ACTA N.º 85-2015

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas del primero de octubre de dos mil quince, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González quien preside, Eugenia María Zamora Chavarría, Juan Antonio Casafont Odor, Luz de los Ángeles Retana Chinchilla y Fernando del Castillo Riggioni.


ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DE ACTAS ANTERIORES.

A) Se leyeron y aprobaron las actas de las sesiones ordinaria y extraordinaria inmediatas anteriores.

ARTÍCULO SEGUNDO. INFORMES DE FUNCIONARIOS DEL TRIBUNAL.

A) Informe de participación en la Misión de observación electoral de los comicios presidenciales en la República de Guatemala. Del señor Luis Diego Brenes Villalobos, Secretario Académico del Instituto de Formación y Estudios en Democracia (IFED), se conoce oficio n.° IFED-637-2015 del 29 de setiembre de 2015, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual rinde informe relativo a su participación en la Misión de Observación Electoral en las Elecciones Generales y de Diputados al Parlamento Centroamericano llevadas a cabo este mes en la República de Guatemala.

Se dispone: Tener por rendido el informe. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.

A) Solicitud de licencia sin goce de salario de la funcionaria Jinny Funes Blanco. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-2795-2015 del 29 de setiembre de 2015, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración la nota que suscribe la señora Jinny Funes Blanco, titular de un cargo de oficinista 2 en la Sección de Inscripciones con ascenso interino como oficial calificadora en la Sección de Análisis, mediante la cual solicita que se le conceda una licencia sin goce de salario por seis meses contados a partir del próximo 29 de octubre, dados los motivos que se sirve exponer.

La señora Funes Blanco labora para la institución desde el 16 de enero de 2004 y durante su trayectoria laboral solamente ha disfrutado de una licencia como la que ahora pretende, lo que sucedió del 24 de setiembre de 2014 al 4 de marzo de 2015. Siendo que ya han transcurrido más de seis meses desde esa última licencia, la que ahora pretende no tendría ningún problema para fundamentarse en lo que al efecto dispone el artículo 33 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil.

De no haber objeciones de parte del Tribunal y conforme es usual tratándose de licencias sin goce de salario, de previo a su inicio la funcionaria disfrutaría las vacaciones ordinarias y proporcionales a que tiene derecho.  Puede apreciarse que la gestión cuenta con la anuencia de la señora Liseth Mora Soto como su actual jefatura inmediata y de los señores Luis Antonio Bolaños Bolaños como Director General del Registro Civil y Héctor Fernández Masís como Director General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos.".

Se dispone: Conceder la licencia sin goce de salario conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

B) Solicitud de prórroga de licencia sin goce de salario de la señorita Kristy Paola Arias Mora. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-2803-2015 del 29 de setiembre de 2015, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración la nota que ingresó por correo electrónico a este despacho y que suscribe digitalmente la señorita Kristy Paola Arias Mora, titular de un cargo de oficinista 2 en el Departamento Civil, mediante la cual solicita que se le prorrogue una vez más la licencia sin goce de salario que actualmente disfruta y que concluye el próximo 15 de octubre.

El Tribunal Supremo de Elecciones, en sesión 90-2007 celebrada el 25 de setiembre de 2007, oficio número STSE-4655-2007 de igual fecha, le aprobó a la servidora el disfrute de una licencia sin goce de salario por los cuatro años comprendidos entre el 16 de octubre de 2007 y el 15 de octubre de 2011, a fin de atender  según indicó la interesada en esa oportunidad   un nombramiento interino de nivel profesional en la Asesoría Legal de la Dirección General del Museo Nacional. Durante ese período efectivamente laboró en el Museo Nacional, pero también lo hizo en el Poder Judicial, en el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, en el Consejo Nacional de Vialidad y finalmente en la Dirección Nacional de Notariado, entidad esta última en la que tiene un nombramiento en propiedad desde el 2 de mayo de 2011, según certificación que en su momento aportó. Posteriormente, en sesión 89-2011 del 29 de setiembre de 2011, oficio STSE-2874-2011, el Tribunal le autorizó una prórroga de la citada licencia por otro período idéntico de cuatro años.

