ACTA Nº 81-2013


Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del cinco de setiembre de dos mil trece, con asistencia del señor Magistrado Luis Antonio Sobrado González quien preside, las señoras Magistradas Eugenia María Zamora Chavarría y Marisol Castro Dobles, el señor Magistrado Fernando del Castillo Riggioni y la señora Magistrada Luz Retana Chinchilla.


ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DEL ACTA ANTERIOR.

Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.

ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.

A) Solicitud de encargos de la Jefatura de la Sección de Solicitudes Cedulares y del Oficial Mayor del Departamento Electoral y de recargo de funciones del Contralor Electoral. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1913-2013 del 2 de setiembre de 2013, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para los efectos consiguientes, remito a consideración del Tribunal Supremo de Elecciones los oficios SC-247-2013, DEL-1735-2013 y CE-229-2013 que en ese orden suscriben las jefaturas de la Sección de Solicitudes Cedulares, del Departamento Electoral y de la Contraloría Electoral, quienes  en virtud de las vacaciones que disfrutarán próximamente   solicitan el respectivo encargo o recargo de sus funciones de acuerdo con el siguiente detalle:

JEFATURA QUE SE AUSENTA

PERIODO

SOLICITUD DE

SUSTITUTO

Lic.   Ricardo Mc Donald Umaña,

Jefe de la Sección de Solicitudes   Cedulares

9 al 13 de setiembre

(5 días)

Encargo

Betzi Melissa Díaz Bermúdez,

Profesional Asistente 1 del Departamento Electoral

Licda. Ana Isabel Fernández Alvarado,

Oficial Mayor del Departamento Electoral

12 al 16 de setiembre

(3 días )

Encargo

Liseth Mora Soto,

Jefa de la Sección de Análisis

Lic. Javier Ignacio Vega Garrido,

Contralor Electoral

13 al 30 de setiembre

(12 días)

Recargo

Iván Mora Barahona,

Prosecretario General del TSE


Según puede apreciarse, las gestiones de encargo de funciones cuentan con la anuencia de la Dirección General del Registro Civil, mientras que la del recargo contempla tanto el visto bueno de la Secretaría General del Tribunal como el aval presupuestario de parte de la Dirección Ejecutiva y del Departamento de Contaduría.".

Se dispone: Aprobar los encargos y el recargo de funciones conforme se proponen. ACUERDO FIRME.

B) Estudio para reclasificación de puesto de la Dirección Ejecutiva. Del señor Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-1934-2013 del 2 de setiembre de 2013, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Según se expuso en su oportunidad al Superior, en  oficio DE-2158-2012, esta dirección tiene pendiente el reacomodo de algunas  funciones entre el personal y eventuales refuerzos para atender el incremento de trabajo derivado, entre otras circunstancias,  de varios  acuerdos del TSE, entre los que destacan la reforma a los incisos t. del artículo 5; c., d. y e. del artículo 55 del Reglamento a la  Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, relativos a la revisión de los resultados de los estudios de las reasignaciones, reclasificaciones y revaloraciones realizadas por el Departamento de Recursos Humanos y al dictado de las respectivas resoluciones. Asimismo, lo acordado en cuanto a que todas las gestiones que tengan por objeto la reorganización, transformación o creación de puestos de estos organismos electorales serán atendidas únicamente por la Dirección Ejecutiva, así como el impacto que ha ocasionado el crecimiento institucional de los últimos años.

Por su parte, en razón de las limitaciones presupuestarias que impiden el incremento de la planilla institucional, especialmente en el subprograma presupuestario 850-01, se trata de incluir la menor cantidad de nuevas plazas en los presupuestos institucionales. En tal sentido, se exploran otras alternativas de pronta solución a falta de recurso humano, que permita [sic] mitigar el exceso de trabajo que va en aumento, evitar el  engrosar la cantidad de plazas en este despacho de modo que se procure el máximo  aprovechamiento de las ya  existentes y se potencie el talento humano interno. Una de ellas, es la redistribución de tareas entre el personal con que se cuenta.

