ACTA N.º 9-2015


Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas del veintinueve de enero de dos mil quince, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González quien preside, Eugenia María Zamora Chavarría y Max Alberto Esquivel Faerron.


ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DEL ACTA ANTERIOR.

A) Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.

ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE LAS ELECCIONES MUNICIPALES 2016.

A) Primera propuesta de actualización de la División Territorial Electoral. Del señor Gerardo Abarca Guzmán, Director General a. i. del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, se conoce oficio n.° DGRE-017-2015 del 14 de enero de 2015, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Mediante oficio CE-241-2014 del 19 de diciembre de 2014 se adjunta copia-, el Lic. Javier Vega Garrido, Contralor Electoral, remitió a esta Dirección la primera propuesta de actualización de la División Territorial Electoral.

La citada propuesta es el resultado de los trabajos que ha desarrollado la Contraloría Electoral, que incluye estudios de campo y otras fuentes de información tales como: entrevistas a grupos vecinales, dirigentes comunales, personal docente y otros servidores públicos; asimismo se recolectaron datos de las distancias entre poblados, vías de comunicación, cantidad aproximada de electores, existencia de locales para que funcionen como centros de votación, entre otros. De esta manera se ha consolidado una propuesta que agrupa los principales cambios que deben de efectuarse en la División Territorial Electoral (DTE) de cara al próximo proceso electoral.

Cabe destacar que esta propuesta de actualización fue revisada y avalada por el personal técnico en materia de geografía electoral de esta Dirección mediante la corroboración de límites, así como la comprobación de la correspondencia entre esos cambios respecto a las modificaciones acaecidas en la División Territorial Administrativa.

Efectuada la revisión no se hacen observaciones al respecto y se aceptan las modificaciones a la DTE producto de las creaciones de tres nuevos distritos administrativos por parte del Poder Ejecutivo y Poder Legislativo, solicitudes hechas por esta Dirección, recomendaciones sugeridas por la Contraloría Electoral y una solicitud por parte de Coordinadora [sic] de Servicios Regionales, que se detallan a continuación:

  1. Modificaciones a la División Territorial Administrativa (Poder Ejecutivo y Legislativo).

Origen

Distrito Administrativo creado

Distrito Electoral creado

Observaciones

Ley N° 9269, La Gaceta N° 204 del 23 de octubre de 2014

Quitirrisí

Ninguno

Se reubica el DE Quitirrisí, del administrativo Colón al administrativo Quitirrisí

Ley N° 9235, La Gaceta Digital N° 140 de 22 de julio de 2014

Caldera

Tivives

Se reubican los DE: Artieda (Chumical), Salinas y Marta de Limón (Parte Sur); a este último se le reubicó la cabecera de DE, la cual estaba en Caldera. Se crea Tivives

Decreto N° 45-2014-MGP, La Gaceta Digital N° 191 de 06 de octubre de 2014

Gutiérrez Brown

Ninguno

Se reubican los DE: La Administración (Gutiérrez Broun), Brisas, Fila Pinar, Flor del Roble, Fila Guinea, Roble


  1. Solicitudes de la Dirección General del Registro Electoral y recomendaciones de la Contraloría Electoral.

Tipo de movimiento recomendado

Cantón

Distrito

Distrito Electoral

Creación

San José

Uruca

C.S.M. CAPEMCOL

Creación

San José

Pavas

C.S.M. Manuel Antonio Chapuí

Creación

San Ramón

San Juan

Barrio Belén

Modificación

San Ramón

Piedades Norte

La Paz

Modificación

San Ramón

Piedades Norte

Bajo la Paz

Creación

La Unión

San Ramón

C.S.M. Roberto Chacón Paut

Creación

Cartago

Aguacaliente o San Francisco

Guayabal (Parte Este)

