ACTA Nº 29-2010

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del seis de abril de dos mil diez, con asistencia del señor Magistrado Luis Antonio Sobrado González, quien preside, la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría, los señores Magistrados Max Alberto Esquivel Faerron y Mario Seing Jiménez, y la señora Magistrada Zetty María Bou Valverde.

ARTÍCULO PRIMERO.  APROBACION DEL ACTA ANTERIOR.
Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.
ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA.
A) Informe sobre prórroga al contrato de mantenimiento de planta eléctrica marca Kolher. Del señor Allan Herrera Herrera, Proveedor de este Tribunal, se conoce oficio n.º PROV-0437-2010 del 22 de marzo del 2010, recibido el 24 de marzo en la Secretaría del despacho en el cual literalmente manifiesta:
 “De conformidad con lo acordado por el Superior en sesión ordinaria N° 046-2009 (comunicado mediante Circular N° STSE-0020-2009, del 12 de mayo de 2009), lo establecido en la novena cláusula del convenio y con el fin de que se tomen las medidas del caso dado que el Órgano Fiscalizador brindó criterio favorable para prorrogar el contrato suscrito entre el Tribunal Supremo de Elecciones y la empresa Agrosuperior S.A., por el mantenimiento preventivo de la planta eléctrica marca Kolher, el suscrito, se permite informarle la aplicación de la última y definitiva prórroga décima cuarta, a partir del próximo 08 de julio de 2010. 
En oficio PROV-0436-2010 del 19 de los corrientes y en base al monto indicado por el Órgano Fiscalizador, se solicitó a la empresa Agrosuperior S.A., cancelar por concepto de especies fiscales la suma de ¢694,94, equivalente a las prórrogas décima tercera y décima cuarta (períodos:  2009-2010 y 2010-2011). 
No omito indicar, que en oficio PROV-0382-2010 del 11 de este mes, se alertó al señor Tito José Alvarado Contreras, Órgano Fiscalizador del convenio para que valorara si la necesidad del mantenimiento de la planta eléctrica persiste más allá de los doce meses que cubre esta décima cuarta prórroga (la cual finaliza el 08 de julio de 2011), se sirviera solicitar a la Dirección Ejecutiva que gire a esta Proveeduría la instrucción requerida a efecto de que inicie un nuevo proceso de contratación.
Finalmente y según consulta realizada a Contaduría acerca de la existencia de contenido económico para atender el referido contrato, el señor Minor Castillo Bolaños, Encargado del Área de Contabilidad, comunicó que el saldo de la subpartida 10804: MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE MAQUINARIA Y EQUIPO DE PRODUCCIÓN, es de ¢1.214.494,42 y que existe el pedido No. 4500108593 (por la subpartida indicada y a nombre de la mencionada contratista), con un saldo de ¢138,980,00, para atender los pagos respectivos durante el año 2010.”.
Se dispone: Aprobar la última y definitiva prórroga del respectivo contrato. La propia Proveeduría, conjuntamente con el órgano fiscalizador, velará para que se cancelen las respectivas especies fiscales. Asimismo el Ing. Alvarado Contreras oportunamente informará a la Dirección Ejecutiva sobre la necesidad de que se inicie un nuevo proceso de contratación para el mantenimiento de la planta eléctrica propiedad de este Tribunal. ACUERDO FIRME.
B) Modificación del contrato de alquiler de local de la Regional de Puriscal. Del señor Rodolfo Villalobos Orozco, Coordinador de Servicios Regionales, se conoce oficio n.º CSR-0188-2010 del 22 de marzo de 2010, recibido el día siguiente en la Secretaría de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Con relación a oficio (sic) STSE-1780-2009, de fecha 04 de junio de 2009, me permito indicarle que se converso (sic) con el señor Gustavo Herrera Madrigal dueño del local que ocupa la regional de Puriscal y se establecieron los siguientes acuerdos para que sean incluidos en la addenda (sic) que se tramitará para variar la base del calculo (sic) de los aumentos anuales de alquiler de local:
-    Pintura total del local cada tres años que se renueva el contrato.
-    Mantenimiento preventivo del edificio cada seis meses.
-    Mantenimiento correctivo en el momento se presente (sic) alguna situación que amerite alguna reparación.
-    El dueño del local buscará la manera para ampliar el acceso al servicio sanitario y adecuarlo según la Ley (sic) 7600 a la mayor brevedad.".
Se dispone: Para lo de su cargo, pase al Departamento Legal, el cual considerará al efecto lo dispuesto por este Tribunal en el acuerdo del artículo segundo de la sesión ordinaria n.º 008-2010, celebrada el 26 de enero de 2010, comunicado mediante oficio n.º STSE-0231-2010 de la misma fecha. ACUERDO FIRME.
