ACTA Nº 3-2006

 

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del diez de enero del dos mil seis, con asistencia de los señores Magistrados Fonseca Montoya, quien preside, Sobrado González, la señora Magistrada Zamora Chavarría y los señores Magistrados Casafont Odor y Rodríguez Chaverri. 

ARTÍCULO PRIMERO.- Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Se conocen los siguientes asuntos:

a) De la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, se conoce oficio Nº 017-2006-D.G. del 6 del mes en curso, al que adjunta ejemplar del Estatuto del Partido Integración Provincial Tres, debidamente actualizado. Agrega que enviará comunicación al Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones para que realice las actualizaciones correspondientes en el sitio web del Tribunal y en la Red Interinstitucional de Transparencia.

Se dispone: Tomar nota. Pase a la Secretaría del despacho para su debida custodia. ACUERDO FIRME.

b) Del señor Fernando Víquez Jiménez, Coordinador de la Comisión Transmisión de Datos, se conoce oficio Nº 309-2006 CTD del 9 de enero del 2006, mediante el cual -con el propósito de presentar a los medios de comunicación el sistema de transmisión de datos para las elecciones de febrero próximo- sugiere que se convoque a conferencia de prensa para el jueves 19 de este mes, a la 15:00 horas en el Salón Multiuso, oportunidad en la que -luego de la exposición que haría el señor Presidente del Tribunal- podría el señor Héctor Fernández Masís, Coordinador de Programas Electorales, referirse al avance de los preparativos para dichos comicios, para posteriormente presentar el sistema y se pueda observar el proceso conforme a la prueba programada para ese día.

Se dispone: Aprobar. Póngase en conocimiento de la Oficina de Comunicación y Protocolo. ACUERDO FIRME.

c) Del señor Jaime Garita Sánchez, Inspector Electoral, se conoce oficio Nº I.E.-431-2005 del 23 de diciembre del 2005, recibido el pasado 6 de enero, mediante el cual, por las razones que expone, sugiere la revisión por parte de este Tribunal, de la resolución dictada por la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, Nº 086-RADG-05 de las doce horas del trece de diciembre del dos mil cinco, dentro del procedimiento administrativo ordinario seguido en expediente Nº 062-O-2005.

Se dispone: Turnar al señor Magistrado que corresponda. ACUERDO FIRME.

d) De la señora Sara Porras Mora, Auditora Interna a.i., se conoce oficio Nº 366-A.I.-2005 del 14 de diciembre del 2005, mediante el cual, por las razones que expone, adjunta el primer informe parcial sobre la asesoría que le fue solicitada sobre la “firma digital”. Agrega que, en conversaciones con funcionarios del Ministerio de Ciencia y Tecnología, se les informó que están redactando el Reglamento a la Ley 8454, y que en este mes se tendría el primer borrador del mismo, el cual podría ser revisado por este Tribunal, para aportar y consolidar la posición del TSE en el resguardo de la identidad del costarricense. Para esto, los funcionarios del Ministerio de Ciencia y Tecnología se ofrecieron a conversar con los señores Magistrados sobre este Reglamento.

Se acuerda: Pase a la Asesoría Jurídica y Dirección Ejecutiva para que valoren la viabilidad legal y pertinencia, respectivamente, de la participación del Tribunal en el proyecto que se sugiere. ACUERDO FIRME.

e) Del señor Javier Vega Garrido, Proveedor, se conoce oficio Nº 86-2006 del 10 de enero del 2005, mediante el cual informa sobre el resultado del estudio realizado a la plica sometida para la licitación restringida N° 08-2005: “Servicio de recolección del material electoral desde los diferentes cantones del país hasta el Tribunal Supremo de Elecciones”, según detalla y recomienda lo que se transcribe a continuación:

“… 5. RECOMENDACIÓN

Con independencia del criterio aún pendiente del señor Rodolfo Villalobos, es lo cierto que los apuntados vicios en las ofertas (extemporaneidad y modificación de precio) impiden a la Administración adjudicar este concurso, de ahí que, considerando la naturaleza del servicio requerido y el corto tiempo para su prestación, debe declararse desierto y trasladar el asunto a la Asesoría Jurídica para el inmediato dictado de la resolución de que habla el artículo 29 de la Reglamento que se viene aplicando, y que se autorice a la Proveeduría para promover una contratación directa, en vista las cuantías que presentan las ofertas.”

