ACTA Nº 64-2007

 

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del diecisiete de julio del dos mil siete, con asistencia del señor Magistrado Luis Antonio Sobrado González, quien preside, la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría y el señor Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron. 

ARTÍCULO PRIMERO.- La Magistrada Zamora Chavarría y el Magistrado Sobrado González, en nombre de toda la familia electoral y con motivo de su primer día de labores, dan la más cordial bienvenida al Magistrado Esquivel Faerron.

Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior, excepto por el señor Magistrado Esquivel Faerreón, por no haber participado de dicha sesión.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Se conocen los siguientes asuntos:

a) Del señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, se conoce:

1) Oficio Nº DE-750-2007 del 13 del mes en curso, mediante el cual informa que en oficio nº CSR-014-2007 el señor Francisco Monge Arroyo, Jefe a.i. de Coordinación de Servicios Regionales en ese momento, solicitó a la Contaduría la ampliación del fondo de caja chica auxiliar asignada a dicha unidad administrativa. Asimismo señala que el señor Fabián Jiménez Murillo, Encargado del Área de Tesorería, mediante el oficio Nº A.T.-024-2007 concluye que efectivamente dicho fondo debería pasar de su monto actual de ¢100.000.00 a un tope máximo de ¢200.000.00, propuesta que el señor Gómez Guillén, en el oficio Nº CONT-504-2007 recomienda aprobar. En virtud de lo anterior y de conformidad con el artículo 8 del Reglamento del Fondo Fijo de Caja Chica de este Tribunal, esa Dirección recomienda aumentar la caja chica auxiliar de la Coordinación de Servicios Regionales a ¢200.000.00.

Se dispone: Aprobar conforme lo sugiere la Dirección Ejecutiva. ACUERDO FIRME.

2) Oficio Nº DE-751-2007 del 16 del mes en curo, mediante el cual solicita se apruebe el formulario que adjunta, a los efectos de atender posibles visitas a los Centros de Recepción y Transmisión de Datos, por un total de ¢ 50.000.00. Solicita asimismo -dentro de los términos de lo acordado en la sesión n.º 4-2006, artículo 2º- se autorice el pago de la jornada extraordinaria que llegare a generarse durante las visitas supra indicadas.

Se dispone: Aprobar conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

b) Del señor Fernando Víquez Jiménez, Coordinador del Comité Gerencial de Informática, se conoce oficio Nº CGI-106-2007 del 13 del mes en curso, al que adjunta copia del acta de la reunión extraordinaria Nº 20-2007-CGI, de ese Comité. En relación con su artículo único, se somete el “Manual de Normas Técnicas para la Gestión y el Control de las Tecnologías de Información (N-2-2007-CO-DFOE)”, emitido recientemente por la Contraloría General de la República, respecto del cual esa Comisión dispuso elevar a conocimiento de este Tribunal esa normativa de gestión y control de las tecnologías de información, a la vez que, con base en el citado artículo 6 de la Resolución R-CO-26-2007, recomienda conformar un equipo de trabajo para hacer el plan de acción en el plazo de seis meses, según se indica en la normativa, el cual estaría integrado por las señoras Armenia Masís Soto como coordinadora y funcionaria del DTIC, Viviana Alfaro Vargas de la Oficina de Proyectos Tecnológicos y el señor Mynor Mora Chang de la Dirección Ejecutiva, quienes podrán solicitar el concurso de los servidores que se requiera para el desarrollo del trabajo que se les encomendaría.

Informa además el señor Víquez Jiménez que resulta necesario hacer mención de lo dispuesto en el aparte 1.6 de las nuevas normas denominado “Decisiones sobre asuntos estratégicos de TI” que dice: “El jerarca debe apoyar sus decisiones sobre asuntos estratégicos de TI en la asesoría de una representación razonable de la organización que coadyuve a mantener la concordancia con la estrategia institucional, a establecer las prioridades de los proyectos de TI, a lograr un equilibrio en la asignación de recursos y a la adecuada atención de los requerimientos de todas las unidades de la organización”. Por consiguiente, a partir del 31 de este mes este Comité Gerencial de Informática dejará de existir como tal y ha de ser reemplazado por la mencionada representación de la organización, lo que se hace del conocimiento del Tribunal para lo que a bien tenga disponer.