Como producto de lo anterior, tenemos que el próximo 15 de octubre la señorita Arias Mora alcanzará los 8 años de licencia sin goce de salario que, como máximo, permite el artículo 33-c-5 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil, normativa que es la que resulta aplicable en nuestro caso para efectos de licencias de esta naturaleza. Tal numeral expresa literalmente que dichas licencias se podrán conceder hasta por  “Cuatro años, a instancia de cualquier institución del Estado, o de otra Dependencia del Poder Ejecutivo, o cuando se trate del cónyuge de un funcionario nombrado en el Servicio Exterior; o en los casos de los funcionarios nombrados en otros cargos públicos. El plazo anterior podrá ampliarse hasta por un período igual, cuando subsistan las causas que motivaron la licencia original.” (el subrayado no pertenece al original). Siendo entonces que ha llegado al tope permitido por reglamento, la funcionaria deberá tomar la decisión de regresar a ocupar su plaza en este organismo electoral o, en su defecto, presentar renuncia al cargo electoral que ostenta.

Sin embargo, en el escrito que ahora presenta señala que en su criterio  “ … es posible afirmar que estamos ante un caso particular y en el que es posible el otorgamiento de una nueva licencia de forma consecutiva, a pesar de no existir reincorporación por el plazo de al menos seis meses, ya que no se estaría causando perjuicio al interés público y por el contrario se permitiría seguir laborando para la Administración (Dirección Nacional de Notariado) y mantener mi disponibilidad de regresar el Tribunal Supremo de Elecciones para ejercer un puesto acorde con la experiencia y formación académica y profesional.” Lo anterior lo menciona en virtud de que, de acuerdo con el Reglamento del Estatuto de Servicio Civil, para que una persona pueda obtener la venia a fin de disfrutar una nueva licencia, debe reincorporarse a su plaza en la institución y trabajar al menos seis meses entre licencia y licencia, salvo que el máximo jerarca en casos muy calificados así lo autorice.  Literalmente el artículo 33-c-6 de ese reglamento indica que “No podrán concederse licencias continuas argumentando motivos iguales o diferentes, hasta después de haber transcurrido por lo menos seis meses del reintegro del servidor al trabajo, excepto casos muy calificados a juicio del Ministerio o máximo jerarca de la institución sin que se perjudiquen los fines de la administración.”

Así las cosas, se deja el caso a la valoración del Superior para que determine si se puede catalogar como muy calificado, de manera que se autorice la eventual nueva prórroga pretendida más allá del límite de los 8 años que ya está alcanzando la funcionaria fuera de la institución.".

Se dispone: Denegar la prórroga de la licencia sin goce de salario solicitada por la señora Arias Mora, con fundamento en lo expuesto por el Departamento de Recursos Humanos y  toda vez que no se especifican las razones calificadas que sustenten la excepción pretendida. ACUERDO FIRME.

C) Prórrogas y nombramientos interinos en distintas unidades administrativas. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-2804-2015 del 30 de setiembre de 2015, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para los efectos consiguientes, me permito someter a consideración del Tribunal Supremo de Elecciones el oficio número CSR-801-2015 que suscribe el Lic. Alcides Chavarría Vargas, Jefe a. i. de la Sección de Coordinación [sic] de Servicios Regionales, a través del cual se sirve solicitar los nombramientos interinos que se anotan en las dos primeras líneas del cuadro que se muestra más adelante.

En las líneas restantes de ese cuadro se consignan las prórrogas que deben autorizarse de nombramientos interinos que vencen el 15 y 31 de octubre de este año, así como las respectivas cadenas que se generan como producto de los mismos.

