ACTA Nº 44-2012

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del veintinueve de mayo de dos mil doce, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González, quien preside, Max Alberto Esquivel Faerron y Ovelio Rodríguez Chaverri.

ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DEL ACTA ANTERIOR.
Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior, excepto por el señor Magistrado Rodríguez Chaverri, quien no participó de dicha sesión.
ARTÍCULO SEGUNDO. INFORMES DE FUNCIONARIOS DEL TSE.
Sale del salón de sesiones el señor Magistrado Esquivel Faerron.
A) Informe de participación como Observadores Electorales en República Dominicana. Del señor Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron y del señor Eric Schmidt Fonseca, Jefe del Departamento de Coordinación de Programas Electorales, se conoce memorial del 24 de mayo de 2012, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 28 de mayo de 2012, mediante el cual remiten informe sobre su participación en la Misión de Observación Electoral relativa a las Elecciones Ordinarias Generales de República Dominicana, celebradas el 20 de mayo en curso; a dicho informe adjuntan documentación relacionada y solicitan cursar los agradecimientos correspondientes por las atenciones brindadas.
Se dispone: Tener por rendido el informe. Proceda la Secretaría de este Tribunal a cursar el agradecimiento respectivo. Pase el material que aportan al Centro de Documentación del IFED.ACUERDO FIRME.
Reingresa al salón de sesiones el señor Magistrado Esquivel Faerron.
ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.
A) Renuncia por pensión del funcionario Reinaldo Aguilar Mora. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-2272-2012 del 22 de mayo de 2012, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 24 de mayo de 2012, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, me permito elevar a consideración la nota recibida el pasado 21 de mayo en este despacho, que suscribe el señor Reinaldo Aguilar Mora, quien posee una plaza en propiedad de Asistente Administrativo 1 en la Sección de Padrón Electoral, mediante la cual presenta la renuncia a su cargo para acogerse al beneficio de pensión por el régimen general de pensiones Ley Marco (Ley No. 7302 del 15 de julio de 1992).
El señor Aguilar Mora labora para este organismo electoral desde el 4 de mayo de 1992 y desea que su cese de funciones sea efectivo a partir del 1° de julio de 2012, motivado para ello en la resolución DNP-OA-683-2012 que emitió la Dirección Nacional de Pensiones a las catore (sic) horas del 22 de marzo de 2012.
Solicita asimismo el pago tanto de las prestaciones legales que pudieran corresponderle de acuerdo con la legislación laboral vigente, como de las vacaciones que no haya disfrutado a la fecha de su retiro.".
Se dispone: Tener por presentada la renuncia del señor Aguilar Mora a partir del 1° de julio de 2012, a quien se agradece por los eficientes y leales servicios prestados durante tantos años a estos organismos electorales, deseándole el mayor de los éxitos en su nueva etapa de vida. Procedan con lo de sus respectivos cargos la Contaduría y el Departamento Legal. ACUERDO FIRME.
B) Ascensos en propiedad en la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos. Del señor Alejandro Bermúdez Mora, Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones, se conoce oficio n.° STSE-1572-2012 del 25 de mayo de 2012, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Visto el oficio n.º RH-2270-2012 del 22 de mayo de 2012, suscrito por el señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, me permito elevar a su estimable consideración, para lo que a bien se sirvan disponer, la solicitud de los señores Gerardo Abarca Guzmán y Marta Castillo Víquez, Director General a.i. del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos y Jefa del Departamento de Registro de Partidos Políticos respectivamente, quienes gestionan el ascenso en propiedad de las funcionarias que se anotan en el siguiente cuadro, en el cual, se podrá apreciar el puesto que poseen en propiedad, al que se proponen y el resultado de sus calificaciones de servicios en los últimos cinco años:


NOMBRE Y FECHA DE INGRESO AL TSE

CLASE EN
PROPIEDAD

CLASE A LA QUE
SE LE PROPONE

CLASES INTERMEDIAS

CALIFICACIONES ULTIMOS 5 AÑOS

Carmen Zumbado Guerrero,
16-02-1979

Profesional Ejecutor 3

Profesional en Gestión 2, puesto número 98737

1

E – E – E – E – E

Ana Grace Loaiza Guerrero,
01-02-2009

Profesional Asistente 2

Profesional Ejecutor 3, puesto número 45470

2

E – E – E

Gladys Noguera Paz,
03-10-2005

Profesional Asistente 1

Profesional Ejecutor 3, puesto número 353743

3

E – E – E – E - E

Kattia Segura Villegas,
16-10-1992

Asistente Funcional 3

Profesional Asistente 2, puesto número 353747

3

E – E – E – MB – MB

Las cuatro candidatas cumplen el requisito académico de la clase a la que se proponen; sin embargo, ninguna de ellas se encuentra en línea directa de ascenso, ya que entre la clase a la que pertenecen sus plazas en propiedad y aquella a la que se les propone, se encuentra de por medio la cantidad de clases que se anota en la cuarta columna del cuadro que antecede. Según lo anterior, los movimientos pretendidos podrían concretarse únicamente si el Tribunal tiene a bien aplicar el artículo 36 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios.
El suscrito no tiene objeción alguna para que se realicen dichos ascensos, antes bien los prohíja, por lo que de aprobarse se ubicarían a las servidoras Carmen Zumbado Guerrero en la plaza 98737 de Profesional en Gestión 2 en el Departamento de Registro de Partidos Políticos, a Ana Grace Loaiza Guerrero y Gladys Noguera Paz en las plazas 45470 y 353743 de Profesional Ejecutor 3 de la Dirección General del Registro Electoral y a la funcionaria Kattia Segura Villegas en la plaza 353747 de Profesional Asistente 2 también de la citada Dirección, todas a partir del 1° de junio de 2012.".
Se dispone: Aprobar los ascensos en propiedad conforme se proponen. ACUERDO FIRME.
C) Renuncia por pensión del funcionario Gerardo Rodríguez Mora. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-2303-2012 del 25 de mayo de 2012, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 28 de mayo de 2012, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración la nota recibida el pasado 24 de mayo en este despacho que suscribe el señor Gerardo Rodríguez Mora, quien posee una plaza en propiedad de Oficial de Seguridad y Vigilancia –Auxiliar Operativo 2– en la Oficina de Seguridad Integral, mediante la cual presenta la renuncia a su cargo para acogerse al beneficio de pensión por vejez.
El señor Rodríguez Mora labora para este organismo electoral desde el 2 de mayo de 1991 y desea que su cese de funciones sea efectivo a partir del 1° de junio de 2012, motivado para ello en la aprobación de la solicitud número 103840365-2012 que emitió la Caja Costarricense de Seguro Social el pasado 4 de mayo.".
Se dispone: Tener por presentada la renuncia del señor Rodríguez Mora a partir del 1° de junio de 2012, a quien se agradece por los eficientes y leales servicios prestados durante tantos años a estos organismos electorales, deseándole el mayor de los éxitos en su nueva etapa de vida. Procedan con lo de sus respectivos cargos la Contaduría y el Departamento Legal. ACUERDO FIRME.
D) Prórrogas y nombramientos interinos en distintas unidades administrativas. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-2299-2012 del 25 de mayo de 2012, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 28 de mayo de 2012, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para los efectos consiguientes, me permito someter a consideración del Tribunal Supremo de Elecciones las eventuales prórrogas de nombramientos interinos que están próximos a vencer, así como los oficios que han remitido a este despacho cinco jefaturas de la institución con los cuales solicitan que se nombren funcionarios interinos para llenar plazas que por diferentes motivos se encuentran temporalmente vacantes. El detalle es el siguiente:


OFICINA / DEPARTAMENTO

NÚMERO Y CLASE
DEL PUESTO

CONDICIÓN DE LA PLAZA

CANDIDATO Y PERIODO DEL NOMBRAMIENTO

PRÓRROGAS DE NOMBRAMIENTOS

1.-  Oficina Regional de Limón

46093,
Asistente Administrativo 2

Plaza de cargos fijos que se encuentra vacante.

Jishar Fabián Rojas Anderson,
1°-JUN y por el plazo de 6 meses prorrogables según artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del puesto, lo que ocurra primero.  El candidato labora actualmente en esta misma plaza y lo que se solicita es prorrogar su nombramiento por un nuevo período.

2.-  Oficina Regional de Cartago

90226,
Asistente Administrativo 2

Plaza de cargos fijos que se encuentra vacante.

Manrique Gerardo Sáenz Apestegui,
1°-JUN y por el plazo de 6 meses prorrogables según artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del puesto, lo que ocurra primero.  El candidato labora actualmente en esta misma plaza y lo que se solicita es prorrogar su nombramiento por un nuevo período.

3.-  Departamento Civil

72872,
Asistente Administrativo 1

Plaza de cargos fijos que quedaría vacante en virtud del movimiento anterior.

Ana Lucía Andrade Vargas,
1°-JUN y por el plazo de 6 meses prorrogables según artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que regrese el titular del puesto a ocuparlo, lo que ocurra primero.  La candidata labora actualmente en esta misma plaza y lo que se solicita es prorrogar su nombramiento por un nuevo período.

4.-  Sección de Inscripciones

45797,
Asistente Funcional 2

Plaza de cargos fijos que se encuentra vacante.

Gabriela Hernández Moreno,
1°-JUN y por el plazo de 6 meses prorrogables según artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del puesto, lo que ocurra primero.  La candidata labora actualmente en esta misma plaza y lo que se solicita es prorrogar su nombramiento por un nuevo período.

5.-  Sección de Servicios Generales

45484,
Asistente Administrativo 2

Plaza de cargos fijos que se encuentra vacante.

Kimin Allan Román Chan,
1°-JUN y por el plazo de 6 meses prorrogables según artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del puesto, lo que ocurra primero.  El candidato labora actualmente en esta misma plaza y lo que se solicita es prorrogar su nombramiento por un nuevo período.

NUEVOS NOMBRAMIENTOS

6.-  Departamento de Registro de Partidos Políticos

 

353530,
Técnico Funcional 2

Plaza de Servicios Especiales.