C) Modificaciones al servidor de interfaz de las Estaciones de captura y entrega del SICI y sustitución del computador SMP6400. Del señor Óscar León Alonso, Auditor Interno, se conoce oficio n.º AI-084-2010 del 26 de marzo de 2010, recibido en la Secretaría de este Tribunal el 05 de abril de 2010, mediante el cual se refiere a la interfaz de las estaciones de captura y entrega del SICI y su incidencia en el proyecto de sustitución del computador central SMP6400 y con fundamento en una serie de consideraciones concluye:
"En virtud de lo expuesto, y dado que ya han transcurrido más de tres meses desde que tuvo lugar la recepción de conformidad con la solución desarrollada por el Consorcio Sagem – Iafis, por parte del órgano fiscalizador, aunque la contraparte usuaria no la ha recibido a satisfacción, situación ajena a la responsabilidad de la empresa consultora que desarrolla el cambio del servidor central del SICI, esta Auditoría Interna, en el ejercicio de sus competencias, respetuosamente se permite advertir a ese Tribunal, sobre la necesidad de revisar el accionar de la contraparte técnica institucional, dado que, como se ha comentado en este oficio, no se aprovechó la oportunidad de apropiarse de la nueva tecnología desarrollada, para que las modificaciones al servidor de interfaz fuesen desarrolladas a lo interno del DTIC.
Adicionalmente, como es del conocimiento de ese Tribunal, el efecto inmediato de dicha situación ha sido que transcurra el tiempo sin que se concrete el finiquito de la contratación para el cambio del servidor central, situación que podría generar para el Tribunal responsabilidad desde el punto de vista económico, tal como lo ha advertido el órgano fiscalizador, lo cual en caso que llegara a concretarse, podría generar el establecimiento de responsabilidades, de conformidad con lo que disponen los artículos 12, 39 y 41 de la Ley General de Control Interno.
Con fundamento en lo expuesto, esta Auditoría Interna mucho estimará se sirvan comunicar, en el curso de los próximos diez días hábiles, las acciones administrativas que disponga ese Órgano Colegiado con el propósito de corregir las situaciones inconvenientes aquí comentadas.
Finalmente, cabe señalar que oportunamente esta Unidad de Control verificará por los medios que estime pertinente, la puesta en práctica de las acciones que al efecto se disponga.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Hacer ver al señor Auditor Interno que la integración de la Comisión de Asesoría Técnica de la contratación suscrita con el Consorcio CR Soluciones-Advantics-Infca para la sustitución del servidor SMP6400 responde a un criterio razonable, según el cual se incluyó a la propia jefatura del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones, la cual puede disponer del recurso humano a su cargo para el propósito encomendado. 3.- En tal inteligencia, sobre lo expuesto por el señor Auditor Interno en el oficio que se conoce, proceda dicha Comisión -en el plazo de cinco días hábiles- a rendir informe ante este Tribunal. ACUERDO FIRME.
D) Compras amparadas a los artículos 131, inciso j), del Reglamento de Contratación Administrativa y 304 del Código Electoral. Del señor Óscar León Alonso, Auditor Interno, se conoce oficio n.º AI-085-2010 del 26 de marzo de 2010, recibido en la Secretaría de este Tribunal el 05 de abril de 2010, mediante el cual se refiere a contrataciones administrativas amparadas en los artículos 131 inciso j) del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa y 304 del Código Electoral y con fundamento en una serie de consideraciones concluye:
"En virtud de lo expuesto en el presente documento, esta Auditoría Interna en el ejercicio de sus facultades, respetuosamente se permite advertir a ese Tribunal, a efectos de que se tomen las medidas que estimen pertinentes. (sic) ante las situaciones inconvenientes que se han venido presentando en los procesos de las compras evaluadas, amparadas al artículo 131, inciso j), del Reglamento de Contratación Administrativa y en el artículo 304 del Código Electoral, específicamente en relación con: la planificación de las adquisiciones, aspectos relativos a la claridad en los requerimientos de los carteles, la evaluación de las ofertas, las justificaciones de las adjudicaciones, la agilidad en los procesos, la conformación y mantenimiento de los expedientes