ACTA Nº 2-2009

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del ocho de enero de dos mil nueve, con asistencia del señor Magistrado Luis Antonio Sobrado González, quien preside, la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría y el señor Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron.

ARTÍCULO PRIMERO.APROBACION DEL ACTA ANTERIOR.

Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior, excepto por la señora Magistrada Zamora Chavarría, quien no participó en dicha sesión.

ARTÍCULO SEGUNDO.ASUNTOS DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA.

A) Informe sobre la cantidad de prórrogas que tendría el contrato para el arrendamiento de una central telefónica.De los señores Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, Allan Herrera Herrera, Proveedor a.i., y Juan Rafael Madrigal Hernández, Secretario General del Registro Civil, se conoce oficio n.º DE-1492-2008 del 23 de diciembre de 2008, recibido en la Secretaría del despacho el 05 de enero de 2009, mediante el cual, según lo ordenado en los acuerdos de los artículos segundos de las sesiones ordinarias n.º 1-2008 y n.º 12-2008, celebradas respectivamente el 03 de enero y el 07 de febrero de 2008, rinden informe relativo a la eventual modernización de la central telefónica de este Tribunal y a la prórroga del actual contrato de arrendamiento de dicho bien y de los servicios que éste presta, especificando literalmente lo que sigue:

"[...] Recomendaciones

A.Aprobar la prórroga décimo segunda del contrato de arrendamiento de la central telefónica suscrito con el ICE (es decir, periodo 2009-2010) a fin de garantizar al menos el mantenimiento de las condiciones actuales de tráfico telefónico interno y externo (evitando perjuicios o trastornos importantes a los usuarios); que la central telefónica arrendada posibilita que la institución mantenga una fluida comunicación interna y externa (permitiendo tanto la atención de consultas a los ciudadanos como la comunicación rápida y eficiente entre los funcionarios que prestan servicio en la Sede Central y las Sedes Regionales); teniendo en consideración que el Órgano Fiscalizador brinda criterio favorable para prorrogar el contrato; amparándose en lo que establece la cláusula vigésima tercera del referido contrato; dado que la empresa contratista está exenta del pago de especies fiscales y teniendo en consideración que en el presupuesto 2009 existe la previsión económica para atender los pagos respectivos durante el próximo año.

B.Fijar en cinco el número máximo de posibles prórrogas adicionales que soportaría el contrato de arrendamiento de la central (es decir, la prórroga décima segunda más cuatro más, que equivalen a los periodos: 2009-2010, 2010-2011, 2011-2012, 2012-2013 y 2013-2014), ya que eso permitiría contar con un lapso prudencial para posibilitar el establecimiento de las condiciones de los oferentes y presupuestar el monto que involucrará la modernización de la central telefónica.

C.La consulta de mercado arrojó como resultado que es factible realizar un proceso de contratación del servicio de alquiler o la compra de una central telefónica, ya que se detectó la existencia de al menos tres empresas interesadas (además del contratista actual) y con capacidad real de ofrecer dicho bien y/o servicio. Sin embargo, llevar a cabo este trámite de compra, implicará hacer frente a una serie de aspectos de alta complejidad (cambio total o parcial del cableado, interrupciones en las comunicaciones, compatibilidad de las centrales telefónicas existentes en algunas Sedes Regionales con la central telefónica de la Sede Central, etc.) para los (sic) que se requerirá desarrollar toda una planificación con tal de evitar trastornos a los usuarios y el desmejoramiento del accionar institucional.

D.Asimismo, dadas las condiciones favorables sobre la nueva tecnología digital conviene que la institución cuente con una central telefónica IP, pues la tendencia en la modernización de las comunicaciones es sustituir las antiguas centrales telefónicas PBX por dicha tecnología.".

Se dispone: Tener por rendido el informe, cuyas recomendaciones se acogen. Dado que este Tribunal estima de suma relevancia procurar la solvencia técnica en la gestión de sus comunicaciones, tanto a lo interno como a lo externo, así como mejorar continuamente su infraestructura y el desarrollo de una plataforma orientada al Gobierno Digital, se integra un grupo de trabajo de "Modernización de la Central Telefónica Institucional", conformado por el Director Ejecutivo, el Proveedor en ejercicio, la Subjefatura del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones y el órgano fiscalizador de la contratación vigente. Dicho equipo -en el plazo de un año- informará a este Tribunal sobre el avance en la consecución de dicho cometido y formulará las consideraciones presupuestarias, técnicas y de logística pertinentes. ACUERDO FIRME.