Ana Leticia Quesada Marín,
1°-JUN al 31-DIC de 2012.  La candidata labora en propiedad en un puesto de Asistente Administrativo 1 en la Sección de Archivo por lo que existen cinco clases de por medio para llegar al Técnico Funcional 2.

7.-  Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos

361396,
Técnico Funcional 2

Plaza de cargos fijos que se encuentra vacante.

María Quirós Naranjo,
1°-JUN y por el plazo de 6 meses prorrogables según artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del puesto, lo que ocurra primero.  La candidata labora en propiedad en un puesto de Asistente Administrativo 1 en la Sección de Opciones y Naturalizaciones, por lo que existen cinco clases de por medio para llegar al Técnico Funcional 2.

8.-  Sección de Actos Jurídicos

45662,
Técnico Funcional 2

Plaza de cargos fijos que quedará vacante en virtud de la renuncia por pensión de su actual ocupante.

Milagro Méndez Molina,
1°-JUN y por el plazo de 6 meses prorrogables según artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del puesto, lo que ocurra primero.  La candidata que se propone labora actualmente en un puesto de Asistente Funcional 2 en esa misma sección, por lo que existen dos clases de por medio para llegar al Técnico Funcional 2.

9.-  Sección de Actos Jurídicos

46150,
Asistente Administrativo 1

Plaza de cargos fijos que se encuentra temporalmente vacante por el ascenso interino de su titular, producto de una cadena de movimientos iniciada con una plaza de Servicios Especiales.

Rose Mary Ramírez Ugalde,
1°-JUN al 31-DIC de 2012 o hasta que regrese la titular del puesto a ocuparlo, lo que ocurra primero.  La candidata que se propone labora en propiedad en un puesto de Auxiliar Operativo 2 en la Oficina de Seguridad Integral.

10.-  Seguridad Integral

45958,
Auxiliar Operativo 2

Plaza de cargos fijos que quedaría vacante en virtud del movimiento anterior.

Andrés Carmona Badilla,
1°-JUN al 31-DIC de 2012 o hasta que regrese la titular del puesto a ocuparlo, lo que ocurra primero.  El candidato que se propone labora interinamente para la institución en un puesto idéntico con un nombramiento próximo a vencer.

11.-  Seguridad Integral

Auxiliar Operativo 2

Plazas de cargos fijos que quedan temporalmente vacantes por vacaciones de los oficiales de seguridad.  El   número de puesto va a depender del plan de vacaciones aprobado.

Ana Rosa Hernández Araya,
1°-JUL al 31-DIC de 2012.  Se le nombra para que continúe efectuando sustituciones de los oficiales de seguridad que disfrutarán vacaciones en el segundo semestre del año según el plan previamente aprobado por el TSE para esos efectos, pues la persona dispuesta para ello fue nombrada en propiedad.  La candidata que se propone labora interinamente para la institución en un puesto idéntico pero con un nombramiento próximo a vencer.

12.-  Seguridad Integral

Auxiliar Operativo 2

Plazas de cargos fijos que quedan temporalmente vacantes por vacaciones de los oficiales de seguridad.  El   número de puesto va a depender del plan de vacaciones aprobado.

Mauricio Granados Badilla,
1°-JUL al 31-DIC de 2012.  Se le nombra para que continúe efectuando sustituciones de los oficiales de seguridad que disfrutarán vacaciones en el segundo semestre del año según el plan previamente aprobado por el TSE para esos efectos, pues la persona dispuesta para ello fue nombrada en propiedad.  El candidato que se propone labora interinamente para la institución en un puesto idéntico pero con un nombramiento próximo a vencer.

De los siete nuevos nombramientos que en esta oportunidad se solicitan, los primeros cuatro contemplan candidatas que ya cuentan con plaza en propiedad dentro de la institución, por lo que se trataría de ascensos interinos. Los otros tres son de oficiales de seguridad y se proponen a personas que forman parte del registro de elegibles vigente para ese tipo de puestos, siendo que incluso actualmente están laborando en forma interina pero con contratos próximos a vencer. Todos los candidatos para estos nuevos nombramientos han acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el Manual Descriptivo de Clases de Puestos para los cargos que interesa.
Si el Superior no tiene objeciones, las prórrogas y los nuevos nombramientos se podrían autorizar con fundamento en los artículos 9, 22, 34 y 36 del reglamento a nuestra Ley de Salarios, lo que se haría en los puestos, oficinas y por los períodos que se citan en el cuadro. En cuanto al nombramiento que se pretende en una plaza de Servicios Especiales en la línea 6 del cuadro, así como los que se originan por movimientos a cargos de esa misma naturaleza (líneas 9 y 10), se sugiere que se efectúen por el plazo de la vigencia presupuestaria de cada una de ellas, es decir, por el resto del año.  Puede apreciarse que, en los casos en que procede, las presentes solicitudes cuentan con el visto bueno de sus superiores jerárquicos.".