Se dispone: Tener por rendido el informe de mérito, cuyas recomendaciones se acogen. La Proveeduría y la Asesoría Jurídica deberán proceder con la celeridad que el asunto amerita. Póngase en conocimiento del Coordinador de Programas Electorales. ACUERDO FIRME.

f) Del señor Gilberto Gómez Guillén, Contador de este Tribunal, se conoce:

1) Oficio Nº 008-2006 del 4 de enero del 2006, mediante el cual, por las razones que expone, solicita se le indique si el fundamento jurídico que indica es suficiente para tener por válido el pago de la jornada extraordinaria laborado en los meses de agosto y setiembre del 2005 por los funcionarios señalados en el oficio Nº 2232-2005-DRH -del Departamento de Recursos Humanos- y si para efectos del computo de la jornada extraordinaria se tendrían por excluidos del artículo 143 del Código de Trabajo a los funcionarios que contiene el cuadro Nº 2 del oficio 1614-2005-DRH de dicho Departamento.

Se dispone: De previo a resolver, manifieste su criterio la Asesoría Jurídica. ACUERDO FIRME.

2) Oficio Nº 011-2006 del 6 del mes en curso, quien para lo que a bien tenga disponerse, en relación con lo estipulado en el Artículo 176 Bis del Código Electoral, se permite señalar que en el reporte de contribuciones del partido Unión para el Cambio correspondiente al mes de noviembre del 2005, se consigna una de ellas como procedente del Banco Interfin, S.A. por un monto de ¢100.000.000,00, cifra que podría ser mayor a la permitida según la misma normativa.

Se dispone: Ante la posibilidad de que se haya cometido la infracción penal que prevé el artículo 176 bis, en relación con el 152 del Código Electoral, la Secretaría remitirá las piezas del caso al Ministerio Público. ACUERDO FIRME.

g) Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio Nº 031-2006-DRH del 9 de enero del 2006, mediante el cual somete a consideración del Tribunal la nota que suscribe el señor Melvin Quesada Orozco, funcionario del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones, en la cual solicita autorización para disfrutar 5 días de vacaciones a partir de esa misma fecha, en virtud de las razones que se sirve exponer.

Se dispone: Aprobar por excepción. ACUERDO FIRME.

h) Del señor Héctor Fernández Masís, Coordinador de Programas Electorales, se conoce:

1) Oficio Nº 009-C.P.E.-2006 del 3 del mes en curso, quien en atención a lo dispuesto en Sesión Nº 123-2005, celebrada el 20 de diciembre 2005, manifiesta que una vez analizada la propuesta de Regulaciones para Observadores Nacionales, preparada por el licenciado Javier Matamoros Guevara, Encargado del Programa de Atención a Observadores Internacionales, la considera adecuada por lo que no tiene objeción alguna sobre el particular. Agrega que esas regulaciones parten de la premisa de que este Tribunal solo se compromete a realizar la respectiva acreditación, pero los gastos de hospedaje, alimentación y otros corren por cuenta de la institución de procedencia o de la misma persona.

Se dispone: Aprobar las directrices propuestas por el Lic. Matamoros, pero eliminando la posibilidad de acreditar a representantes de agrupaciones políticas, por cuanto éstos tienen acceso a las actividades y procesos electorales a través de sus fiscales y cambiar en el 1º punto “organismos” por “instituciones”. ACUERDO FIRME.

2) Oficio Nº 033-C.P.E.-2006 del 9 de enero del 2006, en el que manifiesta lo que se transcribe a continuación:

“Según lo dispuso este Tribunal en Sesión Ordinaria No 112-2005 y comunicado mediante oficio No. 7577-TSE-2005 del 25 de noviembre del 2005, el próximo 12 de enero se estará realizando un foro denominado: Proceso electoral accesible a personas con discapacidad, adultas mayores, privadas de libertad y pueblos indígenas que está a cargo del Programa de Equiparación de Condiciones para el Ejercicio del Voto.

