ACTA Nº 106-2009

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del veinte de octubre de dos mil nueve, con asistencia del señor Magistrado Luis Antonio Sobrado González, quien preside, la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría, los señores Magistrados Max Alberto Esquivel Faerron y Mario Seing Jiménez, y la señora Zetty María Bou Valverde.

 ARTÍCULO PRIMERO.APROBACION DEL ACTA ANTERIOR.

Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.

ARTÍCULO SEGUNDO.ASUNTOS DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA.

A) Informe acerca del arrendamiento de un inmueble para el Programa de Empaque Electoral y el Archivo.De la señora Mary Anne Mannix Arnold, Jefa a.i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.º DL-485-2009, del 16 de octubre de 2009, recibido el mismo día en la Secretaría del despacho, al cual, con ocasión de la formalización de la contratación directa n.º 2009CD-003396-85002, relativa al arrendamiento de un inmueble para albergar al Programa de Empaque Electoral, al Almacén de la Proveeduría y al Archivo, realiza una serie de consideraciones.

Se dispone: Para su consideración, pasen las manifestaciones de la señora Mannix Arnold a la Proveeduría. Retornen los contratos remitidos al Departamento Legal, para el trámite que corresponda. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO.ASUNTOS DE ADMINISTRACION DE PERSONAL.

A) Ascenso interino del servidor Norman Luis Rodríguez Gamboa en el Departamento de Contaduría. De la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil y del señor Alejandro Bermúdez Mora, Secretario de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-3275-2009 del 13 de octubre de 2009, recibido el día siguiente, en el cual manifiestan literalmente:

“Visto el oficio Nº. RH-1772-2009 del 8 de octubre del año en curso, nos permitimos elevar a su estimable consideración, para lo que bien se sirvan disponer, la solicitud del Lic. Gilberto Gómez Guillén, Contador institucional, quien gestiona el ascenso interino del señor Norman Luis Rodríguez Gamboa a la plaza de Profesional de Gestión (Técnico Contable 2) que ha quedado vacante dado el ascenso también interino de su anterior ocupante.

El señor Rodríguez Gamboa, no se ubica en línea directa de ascenso ya que entre su clase en propiedad -Auxiliar de Operación en la Sección de Padrón Electoral- y la del Profesional de Gestión, se encuentran de por medio el Asistente y Técnico de Operación, los Coordinadores de Apoyo y de Gestión, el Analista de Operación, el Asistente Funcional y el Profesional de Apoyo, por lo que resultaría necesario aplicar lo que disponen el artículo 36 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios.

Cabe mencionar que el servidor Rodríguez Gamboa ha obtenido en sus últimas cinco calificaciones anuales el grado de “excelente”, reúne los requisitos académicos que el cargo exige, y los suscritos no tienen objeción alguna para que se realice dicho ascenso, por lo que de aprobarse se ubicaría en el puesto número 90238 a partir del 16 de octubre ó 1º de noviembre del año 2009.”.

Se dispone: Aprobar excepcionalmente el nombramiento interino propuesto, por el plazo de seis meses a partir de la firmeza del presente acuerdo o hasta que la titular regrese a ocupar el puesto, lo que ocurra primero. ACUERDO FIRME.

B) Ascenso interino del servidor Marco Antonio Moraga Núñez en la Sección de Capacitación.De la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil y del señor Alejandro Bermúdez Mora, Secretario de este Tribunal, se conoce oficio n.º STSE-3276-2009 del 13 de octubre de 2009, recibido el día siguiente en la Secretaría del despacho, mediante el cual literalmente manifiestan:

“Visto el oficio Nº. RH-1775-2009 del 9 de octubre del año en curso, nos permitimos elevar a su estimable consideración, para lo que bien se sirvan disponer, la solicitud de la Licda. Ana Hazel Villar Barrientos, Jefa de la Sección de Capacitación, quien gestiona el ascenso interino del señor Marco Antonio Moraga Núñez a la plaza de Asistente Funcional que ha quedado vacante dado el ascenso también interino de su anterior ocupante.

El señor Moraga Núñez, no se ubica en línea directa de ascenso ya que entre su clase en propiedad -Asistente de Operación en la Sección de Cédulas- y la del Asistente Funcional, se encuentran de por medio el Técnico de Operación, los Coordinadores de Apoyo y de Gestión y el Analista de Operación, por lo que resultaría necesario aplicar lo que disponen el artículo 36 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios.

Cabe mencionar que el servidor Moraga Núñez ha obtenido en sus últimas cinco calificaciones anuales el grado de “excelente” en cuatro de ellas y “muy bueno” en la restante, reúne los requisitos académicos que el cargo exige, y los suscritos no tienen objeción alguna para que se realice dicho ascenso, por lo que de aprobarse se ubicaría en el puesto número 353416 a partir del 16 de octubre ó 1º de noviembre del año 2009.”.

De la señora Ana Hazel Villar Barrientos, Jefa de la Sección de Capacitación, se conoce conjuntamente oficio n.º CAP-541-2009 del 16 de octubre de 2009, recibido el mismo día en la Secretaría del despacho, mediante el cual literalmente manifiesta:

“Para que se adicione al oficio RH-1775-2009, me permito indicar a las señoras Magistradas y los señores Magistrados, las razones por las cuales estoy solicitando que el nombramiento interino, en el puesto que actualmente se encuentra vacante en esta oficina de Asistente Funcional, recaiga en el señor Marco Antonio Moraga Núñez:

1.Se trata de una plaza que se incluyó en el presupuesto de este año para ser nombrada en forma interina a partir de abril.En ese puesto se ascendió a la señora Gabriela Villalobos quien ocupaba el cargo de Secretaria de esta oficina, sin embargo, ella recientemente fue promovida al puesto de Profesional de Gestión en la Sección de Inscripciones, también en forma interina, quedando vacante esa plaza de Asistente Funcional.

2.La normativa actual (artículo 36 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos) permite realizar nombramientos en estas condiciones.

3.En varias oportunidades y dado que se trata de nombramientos en forma interina, se ha procedido de esta forma de manera que se pueda aprovechar la experiencia e idoneidad de funcionarios.

4.Como se trata de un puesto para cargos fijos, a partir del próximo año se podría proceder al nombramiento en propiedad, sin embargo está claro que la plaza saldría a concurso.

5.El señor Moraga Núñez labora en la institución desde el 2004. En este momento se encuentra realizando su trabajo de graduación para optar por la licenciatura en Administración Pública y también cursa la carrera de Derecho.

6.A pesar de que pueden haber muchas personas que cuenten con el requisito académico, el puesto de Asistente Funcional en esta oficina es muy particular porque requiere de una persona que nos colabore desde servir un refrigerio, conocer sobre el funcionamiento e instalación de equipos tecnológicos, planificar eventos, entre otros, hasta dar una capacitación frente a cualquier tipo de público.