Sobre el particular con el fin  de mitigar el incremento de trabajo en esta dirección y a la vez ser consecuentes con lo señalado en el párrafo anterior, se procedió a realizar un análisis administrativo orientado para tal fin, siendo que revisados los puestos asignados y la naturaleza de las funciones que se llevan a cabo en esta dirección, primordialmente de gran complejidad, se ha estimado un mejor aprovechamiento del puesto número 97863 sin afectar la distribución de tareas existente, determinándose la viabilidad de modificar el puesto de oficinista 1, perteneciente a la clase Asistente Administrativo 1, a la de Asistente Funcional 1, puesto de Asistente en Servicios Administrativos 1, el cual está vacante dado que su titular ocupa interinamente otra de mayor jerarquía.

Cabe indicar, que en cumplimiento de lo dispuesto por el Tribunal Supremo de Elecciones, en sesión n.° 13-2013 del 29 de enero de 2013, en su artículo segundo, inciso b) esta dirección en oficio n.° DE-0688-2013 del 21 de marzo del presente año, solicitó al Departamento de Recursos Humanos emitir el informe técnico sobre el puesto que interesa, lo cual es atendido y hecho de conocimiento el 19 del pasado mes de agosto, mediante oficio n.° RH-1827-2013, el cual expone -en lo que interesa- lo siguiente:

“…actualmente, debido al reacomodo de algunas funciones entre el personal y eventuales refuerzos para atender el incremento de trabajo derivado entre otras circunstancias por varios acuerdos del TSE  según se indica en el oficio DE-0688-201(sic)   se le han asignado las funciones que se transcriben a continuación:

Siendo que a partir de enero de 2012 entró en vigencia el nuevo Manual Descriptivo de Clases de Puestos, surgiendo el Método Factores y Puntos como nueva herramienta para la valoración y clasificación de los diferentes puestos, resulta procedente en primera instancia señalar que dicho método tiene como propósito analizar los factores definidos y su valor relativo en las clases y puestos, basado para ello, entre otros aspectos, en la estructura organizacional, estructura ocupacional, procesos o programas tanto sustantivos como de apoyo y en las tareas del cargo, para lo cual se complementa con la aplicación de la herramienta técnica “Tabla de Factores”, cuyos componentes son los siguientes:

En cuanto a la ponderación de los factores, cada uno de ellos tiene asignado un puntaje total que oscila entre 150 y 200 puntos, según la importancia atribuida dentro de la valoración general, para un gran total  en la sumatoria de todos ellos  de 1.000 puntos.  El valor de cada factor está dividido en un determinado número de grados, cuyos puntos que lo conforman van en forma ascendente, siendo el último grado el que tendrá la máxima cantidad de puntos.

4.-  Análisis de tareas:

Según lo expuesto en los párrafos anteriores, resulta procedente analizar las nuevas tareas que se le asignan al puesto que nos ocupa en función de los factores dificultad, supervisión (ejercida y recibida), responsabilidad, condiciones de trabajo y consecuencia del error, tal y como se conceptualizan y se examinan seguidamente:

a)- Dificultad: las exigencias que presentan las actividades en cuanto a la naturaleza, tipo y frecuencia de los problemas que se deben atender y resolver, aplicando principios generales, conocimientos adquiridos académicamente o mediante la práctica y la experiencia.

En cuanto a este factor, en la actualidad el puesto que nos ocupa requiere del conocimiento de los siguientes procedimientos:  1.- Aprobación de solicitud de jornada extraordinaria (DE-AE-P-003-v.03), 2.- Elaboración de estudios e investigaciones administrativas (DE-AE-P-012-v.03),  y  3.- Autorización para el uso de las instalaciones del Tribunal para actividades especiales o extraordinarias (DE-AE-P-014-v.03).  A éstos [sic] se suman actividades de una naturaleza similar que requieran de su colaboración, como son por ejemplo la preparación de documentos, suministro de información, recolección de datos, jornada extraordinaria, gastos de viaje, ejecución presupuestaria, entre otras, las que le exigen además del conocimiento, la elección entre una o más alternativas de acción que le permitan llevar a cabo sus funciones en forma óptima.  Todo lo anterior justifica calificar el factor de dificultad con un total de 85 puntos.

b)- Supervisión: el grado de independencia con que son ejecutadas las labores (supervisión recibida) y la responsabilidad del funcionario/a por el trabajo de otros (supervisión ejercida).