NOMBRE DEL SERVIDOR

OFICINA / DEPARTAMENTO

NÚMERO Y CLASE

DEL PUESTO

NUEVOS NOMBRAMIENTOS

  1. Campos Jara Carmen Nuria

Coordinación de Servicios Regionales

45929  -  Profesional en Gestión 1

  1. Zamora Corrales Silvia Elena

Oficina Regional de San Ramón

46151  -  Profesional en Gestión 1

PRÓRROGAS DE NOMBRAMIENTOS

  1. Rodríguez Badilla Johanna

Departamento Civil

353612  -  Asistente Administrativo 1

  1. Carvajal Díaz José Pablo

Sección de Actos Jurídicos

45674  -  Asistente Administrativo 1

  1. Ulate Monge Roger Esteban

Sección de Servicio al Cliente de TI

76359  -  Asistente Funcional 2

  1. Núñez Solano Maureen

Oficina Regional de Limón

47873  -  Asistente Administrativo 2

  1. Picado Le Frank Federico

Oficina Regional de Siquirres

55715  -  Profesional Ejecutor 1

  1. Castillo Azofeifa Uldrich

Oficina Regional de Siquirres

55716  -  Asistente Administrativo 2

  1. Huezo Hernández Dennis

Oficina Regional de Puriscal

46110  -  Profesional Ejecutor 1

  1. Corea Arias Daniela

Oficina Regional de Guatuso

54397  -  Profesional Ejecutor 1

  1. Flores Martínez Johel Antonio

Oficina Regional de Guatuso

47866  -  Asistente Administrativo 2

  1. Saborío Blanco Lilliana

Oficina Regional de San Carlos

45643  -  Asistente Administrativo 2

  1. Hernández Núñez Yency

Oficina Regional de Osa

46166  -  Profesional Ejecutor 1

  1. López Ríos Josué

Oficina Regional de Osa

46167  -  Asistente Administrativo 2

  1. Rojas Flores Germán

Sección de Opciones y Naturalizaciones

45538  -  Ejecutivo Funcional 1

  1. Bonilla García Mauricio

Sección de Solicitudes Cedulares

45867  -  Técnico Funcional 1

  1. Villalobos Quirós Esteban

Sección de Solicitudes Cedulares

45770  -  Asistente Administrativo 1

  1. Brenes Hernández Esteban

Sección de Riesgos y Seguridad

353742  -  Profesional Funcional 1

  1. Miranda Rojas Cynthia

Sección de Infraestructura

45647  -  Profesional Ejecutor 3

  1. Quesada Vargas Roberto

Sección de Infraestructura

45890  -  Técnico Funcional 2

  1. Obando Campos Jeannina

Sección de Cédulas

45765  -  Asistente Administrativo 2

  1. González Paniagua Eduardo

Dirección General de Estrategia Tecnológica

353423  -  Profesional Ejecutor 3

  1. Navarro Calderón Maycol

Sección de Servicios Generales

97517  -  Técnico Funcional 1

  1. Badilla Calderón Jennifer

Sección de Servicios Generales

97520  -  Asistente Administrativo 1

  1. Gómez Quirós Adriana

Secretaría General del Tribunal

353674  -  Asistente Administrativo 2

  1. Alfaro Rodríguez Yessennia

Oficina Regional de Pococí

45912  -  Asistente Administrativo 2

  1. Camacho Rojas Adrián

Dirección General del Registro Civil

101893  -  Asistente Administrativo 1

  1. Brenes Quirós Fabián

Dirección General del Registro Civil

101891  -  Asistente Administrativo 1

  1. Achoy Pérez Jorge

Secretaría General del Registro Civil

45776  -  Asistente Administrativo 1

  1. Aguirre Caballero William

Oficina de Seguridad

353554  -  Auxiliar Operativo 2

  1. Barquero Leandro Karla

Sección de Inscripciones

361351  -  Asistente Administrativo 1

  1. Portuguez Salas Edgar

Dirección General del Registro Electoral

361402  -  Técnico Funcional 2

  1. Prado Hidalgo Nicolas [sic]

Del 1°-OCT de 2015 y por un lapso de 6 meses prorrogables según artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que regrese la titular de la plaza a ocuparla luego de su licencia sin goce de salario, lo que ocurra primero.

Secretaría General del Tribunal

97503  -  Ejecutivo Funcional 1

  1. Sancho Paz Mariana

Del 16 al 31-OCT de 2015.

Coordinación de Servicios Regionales

45900  -  Asistente Funcional 2

  1. Jiménez Picado Ligia

Del 16-OCT al 31-DIC de 2015 o hasta que regrese la titular de la plaza a ocuparla, lo que ocurra primero.

Sección de Inscripciones

45611  -  Asistente Administrativo 1

  1. Rodríguez Granados Melissa

Del 1°-NOV al 31-DIC de 2015 o hasta que regrese el titular de la plaza a ocuparla, lo que ocurra primero.