Se dispone: Aprobar las prórrogas y los nombramientos interinos que se proponen, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 9, 22, 34 y 36 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, con la

aclaración según la cual las eventuales prórrogas deben ser expresamente acordadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.
E) Trámites de la Comisión de Dedicación Exclusiva. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° CDE-034-2012 del 25 de mayo de 2012, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 28 de mayo de 2012, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En sesión número 05-2012 celebrada el pasado 22 de mayo, esta Comisión conoció las solicitudes que presentaron varios funcionarios de la institución para ser incorporados al Régimen de Dedicación Exclusiva o bien para que se ajuste el beneficio que por ese concepto perciben. Todos ellos estiman cumplir con los requisitos y reunir las condiciones establecidas para lo que solicitan, siendo que con tal propósito aportan los documentos necesarios a fin de demostrarlo.
Realizados los estudios que corresponden, considera esta Comisión que en efecto la solicitud de incorporación de las funcionarias Laura Vanessa Quesada Ramírez y Xinia García Herra, así como la solicitudes de ajuste de la señora Andrea Quesada Masis (sic) y el señor Fernando Mora Ureña, son procedentes pues se trata de colaboradores que han sido ascendidos o nombrados en cargos de nivel profesional, para los cuales se requieren los grados académicos de bachillerato o licenciatura, condición que todos poseen en diferentes disciplinas.
De acuerdo con lo anterior y con fundamento en el artículo sexto del Reglamento para el Régimen de Dedicación Exclusiva, se elevan a conocimiento del Superior los expedientes que seguidamente se detallan y que se recomiendan aprobar en virtud de las razones dadas.


EXPEDIENTE

NOMBRE Y CARGO

SOLICITA

COMPLEMENTO

RIGE

186

Andrea Quesada Masís
–Profesional Asistente 1–

Ajuste

65%

 20 enero al 17 de febrero - 2012

193

Fernando Mora Ureña
- Profesional en Gestión 3 -

Ajuste

65%

23 de abril - 2012

327

Laura Vanessa Quesada Ramírez
- Profesional en Gestión 3 -

Incorporación

65%

Firma de contrato

328

Xinia García Herra
- Profesional Asistente 1 -

Incorporación

20%

Firma de contrato

De confirmar el Tribunal Supremo de Elecciones lo resuelto por la Comisión, a cada funcionario se le otorgaría el porcentaje anotado en el cuadro anterior como incentivo o complemento salarial por concepto de dedicación exclusiva. Asimismo, de acuerdo con pronunciamiento vertido por el Departamento Legal, conocido en el artículo primero de la sesión número 05-2011, en los casos de incorporación dicho complemento regiría a partir de la suscripción del contrato correspondiente por parte de los funcionarios y del Director Ejecutivo.  Se adjunta también copia del acta de la citada sesión 05-2012.".
Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.
A) Invitación para celebrar el aniversario del Grupo Alcohólicos Anónimos. De los señores Rodrigo Abarca Céspedes y Carlos Ardón Robert, Secretario y Tesorero, respectivamente, del Grupo Alcohólicos Anónimos Fe, Esperanza y Sobriedad del Tribunal Supremo de Elecciones, se conoce memorial del 24 (sic) de mayo de 2012, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 23 de mayo de 2012, mediante el cual literalmente manifiestan:
"El Grupo institucional de A.A. Fe, Esperanza y Sobriedad estará celebrando su trigésimo primer aniversario el siete de agosto próximo; es por esto que, el nueve de agosto estaremos realizando una actividad a partir de las dos de la tarde en el aula multiuso. Dicho evento comprende una charla sobre lo compleja que es la problemática del alcoholismo, por lo que hacemos extensiva a ustedes la invitación. Posterior a la exposición estaremos compartiendo un refrigerio. Agradecemos de antemano su presencia.".
Se dispone: Agradecer la gentil invitación cursada y felicitar al grupo Fe, Esperanza y Sobriedad por su trigésimo primer aniversario. Para atender esa invitación se designa al señor Javier Matamoros Guevara, Encargado de Protocolo de este Tribunal. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS DE ORGANIZACIONES GREMIALES DEL TRIBUNAL.
A) Observaciones sobre el informe de las labores de pintura en la Regional de Pérez Zeledón. De la señora Ilenia Ortiz Ceciliano y Carlos Murillo Alvarado, Secretaria General y Secretario General Adjunto, respectivamente, de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC), se conoce oficio n.° UNEC-30-2012 del 24 de mayo de 2012, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiestan:
"Recién conoció esta organización el informe suscrito por el Lic. Róger Pérez Godínez, Profesional del área de Prevención y Salud Laboral, (PRESAL), del 20 de marzo pasado, en razón de las labores de pintura realizadas en la Regional de Pérez Zeledón en el mes indicado, en dicho informe el profesional de cita en su conclusión señaló:
La actual situación en las instalaciones de la Oficina Regional presenta condiciones de riesgo para la salud de los funcionarios y del público en general que necesita de los servicios que brinda la institución”. (el (sic) resaltado no es del original).
Lo anterior está en concordancia con lo indicado por el Art 197.  Del (sic) Código de Trabajo, el cual indica:
“Se denomina enfermedad del trabajo a todo estado patológico, que resulte de la acción continuada de una causa, que tiene su origen o motivo en el propio trabajo o en el medio y condiciones en que el trabajador labora, y debe establecerse que éstos han sido la causa de la enfermedad”
Como se desprende tanto del informe  así como del artículo mencionado, las condiciones del medio ambiente de la oficina indicada fue total y absolutamente alterada, al encontrarse contaminada del fuerte olor a pintura, situación que alteró notablemente el desarrollo normal de la misma afectando tanto a los funcionarios como a los usuarios, motivo por el cual debido a la situación que en ese momento se daba en la oficina era  necesario el cierre de la misma hasta tanto se mantuviera la situación. 
La recomendación le fue comunicada a la Jefatura de la Regional, no obstante, no fue acatada, más aún cuando la citada jefatura consultó a la Dirección General del Registro Civil y no encontró respaldo en lo indicado por el Profesional en Salud Ocupacional, limitándose la actuación a medidas remediales como las que se mencionan en el informe señalado, y  que permitieran continuar con las labores propias de la oficina, sin embargo, al tratarse de la salud de los trabajadores y de los usuarios, debieran respetarse las indicaciones de los profesionales en el campo de la Salud Ocupacional, esto en apego a la normativa existente, como la que se indica a continuación (sic)
Constitución Política:
ART 66.Todo patrono debe adoptar en sus empresas las medidas necesarias para la higiene y seguridad del trabajo.
Reglamento General de Seguridad e Higiene del Trabajo
CAPITULO II

