ACTA Nº 7-2005

 

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del veinte de enero del dos mil cinco, con asistencia de los señores Magistrados Fonseca Montoya, quien preside, Sobrado González y la señora Magistrada Fallas Madrigal. 

ARTÍCULO PRIMERO.- Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Se conocen los siguientes asuntos:

a) Se conoce el expediente Nº 253-FM-2004 relativo al proceso incoado por la señora Marielos Guido Díaz, contra el Registro Civil y Roy Chacón Sanabria, Notario Público, por presuntas irregularidades en la renovación de su cédula de identidad y la inscripción de un matrimonio en que la actora aparece como contrayente.

Se dispone: Pase a la Dirección General del Registro Civil, para que determine lo procedente en este caso e informe al Tribunal. Cancélese el respectivo asiento de turno. ACUERDO FIRME.

b) Del señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, se conoce:

1) Oficio Nº 3355-D.E. del 17 de enero del 2005, suscrito conjuntamente con la señora Martha Castillo Víquez, Asesora Jurídica a.i, mediante el cual dicen lo que a continuación se transcribe literalmente:

“El Tribunal Supremo de Elecciones, en sesión Nº 4-2005 del 13 de este mes, Oficio Nº 0131-TSE-2005, dispuso pasar a los suscritos, para su inmediata atención, el Oficio Nº 00174 del 7 de los corrientes suscrito por la señora Lucía Gólcher Beirute, Fiscalizadora de la Unidad de Autorizaciones y Aprobaciones de la División de Desarrollo Institucional de la Contraloría General de la República, en el que, por las razones que expresó, devuelve sin refrendo el addendum suscrito entre el Tribunal y la empresa GlobalTek relativo al cambio de los insumos para cédula de identidad.

Sobre cada una de las observaciones formuladas se está trabajando a efecto de subsanar o aclarar los aspectos que se han señalado en relación con esta modificación contractual, propósito para el cual se ha solicitado la colaboración de los señores Proveedor, Contralor Electoral y Jefe de Cédulas.

Precisamente en reunión efectuada con los señores Jaime Madriz Muñoz y Olivier López Jiménez, se analizó el asunto relativo a los tiempos de producción de los insumos para cédula en relación con las existencias actuales, producto de lo cual se determinó que contamos con 166.000 tarjetas que cubren el consumo hasta mayo, 440 cintas holográficas que se agotarían en abril y 1052 rollos de cinta impresora a color que llegarían hasta marzo, todos estos meses del año en curso.

La empresa proveedora, por su parte, requiere de 45 días naturales para entregar las cintas de impresión, de 60 para producir las tarjetas y de 90 para las cintas de cubierta holográfica, dado que los dos últimos materiales son específicos para el Tribunal y se confeccionan con nuestro propio diseño. Lo anterior implica que la orden de inicio de los trabajos debe ser dada prácticamente de inmediato toda vez que el lapso para la cubierta holográfica nos lleva a mediados de abril, mes a cuyo término se acabaría el inventario de dicha cinta, sin la cual no se podrían emitir las cédulas. Por consiguiente, no resulta posible esperar el nuevo trámite de refrendo del addendum que nos ocupa.

En vista de lo anterior y de común acuerdo con los señores Madriz Muñoz y López Jiménez, nos permitimos recomendar al Superior que la primera entrega de insumos para cédula correspondiente al año 2005 se haga conforme a los términos actuales del contrato, sea con materiales para las impresoras Image Card III, para lo cual se requiere que la Proveeduría proceda con los trámites de la carta de crédito con la mayor brevedad posible. En cuanto a la modificación del contrato para obtener suministros para Image Card IV se concretaría a la segunda entrega de este año. Dentro de esta perspectiva se ha considerado además que las tres nuevas impresoras adquiridas a Unisys ingresarían a mediados de marzo, fecha para la cual ya se tendría la conectividad y estaríamos próximos a recibir los insumos para Image Card IV tramitados por contratación directa, mientras que el contrato con ABM de Costa Rica S. A. para las otras seis impresoras está en la Asesoría Jurídica en revisión de varias observaciones del contratista.