Por último, recomienda al Tribunal solicitar asesoría a la Auditoría Interna en el sentido de proponer, en forma conjunta con la Sección de Capacitación, un plan de trabajo que permita transmitir a los diversos grupos de funcionarios los conocimientos necesarios para la aplicación de esta normativa.

Se dispone: 1) Tener por recibido el nuevo “Manual de Normas Técnicas para la Gestión y el Control de las Tecnologías de Información” y aprobar la conformación del equipo de trabajo que propone el Comité Gerencial de Informática para que elaboren el plan de acción en el plazo de seis meses que señala la normativa.

2) Con base en el nuevo Manual, se dispone que, en sustitución del CGI, a partir del 31 de este mes funcionará un “Comité Asesor en Tecnologías de la Información” que estará integrado por los titulares de la Dirección Ejecutiva, quien lo coordinará, la Dirección General del Registro Civil, Coordinación de Programas Electorales, Proyectos Tecnológicos y Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones, quien actuará como secretaría técnica. Dicho Comité podrá convocar a sus sesiones a las jefaturas o funcionarios que estime necesario según los temas a tratar, quienes deberán asistir con voz pero sin voto. Sus funciones generales serán las que se establecen en el aparte 1.6 de las nuevas normas, las que se especificarán en el proyecto de reglamento que el mismo Comité habrá de presentar a consideración de este Tribunal. La asistencia a las sesiones del Comité por parte de los titulares que lo integran será obligatoria y solo podrán excusarse por justa causa, previa designación de su sustituto, sin que ello implique que no se asuma responsabilidad en las decisiones que se tomen. Este nuevo Comité dará seguimiento y se pronunciará sobre los asuntos que el CGI tenga como pendientes.

3) Se solicita asesoría a la Auditoría Interna a efecto de que, en forma conjunta con la Sección de Capacitación, propongan un plan de trabajo que permita transmitir a los diversos grupos de funcionarios los conocimientos que requieran para la aplicación de esta normativa. ACUERDO FIRME.

c) Del señor Víctor Manuel Vargas Meneses, Auditor Interno, se conoce oficio Nº AI-180-2007 del 10 del 10 del mes en curso, mediante el cual solicita audiencia ante este Tribunal, con el propósito de dar cumplimiento a lo que dispone el Manual para el Ejercicio de la Auditoría Interna en el Sector Público en su aparte 2.5.4.1 que regula la “Comunicación verbal de los resultados de los servicios de auditoría”, específicamente para realizar la conferencia final del informe denominado “Informe de Control Interno: Auditoría del Proceso Electoral Presidencial y Municipal de febrero y diciembre del 2006”. En virtud del contenido del informe el señor Vargas Meneses considera oportuno que se curse invitación a los siguientes funcionarios: Lic. Héctor Fernández Masís, Coordinador de Programas Electorales; Lic. Luis Bolaños Bolaños y Lic. Rodolfo Villalobos Orozco, Encargados del Programa Asesores Electorales durante los procesos electorales del 2006 y referéndum de octubre próximo, respectivamente, Licda. Elizabeth Quirós Meza, Encargada del Programa Auxiliares Electorales Elecciones Municipales 2006, Lic. Luis Sáenz Venegas, Coordinador de Control Interno, y Lic. Carlos Rojas Smith, en su condición de Jefe del Cuerpo Nacional de Delegados.

Se dispone: Fijar la audiencia para el próximo miércoles 25 de julio, a las 2:30 p.m. Comuníquese a los respectivos funcionarios. ACUERDO FIRME.