B) Aprobación del cartel de licitación de la licitación abreviada para la "Contratación de servicios de vigilancia y seguridad para la sede regional del TSE en Cartago.”.Del señor Allan Herrera Herrera, Jefe a.i. del Departamento de Proveeduría, se conoce oficio nº PROV-0004-2009 de fecha 6 de enero de 2009, recibido el día siguiente en la Secretaría del despacho, en el que manifiesta que por haber concluido la fase de formulación y aval, somete a aprobación de este Tribunal, el pliego de condiciones y especificaciones (cartel) que reglamentará la licitación abreviada para la “Contratación de servicios de vigilancia y seguridad para la sede regional del Tribunal Supremo de Elecciones en Cartago.”.

Se dispone: Aprobar. Se instruye a la Proveeduría, así como a las demás instancias involucradas en esta contratación, para que la tramiten y concluyan con la mayor celeridad posible, a los efectos de no generar dificultades en las labores de seguridad y vigilancia a nivel de la sede central y evitartambién gastos por concepto de jornada extraordinaria y viáticos. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO.ASUNTOS DE PERSONAL.

A) Licencia sin goce de salario del funcionario Ernesto Cerdas Álvarez.Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.º RH-1992-2008 de fecha 22 de diciembre de 2008, recibido el 5 de enero de 2009, en el cual literalmente manifiesta:

“Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, me permito elevar a consideración el oficio número AN-1509-2008 recibido el pasado 11 de diciembre en este despacho que suscribe el Lic. Oscar Fernando Mena Carvajal, Jefe de la Sección de Análisis, mediante el cual remite nota del señor Ernesto Cerdas Álvarez en la que solicita que se le conceda una licencia sin goce de salario por espacio de seis meses a partir del 1 (sic) de enero de 2009, dados los motivos que se sirve exponer.

El servidor Cerdas Álvarez labora para este organismo electoral desde el 1 (sic) de junio de 1973, ocupa en propiedad un puesto de Analista de Operación en la Sección de Análisis y durante su trayectoria sólo ha disfrutado una licencia sin goce de salario por el período comprendido entre el 1 (sic) de agosto y el 31 de diciembre de 1999.

En caso de que el Tribunal no tenga objeciones y se conceda la licencia, ésta sería a partir del 16 de febrero del 2009, pues el empleado disfrutaría previamente las vacaciones ordinarias y proporcionales a que tiene derecho, tal y como es usual en casos de esta naturaleza.”.

Se dispone: Conceder la licencia sin goce de salario conforme se sugiere, a partir del 16 de febrero de 2009.

B) Recargo de funciones para cubrir vacaciones de Gerardo Espinoza Sequeira en la Sección de Actos Jurídicos.Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.º RH-0001-2009 de fecha 5 de enero de 2009, recibido el mismo día en la Secretaría del Despacho, el cual literalmente dice lo que se transcribe a continuación:

“Mediante oficio número ACJ-1285-2008 recibido el pasado 23 de diciembre en este despacho, la M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa de la Sección de Actos Jurídicos, comunica que el servidor Gerardo Espinoza Sequeira, quien labora como Analista de Operación, disfrutará once días de vacaciones a partir del próximo 9 de enero y solicita que durante ese lapso sus funciones se recarguen en la señora María Eugenia Retana Picado, quien se desempeña como Asistente de Operación en esa misma unidad.

La candidata propuesta no se ubica en la categoría inmediata inferior ni ha acreditado ante este despacho el cumplimiento del requisito académico que el Manual Descriptivo de Puestos exige.Sin embargo, la señora González Richmond indica que: “…cuenta con 30 años de servicio y experiencia en el puesto que desempeña con resultados eficientes y satisfactorios en lo que se refiere a calificación y resolución de expedientes para lo cual recomiendo el encargo.”.Siendo así, resultaría necesario aplicar la excepción del artículo 40 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios y por ello se traslada la solicitud a conocimiento del Superior para lo que a bien tenga resolver.

