ACTA Nº 27-2008

 

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del veintisiete de marzo de dos mil ocho, con asistencia del señor Magistrado Luis Antonio Sobrado González, quien preside, la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría y el señor Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron. 

ARTÍCULO PRIMERO.- Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior, excepto por parte de la señora Magistrada Zamora Chavarría, por no haber participado de la misma.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Se conocen los siguientes asuntos:

a) Del señor Alejandro Bermúdez Mora, Secretario del despacho, se conoce:

1) Oficio n.º STSE-0923-2008 de fecha 24 de marzo de 2008, que literalmente dice: “Visto el oficio n.º RH-0367-2008 del 13 de marzo del año en curso, suscrito por el Lic. Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, me permito elevar a su estimable consideración, para lo que a bien se sirvan disponer, la solicitud del señor Carías Mora, quien gestiona el ascenso en propiedad del señor José Francisco Hernández Alpízar, a una plaza nueva de Profesional de Apoyo que se asignó a ese Departamento en el presupuesto institucional del presente año.

El servidor Hernández Alpízar no se ubica en línea directa de ascenso ya que entre su clase actual -Oficial Calificador 1 que pertenece a la clase Analista de Operación- y la de Profesional de Apoyo, se encuentra de por medio el Asistente Funcional, por lo que resultaría necesario aplicar lo que dispone el artículo 36 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios.

Cabe mencionar que el servidor Hernández Alpízar, reúne los requisitos académicos que el cargo exige, y el suscrito no tiene objeción alguna para que se realice este ascenso, por lo que de aprobarse se ubicaría en el puesto número 349933 a partir del 1º de abril de 2008.”

Se acuerda: Aprobar el ascenso en propiedad del servidor José Francisco Hernández Alpízar, conforme se propone a partir del 1º de abril de 2008. ACUERDO FIRME.

2) Oficio n.º STSE-0924-2008 de fecha 24 de marzo de 2008, que literalmente dice: “Vistos los oficios Nº. RH-0373-2008 y RH-0374-2008 suscritos por el Lic. Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, ambos del 13 de marzo del año en curso, me permito elevar a su estimable consideración, para lo que a bien se sirvan disponer, las solicitudes presentadas en ese Departamento por la licenciada Patricia Chacón Jiménez, Jefa a.i. para entonces del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones, mediante oficios Nº DTIC-0316-2008 y DTIC-0317-2008, en los que gestiona el ascenso en propiedad de los servidores Tatiana Alán Gómez y Eduardo González Paniagua a las plazas de Asistente Administrativo o Asistente Funcional número 76482 y Programador 1 o Asistente Funcional número 76480 respectivamente, que el año pasado eran de Servicios Especiales y para éste se incluyeron en el presupuesto institucional como de cargos fijos.

Los servidores Alán Gómez y González Paniagua no se ubican en línea directa de ascenso para los cargos que se proponen, ya que ella es propietaria de un puesto de la clase Coordinador de Gestión y entre ésta y la de Asistente Funcional se encuentra de por medio la de Analista de Operación, mientras que él es propietario de una plaza de la clase Coordinador de Apoyo y para llegar a la de Asistente Funcional se encuentran de por medio el Coordinador de Gestión y el Analista de Operación. De acuerdo con lo anterior, resultaría necesario, en ambos casos, aplicar lo que dispone el artículo 36 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios.

Cabe mencionar que tanto la servidora Alán Gómez como el servidor González Paniagua reúnen los requisitos académicos que se exigen para los cargos a los cuales se les pretende ascender. El suscrito no tiene objeción alguna para que se realicen estos ascensos en propiedad, por lo que de aprobarse se ubicarían a partir del 1º de abril de 2008 en los puestos supra indicados del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones.”

Se acuerda: Aprobar el ascenso en propiedad de la servidora Tatiana Alán Gómez y del servidor Eduardo González Paniagua, conforme se propone a partir del 1º de abril de 2008. ACUERDO FIRME.

3) Oficio n.º STSE-0941-2008 de fecha 25 de marzo de 2008, mediante el cual eleva en consulta la resolución por él emitida a las nueve horas treinta minutos de esa misma fecha, en la cual se dispone ascender interinamente a partir del 1º de abril de 2008, al funcionario Arturo Morales Soto, Profesional de Área en el Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones, a la plaza de Auditor en Tecnologías de Información o Profesional Coordinador que se encuentra vacante en la Auditoría Interna.