d) De la señora Mary Anne Mannix Arnold, Jefa a.i. del Departamento Legal, se conoce oficio Nº DL-371-2007 del 13 del mes en curso, mediante el cual, en atención al acuerdo adoptado por este Tribunal en la sesión Nº 59-2007, en relación con la elaboración, en el plazo máximo de cinco días hábiles, del addendum para el contrato de “Soluciones Tecnológicas para la Adquisición e Integración de Servidores al Módulo de Búsqueda y Concordancia y Adquisición e Integración de Estaciones de Trabajo del Sistema Integrado de Cédula de Identidad SICI y Servidores del Sistema Integrado de Cédula de Identidad”, informa que ese Departamento elaboró el addendum en cuestión y siguiendo el procedimiento para estos asuntos, remitió tanto al DTIC como al contratista –vía correo electrónico– el proyecto de addendum, para su respectiva revisión y eventuales sugerencias o modificaciones que consideren pertinentes, previo a la firma del documento original. Adicionalmente, señala la señora Mannix Arnold que el apoderado especial del consorcio contratista reside en Honduras, razón por la cual le consultaron, vía correo electrónico, cuándo estará en el país para la suscripción de dicho documento y su posterior remisión a la Contraloría General de la República. En virtud de las razones expuestas, la señora Mannix Arnold afirma que resulta materialmente imposible cumplir con el plazo de cinco días conferido por este Tribunal para la suscripción del addendum; gestión que, en todo caso, se realizará a la brevedad posible.

Se dispone: Tener por rendido el informe del Departamento Legal. Proceda el Departamento Legal con la remisión del addendum a la brevedad posible. Asimismo tome nota la Dirección Ejecutiva, la Contaduría, la Proveeduría y el DTIC de las manifestaciones de la Jefa a.i. del Departamento Legal con la finalidad de colaborar, según sus competencias, con el trámite del referido addendum y garantizar la ejecución del objeto contractual según la previsión presupuestaria realizada. ACUERDO FIRME.

e) Del señor Allan Herrera Herrera, Proveedor a.i., se conoce:

1) Oficio Nº PROV-1279-2007 del 11 del mes en curso, mediante el cual informa que, en atención al oficio Nº TSE-3025-2007, numeral 4.4, relativo al estado en que se encuentran las contrataciones para la remodelación del espacio que ocupa la Auditoria Interna, la mayoría de los materiales solicitados han sido despachados al Departamento de Servicios Generales mediante las requisiciones Nº 1262, 1344, 1374 y 1387, únicamente faltan por recibir tres vidrios flotados, que según los términos contratados, la empresa Estructuras y Vidrios RIME de San José, S.A. deberá entregar el próximo martes 17 de los corrientes. 

Se dispone: Tomar nota. Se trasladará el informe a la Auditoría Interna. Asimismo se solicita a la Sección de Servicios Generales proceder con la remodelación a la mayor brevedad. ACUERDO FIRME.

2) Oficio Nº PROV-1283-2007 del 11 del mes en curso, mediante el cual, con fundamento en las razones que expone y con el fin de que si se considera conveniente se conceda la aprobación de mérito, remite el nuevo pliego de condiciones (cartel) que reglamentará la licitación abreviada para la “Contratación del mantenimiento preventivo y correctivo de un computador marca Unisys, modelo NX6830-2D4”.

Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.

3) Oficio Nº PROV-1285-2007 del 12 del mes en curso, mediante el cual, en atención a lo dispuesto por este Tribunal en la sesión nº 58-2007 y según lo sugerido por la Jefa a.i. del Departamento Legal, en relación con la presentación de la póliza por responsabilidad civil, solicitada en la cláusula 2.2.12, del cartel que amparó la licitación pública nº 06-2006: “Servicios de migración de los sistemas civil y electoral del Tribunal Supremo de Elecciones”, por parte del consorcio Megadata S.A, Ascii S.A, Xseed Software y Consultoría Ltda., informa que la representante de dicha firma, Ing. Myrna Barquero, presentó a esa Proveeduría una copia de dicha póliza. Asimismo, comunica que se brindó traslado sobre este asunto al Lic. Gerardo Hernández Granda, Jefe a.i. del DTIC y órgano fiscalizador de la citada contratación, y en simultáneo se le remitió al contratista el pedido respectivo.

Agrega el señor Herrera Herrera que en virtud de que la contratación referida se encuentra en fase de ejecución, sugiere que el señor Hernández Granda, por su condición de órgano fiscalizador, vigile también la vigencia de la citada póliza en caso de una eventual ampliación o prórroga al plazo de ejecución.