De las Obligaciones de los Patronos

ARTICULO 3º: Todo patrono o su representante, intermediario o contratista, debe adoptar y poner en práctica en los centros de trabajo, por su exclusiva cuenta, medidas de seguridad e higiene adecuadas para proteger la vida, la salud, la integridad corporal y moral de los trabajadores, especialmente en lo relativo a:
a) Edificaciones, instalaciones y condiciones ambientales,
Reglamento Oficinas de Salud Ocupacional
Artículo 3º—Siendo el patrono el principal responsable de la salud ocupacional dentro de la empresa, la Oficina o Departamento dependerá del nivel gerencial.  En las entidades del sector público dependerá de la más alta línea jerárquica.
Artículo 7º—Las funciones de la Oficina o Departamento de Salud Ocupacional deberán lograr un ambiente seguro y saludable con el fin de prevenir accidentes y enfermedades laborales.
e) Asesorar técnicamente a la gerencia y niveles superiores de administración de la empresa en el campo de la Salud Ocupacional.
En el caso en mención las recomendaciones externadas por la Oficina de Salud Ocupacional no fueron acatadas o bien, se toman a medias, como sucedió, cuando a pesar de que el Profesional en esta área indicó lo que se debía hacerse de inmediato en razón de los acontecimientos que si (sic) se estaban dando en la Regional de Pérez Zeledón, el cual como ya presentaba riesgos para la salud tanto de los usuarios como de los funcionarios. Sus recomendaciones, no fueron atendidas en el tiempo y la forma más adecuada de tal manera que minimizara el riesgo a la que estas personas estaban expuestas.  Por lo que el cierre de la Oficina Regional de Pérez Zeledón se dio hasta que el Lic. Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se presentó a constatar la situación que se dio, cosa que consideramos irregular, ya que el Lic. Pérez Godínez, fue contratado por estos Organismos en razón de su conocimiento en el campo de la Salud Laboral, no obstante, pareciera que  fue suficiente su indicación, cuando éstas deben ser verificadas por las altas jefaturas institucionales como lo  es la Dirección Ejecutiva.
El cierre de la Oficina Regional, se ordenó 20 al 23 de marzo pasado, (4 días), sin embargo, éstos días que la oficina no prestó sus servicios le fueron rebajados de sus vacaciones a los funcionarios, situación que creemos va en contra de los derechos de los trabajadores a quienes ya que no se les puede imputar la responsabilidad que compete única y exclusivamente a la Administración, la cual debe ser previsora de situaciones como las aquí descritas, no es la primera vez que sucede, por cuanto en oficinas Centrales (Cedulas) como en Oficinas Regionales han sucedido situaciones similares, por lo que la decisión de la suspensión de labores en la Oficina de  Pérez Zeledón se debió a la variación sustancial que la Administración provocó, a los trabajadores, en cuanto al medio ambiente donde normalmente se despeñan y que afectaba en forma considerable su estado de salud.
Por lo anterior, les solicitamos se ordene la suspensión del acto que ordenó rebajar de las vacaciones a los funcionarios de oficina Regional de Pérez Zeledón.".
Se dispone: Para su estudio e informe, el cual deberá rendirse en el plazo de 10 días hábiles, pase este asunto al Departamento Legal. ACUERDO FIRME.
B) Permiso para atender asuntos sindicales. De la señora Ilenia Ortiz Ceciliano y del señor Carlos Murillo Alvarado, Secretaria General y Secretario General Adjunto, respectivamente, de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC), se conoce oficio n.° UNEC-31-2012 del 28 de mayo de 2012, recibido en la Secretaría General de este Tribunal ese mismo día, mediante el cual literalmente manifiestan:
"Con base en el artículo 61 del Reglamento Autónomo de Servicios, solicitamos autorización para que los suscritos y los compañeros Gerardo Zamora, Secretario de Finanzas y Juan Diego Quirós Delgado, Secretario de Conflictos, podamos atender asuntos sindicales el viernes 01 de junio del 2012, desde las 8:00 de la mañana hasta las 4:00 de la tarde.".
Se dispone: Conceder el permiso solicitado. Tome nota el Departamento de Recursos Humanos, así como las jefaturas inmediatas de los funcionarios indicados. ACUERDO FIRME.
C) Solicitud de la UNEC respecto de la sanción del funcionario Víctor Elías Rodríguez Fajardo. De la señora Ilenia Ortiz Ceciliano y Carlos Murillo Alvarado, Secretaria General y Secretario General Adjunto, respectivamente, de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC), se conoce oficio n.° UNEC-29-2012 del 23 de mayo de 2012, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual presentan informe relativo a la amonestación aplicada por la Coordinación de Servicios Regionales al funcionario Víctor Elías Rodríguez Fajardo y con fundamento en una serie de consideraciones, literalmente solicitan:
"Por lo anterior, solicitamos se deje sin efecto la amonestación impuesta por la Licda. Andrea Quesada Masís, en calidad de Jefa a.i., al Lic. Víctor Elías Rodríguez Fajardo, Jefe de la Oficina Regional de Nicoya, al mismo tiempo excluir dicha amonestación del prontuario del funcionario de cita. Igualmente, solicitamos se giren las instrucciones correspondientes para que actos como los descritos no se repitan para que las jefaturas antes de emitir una sanción se respete el debido proceso en apego a la Ley General de la Administración Pública y al Principio de legalidad (sic) que rigen a todo funcionario público.".
Se dispone: 1.- Incluir al orden del día. 2.- Para su debida atención, pase a la Dirección General del Registro Civil a fin de que resuelva lo que en Derecho corresponda. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO SEXTO. ASUNTOS EXTERNOS.
A) Solicitud de reincorporación del Partido Alianza Mayor. Del señor José Miguel Abarca Solano, quien manifiesta ser Presidente del Comité Ejecutivo del Partido Alianza Mayor, se conoce oficio n.° PAM 02-2012 del 15 de mayo del 2012, recibido -vía correo electrónico- en la Secretaría General de este Tribunal el 23 de mayo de 2012, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Reciba un cordial saludo de nuestra parte y en especial de este servidor. En nota DGRE-018-RPP-2011 de la de la (sic) Dirección del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos del 25 de enero de 2011, se hace de mi conocimiento la cancelación del Partido a escala Provincial por San José Partido Alianza Mayor el cual preside el suscrito. Basándose en el artículo 68 del Código Electoral se procede a