Se acuerda: Aprobar. ACUERDO FIRME.

b) De la señora Mary Anne Mannix Arnold, Jefa a.i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.º DL-136-2008 de fecha 25 de marzo de 2008, recibido el mismo día en la Secretaría del despacho, al cual adjunta informe de reajuste de precio del contrato de arrendamiento del inmueble que ocupa la oficina regional de estos organismos electorales en Cartago, de la cual es arrendante la empresa Inversiones Calinda Sociedad Anónima y literalmente recomienda:

“(…) Con base en lo expuesto, al estimar que el reajuste del precio de arrendamiento del local que aloja la Oficina Regional de estos organismos en Cartago resulta jurídica y contablemente procedente –tomando en consideración lo informado por el señor Contador institucional en oficio CONT-079-2008-, este Departamento recomienda su aprobación en el sentido de cancelar un precio reajustado de ¢586.651,50 (quinientos ochenta y seis mil seiscientos cincuenta y un colones con cincuenta céntimos) a partir de setiembre de 2007, sin que sea necesario, a efecto de honrar la obligación, el dictado de resolución administrativa alguna, debiéndose además pagar, de manera retroactiva a esa fecha las diferencias correspondientes, lo anterior con cargo subpartida (sic) número 101.01 “Alquiler de Edificio, Locales y Terrenos”, y con los recursos del pedido número 4500077773. A efectos de hacer efectivo el reajuste del año 2008, corresponderá a la Proveeduría institucional emitir los documentos de ejecución presupuestaria correspondientes.

Sobre la consulta formulada por el gestionante, en punto a las razones por las cuales los incrementos anuales se realizan con base en el monto de alquiler originalmente pactado y no sobre el monto inmediato anterior, recomendamos poner en conocimiento del señor Salas Araya el contenido de este informe. (…)”.

Se dispone: Aprobar según se recomienda. Procedan de conformidad la Contaduría y la Proveeduría. Comuníquese a la arrendante –con copia del oficio que aquí se conoce– y al Departamento Legal. ACUERDO FIRME.

c) Del señor Gilberto Gómez Guillén, Contador, se conoce oficio n.º CONT-189-2008 de fecha 26 de marzo de 2008, recibido el mismo día en la Secretaría del despacho, por medio del cual, literalmente manifiesta:

“(…) Mediante fax del 26 de marzo de este año recibí cédula de citación de la Unidad Especializada de Delitos Varios del Ministerio Público, para que me presente en las próximas 48 horas con el fin de que declare en calidad de denunciante en la causa No. (sic) 08-001136-647 PE (230-1) y que corresponde al oficio No. (sic) TSE-0484-2008 del 7 de febrero de año en curso, en el que se hace de conocimiento al Ministerio Público la contribuciones hechas por parte del “Fideicomiso por Costa Rica” y “Si al Futuro S.A.” a los partidos políticos Liberación Nacional, Movimiento Libertario y Restauración Nacional.

Lo hago de conocimiento del Superior con la finalidad de que me instruya si debo asistir a dicha cita, o si más bien corresponde a otro ente de estos organismos o es a la Procuraduría General de la República quien tiene que representar al Tribunal Supremo de Elecciones en calidad de denunciante. (…)”

Se dispone: 1. Incorporar al orden del día. 2.- Siendo que la citación es emitida por autoridad judicial competente, resulta clara la obligación del señor Contador de acudir a la misma en el término conferido. Se hace ver que los hechos puestos en conocimiento del Ministerio Público lo han sido en virtud de disposición de este Tribunal y que de conformidad con nuestro ordenamiento jurídico, la acción penal pública la ejerce el propio Ministerio Público y la representación judicial del Estado recae en la Procuraduría General de la República. El Contador de estos organismos electorales –o quien en su ausencia le sustituya– colaborará en la labor de las dependencias judiciales respectivas, según lo que en Derecho corresponda. Comuníquese al señor Francisco Fonseca Ramos, Fiscal Coordinador de la Fiscalía General de la República, a la señora Hazel Chavarría Marín, Fiscal Auxiliar de la Unidad Especializada de Delitos Varios, a la señora Procuradora General de la República y al señor Contador. ACUERDO FIRME.

d) Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce:

1) Oficio n.º RH-0388-2008 del 24 de marzo del 2008, con el que eleva a conocimiento las solicitudes de recargos y encargo de funciones que ha presentado ante ese despacho el Lic. Rodolfo Villalobos Orozco, Coordinador de Servicios Regionales, con ocasión de las vacaciones que disfrutarán próximamente tres jefaturas de oficinas regionales de acuerdo con el siguiente detalle: 