Se dispone: Tomar nota. Proceda el Órgano Fiscalizador conforme lo recomienda la Proveeduría. Asimismo corresponderá a la Proveeduría verificar que la póliza presentada por el contratista cumpla con los requisitos cartelarios y contractuales. ACUERDO FIRME.

f) Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio Nº RH-1684-2007 del 12 del mes en curso, mediante el cual remite a consideración de este Tribunal, nota recibida en ese despacho el 11 de los corrientes, que suscribe el señor Alexander Castillo Aguilar, Auxiliar de Operación de la Sección de Opciones y Naturalizaciones, mediante la cual solicita que se le prorrogue por tres meses más la licencia sin goce de salario que actualmente disfruta y que concluye el próximo 15 de julio, según fuera aprobada por el Superior en sesión 32-2007 y comunicada mediante oficio número TSE-1683-2007 del pasado 11 de abril. Sobre el particular, el señor Carías Mora manifiesta que: “… El Tribunal le otorgó al empleado una licencia inicial del 16 de julio al 15 de octubre de 2006, la cual fue prorrogada primero del 16 de octubre de 2006 al 15 de enero de 2007, luego del 16 de enero al 15 de abril de 2007 y por último del 16 de abril al 15 de julio en curso. Según indicó el interesado en su primera solicitud, el motivo de la licencia era con el propósito de atender un nombramiento como juez de la Corte Suprema de Justicia. Manifiesta ahora que por las mismas razones necesita 3 meses más, con lo cual su ausencia se extendería hasta el 15 de octubre y alcanzaría un total de quince meses. En esta ocasión aporta un documento emitido por el Departamento de Personal del Poder Judicial en el que se acredita su actual nombramiento en esa institución hasta el 31 de julio. Al consultarle al interesado sobre tal situación, en el sentido de que si le restan quince días de nombramiento por qué solicita una prórroga de tres meses de su licencia, me indicó que a partir de agosto le extenderán nuevamente su contrato interino y que, en cuanto tenga en su poder el documento oficial que así lo demuestre, lo remitirá a este despacho. En caso de autorizarse la prórroga pretendida, el señor Castillo Aguilar seguiría siendo sustituido en su puesto por el señor Randall Alberto Arce Oconitrillo, de acuerdo con lo que dispuso el Tribunal en sesión 146-2006 y comunicó mediante oficio número 4513-TSE-2006 del 20 de julio de 2006.”

Se dispone: Aprobar según se solicita. ACUERDO FIRME.

g) Del señor Héctor Fernández Masís, Coordinador de Programas Electorales, se conoce oficio Nº CPE-376-2007 del 13 del mes en curso, mediante el cual se refiere a lo dispuesto en sesión Nº 46-2007, en la que se solicitó analizar la posibilidad de prescindir o afectar en menor medida a la Sección de Inscripciones en la integración del personal a los programas electorales, rinde el informe correspondiente indicando que -por las razones expuestas y según lo consensuado con los respectivos encargados de programa- los funcionarios que se requerirán de esa unidad administrativa, son los que detalla el siguiente cuadro: 

FUNCIONARIO
PROGRAMA QUE LO SOLICITA
1. Aguzzi Fallas Jairo Arturo
Asesores Electorales
2. Monge Alvarado Jorge Enrique
Asesores Electorales
3. Quirós Mena Geiner
Asesores Electorales
4. Serrano Vargas Daniel Enrique
Asesores Electorales
5. Alpízar Solórzano Julieta
Acreditación de Fiscales y Observadores Nacionales
6. Bonilla Sánchez Karen Patricia
Acreditación de Fiscales y Observadores Nacionales
 

Indica además el señor Fernández Masís que, en la medida de lo posible, al igual que en anteriores procesos electorales, ha tratado de sustituir con personal de servicios especiales a los funcionarios que se integran a los programas, por lo que solicita se autorice que, en caso de que el personal de la Sección de Inscripciones no esté laborando jornada extraordinaria, éste pueda integrarse posterior a la jornada ordinaria en algún programa, si es que se requiere. Asimismo, que se autorice para que esos colaboradores puedan participar el día del referéndum, reforzando los centros de votación o en alguna tarea específica que se les asigne.