Se dispone: Procédase conforme lo recomiendan los señores Director Ejecutivo y Asesora Jurídica a.i. ACUERDO FIRME.

2) Oficio Nº 12-05-PEI del 17 de enero, mediante el cual informa que, en la reunión Nº 11 del Comité Ejecutivo del Plan Estratégico Institucional, celebrada el 20 de diciembre pasado, se conoció el estado del proyecto “Fortalecer y ampliar el ámbito de acción de la Oficina de Coordinación de Programas Electorales” y se dispuso enviar respetuosa consulta sobre la fecha probable en que se podría contar con el Reglamento de dicha oficina, debidamente aprobado, por ser insumo del avance de ese proyecto. Indica el señor Víquez Jiménez, el curso seguido por dicho oficio.

Se dispone: El Tribunal tratará de conocerlo en la sesión ordinaria del próximo jueves 27 de enero. ACUERDO FIRME.

3) Oficio Nº 03-2005-C. de C. del 18 de enero del 2005, al que adjunta copia del acta de la reunión Nº 542-05, celebrada el pasado 17 de enero, con base en la cual, particularmente, informa lo que se consigna en el artículo sétimo, respecto del acondicionamiento del Aula de Capacitación a efecto de trasladar a esa área el persona de la Secretaría que tramita expedientes de naturalización.

Se dispone: Tomar nota. La Oficina de Servicios Generales procederá de inmediato al acondicionamiento necesario. El Secretario del Tribunal tomará asimismo las previsiones del caso, en orden a concretar lo pertinente para el traslado, considerando la situación de la Asistente Legal de la Secretaría, la cual trabajará en el mismo espacio que los Letrados, dada la afinidad de las funciones que tiene asignada con las labores de estos profesionales. Tome nota el Arquitecto Percy Zamora Ulloa. ACUERDO FIRME.

c) De la señora Martha Castillo Víquez, Asesora Jurídica, se conoce:

1) Oficio Nº A.J. 024-2005 del 19 de enero del 2005, mediante el cual informa lo que se transcribe literalmente a continuación:

“En atención a lo dispuesto por el Tribunal en el artículo segundo de la sesión N° 04-2005, del 13 de enero del año 2005, oficio N° 137-TSE-2005 respetuosamente me permito informar lo siguiente:

En sesión N° 164-2004 del día 9 de diciembre del 2004, artículo segundo, el Superior conoció el oficio N° 910-2004 de la Contaduría Institucional, en el cual el señor Gilberto Gómez Guillén, recomendó que se le consultara a la empresa Unisys de C.A.S.A. sobre la propuesta del Departamento de Información y Comunicaciones, contenida en el oficio N°.1607 del 2 de noviembre del 2004, pues de no estar de acuerdo la empresa de cita, se tendría que archivar la gestión que fue presentada por esa empresa en fecha 25 de octubre del 2004, en razón de la inviabilidad de poder llevarla a cabo. Al respecto se dispuso que la Asesoría Jurídica formalizara la consulta, bajo el entendido que la misma no comprometía la decisión que en definitiva se fuera a adoptar.

Mediante oficio N°.A.J. 013-2005 del 11 de enero del 2005, se planteo la consulta referida y el día de ayer (18 de enero) se recibió en esta Asesoría el oficio SP-2005-2004, suscrito por el señor Jorge Villalobos Clare, Apoderado Generalísimo de Unisys de C.A.S.A. en el cual se refiere a los puntos 6.2. Soporte SICI y 6.3. Sustitución del Equipo A-14 del Informe Técnico del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones.

En virtud de que la respuesta de la citada empresa se refiere a aspectos técnicos y contiene además el desglose del valor de los bienes, respetuosamente sugerimos que si a bien lo tiene el Superior, se de (sic) traslado de la misma al DTIC y a la Contaduría Institucional para su pronunciamiento y una vez que se cuente con los elementos necesarios hacer la valoración jurídica y presupuestaria (costo-beneficio). Además creemos oportuno que se encomiende a la oficina correspondiente el análisis que permita determinar que los precios por los bienes y servicios ofrecidos resultan razonables.”

