ACTA Nº 125-2009

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del diez de diciembre de dos mil nueve, con asistencia del señor Magistrado Luis Antonio Sobrado González, quien preside, la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría, y los señores Magistrados Max Alberto Esquivel Faerron, Mario Seing Jiménez y Fernando del Castillo Riggioni.

 ARTÍCULO PRIMERO.APROBACION DEL ACTA ANTERIOR.

Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior, excepto por la señora Magistrada Zamora Chavarría y el señor Magistrado Del Castillo Riggioni, quienes no participaron de dicha sesión.

ARTÍCULO SEGUNDO.ASUNTOS DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA.

Sale del Salón de Sesiones el señor Magistrado Sobrado González.

A) Endoso de garantía de participación a favor de la empresa Compu Plaza S.A.Del señor Gilberto Gómez Guillén, Contador del Tribunal, se conoce oficio n.° CONT-1036-2009 de fecha 8 de diciembre de 2009, recibido ese día en la Secretaría del despacho, en el cual manifiesta literalmente:

“La empresa “COMPU PLAZA S.A.” solicita la devolución de la garantía de participación que se sirvieron presentar para la licitación N° 2009LA-000192-85002 consistente en un certificado de depósito a plazo N° 400-02-047-03831 del Banco Nacionalde Costa Rica por un monto de mil cuatrocientos novena y dosdólares con 31/100 centavos (sic) según recibo de garantía de participación N° 0419.

En razón de lo anterior se solicita el endoso por parte del señor Magistrado Presidentea favor de la citada empresa.

No se omite manifestar que el certificado se encuentra en custodia en esta Contaduría en espera de la aprobación de endoso solicitado.”.

Se acuerda: Autorizar al señor Magistrado Presidente de este Tribunal para que efectúe el endose conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

El Señor Magistrado Sobrado González se reincorpora al Salón de Sesiones.

B) Informe relativo al reajuste de precio del contrato de servicio de vigilancia de las Regionales de Liberia y Nicoya, y del contrato de servicio de limpieza en las Regionales de Corredores, Pococí y Limón.De la señora Mary Anne Mannix Arnold, Jefa a.i. del Departamento Legal, se conocen oficios n.º DL-646-2009 y n.º DL-651-2009 del 8 de diciembre de 2009, recibidos el mismo día en la Secretaría del despacho, mediante los cuales informa sobre las solicitudes de reajustes de precios presentados por las empresas Servicios de Mantenimiento y Seguridad SEMANS S.A. y Multinegocios Internacionales América S.A., correspondientes a los contratos suscritos para el servicio de vigilancia y seguridad de las oficinas regionales de Liberia y Nicoya y de servicio de aseo y limpieza en las oficinas regionales de Corredores, Pococí y Limón, respectivamente, en los cuales, por su orden, literalmente recomienda:

“Con base en lo expuesto, al estimar que los reajustes de precio del contrato suscrito entre el Tribunal y la empresa Servicios de Mantenimiento y Seguridad SEMANS S.A., para la prestación de los servicios de vigilancia y seguridad para las oficinas regionales de estos organismos en Liberia y Nicoya, resultan jurídica (sic) procedentes, este Departamento recomienda su aprobación en el sentido de cancelar un precio reajustado de ¢272.370,26 (doscientos setenta y dos mil trescientos setenta colones con veintiséis céntimos) a partir de diciembre de 2007, de ¢284.128,38 (doscientos ochenta y cuatro mil ciento veintiocho colones con treinta y ocho céntimos) a partir de enero del 2008 y de ¢305.878,76 (trescientos cinco mil ochocientos setenta y ocho colones con setenta y seis céntimos) a partir de julio de 2008, por la prestación del servicio en cada una de las citadas oficinas regionales.La cancelación de las diferencias dejadas de pagar de diciembre de 2007 a diciembre de 2008, que ascienden a la suma de ¢843.640,42 (ochocientos cuarenta y tres mil seiscientos cuarenta colones con cuarenta y dos céntimos) se harán con cargo en la subpartida número 104.06 “Servicios Generales”, no obstante, debido a que los reajustes corresponden a períodos presupuestarios anteriores, es necesario el dictado de una resolución administrativa que disponga su pago, cuyo borrador se adjunta a este informe.A efectos de hacer efectivo estos reajustes, corresponderá a la Proveeduría institucional emitir los documentos de ejecución presupuestaria correspondientes.”