Se dispone: Integrar a los señores Jairo Arturo Aguzzi Fallas, Jorge Enrique Monge Alvarado, Geiner Quirós Mena, Daniel Enrique Serrano Vargas, Julieta Alpízar Solórzano y Karen Patricia Bonilla Sánchez, a los programas a que se refiere el señor Fernández Masís a tiempo completo. En lo que respecta al resto del personal de la Sección de Inscripciones y dado que no está laborando jornada extraordinaria, se autoriza su integración en la medida y cantidad que determine la Coordinación de Programas Electorales, incluso para el propio día en que se vote el referéndum. ACUERDO FIRME.

h) Del señor Álvaro Quesada Solano, Jefe de Servicios de Información del Centro de Operaciones de la División de Desarrollo Institucional de la Contraloría General de la República, se conoce fax correspondiente a oficio Nº 07507 del 12 de julio de 2007, recibido el 16 del mes en curso, mediante el cual, con el propósito de garantizar la calidad y oportunidad de los datos registrados en el Sistema Integrado de la Actividad Contractual (SIAC) y teniendo en cuenta que esa Contraloría tiene previsto el servicio de consulta externa generalizada de ese sistema a través de su página web, solicita a este organismo electoral certificar en un plazo de 15 días hábiles, contados a partir del recibo de la presente, que nuestra institución se encuentra al día en el registro de datos de los procesos de contratación administrativa y que éstos son confiables, veraces y oportunos, de conformidad con las “Directrices para el registro, la validación y el uso de la información sobre la actividad contractual desplegada por los entes y órganos sujetos al control y la fiscalización de la Contraloría General del a República (S-4-2005-CO-DDI), publicada en La Gaceta nº 243 del 16 del diciembre de 2005.”

Se dispone: Trasladar el asunto a la Proveeduría y al Departamento Legal para que rindan la información correspondiente a este Tribunal en el plazo de ocho días hábiles a partir de la comunicación del presente acuerdo. ACUERDO FIRME.

i) De la señora Laura Martínez Quesada, Directora del Semanario Universidad, Vicerrectoría de Acción Social de la Universidad de Costa Rica, se conoce fax correspondiente a oficio Nº SU-263-2007 del 13 del mes en curso, mediante el cual, con el propósito de cumplir con el Reglamento de este Tribunal en torno a la pauta publicitaria en los medios de comunicación, informa que el Consejo de Rectoría de la Universidad de Costa Rica, en la sesión Nº 10-2007 acordó solicitar a los medios de comunicación universitarios (Emisoras Culturales, Semanario Universidad y Canal 15) lo siguiente: “a) Abrir espacios de diálogo y dar cobertura a foros y actividades similares relativas a la realización del referéndum sobre el T.L.C., de manera equitativa con los distintos sectores involucrados en el proceso que se llevará a cabo con motivo de la realización del referéndum sobre el T.L.C. b) No pautar propaganda política remunerada con motivo de la realización del mencionado referéndum”. Agrega que posteriormente, mediante oficio Nº VAS-808-2007, se amplia que el acuerdo citado “se refiere a la propaganda remunerada en torno al referéndum y al Tratado propiamente dicho”. Aclara la señora Martínez Quesada que los medios de comunicación universitarios no recibirán publicidad de ningún tipo de los grupos que promueven o rechazan este acuerdo comercial.

Se dispone: Tomar nota. Comuníquese al señor Gilberto Gómez Guillén, en su condición de Encargado del Programa Registro de Publicaciones. ACUERDO FIRME.

