ACTA Nº 118-2006

 

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del seis de abril del dos mil seis, con asistencia de los señores Magistrados Fonseca Montoya, quien preside, Sobrado González, la señora Magistrada Zamora Chavarría y los señores Magistrados Casafont Odor y Rodríguez Chaverri. 

ARTÍCULO PRIMERO.- Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Se conocen los siguientes asuntos:

a) Se acuerda: Poner en conocimiento de todas las Jefaturas institucionales, para lo de sus respetivos cargos, la Ley Nº 8492, Regulación del Referéndum, así como la Nº 8491 de Iniciativa Popular, publicadas ambas en La Gaceta Nº 67 del martes 4 de abril del año en curso. ACUERDO FIRME.

b) Del señor Alejandro Bermúdez Mora, Secretario del despacho, se conoce oficio Nº 2062-TSE-2006 del 30 de marzo del 2006, en el que manifiesta lo que se transcribe a continuación:

“Con un cordial saludo, en relación con el asunto supra indicado y para lo que a bien tenga disponer el Superior por este medio me permito solicitar la aprobación del Tribunal para lo que de seguido paso a explicar:

1.- En el artículo 1º del acta adjunta, trató la Comisión lo relativo a la solicitud formulada por el Lic. Javier Vega Garrido, Proveedor de estos organismos electorales, tendiente a que se le concediera dos días de licencia para cursar estudios de posgrado en Ciencia Política en la Universidad de Costa Rica, en punto a lo cual se acordó sugerirle al Tribunal lo siguiente:

1.a.- Conceder al Lic. Vega Garrido un día semanal de licencia y suscribir para tal efecto el respectivo contrato de adiestramiento.

1.b.- La Dirección Ejecutiva, así como el Lic. Vega Garrido, deberán adoptar las medidas necesarias para no afectar el normal funcionamiento de la Proveeduría.

1.c.- Para el II semestre del presente año el señor Director Ejecutivo evaluará la licencia concedida la señor Vega Garrido y formulará la recomendación del caso directamente al Tribunal.

1.d.- No conceder licencia alguna, en lo sucesivo, hasta tanto no se estudie y reglamente una política general de capacitación en estudios que sean de interés para estos organismos electorales.”

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.

c) Del señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, se conoce oficio Nº 430-D.E. del 4 de abril del 2006, suscrito conjuntamente con el señor Héctor Fernández Masís, Coordinador de Programas Electorales, mediante el cual, en atención a lo dispuesto en sesión Nº 8-2006, artículo sétimo, celebrada el pasado 24 de enero, rinden el informe requerido acerca del planteamiento que hiciera el señor Javier Vega Garrido, Proveedor institucional, en el sentido de que se analice la posibilidad de prescindir de los sacos de polipropileno que se utilizan actualmente en el embalaje de la documentación electoral y en su lugar adquirir bolsas de color neutro especiales para transporte de valores, y de conformidad con las razones que exponen, recomiendan estar a la espera del informe que deberá rendir el Encargado del Programa de Empaque del Material Electoral, señor Oscar Mena Carvajal, a efecto de determinar si será posible utilizar en los comicios de diciembre los sacos que se tienen en existencia. Si ello no fuere factible, se sugiere que la Proveeduría realice un estudio de mercado para adquirir las bolsas de seguridad como las que utilizan las empresas dedicadas al transporte de valores u otra similar, siempre que cuenten con las características señaladas en el punto 2 del informe.

