ACTA Nº 51-2005

 

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas con treinta minutos del veinticuatro de mayo del dos mil cinco, con asistencia de los señores Magistrados Fonseca Montoya, quien preside, Sobrado González, Casafont Odor, Rodríguez Chaverri y Del Castillo Riggioni. 

ARTÍCULO PRIMERO.- Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Se conocen los siguientes asuntos:

a) Se conoce nuevamente el informe de la “Comisión especial para contrapuesta Unisys” (oficio n.º 01-2005-CCU suscrito por el Lic. Fernando Víquez el 3 de marzo de 2005), el informe de Asesoría Jurídica n.º AJ-037-2005 (del 31 de enero del 2005) y la advertencia de la Auditoría Interna contenida en su oficio n.º 110-A.I.-2005 (de 28 de marzo del 2005). Se tratan dichos documentos conjuntamente con el oficio de la indicada comisión n.º 02-2005-CCU (de 4 de abril pasado) y el nuevo informe que rinde la Asesoría Jurídica (n.º A.J.-141-2005 de 26 de abril del 2005), referidos a la advertencia de la Auditoría Interna arriba precisada.

Se acuerda: Luego de un detenido análisis y amplia valoración de los documentos de cita, el Tribunal toma las siguientes decisiones:

1.- A la luz de los informes de la Asesoría Jurídica, tenemos por despejadas las dudas externadas por la Auditoría Interna en torno a la viabilidad jurídica de una eventual transacción de los litigios que el Estado sostiene actualmente con la empresa Unisys ante los tribunales de justicia, la cual -en caso de concretarse- deberá someterse al conocimiento de la Contraloría General de la República de previo a ser acordada en firme y remitida a la Procuraduría General de la República.

2.- Existe consenso entre todos los actores institucionales sobre la inconveniencia de la oferta en punto al sistema de impresión del SICI.

3.- El Tribunal tampoco estima conveniente la posibilidad de incluir dentro de una eventual transacción lo relativo a la sustitución del A-14 mediante el suministro temporal de un equipo marca Unisys, por los siguientes motivos:

3.a) Si bien en el estudio de factibilidad para reemplazar dicho equipo -elaborado por la Oficina de Proyectos Tecnológicos y aprobado en su oportunidad por el Comité Gerencial de Informática (CGI) y este Tribunal- se determinó la necesidad de contar con un computador que asegurara el proceso electoral y la continuidad de los servicios, entre tanto se logra desarrollar la migración y el rediseño de los datos y aplicaciones a nuevos lenguajes, lo cierto es que dado lo avanzado del calendario electoral y teniendo en cuenta el lapso que demandaría alcanzar el acuerdo de transacción y su formalización, en la actualidad esto no representa una solución viable para enfrentar los riesgos asociados a la utilización del A-14 para las próximas elecciones.

3.b) El Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones ha venido haciendo un gran esfuerzo para migrar hacia otra plataforma tecnológica las aplicaciones que dan sustento a los programas electorales, cuyo propósito es aminorar la carga del A-14 y ofrecer lo que se visualizaba como una solución contingencial si no se lograba la sustitución del A-14 antes del referido momento crítico. Dicho esfuerzo debe ser más bien estimulado y ampliado a los programas civil y electoral, por lo que se procurará que dicho Departamento llegue a contar con el soporte técnico y el personal adecuado a esos efectos.

3.c) En lo que concierne a la continuidad de los servicios normales que presta la Institución, se dará prioridad y se concretará lo relativo al reforzamiento del A-14 y a preservar su mantenimiento, de manera que alcance un adecuado funcionamiento durante el lapso que demandará la ya citada migración y rediseño de los datos y aplicaciones informáticas.

3.d) Por los mismos motivos señalados anteriormente, ahora no resulta oportuno ni acorde con las definiciones estratégicas de la institución hacer mayores inversiones en tecnología propietaria, que favorecen escenarios en donde prevalecen menores posibilidades de concurrencia de proveedores en materia informática.

4.- Las necesidades institucionales apuntan hacia la necesaria atención de las áreas críticas en el funcionamiento del SICI, ya determinadas en distintos estudios internos. En consecuencia, el Tribunal juzga conveniente que la contrapropuesta se oriente al reforzamiento del SICI, en términos de mantenimiento y reemplazo de los dispositivos con mayor nivel de obsolescencia, con el propósito de alargar la vida útil del sistema y poder así alcanzar con menores riesgos la etapa de sustitución del sistema. Es bajo esta directriz y teniendo en cuenta los estudios ya referidos, que el CGI deberá replantear la contrapropuesta y velar por una valoración adecuada -en términos de costo-beneficio- de lo que llegue a determinarse como objeto de una posible transacción. ACUERDO FIRME.

b) De la señora Mary Anne Mannix Arnold, Asesora Jurídica a.i., se conoce:

1) Oficio Nº A.J. 157-2005 del 19 de mayo del 2005, mediante el cual, en atención a lo dispuesto por el Tribunal en sesión Nº 37-2005, artículo segundo, según el cual se paso a su estudio e informe la petición del señor Gustavo Adolfo Herrera Madrigal, propietario del local que ocupa la Oficina Regional de Puriscal, para que se revisara lo resuelto en sesión Nº 21-2005, artículo quinto, según el cual se le denegó la gestión de reajuste de precio solicitada por nota del 8 de noviembre del 2004, y de conformidad con las razones que expone y en caso de que se acoja su informe, recomienda modificar el referido acuerdo para que sea aprobada la solicitud de reajuste de precio en un 15% sobre el precio originalmente pactado.

Se dispone: Tener por rendido el informe el cual se acoge. En consecuencia se aprueba la solicitud de reajuste de la renta del local de la Oficina Regional de Puriscal conforme se recomienda. Proceda la Contaduría a efectuar los trámites de pago correspondientes. ACUERDO FIRME.

2) Oficio Nº A.J. 170-2005 del 19 de mayo del 2005, mediante el cual, en atención a lo dispuesto por el Tribunal en sesión Nº 39-2005, artículo segundo, comunicado por oficio Nº 2430-TSE-2005 del 26 de abril del año en curso, emite criterio con respecto a la sugerencia del señor Gilberto Gómez Guillén, Contador del Tribunal, para que de previo a que se rinda el informe que corresponda sobre los cálculos de rigor para el reconocimiento de prestaciones laborales que se solicitan, la Asesoría Jurídica se pronuncie sobre su procedencia. Al respecto la Licda. Mannix Arnold, con fundamento en los argumentos que expone, recomienda que de ahora en adelante, cada vez que el Departamento de Recursos Humanos informe al Tribunal de cualquier gestión de pago de prestaciones laborales, adjunte a su comunicación una certificación de los aspectos que indicó en el punto “C” de su informe: sean la fecha de rige de la relación laboral, licencias sin goce de salario, prórrogas de contrato, reconocimiento laborado en otras instituciones estatales, antigüedad del funcionario, fecha de notificación personal del cese de labores, rubros salariales que se le adeuden, vacaciones pendientes de disfrutar y la fecha del nuevo nombramiento, en los casos en que el funcionario haya sido contratado nuevamente; así como cualquier otro aspecto que considere oportuno certificar, con el objeto de que la Contaduría institucional cuente con toda la información necesaria y fehaciente para realizar el cálculo financiero que le corresponde, el cual posteriormente trasladará a la Asesoría Jurídica, junto con copia de la certificación del Departamento de Recursos Humanos, para confeccionar el respectivo proyecto de resolución que se someterá a conocimiento de este Tribunal.

Se dispone: Aprobar la recomendación que hace la Asesoría Jurídica. Procédase en lo sucesivo conforme se sugiere. ACUERDO FIRME.