j) Del señor Valentín Fonseca M., Presidente de la Cámara de Bancos e Instituciones Financieras de Costa Rica, se conoce nota del 13 del mes en curso, mediante el cual señala que las entidades bancarias y financieras han venido planteando la necesidad de acceder los datos oficiales de identidad de las personas físicas, a través de una interconexión con este Tribunal, con el fin de mejorar los procesos de identificación de los clientes en sus cajas y plataformas de servicio, y por esa vía mejorar la prevención de fraudes por suplantación de identidad. Asimismo informa que la propuesta pretende aprovechar los desarrollos tecnológicos ya existentes en el Sistema Financiero, de modo que este Tribunal pueda establecer un acuerdo con el Banco Central, y a través del SINPE todas las entidades bancarias y financieras reguladas por el Banco Central, puedan tener acceso a los datos básicos de identidad de sus clientes (foto, nombre, firma y otros) que puedan ser contrastados en línea con el documento de identidad (cédula presentada en ventanilla). En conclusión solicita analizar y valorar esta propuesta, así como evaluar su viabilidad, a efecto de determinar si resulta beneficiosa para los propósitos de este Tribunal, para el Sistema Financiero costarricense y para el Banco Central, por lo que quedan a la disposición para concertar una reunión con estos organismos electorales y las autoridades del SINPE.

Se dispone: Agréguese la presente gestión a la que se encuentra en estudio e informe del Departamento Legal y el Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones, los cuales rendirán el informe que se les solicitó en el artículo 2º de la sesión nº 42-2007, en el plazo de 20 días hábiles. Recábese también el criterio de la Comisión de Gobierno Digital. ACUERDO FIRME.

Sale del Salón de Sesiones la señora Magistrada Zamora Chavarría.

ARTÍCULO TERCERO.- De la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría se conoce oficio Nº TSE-3192-2007 del 11 de julio de 2007, mediante el cual hace entrega formal de diversos documentos correspondientes a varias reuniones a las que asistió, en representación del TSE, a los efectos de consideración de este Tribunal y traslado a la Biblioteca institucional. Asimismo señala que la mayoría de esos documentos han sido remitidos, directamente, a este Organismo Electoral, sin embargo, se le ha hecho llegar nuevos ejemplares de los mismos.

Se dispone: Tener por recibidos los documentos que indica la señora Magistrada Zamora Chavarría, los cuales se enviarán a la Biblioteca institucional o al Archivo de este Tribunal, según corresponda, para su debida custodia.

La señora Magistrada Zamora Chavarría reingresa al Salón de Sesiones.

ARTÍCULO CUARTO.- Del señor Alejandro Bermúdez Mora, Secretario del despacho, se conoce oficio Nº TSE-3249-2007 del 13 de julio del 2007, mediante el cual eleva en consulta la resolución de las 08:30 horas del 12 de julio de 2007, mediante la cual se dispone trasladar en propiedad a la funcionaria Sonia Córdoba Valverde, a la plaza de Auxiliar de Operación, vacante en la Oficialía Mayor Civil, dado el ascenso de la servidora Milena Tencio Blanco, a partir del 16 de agosto del año en curso.

Se dispone: Aprobar.

ARTÍCULO QUINTO.- Del señor Carlos Alberto Murillo Montoya, Jefe de la Sección de Padrón Electoral, se conoce oficio Nº PE-1317-2007 del 12 de julio de 2007, al que adjunta cuatro listados que contienen el Control de Nuevos Electores, con totales por provincia, partido especial y naturalizados, conforme al período que se detalla, resultado de la tramitación de gestiones cedulares aprobadas en el mes de junio.

Se dispone: Tomar nota. Continúese informando oportunamente a este Tribunal sobre el particular.

ARTÍCULO SEXTO.- De la señora Dra. Mercedes Barrantes Solórzano, Coordinadora del Equipo Técnico Coordinador de Prevención del Consumo de Alcohol y otras Drogas institucional, en el que informa que dentro de las acciones realizadas por ese equipo, se remitió circular a todas las jefaturas de la institución, con el fin de comunicarles las “Políticas de prevención del consumo de alcohol y otras drogas”, aprobadas por este Tribunal, así como la adición del artículo 56 bis al Reglamento Autónomo de Servicios institucional. Sin embargo, por las razones que expone, solicitan autorización para la realización de una reunión con las jefaturas de la sede central, el próximo miércoles 8 de agosto, a las 10 de la mañana, en la cual se contaría con la participación del doctor Wilder Avellán Saldaña, médico de gran experiencia en esos temas. Además piden que se gire instrucción a las jefaturas para que su participación sea obligatoria, y extienden cordial invitación a los integrantes de este Tribunal para que, de autorizarse dicha actividad, participen de la misma.

