ACTA Nº 1-2012

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del tres de enero de dos mil doce, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González, quien preside, Juan Antonio Casafont Odor y Fernando del Castillo Riggioni.

ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DEL ACTA ANTERIOR.
Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior, excepto por el señor Magistrado Del Castillo Riggioni, quien no participó en dicha sesión.
ARTÍCULO SEGUNDO.    ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.
A) Nombramientos en propiedad en la Sección de Archivo del Registro Civil. De la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, se conoce oficio n.º DGRC-1071-2011 del 21 de diciembre de 2011, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Visto el oficio RH-3790-2011 de fecha 16 de diciembre del año en curso, suscrito por el Lic. Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, en el que propone cuatro nóminas de candidatos elegibles para proceder a nombrar en propiedad igual cantidad de funcionarios, en plazas de Auxiliar de Operación en la Sección de Archivo, que se encuentran vacantes en esa misma Unidad Administrativa en virtud de la renuncia del señor Luis Rodolfo Herrera Bermúdez para acogerse al beneficio de la pensión, mientras que las restantes se deben a los ascensos a plazas de superior nivel de los servidores Jeffrey Ureña Fallas, Alejandro Brenes González y Rodolfo Baldi Fernández,  someto a consideración del Superior las ternas siguientes:
PUESTO No. 72877
1.- Quesada Marín Ana Leticia
2.- Dinarte Rodríguez Oreana
3.- González Solís Vanessa
PUESTO No. 76417
1.- Quesada Arroyo Roxana
2.- Moreno González Ericka
3.- Morales Quirós Olga
PUESTO No. 76629
1.- Morales Quirós Olga
2.- Quesada Arroyo Roxana
3.- González Solís Vanessa
PUESTO No. 95549
1.- Moreno González Ericka
2.- Marín Jara Carlos Luis
3.- Ulloa Umaña Hazel
Las personas que ocupan el primer lugar en cada una de las ternas, han sido recomendadas por escrito por la Licda. Liseth Mora Soto, Jefa a.i. de la Sección de Archivo, mediante oficio ARC-483-2011 de fecha 15 de diciembre de 2011.
Quienes resulten seleccionados podrán ubicarse en propiedad como Auxiliares de Operación en la Sección de Archivo, a partir del próximo 16 de febrero. Devengarán un salario base de ¢352.900.oo por mes y anualidades a razón de ¢7.440.oo cada una y un complemento del 10% como incentivo por la responsabilidad en el ejercicio de la función electoral, todo de conformidad con el índice salarial vigente.".
Se dispone: Nombrar en propiedad a las señoras Ana Leticia Quesada Marín, en el puesto n.º 72877, Roxanna Quesada Arroyo, en el puesto n.º 76417, Olga Quirós Morales, en el puesto n.º 76629 y Ericka Moreno González, en el puesto n.º 95549, a partir del 16 de febrero de 2012, conforme se propone. ACUERDO FIRME.
B) Integración de la Comisión de Dedicación Exclusiva. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-3822-2011 del 22 de diciembre de 2011, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En sesión 001-2010 celebrada el 5 de enero de 2010, oficio número STSE-0017-2010 de la misma fecha, el Tribunal Supremo de Elecciones dispuso prorrogar, por un período de dos años contados a partir del 2 de enero de ese año, los nombramientos de los integrantes de la Comisión de Dedicación Exclusiva, quedando ésta integrada en ese momento con los señores Fernando Víquez Jiménez, Gilberto Gómez Guillén y el suscrito como miembros propietarios, y los señores Rodrigo Fallas Vargas y Jaime Garita Sánchez y la señora Ana Isabel Fernández Alvarado como miembros suplentes.
No obstante, siendo que los señores Víquez Jiménez, Gómez Guillén y Garita Sánchez renunciaron a sus cargos dentro de este organismo electoral para acogerse al beneficio de la pensión a partir del 1° de febrero de 2010, en sesión 033-2010 del 15 de abril de ese año el Superior dispuso sustituirlos en ese mismo orden por los funcionarios Francisco Rodríguez Siles, Carlos Umaña Morales y Kattia Villalobos Molina. Así las cosas, la citada comisión se encuentra integrada actualmente de la siguiente forma:
PROPIETARIOS:
•  Lic. Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo
•  Lic. Carlos Umaña Morales, Contador
•  Lic. Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos
SUPLENTES:
•  Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor del Departamento Civil
•  Licda. Kattia Villalobos Molina, Subinspectora Electoral
•  Licda. Ana Isabel Fernández Alvarado, Oficial Mayor del Departamento Electoral
Por consiguiente, dado que la designación de los citados miembros vence el próximo 2 de enero, me permito solicitar al Tribunal disponer la prórroga de sus nombramientos por un nuevo período de dos años, conforme lo establece el artículo tercero del Reglamento para el Régimen de Dedicación Exclusiva de este organismo electoral. De igual manera, debe valorarse si entre los suplentes se le prorroga a la Licda. Villalobos Molina que fue designada cuando ocupaba interinamente el cargo de Inspectora Electoral, o si se nombra en su lugar a la Licda. Mary Anne Mannix Arnold quien desde el pasado 1° de diciembre desempeña en propiedad dicho cargo.".
Se dispone: Aprobar conforme se solicita. Nombrar como suplente de dicha Comisión a la señora Mary Anne Mannix Arnold, quien desde el pasado 1° de diciembre ocupa el cargo de Inspectora Electoral. ACUERDO FIRME.
C) Informe sobre solicitud de la UNEC referida a los aumentos salariales semestrales. Del señor Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-3460-2011 del 23 de diciembre de 2011, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"El Tribunal Supremo de Elecciones, en sesión N. 059-2011 del 21 de junio 2011, Oficio No. STSE-1718-2011, dispuso pasar a estudio de esta Dirección la solicitud de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC), referente a los aumentos salariales semestrales acordados por el Superior por concepto de costo de vida.
Sobre el particular es importante destacar algunos aspectos mencionados en el citado Oficio UNEC-47-2011:

Al respecto es importante mencionar que con la probación de la Ley N° 8492 publicada en la Gaceta N° 67 del 4 de abril del año 2006, en el artículo 31 se establece lo siguiente “El TSE incluirá anualmente en su presupuesto una partida que permita sufragar los gastos que ocasione la organización y adecuada difusión del referéndum” y como tal son recursos que se presupuestan para atender un fin específico:  la organización de un eventual referendo. El monto que se menciona en el periódico efectivamente fue devuelto al Ministerio de Hacienda, en vista de que no fue necesario la organización de un proceso referendo el año pasado.

Estos porcentajes se refieren a las cantidades que señala el Ministerio de Hacienda en las directrices técnicas y metodológicas que se remiten todos los años para la formulación anual del presupuesto, las cuales como bien se entiende representan una previsión para atender los incrementos salariales por costo de vida en cada semestre, cifra que varía en cada período a la luz del comportamiento real de la variable (inflación acumulada) y a la misma política que ha tenido el Tribunal de resarcir de la mejor forma posible el deterioro del poder adquisitivo.  Detalle al que hace referencia la UNEC en su oficio en cuadro de la pág. número 3, columna de porcentaje.

De lo anterior, también estimamos importante aclarar lo siguiente:

Finalmente, también estimamos importante mostrar algunos datos comparativos de lo aprobado por el Tribunal y el resto de las instituciones públicas por concepto de  costo de vida entre los años 2006 al 2011:



Período

 

% aprobado por el TSE

% aprobado para el resto de instituciones

 

Diferencia
( favorable)