Sección de Inscripciones

45632  -  Asistente Administrativo 2


Los nombramientos indicados en las líneas 1 y 2 del cuadro se solicitan con rige a partir del 1° de octubre y por un lapso de 6 meses prorrogables según artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para designar al nuevo propietario en el primer caso o hasta que regrese la titular de la plaza a ocuparla en el segundo, lo que ocurra primero.

Por otra parte, se requiere extender el nombramiento interino de los funcionarios anotados en las líneas 3 a 6 a partir 16 de octubre y para los colaboradores que se indican en las líneas 7 a 32 a partir del 1° de noviembre, todas por un lapso de 6 meses prorrogables según artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para designar al nuevo propietario o hasta que regrese el titular de la plaza a ocuparla (según sea el caso), lo que ocurra primero. 

En el caso de los colaboradores anotados en las líneas 33, 34, 35 y 36 del cuadro, se requiere autorizar sus prórrogas en los términos que para cada uno de esos casos se indica.".

Se dispone: 1.- Prorrogar conforme se propone, con la observación según la cual eventuales prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. 2.- Respecto de las líneas 1 y 2, suspender los nombramientos propuestos en tanto el Departamento Legal, en el plazo de cinco días hábiles, rinde informe sobre el particular. ACUERDO FIRME.

D) Nombramiento del señor Manuel Francisco Guerrero Cambronero como chofer del señor Magistrado Casafont Odor. Del señor Iván Mora Barahona, Secretario General a. i. de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-1788-2015 del 30 de setiembre de 2015, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Me permito solicitar al Tribunal Supremo de Elecciones que se nombre interinamente al siguiente funcionario, en la Secretaría General del TSE, en el puesto que se dirá, como chofer para el señor Magistrado Casafont Odor, a partir del 1.° de octubre de 2015 y hasta el 7 de mayo de 2016, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 13 del Código Electoral:

Puesto n.º

Clase

Puesto

Nombre

368530

Asistente Funcional 2

Conductor /a 2

Manuel Francisco

Guerrero Cambronero".


Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Nombrar conforme se propone. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS DEL PADRÓN NACIONAL ELECTORAL.

A) Informe de la sumaria del Padrón Nacional Electoral de agosto 2015. Del señor Vinicio Mora Mora, Contralor Electoral a. i., se conoce oficio n.° CE-261-2015 del 28 de setiembre de 2015, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 30 de setiembre de 2015, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para los fines de lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y el Registro Civil, y para que se sirva elevarlo al Superior, me permito informar que por medio del Oficio PE-1929-2015, el Lic. Carlos Arguedas Rojas, Jefe de la Sección Padrón Electoral, remitió a esta Contraloría los archivos que contienen el resumen del Padrón Nacional Electoral correspondiente a agosto 2015, cuyos resultados conoció por su parte el Tribunal en el artículo cuarto de la sesión ordinaria Nº 81-2015, celebrada el 22 de setiembre, y que se resumen seguidamente:

PADRÓN NACIONAL ELECTORAL

PADRÓN NACIONAL ELECTORAL A JULIO 2015

3.185.436

MÁS TOTAL INCLUSIONES

7.917

MENOS TOTAL EXCLUSIONES

1.641

TOTAL VARIACIÓN NETA

6.276

TOTAL PADRÓN NACIONAL ELECTORAL A AGOSTO 2015

3.191.712

ELECTORES EN EL EXTRANJERO

20.903

TOTAL ELECTORES INSCRITOS EN EL PAÍS

3.170.809


Dichas cifras, con base en el desglose mensual de los movimientos que se detallan en el documento adjunto al presente, se basan en los datos del SINCE, los generados por las Secciones Análisis y Control y de Padrón Electoral, y las nóminas diarias enviadas por el Centro de Impresión; al ser corroborados, concordaron con lo señalado por el señor Arguedas Rojas al Tribunal en los oficios PE-1928-2015 y PE-1929-2015, de ahí que la verificación de los movimientos reportados resultó satisfactoria.".

Se dispone: Tener por rendido el informe; continúese informando sobre el particular. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS DEL REGISTRO CIVIL.