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. Proceden la Contaduría y el Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones a suministrar la información a que se refiere la Asesoría Jurídica en el plazo de ocho días. ACUERDO FIRME.

2) Oficio Nº A.J. 025-2005 del 19 del mes en curso, mediante el cual y en virtud de lo dispuesto por el Tribunal en sesión Nº. 03-2005, artículo segundo, inciso d), relativo al acuerdo de cooperación Técnica entre este Organismo Electoral y la Secretaría de la O.E.A., rinde el informe respectivo.

Se dispone: Pase a estudio individual de la señora y señores magistrados. ACUERDO FIRME.

d) Del señor Gilberto Gómez Guillén, Contador, se conoce oficio Nº 028-2005 del 18 de enero del 2005, mediante el cual, en atención a lo dispuesto en la sesión Nº 03-2005, relacionado con la liquidación final del Fondo General de Elecciones solicitada por la Dirección General de Presupuesto Nacional, informa que en razón del bloqueo a la asignación de los recursos a dicho Fondo, por parte de la Tesorería Nacional, el mismo no se constituyó, en consecuencia no procede realizar tal liquidación. Agrega que sin embargo, según la normativa que señala, el informe final deberá presentarse a más tardar el 1º de setiembre del año posterior a la culminación de los procesos electorales.

Se dispone: Tomar nota. Informe oportunamente, y a la mayor brevedad, la Comisión de Presupuesto sobre los avances y resultados de las reuniones que ésta haya sostenido con los funcionarios del Ministerio de Hacienda, según se dispuso en el artículo segundo de la sesión Nº 001-2005. Póngase en conocimiento del señor José Luis Araya Alpízar, Director General de Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda. ACUERDO FIRME.

e) Del señor Max Solórzano Alvarado, Contralor de Servicios, se conoce oficio Nº 011-2005 CS del 18 de enero del 2005, mediante el cual, conforme a lo acordado en sesión 107-2004, remite el informe anual de labores de la Contraloría de Servicios (Año 2004), conforme con la estructura que para estos efectos fue planteada por el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica, en su condición de Secretaría Técnica de las Contralorías de Servicios, y con el propósito de que dicho informe sea remitido a ese Ministerio conforme a lo acordado. 

Se dispone: Atienda la Secretaría del despacho, una vez que el señor Contralor de Servicios adicione la guía que somete, concretamente en lo que corresponde a la Secretaría del Tribunal, indicando que ese despacho ordena el trámite de los expedientes de naturalización, inscripción de mayores, ocursos e inscripción de nacimientos de personas de padres costarricenses nacidas en el extranjero, venidas en consulta o en apelación ante el Tribunal para estudio y resolución por parte de este órgano. Se indicará asimismo que la Secretaría del Tribunal ordena el trámite de los recursos de amparo, cancelación de credenciales, consultas electorales y denuncias por beligerancia política para su estudio y resolución por parte del Tribunal. ACUERDO FIRME.

f) De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa a.i. del Departamento de Recursos Humanos, se conoce:

1) Oficio Nº 050-2005-DRH del 18 de enero del 2005, mediante el cual eleva a conocimiento del Tribunal el oficio Nº 028-2005-SI del pasado 13 de enero, suscrito por el señor Luis Bolaños Bolaños, Jefe de la Sección de Inscripciones, mediante el cual solicita que durante las vacaciones que disfrutará la señora Ana Lilliam Fallas Chavarría, Oficial de Inscripciones, por diez días, a partir del próximo 24 de enero, sus funciones se recarguen en el servidor Lidier Mendoza Prado. En tanto este último no cuenta con los requisitos para ocupar el cargo, el recargo procedería por excepción, según las razones que reitera el señor Bolaños Bolaños. La gestión cuenta con la anuencia de la Directora General del Registro Civil y con el aval presupuestario de la Dirección Ejecutiva y Contaduría.

Se dispone: Aprobar el recargo de funciones por excepción conforme se propone. ACUERDO FIRME.