“Con base en lo expuesto, al estimar que el reajuste del precio del contrato suscrito con este Tribunal y la empresa Multinegocios Internacionales América S.A. (MUTIASA), para la prestación de servicios de aseo y limpieza de las Oficinas Regionales de estos organismos en Corredores, Pococí y Limón resulta jurídica (sic) procedente, este Departamento recomienda su aprobación en el sentido de cancelar un precio reajustado conforme el detalle indicado por la Contaduría en el oficio CONT-828-2009 del 2 de octubre de 2009.

Asimismo, respecto a la diferencia generada con la modificación contractual que operó con el addendum suscrito el 20 de octubre de 2008, mediante el cual se modificó el precio contractual y se varió el horario de los servicios prestados en la Oficina Regional de Pococí, se recomienda su aprobación en el sentido de cancelar las sumas que por concepto de diferencias dejó de percibir la contratista, por los montos y períodos señalados por la Contaduría en su informe.

En punto a la forma y mecanismo para honrar la obligación, ello se haría con cargo a la subpartida número 104.06 “Servicios Generales”. Para efectos de hacer efectivo el pago del reajuste correspondiente al período presupuestario actual, corresponderá a la Proveeduría institucional emitir un pedido por un monto de ¢620.000,00 (seiscientos veinte mil colones exactos), en los términos señalados por la Contaduría institucional en su oficio CONT-828-2009.Respecto al pago de la diferencia de ¢11.346,50 (once mil trescientos cuarenta y seis colones con cincuenta céntimos) correspondiente a diciembre del 2008, producto de la modificación del precio contractual, éste se honrará por corresponder al período 2008, a través del dictado de una resolución administrativa cuyo borrador se adjunta a este informe.”.

Se dispone: Tener por rendidos los informes que se someten a conocimiento de este Tribunal, los cuales se acogen. En relación con las resoluciones adjuntas, proceda de inmediato con lo de su cargo la Secretaría del despacho. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO.ASUNTOS DE ADMINISTRACION DE PERSONAL.

A) Ascenso en propiedad del funcionario Carlos Ardón Robert, en el Departamento Civil.De la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, se conoce resolución n.° DGRA-0092-2009 de las doce horas del tres de diciembre de dos mil nueve, recibida el 8 de diciembre de 2009 en la Secretaría de este Tribunal, mediante la cual se dispone ascender en propiedad -a partir del próximo 16 de diciembre- al servidor Carlos Ardón Robert, Auxiliar de Operación del Departamento Civil, al cargo Asistente de Operación que ha quedado vacante en esa misma Unidad Administrativa, dada la renuncia de su anterior ocupante.

Se dispone: Aprobar.

B) Ternas para nombrar en propiedad a Auxiliares de Operación en el Archivo del Registro Civil. De la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-1274-2009 del 07 de diciembre de 2009, recibido el día siguiente en la Secretaría de este Tribunal, en el cual literalmente manifiesta:

“Visto el oficio RH-2111-2009 de fecha 01 de diciembre del año en curso, suscrito por el Licda. Jocelyn Brown Pérez, Jefa a.i. del Departamento de Recursos Humanos, en el que propone diez nóminas de candidatos elegibles paraproceder a nombrar en propiedad igual cantidad de funcionarios, en plazas de Auxiliares de Operación que se encuentran vacantes en la Sección de Archivo del Registro Civil, someto a consideración del Superior las ternas siguientes:

PUESTO No. 45810

1.- Vargas Zúñiga Magally

2.- Mora Hernández Davis Johnny

3.- Cárdenas Amaya Marlene

 

PUESTO No. 45534

1.- Cárdenas Amaya Marlene

2.- Sing Córdoba Kathy

3.- Castro Mejía Henry O.