3) Oficio Nº A.J. 171-2005 del 19 de mayo del 2005, mediante el cual, en atención a lo dispuesto por el Tribunal en sesión Nº 45-2005 del pasado 10 de mayo, artículo vigésimo quinto, al conocer nota de la señora Olga Nidia Fallas Madrigal, exmagistrada de este Organismo, rinde el informe que le fue solicitado, y por las razones que expone, recomienda que el Departamento de Recursos Humanos suministre la información necesaria a la Contaduría institucional para que ésta realice el cálculo respectivo, el cual deberá trasladase a esa Asesoría para la elaboración del proyecto de resolución correspondiente, que es el trámite usual que se sigue en la institución en todos los casos de pago de prestaciones laborales.

Se dispone: La Asesoría Jurídica adicionará su informe tomando en consideración la forma en que concluyó esa relación de servicio, la naturaleza del nombramiento y lo dispuesto en el artículo 86, inciso a), del Código de Trabajo. ACUERDO FIRME.

c) Del señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, se conoce oficio Nº 38-2005 C. de C. del 19 de mayo del 2005, mediante el cual adjunta copia del acta de la reunión Nº 548-05 celebrada el pasado 16 de mayo del 2005, por la Comisión de Construcciones. Particularmente se refiere a lo consignado en el artículo sétimo, señalando que, en vista de que no se cuenta con recursos presupuestarios para efectuar las remodelaciones, ampliaciones o construcción de oficinas para el funcionamiento de varios programas electorales, se recomienda a este Tribunal que se autorice el traslado de los índices de cuentas cedulares y del antiguo Padrón Fotográfico -actualmente ubicados en el Edificio Plataformas- al edificio de archivos que la Institución arrienda en Guadalupe, con lo cual los locales que ahora ocupan serían destinados a alojar la Unidad de Mantenimiento de Servicios Generales, lo que permitiría concentrar a estos servidores en una sola área y, a su vez, los espacios que dejarían libres se destinarían para el desarrollo de las actividades electorales.

Se dispone: Tomar nota. Se concede la autorización que se solicita. ACUERDO FIRME.

d) Del señor Jaime Madriz Muñoz, Contralor Electoral, se conoce oficio Nº 111-2005 del 23 de mayo del 2005, mediante el cual, con fundamento en las razones que expone, solicita se dicte el acuerdo respectivo para modificar la División Territorial Electoral en los términos que puntualiza. 

Se dispone: Aprobar conforme lo solicita el señor Contralor Electoral. Emítase el respectivo decreto. ACUERDO FIRME.

e) Del señor Héctor Fernández Masís, Coordinador de Programas Electorales, se conoce:

1) Oficio Nº 128-C.P.E.-2005 del 19 de mayo del 2005, quien por las razones que expone, sugiere que se valore la posibilidad de comunicar a todos los partidos inscritos y en proceso de inscripción, que las solicitudes para la fiscalización (o supervisión) de las diferentes asambleas convocadas, se presenten directamente ante el despacho a su cargo y proceder en los términos que puntualiza.

Se dispone: La Coordinación de Programas Electorales preparará un borrador de reforma reglamentaria en el sentido que se propone. ACUERDO FIRME.

2) Oficio Nº 157-C.P.E.-2005 del 19 de mayo del 2005, mediante el cual informa sobre la denuncia que recibió su despacho de la señora Ana Felicia Torres R., Presidenta del Comité Ejecutivo Provisional del Partido Nueva Liga Feminista, contra el funcionario Geovanny Solís Angulo, copia de la cual eleva a conocimiento del Tribunal con la sugerencia que se encargue a la Inspección Electoral la investigación correspondiente. Agrega que hasta tanto no se establezca la realidad de lo sucedido, el citado funcionario no será tomado en cuenta como delegado a futuras asambleas.

Se dispone: Proceda la Inspección Electoral a levantar la respectiva información administrativa. ACUERDO FIRME.

f) Del señor Gerardo Hernández Granda, Jefe a.i. del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones, se conoce oficio Nº 766 DTIC del 19 de mayo del 2005, mediante el cual, en su calidad de órgano fiscalizador rinde informe sobre el contrato para la “Modificación al Subsistema de impresión del Sistema Informático de Cédula de Identidad SICI, con el objeto de que funcionen las impresoras Image Card IV (IC-IV)” suscrito entre el Tribunal Supremo de Elecciones y el Consorcio GTK, manifestando que -por las razones que expone- no puede brindar un criterio definitivo sobre el particular, solicitando que el Tribunal valore lo que expone para procurar un pronto y favorable finiquito a los intereses de la Institución y de la empresa contratista.

Se dispone: De previo a resolver lo que corresponda, el señor Proveedor institucional, en su condición de director y supervisor de toda la actividad necesaria para la adquisición de bienes necesarios dentro del quehacer del organismo electoral, informará al Tribunal – en el plazo de cinco días – sobre la situación planteada y recomendará el curso que se debe adoptar para una solución acorde con el interés institucional y sus repercusiones respecto de la relación contractual con la firma proveedora. ACUERDO FIRME.

g) Del señor Rodolfo Villalobos Orozco, Coordinador de Servicios Regionales, y Ana Yansy Gutiérrez Francis, funcionaria del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones, se conoce oficio sin número del 23 de mayo del 2005, quienes -en virtud de no haber encontrado boletos de avión- solicitan se reprograme la visita que harán a Honduras, de la forma que detallan del 31 de mayo al 3 de junio.

Se dispone: Aprobar la reprogramación de la visita. Se encargan las funciones del señor Villalobos Orozco, en el señor Juan Rafael Madrigal Hernández, Secretario General del Registro Civil. ACUERDO FIRME.

h) De los señores Silver Canales Gómez y Carlos Murillo Alvarado, Secretario General y Secretario de Conflictos, respectivamente, de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC), se conoce oficio # 78-2005 del 18 de mayo del 2005, mediante el cual se refiere al oficio Nº 0230-TSE-2005 del 20 de enero del año en curso, según el cual se les comunicó la imposibilidad de aumentar los salarios de la institución en los porcentajes acostumbrados, por las razones que ahí se indican; y por las razones que exponen, solicitan que este Tribunal busque el contenido económico necesario a fin de resarcir al menos para el segundo semestre de este año un ajuste salarial de acuerdo con la inflación.

Se dispone: De previo a resolver, informe al respecto la Comisión de Presupuesto. ACUERDO FIRME.

i) Del señor Carlos Manuel Rodríguez Murillo, Presidente del Comité Ejecutivo del Partido Auténtico Labrador de Coronado, se conocen notas del 18 y 20 del mes en curso, mediante las cuales informa que dicha agrupación política realizará asamblea cantonal en el Centro Agrícola Cantonal de Coronado, detallando la agenda a conocer así como dirección, fecha y hora, y adjuntando la autorización correspondiente al uso de dichas instalaciones y en virtud de las razones que expone indica que han reprogramado la asamblea distrital de Dulce Nombre y en consecuencia la asamblea cantonal, puntualizando fechas, horas, direcciones, y agenda a conocer. Además agradece la prontitud de las respuestas del Tribunal a sus solicitudes de supervisión de asambleas.

Se dispone: Tomar nota. Se aprueba la supervisión y fiscalización correspondientes. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes.

Asimismo, se le aclara al gestionante, que este Tribunal por acuerdo firme adoptado en la Sesión Ordinaria Nº. 39-2005 del 26 de abril del año en curso, comunicado por oficio Nº. 2411-TSE-2005 de esa misma fecha y enviada al fax Nº. 229 04 36, se autorizó la supervisión de la Asamblea Distrital de Dulce Nombre de Jesús, programada para el 30 de abril pasado. ACUERDO FIRME.

j) Del señor Gerardo Medina, Secretario del Comité Ejecutivo del Partido Unión Nacional, se conoce:

1) Oficio Nº CE-170-05 del 23 de mayo del 2005, mediante el cual informa que esa agrupación política estará celebrando las asambleas distritales en la provincia de San José, cantón Vázquez de Coronado, distritos San Isidro, Patalillo, Puente de Piedra (sic) y Trinidad; en la provincia de Heredia, cantón Barva, distrito San Pedro.