Lo referente a este factor en el caso que nos ocupa permite determinar que la persona funcionaria es supervisada directamente por su superior inmediato en los procedimientos en los que participa, mientras que cuando colabora con otros profesionales debe hacerlo bajo la guía y orientación de éstos [sic].  No le corresponde ejercer supervisión sobre otras personas.  Así las cosas, en el factor de supervisión resulta procedente asignarle un total de 40 puntos.

c)- Responsabilidad:  este factor se refiere a la obligación que tiene el servidor de responder, ante los administrados y la administración, de [sic] los actos que realice en el ejercicio del puesto, actos para los cuales está debidamente autorizado y facultado.

En lo que se refiere a este aspecto, la responsabilidad de quien realice estas actividades radica en que debe dar asistencia en procedimientos propios del Área Ejecutiva que, sin embargo, no lo limitan, debido a que por la falta de recurso humano debe contribuir en el cumplimiento de otros trabajos cuyo aporte apoya al cumplimiento de distintos procedimientos, por lo que debe relacionarse con personas funcionarias tanto de la Dirección Ejecutiva como de otras unidades administrativas de la institución. Esta situación hace que el factor se valore con un puntaje de 45 puntos.

d)- Condiciones de Trabajo:  las condiciones físicas o ambientales bajo las que debe ejecutarse el trabajo, sobre las cuales el funcionario/a no puede ejercer control alguno y que podrían afectar su estado físico o mental o exponerlo, inevitablemente, a accidentes, enfermedades o peligros durante la ejecución de las tareas.

En cuanto a lo relacionado con este factor, tenemos que el ocupante del puesto ejecuta sus labores en adecuadas condiciones ambientales, su trabajo exige esfuerzo mental para coordinar ideas y prestar atención a varias actividades simultáneamente, tales como el mantenimiento de controles de documentación y seguimiento de trámites que atiende el Área Ejecutiva, además del apoyo que debe brindar a personal profesional en labores referentes a la gestión de jornada extraordinaria, gastos de viaje, reservas presupuestarias y reparación de bienes, entre otras, todo lo cual hace que el puntaje ascienda a 65 puntos.

e)- Consecuencia del Error: en este factor se valúa la posibilidad y oportunidad que ofrece el trabajo para cometer errores, ya sea por negligencia o por ser imprevisibles dentro del proceso laboral. Considérese si los mismos pueden ser detectados y corregidos sin problemas de trascendencia, o si por causa de ellos se producen atrasos en los procesos, confusión, daños o pérdidas materiales, de tiempo o económicos. Determínese si los errores pueden poner en peligro la integridad física de compañeros u otras personas.

Los posibles errores en que incurra el ocupante del puesto pueden ocasionar trastornos y demoras en las actividades de otras personas que forman parte de la ejecución de los procedimientos en los que participa, ubicándose así este factor en un total de 45 puntos.

5.-  Conclusión y recomendación:

De conformidad con lo que ha sido expuesto y según la valoración realizada a las tareas que constituyen el cargo, es criterio de este despacho que la ubicación actual del puesto 97863 como Oficinista 1 en la clase Asistente Administrativo 1, no refleja adecuadamente las labores y responsabilidades que se le han encomendado, debido a que realiza funciones asistenciales de mayor nivel que las que son propias de esa clasificación, entre las que se pueden citar colaborar en los controles de ejecución presupuestaria y en actividades relacionadas con trámites de jornada extraordinaria y de gastos de viaje, entre otras, las cuales demandan para su ejecución, según el mismo análisis antes realizado, que quien ocupe la plaza cuente con los requisitos de bachiller en Educación Media (estudios secundarios)  y un año y seis meses de experiencia en la ejecución de labores relacionadas con el puesto.  De acuerdo con la tabla de factores, en el caso del factor requisitos lo anterior se valora con 60 puntos, que sumados al puntaje obtenido en la valoración de las tareas logran determinar que el puesto pertenece a un cargo del Estrato Calificado con un total de 340 puntos, cifra que pertenece a la clase Asistente Funcional 1 y se ubica en la categoría 22.