 

PUESTO No. 76444

1.- Sing Córdoba Kathy

2.- Castro Mejía Henry O.

3.- Cascante Ortega Sunny

 

PUESTO No. 76626

1.- Cascante Ortega Sunny

2.- Castro Mejía Henry O.

3.- Ramírez Méndez Marlen

 

PUESTO No. 97457

1.- Ramírez Méndez Marlen

2.- Castro Mejía Henry O.

3.- Moya Patiño Patricia

 

PUESTO No. 97574

1.- Sánchez Carvajal Ronald Hilario

2.- Moya Patiño Patricia

3.- Vargas Rodríguez Julio César

 

PUESTO No. 97596

1.- Vargas Rodríguez Julio César

2.- Moya Patiño Patricia

3.- Cedeño Vargas José Pablo

 

PUESTO No. 97656

1.- Cedeño Vargas José Pablo

2.- Moya Patiño Patricia

3.- Quesada Marín Ana Leticia

 

PUESTO No. 97662

1.- Quesada Vargas Roberto Enrique

2.- Cedeño Vargas José Pablo

3.- Quesada Marín Ana Leticia

 

PUESTO No. 101760

1.- Castillo Jiménez Ericka Vanessa

2.- Quesada Marín Ana Leticia

3.- Quesada Vargas Roberto

 

Las personas que ocupan el primer lugar en cada una de las ternas, han sido recomendadas por escrito por la Licda. Nuria Ugalde Martínez, Jefa a.i. de la Sección de Archivo del Registro Civil, mediante oficio ARC-500-2009 de fecha 27 de noviembre de 2009.

Quienes resulten seleccionados podrán ubicarse en propiedad como Auxiliares de Operación en la Sección de Archivo del Registro Civil, en los puestos indicados, a partir del próximo16 de diciembre, donde devengarán un salario base de ¢315.400.oo por mes y anualidades a razón de ¢6.690.oo cada una y un complemento del 10% como incentivo por la responsabilidad en el ejercicio de la función electoral, todo de conformidad con el índice salarial vigente para el segundo semestre del año en curso.”.

Se dispone:Nombrar a Magally Vargas Zúñiga, en el puesto n.° 45.810; a Marlene Cárdenas Amaya, en el puesto n.° 45.534; a Kathy Sing Córdoba, en el puesto n.° 76.444; a Sunny Cascante Ortega, en el puesto n.° 76.626; a Marlen Ramírez Méndez, en el puesto n.° 97.457; a Ronald Hilario Sánchez Carvajal, en el puesto n.° 97.574; a Julio César Vargas Rodríguez, en el puesto n.° 97.596; a José Pablo Cedeño Vargas, en el puesto n.° 97.656; a Roberto Enrique Quesada Vargas, en el puesto n.° 97.662; y a Ericka Vanessa Castillo Jiménez, en el puesto n.° 101.760; todos a partir del 16 de diciembre de 2009. ACUERDO FIRME.

C) Renuncia por pensión de los funcionarios Juan Rafael Madrigal, Elena Rodríguez, Francisco Paniagua y María Eugenia Retana. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-2135-2009 del 7 de diciembre de 2009, recibido el día siguiente en la Secretaría del despacho, en el cual literalmente manifiesta:

“Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, me permito elevar a consideración cuatro notas que suscriben igual número de funcionarios de la institución, mediante las cuales presentan la renuncia al cargo que ocupan, a partir del próximo 1° de enero de 2010, para acogerse al beneficio de Pensión por el Régimen General de Pensiones Ley Marco (Ley N. 7302 del 15 de julio de 1992).