Se dispone: Aprobar según se recomienda. En consecuencia, pase el informe a conocimiento del señor Proveedor. ACUERDO FIRME.

d) De la señora Mary Anne Mannix Arnold, Jefa a.i. del Departamento Legal, se conoce:

1) Oficio Nº D.L. 165-2006 del 4 del mes en curso, en el cual comunica que, según lo acordado por el Tribunal en sesión ordinaria Nº 76-2006 del 9 de marzo del 2006, artículo segundo, relacionado con el oficio Nº. 508-2006 del señor Javier Vega Garrido, Proveedor, así como los oficios números 1583-TSE-2006 del 15 de marzo y 1800-TSE-2006 del 22 de dicho mes, ambos del año en curso, referentes a la compraventa de tres vehículos tipo pick up, y de conformidad a los argumentos que expone, recomienda: “…que el Órgano Fiscalizador remita a este Departamento un informe en el que determine el número de días de atraso en que incurrió el contratista; así como el monto al cual ascenderían las multas a imponer, para tales efectos tomará en consideración lo establecido en el oficio Nº. 642-2006 del 27 de marzo de año en curso de la Proveeduría. Lo anterior en el plazo improrrogable de dos días. Posteriormente, este Departamento elaborará el proyecto de auto de traslado al contratista para que se refieran a los días de atraso, el (sic) monto de la sanción pecuniaria que eventualmente se le podría imponer”.

Se dispone: Procédase conforme propone la jefatura del Departamento Legal. ACUERDO FIRME.

2) Oficio Nº D.L 170-2006 del 5 de abril del 2006, mediante el cual, en atención al oficio Nº 6879-TSE-2005 del 25 de octubre de 2005, que comunica lo dispuesto por este Tribunal, en el artículo quinto, inciso b) de la sesión N° 103-2005, rinde informe relativo a la solicitud del señor Víctor Manuel García Barquero, para el reajuste de precio del contrato de mantenimiento preventivo y correctivo de relojes marcadores, y con base en las razones que expone recomienda autorizar dicho reajuste, de conformidad con el cálculo y la fecha de rige que indica la Contaduría de este Tribunal, para lo cual adjunta el borrador de resolución respectivo.

Se dispone: Tener por rendido el informe que se somete a conocimiento de este Tribunal cuya recomendación se acoge. Emítase la respectiva resolución. ACUERDO FIRME.

e) Del señor Víctor Manuel Vargas Meneses, Auditor Interno, se conoce oficio Nº 92-A.I.-2006 del 30 de marzo del 2006, quien en atención a lo solicitado por la Contraloría General de la República, mediante oficio N° 3067 (DFOE-99) del 27 de febrero del 2006, remite copia del Informe N° SRCGR-11-2006, denominado “Informe anual sobre el estado de cumplimiento de las disposiciones giradas por la Contraloría General de la República al Tribunal Supremo de Elecciones”.

Se acuerda: Tomar nota de la copia del informe que la Auditoría ha remitido a este Tribunal, sobre el cual resulta necesario hacer las siguientes observaciones:

1.- De las treinta y siete disposiciones que se incluyen como dirigidas a la Administración, la Auditoría da por cumplidas a satisfacción veinticinco, una como aceptable, dos en trámite, una pendiente, dos insatisfactorias y sobre las restantes seis manifiestan que tienen pendiente el seguimiento. Sobre estas últimas es menester mencionar que se refieren al informe relativo a las bases de datos locales instaladas en las sedes regionales, todas las cuales se atendieron debidamente dentro de los plazos establecidos.

2.- Las dos que se conceptúan como “en trámite” realmente están cumplidas de parte de la Administración toda vez que se procedió conforme a las disposiciones emitidas. La situación actual concerniente al desarrollo de estos casos en estrados judiciales escapa del control de la Institución y, al menos en lo que respecta al SICI, lo que ha solicitado el órgano contralor es que trimestralmente se le informe el avance del expediente que ahora conduce la Procuraduría General de la República. Por estas razones se discrepa del criterio de la Auditoría.

3.- En cuanto a las calificadas como “insatisfactorias” ha de notarse que ambas se refieren a un mismo tema relacionado con el manejo de las soluciones alternas que el TSE debe ordenar -debidamente motivadas- cuando discrepe de las recomendaciones de la Auditoría. Una emana de la Contraloría al pronunciarse sobre el informe de Auditoría relacionado con las elecciones del 2002. La otra proviene del último despacho citado y va en el mismo sentido: girar las instrucciones necesarias y establecer los controles pertinentes para que se cumpla con los plazos establecidos para el trámite de sus informes. En esa oportunidad el TSE atendió la petición e instruyó a la Secretaría a dar seguimiento para que en futuras gestiones se respeten los plazos. La Auditoría señala que esto lo consideran “insatisfactorio” porque “es necesario que se adopten acciones concretas para ajustarse a lo que señala la disposición”. En estos dos casos estima el Tribunal que la calificación que hace la Auditoría es errónea pues parte de un juicio de valor que como tal es subjetivo y no se fundamenta en hechos sino en su propia apreciación.