de contratación, así como lo relativo a la aplicación de los compromisos presupuestarios en el período al que corresponden y la correcta inclusión de la información de las contrataciones en el SIGAF. Todo ello en procura de mantener, reforzar y fortalecer el sistema de control interno institucional, de manera que éste efectivamente proporcione seguridad en la protección y conservación del patrimonio público contra cualquier pérdida, despilfarro, uso indebido, irregularidad o acto ilegal; asimismo, que posibilite la confiabilidad y oportunidad de la información, la eficiencia y la eficacia de las operaciones y, en fin, el cumplimiento del ordenamiento jurídico y técnico.
El incumplimiento de la normativa y disposiciones legales que regulan la materia objeto de análisis en el presente oficio, podría debilitar el control interno y por ende la gestión institucional, situación que de llegar a materializarse podría generar el establecimiento de responsabilidades, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 12, 39 y 41 de la Ley General de Control Interno y el artículo 110 de la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos.
Con fundamento en lo expuesto, esta Auditoría Interna mucho estimará se sirvan comunicar, en el curso de los próximos diez días hábiles, las acciones administrativas que disponga ese Órgano Colegiado con el propósito de corregir las situaciones inconvenientes aquí comentadas.
Finalmente, cabe señalar que oportunamente esta Unidad de Control verificará por los medios que estime pertinente, la puesta en práctica de las acciones que al efecto se disponga.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Sobre lo expuesto por el señor Auditor Interno en el oficio que se conoce, procedan las Direcciones Ejecutiva y General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, así como la Proveeduría -en el plazo de cinco días hábiles- a rendir informe ante este Tribunal. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DE ADMINISTRACION DE PERSONAL.
A) Renuncia de la funcionaria Johanna Barrientos Fallas, como Asistente Electoral, y nombramiento del señor Greddy Fallas Fallas en su lugar. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa a.i. del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n. º RH-0599-2010 del 23 de marzo del 2010, recibido el 25 de marzo en la Secretaría del despacho en el cual literalmente manifiesta:
  “En sesión ordinaria N° 86-2009 del 29 de agosto de 2009, el Tribunal Supremo de Elecciones aprobó, entre otros nombramientos de Asistentes Electorales en plazas de Analista de Operación de Servicios Especiales, el de la señorita Johanna Barrientos Fallas, el cual se mantendría vigente hasta el 31 de diciembre de 2010. No obstante, mediante nota del 4 de marzo del presente año, la señorita Barrientos Fallas, por las razones que se sirve exponer, presenta renuncia al puesto, lo cual podría hacerse efectivo, salvo superior criterio, a partir del 16 de abril próximo.
Asimismo y para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración el oficio número CPE-134-2009 recibido el pasado 12 de marzo en este despacho, que suscribe el Lic. Francisco Rodríguez Siles, Coordinador de Programas Electorales, mediante el cual solicita - en virtud de los motivos que se sirve exponer - que en el puesto de Analista de Operación que quedaría vacante dada la renuncia de la señorita Barrientos Fallas se nombre al señor Greddy Fallas Fallas, quien actualmente labora interinamente en un puesto idéntico pero próximo a vencerse. Dicho funcionario cumple el requisito académico de dos años aprobados de educación superior que exige el Manual Descriptivo de Puestos para la clase Analista de Operación.
En consecuencia, de aprobarse la renuncia planteada por la funcionaria Johanna Barrientos, si el Superior no tiene objeciones en relación con la solicitud que formula el señor Coordinador de Programas Electorales, se nombraría al señor Fallas Fallas como Analista de Operación de Servicios Especiales a partir del próximo 16 abril y hasta el 31 de diciembre de este año, en el puesto número 353485,  con un salario base de ¢436.600,oo por mes, anualidades a razón de ¢9.114,oo cada una y un 10% de complemento por la responsabilidad en el ejercicio de la función electoral, todo de conformidad con el índice salarial aprobado por el Tribunal para el primer semestre de este año.”.
Se dispone: Aceptar la renuncia presentada por la señorita Barrientos Fallas al cargo de Analista de Operación de Servicios Especiales y en su lugar aprobar el nombramiento del señor Greddy Fallas Fallas, conforme se propone. ACUERDO FIRME.