NOMBRE DEL SERVIDOR

PUESTO Y OFICINA

FECHA DE

INGRESO

Juan Rafael Madrigal Hernández

Secretario General del Registro Civil

01/MAR/1972

Elena Rodríguez Solís

Jefa, Oficina Regional de Heredia

02/MAY/1972

Francisco Paniagua Acosta

Profesional de Área,

Depto. de Contaduría

01/DIC/1972

María Eugenia Retana Picado

Asistente de Operación,

Oficina de Actos Jurídicos

01/NOV/1975

 

Asimismo, los servidores solicitan el pago tanto de las prestaciones legales que pudieran corresponderles de acuerdo con la legislación laboral vigente, como de las vacaciones que no hayan disfrutado a la fecha de su retiro.”.

Se acuerda: Se tiene por presentada la renuncia de las señoras Elena Rodríguez Solís y María Eugenia Retana Picado, así como la de los señores Juan Rafael Madrigal Hernández y Francisco Guillermo Paniagua Acosta, a quienes se les dan las gracias por los servicios prestados durante tantos años a este Tribunal, deseándoles el mayor de los éxitos en su nueva etapa de vida. Proceda oportunamente la Contaduría a realizar los cálculos de rigor para el pago de las prestaciones legales que pudieran corresponderles, así como de las vacaciones a que tengan derecho a la fecha de su retiro, cuyos informes trasladará oportunamente al Departamento Legal, para la confección de los respectivos proyectos de resolución. ACUERDO FIRME.

D) Resolución que declara con lugar recurso de amparo interpuesto por el señor Carlos Sánchez Vidaurre.De la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, se conoce cédula de notificación recibida en la Secretaría del despacho -vía fax- el 8 de diciembre de 2009, relativa a la resolución n.º 2009-016033 de las doce horas con veintiún minutos del dieciséis de octubre de dos mil nueve, dictada dentro del expediente judicial n.º 09-006697-0007-CO, que es recurso de amparo interpuesto por el señor Carlos Sánchez Vidaurre contra este Tribunal, el cual se declaró con lugar por la suspensión sin goce de salario ordenada contra el amparado.

Se dispone: Tomar nota. Remítase copia de la resolución que se conoce al Departamento Legal, a la Dirección General del Registro Civil, a la Inspección Electoral, al Departamento de Recursos Humanos, a la Contaduría y al expediente relativo al procedimiento administrativo disciplinario seguido contra el señor Sánchez Vidaurre. ACUERDO FIRME.

E) Redacción del puesto de Profesional en Derecho del Departamento Legal.De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa a.i. del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-2141-2009 del 8 de diciembre de 2009, recibido el día siguiente en la Secretaría del despacho, en el cual literalmente manifiesta:

“Para los efectos consiguientes y en atención a lo que disponen los artículos 5-q, 52 y 53 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios, me permito someter a consideración del Tribunal Supremo de Elecciones la redacción o descripción de puesto que se propone para actualizar el cargo de Profesional en Derecho destacado en el Departamento Legal.De acoger el Tribunal la redacción propuesta, será incluida en el Manual Descriptivo de Puestos vigente.

No omito manifestar que la descripción de la cual se viene hablando fue avalada en oficio DL-581-2009 del 16 de noviembre de 2009 por la Licda. Mary Anne Mannix Arnold, Jefa a.i. del Departamento Legal.”.

Se acuerda: 1.- Incorporar al orden del día.2.- Aprobar la redacción o descripción del puesto de Profesional en Derecho del Departamento Legal propuesta. Incorpórese al Manual Descriptivo de Puestos institucional. ACUERDO FIRME.

ARTICULO CUARTO.ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A) Título de inscripción del “Sistema de Arquitectura de Información (S.A.I.)” en el Registro Nacional de Derechos de Autor y Derechos Conexos.De la señora Mary Anne Mannix Arnold, Jefa a.i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.º DL-640-2009 del 04 de diciembre de 2009, recibido el mismo día en la Secretaría del despacho, mediante el cual literalmente manifiesta:

“En atención a su oficio STSE-1717-2008, del 22 de mayo de 2008, me permito remitirle, para los efectos correspondientes, el título de inscripción que acredita la titularidad de los derechos patrimoniales del Sistema de Arquitectura de Información (S.A.I.), ante el Registro Nacional de Derechos de Autor y Derechos Conexos.