Por consiguiente, tomando en consideración las funciones que tiene bajo su responsabilidad la plaza 97863, se estima procedente reclasificar sus factores de dificultad, supervisión, responsabilidad, condiciones de trabajo, consecuencia del error y requisitos según se indicó anteriormente, lo que necesariamente propicia que dicho puesto se reclasifique de Asistente Administrativo 1 (oficinista 1) a la clase Asistente Funcional 1 como Asistente en Servicios Administrativos 1 “ [sic].

En consecuencia, esta Dirección se permite recomendar al Superior lo siguiente.

Reclasificar el  puesto número 97863 de Asistente Administrativo 1 a la clase de Asistente funcional 1 puesto: Asistente en Servicios Administrativos 1-, lo que cuenta con el criterio técnico del Departamento de Recursos Humanos, siendo que se le daría contenido presupuestario con cargo al disponible de la coletilla 180 de la subpartida 00101 “Sueldos para cargos fijos” del subprograma 850-01, para lo cual la Secretaría del Tribunal y el Departamento de Recursos Humanos deberán preparar el proyecto de redacción de la resolución respectiva, para que la remitan a la Dirección General de Presupuesto Nacional a efecto de que a esta modificación se le de [sic] contenido económico, de manera que pueda regir a partir del 1 de octubre próximo.".

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DE ORGANIZACIONES GREMIALES DEL TRIBUNAL.

A) Informe sobre manejo y disposición institucional de desechos. De los señores Carlos Murillo Alvarado y Gerardo Orozco Herrera, Secretarios General Adjunto y de Actas de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC), respectivamente, se conoce oficio n.° UNEC-39-2013 del 16 de agosto de 2013, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 28 de agosto de 2013, mediante el cual se refieren al manejo de residuos tóxicos en la institución como los fluorescentes, cartuchos de tinta, toner, baterías de diversos equipos y desechos de los aires acondicionados y con fundamento en una serie de consideraciones, literalmente solicitan:

"1-Realizar un análisis físico químico del área interna de la bodega de almacenamiento para tubos fluorescentes desechados y similares, esto permitirá establecer si los niveles de mercurio en los materiales que se encuentran ahí depositados son o no permisibles. Deberá contratarse una empresa externa o podría ser realizado por universidades estatales dicha evaluación, solicitamos que una copia de dicho documento sea entregada  a la UNEC.

2-Realizar un análisis físico químico del área interna de todos los cuartos eléctricos en los tres edificios, Torre, Plataformas, Electoral, casa de máquinas Edificio Plataforma y  Edificio Torre para poder establecer que niveles de mercurio hay en dichas zonas. Deberá contratarse una empresa externa o podría ser realizado por universidades estatales dicha evaluación, solicitamos que una copia de dicho documento sea entregada a la U.N.EC.

3-Neutralizar todo el material que no tenga que ver con fluorescentes y similares, clasificarlo, para luego probarlo (en el caso de los balastros), donarlos, o proceder a su reciclaje. En el caso de los cobertores para cajón de vehículos institucionales deben ser neutralizados y luego limpiarlos para su venta posterior o donación.

4-Implementar [sic] protocolo de almacenamiento de fluorescentes de desecho [sic] convencionales,  compactos y   similares  a nivel institucional (para la Sede central, Edificios conexos, Oficinas conexas, Oficinas Regionales, Área de Almacenamiento de la Proveeduría, Área de Unidad de Construcciones, Bodega de Servicios Generales). Se presentaría propuesta de protocolos la cual deberá ser avalada por el Área de Salud Laboral, Comisión de Salud Ocupacional, Dirección Ejecutiva y refrendada por los señores Magistrados. Los protocolos serán de acatamiento obligatorio para todos los funcionarios de la institución y personal externo contratado.