Como puede apreciarse, la gestión cuenta con la anuencia de la Dirección General del Registro Civil y el aval presupuestario de la Dirección Ejecutiva y de Contaduría.”.

Se dispone por mayoría: Aprobar el recargo de funciones conforme se propone. ACUERDO FIRME.

El señor Magistrado Sobrado González salva el voto y lo emite en los siguientes términos:

“Se dispone: Denegar el recargo de funciones, en tanto el artículo 40 del Reglamento a la Ley n.º 4519, estipula que los encargos y recargos deben efectuarse en relación con personas que satisfagan los requisitos académicos del puesto respectivo -que en este caso no cumple la señora Retana Picado - salvo casos “muy calificados”. La situación descrita por el señor Jefe del Departamento de Recursos Humanos no es de esta naturaleza, por lo que acceder a su sugerencia significa contradecir el citado mandato reglamentario, en detrimento de la política de profesionalización que se promueve en la institución.”. ”

C) Solicitud para dejar sin efecto los movimientos y ascensos generados por la renuncia del funcionario Manuel Sánchez Rojas.Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio RH-1994-2008 de fecha 23 de diciembre de 2008, recibido el 5 de enero en la Secretaría de este Tribunal, en el cual literalmente dice:

“En virtud de la renuncia del señor Manuel Sánchez Rojas, titular de un cargo de Analista de Operación en la Sección de Análisis, las jefaturas de esa unidad administrativa y del Departamento Legal solicitaron los ascensos interinos del señor Gonzalo Moreno Cruz a la plaza número 45804 que quedó vacante y del señor Luis Carlos Reyes Esquivel al puesto de Asistente de Operación número 72876 que temporalmente dejó vacante en el Departamento Legal el servidor Moreno Cruz.Ambos ascensos se mantendrían vigentes hasta que se ocupara en propiedad el cargo de Analista de Operación.Posteriormente, en sesión 113-2008 del pasado 11 de diciembre y a solicitud de la Licda. Rocío Montero Solano, Jefa a.i. de la Sección de Archivo Microfilm, el Tribunal Supremo de Elecciones aprobó el traslado interino del señor Francisco Meléndez Delgado de un puesto de Auxiliar de Operación en dicha sección a la plaza que quedó libre por el ascenso del señor Reyes Esquivel.

Siendo que en esa misma sesión 113-2008 el Tribunal dispuso trasladar a la señora Margarita Loría Chaves de la Sección de Opciones y Naturalizaciones a la Sección de Análisis como nueva propietaria de la plaza 45804, con rige a partir del 16 de diciembre en curso, se hace necesario revertir la cadena de movimientos interinos que se habían generado con la renuncia del titular del puesto, por lo que entonces el señor Moreno Cruz debe regresar al Departamento Legal como Asistente de Operación y el señor Reyes Esquivel a la Sección de Archivo como Auxiliar de Operación.

En consecuencia, como producto de lo anterior, también resulta necesario solicitar al Superior dejar sin efecto el traslado interino que se aprobó del señor Meléndez Delgado, pues– según se indicó en párrafo que antecede–la plaza (sic) que iba a ocupar es justamente la que en propiedad pertenece al señor Luis Carlos Reyes, quien ha regresado a ella.”.

Se dispone: Con vista en lo que informa el señor Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se deja sin efecto el acuerdo adoptado por este Tribunal en el artículo tercero de la Sesión Ordinaria nº. 113-2008, celebrada el 11 de diciembre de 2008, en el que se aprobó la solicitud de traslado interino del señor Francisco Meléndez Delgado al cargo de Auxiliar de Operación de la Sección de Archivo, a partir del 16 de diciembre pasado, puesto nº. 45536. ACUERDO FIRME.

D) Solicitud de nombramiento de Whillem José Villegas Aguilar como chofer de la señora Magistrada Bou Valverde.Del señor Alejandro Bermúdez Mora, Secretario del despacho, se conoce oficio n.º STSE-0021-2009 del 6 de enero del 2009, mediante el cual -a solicitud de la señora Magistrada Zetty Bou Valverde- pide al Tribunal que se nombre interinamente al señor Whillem José Villegas Aguilar, en la plaza de Chofer, asignada a este Tribunal, a partir del 9 de febrero. Indica además que el señor Villegas Aguilar cumple con los requisitos que el puesto exige y posee amplia experiencia en sus funciones como chofer, ya que en anteriores ocasiones ha laborado para estos Organismos en una plaza similar.