2) Oficio Nº 052-2005-DRH del 19 de enero del 2005, mediante el cual indica que al haberse resuelto de forma negativa el período de prueba de la servidora Alice Pinnock Mc Kenzie, quien se nombró en propiedad como Auxiliar de Operación en la Oficina Regional de Jicaral, teniendo en cuenta que la empleada se desempeñaba como Oficial de Seguridad interina en una plaza de Servicios Especiales, que ya ha sido ocupada con otro funcionario, y siendo que a esta fecha no se han recibido instrucciones al respecto, sugiere trasladar nuevamente esta gestión a estudio de la Asesoría Jurídica.

Se dispone: Conforme se recomienda, pase este asunto a estudio e informe de la Asesoría Jurídica, la cual lo rendirá en el plazo de quince días. ACUERDO FIRME.

3) Oficio Nº 054-2005-DRH del 19 de enero del 2005, mediante el cual eleva a consideración del Tribunal nota del 18 de enero pasado, suscrita por el señor Luis Fernando Camacho Cambronero, funcionario de la Sección de Archivo, en la que presenta la renuncia a su cargo para acogerse al beneficio de pensión, en los términos que se detallan, a partir del próximo 1º de febrero. Asimismo, solicita el pago de prestaciones legales que le correspondan y vacaciones no disfrutadas a la fecha de retiro.

Se dispone: Aceptar la renuncia planteada por el señor Luis Fernando Camacho Cambronero, a quien se le dan las gracias por los eficientes servicios prestados a la Institución. Proceda la Contaduría a realizar los cálculos de rigor para el pago de las prestaciones legales que pudieran corresponderle, así como de las vacaciones a que tenga derecho a la fecha de su retiro, cuyo informe trasladará oportunamente a la Asesoría Jurídica, para la confección del respectivo proyecto de resolución. ACUERDO FIRME.

g) Del señor Gustavo Fitoria Mora, Coordinador de la Comisión de Asuntos Culturales, se conoce oficio Nº 0001-2005 CAC del 19 de enero del 2005, al que adjunta copia del acta de la reunión Nº 12-2005, celebrada el pasado 14 de enero, por dicha Comisión. Para los efectos correspondientes, y solicitando autorización del Tribunal, transcribe los artículos cuarto y sétimo.

Se dispone: Tomar nota. Se conceden las autorizaciones solicitadas. Para la debida difusión del cronograma en la web del Tribunal, pase el mismo al señor Vladimir Alpìzar Alvarado. En cuanto a la generosa donación del renombrado artista nacional Rafael Ottón Solís Quirós, el Tribunal agradece su gesto ejemplar y desprendido. La Asesoría Jurídica contactará a la Notaría del Estado en orden a que se elabore y suscriba la respectiva escritura de donación. ACUERDO FIRME.

h) Del señor Carlos Murillo Alvarado y la señora Marielos Blanco Olsen, Secretario de Conflictos y Secretaria de Actas, respectivamente, de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles, se conoce oficio Nº 01-2005 del 6 de enero del 2005, mediante el cual solicitan se proceda a determinar un incremento salarial para el primer semestre del presente año, que compense el índice de inflación.

Se dispone: Para el segundo semestre del año 2004, el Tribunal aprobó un aumento del 5% por costo de vida habida cuenta que el índice de inflación acumulada a junio de ese año -según datos del Banco Central- ascendió a un 6.26% lo que sumado a la diferencia de 0.01 que se dejó de reconocer en enero del año pasado, daba un total de 6.27%. El porcentaje de dicho incremento salarial obedeció a la disponibilidad presupuestaria y aunque no permitió compensar en su totalidad la inflación, se procuró resarcir de la mejor forma posible el deterioro del poder adquisitivo. En esta oportunidad, de conformidad con los datos emanados de dicha entidad bancaria, la inflación acumulada de julio a diciembre del 2004 es de 6.87% lo que sumado a la diferencia de 1.27% que quedó pendiente en julio de dicho año, da un total de 8.14%. Sin embargo, mediante Oficio Nº 3013-D.E. del 6 de octubre del año pasado, el señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, informó que las coletillas que figuran bajo el número 83 en las subpartidas “000 Sueldos para cargos fijos” y “080 Servicios Especiales”, que son las que contienen los recursos para los incrementos por dicho concepto, habían sido rebajadas por el Ministerio de Hacienda, por lo que los montos asignados únicamente permitirían reconocer un 3% en cada semestre, pero que la Subcomisión de Presupuesto de la Comisión de Asuntos Hacendarios de la Asamblea Legislativa las aumentó en 55.4 millones y en 5.5 millones de colones, en su orden, por lo que se dispondría de un 3.5% para cada periodo. No obstante lo anterior, dado que el Poder Ejecutivo mediante Decreto Nº 32184-MP-MTSS-H dispuso aumentar un 4% por costo de vida para este semestre, este Tribunal, con apoyo en sus facultades constitucionales y legales y con el propósito de no dejar en desventaja a su personal, dispone incrementar los salarios base en ese mismo porcentaje con base en los recursos existentes en las indicadas coletillas. Remítase el índice adjunto a la Dirección General de Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.