Por lo expuesto es criterio del Tribunal Supremo de Elecciones que, de las disposiciones que le han sido giradas, solamente una está pendiente y a todas las restantes se les ha dado cumplimiento.

Póngase lo resuelto en conocimiento de la Contraloría General de la República y comuníquese a la Auditoría Interna. ACUERDO FIRME.

f) Del señor Gilberto Gómez Guillén, Contador institucional, se conoce:

1) Oficio Nº 236-2006 del 31 del mes pasado, mediante el cual de conformidad con las razones que indica, propone la estructura que detalla para la recepción de reportes de contribuciones que emiten los diferentes partidos políticos, dentro de los términos que establece el artículo 176 bis del Código Electoral, para el período 2006-2010.

Se dispone: Aprobar. Póngase en conocimiento de los partidos políticos. ACUERDO FIRME.

2) Oficio Nº 253-2006 del 4 de abril del 2006, mediante el cual manifiesta lo que se transcribe a continuación:

“En atención a lo dispuesto por el Tribunal Supremo de Elecciones en Sesión Nº 94-2006, celebrada el pasado veintiuno de marzo del año en curso y comunicado en Oficio Nº 1780-TSE-2006 del 22 de de marzo del 2006, mediante el cual solicita información sobre los pagos efectuados a la Municipalidad de Nicoya por alquiler del local que ocupa la Oficina Regional, me permito informarle lo siguiente:

• De acuerdo a los registros y controles que al efecto lleva esta Contaduría, el último pago efectuado a la Municipalidad de Nicoya fue el correspondiente al alquiler del mes de junio del 2004. A la fecha esta Contaduría no ha recibido facturas para su trámite de la Municipalidad de Nicoya. 

• En Oficio No. 509-2004 del 29 de junio del 2004, recibido en la Municipalidad de Nicoya el 13 de julio del 2004, se le comunicó a la Municipalidad que debía presentar factura para iniciar el proceso de trámite de cobro, de lo contrario la cancelación del respectivo compromiso no se podría hacer efectivo.

Adjunto copia del Oficio Nº 509-2004 Contaduría.”

Se dispone: Tener por rendido el informe que presenta el señor Contador, el cual se hará del conocimiento del Alcalde Municipal de Nicoya, para los efectos correspondientes. ACUERDO FIRME.

g) Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce:

1) Oficio Nº 737-2006-DRH del 3 de abril de 2006, recibido el 4 de los corrientes, mediante el cual manifiesta lo que se transcribe a continuación:

“Para los efectos pertinentes, me permito elevar a consideración del Tribunal Supremo de Elecciones el oficio número 125-2006-SG de hoy que suscribe el Lic. Gustavo Fitoria Mora, Jefe de la Sección de Servicios Generales, mediante el cual informa que fue incapacitado por el servicio de ortopedia del Hospital Rafael Ángel Calderón Guardia del 3 al 17 de abril, motivo por el cual solicita que durante ese lapso las funciones correspondientes se le recarguen al Lic. Luis Sáenz Venegas, quien se desempeña como Profesional Especializado en la Dirección Ejecutiva y ya en otras oportunidades ha asumido esa misma responsabilidad.

Salvo superior criterio, se recomienda aprobar dicha solicitud como encargo de funciones del 3 al 7 de abril, pues a partir del día siguiente y hasta el 17 de abril la institución permanecerá cerrada por vacaciones de todo el personal.”

Se dispone: Aprobar el encargo de funciones conforme lo recomienda el señor Carías Mora. ACUERDO FIRME.