B) Renuncia del funcionario Randall Arce Oconitrillo. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa a.i. del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n. º RH-0614-2010 del 25 de marzo del 2010, recibido ese día en la Secretaría del despacho en el cual literalmente manifiesta:
 “Para conocimiento del Superior, remito a consideración la nota que suscribe el señor Randall Arce Oconitrillo, funcionario interino de estos organismos electorales, mediante la cual presenta renuncia a su cargo con rige a partir del 1° de mayo de 2010.
El servidor Arce Oconitrillo labora en forma continua para la institución desde el 1° de agosto de 2006, actualmente se desempeña en un puesto de Coordinador de Gestión (Técnico en Servicios Informáticos) perteneciente al Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones. Para la fecha de renuncia habría laborado un total de tres años y ocho meses. Es importante indicar que para efectos del preaviso que corresponde, el citado funcionario ha formulado su renuncia con la antelación que señala el Código de Trabajo.”.
Se dispone: Tener por presentada la renuncia del señor Randall Arce Oconitrillo, a quien se le dan la gracias por los servicios prestados a este Tribunal. ACUERDO FIRME.
Sale del Salón de Sesiones la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría.
C) Aclaración sobre las fechas de sustitución de la señora Eugenia María Zamora Chavarría. Se dispone: Aclarar lo dispuesto en los acuerdos de los artículos noveno y segundo de las sesiones ordinarias n.º 023-2010 y n.º 025-2010, celebradas el 09 y el 16 de marzo de 2010, respectivamente, y establecer que la sustitución de la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría recaída en el señor Magistrado Ovelio Rodríguez Chaverri operará del 12 al 16 de abril de 2010, ambos días inclusive. ACUERDO FIRME.
Reingresa al Salón de Sesiones la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría.
ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.
A) Solicitud al Instituto de Normas Técnicas de Costa Rica para la apertura del proceso de elaboración de una norma de gestión de calidad ISO 9001. Del señor José Gilberto Alvarado Villalobos, Director Ejecutivo a.i., se conoce oficio n.° DE-323-2010 del 25 de marzo del 2010, recibido en la Secretaría del despacho el 26 de ese mes, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:
“El Superior acordó en sesiones N° 71-2007 del 7 de agosto de 2007, N° 38-2008 y N° 44-2008 del 29 de abril y del 20 de mayo de 2008, respectivamente, N° 17-2009,  N° 42-2009,  N° 68-2009 y N° 96-2009 del 19 de febrero, 30 de abril, 14 de julio y del 24 de setiembre todas del año 2009, efectuar las gestiones pertinentes para que estos órganos electorales puedan certificarse en una norma de acreditación de la calidad de sus procesos.
Ante ello, en el marco de la cooperación con la OEA, se solicitó analizar la conveniencia de desarrollar una norma específica para organismos registrales y electorales, proyecto que ha sido bien acogido en el seno de dicha organización y por medio de su Departamento de Cooperación y Asistencia Electoral se nos ha indicado que la propuesta puede ser llevada al Comité ISO Internacional, por medio del ente costarricense de normalización y que será apoyada por el Comité ISO de Canadá.
En mi condición de enlace y contraparte con la OEA para este proyecto ISO y dado que por Ley 8279 del Sistema Nacional de Calidad, publicada en 2002, se reconoce al Instituto de Normas Técnicas de Costa Rica, INTECO, como el ente normalizador en nuestro país, si a bien lo dispone el Superior, solicito que se envíe una atenta petición al Sr. Carlos Enrique Rodríguez López, Director de INTECO, solicitando la apertura del proceso de elaboración de una norma, dentro del campo de aplicación de las normas de gestión de calidad ISO 9001, específica para organismos registrales y electorales, la cual contará con el patrocinio de la OEA. Asimismo, se incluya en la petición que ese este (sic) Instituto promueva este proyecto en el próximo Comité  Internacional ISO 146 que se realizará en Bogotá, Colombia, en mayo de este año.”.
Se dispone: Aprobar conforme se solicita. La Secretaría del despacho -con la colaboración de la Dirección Ejecutiva- remitirá la comunicación a que se refiere el señor Alvarado Villalobos. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS DE LAS ELECCIONES DEL 2010.