7.Debido a sus cualidades tanto técnicas como personales,señor (sic) Moraga ha prestado colaboración en esta oficina en varias oportunidades, desempeñándose de manera excelente. Es creativo, innovador, polifuncional y con gran espíritu de colaboración así como disposición de aprender. Tiene cualidades para hablar en público, su apariencia personal refleja confianza y cuenta con inteligencia emocional.

8.Considero que su nombramiento en este momento, sería un apoyo importante sobre todo porque nos encontramos realizando la capacitación electoral y el diseño y redacción de los 10 fascículos previstos en los diferentes planes institucionales, así como gran cantidad de actividades, producto del proceso electoral en el que nos encontramos inmersos.

De antemano agradezco la atención que se brinde a esta solicitud ya que mi intención es básicamente de apoyo institucional y deseos de salir adelante y cumplir con todas las metas propuestas.”.

Se dispone: Aprobar excepcionalmente el nombramiento interino propuesto, a partir de la firmeza de este acuerdo, pero por no más de seis meses, plazo en el cual la Dirección Ejecutiva, la Sección de Capacitación y el Jefe del Departamento de Recursos Humanos dispondrán lo necesario, a fin de que la plaza de Asistente Funcional en cuestión sea llenada en propiedad por cualquiera de los mecanismos que el ordenamiento jurídico vigente establece. ACUERDO FIRME.

C) Ascensos interinos de las servidoras Ileana Madrigal Mora y Marianela Quirós Arias en la Dirección General de Registro Electoral.Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1805-2009 del 14 de octubre de 2009, recibido en horas de la tarde de ese día en la Secretaría del despacho, en el cual literalmente manifiesta:

“Para los efectos consiguientes, remito para su conocimiento el oficio número DGRE-657-2009 del pasado 9 de octubre que suscribe el Lic. Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral, mediante el cual, en virtud de los motivos que se sirve exponer, solicita los siguientes movimientos interinos de personal en la Dirección a su cargo:

1.- Nombrar a la señorita Ileana Madrigal Mora en la plaza 101904 de Profesional Especializado destacada en el Departamento de Financiamiento de los Partidos Políticos, la cual es nueva, de cargos fijos y se encuentra vacante.Esta candidata labora para la institución desde el 17 de enero de 2005 y ocupa en propiedad una plaza de Auxiliar de Operación en el Departamento de Coordinación de Programas Electorales, aunque desde enero de este año se encuentra ascendida en forma interina como Asistente Funcional en ese mismo despacho. Cumple los requisitos que el cargo demanda y las tres calificaciones de servicios que constan en su prontuario o expediente personal han alcanzado el nivel de excelente. Sin embargo, no se ubica en línea directa de ascenso ya que entre su clase propietaria de Auxiliar de Operación y el Profesional Especializado se encuentran de por medio el Asistente de Operación, Técnico de Operación, Coordinador de Apoyo, Coordinador de Gestión, Analista de Operación, Asistente Funcional, Profesional de Apoyo, Profesional de Gestión, Profesional de Área y Profesional Coordinador, lo que obligaría a aplicarel artículo 36 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios para poder darle curso a esta gestión. A fin de justificar su petición, el señor Director General de Registro Electoral expone que“ …cuenta con los requisitos que se exigen para el desempeño del puesto y está colaborando actualmente en una propuesta para establecer los procedimientos que se deriven del Reglamento de Financiamiento de los Partidos Políticos.”

2.- En la plaza de Asistente Funcional que quedaría vacante por el anterior movimiento, nombrar a la señorita Marianela Quirós Arias, quien ingresó a este organismo en junio de 2002 y posee plaza en propiedad de Asistente de Operación en la Oficina Regional de Pérez Zeledón, aunque desde marzo de este año se trasladó con descenso a Coordinación de Programas Electorales donde ocupa una plaza de Auxiliar de Operación. También cumple los requisitos que el cargo demanda y en su caso las calificaciones anuales de los últimos cinco años han alcanzado el nivel de excelente en dos ocasiones y de muy bueno en las restantes tres. Tampoco se encuentra en línea directa de ascenso, pues entre su clase propietaria de Asistente de Operación y el Asistente Funcional se ubican el Técnico de Operación,Coordinador de Apoyo, Coordinador de Gestión y Analista de Operación, por lo que igual sería necesario aplicar el citado artículo 36 para darle curso a la presente solicitud, la cual es justificada por el Lic. Fernández Masís de la siguiente forma: “ La funcionaria Quirós Arias ha venido coadyuvando con el seguimiento a las contrataciones relacionadas con los productos gráficos electorales y su desempeño en este despacho a (sic) sido excelente.”

Por consiguiente, de conformidad con lo que establecen los artículos 9, 25, 34 y 36 del reglamento antes citado, someto a su estimable consideración el eventual ascenso interino a partir del 1º de noviembre del año en curso de las servidoras Ileana Madrigal Mora y Marianela Quirós Arias a las plazas de Profesional Especializado número 101904 y de Asistente Funcional número 353419, que en ese orden pertenecen a los Departamentos de Financiamiento de los Partidos Políticos y de Coordinación de Programas Electorales. Los dos nombramientos se mantendrían vigentes hasta que se designen a los propietarios de dichos cargos.”.

Se dispone: Aprobar excepcionalmente los nombramientos interinos propuestos, a partir del 1º de noviembre de 2009, pero por no más de seis meses a partir de la firmeza del presente acuerdo, plazo en el cual el Director General del Registro Electoral y el Jefe del Departamento de Recursos Humanos dispondrán lo necesario, a fin de que la plaza de Profesional Especializado en cuestión sea llenada en propiedad por cualquiera de los mecanismos que el ordenamiento jurídico vigente establece. ACUERDO FIRME.

D) Recargo de funciones del Contralor de Servicios en el servidor Jonathan González León.Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1807-2009 del 14 de octubre de 2009, recibido el día siguiente en la Secretaría del despacho, en el cual literalmente manifiesta:

“En sesión ordinaria número 096-2009, celebrada el veinticuatro de setiembre del año en curso, oficio número STSE-3108-2009, el Tribunal Supremo de Elecciones dispuso que del 24 de setiembre al 14 de octubre del presente año, las funciones del Contralor de Servicios se recargaran en el servidor Jonnathan González León, Asistente de Contraloría, dada la incapacidad del titular del puesto.