Se dispone: Tomar nota y conceder la autorización que se solicita para la realización del evento programado para el próximo 8 de agosto, al cual deberán asistir todas las jefaturas de la sede central.

ARTÍCULO SETIMO.- De la señora Ilenia Ortiz Ceciliano y el señor Carlos Murillo Alvarado, Secretaria General y Secretario de Conflictos, respectivamente, de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles, se conoce:

a) Oficio Nº 61-2007 del 16 de julio de 2007, en el cual se refieren a la circular TSE-2131-2007 del 10 de mayo, mediante la cual se hace de conocimiento de las jefaturas de la institución, el informe que realizó la Inspección Electoral referente a las llegadas tardías de funcionarios de estos organismos electorales y, con fundamento en las razones que exponen y con el fin de mantener una armonía respetuosa, manifiestan que creen que lo mejor sería que, en ocasiones similares, se guarde la discreción del caso. 

Se dispone: De previo a resolver, informe sobre el particular el Secretario del despacho.

b) Oficio Nº 64-2007 del 16 de julio del 2007, mediante el cual se refieren a la reforma al artículo 33 del Reglamento Autónomo de Servicios, acordada por este Tribunal en el artículo 2º de la sesión n.º 54-2007, de conformidad con la cual se acordó reformarlo a los efectos de regular, de mejor modo, los permisos para ausentarse en horas de trabajo, solicitando se autorice a que dos representantes de esa organización sindical participen también en la redacción de este artículo, la cual se le había encargado a los departamentos Legal y de Recursos Humanos.

Se dispone: Se instruye a la Secretaría del despacho para que, una vez que los citados despachos presenten su propuesta y antes de elevarlo a este Tribunal, se someta a conocimiento de la representación sindical.

c) Oficio Nº 65-2007 del 16 de julio del 2007, mediante el cual agradecen su haya incorporado a esa organización sindical en la Comisión de Género, no obstante lo cual especifican también que -por la naturaleza de los asuntos que trata la Comisión de Asuntos Académicos- hay relación directa con los intereses de sus agremiados, dado que dentro de las pretensiones de ese sindicato está el tutelar para los trabajadores que lo integran su estabilidad social y económica, lo cual está directamente vinculado con las oportunidades de superación profesional, razones por las cuales solicitan se reconsidere lo acordado en el artículo párrafo segundo del artículo 8º de la sesión n.º 40-2007, a los efectos de que esa organización cuente con un representante en la comisión antedicha.

Se dispone: Este Tribunal considera que, por las razones dadas en su oportunidad, no resulta de recibo la petición formulada. Sin embargo, la indicada comisión invitará a la representación sindical a aquellas de sus sesiones en que se conozcan asuntos referidos a la concesión de becas y otras facilidades de capacitación funcionarial.

ARTÍCULO OCTAVO.- Del señor Rafael Elías Madrigal Brenes, Diputado del Partido Acción Ciudadana, se conoce oficio Nº REMB-081-07-PAC del 26 de junio del 2007, recibido el 12 de los corrientes, mediante el cual señala algunas cuestiones que le preocupan del “Reglamento para los procesos de referéndum”, dictado por este Tribunal mediante el Decreto nº 11-2007. Los cuestionamientos señalados por el señor Diputado Madrigal Brenes se detallan brevemente a continuación:

a).- en cuanto al principio de equidad cualitativa y cuantitativa de la información y publicidad emitida por los medios de comunicación solicita interpretar y aclarar el alcance del artículo 20 del referido reglamento en relación con los artículos 19 y 22 que se refieren al derecho general de pauta publicitaria y el registro publicitario, considerando los puntos que destaca en su nota;

b).- sobre el contenido del artículo 9 del reglamento, que hace mención a la posibilidad que tienen los Asesores Electorales de solicitar la colaboración de las municipalidades, de la fuerza pública o de cualquier otra autoridad pública del cantón para “convocar, instruir, juramentar y acreditar a todas las personas que designen como miembros de las Juntas Receptoras de Votos”, plantea la duda sobre el uso que el Asesor Electoral realice del espacio físico y los vehículos municipales;