2006 - I semestre

5.00

5.00

--

2006 - II semestre

5.00

3.50

1.50

2007 - I semestre

7.00

4.00

3.00

2007 - II semestre

7.00

5.00

2.00

2008 - I semestre

5.88

5.88

--

2008 - II semestre

7.00

6.50

0.50

2009 - I semestre

7.68

6.90

0.78

2009 - II semestre

4.21

1.21

3.00

2010 - I semestre

2.80

2.80

--

2010 - lI semestre

3.41

3.41

--

2011 - I semestre

2.33

2.33

--

2011 - lI semestre

2.78

2.78

--

TOTAL

10.78%


Como podrá observarse en los datos incorporados desde el año 2006, el Tribunal ha aprobado por costo de vida un 10.78% más en comparación con el resto de instituciones de Gobierno, actuando siempre en forma consciente bajo el precepto constitucional, donde el presupuesto viene a representar el límite de acción y ámbito  de posibilidades en las entidades públicas.
De lo anterior podemos concluir y además se confirma con los resultados de nuestro cuadro explicativo, que el Tribunal no ha renunciado a su autonomía, ni a su política de acordar aumentos salariales semestrales bajo una perspectiva de compensar la pérdida del valor adquisitivo de los salarios de acuerdo al índice de inflación acumulado para cada período.  Explicación que en forma reiterada ha sido comunicada a los representantes de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles.".
Se dispone: Tener por rendido el informe, el cual se hará del conocimiento de los estimables representantes de la Unión de Empleados Electorales y Civiles (UNEC). ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO TERCERO.      ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.
A) Informe sobre el desarrollo de un nuevo servicio dirigido a la ciudadanía costarricense a través del Sitio Web Institucional. De los señores Francisco Rodríguez Siles y Dennis Cascante Hernández, por su orden, Director Ejecutivo y Director General de Estrategia Tecnológica, se conoce oficio n.° DGET-202-2011 del 20 de diciembre de 2011, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 22 de diciembre de 2011, mediante el cual literalmente manifiestan:
"En atención a lo dispuesto por el Superior en Sesión Ordinaria Nº 110-2011 del 24 de noviembre del presente año, comunicado mediante Oficio Nº STSE-3382-2011, para su conocimiento le informamos que dentro de las actividades programadas en la Planeación Estratégica de la Dirección General de Estrategia Tecnológica 2012-2013, se ha incorporado como parte de los objetivos la implementación de diversos servicios en el ámbito Civil y Electoral.
Estos servicios estarán orientados a satisfacer las necesidades tanto del ciudadano como de las organizaciones políticas a través de nuestro sito (sic) WEB, en el marco de los Proyectos Modernización de los Sistemas que Soportan los Procesos del Departamento Civil y Modernización de los Sistemas que Soportan los Procesos de la Dirección General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos. El contenido y alcance de cada proyecto será sometido a aprobación del Superior en enero próximo.".
Se dispone: Tener por rendido el informe. Hágase del conocimiento de la señora Alicia Avendaño Rivera, Directora de la Secretaría Técnica de Gobierno Digital. ACUERDO FIRME.
B) Informe de seguimiento de Autoevaluaciones de Control Interno. Del señor Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-3452-2011 del 22 de diciembre de 2011, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual informa sobre el estado de las autoevaluaciones de control interno de años anteriores que ha sido recopilado mediante el seguimiento realizado por la Unidad de Control Interno en cada dependencia y que a su vez incorpora el resultado de las actividades de mejora propuestas por las diferentes jefaturas en sus propias autoevaluaciones.
Se dispone: Tener por rendido el informe que se somete a conocimiento de este Tribunal. La propia Dirección Ejecutiva dará seguimiento al particular e informará oportunamente a este Tribunal. ACUERDO FIRME.
C) Sustitución de miembros en el Consejo Editorial de la Revista de Derecho Electoral del TSE. Se dispone: En virtud de que el Lic. Olivier López Jiménez ya no es funcionario institucional por haberse acogido a su pensión, designar en su lugar al Lic. Alejandro Bermúdez Mora como miembro del Consejo Editorial de la Revista de Derecho Electoral de este Tribunal.  Dada la vacante que deja el Lic. Bermúdez Mora en la Subdirección de la Revista, ésta será asumida por el Lic. Luis Diego Brenes Villalobos.  ACUERDO FIRME.
D) Tipografía a utilizar en la documentación del TSE. Se dispone: Conforme al Manual de Identidad Corporativa de este Tribunal, aprobado en acuerdo de la sesión ordinaria n.º 63-2000, celebrada el 17 de agosto de 2000, se instruye a  las Direcciones institucionales para que recuerden y corroboren que todas las oficinas de estos organismos electorales utilicen en toda la documentación que produzcan la tipografía Tahoma, en tamaño 12 puntos. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO CUARTO.       ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN ELECTORAL.