i) Del señor Juan E. Muñoz Giró, Intendente General de la SUGEF, se conoce oficio Nº SUGEF 205-2005 del 17 de enero del 2005, en el que solicita, según el acuerdo tomado por el Tribunal Supremo de Elecciones, en sesión 108-2003, la última actualización del padrón de nacimientos, defunciones y matrimonios con el mismo formato de ocasiones anteriores. Además, si es posible, incluir en el padrón la fecha de vencimiento de la cédula.

Se dispone: Atienda lo pedido el Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones. ACUERDO FIRME.

j) De la señora Ciska Raventós, Directora del Instituto de Investigaciones Sociales, se conoce oficio Nº IIS-814-2005 del 17 de enero del 2005, mediante el cual informa que han recibido los comentarios de los evaluadores del informe final del proyecto “El abstencionismo en Costa Rica: ¿quiénes son y por qué no votan los ciudadanos en las elecciones nacionales?”, de los cuales adjunta copia. Indica asimismo que el equipo trabajará en enero y febrero del presente año en la incorporación de dichos comentarios y que en oficio anterior se había solicitado apoyo para buscar recursos para la publicación del libro, el cual reitera. Agrega que paralelo a la conclusión del texto, podría discutirse lo relativo a la portada del trabajo.

Se dispone: Pase a la Comisión de Asuntos Académicos, para que formule una propuesta a este Tribunal. ACUERDO FIRME.

k) De la señora Rocío Álvarez Olaso, Subsecretaria del Partido Unión para el Cambio, se conoce:

1) Oficio Nº. UPC-EL-005-05 del 18 del mes en curso, mediante el cual comunica que dicha agrupación política realizará asambleas distritales en Mora, Naranjo, Palmares, Tibás, Paraíso, Alajuela, Heredia, Grecia y Atenas, detallando las fechas, direcciones, horas y agenda respectiva.

Se dispone: Se aprueba la supervisión correspondiente. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase a la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.

2) Oficio Nº UPC-EL-006-05 del 19 del mes en curso, mediante el cual comunica que dicha agrupación política realizará la asambleas distritales en Diriá de Santa Cruz y Trinidad de Moravia, detallando la agenda, dirección, fecha y hora respectivamente.

Se dispone: Se aprueba la supervisión correspondiente. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. La Secretaría de dicha agrupación comunicará en el plazo de 24 horas el número de teléfono del responsable de la asamblea distrital de Diriá de Santa Cruz, Guanacaste. ACUERDO FIRME.

l) De la señora Marianela Aguilar, Secretaria del Partido Acción Ciudadana, se conoce:

1) Oficios PAC-024-2005 y PAC-034-2005, del 18 del mes en curso, mediante los cuales adjunta los listados de los datos de las personas que integran los respectivos comités provinciales y los delegados a la asamblea nacional de las provincias de Alajuela, Cartago y Heredia; así como los delegados de las asambleas provinciales de Guanacaste, Puntarenas, Heredia y Alajuela. 

Se dispone: Pase a conocimiento de la Dirección General del Registro civil y de la Coordinación de Programas Electorales. ACUERDO FIRME.