Se dispone: Aprobar el nombramiento conforme se propone.

E) Solicitud para que se modifique la fecha de ingreso del señor Elías Arroyo García a la plaza de Asistente Funcional en la Coordinación de Programas Electorales.Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.º RH-0023-2009 del 6 de enero del 2009, recibido en la Secretaría del despacho el 7 de este mes, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:

“En sesión ordinaria número 115-2008 celebrada el pasado 18 de diciembre, comunicado mediante oficio número STSE-4055-2008, el Tribunal Supremo de Elecciones dispuso el nombramiento interino – entre otros – del señor Elías Arroyo García en una plaza de Asistente Funcional de Servicios Especiales en la Coordinación de Programas Electorales a partir del pasado 1 (sic) de enero.

No obstante, siendo que el señor Arroyo García se encuentra realizando por encargo las funciones de Jefe de la Oficina Regional de San Ramón, el cual finaliza hasta el próximo 9 de enero, el Lic. Héctor Fernández Masís, Coordinador de Programas Electorales, mediante oficio CPE-555-2008 que se adjunta, solicita que se modifique la fecha del citado nombramiento, para que sea efectivo a partir del 16 de enero del presente año.”.

Se dispone: Modificar la fecha del nombramiento indicado, conforme se propone. ACUERDO FIRME.

F) Comunicación del señor Fabián Chacón Segura sobre su nombramiento en una plaza de Auxiliar de Operación de Servicios Especiales.Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.º RH-0026-2009 del 7 de enero del 2009, recibido en la Secretaría del despacho ese mismo día, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:

“En sesión ordinaria número 115-2008 celebrada el pasado 18 de diciembre, comunicado (sic) mediante oficio número STSE-4055-2008, el Superior aprobó el nombramiento de 11 Auxiliares de Operación de Servicios Especiales en plazas asignadas a la Oficina de Coordinación de Programas Electorales, las cuales se incluyeron en el presupuesto institucional a partir del 1 (sic) de enero con el propósito de reforzar a las diferentes oficinas y programas electorales con ocasión de las próximas elecciones. Entre las personas nombradas se encuentra el señor Fabián Chacón Segura, quien, al igual que los demás candidatos electos, debía presentarse a laborar el lunes 5 de enero.

Sin embargo, el señor el señor (sic) Chacón Segura presentó escrito el pasado 22 de diciembre en el cual comunicó que, a pesar de haber aceptado su postulación para la plaza y el nombramiento a partir del 5 de enero, se le presentó una oportunidad de laborar en un (sic) plaza fija de la Operadora de Pensiones del Banco de Costa Rica. Siendo así, desiste del nombramiento interino y reitera su interés por mantenerse en el registro de elegibles.”.

Se dispone: Tomar nota de lo informado y dejar sin efecto el nombramiento del señor Chacón Segura. ACUERDO FIRME.

G) Encargo de funciones para cubrir vacaciones del Lic. Rodrigo Fallas Vargas.Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.º RH-0028-2009 del 7 de enero del 2009, recibido en la Secretaría del despacho ese mismo día, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:

“Para lo que a bien tenga resolver el Tribunal Supremo de Elecciones, me permito elevar a consideración el oficio número DC-0084-2009 recibido ayer en este despacho y suscrito por el Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil, (sic) mediante el cual solicita que durante los cinco días de vacaciones que disfrutará del 12 al 16 de enero, sus funciones se encarguen en el Lic. Ricardo Chavarría Barquero, Jefe de la Sección de Opciones y Naturalizaciones, quien en otras oportunidades ha asumido esa responsabilidad.

Puede apreciarse que la gestión cuenta con la anuencia de la señora Directora General del Registro Civil.”.

Se dispone: Durante la ausencia del señor Fallas Vargas, encargar las funciones de Oficial Mayor del Departamento Civil al señor Luis Bolaños Bolaños. ACUERDO FIRME.