Mediante oficio CS-0407-2009 recibido hoy en este despacho, el Lic. González León, informa que el Lic. Solórzano Alvarado ha manifestado vía telefónica que continúa incapacitado por tiempo indefinido. En virtud de lo anterior, se solicita al Superior autorizar la

prórroga del recargo de funciones en el Asistente de Contraloría, hasta que el Contralor de Servicios se reincorpore a su puesto.

Puede apreciarse que la gestión cuenta con la anuencia del señor Secretario del Tribunal y con el aval presupuestario de la Dirección Ejecutiva y del Departamento de Contaduría.”.

Se conoce conjuntamente memorando n.° CS-087-2009 del 15 de octubre en curso, suscrito por el señor González León, mediante el cual adjunta copia de la boleta de incapacidad extendida al señor Max Solórzano Alvarado, Contralor de Servicios, y la cual comprende del 15 al 22 de octubre.

Se dispone: Aprobar la prórroga de recargo de funciones conforme se solicita, hasta que el señor Solórzano Alvarado se reincorpore a su puesto. ACUERDO FIRME.

E) Ascenso interino de la servidora Lilieth Paniagua Gamboa en la Sección de Capacitación. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1811-2009 del 15 de octubre de 2009, recibido el día siguiente en la Secretaría del despacho, en el cual literalmente manifiesta:

“Para lo que a bien tenga resolver el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración el oficio número CAP-533-2009 recibido hoy en este despacho y que suscribe la Licda. Ana Hazel Villar Barrientos, Jefa de la Sección de Capacitación, mediante el cual informa que la servidora Ana Rosa Ulate Badilla, quien se desempeña como Profesional en Capacitación en dicha oficina, ha sido incapacitada por los servicios médicos de la Caja Costarricense de Seguro Social hasta el próximo 8 de noviembre, con posibilidades de prórroga en virtud del padecimiento que la aqueja.Como producto de lo anterior y con base en los motivos que se sirve exponer, la Licda. Villar Barrientos solicita el nombramiento interino de la señora Lilieth Paniagua Gamboa para sustituir a su empleada incapacitada, de manera que no se afecte el normal funcionamiento de la sección a su cargo.

La candidata que se propone labora para este organismo electoral desde el 1º de julio de 1978, actualmente ocupa en propiedad un cargo de Registradora Auxiliar en la Oficina Regional de Turrialba y durante los últimos cinco años sus calificaciones han alcanzado el grado de“muy bueno”.Cumple los requisitos académico y legal que exige el Manual Descriptivo de Puestos para el cargo de Profesional en Capacitación que ahora nos ocupa, pues cuenta con una Licenciatura y una Maestría en Ciencias de la Educación en énfasis en Administración Educativa, además de que se encuentra incorporada al Colegio de Licenciados y Profesores en Letras, Filosofía, Ciencias y Artes.Por otra parte, tiene experiencia en las tareas a realizar en la Sección de Capacitación, pues del 5 de junio al 24 de agosto de este año ocupó en forma interina ese mismo puesto por otra incapacidad de la señora Ulate Badilla.Sin embargo, no se ubica en línea directa de ascenso ya que entre su clase de Auxiliar de Operación y la de Profesional de Gestión se encuentran de por medio el Asistente y el Técnico de Operación, los Coordinadores de Apoyo y de Gestión, el Analista de Operación, el Asistente Funcional y el Profesional de Apoyo, lo que obligaría a aplicar el artículo 36 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios.

De no haber objeciones por parte del Superior, tal nombramiento podría efectuarse con fundamento en los artículos 9 y 25 del reglamento a nuestra Ley de Salarios, lo que se haría como Profesional de Gestión en el puesto número 45473 de la Sección de Capacitación.En cuanto a la fecha de rige, salvo superior criterio sería a partir del día siguiente a la firmeza del acuerdo que así lo disponga y hasta que la titular del puesto se reintegre al trabajo luego de sus incapacidades. Puede apreciarse que la gestión cuenta con el aval presupuestario de parte de la Dirección Ejecutiva y del Departamento de Contaduría.”.

Se dispone: Aprobar excepcionalmente el nombramiento interino propuesto, por el plazo de seis meses a partir de la firmeza del presente acuerdo o hasta que la titular regrese a ocupar el puesto, lo que ocurra primero. ACUERDO FIRME.

F) Terna para nombramiento en propiedad de Auxiliar de Operación en la Dirección General del Registro Civil. De la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-1125-2009 del 15 de octubre de 2009, recibido el día siguiente en la Secretaría del despacho, en el cual literalmente manifiesta:

“Visto el oficio RH-1806-2009 de fecha 14 de octubre del año en curso, suscrito por el Lic. Ricardo Carías Mora, Jefe de Recursos Humanos (sic), en el que propone nómina de 5 candidatos elegibles para ocupar en propiedad la plaza de Auxiliar de Operación,que se encuentra vacante en esta Dirección General, respetuosamente someto a consideración del Superior la terna siguiente:

1.- Rostrán Vargas Corina *

2.- Mora Hernández John Davis

3.- Alvarado Villalobos Jorge

* La funcionaria que ocupa el primer lugar de la terna, labora interinamente en esta Dirección General desde el 03 de diciembre de 2007, cumpliendo excelentemente las labores encomendadas, unido a su calidad humana, y mostrando idoneidad para el cargo que se propone.

La persona que resulte seleccionada se ubicará en propiedad a partir del próximo 01 de noviembre, como Auxiliar de Operación en la Dirección General del Registro Civil, en el puesto número 101892, donde devengará un salario base de ¢315.400.oo por mes y anualidades a razón de ¢6.690.oo cada una y un complemento del 10% como incentivo por la responsabilidad en el ejercicio de la función electoral, todo de conformidad con el índice salarial vigente para el segundo semestre del año 2009.”.

Se dispone: Nombrar a la señora Corina Rostrán Vargas, a partir del 1° de noviembre de 2009.

G) Solicitud para que la funcionaria Ana Victoria Boza Rivera retorne a su puesto en propiedad, y nombramiento del señor Luis Carlos Quirós Carvajal.Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1810-2009 del 15 de octubre de 2009, recibido el 19 de octubre en la Secretaría del despacho, en el cual literalmente manifiesta:

“Para los efectos consiguientes, remito a consideración el oficio número INS-0742-2009 del pasado 24 de setiembre que suscribe el Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Jefe de la Sección de Inscripciones, mediante el cual, en virtud de los motivos que se sirve exponer, solicita efectuar los siguientes movimientos de personal en la oficina a su cargo:

1.Que se devuelva a su puesto en propiedad número 45614 de Auxiliar de Operación a la servidora Ana Victoria Boza Rivera, quien según acuerdo del Tribunal en sesión 051-2009 del 26 de mayo de 2009, oficio STSE-1660-2009, fue ascendida para sustituir como Asistente de Operación a la señora Vangie Campos Montoya, funcionaria que a su vez fue nombrada interinamente en un cargo de Asistente Electoral durante la época de elecciones.