A) Corrección al Cronograma Electoral en relación con los permisos para realizar actividades en sitios públicos. Del señor

Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, se conoce oficio n.º DGRE-306-2010 SUSTITUIR del 23 de marzo de 2010, recibido el día siguiente en la Secretaría de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Según acuerdo tomado en Sesión Ordinaria n.º 025-2010, celebrada el dieciséis de marzo del año en curso y comunicado mediante Oficio N° STSE-736-2010 de la misma fecha, el Superior comunicó la aprobación del Cronograma Electoral que regirá las Elecciones Municipales a celebrarse el 5 de diciembre del presente año.
Al respecto, me permito señalar que por error se obvió incluir en el Cronograma los términos que establecen los siguientes plazos:

Así las cosas, la fecha a partir de la cual los partidos políticos pueden presentar dichas solicitudes será el 5 de julio de 2010, un mes antes de la convocatoria a elecciones municipales, de manera que en el cronograma se lea:
“Julio 2010
Día 5
Fecha a partir de la cual los partidos políticos pueden presentar sus solicitudes de permiso para realizar actividades en zonas o sitios públicos (Artículo 4 del Reglamento para autorizar actvidades (sic) de los partidos políticos en sitios públicos, Decreto número 19-2009 del Tribunal Supremo de Elecciones)”