Se dispone: Se aprueba la fiscalización correspondiente, excepto la de Puente de Piedra, Cantón de Vázquez de Coronado, en virtud de no existir. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.

2) Oficio Nº CE-171-05 del 23 de mayo del 2005, mediante el cual informa que esa agrupación política estará celebrando asambleas cantonales en Vázquez de Coronado y Moravia en la provincia de San José; Barva en la provincia de Heredia y Grecia en la provincia de Alajuela, conforme lo detalla.

Se dispone: Se aprueba la fiscalización correspondiente, quedando sujeta la asamblea cantonal de Moravia, a que el gestionante, en el plazo de 24 horas, aclare ante la Coordinación de Programas Electorales, el nombre correcto de la persona encargada o responsable de la misma. Póngase en conocimiento de la citada oficina, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.

3) Oficio Nº CE-174-05 del 23 del mes en curso, mediante el cual comunica que dicha agrupación política realizará Asambleas Provinciales en San José, Alajuela, Cartago, Heredia, Guanacaste y Puntarenas, detallando fechas, horas, direcciones, y la agenda a conocer, respectivamente.

Se dispone: Se aprueba la fiscalización correspondiente, excepto de las Asambleas Provinciales de Guanacaste y Puntarenas, en virtud de resultar extemporánea la comunicación que se hace a este Tribunal. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.

k) Del señor Arnoldo Aguilar, Tesorero del Comité Ejecutivo Provisional del Partido Unión Nacional, se conoce:

1) Oficios Nº CE-146-05 y CE-151-05 del 19 y 20 de mayo del 2005, mediante los cuales informa que esa agrupación política estará celebrando las asambleas cantonales en la provincia de Heredia, cantones Santa Bárbara, Santo Domingo, San Isidro, San Rafael, Barva y Central. Asimismo informa sobre la reprogramación de las asambleas distritales en la provincia de Puntarenas, cantón Aguirre, distrito Quepos; en la provincia de Cartago, cantón Central, distrito Guadalupe; cantón El Guarco, distrito San Isidro; en la provincia de Guanacaste, cantón Santa Cruz, distrito Bolsón; cantón Tilarán, distrito Santa Rosa; así como las asambleas cantonales en Aguirre y Esparza en la provincia de Puntarenas; Central en la provincia de Alajuela; Santa Cruz, Abangares, Cañas, Liberia y Tilarán en la provincia de Guanacaste; y La Unión en la provincia de Cartago.

Se dispone: Se aprueba la supervisión y fiscalización correspondientes. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.

2) Oficios (3) sin número del 19 y 20 de mayo del 2005, mediante los cuales informa sobre la cancelación de las asambleas provinciales de Guanacaste, Puntarenas y Cartago, así como de las nuevas convocatorias de las mismas.

Se dispone: Se aprueba la fiscalización correspondiente, excepto de la Asamblea Provincial de Cartago, en virtud de no indicarse la respectiva fecha y hora en que se celebraría. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.

l) De la señora Alicia Solano Bravo, Presidenta del Comité Ejecutivo del Partido Fuerza Agraria de los Cartagineses, se conoce:

1) Oficios sin número del 19 y 20 de mayo del 2005, mediante el cual informa sobre los miembros de las asambleas distritales y cantonal de Oreamuno de la provincia de Cartago.

Se dispone: Póngase en conocimiento de la Dirección General del Registro Civil y de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de sus respectivos cargos. ACUERDO FIRME. 

2) Nota del 23 del mes en curso, mediante la cual comunica que dicha agrupación política realizará asambleas distritales en Orosi, Cachí y Central de Paraíso, en San Nicolás, Quebradilla, Llano Grande y Dulce Nombre; y asambleas cantonales en Paraíso y Central de Cartago, detallando fechas, horas, direcciones, y la agenda a conocer, respectivamente.

Se dispone: Se autoriza la supervisión de las asambleas distritales de San Nicolás, Quebradilla, Llano Grande y Dulce Nombre, y la fiscalización de la cantonal de Central, Cartago. En cuanto a las demás asambleas, se omite la designación de delegados por resultar extemporánea la comunicación que se hace a este Tribunal. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.

m) Del señor Juan José Vargas Fallas, Presidente del Comité Ejecutivo Provisional del Partido Patria Primero, se conoce:

1) Oficio Nº PPP-101-2005 del 20 de mayo del 2005, mediante el cual aclara el oficio PPP-099 del 18 de mayo del año en curso, en el sentido de que por error material se indicó que se realizaría la Asamblea Cantonal de Santa Cruz, cuando realmente es la Asamblea Cantonal de La Cruz. Asimismo se conoce oficio PPP-108-2005, mediante el cual el señor Vargas Fallas consigna la dirección correcta en que realizarán la Asamblea Cantonal de Liberia

Se dispone: Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. ACUERDO FIRME.

2) Oficio Nº PPP-104-2005 del 20 de mayo del 2005, mediante el cual informa que esa agrupación política estará celebrando asambleas distritales en la provincia de San José, cantón Dota, distrito Jardín; cantón León Cortés, distritos San Isidro y Santa Cruz; en la provincia de Guanacaste, cantón Nicoya, distrito Quebrada Honda; así como la Asamblea Cantonal de Jiménez en la provincia de Cartago y la Asamblea Provincial en Alajuela.

Se dispone: Se aprueba la fiscalización correspondiente, quedando sujetas las de San Isidro y Santa Cruz de León Cortés, a que el gestionante, en el plazo de 24 horas, aclare ante la Coordinación de Programas Electorales, la dirección en que se realizarán, toda vez que se consigna la misma en ambos lugares. Póngase en conocimiento de la citada oficina, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.

3) Oficios Nº PPP-106-2005 y PPP-107-2005, del 20 de mayo del 2005, mediante los cuales informa que esa agrupación política estará celebrando la asamblea provincial de Guanacaste; la asamblea cantonal de Nicoya en Guanacaste y la asamblea distrital de San Antonio (sic).

Se dispone: Se aprueba la fiscalización correspondiente, quedando sujeta la asamblea distrital de San Antonio, a que el gestionante, en el plazo de 24 horas, aclare ante la Coordinación de Programas Electorales, el cantón a que pertenece el mismo toda vez que no se indica. Póngase en conocimiento de la citada oficina, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.

4) Oficio Nº PPP-109-2005 y PPP-111-2005 del 20 y 23 de mayo, mediante los cuales informan que esa agrupación política estará celebrando asambleas distritales en la provincia de San José, cantón León Cortés, distritos San Antonio, Santa Cruz y San Pablo; cantón Tarrazú, distritos San Carlos y San Lorenzo; cantón Curridabat, distrito Sánchez; en la provincia de Puntarenas, cantón Corredores, distrito Laurel; cantón Golfito, distrito Pavón; en la provincia de Heredia, cantón San Isidro, distritos San Francisco y Concepción; en la provincia de Cartago, cantón Cartago, distrito Oriental; así mismo informa sobre las asambleas cantonales de El Guarco en la provincia de Cartago; Sarapiquí y San Isidro de la provincia de Heredia.

Se dispone: Se aprueba la supervisión y fiscalización correspondientes. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.

n) De la señora Ethel Abarca Amador, Secretaria General del Comité Ejecutivo Provisional del Partido Patria Primero, se conoce oficio Nº PPP-103-2005, del 19 de mayo del 2005, mediante el cual informa que esa agrupación política estará celebrando asambleas distritales en la provincia de San José, cantón Central, distrito San Francisco de Dos Ríos; cantón Puriscal, distrito Desamparaditos; así mismo informa sobre la realización de las asambleas cantonales en Alvarado y Oreamuno en la provincia de Cartago; Tilarán y Nandayure, Hojancha y Santa Cruz de la provincia de Guanacaste; Goicoechea, Central y Mora en la provincia de San José.

Se dispone: Se aprueba la supervisión y fiscalización correspondientes. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.