A) Autorización para firma de certificaciones en la Oficina Regional de San Carlos. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-1084-2015 del 23 de setiembre de 2015, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Respetuosamente elevo a conocimiento del Tribunal, el oficio CSR-817-2015, del 21 de setiembre de 2015, mediante el cual se solicita autorización para que las siguientes personas funcionarias de la Oficina Regional de San Carlos sean autorizadas por el Superior para firmar certificaciones:

Nombre

N° de cédula

Eloy Johnny Méndez Miranda

5-170-612

Lissy Dixiana Solano García

2-664-276

Paola Marcela Trujillo Araya

6-333-069

Ileana María Salas Morales

2-491-673

Lilliana Saborío Blanco

2-542-304


Sobre el particular y con la finalidad de no desmejorar el servicio al público, el  suscrito muy respetuosamente solicita se conceda la autorización requerida.".

Se dispone: De conformidad con lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 110 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, se autoriza a los referidos funcionarios para que firmen certificaciones y constancias del Departamento Civil, a partir de la respectiva publicación en el Diario Oficial. Para esos efectos regístrense las firmas y los sellos que utilizarán. ACUERDO FIRME.

B) Autorización para firma de certificaciones en la Oficina Regional de Pococí. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-1080-2015-sustituir- del 22 de setiembre de 2015, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 29 de setiembre de 2015, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Respetuosamente elevo a conocimiento del Tribunal, el oficio CSR-809-2015, del 18 de setiembre de 2015, mediante el cual se solicita autorización para que la siguiente persona funcionaria de la Oficina Regional de Pococí sea autorizada por el Superior para firmar certificaciones:

Nombre

N° de cédula

Nidia Herrera Ramírez

7-0124-0742


Sobre el particular y con la finalidad de no desmejorar el servicio al público, el  suscrito muy respetuosamente solicita se conceda la autorización requerida.".

Se dispone: De conformidad con lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 110 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, se autoriza a la referida funcionaria para que firme certificaciones y constancias del Departamento Civil, a partir de la respectiva publicación en el Diario Oficial. Para esos efectos regístrense la firma y el sello que utilizará. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SEXTO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A) Informe de acciones administrativas relacionadas con aquellos funcionarios que puedan acumular excepcionalmente un período de vacaciones. De los señores José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo y Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° DE-2626-2015 del 23 de setiembre de 2015, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 25 de setiembre de 2015, mediante el cual proponen una serie de acciones administrativas relacionadas con aquellos funcionarios que puedan acumular excepcionalmente un período de vacaciones, según lo establecido en el artículo 27 del Reglamento Autónomo de Servicios del Tribunal Supremo de Elecciones y con fundamento en una serie de consideraciones, literalmente concluyen y recomiendan:

"C) Conclusiones

1.        El artículo 27 del RAS incluye excepciones para acumular vacaciones por una vez, cuando el trabajador desempeñe labores técnicas, de dirección, de confianza u otras análogas relacionadas con el servicio público que se brinda, que dificulten especialmente su reemplazo, o cuando la residencia de su familia quedare situada en provincia distinta del lugar donde presta sus servicios.

2.        Como se desprende del cuadro del acápite B) se identifican, adicionalmente, un total de catorce puestos para los cuales se puede dar la excepción del artículo 27 del RAS, a saber:

a)        En la Oficina de Comunicación, el puesto de Diseñador/a Gráfico.

b)        En el Departamento de Programas Electorales, los nueve puestos de Encargados de Programas Electorales.

c)        En la Sección de Ingeniería y Arquitectura, los puestos de Ingeniero Eléctrico; Ingeniero en Mantenimiento; Ingeniero Civil y Profesional en Arquitectura.

3.        El disfrute de vacaciones es un derecho de las personas funcionarias y es necesario para su salud.

4.        La Ley General y las Normas de Control Interno para el Sector Público establecen como deberes de las jefaturas el velar porque un puesto o tarea no se concentre en una sola persona.

5.        La adecuada y oportuna planificación de las vacaciones de las personas subordinadas es tarea fundamental de cada jefatura, de manera que solo en caso de situaciones imprevistas se requiera suspender o posponer dichas vacaciones.