Se adjunta original de resolución de inscripción del Registro Nacional de Derecho de Autor y Derechos Conexos de las 10:45 horas del día 25 de agosto del 2009.”.

Se dispone: Tener por cumplido el encargo que se le ordenara al Departamento Legal. Remítanse tales documentos al Archivo de este Tribunal para su custodia definitiva, así como copia de los mismos al Comité Asesor en Tecnologías de Información y a los funcionarios Rodolfo Villalobos Orozco y Orlando Solano Marín.

B) Informe relativo al Manual de consulta para el usuariode trámites y requisitos. De las señoras Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil y Mary Anne Mannix Arnold, Jefa a.i. del Departamento Legal, y del señor Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.º DE-1444-2009 del 7 de diciembre de 2009, recibido el día siguiente en la Secretaría del despacho, mediante el cual -en atención a lo ordenado por este Tribunal en los acuerdos de los artículos segundo y noveno de la sesiones ordinarias n.º 048-2008 y n.º 109-2009, celebradas el 03 de junio de 2008 y el 27 de octubre de 2009, respectivamente- rinden informe sobre la revisión que efectuaron

al proyecto de “Manual de consulta para el usuario - Trámites y Requisitos” propuesto por la Contraloría de Servicios de estos organismos electorales, en el que literalmente manifiestan:

“Estado Actual:

El “Manual de consulta para el usuario – Trámites y Requisitos” fue remitido a los suscritos por acuerdo del Tribunal para su revisión y eventual enmienda.Sobre el particular, luego de haberlo estudiado y de previo a su publicación en La Gaceta, se estima que deben realizarse algunas actualizaciones y correcciones:

El Anexo #1 es un documento elaborado por la Dirección General, como ejemplo del formato que debería emplearse.Además acompaña un cuadro de observaciones al referido manual.

En el Anexo #2 se incluye el cuadro comparativo elaborado por el Departamento Legal referente a la situación de cada uno de los ítems que contiene el Manual.

Dicho documento no cuenta con catalogación en la fuente o ficha catalográfica con su respectivo ISBN (“Número Internacional Normalizado del Libro” por sus siglas en inglés) aunque se publicó en la dirección: http://www.tse.go.cr/nuestros_servicios.htm

En conclusión:

Luego del análisis realizado, nos permitimos exponer las siguientes conclusiones:

1.En el Manual impreso deberá hacerse referencia a que los instructivos, manuales, formularios y demás documentos que corresponden a los distintos trámites, están disponibles en la página web del Tribunal.Para ello, es necesario que los encargados del sitio web, en coordinación con la Contraloría de Servicios, gestionen lo necesario ante las diversas oficinas, a fin de que los documentos que aún no se encuentren incluidos se “cuelguen” en la página. Se indicará además que los formularios están disponibles en las respectivas oficinas.

2.Sugerimos incluir en el Manual las variacionescon respecto a los trámites en las oficinas regionales del Tribunal, si es que las hay, lo que deberá ser revisado por el señor Rodolfo Villalobos, Jefe de Servicios Regionales.

3.De previo a su publicación, es indispensable que se efectúe una revisión de la redacción y de la ortografía, pues se evidencian un número importante de problemas en esas áreas.

4.Por tratarse de una publicación del Tribunal, es necesario incluir la catalogación de la fuente.

Recomendaciones:

1.Que la Dirección General del Registro Civil valide, a través de los mecanismos que considere necesarios, las correcciones indicadas y remita el documento a la Oficina de Comunicación y a los encargados de la página web, para que pratiquen (sic) las modificaciones que resulten pertinentes.

2.Que se instruya a las jefaturas respectivas para que, cada vez que realicen un cambio en los trámites o requisitos, lo comuniquen a laContraloría de Servicios, a efectos de que esta instancia coordine lo relativo a la actualización del Manual. Si la variación obedece a una directriz de la persona competente, deberá ser validada por la Dirección General del Registro Civil, con indicación del oficio respectivo o si se debe a una orden del Tribunal. Cuando se produzca por una reforma a la ley, igualmente deberá anotarse esta razón.