ñ) Del señor Rodrigo Arias Gutiérrez, Presidente del Comité Ejecutivo Provisional del Partido Verde Ecologista, se conoce:

1) Fax correspondiente a oficio sin número del 20 de mayo del 2005, mediante el cual informa sobre la programación de las asambleas cantonales de Paraíso, Jiménez, Turrialba y Oreamuno de la Provincia de Cartago. Asimismo, se conoce oficio suscrito conjuntamente con el Secretario del referido Comité, mediante el cual aclaran la comunicación anterior.

Se dispone: Se aprueba la fiscalización correspondiente, quedando sujetas las cantonales de Paraíso, Jiménez y Oreamuno, a que el gestionante, en el plazo de 24 horas, presente ante la Coordinación de Programas Electorales, la autorización para el uso de los salones de sesiones municipales de los dos primeros cantones y del salón comunal Las Américas del último. Póngase en conocimiento de la citada oficina, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.

2) Oficio sin número del 23 de mayo del 2005, suscrito conjuntamente con el señor Gustavo Adolfo Moya Coto, Secretario de dicha agrupación política, mediante el cual informan que han reprogramado su Asamblea Provincial conforme lo detallan.

Se dispone: Se aprueba la fiscalización correspondiente. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.

o) Del señor Víctor Piedra Quesada, Presidente del Comité Ejecutivo Provisional del Partido Moravia Progresista, se conoce oficio sin número del 19 de mayo del 2005, mediante el cual informa que esa agrupación política estará celebrando distritales en La Isla, La Trinidad, San Jerónimo y San Vicente del cantón de Moravia en la provincia de San José.

Se dispone: Se aprueba la supervisión correspondiente, quedando sujeta a que el gestionante, en el plazo de 24 horas, presente ante la Coordinación de Programas Electorales, la agenda a conocer en cada una de las asambleas por realizar, así como el nombre, número de teléfono del responsable o responsables de las mismas. Póngase en conocimiento de la citada oficina, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.

p) Del señor Róger Madriz, Presidente del Comité Ejecutivo Provisional del Partido El Puente y los Caminos de Mora, se conocen oficios (2) sin número del 19 de mayo del 2005, mediante los cuales informa que esa agrupación política estará celebrando asambleas distritales en Picagres, Piedras Negras, Guayabo, Tabarcia y Colón del cantón de Mora en la provincia de San José; asimismo, informa sobre la celebración de la Asamblea Cantonal de Mora, en la provincia de San José.

Se dispone: Tomar nota. Se aprueba la supervisión y fiscalización correspondientes. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.

q) De la señora Ana Felicia Torres R., Presidenta del Comité Ejecutivo Provisional del Partido Nueva Liga Feminista, se conoce oficio Nº 091 del 5 de mayo del 2005, mediante el cual solicita la supervisión de la asamblea cantonal de esa agrupación política que realizarán el 28 de mayo en curso, a partir de las 2 p.m. en el Edificio Cooperativo, cuya dirección detalla, agregando que en los próximos días estará haciendo llegar la agenda correspondiente.

Se dispone: De previo, aclare la gestionante a qué nivel corresponde la asamblea programada, toda vez que en un principio se indica que es Cantonal y luego se consigna como Provincial. Asimismo, aporte la agenda a conocer en la misma e indique el nombre y número de teléfono de la persona o personas encargadas de la respectiva asamblea. ACUERDO FIRME.

r) De la señora Ana Carcedo Cabañas, Vocal Primera del Comité Ejecutivo Provisional del Partido Nueva Liga Feminista, se conoce:

1) Oficio Nº PNLF 091 del 19 de mayo del 2005, mediante el cual informa sobre el cambio de fecha en que realizarán la asamblea cantonal de Vázquez de Coronado, San José.

Se dispone: Se aprueba la fiscalización correspondiente. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.

2) Fax correspondiente a oficio PNLF 092 del 19 de mayo, mediante el cual solicita la supervisión de la Asamblea Cantonal de Moravia (sic) conforme lo detalla.

Se dispone: Entendiéndose de que se trata de un cambio de dirección en que efectuarán la asamblea cantonal de Moravia, toda vez que ya este Tribunal había aprobado la fiscalización de la misma en la sesión del pasado jueves 19 de mayo, póngase el oficio que se conoce en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, quien cumplirá con dicha labor siempre que oportunamente se les presente la autorización para utilizar las instalaciones del Centro Educativo de la Trinidad de Moravia. ACUERDO FIRME. 

s) Del señor Gerardo Araya Vargas, Presidente del Comité Ejecutivo del Partido Unión Palmareña, se conoce fax correspondiente al oficio Nº. 10-UP-05 del 20 del mes en curso, mediante el cual comunica que dicha agrupación política realizará asamblea cantonal en Palmares Centro, detallando la fecha, hora, dirección, y agenda a conocer.

Se dispone: Se aprueba la fiscalización correspondiente, sujeta a que el gestionante, en el plazo de 24 horas, presente ante la Coordinación de Programas Electorales, la autorización para el uso de las instalaciones del Salón Comunal de Barrio El Colegio. Póngase en conocimiento de la citada oficina, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.

t) Del señor Carlos Vargas Solano, Presidente del Comité Ejecutivo del Partido Rescate Nacional, se conoce:

1) Nota del 20 del mes en curso, mediante la cual comunica que dicha agrupación política realizará asambleas distritales en Tures y Pará de Santo Domingo, Santa Bárbara y Barrantes de Flores de la provincia de Heredia, detallando las fechas, horas, y agendas a conocer.

Se dispone: Se aprueba la fiscalización correspondiente, quedando sujetas las de Pará y Santa Bárbara, a que el gestionante, en el plazo de 24 horas, aclare ante la Coordinación de Programas Electorales, las direcciones en que se celebrarán las mismas. Póngase en conocimiento de la citada oficina, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.

2) Nota del 20 del mes en curso, mediante la cual comunica que dicha agrupación política realizará asambleas cantonales en Central, Barva, San Isidro, Flores, Santo Domingo, San Rafael y San Pablo de la provincia de Heredia, detallando las fechas, horas, direcciones y agendas a conocer.

Se dispone: Se aprueba la fiscalización correspondiente, quedando sujetas las que se realizarán en centros educativos, a que el gestionante, en el plazo de 24 horas, presente ante la Coordinación de Programas Electorales, los permisos para el uso de las respectivas instalaciones, e indique el número de teléfono del encargado de la cantonal de Santa Cruz. Póngase en conocimiento de la citada oficina, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. Asimismo, se le aclara al interesado, que no obstante existen cantones con sólo un distrito administrativo como es el caso de San Pablo de Heredia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 60 del Código Electoral, necesariamente debe efectuarse la respectiva asamblea cantonal. ACUERDO FIRME.

u) De la señora Ana María Quirós Rojas, Fiscal General del Comité Ejecutivo Superior del Partido Rescate Nacional, se conoce oficio sin número del 23 de mayo del 2005, mediante el cual, por las razones que expone, solicita se incluya la convocatoria de las asambleas cantonales de Naranjo, San Ramón y Palmares, dentro de la comunicación presentada el pasado viernes 20 de mayo.

Se dispone: Se omite la designación de delegados en virtud de resultar extemporánea la comunicación que se hace a este Tribunal. ACUERDO FIRME.

v) De la señora Rosa María Artavia Rodríguez, Tesorera del Comité Ejecutivo del Partido Vanguardia Popular, se conoce:

1) Fax (2) correspondientes a notas del 19 y 20 del mes en curso, mediante las cuales adjunta los listados de las asambleas efectuadas por dicha agrupación y no supervisadas.

Se dispone: Póngase en conocimiento de la Dirección General del Registro Civil y de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de sus respectivos cargos. ACUERDO FIRME.

2) Nota del 23 del mes en curso, mediante la cual comunica que dicha agrupación política realizará asambleas según los tres folios que adjunta, detallando las fechas, horas, direcciones y agendas a conocer. Asimismo, aclara que para el contenido de la nota fechada 20 de mayo, la responsable de la asamblea de Flores es María Romero Campos, y que las asambleas de Alajuela y Atenas son cantonales.

