ACTA Nº 49-2010

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del tres de junio de dos mil diez, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González, quien preside, Max Alberto Esquivel Faerron y Mario Seing Jiménez, la señora Magistrada Zetty María Bou Valverde y el señor Magistrado Juan Antonio Casafont Odor.

ARTÍCULO PRIMERO. APROBACION DEL ACTA ANTERIOR.
Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.
ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA.
A) Informe de la Comisión de Asesoría Técnica de la contratación para sustituir el SMP-6400, relativo a gestión de cobro del consorcio adjudicatario. De los señores Eric Schmidt Fonseca y Ronny Jiménez Padilla y de las señoras Marta Castillo Víquez y Patricia Chacón Jiménez, quienes integran la Comisión de Asesoría Técnica de la contratación suscrita con el Consorcio CR Soluciones-Advantics-Infca para la sustitución del servidor SMP6400, se conoce oficio n.º CPE-273-2010 del 1º de junio de 2010, recibido el día siguiente en la Secretaría de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiestan:
"En atención a lo dispuesto por el Tribunal en la sesión ordinaria Nº 045-2010, celebrada el 25 de los corrientes, oficio Nº STSE-1323-2010 de igual fecha, esta Comisión de Asesoría Técnica integrada para efectos del contrato que ejecuta el Consorcio CR Soluciones-Advantics-Infca para la sustitución del servidor SMP-6400, se refiere a la nota Nº CR-SERSICI-041-2010 del 19 de este mes, presentada por dicho Consorcio, en los siguientes términos:
El escrito presentado ante el Tribunal pretende el pago de la factura Nº 0125 por un monto de $316.733,22, y que corresponde a supuestos servicios adicionales prestados al 4 de mayo de este año, producto del atraso en que ha incurrido la ejecución del proyecto no atribuible al Consorcio.
En virtud de lo anterior, y con el fin de determinar si efectivamente procede el pago de la factura que aportada (sic) por el contratista, esta Comisión recomienda al Tribunal que en virtud de la presentación del reclamo, se siga el trámite administrativo correspondiente para verificar si el mismo resulta legalmente procedente de conformidad con los términos contractuales pactados, razón por la cual en nuestro criterio resulta pertinente el pronunciamiento del Departamento Legal dentro del ámbito de su competencia.
Con respecto a la suspensión temporal del plazo, indicada por el Consorcio corresponderá al Órgano Fiscalizador determinar y recomendar al Tribunal, si procede la aplicación de esa figura a la luz de lo dispuesto en el artículo 199 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa; o bien, analizar la posibilidad de una prórroga del plazo conforme al artículo 198 de ese mismo cuerpo normativo, o la suscripción de un addendum entre las partes acordando la ampliación del plazo de ejecución, tomando en consideración los criterios técnicos y la satisfacción del interés público que debe privar en toda contratación.".
Se dispone: Tener por rendido el informe, cuya primera recomendación se acoge. Proceda en consecuencia -en el plazo de 10 días hábiles- el Departamento Legal con lo de su cargo. En relación con lo consignado en el último párrafo supra transcrito, proceda la propia Comisión de Asesoría Técnica a considerar lo ahí planteado en el informe que deberá rendir, según lo ordenado en el acuerdo del artículo segundo de la sesión ordinaria n.º 048-2010, celebrada el 1º de junio de 2010, comunicado mediante oficio n.º STSE-1435-2010 de la misma fecha. ACUERDO FIRME.
B) Informe de seguimiento a la contratación para sustituir del servidor SMP-6400. Del señor Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.º DE-540-2010 del 28 de mayo de 2010, recibido en la Secretaría de este Tribunal el 02 de junio de 2010, mediante el cual -según lo ordenado por este Tribunal en los acuerdos de los artículos segundos de las sesiones ordinarias n.º 124-2009 y 038-2010, celebradas por su orden el 08 de diciembre de 2009 y el 04 de mayo de 2010- rinde informe relativo al seguimiento que tal Dirección ha realizado a la contratación para la sustitución del servidor SMP-6400.
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Tener por rendido el informe. Continúese informando oportunamente sobre el particular. Agréguese el oficio que aquí se conoce al estudio que la Comisión de Asesoría Técnica de dicha contratación debe rendir, según lo ordenado en el acuerdo del artículo segundo de la sesión ordinaria n.º 048-2010, celebrada el 1º de junio de 2010, comunicado mediante oficio n.º STSE-1435-2010 de la misma fecha. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DE ADMINISTRACION DE PERSONAL.
A) Nombramientos en propiedad en la Sección de Archivo del Registro Civil. De la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0316-2010 de fecha 31 de mayo del 2010, recibido el 1° de junio de 2010 en la Secretaría del despacho, en el cual literalmente manifiesta:
“Visto el oficio RH-1132-2010 de fecha 21 de mayo del año en curso, suscrito por el (sic) Licda. Jocelyn Brown Pérez, Jefa a.i. del Departamento de Recursos Humanos, en el que propone cinco nóminas de candidatos elegibles para proceder a nombrar en propiedad igual cantidad de funcionarios, en plazas de Auxiliares de Operación que se encuentran vacantes en la Sección de Archivo del Registro Civil y cuyos propietarios fueran anteriormente Alejandra González Barboza, Esteban Martínez Cerdas, Eduardo Cerdas Serrano, Karla Villalta Medina y Minor Vargas López, todos ellos fueron ascendidos a plazas de mayor nivel en diferentes dependencias administrativas, someto a consideración del Superior las ternas siguientes:


PUESTO No. 45530

1.- Murillo Herrera Horacio

2.- Quirós Naranjo María

3.- Mora Hernández Davis Johnny

PUESTO No. 72869

1.- Parra Ramírez Gersan

2.- Picado Brenes Shirley

3.- Vargas Rímolo Leslie

PUESTO No. 76417

1.- Ureña Fallas Jeffry Mauricio

2.- Mora Hernández Davis Johnny

3.- Picado Brenes Shirley

PUESTO No. 76629

1.- Brenes González Alejandro

2.- Picado Brenes Shirley

3.- Vargas Rímolo Leslie

PUESTO No. 97655

1.- Duarte Galarza (sic) Andrea

2.- Picado Brenes Shirley

3.- Vargas Rímolo Leslie

Las personas que ocupan el primer lugar en cada una de las ternas, han sido recomendadas por escrito por la Licda. Nuria Ugalde Martínez, Jefa a.i. de la Sección de Archivo del Registro Civil, mediante oficio ARC-154-2010 de fecha 18 de mayo de 2010.
Quienes resulten seleccionados podrán ubicarse en propiedad como Auxiliares de Operación en la Sección de Archivo del Registro Civil, en los puestos indicados, a partir del próximo 16 de junio, donde devengarán un salario base de ¢324.300.oo por mes y anualidades a razón de ¢6.868.oo cada una y un complemento del 10% como incentivo por la responsabilidad en el ejercicio de la función electoral, todo de conformidad con el índice salarial vigente.”.
Se dispone: Nombrar en propiedad a los señores Horacio Murillo Herrera, en el puesto n.° 45.530; a Gersan Parra Ramírez, en el puesto n.° 72.869; a Jeffry Mauricio Ureña Fallas, en el puesto n.° 76.417; a Alejandro Brenes González, en el puesto n.° 76.629; y a Andrea Duarte Galagarza, en el puesto n.° 97.655, a partir del 16 de junio de 2010. ACUERDO FIRME.
B) Ascenso en propiedad de la funcionaria Rosa Mejía Valenzuela. De la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0317-2010 de fecha 31 de mayo del 2010, recibido el 1° de junio de 2010 en la Secretaría del despacho, en el cual literalmente manifiesta:

“Respetuosamente elevo a conocimiento del Superior, para lo que tenga a bien disponer, el oficio RH-1188-2010, de fecha 27 de mayo del año en curso, suscrito por el Lic. Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, referido al ascenso en propiedad de la servidora Rosa Mejía Valenzuela, Asistente de Operación en el Departamento Electoral, a la plaza de Coordinador de Apoyo que ha quedado vacante en la Sección de Solicitudes Cedulares, dado el ascenso en propiedad de su anterior ocupante señor Alexander Porras Guerrero a una plaza de Analista de Operación en la Sección de Análisis.
La servidora Rosa Mejía Valenzuela, fue recomendada por escrito por el Lic. Ricardo Mc Donald Umaña, Jefe de la Sección de Solicitudes Cedulares, quien en lo que interesa manifiesta: “…Desde su llegada, cuando se le dio la oportunidad ha desarrollado un excelente trabajo tanto en cantidad como en calidad en la unidad de escáner, así mismo (sic) su disciplina y compromiso con la institución son evidentes dejando una muy buena impresión….” (sic)
Cumpliendo con lo que establecen los artículos 34 y 36 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios y con lo acordado por el Tribunal Supremo de Elecciones en Sesión No.129-2002, artículo quinto, comunicado mediante Oficio No.4168-2002 del 26 de setiembre del 2002, solicito al Superior, si a bien lo tiene, la aprobación del nombramiento en propiedad que se propone.
De contar con la anuencia del Tribunal Supremo de Elecciones, la servidora Rosa Mejía Valenzuela, podría ser ascendida en propiedad al cargo de Coordinador de Apoyo, puesto número 76671, a partir del próximo 16 de junio.”.
Se dispone: Aprobar el ascenso en propiedad de la señora Mejía Valenzuela conforme se propone a partir del 16 de junio de 2010, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 34 y 36 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil. ACUERDO FIRME.
C) Ubicación de la Unidad de Género a la Dirección Ejecutiva. En adición a lo dispuesto por este Tribunal en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.° 047-2010 celebrada el veintisiete de mayo del año en curso en la que se acordó “Aprobar la redacción o descripción propuesta del nuevo puesto Profesional de Género. Procédase con el trámite de rigor para ocupar dicho cargo.”.
Se dispone: que la Unidad de Género pase a formar parte de la estructura suplementaria de la Dirección Ejecutiva. Proceda esa Dirección con las gestiones pertinentes a fin de que la plaza referida sea ocupada oportunamente. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS DE LAS ELECCIONES DEL 2010.
A) Proyectos de normativa referida a la inscripción de candidaturas, legalización de libros y fiscalización de asambleas partidarias. Del señor Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, se conoce oficio n.º DGRE-430-2010 del 31 de mayo de 2010, recibido el día siguiente en la Secretaría de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Conforme a la potestad reglamentaria de este Tribunal en lo relativo a la materia electoral y por ser necesario, de acuerdo con la legislación actual,  regular algunos aspectos relativos al procedimiento de inscripción de candidaturas por un lado, al de fiscalización de asambleas partidarias por otro, así como lo que se refiere a la legalización de libros por parte de las agrupaciones políticas, me permito remitirle los proyectos de reglamento respectivos para que se sirva elevarlos a conocimiento y aprobación del superior.".
Se dispone: Pase este asunto a estudio individual de los señores Magistradas y Magistrados de este Tribunal, para ser resuelto en la sesión ordinaria que se celebrará el 15 de junio de 2010. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS DEL PADRON NACIONAL ELECTORAL.
A) Informe resumen del Padrón Nacional Electoral con totales por distritos, cantones, provincias y en general. Del señor Carlos Alberto Murillo Montoya, Jefe a.i. la Sección Padrón Electoral, se conoce oficio n.° PE-1183-2010 SUSTITUIR de fecha 31 de mayo del 2010, recibido ese día en la Secretaría del despacho, en el cual literalmente manifiesta:
“De conformidad con la autorización acordada por el Superior, respecto a la apertura del Padrón Nacional Electoral, a fin de realizar las inclusiones y exclusiones pendientes, le adjunto dos libros que contienen el resumen, con totales por distritos, cantones, provincias y el general de toda la República por sexo, resultado de la actualización que incorpora los movimientos electorales aplicados, producto de las gestiones electorales presentadas desde el 08 de octubre de 2009 hasta el 30 de abril de 2010.
Asimismo, se incluye algunos aspectos importantes que describen el comportamiento numérico del Padrón Nacional Electoral, según la procedencia de las inclusiones y exclusiones que se ejecutan.