3.Que oportunamente la Oficina de Comunicación elabore un aviso que deberá ser publicado en un diario de circulación nacional referente a la existencia del Manual.”.

Se dispone: Tener por rendido el informe que se conoce, cuyas conclusiones y recomendaciones se acogen. Procedan en consecuencia con lo de sus cargos la Biblioteca institucional, la Secretaría del Tribunal, el Webmáster, la Coordinación de Servicios Regionales, la Oficina de Comunicación, las jefaturas de estos organismos electorales, la Dirección General del Registro Civil y la Contraloría de Servicios. Estos dos últimos despachos serán los responsables de informar a este Tribunal -en el plazo de un mes calendario- sobre la consecución de las actividades que permitan la efectiva implementación de dicho Manual. ACUERDO FIRME.

C) XVI Informe trimestral relativo al proceso contencioso administrativo sobre el SICI.De la señora Arlette Bolaños Barquero, Asistente Legal de la Presidencia del Tribunal, se conoce oficio n.° ALP-008-2009 del 9 de diciembre del 2009, recibido en la Secretaría del despacho ese mismo día, mediante el cual rinde el XVI informe trimestral relativo al proceso contencioso administrativo sobre la Solución Integral para la Automatización de la Cédula de Identidad (SICI).

La señora Bolaños Barquero refiere en su informe a los antecedentes del caso, a las acciones para el seguimiento durante el último trimestre, así como al estado actual del expediente, siendo que, según el sistema informático del Poder Judicial, el asunto se encuentra en estudio para resolver en segunda instancia y turnado a la Jueza Superior Silvia Consuelo Fernández.

Finalmente, anexa un borrador del informe que debe ser remitido a la Contraloría General de la República, a más tardar el 15 de diciembre en curso.

Se dispone: Tener por presentado el informe correspondiente, el cual se hará de conocimiento del órgano contralor según el borrador de informe que se anexa. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO QUINTO.ASUNTOS DE LAS ELECCIONES DEL 2010.

A) Solicitud para que se designe un observador del Tribunal en debate político académico en la Universidad Nacional.Del señor Olman Segura Bonilla, Rector de la Universidad Nacional, se conoce fax correspondiente a oficio n.° R-3486-2009 del 7 de diciembre del 2009, recibido en la Secretaría del despacho el 8 de este mes, mediante el cual se refiere al debate político académico que organiza esa Universidad, junto con el Colegio de Periodistas y el Grupo Extra TV 42, según expone.

Por las razones que indica el señor Rector, solicita la designación de un observador del Tribunal Supremo de Elecciones para los días de sesiones del debate, para dar fe de la transparencia, legalidad y objetividad de este evento.

Se dispone: En atención a la cordial invitación que se formula, designar al Lic. Javier Vega Garrido. ACUERDO FIRME.

B) Consulta sobre el escrutinio realizado en las Juntas Electorales. Del señor Diputado Rafael Elías Madrigal Brenes se conoce oficio n.° REMB 212-2009-PAC del 25 de noviembre del 2009, recibido en la Secretaría del despacho el 9 de diciembre en curso, mediante el cual, por las razones que expone, consulta si no se presentan roces de constitucionalidad al no realizar el Tribunal el escrutinio de los sufragios emitidos y delegar esa función en las Juntas Electorales; pregunta, además, cuáles son las razones de oportunidad y conveniencia que tiene el Tribunal para no realizar el escrutinio de los sufragios.

Se dispone: Agréguense las manifestaciones del señor Diputado Madrigal Brenes al expediente n.° 346-SJ-2009, en que se atiende consulta similar. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SEXTO.ASUNTOS DE ORGANIZACIONES GREMIALES DEL TRIBUNAL.