Se dispone: Se autoriza la fiscalización de las asambleas cantonales de Vázquez de Coronado, San José, y Buenos Aires, Puntarenas. En cuanto a las demás asambleas cantonales, se omite la designación de delegados por resultar extemporánea la comunicación que se hace a este Tribunal. Póngase en conocimiento de Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.

w) De la señora Nidia Rivera González, Secretaria del Comité Ejecutivo del Partido Pueblo Unido, se conoce nota del 23 del mes en curso, mediante la cual comunica que dicha agrupación política realizará asambleas distritales en León XIII, Colima, San Juan, Llorente y Cinco Esquinas de Tibás, detallando las fechas, horas, direcciones y agendas a conocer.

Se dispone: Se aprueba la supervisión correspondiente. Póngase en conocimiento de Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.

x) Del señor Rafael Enrique Álvarez Fernández, Presidente del Comité Ejecutivo del Partido Auténtico Pilárico, se conoce nota del 19 del mes en curso, mediante la cual comunica que dicha agrupación política realizará asamblea cantonal en La Unión de Cartago, detallando la fecha, hora, dirección y agenda a conocer.

Se dispone: Se aprueba la fiscalización correspondiente. Póngase en conocimiento de Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.

y) Del señor José Ángel Jara Chavarría, Presidente del Comité Ejecutivo del Partido Guanacaste Independiente, se conocen fax recibidos el 19 y 20 del mes en curso, mediante los cuales comunica que dicha agrupación política realizará asamblea cantonal en Hojancha y la Asamblea Provincial de Guanacaste, detallando las fechas, horas, direcciones y agendas a conocer.

Se dispone: Se aprueba la fiscalización correspondiente. Póngase en conocimiento de Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.

z) Del señor José Miguel Villalobos Umaña, Presidente del Comité Ejecutivo del Partido Alianza Democrática Nacionalista, se conoce oficio Nº 101-05 del 20 del mes en curso, mediante el cual adjunta 100 hojas de adhesión para su debida autorización, asimismo autoriza al Lic. Walter Villalobos Fernández para el retiro de las mismas.

Se dispone: Autorizar las hojas de adhesión presentadas por el Partido Alianza Democrática Nacionalista. El Tribunal hace notar que la autorización de las fórmulas indicadas no implica decisión alguna respecto al resultado que pueda tener la solicitud de inscripción del partido político de que se trata en el Registro Civil; además el sello y registro de aquéllas, no prejuzga sobre la aprobación ni calificación del nombre ni de la divisa escogidos, ya que tal calificación corresponderá hacerla -en su oportunidad- a la Dirección General del Registro Civil, pudiendo conocer este Tribunal en alzada de la resolución de fondo que dicte la señora Directora General del Registro Civil. Se aclara y deja constancia de que este acuerdo no significa adelanto de criterio. ACUERDO FIRME.

a.1) Del señor David Morera Herrera, Presidente del Comité Ejecutivo Provisional del Partido Revolucionario de los Trabajadores, se conoce oficio sin número del 19 de mayo del 2005, al que adjunta copia del acta de la Asamblea Cantonal celebrada por esa agrupación política el 18 de mayo en curso, en San Pablo de Heredia, la cual realizó con el propósito esencial de aprobar una serie de reformas a los Estatutos a fin de atender y subsanar los aspectos contenidos en la resolución de la Dirección General del Registro Civil, que señala.

Se dispone: Pase a la Dirección General del Registro Civil para lo de su cargo. ACUERDO FIRME.

Sale del Salón de Sesiones el señor Magistrado Sobrado González.

ARTÍCULO TERCERO.- Del señor Magistrado Luis Antonio Sobrado González se conoce oficio del 23 de mayo del 2005, mediante el cual solicita se le autorice a disfrutar a título de vacaciones los días 30 y 31 de mayo del año en curso.

Se dispone: Aprobar. Las sesiones ordinarias para la próxima semana se trasladan para el miércoles 1º y viernes 3 de junio.

El señor Magistrado Sobrado González reingresa al Salón de Sesiones.

ARTÍCULO CUARTO.- De la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, se conoce oficio Nº 0752-2005-D.G. del 19 de mayo del 2005, al que adjunta solicitud del señor Pablo Solano Solís, Director General de la Asociación de Guías y Scouts de Costa Rica, para que se les suministre el archivo maestro de nacimientos con la finalidad de poder cotejar el registro de inscripción de cada uno de sus miembros.

Se acuerda: Autorizar conforme se solicita.

ARTÍCULO QUINTO.- Del señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, se conoce:

a) Oficio Nº 3159 del 20 de mayo del 2005, en el que informa sobre el préstamo del salón multiuso al Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven del Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes, conforme lo detalla.

Se acuerda: Tomar nota.

b) Oficio Nº 3719-D.E. del 23 de mayo del 2005, mediante el cual, con fundamento en las razones que expone, informa sobre la participación de nuestra institución en el Club de Investigación Tecnológica y el pago de afiliación correspondiente, y solicita se traslade el asunto a la Asesoría Jurídica para que analice la eventual formalización que se requiere para continuar formando parte del citado club, y se le autorice a incorporar en el anteproyecto de presupuesto del 2006, como previsión, la suma de US $650,oo para honrar el posible compromiso. 

Se dispone: Aprobar conforme se sugiere.

c) Oficio Nº 3724 D.E. del 23 de mayo del 2005, mediante el cual en atención a lo dispuesto por el Tribunal en sesión Nº 140-2004, artículo octavo del 21 de octubre de 2004, comunicado por oficio Nº 4311-2004, con respecto a la reformulación del Plan Estratégico Institucional, de conformidad con las razones que expone, recomienda lo que de seguido se transcribe exactamente:

“... RECOMENDACIONES:

De conformidad con lo expuesto se plantean las siguientes:

1.- Aprobar la reformulación del Plan Estratégico Institucional de manera que su ejecución se prolongue hasta el 31-12-2007.

2.- Que los equipos de trabajo PEI y PETI velen porque los proyectos programados para finalizar en el 2005 cumplan con las metas establecidas, presenten el informe final y se haga la evaluación de término de proyecto para determinar si se cumplió con los objetivos y metas propuestas.

3.- Que las plazas asignadas de Profesional de Gestión y Auxiliar de Operación por servicios especiales, pasen a cargos fijos.

4.- Que el ingreso de nuevos proyectos a las diferentes carteras del Plan Estratégico se haga siguiendo la metodología existente.

5.- Que se realice el Diagnóstico Institucional y la Formulación del nuevo Plan Estratégico 2008-2012 de conformidad con el cronograma propuesto.

6.- Que los estudios que tiene a cargo Proyectos Tecnológicos y que aún no se han considerado como proyectos, sean analizados por el CGI para que determine cuáles ingresarían a la cartera PETI y cuáles procesos del DTIC.”

Se dispone: Aprobar las recomendaciones propuestas.

ARTÍCULO SEXTO.- De la señora Mary Anne Mannix Arnold, Asesora Jurídica a.i., se conoce:

a) Oficio Nº A.J. 038-2005 del 1º de febrero del 2005, mediante el cual rinde el informe requerido por el Tribunal sobre el análisis técnico hecho por la empresa ASCII S.A., a efectos de valorar nuevamente si procede sustituir el computador A-14 por contratación directa, así como la eventual aplicación del artículo 175 del Código Electoral.

Se dispone: Con vista en el acuerdo firme adoptado por este Tribunal en sesión ordinaria Nº 51-2005, artículo segundo, comunicado mediante oficio Nº 3260-TSE-2005, se concluye que el presente asunto deja de tener interés actual, por lo que se ordena su archivo.

Sale del Salón de Sesiones el señor Magistrado Sobrado González.

b) Nuevamente oficio Nº A.J. 115-2005 del 7 de abril del 2005, mediante el cual rinde el informe que le fue solicitado mediante acuerdo adoptado en sesión Nº 148-2004, artículo tercero, del 4 de noviembre del 2004, comunicado por oficio Nº 4643-2004 del 10 de dicho mes, referente a la prohibición establecida en el artículo 14 de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, respecto a la prestación de servicios como docentes en centros de enseñanza superior por parte de integrantes de este Tribunal.