 

PADRON NACIONAL ELECTORAL

PADRÓN NACIONAL ELECTORAL A  NOVIEMBRE DE 2009

2.822.491

Más

 

Inclusión de nuevos electores mayores de 18 años

20.318

Inclusión condicional de nuevos electores menores de 18 años

12.442

Inclusión reincorpora electores con cédula anterior caduca

6.474

Otras inclusiones (incorporación de naturalizados, etc.)

129

Menos

 

Exclusión de electores por defunción

6.540

Exclusión de electores por caducidad de inscripción

15.243

Otras exclusiones

89

 

 

TOTAL PADRÓN NACIONAL ELECTORAL A  ABRIL DE 2010

2.839.982

 

 

Variación neta respecto  al periodo anterior.

17.491

Se dispone: Tener por recibido los libros y el informe que somete el señor Murillo Montoya. Continúese informando oportunamente al Tribunal sobre el particular. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO SEXTO. ASUNTOS RELATIVOS A DISCAPACIDAD.
A) Solicitud para la confección de cédulas de identidad diferenciadas para personas sordas. Del señor Víctor Emilio Granados Calvo, Diputado a la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.º -27-2010 F/P.A.S.E-V.E.G.C. del 31 de mayo de 2010, recibido -vía fax- en la Secretaría de este Tribunal el mismo día, mediante el cual -con fundamento en una serie de consideraciones- solicita a este Tribunal ordenar a la Dirección General del Registro Civil que proceda con la "URGENTE reglamentación, confección y emisión de CÉDULAS DE IDENTIDAD DIFERENCIADAS PARA PERSONAS SORDAS".
Se dispone: Hacer del conocimiento del señor Granados Calvo que con fundamento en lo que establecen las leyes n.º 7600, "Ley de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad" y n.º 8661 "Ley de Aprobación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo", es criterio de este Tribunal y del Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial -según oficio n.º AJ-212-2009 del 20 de noviembre de 2009, del cual se le remitirá copia- que toda distinción basada en una condición de discapacidad es discriminatoria, por lo que no es posible proceder conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO SETIMO. ASUNTOS RELATIVOS AL INSTITUTO DE FORMACION Y ESTUDIOS EN DEMOCRACIA.
A) Aprobación del logotipo a utilizar por el Instituto de Formación y Estudios en Democracia. Del señor Hugo Picado León, Director del Instituto de Formación y Estudios en Democracia (IFED), se conoce oficio n.° IFED-004-2010 del 2 de junio del 2010, recibido en la Secretaría del despacho ese mismo día, mediante el cual indica lo que se transcribe a continuación:
“Por su digno medio ruego se sirva someter a consideración de los señores y señoras Magistradas las opciones de logotipo del Instituto de Formación y Estudios en Democracia, diseñadas por funcionarios de la Oficina de Comunicación.
Entre las diversas opciones respetuosamente sugiero la aprobación de la opción A o bien de la opción B.”.
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar como logotipo del IFED la opción señalada con la letra A. ACUERDO FIRME.
A las doce horas terminó la sesión.

 

 

Luis Antonio Sobrado González

 

 

Max Alberto Esquivel Faerron

 

 

Mario Seing Jiménez

 

 

Zetty María Bou Valverde

 

 

Juan Antonio Casafont Odor