D)         Recomendaciones

Por la valoración efectuada, se somete a consideración del Superior las siguientes recomendaciones:

1.        Que se tenga dentro de las excepciones que contempla el artículo 27 del RAS, adicionalmente los puestos de los Encargados de Programas Electorales; de Diseñador Gráfico; de Ingenieros Eléctrico, en Mantenimiento, Civil y del Profesional en Arquitectura, así como se podrá invocar la excepción para aquellos puestos que, a criterio de la jefatura, no puedan disfrutar vacaciones por situaciones específicas en ese momento, tales como el impacto en el desarrollo de procesos sustantivos o de atención a las personas usuarias; que el puesto no sea susceptible a recargo o encargo de funciones; o que la jefatura no pueda disponer de otra persona funcionaria para sustituir al solicitante.

No obstante, cada jefatura, de previo, debe planificar adecuadamente las vacaciones de sus funcionarios de manera que solo en caso de necesidad originada por situaciones imprevistas se haga uso de la excepción.

2.        Que para solicitar una excepción al artículo 27 del RAS para alguna persona funcionaria de estos órganos electorales, la jefatura respectiva deberá presentar ante el Departamento de Recursos Humanos la gestión pertinente, con la descripción detallada del motivo para invocar dicha excepción, el cual deber estar conforme con lo indicado en el punto anterior.".

Se dispone: Aprobar conforme se concluye y recomienda. Hágase del conocimiento de la Auditoría Interna. ACUERDO FIRME.

B) Proyecto de “Reglamento para Personas Registradoras Auxiliares”. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-1095-2015 del 28 de setiembre de 2015, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En atención al acuerdo adoptado por el Tribunal Supremo de Elecciones, en sesión ordinaria nº 63-2015, del 28 de julio de 2015, comunicado mediante oficio STSE-1320-2015, referente al “Informe de la Contraloría General de la República, Nº. DFOE-PG-IF-16-2015, con respecto a la disposición 4.5, la cual en lo conducente señala:

“Emitir, oficializar, divulgar e implementar procedimientos de control sobre el uso, custodia y devolución de los formularios no utilizados que se hayan asignado a los registradores auxiliares; con el fin de que contribuya a que los registradores auxiliares (tanto funcionarios del TSE como ad honorem), realicen sus actividades bajo procedimientos de control estandarizados claramente definidos. Remitir a la Contraloría General, a más tardar el 30 de noviembre de 2015, una certificación donde se haga constar que los procedimientos fueron emitidos, oficializados, divulgados e implementados”.

Se remite para conocimiento del Superior el Proyecto “Reglamento para Personas Registradoras Auxiliares”; elaborado por la Comisión creada para tal efecto.".

Se dispone: Para su estudio e informe, el cual habrá de rendirse en el plazo de cinco días hábiles, pase al Departamento Legal. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SÉTIMO. ASUNTOS DE ORGANISMOS ELECTORALES INTERNACIONALES.

A) Invitación para integrar el Programa de Acompañamiento Internacional Electoral para las Elecciones a la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela. De la señora Tibisay Lucena Ramírez, Presidenta del Consejo Nacional Electoral de la República Bolivariana de Venezuela, se conoce oficio n.° PRES/N°0350/2015 del 23 de setiembre de 2015, recibido vía correo electrónico en la Secretaría General de este Tribunal el 25 de setiembre de 2015, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Me dirijo muy respetuosamente a usted, en mi carácter de Presidenta del Consejo Nacional Electoral de la República Bolivariana de Venezuela, para extenderle una invitación a participar en el Programa de Acompañamiento Internacional Electoral para las Elecciones a la Asamblea Nacional del 06 de diciembre de 2015.

Será una valiosa oportunidad para constatar la fortaleza, seguridad y fiabilidad del sistema de votación automatizado venezolano en cuyo desarrollo se ha demostrado la capacidad técnica, logística y humana de este organismo electoral. En cada contienda electoral, la plataforma tecnológica de este sistema es auditada en todas sus fases y componentes por técnicos y especialistas de los partidos políticos que participan.