2.Que se nombre como Asistente de Operación interino en el puesto número 45897, justamente para continuar la sustitución de la servidora Campos Montoya, al señor Luis Carlos Quirós Carvajal, quien forma parte del registro temporal de elegibles, cumple los requisitos que el cargo demanda y actualmente es la persona que ocupa la plaza 45614 de Auxiliar de Operación que dejó temporalmente vacante la señora Boza Rivera.

Adjunto a la petición del Jefe de la Sección de Inscripciones se remite la nota de esta fecha que presentó la servidora Ana Victoria Boza, mediante la cual manifiesta que está en total acuerdo con la solicitud formulada a través del oficio número INS-0742-2009 en el sentido de que se le devuelva a su plaza en propiedad.

Al respecto debo señalar que no existe objeción por parte de este departamento para que se proceda en la forma pretendida y que la presente gestión cuenta con la anuencia de la señora Directora General del Registro Civil. En consecuencia, si el Tribunal lo tiene a bien, los dos movimientos descritos se podrían concretar a partir del próximo 1º de noviembre, siendo entonces que la señora Boza Rivera se ubicaría nuevamente en la plaza 45614 de la cual es propietaria y el señor Quirós Carvajal en la 45897 cuya titular es la señora Vangie Campos, donde permanecerá hasta que esta última colaboradora regrese a ocuparla o haya que nombrar en ella a otro propietario.”.

Se dispone: Aprobar conforme se solicita, a partir del 1° de noviembre de 2009 y por el plazo de seis meses a partir de la firmeza del presente acuerdo o hasta que la titular regrese a ocupar el puesto, lo que ocurra primero. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO CUARTO.ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A) Informe de actividad de capacitación impartida por la señora Magistrada Anabelle León sobre la redacción de resoluciones.De la señora Ana Hazel Villar Barrientos, Jefa de la Sección de Capacitación, se conoce oficio n.° CAP-536-2009 del 14 de octubre del 2009, recibido en la Secretaría del despacho el 16 de este mes, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:

“De conformidad con sus indicaciones y en razón de que nuestros superiores detectaron algunas deficiencias en la redacción de las resoluciones tanto en fondo como en la forma dedeterminar los considerandos y los resultandos en las mismas, procedí a coordinar una actividad para que la señora Anabelle León, Magistrada Presidenta de la Sala primera, brindara una charla dirigida a funcionarios involucrados directamente con el tema, la cual se realizó el 08 de octubre entre las 8.30 y las 11.30 de la mañana, en el Salón Multiuso.

Inicialmente se fundamentó en la interpretación del fondo de las resoluciones, contenido y presupuestos que se puedan dar en un caso determinado. La exposición de la señora magistrada llamada “Elementos, Fundamentación, cuadro Fáctico y Jurídico” desarrolló entre otros temas: Los elementos del acto administrativo, la Fundamentación (origen parte, deber motivo), funciones básicas, conclusión preliminar, hechos, peticiones y conflictos, trascendencia en sede jurisdiccional, objetivo de los hechos en el proceso, potestades del juez en función de las pruebas, pronunciamiento de fondo, apelaciones, casación, revisión, aplicación normativa.

El interés de los funcionarios por asistir a la capacitación fue importante ya que asistieron alrededor de 75 personas, sin embargo cabe señalar que de Opciones y Naturalizaciones solo asistió una persona.

Es importante contar con la presencia de persona (sic) conocedoras y experimentadas en el manejo eficiente de los temas, y en esta oportunidad la señora León se expresó de manera tal que su exposición ayudó a comprender, corregir y aclarar los puntos en que más se falla en la práctica.

Por lo anterior, agradezco la disponibilidad de la señora magistrada León Feoli por haberse hecho presente y compartir su enriquecedor aporte con los funcionarios de esta institución y quisiera que este agradecimiento se oficializara por parte del Tribunal.”.

Se dispone: Tomar nota de lo que informa la señora Villar Barrientos. La Secretaría del despacho remitirá un atento agradecimiento a la señora Magistrada León Feoli en los términos sugeridos. Indique el señor Jefe de la Sección de Opciones y Naturalizaciones las razones merced a las cuales sólo asistió una persona del despacho a su cargo. ACUERDO FIRME.

B) Creación de la figura del asesor emérito.Se dispone: Créase la figura del ASESOR EMÉRITO con objeto de que este organismo pueda nombrar como tal, a todo aquel ex funcionario que -habida cuenta de sus distinguidos servicios y vasta experiencia- manifieste su interés en seguir colaborando en forma honoraria con este Tribunal asesorándole en las diferentes materias que le han encargado la Constitución y la ley. En esta condición se tendrá al señor Elmer Fonseca Abarca, para lo cual se entenderá adicionado el acuerdo que se adoptó en el artículo segundo, inciso D), de la sesión ordinaria n.° 96-2009 del 24 de setiembre del 2009. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO QUINTO.ASUNTOS DE LAS ELECCIONES DEL 2010.

A) Informe del proyecto “Promover ciudadanía activa, proyecto para el fortalecimiento democrático y la participación electoral en Costa Rica”. De la señora Ana María Jiménez Rodríguez, Jefa de la Oficina de Comunicación y Protocolo, se conoce oficio n.° CYP- 366-2009 del 14 de octubre del 2009, recibido en la Secretaría del despacho el 15 de este mes, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:

“Con el propósito que sea del conocimiento de las señoras magistradas y los señores magistrados, me permito rendir informe acerca de las acciones realizadas por esta Oficina, en apoyo al proyecto “Promover Ciudadanía Activa, proyecto para el fortalecimiento democrático y la participación electoral en Costa Rica”.

Tal como fuera solicitado por el Superior, esta Oficina solicitó a la Agencia de Publicidad JWT, adjudicataria de la producción de la campaña para las Elecciones Nacionales del 2010, que realizara una propuesta de plan de medios para la difusión de la campaña de promoción de los Valores Democráticos tanto en radio como en televisión.

Asimismo, representantes de la agencia presentaron al señor Hugo Picado, al señor Danilo Mora encargado de comunicación del PNUD la propuesta de Plan de Medios (sic). A esta reunión también asistieron representantes de la Oficina de Comunicación y Protocolo. Una vez realizadas las observaciones y que se incorporaron en el plan de medios las observaciones realizadas tanto por el señor Mora como por el señor Picado, se acordó que la ejecutiva de la agencia coordinaría directamente con la señora Mariela Castro de FLACSO, los detalles de la pauta de los medios.