Creación

San Isidro

San José

C.P. Juvenil Zurquí


  1. Estudios de oficio de la Contraloría Electoral.

Tipo de movimiento recomendado

Cantón

Distrito

Distrito Electoral

Refundición

Curridabat

Granadilla

Granadilla Norte*

Modificación

Curridabat

Granadilla

Granadilla*

Modificación

San Ramón

San Juan

Barrio Belén*

Modificación

Turrialba

Santa Cruz

El Carmen (Parte Norte)*

Modificación

Turrialba

El Chirripó

Alto Pacure Arriba (Duclac)*

Modificación

Turrialba

El Chirripó

Alto Pacure Abajo (Jekui)*

Modificación

Tilarán

Santa Rosa

Parcelas de Quebrada Azul (Linda Vista)*

Creación

Cañas

Cañas

H.A. Mary Blanco*

Creación

Esparza

Caldera

Tivives*

Reubicación

Esparza

Caldera

Caldera*

Modificación

Esparza

Caldera

Mata de Limón (Parte Sur)*

Modificación

Esparza

Caldera

Artieda (Chumical)*

Modificación

Coto Brus

Gutiérrez Brown

La Administración (Gutiérrez Broun)*

Modificación

Coto Brus

Gutiérrez Brown

Fila Guinea*

Modificación

Coto Brus

Gutiérrez Brown

Palo Seco*

Modificación

Siquirres

Siquirres

Banacol (La Esperanza)*

Creación

Guácimo

Guácimo

H.A. David Garro


4. Solicitud de Coordinadora [sic] de Servicios Regionales.

Según el Oficio CE-129-2013 dirigido a esta Dirección, se consideró en esta propuesta la solicitud de creación del distrito electoral Alto Laguna, del distrito administrativo Bahía Drake, cantón Osa, provincia Puntarenas; canalizada por la Coordinación de Servicios Regionales, realizados los estudios pertinentes se comparte la creación de ese distrito electoral, y por ello se integra a la propuesta de actualización de la DTE.

Por lo expuesto respetuosamente le solicito eleve lo anterior a conocimiento y aprobación del Tribunal Supremo de Elecciones.".

Del señor Gerardo Abarca Guzmán, Director General a. i. del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, se conoce conjuntamente memorando n.° DGRE-027-2015 del 22 de enero de 2015, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual, en adición al oficio n.º DGRE-017-2015, remite la primera propuesta de actualización de la División Territorial Electoral.

Se dispone: Aprobar la actualización de la División Territorial Electoral, conforme se propone. Hágase del conocimiento de los partidos políticos, de las Direcciones institucionales y de la Contraloría Electoral. Promúlguese el decreto que interesa, cuya publicación se ordena, de conformidad con el siguiente texto:

"N.º __-2015

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

De conformidad con las atribuciones que le confieren los artículos 12 inciso k) y 143 del Código Electoral,

DECRETA

Artículo 1.- Adoptar las siguientes modificaciones y actualizaciones de la División Territorial Electoral:

1 SAN JOSE


01 CANTON SAN JOSE

Mapa

VII DISTRITO URUCA


069 Gp        004 URUCA*D/. POBLADOS: CALLE CANGREJOS (PARTE SUR), CALLE DE LA ESTACION, CALLE ESQUIVEL, CALLE VARGAS, CARRANZA, FLORENTINA,  MARIMIL, MONSERRAT, RESID. LOS GOBERNANTES.


069 Fñ        009 LA CAJA*. POBLADOS: ALBORADA, ARBOLES, BAJO DEL TORRES,  BAJO LOS LEDEZMA, CALLE A PAVAS, CARVAJAL CASTRO*, CRISTAL, EL SOLAR,  FLORENTINO CASTRO, HACIENDA LA CAJA, HOSPITAL MEXICO/, INA, JARDINES DE AUTOPISTA, SANTANDER, URB. LAS PALMAS.


069 Fn        014 CORAZON DE JESUS*. POBLADOS: POZUELO, PRIMER AMOR,  VUELTA DEL VIRILLA.


069 En        029 ROSITER CARBALLO (LAS BRISAS)*. POBLADOS: MANZANOS,  NOCHE BUENA.


069 Ek        031 LA CARPIO*D. POBLADOS: BRISAS, ELECTRIONA, LA ARBOLEDA, LA CENTRAL, LA ESCUELA, LA PEQUEÑA GRAN CIUDAD (BAJO EL SAPO), MARIA AUXILIADORA, ROBLE, SAN VICENTE.


069 Gp        034 PEREGRINA*D. POBLADOS: ROBLEDAL, SATURNO, URB. LAS MAGNOLIAS.


069 Fñ        040 C.S.M. CAPEMCOL.


Nota:        El distrito electoral creado es C.S.M. CAPEMCOL.