H) Nombramiento interino de la señora Ileana Aracelly Vargas Arguijo como Trabajador Misceláneo 1 en la Secretaria del Tribunal.Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.º RH-0027-2009 del 7 de enero del 2009, recibido en la Secretaría del despacho ese mismo día, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:

“En el presupuesto institucional del presente año se incluyó para la Secretaría del Tribunal, entre otras y en la subpartida de servicios especiales, una plaza de Auxiliar de Servicios Generales para nombrar en ella a un Trabajador Misceláneo 1 por espacio de doce meses.

En virtud de lo anterior, remito a consideración de la señora y los señores Magistrados el oficio número STSE-4251-2008 recibido el pasado 5 de enero y que suscribe el Lic. Alejandro Bermúdez Mora, Secretario del Tribunal, mediante el cual solicita que en esa plaza se nombre en forma interina a la señora Ileana Aracelly Vargas Arguijo, quien cumple los requisitos que el cargo demanda, tiene interés y disponibilidad inmediata y cuenta además con experiencia, pues ya en otras ocasiones ha laborado para la institución ocupando cargos idénticos.

Si el Superior no tiene objeciones, la candidata que se propone se ubicaría interinamente en el puesto de servicios especiales número 353730, como Auxiliar de Servicios Generales de la Secretaría del Tribunal, lo que se haría con fundamento en los artículos 22 y 25 del reglamento a nuestra Ley de Salarios.Tal nombramiento regiría a partir del próximo 16 de enero y se mantendría vigente por el resto del año, es decir, hasta el 31 de diciembre de 2009.”.

Se dispone: Aprobar el nombramiento interino, según se solicita. ACUERDO FIRME.

I) Recargo de funciones en la Coordinación de Servicios Regionales.Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.º RH-0032-2009 del 7 de enero del 2009, recibido en la Secretaría del despacho ese mismo día, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:

“Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, me permito elevar a consideración el oficio número CSR-006-2009 de hoy que suscribe el Lic. Rodolfo Villalobos Orozco, Coordinador de Servicios Regionales, mediante el cual, en virtud de que el Superior dispuso denegar el recargo de sus funciones en el señor Francisco José Monge Arroyo, solicita que en su lugar se recarguen en el Lic. Martín Matison Hernández, quien se desempeña como Profesional de Gestión en la Dirección General del Registro Civil y cumple con el requisito académico que exige el Manual Descriptivo de Puestos.

No omito manifestar que el Lic. Villalobos Orozco disfrutaría sus vacaciones a partir del próximo lunes 12 de enero hasta el 6 de febrero (20 días). Puede apreciarse que la gestión cuenta con la anuencia de la Dirección General del Registro Civil y con el aval presupuestario de Dirección Ejecutiva y del Departamento de Contaduría.

En caso de aprobarse tal solicitud y siendo que una de las funciones de la jefatura es firmar certificaciones, se solicita también que al señor Matison Hernández se le autorice durante el citado lapso para que firme esos documentos, autorización que deberá publicarse en el diario oficial La Gaceta de acuerdo con lo que dispone el artículo 110 de nuestra Ley Orgánica.”.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar el encargo de funciones conforme se propone. Se autoriza asimismo la firma de certificaciones por parte del señor Matison Hernández mientras dure el encargo. Procédase con la publicación respectiva. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO CUARTO.ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A) Informe de observación de las elecciones primarias en la República de Honduras, efectuadas en noviembre de 2008. Del señor Magistrado suplente Ovelio Rodríguez Chaverri y el señor Alejandro Bermúdez Mora, Secretario del despacho, se conoce oficio n.º STSE-0032-2009 del 7 de enero del 2009, mediante el cual rinden informe de Observación de las elecciones primarias en la República de Honduras, efectuadas en noviembre de 2008. Por las razones que se indican, los señores Rodríguez Chaverri y Bermúdez Mora, recomiendan lo que se transcribe a continuación:

“ (…)11.- DE LOS BOLADOS QUE SE PODRÍAN RESIDENCIAR EN LOS PROGRAMAS ELECTORALES DEL TRIBUNAL COSTARRICENSE:

En primer término nos pareció particularmente sugestiva el tipo urna que empleó el Tribunal en estas votaciones y cuya ilustración consignamos así:

 

En efecto, consideramos que esta urna tiene la ventaja de permitir que se observe cómo la papeleta con la selección del elector, se desliza dentro de la urna siendo efectivamente depositada en ésta; otra ventaja que tiene este tipo de urna radica en la evidencia que genera sobre su vaciedad a nivel de los miembros de la junta receptora de votos al iniciarse la votación. Es importante asimismo señalar que en un acuerdo reciente de la Junta Central Electoral de la República Dominicana se le ha atribuido a la urna transparente la virtud de impedir que articule el fraude de la cadena;no está de más indicar asimismo que este tipo de urnas se ha utilizado en España en las elecciones para el Senado y el Congreso, aparte de que produce un efecto nada despreciable en la psicología de los electores toda vez que no dejar lugar a dudas sobre el efectivo depósito de la papeleta; lo anterior lo consignamos, sin perjuicio claro está del desarrollo que debe dársele al voto electrónico y sin dejar de considerar que la eventual adopción de este tipo de urna podría ir acompañado de unpliegue premarcado o labrado en la papeleta para evitar que ésta se abra una vez que se haya doblado, o bien de una instrucción para emitir el voto de acuerdo con la cual se entienda que si la papeleta se introduce correctamente en la urna, el que se pueda -por abrirse la papeleta- apreciar la selección del candidato una vez depositada en la urna no anula la opción del votante.

En un segundo término consideramos oportuno sugerirle al Tribunal que la Coordinación de Programas Electorales establezca cuáles áreas y acciones de las que desarrollan los organismos electorales que cursen invitación al Tribunal para asistir a elecciones, son prioritarias de observar en función de los intereses, programas y proyectos tribunalicios, es decir, que la observación que hagan nuestro funcionarios sea temática y focalizada de conformidad con lo que se lleva dicho, para lo cual esa Coordinación podrá incluso diseñar un formulario que encause y facilite la labor de los funcionarios que el Tribunal designe como observadores internacionales.”.

Se dispone: Tener por rendido el informe que someten los señores Magistrado Rodríguez Chavarri y Secretario del despacho. Conforme se solicita, diríjase atento agradecimiento al Tribunal Electoral hondureño.

En lo que respecta a la sugerencia relativa a la urna transparente se dispone no acogerla, puesto que, en criterio de este Colegiado, no se aviene a la cultura política y electoral costarricense.

En lo relacionado con la observación temática, proceda la Coordinación de Programas Electorales según lo sugerido, sobre lo cual informará al Tribunal en el término de quince días hábiles.

B)Proceso de autenticación de firmas en certificaciones expedidas por el Registro Civil. De la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, se conoce oficio n.º DG-0006-2009 del 6 de enero del 2009, recibido en la Secretaría del despacho el 7 de este mes, mediante el cual, en cumplimiento del acuerdo tomado por el Tribunal Supremo de Elecciones, referido al proceso de autenticación de firmas en certificaciones expedidas por el Registro Civil, comunicado mediante oficio n.º STSE-4235-2008 del 23 de diciembre del año en curso, eleva a conocimiento copia del oficio n.º DG-0005-2009, con el que gira las instrucciones pertinentes al Lic. Juan Rafael Madrigal Hernández, Secretario General del Registro Civil, para que proceda de conformidad.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Tomar nota de lo informado por la señora Directora General del Registro Civil. La Secretaría del despacho reiterará al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la designación recaída en el Lic. Madrigal Hernández, remitiendo la firma de este funcionario para efectos del registro que lleva ese Ministerio. Por su parte la Secretaría General del Registro procederá de inmediato a actualizar el registro de firmas de los funcionarios autorizados a expedir instrumentos registrales, en orden a que ese despacho efectúe las autenticaciones que se le soliciten. ACUERDO FIRME.