La campaña salió al aire el 23 de setiembre en los siguientes medios:

 

TELEVISIÓN

Canal 7:

Quién quiere ser millonario

Telenoticias (edición estelar)

Éxitos del Cine

Canal 6:

Teleserie Vecinos

 

Canal 11:

Informe 11 Las Historias

 

 

RADIO

Radio Musical

4 cuñas diarias más 1 cuña de bonificación.

Exa

4 cuñas diarias más 1 cuña de bonificación.

Omega

4 cuñas diarias más 1 cuña de bonificación.

Columbia Estéreo

4 cuñas diarias más 1 cuña de bonificación.

 

La pauta pagada está programada para finalizar el próximo 22 de octubre, sin embargo, este material se envió a otros medios, para que sean pautados en el marco de la media hora que establece la Ley de Radio, de tal manera que tenga una mayor difusión.”.

Se dispone: Tener por rendido el informe que somete la señora Jiménez Rodríguez. ACUERDO FIRME.

B) Informe sobre la gestión para uso de la media hora gratuita en medios de comunicación. De la señora Ana María Jiménez Rodríguez, Jefa de la Oficina de Comunicación y Protocolo, se conoce oficio n.° CYP- 368-2009 del 14 de octubre del 2009, recibido en la Secretaría del despacho el 15 de este mes, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:

“Con el propósito que sea del conocimiento de las señoras magistradas y los señores magistrados, me permito rendir informe acerca de las gestiones realizadas por esta Oficina ante los medios de comunicación radiofónicos y de televisión, para hacer uso de la media hora que otorga la Ley de Radio en la difusión del material publicitario institucional.

El artículo 11 de la Ley No. 1758, Ley de Radio establece que: “Los programas de radio y televisión deben contribuir aelevar el nivel cultural de la nación.

Las radioemisoras y televisoras comerciales están obligadas a ceder gratuitamente al Ministerio de Educación Pública un espacio mínimo demedia hora por semana para fines de divulgación científica y cultural. Desde la convocatoria a elecciones dicho espacio será cedido al Tribunal Supremo de Elecciones para dar instrucciones sobre temas cívico-culturales.

Cada estación indicará al Ministerio citado y en su oportunidad al Tribunal Supremo de Elecciones, el espacio que cede dentro de sus horarios de trabajo.”

De tal manera, y como ya se ha realizado con ocasión de Elecciones anteriores, esta Oficina remitió a los medios de comunicación nota formal solicitando la colaboración de estos para pautar las cuñas de radio y los spots (sic) televisivos de la campaña Informativa y Motivacional dentro de esa media hora. En dicha nota, también se solicitó remitieran la programación u horarios en que sería pautado los productos institucionales. Adicionalmente, se está suministrando a los medios el material de la campaña de promoción de los valores cívicos, para que también sea pautada en este lapso.

A continuación presento la lista de los medios que han respondido afirmativamente a la solicitud del TSE:

Programas de Radio

Radioemisoras

Grupos Radiofónicos

Televisoras

Decile a Mama

Radio Heredia (jsnoticias)

Medicina Sin Fronteras

 

Super radio 102.3

100.7

Radio 100.3 La Paz del Dial

Radio 16

Radio Sinaí

Radio Lira

Radio Casino

Radio Sinfonola

Radio Fides

91.9

Radio Pampa

Radio Meaux

Radio CU-CU

Radio Cima

88 Stereo

Radio Santa Clara

Colosal 88.3

Radio Guanacaste

Radio Columbia

Radio San Carlos

Cadena Musical

Radio Peninsular

Radio Sendas de Vida

Grupo Radiofonico (sic) Omega

Organización Coccio Carranza

ICER

Grupo Latino Radiodifusión

Cadena Radial Costarricense

Circuito Radial Bahía

 

Telefides

Grupo Extra

Teletica

Canal 36

Repretel

VM Latino

 

 

Como puede verse, la respuesta ha sido pronta y los medios han manifestado su interés en colaborar con la institución y su mejor disposición para difundir el material de la campaña.”.

Se dispone: Tomar nota. Se informará al Tribunal sobre la efectiva difusión del material a que se refiere la señora Jiménez Rodríguez. La misma jefatura comunicará a la Coordinación de Programas Electorales si algún medio televisivo o radiofónico está incumpliendo el indicado precepto de la Ley de Radio, a fin de tomar las medidas remediales que sean del caso; de otra parte, informará de las gestiones hechas para incluir las campañas institucionales en el programa “Panorama” de CANARA. ACUERDO FIRME.

C) Informe acerca de las acciones realizadas para la difusión de la primera etapa de la campaña para las Elecciones Nacionales del 2010. De la señora Ana María Jiménez Rodríguez, Jefa de la Oficina de Comunicación y Protocolo, se conoce oficio n.° CYP- 367-2009 del 14 de setiembre del 2009, recibido en la Secretaría del despacho el16 de este mes, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:

“Con el propósito que sea del conocimiento de las señoras magistradas y los señores magistrados, me permito rendir informe acerca de las acciones realizadas por esta Oficina, para la difusión de la primera etapa de la campaña para las Elecciones Nacionales del 2010, correspondiente al Traslado de Domicilio Electoral.

Dado el interés de la Institución por que (sic) el proceso de votación sea lo más accesible posible para la ciudadanía, se elaboraron una serie de productos que invitan a la población a realizar el traslado de su domicilio electoral, de tal manera que queden empadronados en su lugar de residencia y por ende, puedan votar cerca de donde viven.

Para esta ocasión, la agencia de publicidad JWT presentó una propuesta con colores muy frescos y juveniles, con un diseño animado y un tono amigable para dirigirse al público meta.

Esta primera etapa contó con:

 

Producto

Medios

Afiches en MUPIS (mobiliarios urbanos para información). Dos versiones.

 

Parabuses Gran Área Metropolitana.

Cuñas de radio (dos versiones)

 

Nuestra Voz (programa radiofónico)

Radio IQ

Exa

Musical

Vox

103.1

Cortos televisivos (una versión)

 

Canal 7 (Noticiarios, series, prime time, novelas y cine)

Canal 6 (Noticiarios, series, novelas y cine)

Canal 11 (Noticias y prime time)

VM Latino (programación regular)

Cable Amnet (TNT, National Geographic, FOX, AXN, ESPN, Canal de las Estrellas y E! Entertainment)

Banners web (anuncios en páginas web)

Sitios nacion.com.

 

Esta campaña estuvo al aire desde el 21 de setiembrey hasta el 6 de octubre.”.

Se dispone: Tener por rendido el informe que somete la señora Jiménez Rodríguez.