En virtud de lo anterior, la Licda. Ana Hazel Villar, encargada de dicho programa, le solicito (sic) a la Licda. Ana María Jiménez, Jefa de Comunicación y Protocolo, mediante oficio No.93 PECPEV del 12 de diciembre, la colaboración de su oficina en cuanto a la logística, especialmente con personal de protocolo para que reciban a los invitados de esta actividad. El 5 de enero del presente año, la señora Villar Barrientos reitera mediante memorando 119-PECPEV, que la (sic) tareas que deberán realizar los funcionarios asignados para atender el protocolo durante el foro, son las normales de toda actividad que se realiza para estos efectos, a diferencia de que van a asistir algunas personas en situación de discapacidad.

En respuesta a esta petición, la Licenciada Jiménez Rodríguez, comunicó a este despacho mediante oficio No.021-2006 OCP del pasado 6 de enero, que en virtud de la cantidad de responsabilidades que con motivo de la labor ordinaria y electoral tiene esta oficina, resulta imposible asumir compromisos adicionales que en materia de “protocolo” tengan los encargados de Programas Electorales en sus planes de trabajo. Haciendo referencia a los (sic) aprobado en sesión 74-2004, celebrada el primero de junio del 2004 (comunicada mediante oficio No. 1939-204), donde el Superior aprobó la creación formal del Área de trabajo Protocolo y Ceremonial y en lo que particularmente respecta a las elecciones se crea también el Programa Electoral de Protocolo para atender toda la organización y preparación de:

• Convocatoria a Elecciones Nacionales o Municipales

• Sesión Solemne donde se transmiten los primeros resultados de las elecciones 

• Recibimiento de credenciales por parte del señor Presidente y Vicepresidente de la República electos

• Recibimiento de credenciales de los señores diputados electos

• Recibimiento de credenciales de Alcaldes electos

En virtud de lo expuesto, este despacho considera que el Tribunal debe aclarar si efectivamente el Programa de Protocolo y su respectiva oficina solo puede atender en forma directa las actividades señaladas o aquellas expresamente encomendadas por el Tribunal, o bien si igualmente deben dar apoyo a los diferentes programas electorales cuando se organizan actividades de este tipo, lo que valga indicar no ocurre frecuentemente.

Le ruego elevar lo anterior a conocimiento de la señora y señores Magistrados.”

Se dispone: El Área de Protocolo debe atender y dar su colaboración y apoyo a toda actividad oficial que se organice institucionalmente. En todo caso, la actividad que interesa fue, en su momento, debidamente aprobada por el Tribunal. ACUERDO FIRME.

3) Oficio Nº 034-C.P.E. del 9 del mes en curso, mediante el cual informa que el Tribunal en sesión Nº 123-2005 celebrada el 20 de diciembre del año en curso, y comunicado mediante oficio No. 8175-TSE-2005, trasladó para su respectivo informe nota del señor Jimmy Soto Solano, Secretario General del Partido Renovación Costarricense, en el que plantea su inconformidad por las actuaciones de los delegados Ad Honorem al obligarlos a trasladar de sitio las plazas públicas o cancelarlas. Alega que las plazas ya habían sido estudiadas por el departamento correspondiente y consideran injusto que se trasladen a última hora. Con fundamento en lo expuesto y salvo superior criterio, recomienda que se emita una circular a todos los partidos políticos y a la Fuerza Pública, en donde se señalen las potestades apuntadas del Cuerpo Nacional de Delegados y se solicite la colaboración necesaria para el mejor desarrollo de las actividades en cuestión, sin perjuicio del derecho que tienen los partidos de recurrir o denunciar al Tribunal las actuaciones que consideren contrarias al ordenamiento jurídico.

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.

i) De la señora Ana María Jiménez Rodríguez, Jefa de la Oficina de Comunicación y Protocolo, se conoce oficio Nº 10-2006 del 4 de enero del 2006, mediante el cual, en relación al oficio 8097-TSE-2005 de la sesión ordinaria Nº 120-2005, celebrada el 15 de diciembre del año pasado, remite cotizaciones de los “catering” para el brindis que se realizará en la presentación de la Revista Electrónica el próximo viernes 13 de enero, a fin de que se apruebe, una de las tres opciones, según se estime oportuno.

