ACTA N.º 101-2014


Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas del dieciséis de setiembre de dos mil catorce, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González quien preside, Eugenia María Zamora Chavarría y Max Alberto Esquivel Faerron.


ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DEL ACTA ANTERIOR.

A) Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.

ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.

A) Nombramiento interino en la Coordinación de Servicios Regionales. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.º RH-2721-2014 del 10 de setiembre de 2014, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración el oficio número CSR-744-2014 del pasado 4 de setiembre que suscribe el  Lic. Rodolfo Villalobos Orozco, Coordinador de Servicios Regionales, con el que solicita que en la plaza número 366529 de servicios especiales, la cual corresponde a un oficinista 2 (Asistente Administrativo 2) y aún tiene contenido presupuestario por un mes más, se nombre a la señorita Noilyn Sánchez Ugarte, quien actualmente labora en un puesto idéntico en esa misma sección pero con un nombramiento que vence el próximo 15 de setiembre.

La señorita Sánchez Ugarte cumple los requisitos que establece el Manual Descriptivo de Clases de Puestos para la plaza que se cita y ha manifestado interés y disponibilidad para el nombramiento interino que se pretende.

Si el Tribunal no tiene objeciones, tal designación se podría autorizar con fundamento en el artículo 22 del reglamento a nuestra Ley de Salarios, lo que se haría por el mes comprendido entre el 16 de setiembre y el 15 de octubre entrante. Puede apreciarse que la solicitud cuenta con la anuencia de la Dirección General del Registro Civil.".

Se dispone: Nombrar conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

B) Nombramiento en propiedad en la Sección de Servicio al Cliente de Tecnologías de Información. Del señor Erick Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.º STSE-1708-2014 del 10 de setiembre de 2014, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Realizado el procedimiento respectivo, someto a su consideración la nómina de candidatos elegibles para proceder a nombrar a un funcionario en propiedad, en el puesto número 353711 de la clase Técnico Funcional 1, Técnico en Servicios Informáticos, vacante en la Sección de Servicio al Cliente de Tecnologías de Información.

NOMBRE

1.-

Marco Froilán Fonseca Matamoros

2.-

Roberto Quesada Vargas

3.-

Leslie Vargas Rímolo


Con fundamento en lo dispuesto en el Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil y los argumentos expuestos en los oficios n.º RH-2700-2014, suscrito por el señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos y n.º SCTI-075-2014, suscrito por la señora Ana Yancy Gutiérrez Francis, Jefa de la Sección de Servicio al Cliente de Tecnologías de Información, conforme a la recomendación de esta última, la cual como jefe administrativo de las oficinas de este Tribunal prohíjo en todos sus extremos, propongo nombrar en propiedad al señor Marco Froilán Fonseca Matamoros, a partir del 1.º de octubre de 2014.".

Se dispone: Nombrar conforme se propone. ACUERDO FIRME.

C) Informe sobre la renuncia de la funcionaria Erika Solis Acosta. De los señores Luis Guillermo Chinchilla Mora y Ricardo Carías Mora, Jefe a. i. del Departamento Legal y Jefe del Departamento de Recursos Humanos, respectivamente, se conoce oficio n.º DL-382-2014 del 12 de setiembre de 2014, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiestan:

"En atención a lo dispuesto por el Tribunal Supremo de Elecciones en sesión 99-2014 celebrada el pasado 9 de setiembre, oficio número STSE-1695-2014 de igual fecha, respecto a la renuncia presentada por la funcionaria Erika Solís Acosta según oficio RH-2564-2014 del 1° de setiembre de 2014, los suscritos nos permitimos informar lo siguiente:

a.        Antecedentes.