NOMBRE DEL
JEFE Y OFICINA
PERIODO
SUSTITUTO
Dunia Knohr Rodríguez,
Oficina Regional de Puntarenas
Del 7 al 11 de abril
(5 días)
Dagoberto Herrera Araya,
Coordinador de Apoyo
Danilo Layan Gabb,
Oficina Regional de Talamanca
Del 31 de marzo al 22 de abril
(16 días)
Cynthia Badilla Urbina,
Auxiliar de Operación
Javier Duarte Martínez,
Oficina Regional de Los Chiles
Del 7 al 21 de abril
(10 días)
Luis Diego Rocha Gutiérrez,
Auxiliar de Operación
 

Indica además el señor Carías Mora que en el caso de la Oficina Regional de Puntarenas lo que corresponde es encargo de funciones. Asimismo, puede apreciarse que las solicitudes que se conocen cuentan con la anuencia de la Dirección General del Registro Civil y con el aval presupuestario de la Dirección Ejecutiva y Contaduría necesarios para el recargo de funciones.

Se dispone: Aprobar el encargo y los recargos de funciones conforme se proponen. ACUERDO FIRME.

2) Oficio n.º RH-0390-2008 del 24 de marzo del 2008, con el que eleva a conocimiento el fax correspondiente al oficio n.º ORCA-0447-2008 que suscribe la Licda. María Olga Torres Ortiz, Jefa de la Oficina Regional de Cartago, mediante el cual solicita que en la plaza de Registradora Auxiliar que quedará vacante en esa sede a partir del mes entrante – en virtud del ascenso en propiedad de su actual ocupante – se nombre en forma interina a la señora Katherine Calderón Figueroa, quien integra el registro de elegibles para ese tipo de puestos, cumple los requisitos que se exigen y cuenta además con disponibilidad e interés para el eventual nombramiento temporal, lo mismo que con experiencia pues desde enero de 2006 labora en esa sede regional con un contrato interino que concluirá a corto plazo. Indica el señor Carías Mora que, si no se tiene objeciones, la señora Calderón Figueroa se podría nombrar interinamente en el puesto número 45627 como Auxiliar de Operación o Registradora Auxiliar de la Oficina Regional de Cartago, lo que se haría con fundamento en el artículo noveno del Reglamento a nuestra Ley de Salarios, a partir del próximo 1º de abril y hasta que se designe al nuevo propietario de dicha plaza. Puede apreciarse que la presente gestión cuenta con la anuencia de la señora Directora General del Registro Civil.

Se dispone: Aprobar el nombramiento interino de Katherine Calderón Figueroa, a partir del próximo 1º de abril y hasta que se designe al nuevo propietario de dicha plaza. ACUERDO FIRME.

3) Oficio n.º RH-0399-2008 del 26 de marzo del 2008, con el que remite a consideración el fax correspondiente al oficio n.º ORPZ-333-2008 que suscribe el Lic. Edwin Arce Ramírez, Jefe a.i. de la Oficina Regional de Pérez Zeledón, mediante el cual, en virtud de la licencia sin goce de salario que por espacio de tres meses se le concedió al señor Omar Elizondo Navarro, se realicen los siguientes movimientos de personal para no afectar el normal funcionamiento de la sede regional a su cargo:

1.- Ascender en forma interina al cargo de Coordinador de Apoyo a la señora Leda Jiménez Ruiz, quien labora en esa misma oficina como Auxiliar de Operación. Si bien esta candidata cumple con el requisito exigido para el puesto que se le promueve, resultaría necesario aplicar la excepción que contempla el artículo 36 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios, pues no se encuentra en línea directa de ascenso ya que entre su clase actual y la del Coordinador de Apoyo existen de por medio el Asistente de Operación y el Técnico de Operación.

2.- En la plaza de Auxiliar de Operación que quedaría vacante, nombrar interinamente a la señorita Ana Lilliam Montero Bermúdez, quien forma parte del registro de elegibles para esa oficina, cumple los requisitos que demanda el cargo y ha manifestado interés y disponibilidad para el eventual nombramiento.

Indica el señor Carías Mora que, si no se tienen objeciones, y constando la anuencia de la Directora General del Registro Civil, se nombraría en forma interina a la colaboradora Jiménez Ruiz en el cargo número 46108 como Coordinadora de Apoyo, mientras que la señorita Montero Bermúdez sería nombrada como Auxiliar de Operación en el puesto número 45622. Ambos movimientos regirían a partir del próximo 1º de abril y se mantendrían vigentes hasta que los titulares de dichas plazas regresen a ocuparlas o haya que nombrar en ellas a nuevos propietarios. Asimismo, solicita que, de conformidad con el segundo párrafo del artículo 110 de nuestra Ley Orgánica, por ese mismo lapso, se autorice a la señora Jiménez Ruiz para firmar las certificaciones que se expiden en esa sede regional.