A) Informe sobre respuesta tardía a consultas de interés para la UNEC.De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa a.i. del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.º RH-2110-2009 del 1º de diciembre de 2009, recibido el día siguiente en la Secretaría del despacho, mediante el cual -según lo ordenado en el acuerdo del artículo octavo de la sesión ordinaria n.º 094-2009, celebrada el 22 de setiembre de 2009- rinde informe en relación con la queja planteada por la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC), relativa a la presunta falta de respuesta, o respuesta tardía, a propósito de las consultas que han dirigido a dicho Departamento. En su informe, la señora Brown Pérez literalmente manifiesta:

“[…] Tal y como ha quedado evidenciado en las líneas precedentes, las respuestas tardías a las que hacen alusión los personeros de la UNEC no solo (sic) son producto de la cantidad de labores que legalmente son competencia del Departamento de Recursos Humanos, sino también del incremento paulatino de éstas y otras que se le asignan, especialmente en época electoral, momento en el cual se requiere brindar primordial importancia a las catalogadas como electorales, las que a su vez cobran prioridad sobre aquellas que, también son importantes, pero que pueden resolverse con posterioridad. […]”.

Se dispone: Tener por rendido el informe, el cual se hará del conocimiento de los estimables representantes de la UNEC.

En lo sucesivo, para la atención de consultas que plantee la UNEC -tanto ante el Departamento de Recursos Humanos como ante cualquier oficina de estos organismos electorales- se procederá de la siguiente manera:

1.- Salvo que el ordenamiento jurídico disponga un plazo distinto para responder alguna gestión particular, la respuesta deberá brindarse en un plazo no mayor a diez días hábiles, computados a partir del día siguiente de haberse recibido la gestión.

2.- Si la respuesta no puede brindarse dentro de aquel plazo, por razones justificadas, o si de previo se debe consultar a otra instancia, la oficina ante la que se haya hecho la solicitud estará en la obligación de comunicar por escrito a la UNEC -dentro del mismo plazo supra referido- las razones que así lo acrediten.

Comuníquese, mediante circular, a todas las jefaturas de estos organismos electorales. ACUERDO FIRME.

B) Solicitud para revocar incidente en procedimiento ordinario.De la señora Ilenia Ortiz Ceciliano, Secretaria General de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC), se conoce memorial sin fecha, recibido en la Secretaría del despacho el 07 de diciembre de 2009, mediante el cual solicita a este Tribunal que se revoque una incidencia resuelta por la Inspección Electoral en el trámite de un procedimiento administrativo disciplinario.

Se dispone: Incorpórese el referido memorial al respectivo expediente, a fin de resolver lo que en Derecho corresponde. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SETIMO.ASUNTOS PRESUPUESTARIOS.

Sale del Salón de Sesiones el señor Magistrado Mario Seing Jiménez.

A)Programación Financiera de la Ejecución Presupuestaria para el ejercicio económico 2010. Del señor Gilberto Gómez Guillén, Contador, se conoce oficio n.° CONT-1041-2009 del 10 de diciembre del 2009, recibido en la Secretaría del despacho ese mismo día, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:

“La Dirección General de Presupuesto Nacional y la Tesorería Nacional, mediante oficio No. DGPN-0911-2009/TN-1625-2009 del 25 de noviembre del año en curso, emite lineamiento técnico para la elaboración de la Programación Financiera de la Ejecución Presupuestaria para el ejercicio económico 2010.

Con base en dicha directriz técnica y una vez que la Asamblea Legislativa aprobó la Ley de Presupuesto para el Ejercicio Económico del 2010 la Contaduría como responsable de la coordinación, consolidación y presentación ante el jerarca de dicha programación, consultó a las unidades ejecutoras de los programas como son la Dirección Ejecutiva, la Dirección de Registro Electoral y Financiamiento a los Partidos Políticosy la Proveeduría Institucional con el objeto de formular la propuesta de ejecución presupuestaria del Tribunal Supremo de Elecciones para el año 2010, la cual está compuesta por la Programación de la Ejecución Presupuestaria que se presenta en el formulario PFE-SIGAF y el formulario PFE-EFECTIVO con la Proyección de Gasto Efectivo.