Adicionalmente, se conocen cotizaciones aportadas por la misma señora Jiménez Rodríguez, de las empresas Chantilly Pastelería y Repostería y de M&E Servicios de Alimentación S.A., según fue solicitado telefónicamente por este Tribunal.

Se dispone: Aprobar la cotización de la empresa Chantilly Pastelería y Repostería. La señora Jefa de la Oficina de Comunicación y Protocolo, gestionará lo pertinente a fin de contar con la cantidad de copas necesaria para dicha actividad. ACUERDO FIRME.

j) De los señores Marco Vinicio Alvarado Quesada y Berta María Chaves Abarca, Gerente Asociado y Fiscalizadora, respectivamente, de la División de Asesoría y Gestión Jurídica de la Contraloría General de la República, se conoce oficio Nº 16768 del 12 de diciembre de 2005, recibido el pasado 6 enero, mediante el cual se imprueba autorización para la contratación directa del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo del hardware y software del Sistema Integrado de Cédula de Identidad (SICI), con la empresa Unisys de Centro América S.A., y con fundamento en las razones que exponen, manifiestan que en caso de considerarse que la prestación del servicio no solo puede ser prestada por la citada empresa, y en consecuencia de requerirse de la autorización del ente contralor para contratar, debe formularse una solicitud en los términos que indican.

Se dispone: Tener por recibido el pronunciamiento de mérito, que de inmediato será puesto en conocimiento del Comité Gerencial de Informática, la Proveeduría, el Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones y la Asesoría Jurídica. ACUERDO FIRME.

k) Del señor Mariano Rodríguez Solís, Jefe de Resolución de Estudios de la Municipalidad de San José, se conoce fax correspondiente a oficio Nº 023-RE-06 del 9 de enero del 2006, mediante el cual responde el oficio Nº 8113-TSE-2005, en el que se solicitó la condonación del pago de tributos municipales y con base en los argumentos que expone, manifiesta que debe este Tribunal demostrar fehacientemente que existió error administrativo que impidió el pago a tiempo de los mismos.

Se dispone: Para su estudio y recomendación, pase nuevamente este asunto a la Asesoría Jurídica. ACUERDO FIRME.

l) Del señor Francisco A. Pacheco Fernández, Presidente del Partido Liberación Nacional, se conoce:

1) Oficio sin número del 3 del mes en curso, mediante el cual solicita se tome acuerdo para asignar a esa agrupación política, cantidad suficiente del “Instructivo para los miembros de Juntas Receptoras de Votos”.

Se dispone: Pase a la Coordinación de Programas Electorales para su debida atención. ACUERDO FIRME.

2) Oficio sin número del 6 del mes en curso, mediante el cual solicita la sustitución del señor Marco Vinicio Rojas Zamora, como delegado de la Junta del Cantón de Jiménez de Cartago, y en su lugar nombrar a la señora Denia Ramírez Martínez.

Se dispone: Aprobar y remitir el asunto a Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Encargado del Programa de Asesores Electorales, con el fin de que verifique los datos y proceda según corresponda. ACUERDO FIRME.

m) Del señor Oscar Núñez Calvo, Secretario General del Partido Liberación Nacional, se conocen oficios Nº SGPLN-7-06 y SGPLN-10-06, ambos del 4 del mes en curso, mediante los cuales transcribe los acuerdos tomados por el Comité Ejecutivo Superior Nacional de esa agrupación política, en la sesión Nº 1-06 del 3 de enero del 2006, artículo quinto, punto 5.2 y 5.3, respectivamente.

Se dispone: Pasen al señor Contador de este Tribunal para lo de su cargo. ACUERDO FIRME.

n) Del señor Jorge Alfredo Robles Arias, Fiscal del Partido Liberación Nacional, se conoce oficio Nº. CEPLN-014-06 del 9 del mes en curso, quien en virtud de las razones que expone, manifiesta que considera importante que este Organismo defina la posibilidad o prohibición del uso de teléfonos celulares dentro de los recintos de votación, con relación a los miembros de mesa, fiscales y los propios votantes, en el proceso electoral que se celebrará el 5 de febrero.