C) Mantenimiento y actualización de los datos con la implementación del SINALEVI. Se dispone: En el artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 100-2008 celebrada el once de noviembre de dos mil ocho, se dispuso en lo que interesa: “Dejar sin efecto el acuerdo adoptado en sesión ordinaria n.º 51-2008, celebrada el 12 de junio de 2008, artículo quinto, que dio por cerrada la acción del Plan Estratégico Institucional denominada “Diseño e implementación de un sistema integrado relativo al marco jurídico”, restituyendo entonces la citada acción estratégica siempre a cargo de la Licda. Arlette Bolaños Barquero. Se aprueba, en todos sus extremos, la “Propuesta de desarrollo del proyecto de sistematización de resoluciones del TSE y lineamientos para su recopilación”, que se implementará dentro del marco de esta acción estratégica y contando con la Licda. Bolaños Barquero como su responsable y coordinadora (...).”.

Se aclara que el acuerdo ut supra transcrito no abarca lo dispuesto en el artículo quinto de la sesión ordinaria n.º 51-2008 celebrada el 11 de junio de 2008, sobre el mantenimiento y actualización de los datos con la implementación del SINALEVI, por lo que la señora Jefa de la Biblioteca institucional –o quien ocupe su lugar-, se mantiene como responsable de esta labor, la que deberá coordinar con la Licda. Arlette Bolaños y el Ing. Vladimir Alpízar, a quienes el TSE designó como sus representantes ante el Comité de Coordinación Interinstitucional del Sistema Costarricense de Información Jurídica y, a la primera, como representante ante el Comité de Tesauros del Sistema Costarricense de Información Jurídica, de conformidad con el artículo tercero de la sesión n.º 97-2008, celebrada el 30 de octubre de 2008. Comuníquese a los funcionarios Arlette Bolaños Barquero, Vladimir Alpízar Alvarado, Rocío Montero Solano, Mary Anne Mannix Arnold y Patricia Chacón Jiménez, a la Dirección Ejecutiva, a la Contaduría, a la Proveeduría y al Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones. ACUERDO FIRME.

D)Informe sobre la posibilidad de cobrar los servicios que prestan estos organismos electorales. De la señora Mary Anne Mannix Arnold, Jefa a.i. del Departamento Legal, se conoce nuevamente oficio n.º DL-608-2008 del 02 de diciembre de 2008, suscrito conjuntamente con la señora Ana Isabel Fernández Alvarado, Oficial Mayor del Departamento Electoral y los señores Rodolfo Delgado Rojas, Jefe de la Oficina de Proyectos Tecnológicos, Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor del Departamento Civil, Gilberto Gómez Guillén, Contador, Gerardo Hernández Granda, Jefe a.i. del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones, Max Solórzano Alvarado, Contralor de Servicios y Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo, recibido en la Secretaría del despacho el 08 de diciembre de 2008, al cual adjuntan informe relativo a la propuesta realizada por el señor Gómez Guillén mediante oficio n.º CONT-007-2008 del 03 de enero de 2008, sobre la posibilidad de cobrar por los servicios prestados por estos organismos electorales, asunto que se encontraba en estudio individual de los Magistrados de este Tribunal.

Se dispone: En función del avance en el trámite legislativo de las reformas al Código Electoral y siendo que el respectivo proyecto de ley contiene disposiciones relativas al tema, se reserva el conocimiento del informe para ser eventualmente discutido con posterioridad, según juzgue oportuno este Tribunal. Descárguese del registro de asuntos pasados a estudio individual de los Magistrados. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO QUINTO.ASUNTOS EXTERNOS.

A) Archivo del amparo de legalidad interpuesto por Jorge Luis Bedollas Fiestas. Del Tribunal Contencioso Administrativo del Segundo Circuito Judicial de San José, se conoce resolución n.º 1190-2008 de las quince horas con cinco minutos del cuatro de diciembre de dos mil ocho, notificada el 07 de enero de 2009, dictada dentro del expediente n.º 08-001200-1027-CA, que corresponde a proceso de conocimiento preferente interpuesto por el señor Jorge Luis Bellodas Fiestas contra el Estado, el cual se da por terminado sin especial condenatoria en costas.

Se dispone: Tomen nota la Dirección General del Registro Civil y el Departamento Legal.