2) Oficio Nº 759-2006-DRH del 5 de abril del 2006, mediante el cual eleva a consideración de este Tribunal, oficio del señor Francisco José Monge Arroyo, Coordinador a.i. de Servicios Regionales, en el cual indica que Carlos Alberto Camacho Murillo, Jefe de la Oficina Regional de Pococí, ha solicitado el disfrute de 15 días de vacaciones a partir del 18 de abril entrante. Agrega el señor Carías Mora que usualmente en casos de esta naturaleza, las funciones se le recargan al funcionario nombrado como Coordinador de Apoyo que es quien está autorizado para firmar documentos y para sustituir a la jefatura durante sus ausencias. No obstante, indica que ese funcionario asumió dicho puesto hace menos de dos semanas, por lo que apenas lo está conociendo y aún no tiene experiencia en las tareas de la jefatura, además de que se encuentra en período de prueba dado su reciente ascenso, y ante una situación como la descrita, lo normal sería no autorizar las vacaciones del jefe. Sin embargo manifiesta que, resulta que el señor Camacho Murillo tiene programado un viaje al extranjero y ya adquirió los boletos de avión, por lo que cancelarlo o variar las fechas le representaría el costo que por esos conceptos aplican las aerolíneas, y por ello recomienda la alternativa de enviar a dicha sede regional, con recargo de funciones, al señor Álvaro Pizarro Abarca.

Se dispone: Recargar las funciones respectivas en el señor Pizarro Abarca. ACUERDO FIRME.

3) Oficio Nº 760-2006-DRH del 5 de abril del 2006, mediante el cual eleva a consideración de este Tribunal, oficio del señor Francisco Monge Arroyo, Coordinador a.i. de Servicios Regionales, en el cual informa que el señor Víctor Elías Rodríguez Fajardo, Jefe de la Oficina Regional de Nicoya, fue incapacitado nuevamente por los servicios médicos de la Caja Costarricense de Seguro Social, esta vez del 31 de marzo al 7 de abril de 2006, según consta en la boleta correspondiente, por lo que se solicita prorrogar el recargo de sus funciones en el señor Maynor Abraham Caravaca Vargas, Coordinador de Apoyo de dicha sede, quien las asumió desde el pasado 1 de marzo del año en curso. Asimismo, en virtud de que existe la posibilidad de que dicho funcionario continúe siendo incapacitado, el señor Carías Mora sugiere aprobar el recargo de funciones no hasta el 7 de abril en que vence la última incapacidad, sino hasta la fecha en que efectivamente el señor Rodríguez Fajardo se incorpore a su trabajo.

Se dispone: Aprobar la prórroga hasta el próximo 7 de abril, en virtud de que no tendría sentido recargar las funciones del 8 al 17 de abril, toda vez que la Oficina Regional permanecerá cerrada. ACUERDO FIRME.

h) Del señor Luis Diego Brenes Villalobos, Letrado de este Tribunal, se conoce oficio sin número del 31 de marzo del 2006, mediante el cual comunica invitación formulada por el Comité de Nominaciones de IDEA International a efectos de que, si el Tribunal a bien lo tiene, nomine candidatos para integrar la Junta de Directores de dicho instituto, según detalla.

Se acuerda: El Tribunal toma nota del comunicado de IDEA Internacional, puesto en nuestro conocimiento a través de la Cancillería. La Secretaría lo informará a ésta última, a la que se le indicará adicionalmente que el Organismo Electoral no tiene en mente, por el momento, sugerir nominación alguna. ACUERDO FIRME.

i) Del señor David Reuben H. Jr., Delegado Permanente Adjunto, se conoce fax del 4 del mes en curso, mediante el cual adjunta solicitud de la Jefatura de Seguridad de la Asamblea Legislativa, para que se les facilite la mayor cantidad de espacio posible en el parqueo de este Tribunal, a partir de las 6:00 hasta las 22:00 horas del lunes 1º de mayo, en virtud de la celebración de la sesión de apertura de la primera legislatura.