5-Implementar protocolo de recolección de desechos cuando alguna lámpara ya sea convencional, compacta o similar se quiebra por algún motivo.

6- Los protocolos de manejo, recolección y almacenamiento de fluorescentes de desecho, convencionales, compactos y similares deberán ser conocidos en forma documental (escrita) por todo el personal de la Unidad de Mantenimiento, Encargado de bodega de Servicios Generales, Encargado de Almacén de la Proveeduría, la jefatura de la Sección de Servicios Generales, los encargados de las diferentes Áreas de Mantenimiento y Limpieza, la Sección de Arquitectura, la Dirección Ejecutiva; en donde cada persona firmará un recibido y se dejará copia del documento. A su vez los protocolos serán de conocimiento de las diferentes jefaturas de Sección y Encargados de las Oficinas Regionales en todo el país.

7- Deberán facilitarse los insumos necesarios (equipo de protección personal, recipientes para almacenamiento, bolsas, etc.) para realizar las correcciones requeridas en cuanto a almacenamiento, transporte y recolección de material de desecho.

8- Es necesario impartir una charla dirigida a todo el personal institucional para concientizarlo sobre el manejo, almacenamiento y disposición de los fluorescentes convencionales, compactos y similares; ya que lo anterior es importante para la salud humana y el medio ambiente, la charla contendría diapositivas y varios videos.  En razón de que todos o casi todos utilizamos fluorescentes en nuestros hogares es importante que sea de conocimiento de cada persona las precauciones que deben tomarse con la manipulación, almacenamiento, transporte y la disposición del producto.         

9-Es necesario que el Tribunal brinde las facilidades (de tiempo y equipo requerido) para elaborar las  diapositivas y conformar el material audiovisual.

10- Es necesario construir una rampa de acceso entre el espacio de la cancha y el Área de Servicios Inter-tos ya que esto facilita el traslado de fluorescentes en su empaque, material diverso solicitado a la Unidad de Publicaciones, Equipo de cómputo que va a ser transportado por personal de soporte del Área de informática en los vehículos institucionales, Material de apoyo y equipo diverso utilizado en Coordinadora de Regionales, etc. como puede deducirse son muchos los departamentos que utilizan este punto de acceso al edificio central lo que facilitaría grandemente las labores del personal institucional.

11- Es necesario instalar una videocámara en el área de la bodega de desechos para fluorescentes y similares con el propósito de poder controlar el orden en el almacenamiento adecuado de los desechos.

12- Es necesario instalar una videocámara en el área de trabajo del taller de mantenimiento para poder controlar el trasiego inadecuado de fluorescentes en dicha zona.

13- Se recomienda que el Área de Salud Ocupacional sea un departamento independiente adscrito a la Secretaria del T.S.E de conformidad como se estipula en la Ley.

14- Se recomienda mandar a reciclar unidades de aire acondicionado desechadas (ya superaron su vida útil)  que se encuentran ocupando espacio físico en el área de trabajo del taller de mantenimiento lo que reduce el espacio utilizable por el personal de manutención para realizar determinadas labores.".

Se dispone: Para su estudio e informe, el cual habrá de rendirse en el plazo de 15 días hábiles, pase a la Dirección Ejecutiva, excepto respecto del punto 13 transcrito supra, el cual pasará, para los mismos efectos y en el mismo plazo, al Departamento Legal. ACUERDO FIRME.

ARTICULO CUARTO. ASUNTOS DE ORGANISMOS ELECTORALES INTERNACIONALES.

A) Invitación a integrar la Misión de Observación en las Elecciones Nacionales de la República de Honduras.

Sale del salón de sesiones la señora Magistrada Retana Chinchilla. Del señor José Thompson, Director del Centro de Asesoría y Promoción Electoral (CAPEL), se conoce oficio n.° CA 067-2013 del 3 de setiembre de 2013, recibido del mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"El Tribunal Supremo Electoral de Honduras, en cumplimiento de los Estatutos de la Unión Interamericana de Organismos Electorales (UNIORES) y de la Asociación de Organismos Electorales de Centroamérica y del Caribe (Protocolo de Tikal) de los cuales el TSE forma parte como miembros [sic] activo, está organizando una Misión de Observación Técnica para presenciar las Elecciones Generales para elegir al Presidente y Designados (as) de la República, Diputados (as) al Congreso Nacional y Miembros de las Corporaciones Municipales, que se celebrarán el 24 de noviembre de 2013.