Se acuerda: Por resultar suficiente se tiene por rendido el informe que se somete a conocimiento de este Tribunal, sin necesidad de mayores consultas.

El señor Magistrado Sobrado González reingresa al Salón de Sesiones.

c) Oficio Nº A.J. 172-2005 del 19 de mayo del 2005, quien en atención a lo acordado por el Tribunal en sesión Nº 12-2005 artículo octavo, del 3 de febrero de este año, informa sobre la solicitud de reajuste del precio del alquiler del local que ocupa la Oficina Regional de Atenas, concluyendo que la referida solicitud es procedente y se recomienda su aprobación a fin de cancelar un precio de ¢165.312,50 a partir de diciembre del 2004. Agrega que en vista de que el pago puede hacerse vía planilla, no es necesario realizar resolución alguna.

Se dispone: Tener por rendido el informe el cual se acoge, en consecuencia proceda la Contaduría del Tribunal a efectuar el trámite de pago correspondiente.

d) Oficio Nº A.J. 173-2005 del 23 de mayo del 2005, mediante el cual se pronuncia sobre la propuesta planteada por el señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, relativa a si se considera más apropiado crear una nueva unidad de “Consultas Legales” ante la solicitud de realizar una reestructuración interna en la Asesoría Jurídica, en los términos en los que detalla.

Se dispone: Póngase en conocimiento del señor Director Ejecutivo la nueva propuesta que hace la Asesoría Jurídica, para su estudio y recomendaciones.

e) Oficio Nº A.J. 174-2005 del 23 de mayo del 2005, mediante el cual rinde informe sobre la procedencia de la solicitud de reajuste del precio presentada por la empresa Multinegocios Internacionales S.A., para el servicio de aseo y limpieza de la Torre Principal y en la Plaza Electoral, y de jardinería en las áreas verdes externas del edificio, recomendando que, en razón de que el reajuste solicitado tiene amparo contractual y se refiere a ejercicios económicos del año en curso, para hacerlo efectivo bastará el acuerdo del Tribunal autorizándolo.

Se dispone: Tener por rendido el informe de la Asesoría Jurídica el cual se acoge. En consecuencia, proceda la Contaduría institucional al efectuar los trámites de rigor para el respectivo pago.

ARTÍCULO SETIMO.- Del señor Javier Vega Garrido, Proveedor, se conoce

a) Oficio Nº 0091 del 31 de enero del 2005, mediante el cual se refiere a los acuerdos tomados por el Tribunal en sesión Nº 148-2004 del 4 de noviembre del año pasado y Nº 164-2004 de 9 de diciembre anterior, relacionados con la propuesta múltiple planteada por la empresa Unisys de Centro América S.A., y respecto a la aplicación del artículo 175 del Código Electoral, para amparar la licitación pública que se dispuso promover para la sustitución del computador A-14.

Se dispone: Con vista en el acuerdo firme adoptado por este Tribunal en sesión ordinaria Nº 51-2005, artículo segundo, comunicado mediante oficio Nº 3260-TSE-2005, se concluye que el presente asunto deja de tener interés actual, por lo que se ordena su archivo.

b) Oficio Nº 801-2005 del 23 de mayo del 2005, mediante el cual se refiere al oficio Nº 3568-DE del 29 de marzo del presente año, suscrito por el señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, mediante el cual solicita iniciar los trámites para eventualmente contratar el arrendamiento del local contiguo al que actualmente ocupa la Oficina Regional de Limón. Con base en las consideraciones que expone, el señor Vega Garrido recomienda que se traslade el asunto a la Asesoría Jurídica para que, por vía del addendum, y si es legalmente pertinente, se concrete la ampliación del arrendamiento que interesa, de conformidad con la normativa que señala.

Se dispone: Proceda la Asesoría Jurídica conforme se recomienda.

ARTÍCULO OCTAVO.- Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce:

a) Oficio Nº CDE-280 del 19 de mayo del 2005, al que adjunta copia del acta Nº 75 de la reunión celebrada por la Comisión de Dedicación Exclusiva el 5 de mayo, en donde se conocieron solicitudes de los señores Néstor Cordero López y Francisco Guillermo Paniagua Acosta, para que se les ajuste el complemento salarial que por concepto de dedicación exclusiva perciben y con la recomendación de que se aprueben las peticiones presentadas en los términos que detalla.

Se dispone: Aprobar.

b) Oficio Nº CP-61-2005 del 19 de mayo del 2005, al que adjunta copia del acta Nº 02-2005 de la sesión celebrada por la Comisión de Carrera Profesional el 3 de mayo en curso, con la finalidad de que el Tribunal se sirva resolver lo que estime pertinente, para lo cual acompaña los respectivos expedientes.

Se dispone: Aprobar.

ARTÍCULO NOVENO.- Del señor Gerardo Hernández Granda, Jefe a.i. del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones, se conoce oficio Nº 693 DTIC del 13 de mayo del 2005, mediante el cual, por las razones que expone, solicita se revalúe la fiscalización que le fue asignada por acuerdo tomado en sesión ordinaria Nº 43-2005, correspondiente a la adquisición de “Laminadoras e impresoras para la producción de la Tarjeta de Identidad de Menores (TIM)”, y se designe a la unidad o unidades administrativas idóneas.

Se dispone: De previo a resolver, pronúnciese el señor Director Ejecutivo sobre el punto.

ARTÍCULO DECIMO.- Del señor Héctor Fernández Masís, Coordinador de Programas Electorales, se conoce:

a) Oficio Nº 150-C.P.E.-2005 del 19 de mayo del 2005, mediante el cual manifiesta lo que se transcribe de seguido:

“En relación al acuerdo adoptado en la Sesión Ordinaria No. 44-2005, celebrada el cinco de mayo del año en curso y comunicada mediante oficio No. 2825-TSE-2005, donde se dispuso postergar la decisión respecto al tamaño de las papeletas hasta que concluya la etapa de inscripción de partidos políticos y sus candidatos, me permito indicar lo siguiente.

Como es del conocimiento de los señores magistrados, resulta importante a los efectos de poder imprimir las papeletas dentro de los plazos proyectados, realizar con antelación la impresión de los dorsos de esas papeletas. Lógicamente, para poder realizar esta tarea, es indispensable que haya sido definido el tamaño de las papeletas respectivas. Por tal motivo, con todo respeto se sugiere que se revise el acuerdo indicado para que la decisión se tome después de que expire el plazo, tanto para presentar solicitudes de inscripción de partidos políticos, así como para concluir los procesos para la renovación de estructuras de los partidos inscritos. Ello por cuanto si se posterga hasta que concluya la etapa de inscripción de candidaturas, conforme indica el acuerdo en discusión, no podría adelantarse la preparación de los dorsos de las papeletas y podría complicar la etapa de impresión de los frentes. Debe tenerse en cuenta además, que de conformidad con el artículo 26 del Código Electoral, la orden de impresión de papeletas debe realizarse tan pronto se complete la lista definitiva de electores, de ahí que, a criterio del suscrito, la impresión de dorsos válidamente puede iniciarse antes de que concluya la inscripción de candidaturas; concretamente, tal proceso de impresión debe iniciarse tan pronto se cierre la lista definitiva de sufragantes, aproximadamente a mediados o fines del mes de octubre, como tradicionalmente se ha efectuado. 

De la forma más respetuosa le solicito elevar lo anterior a conocimiento del Superior.”