El Programa se desarrollará desde el miércoles 02 hasta el lunes 07 de diciembre, de acuerdo al Cronograma preliminar que se anexa. El Consejo Nacional Electoral cubrirá los gastos de boletos aéreos, hospedaje, alimentación y traslados internos. Debido a la naturaleza de este proceso electoral, se tiene previsto el despliegue de los invitados a diversas regiones del país, las cuales serán oportunamente informadas. Los participantes deberán cubrir sus gastos personales adicionales, así como los cambios a los boletos una vez que éstos hayan sido emitidos.

Las actividades de acompañamiento internacional se rigen por el Reglamento General de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (2012), Título XIV, “De la Observación Electoral y del Acompañamiento Internacional Electoral”, el cual se anexa para su debido conocimiento.

Agradezco confirme su participación a más tardar el día 15 de octubre de 2015. A fin de iniciar su registro, anexe Ficha de la Acreditación adjunta (con foto digital), debidamente llena a las siguientes direcciones (…)

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarle la seguridad de mi más alta consideración y estima.".

Se dispone: Agradecer a la señora Lucena Ramírez la cordial invitación que cursa. Para atenderla, se designa al señor Fernando Víquez Jiménez, Asesor Emérito del TSE.

De conformidad con lo establecido por este Tribunal en el inciso h) del artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 87-2008, celebrada el 02 de octubre de 2008, en relación con el viaje en cuestión se detalla lo siguiente:

Nombre completo del funcionario (a)

Cargo que desempeña

País (es) a visitar

Período del viaje

Objetivos del viaje

Monto del adelanto de gastos de viaje y justificación

Gastos conexos y justificación

Fernando Víquez Jiménez

Asesor Emérito del TSE

República Bolivariana de Venezuela

Del 1.° al 8 de diciembre de 2015.

Programa de Acompañamiento Internacional Electoral para las Elecciones a la Asamblea Nacional del 6 de diciembre de 2015.

Ninguno.

Ninguno.

ACUERDO FIRME.

B) Invitación a la VI Reunión del Grupo de Trabajo de Jurisprudencia Electoral Americana y a la X Reunión Interamericana de Autoridades Electorales. De los señores Francisco Artemio Távara Córdova, Presidente del Jurado Nacional de Elecciones de la República del Perú y Presidente del Grupo de Trabajo de Jurisprudencia Electoral Americana y Gerardo de Icaza, Director del Departamento para la Cooperación y Observación Electoral de la Organización de los Estados Americanos, se conoce oficio n.° SAP/DECO-710/15 del 29 de setiembre de 2015, recibido vía correo electrónico el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiestan:

"El Jurado Nacional de Elecciones de Perú y el Departamento para la Cooperación y Observación (DECO) de la Secretaría de Asuntos Políticos de la Organización de los Estados Americanos, tienen el honor de invitarlo a participar de la VI Reunión del Grupo de Trabajo de Jurisprudencia Electoral Americana.

En esta oportunidad la reunión se llevará a cabo en Río de Janeiro, Brasil, el día 18 de noviembre del año en curso, en el Sheraton Rio Hotel & Resort. La fecha y el lugar han sido especialmente seleccionados para facilitar su participación, al coincidir con la realización de la X Reunión Interamericana de Autoridades Electorales, programada para los días 19 y 20 del mismo mes.

En esta ocasión, con el objetivo de continuar con la sistematización y difusión de la jurisprudencia emanada de los tribunales electorales partícipes del grupo, se presentará el Anuario de Jurisprudencia Electoral Americana II, compilado por el Tribunal Superior Electoral de la República Dominicana y publicado por el Jurado Nacional de Elecciones de Perú. Asimismo, como es de costumbre, se llevará a cabo un diálogo abierto entre los miembros del Grupo sobre materias de interés actual en el ámbito de la justicia electoral y se elegirán autoridades para un nuevo período. Una agenda detallada será enviada prontamente.

Para contar con su presencia en la reunión, la OEA agregará un día de alojamiento a los ya cubiertos para su participación en la X Reunión Interamericana de Autoridades Electorales, de manera que pueda estar presente desde el día 17 al 21 de noviembre y asistir a los dos eventos. Sin embargo, como fuera mencionado en la última reunión en Panamá, no podremos cubrir los gastos de pasaje aéreo, por lo que deberán correr por cuenta de cada Órgano Electoral.

Agradecemos pueda confirmar a la brevedad posible su participación al señor Cristóbal Fernández (…) o bien informar el nombre de la persona que representará a su organismo en esta reunión.