IX DISTRITO PAVAS


069 Gm        006 PAVAS*D/. POBLADOS: ALFA, ASUNCION, FAVORITA NORTE Y SUR*,  GEROMA, ROHRMOSER (PARTE OESTE)*D/,  TRIANGULO,  URB. BETA.


069 Fk        026 RINCON GRANDE*D. POBLADOS: BRIBRI, FINCA SAN JUAN*, FINCA SAN PEDRO*, LAURELES, LOMAS DEL RIO*D, METROPOLIS, OSCAR FELIPE, PRECARIO BRIBRI.


069 Gn        027 MARIA REINA*/. POBLADOS: AEROPUERTO TOBIAS BOLAÑOS, ASTURIAS, GALICIA, HISPANIA, HOSPITAL SIQUIATRICO, MACARENA, NAVARRA,  SANTA CATALINA*, SANTA FE, URB. CATALUÑA, URB. LLANOS DEL SOL, URB. ROMA,  URB. VALENCIA.


Mapa


069 Gl                028 VILLA ESPERANZA*. POBLADOS: LIBERTAD 1 Y 2, PRECARIO MIGUEL ANGEL, PUEBLO NUEVO, RESID. DEL OESTE, ROTONDA, SANTA BARBARA.


069 Fm        039 C.S.M. MANUEL ANTONIO CHAPUI.


Nota:           El distrito electoral creado es C.S.M. Manuel Antonio Chapuí.


07 CANTON MORA

Mapa

III DISTRITO TABARCIA


069 Rb        004 TABARCIA*D/. POBLADOS: BAJO LIMA, CALLE LOS MARIN, CAÑAS,  SALTO, URB. CALLE VARGAS.


070 Ab        005 PIEDRAS BLANCAS*. POBLADOS: CALLE BLANCA, CALLE CARMONA.


069 Qa        006 MORADO*. POBLADO: CALLE UREÑA.


069 Rd        013 CORRALAR*. POBLADO: PUEBLO NUEVO (PARTE OESTE).


061 Bz        015 BAJO DE LOAIZA (SAN LORENZO)*.


060 Rz        022 BAJO DE BUSTAMANTE O ANGELES*.


Nota:        El electoral Quitirrisí (1-07-III-014) se elimina del administrativo Tabarcia (1-07-III) y se reubica al administrativo Quitirrisí  (1-07-VII-014).


VII DISTRITO QUITIRRISI


069 Pb        014 QUITIRRISI*. POBLADOS: ALTO CAÑAS, ALTO MORADO, ALTO QUITIRRISI, BARRIO SAN MARTIN, CAÑAS (BAJO CAÑAS), EL GUACO, QUEBRADA HONDA (PARTE SUR), SAN JUAN (LA TROCHA).


Nota:        El electoral Quitirrisí (1-07-III-014) se elimina del administrativo Tabarcia (1-07-III) y se reubica al administrativo Quitirrisí (1-07-VII-014). El poblado Toras se elimina de la DTE. Al  poblado La Trocha se le modifica la denominación por San Juan (La Trocha). Los poblados Barrio San Martin, Cañas (Bajo Cañas) y Quebrada Honda (Parte Sur) se incluyen oficialmente en la DTE.


18 CANTON CURRIDABAT

Mapa

II DISTRITO GRANADILLA


069 Hy        007 GRANADILLA*. POBLADOS: ALAMEDA, ALTO LAGUNA, BIARQUIRIA, CALLE CONCEPCION, CALLE GRANADILLA, CALLE MONTAÑA RUSA (PARTE OESTE),  CALLE OCLORO, COND. BOSQUE VERDE, COND. DEL RIO, EUCALIPTO, FRESES (BURIOGRES), HACIENDA VIJAGUA, SANTA CECILIA, SANTA MARTA, URB. ALTO MONTE, URB. EL GALLITO, URB. EUROPA, URB. FRANCISCO Y DELIA, URB. CORDERO DIAZ, URB. LA RIVERA, URB. LAS LUISAS*, URB. LINDA VISTA, URB. LUJAN,  URB. MARIA AUXILIADORA, URB. MONTERAN, URB. PUCOVI, URB. SINAI, URB. VOLIO.


Notas: Los electorales Granadilla Sur (1-18-II-002) y Granadilla Norte (1-18-II-007) se refunden en el electoral Granadilla Norte (1-18-II-007). Al electoral Granadilla Norte* se le modifica la denominación por Granadilla* (1-18-II-007).