la CANCELACION del partido aduciendo la no presentación de candidatos para las Elecciones Municipales.
 Como es del conocimiento de las Autoridades del Tribunal Supremo de Elecciones, La (sic) Sala Constitucional en la Setencia (sic) No. 16592-2011 de las 15 y 30 horas del 30 de noviembre de 2011, declara inconstitucional las bases aplicadas para la cancelación de nuestro partido incluso modificando el articulo (sic) 68 del actual Código Electoral según se desprende de dicha sentencia. Siendo así, agradezco a su autoridad de la forma mas (sic) respetuosa nos brinde las indicaciones correspondientes para gestionar la reincorporación de nuestro partido de forma activa con el fin de dar inicio al proceso de asambleas requeridas para el próximo proceso electoral con miras a las elecciones del 2014. […]".
Se dispone: Para su debida atención en primera instancia, pase a la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos a fin de que resuelva lo que en Derecho corresponda. ACUERDO FIRME.
B) Conformación de la Junta Directiva del Colegio de Profesionales en Ciencias Económicas. Del señor Jhonatán Quirós Maroto, Director Ejecutivo del Colegio de Profesionales en Ciencias Económicas de Costa Rica, se conoce oficio n.° CPCE-DE-276-2012 del 27 de abril de 2012, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 24 de mayo de 2012, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Se hace de su estimable conocimiento que en la Asamblea General Extraordinaria 087-2012, celebrada el 20 de abril de 2012, donde se conoció el Informe Final del Procedimiento Administrativo de Responsabilidad Disciplinaria contra el M.Sc. Oscar Mena Redondo en su calidad de Presidente de este Colegio Profesional, se acordó aprobar las recomendaciones dadas por el Órgano Director, entre ellas, “Revocar el cargo de Presidente de la Junta Directiva al M.Sc. Oscar Mena Redondo…”
Debido a los alcances de los acuerdos de la Asamblea General Extraordinaria, la Junta Directiva quedó conformada de la siguiente manera:
Licda. Ivannia Chacón Fernández, Presidenta en Ejercicio (sic).
MBA Daniel Mora Mora, Vicepresidente en ejercicio.
Licda. Paola Chavarría Agüero, Tesorera.
MBA Jean Jeacques Oguilve Pérez, Secretario.
Licda. Ana Lorena Marín Vargas, Vocal 1.
M.Sc. Edgar Rodríguez Ramírez, Vocal 2.
Lic. Gerardo Gutiérrez Villafuerte, Suplente 1.".
Se dispone: Agradecer al señor Quirós Maroto la información suministrada y desear a los integrantes de la Junta Directiva del Colegio de Profesionales en Ciencias Económicas de Costa Rica éxito en sus delicadas funciones. ACUERDO FIRME.
C) Propuesta de convenio con el Ministerio de Economía, Industria y Comercio. De los señores Francisco Rodríguez Siles y Luis Guillermo Chinchilla Mora, Director Ejecutivo y Jefe a.i. del Departamento Legal, respectivamente, se conoce oficio n.° DL-187-2012 del 23 de mayo de 2012, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiestan:
"El Superior en la sesión ordinaria Nº 038-2012 celebrada el 8 de mayo del 2012, comunicado a través del oficio STSE-1343-2012, dispuso que en el plazo de diez días hábiles, el Departamento Legal y la Dirección Ejecutiva rindiéramos informe conjunto respecto a la propuesta planteada por la señora Rocío Barrientos Solano, Directora de Despacho del Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) a efecto de suscribir un convenio marco de cooperación interinstitucional entre el Ministerio de Economía, Industria y Comercio y el Tribunal para facilitar el acceso a la información de las Bases de Datos de la institución.
Sobre el particular, cabe señalar que por tratarse la propuesta de convenio de aspectos relacionados con el acceso a las bases de datos del Tribunal, se solicitó a través del oficio Nº DL-166-2012 del 10 de mayo en curso, información al señor Dennis Cascante Hernández, Director General de Estrategia Tecnológica sobre los protocolos de acceso que se deben implementar para lograr la interconexión deseada y exponérsela a la contraparte del MEIC (sic)
Debido a que a la fecha no contamos con la información requerida, solicitamos respetuosamente, se amplié el plazo en diez días hábiles más, con el propósito de rendir el informe solicitado.".
Se dispone: Aprobar conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
D) Entrega de documentos relativos a carta de compromiso con Gobierno Digital. De la señora Armenia Masís Soto, Directora General a.i. de Estrategia Tecnológica, se conoce oficio n.° DGET-122-2012 del 23 de mayo de 2012, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En relación con la “Carta de Compromiso” firmada entre la División de Gobierno Digital del Instituto Costarricense de Electricidad y el Tribunal Supremo de Elecciones tendiente a evaluar la factibilidad de implementar el Proyecto “Modernización del Sistema de Emisión de Documentos de Identidad y la Actualización del Padrón Nacional Electoral’, suscrita el 22 de marzo del 2012, me permito hacer de su estimable conocimiento que se procedió, en representación del Tribunal, con la entrega formal en fecha 21 de mayo 2012 de los documentos tal y como se detalla en la copia del "Acta de Entrega" que se adjunta.".