D) Misión de observación de la OEA a las elecciones de febrero del 2010.Se dispone: Encargar a la Presidencia de este organismo electoral dirigirse al señor Secretario General de la Organización de Estados Americanos -por intermedio de su representante en Costa Rica- con objeto de solicitarle se sirva integrar una misión de observación a los comicios que se verificarán el próximo 7 de febrero de 2010. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SEXTO.ASUNTOS DEL CUERPO NACIONAL DE DELEGADOS.

A) Listado de las personas propuestas como Delegados por Carlos Rojas Smith, a fin de proceder con la respectiva juramentación. Del señor Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos, se conoce oficio n.° DGRE-669-2009 del 13 de octubre de 2009, recibido el 16 de octubre en la Secretaría del despacho, en el cual literalmente manifiesta:

“El señor Carlos Rojas Smith, Jefe del Cuerpo Nacional de Delegados, mediante oficio CND-194-2009, adjunta el listado de personas que propone para que se nombren como Delegados de este Tribunal. Este despacho no tiene objeción alguna en los citados nombramientos, razón por la cual se solicita la aprobación del Superior, a efectos de proceder a su juramentación, para que formen parte de este organismo.Por lo anterior, respetuosamente le solicito elevar la presente a conocimiento del Superior.”.

Se dispone: Aprobar el nombramiento -como Delegados de este Tribunal- de las personas que figuran en la nómina que adjunta el señor Fernández Masís. Proceda esa dirección a su inclusión y actualización en la página web de este Tribunal. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SETIMO.ASUNTOS PRESUPUESTARIOS.

A) Informe en relación con el Plan de acción para implementar las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público (NICSP).Del señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-1233-2009 del 16 de octubre del 2009, recibido en la Secretaría del despacho el 19 de este mes, con el que remite el “Plan de Acción para la Implementación de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público (NICSP)” que este Tribunal, en sesión ordinarian.° 101-2009, al conocer el oficio n.° CONT-837-2009, suscrito por el señor Gilberto Gómez Guillén, Contador, acordó trasladar a ese despacho para que emitiera criterio sobre el particular.

De conformidad con los aspectos que enumera el señor Director Ejecutivo, sobre la normativa aplicable, la elaboración, la estructura y las limitantes en el desarrollo del Plan, concluye lo que se transcribe a continuación:

“(…) 5 Conclusión.

El plan presentado por el señor Contador en su oficio CONT-837-2009 constituye un documento que enuncia, en forma general, las diversas actividades que permitirían implementar en forma gradual, durante el plazo previsto (2010-2012), las Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público. En tal sentido, cumple con el desarrollo de las principales áreas de acción definidas por la Contabilidad Nacionalen su modelo de plan de acción.

Corresponderá a cada área funcional del Tribunal, encargada del desarrollo de las diversas acciones, desagregar a un mayor nivel las actividades contempladas en el documento que se analiza, tomando en consideración que su desarrollo podría verse afectado por las decisiones que al efecto, en su carácter de órgano rector, tome la Contabilidad Nacional del Ministerio de Hacienda.

Por lo demás esta Dirección coincide con su contenido, siendo que únicamente se han realizado algunas correcciones de forma,por lo que se adjunta una nueva versión del plan citado.”.

Se dispone: Aprobar. La misma Contaduría remitirá el plan aprobado a la Contabilidad Nacional del Ministerio de Hacienda, haciendo mención concreta de las salvedades referidas por el Lic. Víquez Jiménez. ACUERDO FIRME.

B) Adición a modificación presupuestaria remitida al Ministerio de Hacienda. Del señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE- 1235-2009 del 19 de octubre del 2009, recibido en la Secretaría del despacho el 20 de este mes, mediante el cualse refiere a la propuesta de modificación presupuestaria que conoció el Tribunal, en sesión ordinaria n.° 101-2009 del ocho de octubre en curso, y que dispuso remitir al Ministerio de Hacienda para el trámite usual.

Indica el señor Víquez Jiménez en esta ocasión que, posterior a ello, la Contaduría institucional, previa estimación salarial a diciembre del año en curso -en la que se utilizó el registro del pago de la primera quincena del presente mes- ha externado la necesidad de incrementar el contenido económico de la subpartida 00301, “Retribución por años servidos”, para el subprograma 850-02 “Organización de Elecciones”, que corresponde al rubro mediante el cual se cancela a los funcionarios la retribución por sus aumentos anuales. Se ha estimado el faltante en ¢35.0 millones ocasionado por el hecho de que los nuevos puestos creados en el 2009 -para ser utilizados como “asesores electorales”-han sido ocupados, mediante ascenso interino, por funcionarios consolidados de la institución con una gran cantidad de anualidades autorizadas.

Asimismo, señala que, en forma integral, la partida de remuneraciones muestra un sobrante, por lo que el faltante citado será cubierto con los recursos de otros rubros salariales que muestran disponible, por lo que se recomienda al Tribunal adicionar la propuesta de modificación presupuestaria que actualmente está en período de elaboración en la Dirección de Presupuesto Nacional, en la forma que señala.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar la adición a la propuesta de modificación remitida en oficio n.° STSE-3257-2009 del 8 de octubre en curso, en los términos señalados. Proceda la Secretaría del despacho de conformidad. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO OCTAVO.ASUNTOS DEL REGISTRO CIVIL.

A) Notificación de resolución que declara con lugar recurso de amparo interpuesto contra la Dirección General del Registro Civil.De la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia se conoce fax correspondiente a resolución n.° 2009-10698 de las 15:31 horas del 7 de julio de 2009, recibido en la Secretaría del despacho el 16 de octubre en curso, relativa al recurso de amparo interpuesto por el señor Juan Manuel Barquero Vargas, a favor de Víctor Raúl Chiriboga Mata contra este Tribunal, el cual fue declarado con lugar, disponiendo que la señora Directora General del Registro Civil atienda la gestión de inscripción de nacimiento del amparado dentro del plazo de un mes, bajo los apercibimientos usuales.

Se dispone: Agregar a sus antecedentes. Hágase del conocimiento de la señora Directora General del Registro Civil para que proceda de conformidad. Tome nota el Departamento Legal. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO NOVENO.ASUNTOS DE ORGANIZACIONES GREMIALES DEL TRIBUNAL.

Sale del Salón la señora Magistrada Zetty Bou Valverde.

A) Solicitud para que el Tribunal revise sus lineamientos para el nombramiento de funcionarios. De la señora Ilenia Ortiz Ceciliano y del señor Carlos Murillo Alvarado, Secretaria General y Secretario General Adjunto, respectivamente, de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles, se conoce oficio UNEC-139-2009 del 15 de octubre de 2009, recibido el día siguiente en la Secretaría del despacho, en el cual literalmente manifiestan:

En relación con el acuerdo tomado por ese Tribunal en sesión nº 097-2009 del 29 de setiembre del año en curso, por (sic) lo que deseamos externar lo siguiente:

En vista de lo anterior, instamos a ese Tribunal a respetar sus propios lineamientos y resoluciones referentes a los nombramientos cuando se “saltan” muchas clases y puestos (véase el acuerdo tomado en el acta Nº 059-2009, de fecha 18 de junio del 2009).”.