Se dispone: Túrnese al Magistrado que corresponda. ACUERDO FIRME.

ñ) Del señor José Manuel Sáenz Scaglietti, Presidente del Comité Ejecutivo del Partido Yunta Progresista Escazuceña, se conoce nota del 5 del mes en curso, mediante la cual expone la situación presentada con respecto al rótulo que esa agrupación política colocó en propiedad privada ubicada a la entrada del cantón de Escazú, cuya dirección detalla, al cual se le colocaron sellos de “clausurado” por parte de la Municipalidad de dicho Cantón, por lo que solicita se ordene el retiro de los mismos a la mayor brevedad.

Se dispone: Acumúlese al expediente que, sobre esta misma temática, se tramita ante este Tribunal. ACUERDO FIRME.

o) De la señora Lorena Vásquez Badilla, Presidenta del Partido Unidad Social Cristiana, se conoce oficio Nº 04-P-PUSC-06 del 8 del mes en curso, mediante el cual solicita copia digital del Padrón Nacional Electoral al último corte que se utilizará en las próximas elecciones que incluya el número de mesa y el centro de votación.

Se dispone: Para su debida atención pase a la Sección de Padrón Electoral. ACUERDO FIRME.

p) Del señor José Miguel Villalobos Umaña, Presidente del Comité Ejecutivo del Partido Alianza Democrática Nacionalista, se conoce nota del 6 del mes en curso, mediante la cual y en virtud de las razones que se sirve exponer, solicita la exclusión de los nombres de las personas que detalla como miembros de mesa del cantón de Grecia.

Se dispone: Remitir el asunto al licenciado Luis Antonio Bolaños Bolaños, Encargado del Programa de Asesores Electorales, para que conozca de la Junta Cantonal de Grecia, la cual resolverá el punto según corresponda. ACUERDO FIRME.

q) De la señora Epsy Campbell Barr, Presidenta del Partido Acción Ciudadana, se conoce:

1) Oficio Nº PAC-EL-431-2006 del 6 del mes en curso, mediante el cual solicita la sustitución del señor Juan José Ávila Solera como delegado de la Junta del Cantón Central de San José, y en su lugar nombrar a la señora Jeannette Román González.

Se dispone: Aprobar y remitir el asunto al Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Encargado del Programa de Asesores Electorales, con el fin de que verifique los datos y proceda según corresponda. ACUERDO FIRME.

2) Oficio Nº PAC-EL432-2006 del 6 del mes en curso, mediante el cual solicita la sustitución del señor Rodrigo Solís Porras como delegado de la Junta del Cantón de Buenos Aires, y en su lugar nombrar al señor Héctor Sánchez Sánchez.

Se dispone: Aprobar y remitir el asunto al Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Encargado del Programa de Asesores Electorales, con el fin de que verifique los datos y proceda según corresponda. ACUERDO FIRME.

r) Del señor Vladimir Zacasa Elizondo, Presidente del Comité Ejecutivo Superior del Partido Autónomo Oromontano, se conoce fax correspondiente a oficio Nº P.A.O.-CES-26-2006 del 9 del mes en curso, mediante el cual solicita se excluyan dos personas como miembros de Juntas Receptoras de Votos, específicamente las juntas número 5310 y 5319.

Se dispone: Remitir el asunto al Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Encargado del Programa de Asesores Electorales, para que remita la gestión a la Junta Cantonal respectiva, la cual resolverá el punto según corresponda. ACUERDO FIRME.

s) Del señor Juan Carlos Chavarría Herrera, Presidente Ejecutivo del Sistema Nacional de Radio y Televisión (SINART), se conoce: 

1) Fax correspondiente a oficio Nº PE-013-2006 del 4 de enero del 2006, mediante el cual solicita autorización para que Canal 13 sea el canal oficial del Tribunal Supremo de Elecciones.

Se dispone: Agradecer y aceptar una vez más al SINART su gentil ofrecimiento. Póngase en conocimiento de la señora Ana María Jiménez Rodríguez, Jefa de la Oficina de Comunicación y Protocolo, quien se hará cargo de coordinar lo necesario. ACUERDO FIRME.