Se dispone: Para su inmediata atención, pase a consideración del señor Director Ejecutivo. ACUERDO FIRME.

Sale del Salón de Sesiones el señor Magistrado Rodríguez Chaverri.

j) Del señor Luis Arias Núñez, Presidente de la Junta Central Electoral de República Dominicana, se conoce fax correspondiente a oficio Nº 12663 del 30 de marzo del 2006, mediante el cual cursa cordial invitación para que dos Magistrados de este Organismo Electoral, participen como invitados de esa Junta, en calidad de observadores internacionales de las Elecciones Ordinarias Generales Congresionales y Municipales, que se celebrarán el 16 de mayo del año en curso, previéndose la estadía en dicho país del sábado 13 al miércoles 17 de dicho mes.

Se dispone: Agradecer al Dr. Arias Núñez la gentil invitación que cursa a ese importante evento y, para atenderla se designa al Magistrado Presidente Oscar Fonseca Montoya y a la Magistrada Zetty Bou Valverde. Para sustituir al Magistrado Fonseca Montoya del 15 al 17 de mayo, previo sorteo, se designa al Magistrado suplente Mario Seing Jiménez. Para el ejercicio de la Presidencia se nombra a la Magistrada Zamora Chavarría. ACUERDO FIRME.

El señor Magistrado Rodríguez Chaverri reingresa al Salón de Sesiones.

k) Del señor Gian Carlo Mazzali Alfaro, Tesorero del Comité Ejecutivo del Partido Yunta Progresista Escazuceña, se conoce nota del 5 del mes en curso, mediante la cual informa que dicha agrupación política celebrará asambleas distritales en San Antonio, San Miguel y San Rafael, el 19 de abril a las 7 p.m., detallando las direcciones y agendas a conocer, respectivamente.

Se dispone: Se omite la designación de delegados de este Tribunal por resultar extemporánea la comunicación que se hace a este Tribunal, toda vez que debe hacerse con al menos cinco días hábiles antes a la fecha en que se celebrarán las asambleas. Además, se le recuerda al interesado que en la comunicación debe consignarse el nombre, dirección y número de teléfono de cada uno de los encargados o responsables de las respectivas asambleas. ACUERDO FIRME.

l) Del señor Guillermo Guillén Araya se conoce fax del 5 del mes en curso, mediante el cual y en virtud de las razones que expone, solicita se le dé un informe de los resultados correspondientes a las Juntas Receptoras de Votos para la elección de regidores de la Municipalidad de Oreamuno.

Se dispone: Se le informa al gestionante que, de conformidad con lo dispuesto por este Tribunal en sesión Nº 11653, artículo segundo, inciso l), todo escrito o petición realizada por una persona física deberá estar debidamente autenticada, teniéndose por auténticas cuando sean presentadas personalmente por el firmante. Sin embargo, se le comunica al interesado que en la página web de este Tribunal (www.tse.go.cr) se encuentran las actas de escrutinio correspondientes y que pueden ser fácilmente consultadas. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO.- De la señora Magistrada Zetty Bou Valverde se conoce informe del 15 de marzo del 2006, respecto de su participación como observadora en el proceso electoral que se efectuó en El Salvador el pasado 12 de marzo para la elección de Alcaldes, Diputados y Diputados para el Parlamento Centroamericano.

Se dispone: Tener por rendido el informe que presenta la Magistrada Bou Valverde.

ARTÍCULO CUARTO.- Del señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, se conoce oficio Nº 21-2006 C. de C. del 4 de abril del 2006, al que adjunta copia del acta de la reunión Nº 567-06, celebrada el 3 de abril de 2006, por la Comisión de Construcciones. Particularmente se refiere a lo consignado en el artículo segundo, inciso a), y conforme a lo ordenado por el Tribunal en sesión Nº 101-2006 del 23 de marzo del año en curso, oficio Nº 2041-TSE-2006, se informa que la reparación en el sexto piso está incluida en la próxima contratación y que el cambio que se propuso es para hacer más genérica la descripción a efecto de poder cubrir otras zonas que tienen diferente tipo de piso.