Esto nos indica que el plazo para la presentación de estas solicitudes, inicia el 6 de agosto y finaliza el 15 de noviembre de 2010.  En razón de lo anterior, sugiero adicionar al cronograma las citadas fechas, conforme a continuación se indica:
Agosto 2010
Día 6
Inicia el período para que los partidos políticos que hayan inscrito candidaturas soliciten al programa electoral que al efecto designe la Dirección General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos, la acreditación de sus fiscales generales, de juntas cantonales y de juntas receptoras de votos (Reglamento para la Fiscalización de los procesos electivos y consultivos, Decreto número 26-2009 del Tribunal Supremo de Elecciones)”
“Noviembre 2010
Día 15
Vence el período para que los partidos políticos que hayan inscrito candidaturas soliciten la acreditación de sus fiscales generales, de juntas cantonales y de juntas receptoras de votos (Reglamento para la Fiscalización de los procesos electivos y consultivos, Decreto número 26-2009 del Tribunal Supremo de Elecciones)”
Por las razones expuestas, respetuosamente solicito elevar al Superior a efectos de que las citadas fechas se adicionen al Cronograma Electoral ya aprobado.  No omito manifestar que las adiciones sugeridas fueron objeto de revisión y análisis por parte del Departamento Legal.". 
Se dispone: Aprobar las adiciones propuestas al cronograma aprobado. Hágase del conocimiento de los Poderes de la República, de la Contraloría General de la República, de la Procuraduría General de la República, de la Defensoría de los Habitantes, del Instituto de Fomento y Asesoría Municipal, de la Unión Nacional de Gobiernos Locales, de los partidos políticos, de la Direcciones Generales de los Registros Electoral y Civil y de la Ejecutiva. Publíquese el presente acuerdo en el Diario Oficial. Para lo de sus cargos, tomen nota la Oficina de Comunicación, el Webmaster y la Proveeduría. ACUERDO FIRME.
B) Informe sobre la transmisión del acto de entrega de credenciales a los señores Diputados. Del señor Alfonso Estevanovich González, Presidente Ejecutivo del Sistema Nacional de Radio y Televisión S.A.,  se conoce oficio n. º PE-099-2010 del 25 de marzo del 2010, recibido el día siguiente en la Secretaría del despacho, mediante el cual cordialmente comunica que trasmitirán en directo desde la sede de este Organismo Electoral, la entrega de “las credenciales de los señores Diputados y Diputadas electos a la Asamblea Legislativa”, lo cual harán como respaldo a la gestión electoral y en el contexto de la declaración de canal oficial según lo dispuso este Tribunal en su oportunidad. Asimismo, manifiesta el orgullo de formar parte de la estrategia que el Tribunal definió para que el pueblo costarricense participe de todos los actos inherentes a las elecciones Costa Rica 2010.
Se dispone: Agradecer al señor Estevanovich González, así como al personal del SINART a su digno cargo, el apoyo y la cobertura que ese canal ha brindado a las diferentes actividades del proceso electoral de febrero de 2010, con los cuales espera seguir contando este Tribunal. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO SEXTO. ASUNTOS DE COMISIONES INSTITUCIONALES,
A) Acta n.° 664-10 de la Comisión de Construcciones. Informe sobre placa conmemorativa. Del señor José Gilberto Alvarado Villalobos, en su condición de Coordinador a.i. de la Comisión de Construcciones, se conoce oficio n. º CC-028-2010 del 23 de marzo del 2010, recibido el día siguiente en la Secretaría del despacho en el cual literalmente manifiesta:
  “Para los fines consiguientes me permito adjuntar copia del acta de la reunión ordinaria Nº 664-10, celebrada el 22 de marzo de 2010 por esta Comisión.