2) Fax correspondientes a los oficios Nº PAC-032-2004 (sic) y PAC-033-2004 (sic) del 18 del mes en curso, mediante los cuales comunica los cambios en la dirección de la asamblea provincial de Puntarenas y en la fecha de la asamblea cantonal de Talamanca, Limón, respectivamente.

Se dispone: Tomar nota. Póngase en conocimiento de la Dirección General del Registro Civil y de la Coordinación de Programas Electorales. ACUERDO FIRME.

m) Del señor Pablo Álvarez Granados, Secretario del Partido Unión Patriótica, se conoce:

1) Nuevamente el oficio Nº UP-CE-D-08-05, del 14 del mes en curso, mediante el cual comunica que dicha agrupación política realizará la asambleas distritales en Puntarenas, San José, Heredia y Cartago, detallando la agenda, dirección, fecha y hora respectivamente.

Se dispone: De mejor acuerdo, se aprueba la supervisión correspondiente, excepto para las asambleas distritales de Santa Lucía de Barva, Tures de Santo Domingo, y San Pablo, Heredia, por resultar extemporánea la comunicación que se hace a este Tribunal. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.

2) Nuevamente el oficio UP-CE-D-09-05, del 17 del mes en curso, mediante el cual comunica que esa agrupación política estará celebrando asambleas distritales en la provincia de San José, cantón Central, distritos Catedral y Mata Redonda, cantón Vásquez de Coronado, distrito Patalillo, cantón San Rafael, distrito Montes de Oca, cantón Turrubares, distritos San Pedro, San Luis; provincia de Cartago, cantón Oreamuno, distritos Cot y San Rafael, cantón Central, distrito El Carmen; provincia de Puntarenas, cantón Golfito, distrito Golfito, y provincia de Alajuela, cantón San Ramón, distrito San Juan, en los lugares fechas y horas que indica, donde conocerán la agenda que puntualiza.

Se dispone: De mejor acuerdo, se aprueba la supervisión correspondiente para la asamblea distrital de San Pedro y San Luis de Turrubares. En las demás se omite la designación de delegados, por resultar extemporánea la comunicación a este Tribunal. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. Respecto a la jornada extraordinaria que se genere, pase la Dirección Ejecutiva para los efectos pertinentes. ACUERDO FIRME.

n) Del señor Gerardo Mora Zúñiga, Presidente del Partido El Grito del Caribe, se conoce fax recibido el 20 del mes en curso, mediante el cual y en virtud de lo dispuesto por el Tribunal en sesión 5-2005, artículo segundo, desglosa la agenda y direcciones correspondientes.

Se dispone: De mejor acuerdo, se omite la designación de delegados por resultar extemporánea la comunicación realizada a este Tribunal. Póngase en conocimiento de la Coordinación de Programas Electorales, para lo de su cargo. ACUERDO FIRME.

ñ) De la señora Roxana Salazar, Presidenta de la organización Transparencia Internacional Costa Rica, se conoce nota del 12 de enero del 2005, mediante la cual por las razones que expone, solicita audiencia con el Tribunal, para presentar el programa que ofrece IFES para facilitar la rendición de cuentas de la financiación electoral de campañas políticas.

Se dispone: Se concede la audiencia solicitada para el próximo viernes 28 de enero, a las 11:00 horas. ACUERDO FIRME.

o) Del señor Jorge Villalobos Clare, Apoderado Generalísimo de la empresa Unisys de Centro América, se conoce oficio Nº SP 2005 003 del 11 de enero del 2005, mediante el cual solicita una reunión, en fecha y hora a convenir, con la finalidad de analizar con el Tribunal las condiciones para una eventual renovación del contrato de mantenimiento del SICI.

Se dispone: Se concede la audiencia solicitada para el próximo martes 25 de enero, a las 14:00 horas. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO.- De la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, se conoce:

1) Oficio Nº 0064-2005-D.G. del 19 de enero del 2005, en el que dice lo que a continuación se transcribe literalmente:

“En relación con el acuerdo tomado por el Superior en sesión No. 1-2005, comunicado mediante oficio No. 060-TSE-2005 de fecha 6 de enero del 2005, respetuosamente solicito al Tribunal se adicione en el sentido de que (sic) también se incluya dentro de la investigación, el testimonio del Lic. José Luis Alvarado Vargas, Gerente del Area (sic) de Servicios Gubernamentales de la Contraloría General de la República.