1.- El Tribunal Supremo de Elecciones y el Ministerio de Hacienda suscribieron el 29 de agosto de 2013 el Convenio Interinstitucional para el cumplimiento de obligaciones y responsabilidades derivadas de Contrato de Capacitación para la funcionaria Erika Solís Acosta, siendo que como producto de ello el Tribunal se comprometió a mantener a favor de dicha colaboradora las obligaciones y facilidades derivadas de la beca que le fue concedida en el Contrato de Capacitación n°. 28-2012 de ese ministerio, con el propósito de estudiar el Programa de Maestría en Gestión de Compras Públicas durante el período comprendido entre el 10 de julio de 2012 y el 30 de junio de 2014.  El convenio interinstitucional tendría una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2013, con posibilidad de extenderlo automáticamente si el nombramiento de la señora Solís Acosta fuera prorrogado, en cuyo caso se mantendría vigente hasta que dicha funcionaria concluyera el programa de capacitación, o bien, cesara sus funciones con el Tribunal.

2.- Con base en este convenio, la funcionaria Solís Acosta se comprometía a observar una intachable conducta moral, dentro y fuera del lugar en donde se imparte la Maestría, a pagarle al Estado todos los daños y perjuicios sobrevenidos por su culpa en caso de no cumplir los términos del contrato o diera motivo a su rescisión, a cumplir los deberes establecidos en el numeral 31 del Reglamento para la adjudicación de becas o facilidades a servidores del Ministerio de Hacienda, a dedicar su capacidad intelectual y física al estudio y dominio de la materia y a impartir los conocimientos adquiridos mediante capacitación teórica o práctica a otros servidores públicos, así como a suministrar cualquier información o desempeñar cualquier cometido, compatible con su calidad de estudiante y sus actividades profesionales, entre otros (cláusula sexta: términos del contrato).

3.- Con posterioridad a la suscripción del convenio entre el Ministerio de Hacienda y el Tribunal, la señora Solís Acosta solicitó que se le prorrogara el Contrato de Capacitación n° 28-2012 sobre el cual se basa dicho convenio, de tal manera que se extendieran los beneficios hasta el 31 de diciembre de 2014.  El Tribunal acordó aprobar dicha petición y por ello se suscribió, el 27 de junio de 2014, el addendum n° 1 al referido contrato de capacitación.

4.- En fecha 4 de setiembre de 2014, la funcionaria Solís Acosta aportó copia del memorial del 27 de agosto de 2014 suscrito por el señor Fremi Mejía Canelo, Coordinador del Área de Gestión de Políticas y Negociaciones Internacionales del Instituto Centroamericano de Administración Pública (ICAP), en el que se indica que ella es egresada del Programa de Maestría en Gestión de Compras Públicas y que concluyó el pensum [sic] del programa tras haber realizado la defensa pública de su tesis el 22 de agosto de este año, todo como requisito para obtener el título de Magister Scientae en Gestión de Compras Públicas que le será entregado el próximo mes de diciembre.

5.- Mediante correo electrónico del pasado martes 9 de setiembre, la señora Solís Acosta remitió en formato digital la resolución número 0775-2014 de las 8:56 horas del 11 de agosto de 2014 del Despacho del Ministro, que dispone acoger la solicitud de la funcionaria para revocar parcialmente el permiso sin goce de salario otorgado mediante resolución 0935-2013 y se pueda reincorporar, a partir del 1° de octubre de 2014, a sus funciones en la Dirección de Normas y Procedimientos de la Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa de ese ministerio.

b.        Análisis conjunto.

El objeto del presente informe es analizar lo referente a las obligaciones contraídas por la funcionaria Erika Solís Acosta con nuestra institución, en función de las facilidades de capacitación que se le brindaron.

Con base en los antecedentes expuestos, se tiene que ya ella ha finalizado el programa de Maestría en Gestión de Compras Públicas, tras haber realizado la defensa pública de la tesis el 22 de agosto como requisito para obtener el título de Magister Scientae en Gestión de Compras Públicas, con lo cual da por finalizado el beneficio otorgado inicialmente por el Ministerio de Hacienda y posteriormente por el Tribunal.

A partir de la finalización de la maestría, la colaboradora Solís Acosta se comprometió a impartir los conocimientos adquiridos mediante capacitación teórica o práctica a otros servidores públicos, así como a suministrar cualquier información o a desempeñar cualquier cometido que resulte compatible con su calidad de estudiante y sus actividades profesionales (cláusula sexta: términos del contrato, del Convenio entre el Ministerio de Hacienda y el Tribunal).