Se dispone: Hacer ver a los estimables representantes sindicales, en primer lugar, que llama la atención que este asunto ya se esté ventilando en la prensa (ver “el pais.cr” del día de hoy), sin haber dado al Tribunal la oportunidad de considerar y pronunciarse previamente sobre la gestión que se conoce, cuando ha sido su actitud permanente ofrecer al sindicato amplios espacios de diálogo para evitar malentendidos y encauzar, de la mejor manera posible, las relaciones entre ambas partes.

De otra parte, conviene dejar claramente establecido que este Tribunal siempre ha mantenido como política fomentar la carrera administrativa en estos organismos electorales y que, con los nombramientos que se cuestionan, no se "cercena" derecho alguno sino, más bien, se hace manifiesta la posibilidad que tiene cualquier servidor de optar por un cargo de mayor jerarquía en la institución y que existe interés en promover a funcionarios institucionales para ocupar otros puestos en la organización, de presentarse la oportunidad y cumplirse con la normativa aplicable, sea en puestos interinos o bien en propiedad, siguiendo los mecanismos y respetando los requisitos dispuestos para ello.

En el caso que nos ocupa, ha de tenerse presente la urgencia de constituir la Dirección General de Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, así como sus departamentos, por haberse aprobado el nuevo Código Electoral en fecha muy reciente y por la proximidad de las elecciones a celebrarse en febrero de 2010. Esta circunstancia obliga a contar en dichas unidades administrativas con el personal completo, capacitado y con experiencia, en un plazo muy corto que no permite aplicar los procedimientos establecidos en la ley para llenar los puestos en propiedad, de forma que, cuando ha sido necesario, se recurrió a efectuar transitoriamente nombramientos interinos, tal como se procedió con el cargo de Secretario de la mencionada Dirección, que por cierto no corresponde a una jefatura.

Ha de hacerse hincapié en el hecho de que -con buen suceso- el señor Abarca Guzmán venía destacándose desde hace varios meses como Letrado de este Tribunal, antes de ser nombrado interinamente en el cargo que ahora ocupa, para el cual cumple cabalmente con los requisitos que la normativa exige; situación que, desde este punto de partida, ya evidencia que no le asiste razón al planteamiento sindical.

En cuanto al antecedente al que se hace referencia, en el que este Tribunal dispuso rechazar ascensos directos por existir varias clases de por medio, ha de considerarse que se trataba de ascensos en propiedad, lo cual dista mucho de este nombramiento que es de carácter interino.

En todo caso, a fin de asegurar que la plaza de Secretario General de la Dirección del Registro Electoral, así como la que desempeña interinamente el señor Fabián Jiménez Murillo de Profesional Especializado en el Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos, sean llenadas en propiedad con estricto apego a la normativa aplicable, se ordena al Director General del Registro Electoral y al Jefe del Departamento de Recursos Humanos, que dispongan lo necesario a fin de que en el término máximo improrrogable de seis meses -los cuales se computarán a partir de la firmeza del presente acuerdo- se proceda de conformidad.ACUERDO FIRME.

Reingresa al Salón la señora Magistrada Zetty Bou Valverde.

ARTÍCULO DECIMO.ASUNTOS DE PARTIDOS POLITICOS.

A) Informe sobre los partidos Alajuelita Nueva, Auténtico Turrialbeño Cartaginés y Fuerza Democrática por presunto incumplimiento del artículo 176 bis del Código Electoral.De la señora Mary Anne Mannix Arnold, Jefa a.i. del Departamento Legal y del señor Gilberto Gómez Guillén, Contador, se conoce oficio n.º DL-465-2009 del 13 de octubre de 2009, recibido el mismo día en la Secretaría del despacho, mediante el cual literalmente manifiestan:

“En atención al oficio STSE-3157-2009, de 29 de setiembre de este año, procedemos a cumplir con lo ordenado por el superior en Sesión Ordinaria Nº 097-2009, de esa misma fecha, artículo séptimo y adicionamos al (sic) informe DL-421-2009 del 22 de setiembre de este año, en los siguientes términos:

1.-Según la información recabada, los partidos Alajuelita Nueva, Auténtico Turrialbeño Cartaginés y Fuerza Democrática no renovaron sus estructuras, por lo que no aparecen actualmente como agrupaciones políticas inscritas. En relación con ellos, consideramos que no procede “enderezar el curso de lo actuado”, en el tanto en que si anteriormente, estando inscritos, no fue posible localizar a los tesoreros, es previsible que cualquier esfuerzo que realice la institución por localizar a dichospersoneros y notificarlos personalmente, va a ser infructuoso. Además, ya el asunto recluyó (sic) en vía judicial y al amparo de la legislación vigente en su momento, consideramos que el Tribunal no contaba con instrumentos efectivos para imponerles sanción alguna.

2.- Relación (sic) con el Partido Solidaridad Ramonense, la Contaduría, en forma oficiosa, está procediendo a incluir en las prevenciones que actualmente se le hacen a dicha agrupación política, una solicitud expresa para que rindan los informes omitidos anteriormente. Oportunamente se informará al Tribunal sobre el resultado de esta gestión.”.

Se dispone: Tener por rendido el informe, el cual se acoge.Procédase de conformidad. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO DECIMOPRIMERO.ASUNTOS EXTERNOS.

A) Informe sobre la causa penal seguida en contra del funcionario Bernal Villalobos Sánchez.De la señora Mary Anne Mannix Arnold, Jefa a.i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.º DL-472-2009 del 14 de octubre de 2009, recibido el mismo día en la Secretaría del despacho, mediante el cual literalmente manifiesta:

“En atención a lo ordenado por el Tribunal en sesión ordinaria No. 104-2009, artículo sexto, celebrada el 13 de octubre de 2009 y comunicado mediante oficio No. STSE-3285-2009 de la misma fecha, le informamos, dentro del plazo establecido de 24 horas, que la diligencia judicial para la apertura de evidencia autorizada mediante auto de las 13:30 horas del 8 de octubre del 2009 dictado por el Juez Penal de San José, Lic. Raymundo Pérez Castillo, en la causa seguida contra el funcionario Bernal Villalobos Sánchez y otros por el delito de falsedad ideológica, corresponde a una gestión propia de la investigación penal que se lleva a cabo en dicha causa, en la cual, no se requiere la intervención de funcionarios de esta institución. La comunicación de la diligencia a estos organismos electorales se da en función al carácter de ofendido que ostenta el Tribunal, situación que fue confirmada por la Fiscal a cargo del proceso, Licda. Andrea Rodríguez Quijano, Fiscal Auxiliar de la Unidad Especializada en Delitos Varios del Ministerio Público en conversación telefónica sostenida con ella hoy.