Aprovechamos la oportunidad para expresarle nuestro más alto grado de consideración y estima.".

Se dispone: Agradecer a los señores Távara Córdova y De Icaza la cordial invitación que cursan. Para atender ambas actividades se designa a la señora Arlette Bolaños Barquero, Encargada del Servicio de Información de Jurisprudencia y Normativa del Instituto de Formación y Estudios en Democracia (IFED).

De conformidad con lo establecido por este Tribunal en el inciso h) del artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 87-2008, celebrada el 02 de octubre de 2008, en relación con el viaje en cuestión se detalla lo siguiente:

Nombre completo del funcionario (a)

Cargo que desempeña

País (es) a visitar

Período del viaje

Objetivos del viaje

Monto del adelanto de gastos de viaje y justificación

Gastos conexos y justificación

Arlette Bolaños Barquero

Encargada del Servicio de Información de Jurisprudencia y Normativa del Instituto de Formación y Estudios en Democracia (IFED)

República Federativa del Brasil

17 al 21 de noviembre de 2015

Participación en la "VI Reunión del Grupo de Trabajo de Jurisprudencia Electoral Americana y en la X Reunión Interamericana de Autoridades Electorales"

Los que correspondan, según la normativa aplicable

Tiquete aéreo, necesario para atender la actividad.


ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO OCTAVO. ASUNTOS DE ORGANISMOS INTERNACIONALES.

A) Reunión Regional “Desarrollo de marcos normativos: establecimiento de procedimientos de determinación de la apatridia y facilidades para la naturalización”. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-1102-2015 del 30 de setiembre de 2015, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Respetuosamente hago de conocimiento del Superior, la invitación suscrita por la señora, Renata Dubini, Directora de la Oficina para las Américas del ACNUR, que se me ha hecho llegar a través de correo electrónico, para que asista a la Reunión Regional “Desarrollo de marcos normativos: establecimiento de procedimientos de determinación de la apatridia y facilidades para la naturalización”, que se celebrará en la ciudad de Buenos Aires, Argentina, los días 15 y 16 de octubre.

El evento convocará a diversos países latinoamericanos que están actualmente desarrollando marcos normativos para establecer procedimientos de determinación de la apatridia y facilidades para la naturalización, brindando para ello espacios para compartir buenas prácticas y se permita la actualización de información en este tema.

En razón de ello, respetuosamente solicito, salvo criterio superior de las señoras y señores Magistrados, la autorización para poder asistir a dicho evento.

Cabe señalar que la Unidad Legal Regional del ACNUR, proporcionará apoyo financiero a los países participantes, cubriendo los gastos de alojamiento, alimentación, boleto de avión, y traslados desde y hacia los aeropuertos.

En caso de que se autorice mi participación, solicito disfrutar a título de vacaciones los días  12 y 13 de octubre y que se entienda el encargo de funciones de este despacho en el señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil, del 05 al 10 de octubre como un recargo de funciones, en virtud de mi ausencia por 10 días consecutivos del 05 al 16 de octubre.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Autorizar la participación del señor Bolaños Bolaños en la referida actividad. 3.- Aprobar el recargo de funciones conforme se solicita.

4.- De conformidad con lo establecido por este Tribunal en el inciso h) del artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 87-2008, celebrada el 02 de octubre de 2008, en relación con el viaje en cuestión se detalla lo siguiente:

Nombre completo del funcionario (a)

Cargo que desempeña

País (es) a visitar

Período del viaje

Objetivos del viaje

Monto del adelanto de gastos de viaje y justificación

Gastos conexos y justificación

Luis Antonio Bolaños Bolaños

Director General del Registro Civil

República Argentina

14 a 17 de octubre de 2015

Reunión Regional “Desarrollo de marcos normativos: establecimiento de procedimientos de determinación de la apatridia y facilidades para la naturalización

Ninguno.

Ninguno.


ACUERDO FIRME.

A las catorce horas terminó la sesión.




Luis Antonio Sobrado González





Eugenia María Zamora Chavarría





Juan Antonio Casafont Odor





Luz de los Ángeles Retana Chinchilla





Fernando del Castillo Riggioni