c).- en relación con el párrafo tercero del artículo 24 del reglamento que señala que no constituirá violación a esta regla la promoción, en sus instalaciones, de foros o debates que contribuyan a que sus funcionarios o las comunidades estén mejor informadas sobre el tema a consultar, siempre que éstos no encubran actividad propagandística, considera el gestionante que hizo falta indicar como presupuesto obligatorio para esas actividades que los organizadores deberán incorporar opiniones favorables y desfavorables referidas al proyecto sometido a referéndum, con el fin de evitar que las instituciones y entes del Estado utilicen los recursos públicos para favorecer los intereses que apoyan el sí o el no, provocando un desequilibrio que viola el principio de equidad.

Se dispone: Turnar al Magistrado que corresponda.

ARTÍCULO NOVENO.- De la señora Circe Milena Villanueva Monge, Directora de Cooperación Internacional del Ministerio de Relaciones Exteriores, se conoce oficio Nº DCI-420-07 del 12 de julio del 2007, mediante el cual remite la documentación enviada por la Oficina de la Secretaría General de la Organización de Estados Americanos en Costa Rica, relativa a la realización de la “Primera Conferencia sobre Registro Universal de Nacimiento y Derecho a la Identidad” en Asunción, Paraguay del 27 al 30 de agosto del 2007. Adjunta asimismo la agenda preliminar y las directrices que definen los perfiles de las Delegaciones que se requieren para la Conferencia, aclarando que la presentación de éstos debe realizarse lo más pronto posible, a más tardar el 15 de julio del 2007.

Se dispone: Resultando extemporánea la comunicación que se hace, archívese.

ARTÍCULO DÉCIMO.- De la señora Marta Esquivel Rodríguez, Prosecretaria de la Junta Directiva del Colegio de Abogados de Costa Rica, se conoce oficio Nº JD-07-269-07 del 11 de julio del 2007, en el que informa que en la sesión ordinaria nº 25-07 celebrada el 3 de julio del 2007, la junta analizó el tema del Observatorio de la Libertad de Expresión y adoptó el acuerdo que textualmente dice lo siguiente: “SE ACUERDA 207-25-005 a) El Colegio de Abogados comunica al Observatorio de la Libertad de Expresión, su decisión de retirar el patrocinio dado a ese órgano. b) Emitir al Tribunal Supremo de Elecciones una nota aclaratoria indicando que el Colegio de Abogados no comparte el contenido de la referida nota del 18 de mayo de 2007, emitida por el Observatorio de la Libertad de Expresión, el que actuó de forma autónoma e independiente de esta Institución. Seis votos a favor y dos en contra de la Licda. Miriam Álvarez y el Lic. Rogelio Fernández Moreno de acuerdo al criterio externado por ambos. La Licda. Luz María Bolaños Arias no votó por encontrarse fuera del salón de sesiones.”

Se dispone: Tomar nota.

ARTÍCULO DÉCIMOPRIMERO.- Del señor Alberto Cabezas Villalobos se conoce nota del 13 de julio del 2007, en la que señala que ha detectado la poca atención que presta el Ministro de Educación Leonardo Garnier Rímolo a las gestiones de este organismo electoral, específicamente en relación con la respuesta de dos cartas: la primera sobre la participación de los docentes en los procesos electorales, tanto de índole electiva como consultiva y, la segunda, relativa a la nota enviada por el Lic. Héctor Fernández Masís, por medio del oficio nº CPE-267-2000 que pretende que se indique cuáles de los centros educativos que funcionarán como centro de votación para el referéndum cumplen con las condiciones contempladas en la Ley nº 7600, por lo que solicita se remita recordatorio de esas dos cartas no contestadas a Leonardo Garnier Rímolo o, en su defecto, se tomen las cartas en este asunto por incumplimiento de deberes.

Se dispone: Tomar nota. Remita la Secretaría atento recordatorio sobre el particular al señor Ministro de Educación.

A las quince horas terminó la sesión. 

 
 
Luis Antonio Sobrado González
 
 
 
 
Eugenia María Zamora Chavarría
 
 
 
 
Max Alberto Esquivel Faerron