participación de todos aquellos que cumplan con los requisitos y deseen postularse. Esta garantía de participación en los procesos internos de los partidos, requiere el reconocimiento y respeto de al menos dos principios fundamentales: la igualdad y la seguridad, que resultan ilusorios si no se adoptan las medidas adecuadas en la estructura y organización, capaces de asegurar que el proceso se llevará a cabo de manera transparente, imparcial, racional, pluralista y equitativo.

1440-E-2000 de las 15:00 horas del 14 de julio del 2000.Acciones de Nulidad Absoluta acumuladas, presentadas por su orden por los señores Fabio Enrique Delgado Hernández y Álvaro Marín Rojas, a la que se tuvo por adheridos al señor Álvaro Montero Mejía y a la señora Esperanza Tasies Castro, y por Larry Wein Calvin y José Luís Castillo Solano en contra de la convocatoria a asambleas distritales, cantonales, provinciales y nacional acordada por el Comité Ejecutivo Superior del Partido Fuerza Democrática.