B)Encuentro Internacional de Administradores del Registro Civil e Identidad denominado "Registro Civil e Identidad: su Impacto en la Seguridad Ciudadana". De los señores Franklin Almeyda Rancier y Roberto Rosario Márquez, por su orden Secretario de Estado de Interior y Policía de República Dominicana y Presidente de la Cámara Administrativa de la Junta Central Electoral de dicha nación, se conoce memorial del 12 de diciembre de 2008, recibido vía correo electrónico en la Secretaría del despacho el 07 de enero de 2009, mediante el cual extienden cordial invitación para participar en el Encuentro Internacional de Administradores del Registro Civil e Identidad denominado "Registro Civil e Identidad: su Impacto en la Seguridad Ciudadana", el cual contará con la participación de los organismos responsables del tema en los distintos países de América Latina y que se celebrará en dicho país durante los días 10 al 12 de febrero de 2009. Manifiestan que en dicho evento se debatirán temas de mucha importancia, relativos a los grandes retos y desafíos que enfrenta en nuestra región el Registro del Estado Civil, así como el aspecto migratorio y su impacto en el sistema de identidad. Finalmente afirman que los gastos de transporte aéreo, transporte interno, alimentación y hospedaje de los invitados serán cubiertos por la organización de tal evento. Conjuntamente se conoce idéntica comunicación, remitida también vía correo electrónico, dirigida a la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, mediante la cual le extienden cordial invitación para asistir a dicho Encuentro Internacional.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Agradecer a los señores Almeyda Rancier y Rosario Márquez, a la Secretaría de Estado de Interior y Policía de República Dominicana, a la Junta Central Electoral de dicha nación y a su Cámara Administrativa por la invitación cursada.

En función de compromisos previamente adquiridos por la Presidencia de este Tribunal, para atender la cordial invitación cursada y en su representación, se designa al Lic. Alejandro Bermúdez Mora, Secretario del Tribunal.

Por razones propias del ejercicio de su cargo, la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, lamentablemente declina atender la cordial invitación cursada, no obstante, para atender tan importante evento se designa en su lugar al señor Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor del Departamento Civil. Durante su ausencia, se encargan sus funciones al señor Luis Bolaños Bolaños.

De conformidad con lo establecido por este Tribunal en el inciso h) del artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 87-2008, celebrada el 02 de octubre de 2008, en relación con el viaje en cuestión se detalla lo siguiente:

 

 

 

 

Nombre completo del funcionario (a)

Cargo que desempeña

País (es) a visitar

Período del viaje

Objetivos del viaje

Monto del adelanto de gastos de viaje y justificación

Gastos conexos y justificación

Alejandro Bermúdez Mora

Secretario del Tribunal Supremo de Elecciones

República Dominicana

9 al 13 de febrero de 2009

Asistencia a Encuentro Internacional de Administradores del Registro Civil e Identidad

Ninguno

Ninguno

Rodrigo Fallas Vargas

Oficial Mayor del Departamento Civil

República Dominicana

9 al 13 de febrero de 2009

Asistencia a Encuentro Internacional de Administradores del Registro Civil e Identidad

Ninguno

Ninguno

ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SEXTO.ASUNTOS MUNICIPALES.

A) Comunicación de inicio de funciones temporales del señor Alexander Gutiérrez Mena, Alcalde Suplente Primero de la Municipalidad de Santa Cruz.De la señora Doris Viales Viales, Secretaria del Concejo Municipal de Santa Cruz, Guanacaste, se conoce copia del oficio n.º SM-1544-Ext.29-2008 del 23 de diciembre de 2008, dirigido al señor Alexander Gutiérrez Mena, recibido vía fax el mismo día en la Secretaría del despacho, mediante el cual hace del conocimiento de este Tribunal el acuerdo del inciso 01 del artículo único de la sesión extraordinaria n.º 29-2008, celebrada por dicho Concejo en la misma fecha, en la que se conoció y aprobó la moción escrita de varios regidores para llamar al señor Gutiérrez Mena a ejercer temporalmente el cargo de Alcalde Municipal, en virtud de la resolución de las quince horas del dieciocho de diciembre de dos mil ocho, dictada por el Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de San José, en la que se dispuso suspender en el ejercicio de la función pública al señor Jorge Enrique Chavarría Carrillo, titular del cargo.

Se dispone: Tomar nota.

A las doce horas terminó la sesión.

 

 

 

Luis Antonio Sobrado González

 

 

 

 

Eugenia María Zamora Chavarría

 

 

 

 

Max Alberto Esquivel Faerron