Se dispone: Tomar nota.

ARTÍCULO QUINTO.- Del señor Javier Vega Garrido, Proveedor, se conoce oficio Nº 0710-06 del 3 de abril del 2006, mediante el cual informa que el contrato suscrito con la empresa AGROSUPERIOR S.A., por el servicio de mantenimiento preventivo de la planta eléctrica marca Kolher propiedad de la institución, vence el próximo 8 de julio, y según la cláusula novena del mismo se previó la posibilidad de prórrogas por períodos de un año. Agrega que el órgano fiscalizador correspondiente, sea el señor Gustavo Fitoria Mora, Jefe de la Sección de Servicios Generales, recomienda la prórroga del mismo y siendo consultada la Contaduría acerca de la existencia de contenido económico, se le informó sobre el saldo de la respectiva subpartida presupuestaria, por lo que si este Tribunal aprueba la indicada recomendación, el supracitado contrato sería prorrogado. 

Se dispone: Aprobar la prórroga del respectivo contrato.

ARTÍCULO SEXTO.- Del señor Gilberto Gómez Guillén, Contador, se conoce oficio Nº 252-2006 del 4 de abril del 2006, mediante el cual informa sobre la solicitud de reajuste del precio de alquiler del local en donde se encuentra ubicada la Oficina Regional de Tarrazú, petitoria suscrita por la señora Guadalupe Solís Gamboa y recibida en su despacho el 21 de febrero del año en curso, según detalla.

Se dispone: Para su estudio e informe, pase al Departamento Legal de este Tribunal.

ARTÍCULO SETIMO.- Del señor Gerardo Hernández Granda, Jefe a.i. del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones, se conoce oficio Nº 594 DTIC del 31 de marzo del 2006, recibido el 3 de abril en curso, quien en atención a lo dispuesto por este Tribunal y comunicado por oficio Nº 1560-TSE-2006 del 15 de marzo pasado, informa que se procedió y modificó el nombre para el Oficial Mayor (Electoral) como lo sugirió la señora Directora General del Registro Civil.

Se dispone: Tomar nota.

ARTÍCULO OCTAVO.- Del señor Luis Sáenz Venegas, Coordinador del Sistema de Control Interno, se conoce oficio Nº 437-2006-DE del 3 de abril del 2006, al que adjunta informe de la actividad realizada por la Contraloría General de la República en relación con la implementación del Sistema Específico de Valoración de Riesgo Institucional, a la cual asistió en virtud de la designación que hizo este Tribunal.

Se dispone: Tomar nota.

ARTÍCULO NOVENO.- Del señor Claudio Cordero Aguilar, funcionario de Servicios Generales, se conoce nota del 5 de abril del 2006, mediante la cual informa sobre lo acontecido en el acto de entrega de credenciales al Presiente Electo, Dr. Oscar Arias Sánchez, y por las razones que expone, sugiere que se mejore el equipo de sonido institucional y se le capacite ampliamente en el campo de sonido para cumplir a cabalidad con la función que se le encomienda.

Se dispone: Tomar nota. Pase este asunto a la Dirección Ejecutiva para lo de su cargo.

ARTÍCULO DECIMO.- Del señor Alberto Sáenz Pacheco, Presidente Ejecutivo de la Caja Costarricense de Seguro Social, se conoce oficio Nº P.E. 15.246-06 del 3 de marzo del 2006, mediante el cual, de conformidad con las razones que expone, manifiesta el interés de esa Institución, que como parte de la información que actualmente este Tribunal facilita al Sistema Centralizado de Recaudación (SICERE), se analice la posibilidad de que se les adicione la fotografía de las personas incluidas en el Padrón Electoral, y para ello propone la conformación de una comisión a nivel interinstitucional para finiquitar detalles sobre el tema y para ello designa a los funcionarios que menciona.