De acuerdo con solicitud del TSE de Honduras, el IIDH/CAPEL, en su condición de Secretaría Ejecutiva de la UNIORES y del Protocolo de Tikal va a organizar esta Misión de Observación en coordinación con el TSE. (oficio del TSE adjunto)

Para el TSE de Honduras sería un honor contar en esta Misión de Observación con dos delegados (as) del Organismo Electoral que usted representa. Debido a la importancia de este proceso electoral el TSE solicita una representación del más alto nivel de los Organismos Electorales: Magistrados (as) Propietarios (as) o Suplentes, Jefes (as) Nacionales, Consejeros (as) o Comisionados (as).

El TSE cubrirá todos los gastos relacionados: boletos aéreos, hospedaje, alimentación y transporte interno. La Misión estaría llegando a la ciudad de Tegucigalpa el próximo 21 de noviembre y permanecerá hasta el 25 de noviembre.

Considerando que la Misión de Observación es organizada por la Secretaría Ejecutiva, le solicitamos contactar a Sofía Vicenzi a la dirección electrónica svicenzi@iidh.ed.cr, para informar sobre la disponibilidad o interés de participar en la Misión.".

Se dispone: Agradecer al señor Thompson la invitación cursada. Para atenderla se designa a los Magistrados Casafont Odor y Retana Chinchilla.

De conformidad con lo establecido por este Tribunal en el inciso h) del artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 87-2008, celebrada el 02 de octubre de 2008, en relación con el viaje en cuestión se detalla lo siguiente:


Nombre completo del funcionario (a)

Cargo que desempeña

País (es) a visitar

Período del viaje

Objetivos del viaje

Monto del adelanto de gastos de viaje y justificación

Gastos conexos y justificación

Juan Antonio Casafont Odor

Magistrado Suplente

República de Honduras

21 al 25 de noviembre de 2013

Misión de observación técnica de las Elecciones Generales.

Ninguno

Ninguno

Luz Retana Chinchilla

Magistrada Suplente

República de Honduras

21 al 25 de noviembre de 2013

Misión de observación técnica de las Elecciones Generales.

Ninguno

Ninguno


ACUERDO FIRME.

Reingresa al salón de sesiones la señora Magistrada Retana Chinchilla.

ARTICULO QUINTO. ASUNTOS EXTERNOS.

A) Solicitud del señor Óscar Andrés López Sánchez, Presidente del Partido Accesibilidad sin Exclusión respecto de financiamiento partidario. Del señor Óscar López Arias, Presidente del Comité Ejecutivo del partido Accesibilidad Sin Exclusión, se conoce memorial del 2 de setiembre de 2013, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual, con fundamento en una serie de consideraciones, solicita no dar por agotada la investigación que realiza el Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos por supuestos malos manejos financieros de ese partido político.

Se dispone: Para su atención, pase a la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos. ACUERDO FIRME.

B) Invitación al II Seminario para Cónsules y Honoraris Acreditados en México, Centroamérica y el Caribe. Del señor Istvan Alfaro Solano, Director General de Servicio Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, se conoce oficio n.° DGSE-DC-267-2013 del 28 de agosto de 2013, recibido vía correo electrónico en la Secretaría General de este Tribunal el 30 de agosto de 2013, dirigido al señor Magistrado Presidente Sobrado González, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Tengo el agrado de saludarlo con el fin de someter a su estimable consideración la posibilidad de que esa distinguida Institución nos continúe acompañando en el proceso de capacitación a los funcionarios consulares iniciado el año anterior. Se trata de un II Seminario- Taller a realizarse en la Embajada de Costa Rica en México, en el cual participarán los Cónsules Generales de Costa Rica acreditados en México, Centroamérica y el Caribe, así como funcionarios de otras instituciones rectoras del área migratoria, comercial  turística.