Lo anterior, por cuanto el señor Auditor en su oficio No. 340-AI-2004 de fecha 23 de diciembre del 2004, solicita se recabe el testimonio de los mismos funcionarios que comparecieron en la investigación anterior (procedimiento administrativo # 079-FM-2004), pero omite al Lic. Alvarado, lo cual es inconveniente, ya que consta en las declaraciones rendidas por el señor Auditor en el citado procedimiento según folio 316: "... Sí lo eleve en consulta ante ese funcionario..." , razón por la cual es inexcusable la omisión señalada.”

Se dispone: El señor Inspector Electoral incluirá, dentro de la información preliminar ordenada, la declaración del señor Alvarado Vargas.

2) Oficio Nº 0065-2005 D.G. del 19 de enero del 2005, al cual adjunta copia, para conocimiento del Superior, de la Circular Nº 005-2005-C.D.G. de la misma fecha, referida al informe rendido respecto de la consultoría FUNDATEC-TSE, y que fue remitida a todos los Jefes de Departamento, Sección y Oficinas del Registro Civil.

Se dispone: Tomar nota.

ARTÍCULO CUARTO.- Del señor Víctor Manuel Vargas Meneses, Auditor Interno, se conoce oficio Nº 16-A.I.-2005 del 13 de enero del 2005, mediante el cual manifiesta lo transcrito a continuación exactamente:

“En atención a lo dispuesto por el Tribunal Supremo de Elecciones en sesión No.2-2005, comunicado mediante Oficio No.0083-TSE-2005, en el que conoce el oficio No 0036-TSE-2005 del 5 de enero de 2005, suscrito por el Lic. Alejandro Bermúdez Mora, Secretario del TSE, me permito manifestar lo siguiente:

1. El Lic. Bermúdez Mora, informa al Tribunal que la Contraloría General de la República en el oficio No.16404 (DFOE-GU-570) da por cumplida la disposición 4.1.1 del informe No. DFOE-GU-22/2003, omitiendo que tal cumplimiento está dado bajo la limitada condición “desde el punto de vista documental”.

2. La resolución del Tribunal de “tomar nota” sobre el oficio No.0036-TSE-2005, anteriormente citado, dirigido al mismo Secretario del TSE, con copia solamente a esta Auditoría Interna, no evidencia la razón de ser ni el propósito del informe del señor Secretario o alguna propuesta concreta que procure identificar soluciones adecuadas a la problemática de fondo.

La Ley General de la Administración Pública establece que el acto administrativo debe ser lícito, posible, claro y preciso y abarcar todas las cuestiones de hecho y derecho, surgidas del motivo, aunque no hayan sido debatidas por las partes interesadas, lo cual no se evidencia en este acuerdo.

En el artículo 130 de esa misma Ley, se dispone que el acto deberá aparecer objetivamente como una voluntad libre y conciente, dirigida a producir el efecto jurídico deseado para el fin querido por el ordenamiento. En el oficio del señor Secretario, no está definido el propósito del mismo, ya que esta acción no fue ordenada por el Superior, sino emprendida por su propia iniciativa.

Por otro lado, el artículo 3 de la nueva Ley de Enriquecimiento Ilícito y Corrupción en cuanto al deber de probidad, entre otros aspectos, impone obligaciones al funcionario público de orientar su gestión a la satisfacción del interés público, asimismo a demostrar rectitud y buena fe en el ejercicio de las potestades que le confiere la ley; asegurándose de que las decisiones que adopte en el cumplimiento de sus atribuciones se ajustan a la imparcialidad y los objetivos propios de la Institución con apego a principios de legalidad, eficacia, economía y eficiencia, rindiendo cuentas satisfactoriamente.