De acuerdo con lo anterior, a nuestro parecer, lo que aún falta por cumplir como parte de las obligaciones contraídas por la funcionaria Solís Acosta en virtud de la beca concedida, es lo relacionado con impartir a otros funcionarios sus conocimientos  Sin embargo, debido a la presentación de su renuncia ante el Tribunal con rige a partir del 1° de octubre entrante, habría que entender que esta obligación la hará efectiva una vez que regrese al Ministerio de Hacienda, siendo que va a continuar laborando para el Estado y no va a darse un efectivo rompimiento de la relación de empleo para con el sector público.  En consecuencia, se estima que no existen obligaciones pendientes con esta Administración por parte de la señora Solís Acosta.".

Se dispone: Tener por rendido el informe, el cual se acoge. Como consecuencia de lo anterior, se tiene por presentada la renuncia de la señora Erika Solís Acosta, con rige a partir del 1.° de octubre de 2014. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS EXTERNOS.

A) Solicitud de aplicación de la Ley de protección de la persona frente al tratamiento de sus datos personales. Del señor Lesly Calvo Tencio, se conoce memorial sin fecha, recibido el 10 de setiembre de 2014 en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual, con fundamento en una serie de consideraciones, solicita la aplicación de la Ley de protección de la persona frente al tratamiento de sus datos personales Ley n.° 8968 y su Reglamento.

Se dispone: Para su estudio e informe, el cual habrá de rendirse en el plazo de cinco días hábiles, pase al Departamento Legal. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS DE ORGANISMOS INTERNACIONALES.

A) Misión de Observación Electoral (MOE) para las Elecciones Regionales y Municipales en la República del Perú. Del señor Gerardo de Icaza, Director del Departamento para la Cooperación y Observación Electoral de la Secretaría de Asuntos Políticos de la Organización de los Estados Americanos, se conoce memorial del 13 de setiembre de 2014, recibido vía correo electrónico el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Tengo el agrado de informarle que la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos (SG/OEA) está organizando una Misión de Observación Electoral (MOE) para las Elecciones Regionales y Municipales que se celebrarán el 5 de octubre de 2014 en la República del Perú.

En este sentido, y con ánimos de continuar la estrecha relación colaborativa entre su institución y la Organización de los Estados Americanos, deseamos extender una invitación al Señor Ronald Chacon [sic], Jefe del Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos del Tribunal Supremo de Elecciones de Costa Rica, para participar en calidad de Especialista en Financiamiento Político, durante el período comprendido entre el 29 de septiembre al 7 de octubre del año en curso.

Solicitamos respetuosamente se autorice la participación del Señor Chacon [sic] en esta Misión de Observación Electoral y, en consecuencia, se permita su permanencia en el país durante las fechas arriba mencionadas.

De ser autorizada su participación, el Departamento para la Cooperación y Observación Electoral de la OEA (DECO/OEA) cubrirá los gastos de traslados aéreos, hospedaje, alimentación y traslados internos del Señor Chacon [sic].

(…)".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Agradecer al señor De Icaza la cordial invitación que cursa y autorizar la participación del señor Chacón Badilla en el referido evento. Durante su ausencia, se encargan sus funciones a la señora Guiselle Valverde Calderón.

De conformidad con lo establecido por este Tribunal en el inciso h) del artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 87-2008, celebrada el 02 de octubre de 2008, en relación con el viaje en cuestión se detalla lo siguiente:





Nombre completo del funcionario (a)

Cargo que desempeña

País (es) a visitar

Período del viaje

Objetivos del viaje

Monto del adelanto de gastos de viaje y justificación

Gastos conexos y justificación

Ronald Chacón Badilla

Jefe del Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos

República del Perú

28 de setiembre al 8 de octubre de 2014

Participación como Especialista en Financiamiento Político en la Misión de Observación Electoral (MOE) para las Elecciones Regionales y Municipales en la República del Perú.

Ninguno

Ninguno


ACUERDO FIRME.

A las doce horas terminó la sesión.




Luis Antonio Sobrado González





Eugenia María Zamora Chavarría





Max Alberto Esquivel Faerron