A) Solicitud de asesoría para realización de plebiscito en la Municipalidad de Siquirres. De la señora Dinorah Cubillo Ortiz, Secretaria del Concejo Municipal de Siquirres, se conoce oficio n.º S.C. 793-11 del 22 de diciembre de 2011, recibido -vía fax- el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"La presente es para hacer de su conocimiento que el Concejo Municipal en su Sesión extraordinaria Nº 070 celebrada el 15 de DICIEMBRE 2011 en el Artículo III, Acuerdo º 777, se acordó lo siguiente:
Presidente Castillo Valverde: Solicita se tome un acuerdo para solicitarle al Tribunal Supremo de Elecciones la asesoría correspondiente en materia de consultas populares para la realización del plebiscito solicitado para el Cantón de Siquirres.
ACUERDO: 777-15-12-11
SOMETIDO A VOTACIÓN SE ACUERDA SOLICITARLE AL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES LA ASESORÍA CORRESPONDIENTE EN MATERIA DE CONSULTAS POPULARES PARA REALIZAR EL PLEBISCITO SOLICITADO PARA EL CANTÓN DE SIQUIRRES. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.
VOTAN A FAVOR: CASTILLO VALVERDE, UMAÑA ELLIS, HIDALGO SALAS, BERMÚDEZ MORA, BALLESTERO UMAÑA.
VOTAN EN CONTRA: HERNÁNDEZ SÁENZ, DAVIS BENNETT […].".
De la señora Cubillo Ortiz, en su calidad dicha, se conoce conjuntamente oficio n.º S.C. 794-11 del 22 de diciembre de 2011, recibido -vía fax- el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, dirigido a la señora Yelgi Lavinia Verley Knight, Alcaldesa de Siquirres, mediante el cual se hace del conocimiento de esta última el acuerdo n.º 778 del artículo III de la sesión extraordinaria n.º 070, celebrada el 15 de diciembre de 2011 por el Concejo Municipal de Siquirres, según el cual se solicita a la administración realizar la publicación en dos diarios de circulación nacional, así como en el Diario Oficial, de la convocatoria al plebiscito que se prevé realizar el día domingo 11 de marzo de 2012.
Se dispone: En relación con los oficios que se conocen y para su atención, pasen a la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos. Se le hace saber a esta última que pende de resolver una apelación electoral interpuesta por la señora Alcaldesa contra la convocatoria del referido plebiscito, tal y como consta de los documentos incorporados al expediente n.º 514-E-2011. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO QUINTO.      ASUNTOS EXTERNOS
A) Agradecimiento al Tribunal Supremo de Elecciones por la participación y contribución en la difusión de valores para una vida en democracia. Del señor Tjark M. Egenhoff, representante de la Fundación Konrad Adenauer para Guatemala, Honduras y El Salvador, se conoce oficio n.° C-248-2011 del 22 de diciembre de 2011, recibido -vía correo electrónico- el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, dirigido al señor Magistrado Presidente, Dr. Luis Antonio Sobrado González, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Tengo el agrado de dirigirme a Usted, con el propósito de expresarle al Tribunal Supremo de Elecciones de Costa Rica nuestro agradecimiento por su contribución y participación en la construcción de la estratégica (sic) de comunicación regional para la difusión de valores para una vida en democracia.
La intervención de los Órganos Electorales de Guatemala, Honduras, Costa Rica y Panamá fue relevante para la consecución de una propuesta técnica regional que brinda una base sólida y permite soñar con su implementación. La Fundación Konrad Adenauer también puso su mejor empeño en promover las mejores condiciones para que el proyecto de comunicación se materializara y fuera un ejemplo vivo de integración regional a través de la exaltación de valores democráticos.
La propuesta técnica es una realidad, el lanzamiento público y su difusión aún no fue posible concretarlos, sin embargo, consideramos que el esfuerzo de los Órganos Electorales y de la misma Fundación Adenauer como Instituciones promotoras y creyentes de la democracia sigue siendo valido (sic).
Dentro del marco de preparación para la propuesta comunicacional se dieron varios encuentros en diferentes países, así también se firmó un documento político, manifiesto de la voluntad de trabajar por su desarrollo y divulgación.
La Fundación Adenauer por medio de la presenta (sic) agradece el apoyo y credibilidad recibida para acompañar la dinámica y entrega (sic) los instrumentos desarrollados conjuntamente con la firme convicción de que la campaña en valores podrá ser una realidad en la región en el corto plazo".
Se dispone: Agradecer al señor Egenhoff los esfuerzos desplegados por apoyar dicha iniciativa. El Instituto de Formación y Estudios en Democracia (IFED) y la Oficina de Comunicación darán seguimiento al proyecto. ACUERDO FIRME.