En vista de la importancia que tiene el asunto de fondo, esta Auditoría estima conveniente que la señora y los señores Magistrados soliciten al Lic. José Luis Alvarado Vargas, Gerente de Área de Servicios Gubernamentales de la Contraloría General de la República, que amplíe los términos del citado oficio definiendo el significado y alcance de la condición “desde el punto de vista documental se da por cumplida la citada disposición 4.1.1”.

Esta ampliación permitiría la correcta apreciación de los hechos revelados en nuestro informe No.192-AI-2004 denominado “Seguimiento a Cumplimiento de Disposiciones del Informe No. DFOE-GU-22/2003 de la Contraloría General de la República con una evaluación de la Planificación y Gestión del Fondo General de Elecciones, Subpartida Presupuestaria 900- Imprevistos”.

También aportaría mayores elementos de juicio para la resolución del conflicto planteado por esta Auditoría Interna ante la Contraloría General de la República, oficio No. 281-AI-2004 del 2 de noviembre del 2004, mismo que está en estudio en el Centro de Relaciones para el Fortalecimiento y la Fiscalización Superiores.”

Se dispone: No obstante que para el Tribunal el punto está suficientemente claro, conforme lo solicita expresamente la Auditoría institucional, proceda la Secretaría a hacer la consulta que interesa.

La Magistrada Fallas Madrigal consigna la siguiente nota:

“La Magistrada Fallas concuerda en solicitar al Licenciado José Luis Alvarado Vargas, Gerente de Área de Servicios Gubernamentales de la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa de la Contraloría General de la República, que amplíe los términos del citado oficio, tal y como lo solicita el señor Auditor Interno.”

ARTÍCULO QUINTO.- Del señor Gilberto Gómez Guillén, Contador, se conoce oficio Nº 029-2005 del 19 de enero del 2005, mediante el cual se refiere a la solicitud de reajuste de precio de la Oficina Regional de Upala, sugiriendo aceptarlo, en los términos que detalla. 

Se dispone: Para los efectos correspondientes, pase a la Asesoría Jurídica.

ARTÍCULO SEXTO.- Del señor Javier Vega Garrido, Proveedor, se conoce copia del oficio Nº 58 del 17 de enero del 2005, dirigido al señor Fernando Víquez Jiménez, Coordinador del Comité Gerencial de Informática, en el que, de conformidad con lo acordado por este Tribunal en su sesión Nº 3-2005, amplía la justificación de su asistencia tardía, a la reunión señalada de dicho Comité.

Se dispone: Archivar.

ARTÍCULO SETIMO.- Del señor Gilberth Elizondo Delgado, Prosecretario de la Corte Suprema de Justicia, se conoce oficio Nº SP-001-05 del 19 de enero del 2005, en el que se refiere a la juramentación de la licenciada Zetty Bou Valverde, como Magistrada Suplente del Tribunal Supremo de Elecciones, por lo que resta del período legal que vence el 7 de mayo del 2007.

Se dispone: Tomar nota y agradecer la información suministrada.

ARTÍCULO OCTAVO.- De la señora Marielos Marchena Hernández, Secretaria Municipal de Puntarenas, se conoce fax correspondiente al oficio Nº SM-34 del 19 de enero del 2005, mediante el cual informa de la juramentación del señor Mario Vargas Guevara como Regidor Suplente por parte del Concejo Municipal, en su sesión extraordinaria Nº 241 del pasado 12 de enero del año pasado.

Se dispone: Tomar nota y agradecer la información suministrada.

ARTÍCULO NOVENO.- De la señora Anabelle Artavia Montero, Tesorera del Partido Fuerza Democrática, se conoce nota del 18 de enero del 2005, mediante la cual solicita se le indique si puede continuar usando los mismo libros contables que tiene ese partido, los cuales cuentan aún con mucho espacio, o si por el contrario, en caso de que deban cambiarlos, pide se le indique si el Tribunal ha dispuesto una fecha determinada para ese cambio.

Se dispone: Para su estudio y recomendación pase al señor Contador institucional.

A las once horas con treinta minutos terminó la sesión.

 
 
 
 
Oscar Fonseca Montoya
 
 
 
 
 
Luis Antonio Sobrado González
 
 
 
 
 
 
Olga Nidia Fallas Madrigal