2) Fax correspondiente a oficio Nº PE-012-2006 del 4 de enero del 2006, mediante el cual solicita autorización para brindar a los costarricenses, el servicio de mensajes de texto para ubicar el lugar de votación, según el procedimiento que puntualiza.

Se dispone: Agradecer y aceptar la feliz iniciativa del Canal Oficial del Tribunal Supremo de Elecciones, por intermedio de un mecanismo que complementará la posibilidad de informarse acerca del lugar de votación a través del número telefónico 120 y nuestra página web (www.tse.go.cr). ACUERDO FIRME.

t) Del señor Erick O. Muñoz Lamboglia, Jefe de Informática de la empresa Televisora de Costa Rica S.A., se conoce fax correspondiente a nota del 6 de enero del 2006, mediante la cual solicita, para los fines indicados, se les suministre en formato de texto o Excel la información del detalle de los electores inscritos por junta receptora de votos.

Se dispone: Atienda el Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones la presente gestión. ACUERDO FIRME.

u) Del señor Sergio Castillo Parra, Presidente del Comité Ejecutivo Cantonal de Alajuelita del Partido Liberación Nacional, se conoce nota del 5 del mes en curso, mediante el cual solicita la sustitución de la señora Guisella Rojas Marín, como delegada de la Junta del Cantón de Alajuelita, y en su lugar nombrar al señor Luis Alberto Rojas Porras.

Se dispone: Aprobar y remitir el asunto al Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Encargado del Programa de Asesores Electorales, con el fin de que verifique los datos y proceda según corresponda. ACUERDO FIRME.

v) Del señor Álvaro Coronado Salazar, Presidente del Comité Ejecutivo Cantonal de Liberia del Partido Liberación Nacional, se conoce fax correspondiente a oficio sin número del 6 del mes en curso, mediante el cual solicita la sustitución del señor Jorge Alberto Silva Loaiciga como delgado de la Junta del Cantón de Liberia y, en su lugar, nombrar al señor Carlos Manuel Mejía Oporto.

Se dispone: Aprobar y remitir el asunto al Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Encargado del Programa de Asesores Electorales, con el fin de que verifique los datos y proceda según corresponda. ACUERDO FIRME.

w) De la señora Judith Rivas Q., Coordinadora Cantonal de Liberia del Partido Unidad Social Cristiana, se conoce fax correspondiente a nota sin fecha, recibida en este despacho el 10 del mes en curso, mediante la cual solicita la sustitución de la señora María Eugenia Ruiz Baltodano como delegada de la esa Junta Cantonal.

Se dispone: Rechazar “ad portas” la gestión, a causa de que el solicitante no se encuentra legitimado para efectuar la sustitución de los miembros de las Juntas Cantonales, ya que de conformidad con el artículo 46 del Código Electoral la facultad de nombramiento corresponde al Presidente del Comité Ejecutivo Superior del Partido o al Presidente del Comité Ejecutivo de la Asamblea de Cantón. Con base en lo expuesto, la solicitud deberá suscribirla el personero a que alude el artículo 46 predicho. ACUERDO FIRME.

x) Del señor Fernando Mosquera Córdoba, miembro suplente de la Junta Cantonal Electoral de San José, se conoce nota del 6 de enero del 2006, mediante el cual solicita se le suministre un padrón electoral para efectos de su trabajo.

Se dispone: Se le informa al gestionante que en nuestro sitio web (www.tse.go.cr) se encuentra el Padrón Nacional Electoral, para que el mismo pueda ser fácilmente transferido por cualquier interesado que lo desee. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO.- Del señor Javier Vega Garrido, Proveedor, se conoce oficio Nº 0028-06 del 6 de enero del 2006, mediante el cual informa que el contrato suscrito con la empresa Colchonería Alfonso Santamaría Ltda., por el arrendamiento del local donde se ubica la sede regional del Tribunal en San Ramón, vence el próximo 1º de mayo. Asimismo, en la quinta cláusula de la convención, se previó una vigencia de tres años contados a partir de la fecha de posesión del local y la posibilidad de prórrogas por períodos iguales, teniéndose éstas por operadas automáticamente si ninguna de las partes comunica por escrito a la otra su finalización, con por lo menos tres meses de antelación. Agrega que el órgano fiscalizador correspondiente, el señor Alcides Chavarría Vargas, Jefe de dicha sede regional, recomienda la prórroga del mismo y siendo consultada la Contaduría acerca de la existencia de contenido económico, se le informó que para el presente año existe la respectiva previsión en el presupuesto, por lo que si este Tribunal aprueba la indicada recomendación, el supracitado contrato sería prorrogado.