Es conveniente acotar, que en el formulario PFE-SIGAF sobre la Programación de la Ejecución Presupuestaria para el Ejercicio 2010 en la primera cuota semestral es donde se agrupa el mayor requerimiento de recursos en razón de que se deben cubrir los compromisos no devengados del año 2009 en cuanto a bienes y servicios contratados y además de que las solicitudes de pedido que inician los procesos de contratación deben emitirse a más tardar en junio del 2010, lo cual para efectos operativos es lo que establece el compromiso y que a nivel contable genera en el sistema el solicitado y el comprometido, lo que asegura la utilización de los recursos.

Por otra parte en formulario sobre la Proyección del Gasto Efectivo, se muestra el requerimiento de recursos para hacer efectivos los compromisos adquiridos por el Tribunal, los cuales se consolidan una vez que los bienes y servicios se reciben.

Con base a lo expuesto, someto para su aprobación por parte del Superior la propuesta de Programación Financiera de la Ejecución Presupuestaria del Tribunal Supremo de Eleccionespara el ejercicio económico del 2010, la cual de ser autorizada debe remitirse en forma impresa y en medio magnético el formulario PFE-SIGAF a la Dirección General de Presupuesto Nacional para su aprobación definitiva.

En cuanto a la propuesta de Proyección del Gasto Efectivo del Ejercicio Económico, se presenta en formulario PFE-EFECTIVO, el cual deberá remitirse en forma impresa y en medio magnético a la Tesorería Nacional.

No omito manifestar que de contar con la aprobación del Superior, este despacho se encargará de remitir la información requerida en los términos establecidos a la Dirección General de Presupuesto Nacional y la Tesorería Nacional.”.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar la propuesta que se somete a conocimiento de este Tribunal. Proceda el mismo Departamento de Contaduría a remitirla propuesta de Programación Financiera de la Ejecución Presupuestaria a la Dirección General de Presupuesto Nacional para su aprobación definitiva. Hágase del conocimiento de la Dirección Ejecutiva, de la Dirección General del Registro Electoral, y de los demás miembros de la Comisión de Presupuesto. ACUERDO FIRME.

Reingresa al Salón de Sesiones el señor Magistrado Mario Seing Jiménez.

ARTÍCULO OCTAVO.CONSULTAS LEGISLATIVAS DE PROYECTOS DE LEY.

A) De la señora Maureen Ballestero Vargas, Presidenta de la Comisión Especial de Reformas Electorales y Partidos Políticos, se conoce oficio n.º CEE-25-12-08 del 07 de diciembre de 2009, recibido el 10 de diciembre de 2009 -vía fax- en la Secretaría del despacho, mediante el cual literalmente manifiesta:

La Comisión Especial de Reformas Electorales y Partidos Políticos, tiene para su estudio el proyecto de ley”, (sic)Expediente Nº 17.232, “Aprobación de la modificación estatutaria del Instituto Internacional para la Asistencia Democrática y Electoral (IDEA). En sesión No.9 (sic), se acordó consultar el proyecto a su representada.

Apreciaré nos remita, dentro de los ocho días hábiles siguientes a la recepción de esta solicitud, la correspondiente opinión y hacerla llegar a la Secretaría de la Comisión, ubicada en el tercer piso del edificio central (Comisión de Jurídicos).”.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Para que se proponga el proyecto de respuesta respectivo -el cual deberá rendirse a más tardar el miércoles 16 de diciembre de 2009-, pase al Departamento Legal, el cual contará para tal efecto con la colaboración del señor Hugo Picado León, Letrado de este Tribunal. Para su examen, se fijan las 11:00 horas del martes 15 de diciembre de 2009. ACUERDO FIRME.

A las dieciséis horas terminó la sesión.

 

 

 

Luis Antonio Sobrado González

 

 

 

 

Eugenia María Zamora Chavarría

 

 

 

 

Max Alberto Esquivel Faerron

 

 

 

 

Mario Seing Jiménez

 

 

 

 

Fernando del Castillo Riggioni