Se dispone: En los términos propuestos por la Coordinación de Programas Electorales y por las razones que ese despacho señala, se modifica el citado acuerdo.

b) Oficio Nº 151-C.P.E.-2005 del 19 de mayo del 2005, mediante el cual manifiesta lo transcrito exactamente de seguido:

“En relación con el acuerdo adoptado en la Sesión Ordinaria No. 39-2005, celebrada el veintiséis de abril del año en curso y comunicada mediante oficio No. 2526-TSE-2005, donde se dispone que el acuerdo que eleva a “500 electores por Junta Receptora de Votos, es un máximo que puede ajustarse oportunamente según se presenten las condiciones o conveniencia que señala la Comisión”, me permito indicar lo siguiente:

Es necesario tener presente que al establecerse en 500 el máximo de electores por Junta Receptora de Votos, implica que el programa de cómputo mediante el cuál se realiza la distribución de electores en las respectivas Juntas Receptoras de Votos, va a tomar ese máximo como parámetro y por consiguiente la mayor cantidad de Juntas, en la mayoría de Distritos Electorales, serán de 500 electores, salvo los casos de los distritos donde exista poca cantidad de electores.

De acuerdo a lo expuesto, no le queda claro a este Despacho la disposición del Superior en el sentido de ajustar oportunamente el referido máximo de electores de acuerdo a las condiciones o la conveniencia que señala la Comisión de Transmisión de Datos, ya que ello podría derivar en un cambio del sistema que tradicionalmente se ha utilizado para la distribución de electores.

Cabe agregar, que en reunión sostenida con la Comisión de Transmisión de Datos, el pasado martes 10 de mayo, reunión No. 9-2005, se toco (sic) el tema, donde si bien se estableció que un aumento en el máximo de electores por junta podría implicar un aumento del tiempo que le tomará a la respectiva junta receptora de votos el cierre de la mesa, es lo cierto que la intención de la Comisión fue advertir esa situación al Superior, y no oponerse a esa decisión, además, en esa ocasión se discutió la forma de mitigar ese aumento de tiempo en el cierre de las mesas.

En particular, considero que la Comisión de Transmisión de Datos no se ha opuesto a la medida indicada. En la reunión mencionada se expusieron las ventajas que esa media implica para la organización del proceso electoral, no solo por la reducción en el número de miembros de mesa que ello implica, sino que además tiene repersecuciones favorables en los programas de Empaque de Material Electoral, Distribución y Recolección del Material Electoral, Acreditación de Fiscales entre otros. Así mismo (sic), se expusieron diferentes alternativas en las que se esta (sic) trabajando para evitar un aumento fuerte o significativo en el tiempo del cierre de las mesas, pues además de la numeración de las papeletas y la revisión que se está haciendo de todos los formularios para facilitar la labor de los miembros de mesa, la idea es poder tener en cada centro de votación un encargado, que sería un miembro del Cuerpo de Delegados, debidamente capacitado para colaborar en el proceso de cierre de las mesas, concretamente velando porque todas las juntas sigan el procedimiento dispuesto al efecto y porque los mensajes de transmisión de datos se entreguen a la mayor brevedad a los respectivos encargados de la transmisión del resultado.

De conformidad con todo lo expuesto, respetuosamente se solicita al Superior la aclaración del referido acuerdo y se sugiere que se mantenga lo dispuesto en el sentido de que el parámetro máximo para la distribución del (sic) Juntas Receptoras de Votos sea 500 electores.”

Se dispone: Aprobar conforme se sugiere.

ARTÍCULO DECIMOPRIMERO.- Del señor Rodolfo Delgado Rojas, Jefe de Proyectos Tecnológicos, se conoce oficio Nº 189-2005-OPT del 23 de mayo del 2005, mediante el cual, por las razones que expone, solicita se incluya en los puestos susceptibles a recargo de funciones, a los dos Técnicos de esa unidad.

Se dispone: Para su estudio y recomendación, pase al grupo de trabajo que elaboró el instructivo.

ARTÍCULO DECIMOSEGUNDO.- Del señor Gustavo Fitoria Mora, Jefe de Servicios Generales, se conoce oficio Nº 174-2005-S.G. del 17 de mayo del 2005, al que acompaña copia de oficio Nº 32-2005 Transp. del señor Marco Zúñiga Alvarado, Encargado de la Unidad de Transportes, en el que informa sobre el percance ocurrido al vehículo placas TSE-96, conducido por el funcionario Fausto Campos Campos, el 9 de mayo en curso. Agrega que tal situación la comunicó a la Inspección Electoral para los efectos correspondientes, y solicita se autorice a la Contaduría y a la Proveeduría para que se haga el pago por concepto de deducible y se proceda con las reparaciones del vehículo indicado.

Se dispone: Tomar nota. Se conceden las autorizaciones que se solicitan.

ARTÍCULO DECIMOTERCERO.- De la señora Carmen Nuria Campos Jara y el señor Javier Arguedas Arce, Jefa y Auxiliar de Operación, respectivamente, de la Oficina Regional de este Tribunal en Atenas, se conoce fax correspondiente a nota del 19 de mayo del 2005, mediante la cual manifiestan su confianza y apoyo en estos momentos difíciles que se atraviesan.

Se dispone: Agradecer a la señora Campos Jara y al señor Arguedas Arce, sus conceptos de apoyo al Tribunal y a sus Magistrados.

ARTÍCULO DECIMOCUARTO.- Del señor José Angel Cascante Ugalde, Analista de Operación de la Secretaría del despacho, se conoce memorial del 20 de mayo del 2005, mediante el cual, plantea apelación para que sea del conocimiento del Tribunal, con respecto a su solicitud de recargo de funciones de Jorge Campos Ledezma, durante el período de vacaciones que disfrutó del 21 de febrero al 8 de mayo del presente año.

Se dispone: Túrnese la apelación planteada al señor Magistrado que corresponda. Sin perjuicio de lo anterior, pronúnciese el grupo designado que propuso el instructivo sobre su eventual modificación, a fin de incluir cargos como el que ocupa el apelante.

ARTÍCULO DECIMOQUINTO.- De los señores Peter Guevara Guth, Jorge Alvarez Pérez, Miguel Huezo Arias y Daisy Quesada Calderón, quienes en su carácter de Diputados de la Asamblea Legislativa, se conoce nota del 13 de abril del 2005, recibido el pasado 19 de mayo, en el que solicitan la opinión de este Tribunal con respecto al Proyecto de Ley Nº 15.450 “Ley de Reforzamiento y Reivindicación Histórica de la Anexión del Partido de Nicoya a Costa Rica”, que se tramita en la Comisión Permanente de Gobierno y Administrativa de dicho Poder. Asimismo, solicitan se les remita toda la información sobre el plebiscito celebrado el 7 de noviembre de 1999, relativo a la pertenencia a Puntarenas de los distritos de Cóbano, Lepanto y Paquera.

Se acuerda: Proceda el Coordinador de Programas Electorales, a la mayor brevedad posible, a remitir la documentación que interesa a los señores Diputados. La Secretaría solicitará a éstos aclarar si su petición se sustenta en una audiencia formal conferida por la respectiva comisión legislativa.

ARTÍCULO DECIMOSEXTO.- Del señor Jorge Polinaris Vargas, Ministro de Planificación Nacional y Política Económica, se conoce oficio Nº DM-668-05 del 4 de mayo del 2005, recibido el pasado 19, mediante el cual comunica que el 21 de abril pasado, fue presentado por el Ministerio de la Presidencia ante la primera y Segunda Secretaría de la Asamblea Legislativa, el Proyecto denominado “Creación, Organización y Funcionamiento del Sistema Nacional de Contralorías de Servicios” del cual adjunta copia.

Se dispone: Agradecer al señor Ministro Polinaris Vargas, la información que brinda a este Tribunal.

Sale del Salón de Sesiones el señor Magistrado Sobrado González.

ARTÍCULO DECIMOSETIMO.- Del señor José Antonio Salas González, Coordinador del Área de Valoraciones de la Dirección General de Tributación Directa, se conoce oficio Nº A.V.-235-2005 del 13 de mayo del 2005, recibido el pasado 20, mediante el cual tasa en ¢ 20.000.00 el reloj que recibiera el Magistrado Luis Antonio Sobrado González de miembros de la Duma rusa, el pasado 23 de noviembre de 2004, en su condición de Presidente a.i de este Tribunal.