B) Denuncia del señor Alcides Cordero Arias. Del señor Alcides Cordero Arias se conoce memorial del 27 de diciembre de 2011, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 02 de enero de 2012, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En la mesa #095 en el conteo de la votación el día 18 de diciembre una vez contados tanto las papeletas sobrantes como los votos emitidos apareció una papeleta mas (sic) de las que se habían contabilizados (sic) en el acta de apertura de acuerdo con el padrón después de contabilizar tanto las papeletas sobrantes y los votos emitidos se pudo constatar que la cantidad de firmas no coincidian (sic) con los votos emitidos por cuanto la papeleta de mas (sic) aparece como voto emitido, situación que se anotó como incidencia ya que no se contaba con papelería para levantar el acta correspondiente, una vez firmada el acta de cierre, solicité copia de la misma, manifestando los miembros de mesa que solo (sic) el presidente se dejaba copia.
Por lo antes expuesto y siendo que según lo indicado en la norma 3.11 del manual para la realización de consultas populares, el proceso de votación se llevará a cabo según lo establecido en el código electoral y los mecanismos que al efecto ha dispuesto el tribuna (sic) para los comicios nacionales, solicito se realice revisión de todo el proceso y sean anuladas todas las mesas en las que hayan irregularidades ya que desde su inicio se han dado situaciones que ponen en tela de duda la transparencia con la cual se llevó a cabo dicho proceso.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Se rechaza la gestión de "revisar" el proceso y "anular todas las mesas en las que hayan irregularidades" por improcedente. Aparte de que no se presenta personalmente o mediante escrito debidamente autenticado, esas diligencias sólo pueden ser adoptadas dentro del marco de demandas de nulidad que, en todo caso, resultaban extemporáneas al momento de presentarse el escrito. ACUERDO FIRME.
C) Acta de secuestro de boletas de votación en el plebiscito celebrado por la Municipalidad de Pérez Zeledón. De los señores Eduardo Sánchez Jiménez y Rigoberto Mena Berrocal, por su orden, miembro de la Comisión Organizadora del Plebiscito Revocatorio de Mandato del señor Alcalde del Cantón de Pérez Zeledón y Agente de la Fuerza Pública, se conoce "Acta de secuestro de boletas de votación con la leyenda "MUESTRA", en el Centro Electoral Juan Valverde Mora, Distrito Rivas, Cantón Pérez Zeledón", recibida -vía fax- en la Secretaría General de este Tribunal el 30 de diciembre de 2011, en la cual literalmente se consigna:
"Al ser las 14:45 horas, del día 18 de diciembre del 2011, al presentarme a realizar la respectiva supervisión asignada a mi persona como miembro de la Comisión Organizadora del Plebiscito Revocatorio de Mandato del Señor Alcalde del Cantón de Pérez Zeledón, se presenta la siguiente situación: en el centro de votación Juan Valverde Mora, Distrito Rivas, Cantón Pérez Zeledón, se procede al secuestro de dos boletas de votación con la leyenda "MUESTRA", en su parte frontal, pero con espacio para estampar firmas de miembros de mesa en su parte trasera y por recomendación de los delegados del TSE, que se encuentran en este centro de votación y en presencia del Señor Rigoberto Mena Berrocal, cédula 6-157-219, quien es agente de la Fuerza Pública y me acompaña en este momento para iniciar con el proceso de recolección del material electoral de todos los centros de votación asignados a mi persona y conocida como Ruta 10, se procede con el decomiso de dichas boletas y se reporta, ya que las papeletas emitidas para estos comicios no poseen ningún tipo de seguridad y éstas se pueden prestar para la comisión de cualquier tipo de fraude.
Por lo anteriormente expuesto, se procede a trasladar esta acta, al TSE y se adjuntan las boletas en cuestión, con la finalidad de que se tomen las medidas necesarias y realizar la investigación respectiva, en todos los centros de votación.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Trasladar el asunto a la Inspección Electoral, a efectos de que se investiguen preliminarmente los hechos referidos. Hágase del conocimiento de la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, de los gestionantes y del Concejo Municipal de Pérez Zeledón. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO SEXTO.           ASUNTOS DE ORGANISMOS INTERNACIONALES.
A) Agradecimiento a la Fundación Konrad Adenauer por la colaboración y asesoría en materia de comunicación estratégica. Se dispone: Verificada la reunión de trabajo celebrada el día 19 de diciembre de 2011 entre la consultora María Teresa Peña y el señor Luis Diego Brenes Villalobos, Asesor de la Gestión Político Institucional, este Tribunal externa su agradecimiento a la Fundación Konrad Adenauer, en las personas del señor Sergio Araya, la señora Peña y la señora Juliane Hertweck, por la colaboración dispensada a estos organismos electorales, a través del acompañamiento y asesoría en materia de comunicación estratégica que fueran gentilmente brindados. ACUERDO FIRME.
A las doce horas terminó la sesión.

 

 

Luis Antonio Sobrado González

 

 

Juan Antonio Casafont Odor

 

 

Fernando del Castillo Riggioni