La agenda de trabajo está pensada para los días 26 y 27 de setiembre de 2013, los cuales estaría dedicados a analizar la atención a [sic] temas de asistencia consular, trámites migratorios, asuntos humanitarios y el Voto en el Exterior. Para los fines respectivos, le adjunto la nota conceptual y la agenda tentativa.

En virtud de que en la experiencia del año pasado realizada en Washington D.C, el punto central fue la excelente capacitación brindada por la señora Paola Alvarado, encargada de Voto en el exterior y el ejercicio práctico simulando una mesa de votación, en esta oportunidad hemos previsto en la agenda toda una mañana para analizar el tema.

Por lo anterior, esta Dirección desea contar de nuevo con su importante apoyo a esta iniciativa, para lo cual le rogamos valorar la posibilidad de autorizar el viaje de uno o dos funcionarios de ese Tribunal, a la Ciudad de México, los días indicados. (…)".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Agradecer al señor Alfaro Solano la cordial invitación cursada. Para atenderla se designa a la señorita Paola Alvarado Quesada, encargada del Programa Voto en el Extranjero.

De conformidad con lo establecido por este Tribunal en el inciso h) del artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 87-2008, celebrada el 02 de octubre de 2008, en relación con el viaje en cuestión se detalla lo siguiente:

Nombre completo del funcionario (a)

Cargo que desempeña

País (es) a visitar

Período del viaje

Objetivos del viaje

Monto del adelanto de gastos de viaje y justificación

Gastos conexos y justificación

Paola Alvarado Quesada

Profesional Asistente 2 del Departamento de Programas Electorales

Estados Unidos de Mexicanos

26 y 27 de setiembre de 2013


II Seminario para Cónsules y Honoraris Acreditados en México, Centroamérica y el Caribe

Los que correspondan, según la normativa aplicable

Tiquete aéreo y viáticos


ACUERDO FIRME.

C) Proyecto de Ley; Reforma de la Ley de Promoción de la Igualdad Social de la Mujer. Ley N.° 7142, de 8 de marzo de 1990, para la protección de la igualdad salarial entre mujeres y hombres. Expediente N.° 18.752. De la señora Ana Julia Araya Alfaro, Jefa de Área del Departamento de Comisiones de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.° CPII-382 del 4 de setiembre de 2013, recibido vía correo electrónico el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Con instrucciones de la Presidenta de la Comisión Permanente Especial de la Mujer, procedo a comunicarles que en la sesión N.° 08, celebrada el día de ayer, se dispuso consultar el criterio de esta institución, sobre el texto base_del [sic] proyecto de Ley; Reforma de la Ley de Promoción de la Igualdad Social de la Mujer. Ley N.° 7142, de 8 de marzo de 1990, para la protección de la igualdad salarial entre mujeres y hombres, Expediente N.° 18.752, el cual le remito de forma adjunta.

Se le agradecerá evacuar la anterior consulta en el plazo de ocho días hábiles, de acuerdo con lo que establece el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, según el cual: “Si transcurridos ocho días hábiles no se recibiere respuesta a la consulta, se tendrá por entendido que el organismo consultado no tiene objeción que hacer al proyecto”.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Para que se proponga el respectivo proyecto de respuesta el cual habrá de rendirse a más tardar el 11 de setiembre de 2013 pase al Departamento Legal. Para su examen se fijan las 11:00 horas del 10 de setiembre de 2013. ACUERDO FIRME.

ARTICULO SEXTO. ASUNTOS DE LAS ELECCIONES PRESIDENCIALES Y LEGISLATIVAS 2014.