En relación con el artículo cuarto, inciso a), se solicita autorización al Tribunal para colocar la placa que gestionara oportunamente el ciudadano Ciro Cascante, que conforme menciona el  Arq. Percy Zamora en su Oficio ARQ-036-2010 dicha obra tendría un costo de ¢1.750.000°° (un millón setecientos cincuenta mil colones) y un tamaño de 90 x 60 centímetros, de bronce fundido que incluiría el relieve del edificio de la antigua Casa Presidencial. Dicha placa se colocará sobre un pedestal de concreto martelinado y podría ubicarse en la Plaza de la Libertad Electoral, al costado sur del semicírculo de la escultura del Epítome del Vuelo.”.
Se dispone: Habida cuenta de la carencia de contenido presupuestario para proceder con dicha erogación y toda vez que la placa en cuestión evocaría el hecho histórico de que en el lugar que actualmente ocupan estos organismos electorales estuvo ubicada la Casa Presidencial, proceda la Secretaría de este Tribunal a remitir al Ministerio de la Presidencia y a la Municipalidad de San José la valiosa iniciativa del señor Cascante, con el propósito de que valoren la pertinencia de financiarla y ejecutarla. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO SETIMO. ASUNTOS DE ORGANISMOS INTERNACIONALES.
Sale del Salón de Sesiones el señor Magistrado Seing Jiménez.
A) Invitación a participar en la Séptima Reunión Interamericana de Autoridades Electorales, "Promoviendo el Acceso a los Procesos Electorales". Del señor Víctor Rico Fronatura, Secretario de Asuntos Políticos de la Organización de los Estados Americanos, la señora Donetta Davidson, Presidenta de la Comisión de Asistencia Electoral y el señor Matthew S. Petersen, Presidente de la Comisión Federal Electoral de los Estados Unidos de América, se conoce oficio n.º SAP/DECO-357/10 del 29 de marzo de 2010, recibido en la Secretaría de este Tribunal -vía correo electrónico- el 05 de abril de 2010, dirigido al señor Magistrado Presidente de este Tribunal, Dr. Luis Antonio Sobrado González, mediante el cual extienden cordial invitación para participar en la Séptima Reunión Interamericana de Autoridades Electorales, titulada "Promoviendo el Acceso a los Procesos Electorales", la cual se realizará en la ciudad de Washington D.C., del 05 al 08 de mayo de 2010, para lo cual se adjunta agenda preliminar. Según afirman, el objetivo de dicha reunión será debatir cómo las autoridades electorales pueden organizar procesos electorales más accesibles, analizando tres temas principales: modelos de interacción entre las autoridades electorales y los partidos políticos en los procesos electorales, el rol de los medios de comunicación durante los procesos electorales y el acceso al voto para las personas con discapacidad, temas que serán abordados mediante paneles que permitirán el intercambio de mejores prácticas en las Américas. Añaden que la Secretaría de Asuntos Políticos de la Organización de los Estados Americanos cubrirá los costos de transporte y hospedaje de una persona por institución, así como todas las comidas y que los participantes serán responsables de cubrir los gastos personales adicionales. Agradecen confirmar la participación antes del 23 de abril al contacto que detallan, así como la remisión de una breve biografía de un máximo de 15 renglones, para la misma fecha. 
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. Agradecer al señor Víctor Rico Frontaura, a la señora Donetta Davidson y al señor Matthew S. Petersen, así como a la Secretaría de Asuntos Políticos de la Organización de los Estados Americanos, a la Comisión de Asistencia Electoral y a la Comisión Federal Electoral de los Estados Unidos de América la cordial invitación cursada. Para asistir como participante en la citada Reunión, en representación del Tribunal, se designa al señor Magistrado Mario Seing Jiménez. Para sustituirlo, previo sorteo de rigor, se designa al señor Magistrado Ovelio Rodríguez Chaverri.
De conformidad con lo establecido por este Tribunal en el inciso h) del artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 87-2008, celebrada el 02 de octubre de 2008, en relación con el viaje en cuestión se detalla lo siguiente:


Nombre completo del funcionario (a)

Cargo que desempeña

País (es) a visitar

Período del viaje

Objetivos del viaje

Monto del adelanto de gastos de viaje y justificación

Gastos conexos y justificación

Mario Seing Jiménez

Magistrado

Estados Unidos de América

04 al 08 de mayo de 2010

Participación en la Séptima Reunión Interamericana de Autoridades Electorales titulada "Promoviendo el Acceso a los Procesos Electorales"

Ninguno

Ninguno

ACUERDO FIRME.
Reingresa al Salón de Sesiones el señor Magistrado Seing Jiménez.
ARTÍCULO OCTAVO. ASUNTOS EXTERNOS.
A) Modificación al orden de diagramación del Diario Oficial La Gaceta. Del señor Nelson Loaiza Sojo, Director General de la Imprenta Nacional, se conoce oficio n.° 148-2010 DG del 15 de marzo del 2010, recibido en la Secretaría del despacho el 24 de este mes, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:
“Por Acuerdo N° 5717-02-10 de la Junta Administrativa, se acogió propuesta de modificación al Orden de Diagramación que el Diario Oficial La Gaceta, tiene actualmente.
La situación se encuentra en estudio y considera esta Dirección General que al existir por Decreto Ejecutivo una sección dedicada al Tribunal Supremo de Elecciones, es conveniente consultarles si existe interés en que se establezca alguna modificación particular y atinente, sugiriendo además cuál sería su contenido.
En vista que se está atendiendo un Acuerdo de la Junta Administrativa, le solicito enviar cualquier comentario u observación en un plazo de diez días hábiles, a efectos de poder incluir los mismos en nuestro estudio, al fax 2220-0385 o a los correos electrónicos direccion@imprenta.go.cr  o avargas@imprenta.go.cr”.
Se dispone: Para sugerirle a la Imprenta Nacional lo que resulte pertinente, dentro del plazo a que alude el señor Loaiza Sojo, pase este asunto a la Oficina de Comunicación, cuya Jefatura, en conjunto con el Secretario del despacho, comunicarán al Tribunal su criterio sobre el particular. ACUERDO FIRME.
B) Solicitud de pago de montos fijados en sentencia de la jurisdicción laboral. De la señora Liseth Brizuela Ruiz, se conoce memorial del 19 de marzo de 2010, recibido en la Secretaría de este Tribunal el 23 de marzo de 2010, mediante el cual solicita la cancelación de montos aprobados en sentencia dictada dentro de un proceso ordinario laboral.
Se dispone: Para su estudio e informe en el plazo de diez días, pase al Departamento Legal. ACUERDO FIRME.
C) Solicitud de informe sobre la difusión de la conmemoración del Día Nacional contra la Homofobia. De la señora Ofelia Taitelbaum Yoselewich, Defensora de los Habitantes, se conoce oficio n.º DH-PE-160-2010 del 24 de marzo de 2010, recibido -vía fax- el mismo día en la Secretaría de este Tribunal, dirigido al señor Magistrado Presidente de este Tribunal, Dr. Luis Antonio Sobrado González, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Aprovecho la presente para saludarle cordialomente (sic). Como es de su conocimiento, mediante Decreto Ejecutivo No. 34399-S del 12 de febrero de 2008 el Estado costarricense decretó el 17 de mayo como Día Nacional contra la Homofobia; a la vez, esa fecha fue proclamada por las Naciones Unidas como el Día Internacional contra la Homofobia y la Transfobia. En el artículo 2 de dicho decreto, se establece la obligación de las entidades públicas de difundir con amplitud los objetivos que se persiguen con esta conmemoración; la cual tiene como fin último, la sensibilización de la población costarricense sobre las consecuencias que tiene la discriminación de las personas en razón de su orientación sexual.
Al respecto, recientemente se apersonaron a esta Institución representantes del Centro de Investigación y Promoción para América Latina de Derechos Humanos -CIPACH-, organización abocada a la promoción y defensa de los derechos de la población bisexual, gay, lésbica y transexual (BGLT); quienes expresaron su interés de que (sic) la Defensoría de los Habitantes gestionara ante las diversas entidades públicas la conmemoración del día Nacional contra la Homofobia.
Por lo anterior y en el ejercicio de la función general que el Ordenamiento Jurídico reconoce a esta Defensoría, se le solicita informar sobre las acciones que se han adoptado en la entidad que Ud. Representa con miras al cumplimiento del Decreto Ejecutivo No. 34399-S.".
Se dispone: Para que se proponga el respectivo proyecto de respuesta -el cual habrá de rendirse en el plazo de cinco días hábiles- pase este asunto a la Sección de Capacitación. ACUERDO FIRME.
D) Solicitud de ampliación de la denuncia que se presentó contra la Directora de Desarrollo Administrativo de la Dirección Regional del Ministerio de Educación Pública. De la señora Ofelia Taitelbaum Yoselewich, Defensora de los Habitantes, se conoce oficio n.º 03335-2010-DHR del 23 de marzo de 2010, recibido en la Secretaría de este Tribunal el 25 de marzo de 2010, dirigido al señor Magistrado Presidente de este Tribunal, Dr. Luis Antonio Sobrado González, mediante el cual reitera la solicitud planteada mediante oficio n.º 01617-2010-DHR -[GA] del 18 de febrero de 2010, en el cual se consultó sobre el trámite de un expediente relativo a una acusación por presunta beligerancia política, gestión que fue atendida oportunamente por este Tribunal mediante oficio n.º TSE-0587-2010 del 25 de febrero de 2010.
Se dispone: Para que se proponga el proyecto de respuesta respectivo -el cual habrá de remitirse a más tardar el miércoles 07 de abril de 2010- pase este asunto al Departamento Legal. ACUERDO FIRME.
E) Rechazo de la denuncia planteada por el señor Alberto Cabezas. De la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia se conoce cédula de notificación, relativa a la resolución de las dieciocho horas y doce minutos del tres de diciembre de dos mil nueve, recibida en la Secretaría de este Tribunal el 25 de marzo de 2010, mediante la cual se dispuso declarar sin lugar la gestión de incumplimiento presentada por el señor Alberto Cabezas Villalobos, respecto de la sentencia n.º 2006-14639 de las catorce horas con cuarenta minutos del cuatro de octubre de dos mil seis, dictada por la autoridad jurisdiccional antedicha.
Se dispone: Tomar nota.
A las doce horas terminó la sesión.

 

 

Luis Antonio Sobrado González

 

 

Eugenia María Zamora Chavarría

 

 

Max Alberto Esquivel Faerron

 

 

Mario Seing Jiménez

 

 

Zetty María Bou Valverde