Se dispone: Tomar nota. Continúese informando oportunamente sobre el particular. ACUERDO FIRME.
E) Actas legislativas de la Comisión que investiga al Partido Movimiento Libertario. De la señora Ana Julia Araya Alfaro, Jefa de Área de la Comisión Especial de la Asamblea Legislativa que -dentro del expediente n.º 18.114- investigará y rendirá informe sobre el financiamiento del partido Movimiento Libertario durante las campañas presidencial, de diputados y municipales celebradas en el año 2010, se conoce memorial del 23 de mayo de 2012, recibido -vía correo electrónico- el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"La Comisión especial, expediente Nº 18.114 que investigará y rendirá informe sobre el financiamiento del Partido Movimiento Libertario durante las campañas presidencial, de diputados y municipales realizadas en el año 2010, acogió una solicitud planteada por la señora diputada Ruiz Delgado, para remitir al Tribunal Supremo de Elecciones, copia de las actas de las sesiones de esta Comisión.
Atendiendo la instrucción recibida, me permito  remitirle  copia de las actas números 31 y 32, para que usted haga uso de ellas,  según su leal saber y entender. […]".
Se dispone: Para lo de su cargo, proceda la Secretaría General de este Tribunal a trasladar la referida documentación a la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos. ACUERDO FIRME.
F) Consulta legislativa del proyecto de ley de "Modificación de los artículos 54 y 56 del Código Civil, para que se permita el cambio de nombre ante el Registro Civil por una única vez". De la señora Nery Agüero Montero, Jefa de la Comisión de Asuntos Jurídicos de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.º CJ-488-05-12 del 28 de mayo de 2012, recibido -vía fax- el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"La Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos acordó, por moción aprobada en la Sesión No. 1 de 23 de mayo de 2012, consultar el criterio de su representada respecto del proyecto (texto base) Expediente no. 18147 "MODIFICACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 54 Y 56 DEL CÓDIGO CIVIL, PARA QUE SE PERMITA EL CAMBIO DE NOMBRE ANTE EL REGISTRO CIVIL POR UNA ÚNICA VEZ", cuyo texto fue publicado en el Alcance No.47-A, a La Gaceta No.145 de 28 de julio de 2011.
Apreciaré evacuar la anterior consulta en el plazo de ocho días hábiles siguientes a la recepción de esta solicitud. El Reglamento de la Asamblea Legislativa establece, en el artículo 157, lo siguiente "Si transcurridos ocho días hábiles no se recibiere respuesta a la consulta, se tendrá por entendido que el organismo consultado no tiene objeción que hacer al proyecto". […]".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Para que se proponga conjuntamente el respectivo proyecto de respuesta -el cual habrá de rendirse a más tardar el 04 de junio de 2012- pase a los Departamentos Civil y Legal. Para su examen se fijan las 11:00 horas del 31 de mayo de 2012. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO SETIMO. ASUNTOS DE ORGANISMOS ELECTORALES INTERNACIONALES.
Sale del salón de sesiones el Magistrado Rodríguez Chaverri
A) Reunión de Alto Nivel sobre “Agenda y Mecanismos Comunes Regionales de Acción para la Promoción de la Participación Política de las Mujeres”. Se dispone: Toda vez que el ente organizador del evento Reunión de Alto Nivel sobre “Agenda y Mecanismos Comunes Regionales de Acción para la Promoción de la Participación Política de las Mujeres” informó que el regreso de la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría a Costa Rica, tendrá lugar el día 30 de mayo de 2012, y no el 31 de mayo de 2012 como se tenía previsto, modifíquese el acuerdo adoptado por este Tribunal en el artículo noveno de la sesión ordinaria n.° 040-2012, celebrada el quince de mayo de dos mil doce, a efecto de entender que el período del viaje de la Magistrada Zamora Chavarría será del 28 al 30 de mayo de 2012, y no como se consignó anteriormente. Asimismo, y como consecuencia de ello, modifíquese el período de sustitución del Lic. Rodríguez Chaverri, ajustándolo a las fechas establecidas en el presente acuerdo.
De conformidad con lo anterior y lo establecido por este Tribunal en el inciso h) del artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 87-2008, celebrada el 02 de octubre de 2008, en relación con el viaje en cuestión se detalla lo siguiente:


Nombre completo del funcionario (a)

Cargo que desempeña

País (es) a visitar

Período del viaje

Objetivos del viaje

Monto del adelanto de gastos de viaje y justificación

Gastos conexos y justificación

Eugenia María Zamora Chavarría

Magistrada Vicepresidenta

República de Honduras

28 al 30 de mayo de 2012

Participación en Reunión de Alto Nivel sobre “Agenda y Mecanismos Comunes Regionales de Acción para la Promoción de la Participación Política de las Mujeres”

Ninguno

Ninguno

ACUERDO FIRME.
Reingresa al salón de sesiones el Magistrado Rodríguez Chaverri.
B) Participación del Magistrado Sobrado González en la primera misión de acompañamiento al Tribunal Supremo Electoral de Honduras. Del señor José Thompson, Director del Centro de Asesoría y Promoción Electoral del Instituto Interamericano de Derechos Humanos, se conoce oficio n.° CA 077-2012 del 28 de mayo de 2012, recibido en la Secretaría General de este Tribunal ese mismo día, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Es un gusto tomar contacto con usted para, en primer término, saludarlo.
A la vez, en el espíritu de la cooperación horizontal que el Tribunal Supremo de Elecciones de Costa Rica ha comprendido y practicado con generosidad y eficacia, en beneficio de sus colegas en América Latina, deseamos solicitarle su colaboración para que, en el marco de un acompañamiento al Tribunal Supremo Electoral de Honduras, pueda usted formar parte de la primera misión, programada para realizarse del 10 al 13 de junio de los corrientes. Las misiones tendrán lugar de cara al próximo proceso de elecciones internas que se llevará a cabo en Honduras en el mes de noviembre del año en curso.
En caso de que su respuesta sea afirmativa, el proyecto cubriría los gastos del viaje y estadía a lo largo de la misión, cuya coordinación estaría a cargo del Consultor Andrés Araya y contaría también con mi participación.
Agradeciendo de nuevo el apoyo del Tribunal a estas iniciativas, hago propicia la ocasión para hacerle llegar mis mejores saludos, con el ruego de hacerlos extensivos a sus colegas en el Tribunal.".
Sale del salón de sesiones el señor Magistrado Sobrado González.
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Autorizar la participación del señor Magistrado Sobrado González, conforme se solicita. Para sustituirlo, previo sorteo de rigor, se designa al Magistrado Ovelio Rodríguez Chaverri.
De conformidad con lo anterior y lo establecido por este Tribunal en el inciso h) del artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 87-2008, celebrada el 02 de octubre de 2008, en relación con el viaje en cuestión se detalla lo siguiente:


Nombre completo del funcionario (a)

Cargo que desempeña

País (es) a visitar

Período del viaje

Objetivos del viaje

Monto del adelanto de gastos de viaje y justificación

Gastos conexos y justificación

Luis Antonio Sobrado González

Magistrado Presidente

República de Honduras

10 al 13 de junio de 2012

Participación en misión de acompañamiento al Tribunal Supremo Electoral de Honduras.

Ninguno

Ninguno

ACUERDO FIRME.
Reingresa al salón de sesiones el señor Magistrado Sobrado González.
A las doce horas terminó la sesión.

 

 

Luis Antonio Sobrado González

 

 

Max Alberto Esquivel Faerron

 

 

Ovelio Rodríguez Chaverri