  1. Recordatorio de las fechas más relevantes para el mes de octubre, según el cronograma de las elecciones presidenciales y legislativas de 2014. Hágase del conocimiento de los Poderes de la República, de la Contraloría General de la República, de la Procuraduría General de la República, de la Defensoría de los Habitantes, de los partidos políticos, de las Direcciones Ejecutiva y Generales de los Registros Electoral y Civil, de la Oficina de Comunicación y de la Unidad de Prensa y Protocolo a estas últimas para su difusión en redes sociales y para el respectivo comunicado de prensa el siguiente recordatorio de las fechas más relevantes para el mes de octubre, según el cronograma de las elecciones presidenciales y legislativas aprobado por este Tribunal:

"OCTUBRE 2013

DÍA 1

A partir de esta fecha inicia el plazo para que quien ocupe la tesorería de los partidos políticos mande a publicar, en el mes de octubre de cada año, en un diario de circulación nacional, el estado auditado de sus finanzas, incluida la lista de sus contribuyentes o donantes, con indicación expresa del nombre, el número de cédula y el monto aportado por cada uno de ellos durante el año (artículo 135 del Código Electoral).

DÍA 2

Convocatoria a elecciones (artículo 147 del Código Electoral).

A partir de esta fecha inicia el período para presentar solicitudes de inscripción de candidaturas (artículo 148 del Código Electoral).

Último día para que el Poder Ejecutivo emita bonos por el monto que el Estado reconocerá a los partidos políticos para efectos del pago de sus gastos (artículos 96 de la Constitución Política y 108 del Código Electoral).

A partir de esta fecha y hasta el día de las elecciones, los informes sobre donaciones, contribuciones y aportes que el tesorero o la tesorera de los partidos políticos remita al TSE, deben ser mensuales (artículos 52, inciso n) y 132 del Código Electoral).

A partir de este día, los desfiles u otras actividades en vías públicas, plazas, parques u otros sitios públicos, aparte de los permisos de las autoridades correspondientes, deberán contar además con la autorización del TSE (artículo 137 del Código Electoral).

Último día para la recepción de gestiones que puedan modificar el padrón electoral (inclusión de nuevos electores, traslados de domicilio electoral y reincorporación de electores con cédula caduca antes del 2 de febrero de 2013) (artículo 81 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil).

A partir de esta fecha y hasta el propio día de las elecciones, los concesionarios y los permisionarios de transporte público remunerado de personas en la modalidad de autobuses con ruta asignada, deberán prestar el servicio como si fueran días ordinarios (artículo 163 del Código Electoral).

A partir de esta fecha y hasta cuarenta y cinco días naturales después de la elección, se computan los gastos generados por la participación de los partidos políticos en el proceso electoral, que éstos pueden justificar para obtener la contribución estatal. Este período se ampliará en caso de efectuarse una segunda ronda electoral para los partidos que en ella participen, hasta cuarenta y cinco días naturales después de realizada (artículo 92 inciso a) del Código Electoral).

DÍA 3

A partir de esta fecha y hasta el día de las elecciones, se prohíbe a las instituciones del Poder Ejecutivo, de la administración descentralizada y de las empresas del Estado, a las alcaldías y los concejos municipales difundir, mediante cualquier medio de comunicación, información publicitaria relativa a la obra realizada (artículo 142 del Código Electoral).

A partir de esta fecha inicia el período para que los institutos, universidades, cualquier ente público o privado y las empresas dedicadas a elaborar encuestas y sondeos de opinión de carácter político-electoral se registren ante el Tribunal Supremo de Elecciones (artículo 138 del Código Electoral).

DÍA 18

Último día para presentar solicitudes de inscripción de candidaturas (artículo 148 del Código Electoral).

DÍA 23

Último día para que los institutos, universidades, cualquier ente público o privado y las empresas dedicadas a elaborar encuestas y sondeos de opinión de carácter político-electoral, se registren ante el Tribunal Supremo de Elecciones (artículo 138 del Código Electoral).

DÍA 31

       Último día para que quien ocupe la tesorería de los partidos políticos mande a publicar en un diario de circulación nacional, un estado auditado de sus finanzas, incluida la lista de sus contribuyentes o donantes, con indicación expresa del nombre, el número de cédula y el monto aportado por cada uno de ellos durante el año (artículo 135 del Código Electoral).". ACUERDO FIRME.

A las doce horas terminó la sesión.




Luis Antonio Sobrado González





Eugenia María Zamora Chavarría





Marisol Castro Dobles





Fernando del Castillo Riggioni





Luz Retana Chinchilla