Se dispone: Aprobar los nombramientos interinos conforme se proponen y autorizar a la funcionaria Leda Jiménez Ruiz para firmar las certificaciones que se expiden en esa sede regional, lo cual se publicará en la forma usual. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO.- Del señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.º DE-341-2008 del 25 de marzo del 2008, con el que adjunta copia del acta de la reunión ordinaria n.º 05 2008, celebrada el 12 de los corrientes por el equipo de trabajo integrado a efecto de proponer medidas para que las cédulas de identidad sean accesibles a personas con discapacidad visual.

Se dispone: Tomar nota. Continúese informando sobre el particular.

ARTÍCULO CUARTO.- Del señor Rodrigo Fallas Vargas, Director General a.i. del Registro Civil, se conoce oficio n.º DG-228-2008 de fecha 25 de marzo de 2008, recibido en la Secretaría del despacho el 26 de marzo de 2008, mediante el cual, literalmente manifiesta:

“(…) En cumplimiento con (sic) lo dispuesto por el Superior en resolución No. (sic) 934-E-2008 dictada el 11 de marzo del 2008 y dentro del plazo concedido, respetuosamente me permito informar que esta Dirección General ha procedido a girar las instrucciones pertinentes al Departamento Civil, a fin de que se ajuste la práctica registral en relación a (sic) la anotación de la marginal y la certificación de nacimiento de las personas menores de edad declaradas en estado de abandono, en los términos expuestos en la resolución antes señalada. (…)”.

Se dispone: Tomar nota.

ARTÍCULO QUINTO.- Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio CDE-13-2008 de fecha 24 de marzo de 2008, recibido en la Secretaría de este Tribunal el 25 de marzo, que literalmente expresa “En sesión número 02-2008 celebrada el pasado 13 de marzo, esta Comisión conoció las solicitudes que presentaron las funcionarias Andrea Quesada Masís, Marianela Valenzuela Arce y María Isabel loaiza (sic) Chinchilla para ser incorporadas al Régimen de Dedicación Exclusiva, pues fueron nombradas en cargos de nivel profesional. Todas estiman cumplir con los requisitos y reunir las condiciones establecidas para lo que solicitan y aportan los documentos necesarios.

Realizados los estudios que corresponden, considera esta Comisión que efectivamente las solicitudes son procedentes, pues en los tres casos se trata de funcionarias que fueron ascendidas a puestos de nivel profesional para los cuales se requiere el grado académico de bachiller universitario, condición que ellas poseen e incluso superan – la primera y la última – en las carreras de Administración y Derecho.

De acuerdo con lo que ha sido expuesto y con fundamento en el artículo sexto del Reglamento para el Régimen de Dedicación Exclusiva, se elevan a conocimiento del Superior los expedientes que seguidamente se detallan y que se recomienda aprobar en virtud de las razones dadas.

  

EXPEDIENTE
NOMBRE Y CARGO
SOLICITA
COMPLEMENTO
FECHA DE RIGE
185
Andrea Quesada Masís
- Asistente Funcional -
Incorporación
20 %
01 - FEB - 2008
122
Marianela Valenzuela Arce
- Profesional de Apoyo -
Incorporación
20 %
01 - MAR – 2007
145
Maria Isabel Loaiza Chinchilla
- Profesional de Apoyo -
Incorporación
20 %
16 - FEB - 2007
 

De acoger el Tribunal Supremo de Elecciones lo que se propone, a cada funcionaria se le otorgaría el porcentaje anotado en el cuadro anterior como incentivo o complemento salarial por concepto de dedicación exclusiva, con rige a partir de la fecha que se señala en la última columna y que corresponde a aquella en que asumieron el nuevo puesto. Se adjunta también copia del acta de la citada sesión número 02-2008.”

Se acuerda: Aprobar.

ARTÍCULO SEXTO.- De la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia se conoce fax recibido el 26 de marzo en la Secretaría del despacho, relativo a la resolución n.º 2007018172 de las 16 horas con 03 minutos del 18 de diciembre de 2007, dictada en recurso de amparo con número de expediente judicial 05-003234-0007-CO, interpuesto contra este Tribunal por el señor Jorge Villalobos Clare, a favor de la empresa Unisys de Centroamérica S.A., por considerar lesionado el derecho al debido proceso en la tramitación del procedimiento administrativo con número de expediente 075-S-2004, el cual fue declarado sin lugar.

Se dispone: Tomar nota.

A las doce horas terminó la sesión.

 
 
 
Luis Antonio Sobrado González
 
 
 
 
Eugenia María Zamora Chavarría
 
 
 
 
Max Alberto Esquivel Faerron