Se dispone: El Tribunal lamenta no poder acceder a la solicitud formulada, por las razones indicadas en el artículo segundo de la sesión Nº 6-2003, adicionado por el artículo segundo de la sesión Nº 126-2003, de los cuales se les facilitará copia al gestionante. Conforme lo precisó en esa oportunidad el Tribunal, no es jurídicamente factible dar acceso a la información privada que conste en nuestra base de datos (foto, teléfono y dirección), salvo consentimiento propio del interesado y por virtud del imperativo de garantizar el derecho fundamental a la intimidad y a la imagen.

ARTÍCULO DECIMOPRIMERO.- Del señor Diputado Rodrigo Alberto Carazo Z. se conoce fax correspondiente a oficio Nº 046-2006-RAC del 3 de abril del 2006, mediante el cual solicita la lista y direcciones de los observadores internacionales del proceso electoral 2006.

Se dispone: Atienda la Coordinación de Programas Electorales lo solicitado.

ARTÍCULO DECIMOSEGUNDO.- De la señora Lorena Vasquez Badilla, Presidenta del Partido Unidad Social Cristiana, se conoce oficio Nº 042-P-PUSC-06 del 4 de abril del 2006, mediante el cual informa que las oficinas de la Sede Central de esa agrupación política permanecerán cerradas del 10 al 17 de abril inclusive, del año en curso, por la celebración de la Semana Mayor.

Se dispone: Tome nota la Secretaría del despacho y póngase en conocimiento de la Dirección General del Registro Civil y la Coordinación de Programas Electorales para lo de sus respectivos cargos.

ARTÍCULO DECIMOTERCERO.- Del señor Oscar Eduardo Núñez Calvo, Secretario General del Partido Liberación Nacional, se conoce oficio Nº SGPLN-214 del 3 de abril del 2006, mediante el cual se apersona para promover consulta respecto del mecanismo de adjudicación de puestos municipales, con base en los puntos que detalla.

Se dispone: Remitir al interesado copia de los antecedentes jurisprudenciales que aclaran las dudas por él formuladas.

ARTÍCULO DECIMOCUARTO.- Del señor Johanny Esquivel Hidalgo se conoce fax correspondiente a oficio sin número recibido el 4 de abril del 2006, mediante el cual plantea consulta sobre si puede mantenerse en el cargo un miembro del Consejo de Administración de una cooperativa que presta servicio público de electricidad, siendo diputado electo.

Se dispone: Se le informa al gestionante que, de conformidad con lo dispuesto por este Tribunal en sesión Nº 11653, artículo segundo, inciso l), todo escrito o petición realizada por una persona física deberá estar debidamente autenticada, teniéndose por auténticas cuando sean presentadas personalmente por el firmante.

Por otra parte, se le comunica al interesado que el asesoramiento que se reclama no puede ser brindado por este Tribunal, puesto que las reglas constitucionales y legales que disciplinan su competencia no le confieren atribuciones de esta naturaleza, como sí sucede con otros órganos o entes consultivos. Téngase en cuenta que la única competencia consultiva de la cual goza el Tribunal Supremo de Elecciones está consagrada en el artículo 19.c del Código Electoral, que lo habilita a evacuar las peticiones de los partidos políticos relativas a la interpretación de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral.

En razón de lo expuesto, el Tribunal no puede acceder a la solicitud planteada.

ARTÍCULO DECIMOQUINTO.- Del señor Dr. Elberth Gómez Céspedes, se conoce copia de nota del 5 de abril del 2006, dirigido al Dr. Arturo Acosta Mora, Presidente del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Unión Nacional, mediante la cual se refiere a la convocatoria a una reunión del indicado Comité en los términos que detalla.

Se dispone: Tomar nota. Póngase en conocimiento de la Dirección General del Registro Civil para lo de su cargo.

A las dieciséis horas terminó la sesión. 

 
 
 
 
Oscar Fonseca Montoya
 
 
 
 
 
Luis Antonio Sobrado González
 
 
 
 
 
Eugenia María Zamora Chavarría
 
 
 
 
 
Ovelio Rodríguez Chaverri
 
 
 
 
 
Fernando del Castillo Riggioni