Adicionalmente se informa, que el señor Chavarría Vargas, manifestó la necesidad y posibilidad de ampliar el local de esa sede, lo cual es independiente de su consideración y recomendación anteriores, asunto que se hará de conocimiento inmediato de la Dirección Ejecutiva y la Jefatura de Coordinación de Servicios Regionales para conocer su criterio.

Se dispone: Aprobar la prórroga del respectivo contrato.

ARTÍCULO CUARTO.- De los señores Silver Canales Gómez e Ilenia Ortiz Ceciliano, Secretario General y Secretaria de Educación, respectivamente, de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles, se conoce oficio # 04-2006 del 5 de enero de 2006, recibido el 9 de los corrientes, mediante el cual acusan recibo de la comunicación del acuerdo tomado por este Organismo en sesión Nº 124-2005, referente al incremento salarial para el primer semestre del año 2006, el cual preocupa a esa Organización por las razones que puntualizan, y por las razones que exponen solicitan se interpongan los buenos oficios a efecto de que se procure que la institución regrese a sus antiguas políticas salariales con autonomía. Asimismo solicitan se les informe en que plazo se hará efectivo a los funcionarios los extremos adeudados y cuales van a ser las futuras políticas en materia salarial.

Se dispone: De previo a resolver, rinda criterio la Comisión de Presupuesto. Sin perjuicio de lo anterior, cabe señalar que este Tribunal no ha renunciado a su autonomía ni a su política de acordar los incrementos anuales en una perspectiva de compensar la pérdida del valor adquisitivo de los salarios, en la medida de lo posible, pero la ejecución de tal política tiene evidentes limitaciones presupuestarias con las que hay que contar.

ARTÍCULO QUINTO.- De la señora Epsy Campbell Barr, Presidenta del Comité Ejecutivo Nacional del partido Acción Ciudadana, se conoce oficio Nº PAC-EL-433-2006 del 6 de enero del 2006, mediante el cual ratifica el nombramiento de Jeannette Román González, como Fiscal propietaria de dicha agrupación política ante este Tribunal. Asimismo, nombra como Fiscales suplentes a los señores Sergio Iván Alfaro Salas y a Edgar Ruiz Cordero.

Se dispone: Tener por acreditados a la licenciada Román González y a los licenciados Alfaro Salas y Ruiz Cordero, como Fiscal propietaria y Fiscales suplentes ante este Tribunal, respectivamente. Proceda la Secretaría del despacho a emitir las respectivas credenciales.

ARTÍCULO SEXTO.- De la señora Isabel Agüero Agüero y el señor Arnoldo Barahona Cortés, Presidenta y Vicepresidente Municipal de Escazú, respectivamente, se conoce fax correspondiente a copia de oficio sin número del 6 de enero del 2005, dirigido al señor Marco Antonio Segura Seco, Alcalde Municipal, relacionado con el disfrute de días de descanso.

Se dispone: Tomar nota.

ARTÍCULO SETIMO.- Del señor Marciano Medina Gómez se conoce copia de oficio sin número del 6 de enero del 2005, dirigido al señor Alvis González Garita, Jefe Provincial de Delegados de Heredia, mediante el cual plantea recurso de revocatoria con apelación en subsidio contra lo comunicado por correo electrónico y que transcribe, respecto de su participación en el Cuerpo Nacional de Delegados.

Se dispone: El Tribunal queda a la espera de lo que resuelva la Jefatura provincial.

A las dieciséis horas terminó la sesión. 

 
 
 
 
 
Oscar Fonseca Montoya
 
 
 
 
 
 
Luis Antonio Sobrado González
 
 
 
 
 
 
Eugenia María Zamora Chavarría
 
 
 
 
 
 
Juan Antonio Casafont Odor
 
 
 
 
 
 
Ovelio Rodríguez Chaverri