Se dispone: Dado el avalúo hecho al reloj obsequiado al Magistrado Sobrado González, de conformidad con el artículo 20 de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, no es un bien de “la Nación” sino de su exclusiva propiedad.

El señor Magistrado Sobrado González reingresa al Salón de Sesiones.

ARTÍCULO DECIMOCTAVO.- Del señor Bernardo Portuguez Calderón, Secretario del Concejo Municipal de Cartago, se conoce fax correspondiente a oficio sin número del 19 de mayo del 2005, mediante el cual comunica lo dispuesto en el artículo 12 del Acta Nº 21 de la sesión celebrada el 10 de mayo del 2005 por esa corporación, relacionado con la circular Nº 2841-TSE-2005 de la Secretaría del despacho, mediante la cual se comunicó el Decreto Nº 03-2005 según el cual se modificó la División Territorial Electoral.

Se dispone: Archivar.

ARTÍCULO DECIMONOVENO.- Del señor Víctor Piedra Quesada, Presidente del Comité Ejecutivo Provisional del Partido Moravia Progresista, se conoce nota del 19 de mayo del 2005, en la que solicita la autorización de las hojas de adhesión que adjunta.

Se acuerda: Autorizar las hojas de adhesión presentadas por el Partido Moravia Progresista. El Tribunal hace notar que la autorización de las fórmulas indicadas no implica decisión alguna respecto al resultado que pueda tener la solicitud de inscripción del partido político de que se trata en el Registro Civil; además el sello y registro de aquéllas, no prejuzga sobre la aprobación ni calificación del nombre ni de la divisa escogidos, ya que tal calificación corresponderá hacerla -en su oportunidad- a la Dirección General del Registro Civil, pudiendo conocer este Tribunal en alzada de la resolución de fondo que dicte la señora Directora General del Registro Civil. Se aclara y deja constancia de que este acuerdo no significa adelanto de criterio. 

ARTÍCULO VIGESIMO.- Del señor Arnoldo Aguilar, Tesorero del Comité Ejecutivo Provisional del Partido Unión Nacional, se conoce:

a) Oficio Nº CE-149-05 del 19 de mayo del 2005, mediante el cual solicita reconsideración de lo acordado por este Tribunal en la sesión del 19 de mayo, con respecto a las asambleas cantonales de La Unión y El Guarco.

Se dispone: Archivar por falta de interés actual.

b) Oficios Nº CE-152-05, CE-153-05 y CE-154-05 del 20 de mayo del 2005, mediante los cuales informan sobre la programación y cambios con respecto a varias asambleas a realizarse conforme lo detallan.

Se dispone: Archivar por falta de interés actual. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo.

ARTÍCULO VIGESIMOPRIMERO.- Del señor César A. Zúñiga Ramírez, Secretario General del Comité Ejecutivo Provisional del Partido Restauración Nacional, se conoce oficio Nº PRN-SG-062-05 del 23 de mayo del 2005, quien por las razones que expone consulta si esa agrupación política, la cual se encuentra en proceso de inscripción, está obligada a presentar el presupuesto con los posibles gastos, en el término señalado en el cronograma electoral y el artículo 176 del Código Electoral.

Se dispone: Previo a resolver, apórtese por parte del gestionante el acuerdo del respectivo Comité Ejecutivo, donde se dispuso realizar la consulta que interesa. No obstante, se le remitirá al señor Zúñiga Ramírez, copia del acuerdo tomado en la sesión Nº 43-2005 del 24 de mayo del 2001, artículo vigésimo tercero.

ARTÍCULO VIGESIMOSEGUNDO.- Del señor Bernal Aragón, Gerente General de la Asociación de Servicios Médicos Costarricenses (Hospital Clínica Bíblica), se conoce oficio sin número del 23 de mayo del 2005, quien por las razones que expone y para los efectos que señala, solicita se considere la posibilidad de poder estar en línea a través de Internet con el Registro Civil. Asimismo, solicita una audiencia para conversar sobre el particular.

Se dispone: Atienda el señor Director Ejecutivo la audiencia solicitada por los interesados, a quien se les hará ver que el referido servicio no está disponible, aún y cuando este Tribunal lo visualiza como un proyecto a desarrollar en el mediano plazo.

ARTÍCULO VIGESIMOTERCERO.- De la señora Ana Lucía Gómez Mora, Apoderada de la sociedad cesionaria Financiera Desyfin S.A., se conoce nota del 16 de mayo del 2005, a la que, con el objeto de subsanar los aspectos referidos en el oficio Nº 2984-TSE-2005 de la Secretaría del despacho, adjunta fotocopia certificada del oficio del Banco Central de Costa Rica que indica el número de cuenta cliente, que corresponde a su representada.

Se dispone: Pase a la Contaduría institucional para los efectos consiguientes. Asimismo se acuerda autorizar la cesión de pago gestionada de la Corporación Andrea Industrial Inc. S.A. a favor de Financiera Desyfin S.A., según factura Nº 4341, por las suma de ¢736.464,oo, en el entendido de que debe verificarse que el servicio que origina el crédito se recibió a satisfacción y que el monto consignado en la factura aportada es el efectivamente adeudado.

ARTÍCULO VIGESIMOCUARTO.- De la señora Wendy Murcia Navarro, quien manifiesta ser Apoderada Generalísima de la empresa CR Soluciones GLN S.A., se conoce oficio Nº SEIS-015-05 de mediante el cual nuevamente solicita autorización para utilizar la información contenida en el código de barras impreso en las cédulas de identidad, para los efectos que señala.

Se acuerda: Pase al Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones para su atención.

ARTÍCULO VIGESIMOQUINTO.- Del señor Rafael Villegas Antillón, expresidente de este Tribunal, se conocen fax correspondientes a memoriales del 22 de mayo del 2005, dirigidos a los señores Amelia Rueda, César Vargas y Esteban Arias, relacionados con información en contra de este Organismo, divulgada en los medios de comunicación en que laboran.

Se dispone: Tomar nota.

ARTÍCULO VIGESIMOSEXTO.- Del señor Carlos Espinoza Gutiérrez se conoce telegrama recibido el 18 de mayo del 2005, mediante el cual manifiesta que renuncia como delegado del Partido Liberación Nacional del distrito de Cuajiniquil de Santa Cruz de Guanacaste.

Se acuerda: Se le informa al interesado que su renuncia debe plantearla ante el propio partido político.

ARTÍCULO VIGESIMOSETIMO.- Del señor José Antonio Brenes Trejos, Abogado y Notario, se conoce fax correspondiente a nota del 17 de mayo del 2005, mediante la cual solicita -por las razones que expone- se autorice a los abogados litigantes para acceder a la información básica de los ciudadanos, utilizando la misma base de datos del Registro Civil que actualmente utilizan los empleados bancarios.

Se acuerda: Informar al solicitante que, por el momento, el Tribunal no ofrece la facilidad de consultar en línea los datos públicos de la base de datos registral, aunque se trata de un proyecto que se espera concretar en el mediano plazo. Para paliar esta situación, el Tribunal a través de distintos acuerdos ha accedido a facilitar a diversos entes públicos dicha información bajo soporte electrónico, así como su actualización periódica. En cuanto a los particulares se refiere, la información se les suministra si se apersonan a nuestras oficinas y hace la consulta puntual del caso, con lo cual se respeta el carácter público de la información registral. Un medio adicional de consulta que en el caso concreto podría ser de utilidad para el interesado, lo es transferir, desde nuestra página web (www.tse.go.cr), el padrón electoral y localizar en él el dato de la cédula de identidad que ahí también consta.

A las quince horas terminó la sesión. 

 
 
Oscar Fonseca Montoya
 
 
Luis Antonio Sobrado González
 
 
Juan Antonio Casafont Odor
 
 
Ovelio Rodríguez Chaverri
 
 
Fernando del Castillo Riggioni