En todo caso, la representación legal del Estado, en los negocios de cualquier naturaleza, que se tramiten o deban tramitarse en los Tribunales de Justicia, le corresponde a la Procuraduría General de la República (artículo 3º, inc. a. de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República) para lo cual, el Tribunal dispuso hacer de su conocimiento lo comunicado por el Juzgado Penal.

Para el caso en estudio, la Inspección Electoral instruyó el procedimiento administrativo ordinario contra Carlos Sánchez Vidaurre (exp. Adm. 046-O-2009) y el correspondiente al servidor Bernal Villalobos Sánchez aún se encuentra en la etapa de instrucción.Conforme a lo ordenado, se agregará copia del acuerdo de cita y de la cédula de notificación en los expedientes administrativos 129-O-2009 y 046-O-2008 (ahora 166-Z-2009) correspondientes a los procesos disciplinarios de los señores Villalobos Sánchez y Sánchez Vidaurre, respectivamente.”.

Se dispone: Tener por rendido el informe, el cual se acoge.Procédase de conformidad. Hágase del conocimiento de la Procuraduría General de la República. Para lo que corresponda, remítase copia del presente acuerdo a los expedientes administrativos en los cuales se tramitan las causas disciplinarias contra los servidores Bernal Villalobos Sánchez y Carlos Sánchez Vidaurre. ACUERDO FIRME.

Sale del Salón de Sesiones la señora Magistrada Zamora Chavarría.

B) Designación para participar en la reunión del Consejo de Ministras de la Mujer de Centroamérica. De la señora Miosotis Rivas Peña, Secretaria Técnica del Consejo de Ministras de la Mujer de Centroamérica (COMMCA), se conoce oficio sin número del 8 de octubre del 2009, recibido en la Secretaría del despacho el 16 de este mes, mediante el cual, por las razones que expone, solicita la designación de un participante en la reunión que se realizará en la sede de la Secretaría General del Sistema de la Integración Centroamericana (SG-SICA) en el tema de participación política.

Indica la señora Rivas Peña que la SG-SICA, a través del fondo España-SICA, Línea Género, estará cubriendo los gastos correspondientes a la participación en la misma.

Se dispone: Para atender la reunión indicada se designa a la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría. Para sustituirla y previo sorteo de rigor, se designa al Magistrado Casafont Odor.

De conformidad con lo establecido por este Tribunal en el inciso h) del artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 87-2008, celebrada el 02 de octubre de 2008, en relación con el viaje en cuestión se detalla lo siguiente:

Nombre completo del funcionario (a)

Cargo que desempeña

País (es) a visitar

Período del viaje

Objetivos del viaje

Monto del adelanto de gastos de viaje y justificación

Gastos conexos y justificación

Eugenia María Zamora Chavarría

 

Magistrada

El Salvador

22 y 23 de octubre de 2009

Participación en reunión del Consejo de Ministras de la Mujer de Centroamérica

(SICA)

Ninguno

Ninguno

 

ACUERDO FIRME.

La señora Magistrada Zamora Chavarría se reincorpora al Salón de Sesiones.

C) Consulta del Ministerio de la Presidencia sobre conferencias de prensa del Consejo de Gobierno.Del señor Pablo Guerén Catepillán, Director de Prensa y Comunicación del Ministerio de la Presidencia, se conoce fax correspondiente a oficio n.° DMP-1280-09 del 16 de octubre del 2009, recibido en la Secretaría del despacho el 19 de este mes, mediante el cual consulta si, en el marco de la presente campaña política, es posible continuar los días miércoles con la transmisión en vivo de la conferencia de prensa posterior al Consejo de Gobierno en Casa Presidencial, hasta el final de la presente administración.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día.2.- A juicio de este Tribunal, las conferencias de prensa son un instrumento especialmente relevante mediante el cual las distintas dependencias públicas rinden cuentas de su accionar, porque de ellas los periodistas – tanto del sector público como de la prensa privada – extraen y contrastan información relevante para ser comunicada a la colectividad por medio de sus noticiarios.No obstante, la transmisión integral – en vivo o diferido – por parte de los medios de comunicación estatales de la conferencia de prensa semanal que se organiza luego de concluida la sesión correspondiente del Consejo de Gobierno trasciende esa finalidad, para constituirse en una herramienta idónea para resaltar unidireccionalmente las acciones de gobierno y publicitar los distintos planes y proyectos gubernamentales propios de la gestión pública.Aunque no existen reparos de legalidad para hacerlo en época ordinaria, no resulta empero procedente a partir de la convocatoria a elecciones nacionales y hasta el propio día de las votaciones, por resultar contrario a la letra y el espíritu del mandato previsto en el artículo 142 del Código Electoral. ACUERDO FIRME.

Sale del Salón de Sesiones el señor Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron.

D) Recurso de amparo contra acuerdo del Tribunal que suspendió al funcionario Sánchez Vidaurre.Del señor Reiner Tosso Jara, Asistente de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, se conoce memorial de hoy, recibido -vía fax- en la Secretaría del despacho, mediante el cual comunica que en el recurso de amparo tramitado bajo expediente judicial n.º 09-006697-0007-CO, promovido por Carlos Sánchez Vidaurre contra este Tribunal, se ha dictado el voto n.º 2009-016033 de las doce horas con veintiún minutos del dieciséis de octubre de dos mil nueve, cuya parte dispositiva declara con lugar el recurso interpuesto, por lo que se anula el acuerdo de este Tribunal de la sesión extraordinaria n.º 02-2009 (sic) que consta en el oficio n.º STSE-0773-2009 del 09 de marzo de 2009, en tanto ordenó la suspensión del señor Sánchez Vidaurre sin goce de salario.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Para su estudio e informe conjunto, el cual deberá rendirse en el plazo de veinticuatro horas, pase al Departamento Legal y a la Inspección Electoral. En dicho informe se considerará la posibilidad de presentar una gestión de aclaración y solicitar a la Procuraduría General de la República que gestione ante la autoridad judicial respectiva pronunciamiento expreso sobre el particular. ACUERDO FIRME.

A las doce horas terminó la sesión.

 

 

 

Luis Antonio Sobrado González

 

 

 

 

Eugenia María Zamora Chavarría

 

 

 

 

Max Alberto Esquivel Faerron

 

 

 

 

Mario Seing Jiménez

 

 

 

 

Zetty María Bou Valverde