2 ALAJUELA


02 CANTON SAN RAMON

Mapa

III DISTRITO SAN JUAN


059 Gd        004 SAN JUAN*D/. POBLADOS: ALTO DE LIDIA (PARTE ESTE), BAJO TAJOS, CALLE A SAN ISIDRO, CALLE ANGELES, CALLE TAJOS, CALLE TEJAR,  PUEBLO NUEVO*, RESID. LOS LIRIOS, TANQUE, TEJAR, URB. LA AMERICANA, URB. LOS CIPRESES.


Notas:        El poblado Belén* se elimina del electoral San Juan*/ (2-02-III-004) y se crea como electoral con la denominación de Barrio Belén* (2-02-III-050). Los poblados IMAS, Llamarón y Vicente Badilla (INVU) se eliminan del electoral san Juan*/ (2-02-III-004) y se reubican al nuevo electoral Barrio Belén* (2-02-III-050).


059 Hd        045 H. A. SAN RAMON.


059 Id                050 BARRIO BELEN*. POBLADOS: BAJO TEJARES, BAJOS OTTO CALVO, BARRIO SAN BOSCO, IMAS, LLAMARON, URB. EL HOSPITAL, VICENTE BADILLA (INVU).


Notas:        El poblado Belén* se elimina del electoral San Juan*/ (2-02-III-004) y se crea como electoral con la denominación de Barrio Belén* (2-02-III-050). Los poblados IMAS, Llamarón y Vicente Badilla (INVU) se eliminan del electoral San Juan */ (2-02-III-004) y se reubican al nuevo electoral Barrio Belén* (2-02-III-050). Los poblados Bajo Tejares, Bajos Otto Calvo, Barrio San Bosco y Urb. El Hospital se incluyen oficialmente en la DTE.


IV DISTRITO PIEDADES NORTE


049 Dy        005 PIEDADES NORTE*/. POBLADOS: CALLE ARAYA, CALLE SAN MIGUEL,  CAMPOS, FINCA MAGNOLIA, FINCA ORLICH.


049 Cv        006 LA PAZ *.


Nota:        Al electoral Piedades Noroeste* se le modifica la denominación por La Paz*.


059 Ga        026 BOLIVAR (ESPERANZA)*. POBLADOS: BAJO MATAMOROS (PARTE NORESTE), COPAN (SAN RAMON), TRES MARIAS 2, URB. LA LIBERTAD, COND. LAS LOMAS, URB. PUEBLO NUEVO.


Notas:        El poblado Urb. Las Lomas se elimina del electoral Ciudadela Jardines*/ (2-02-VIII-046), se reubica al electoral Bolívar (Esperanza) (2-02-IV-026), y se le modifica la denominación por Cond. Las Lomas.


Mapa


059 Eb        027 LA ESPERANZA*. POBLADO: COOPETURGA.


049 Bv        032 BAJO LA PAZ*. POBLADO: HACIENDA LA PAZ DE ORLICH.


Nota:        Al electoral La Paz* se le modifica la denominación por Bajo La Paz*.


VIII DISTRITO ANGELES


059 Dc        017 LOS ANGELES SUR*/. POBLADOS: AGUA FLORIDA, CALLE ANGELES,  CORTEZA, CUESTA CABALLO, EL GUABA, LA BALSA*, LOS ANGELES NORTE*, SAN LUIS, SILENCIO, URB. VILLA BLANCA.


048 Hw        018 BAJO CORDOBA*. POBLADOS: CATARATAS, COLONIA PALMAREÑA,  FINCA MALABITA, FINCA SANTA CECILIA, LOS LAGOS*, SAN LORENZO/.


048 Dw        029 BAJO DE LOS RODRIGUEZ*. POBLADO: COOPE ZAMORA*.


048 Cr        031 LOS CRIQUES*. POBLADOS: PROGRESO*, SAN JORGE*, SAN ROQUE O LAS ROCAS.


047 Su        037 VALLE AZUL*.


059 Da        038 BAJO ZUÑIGA*.


059 Gc        046 CIUDADELA JARDINES*. POBLADOS: ALTO DE LIDIA (PARTE OESTE),  CALLE LAS JUNTAS, CALLE TUNEL, CARITAS, LA AMISTAD, RANCHERA.


Notas:        El poblado Urb. Las Lomas se elimina del electoral Ciudadela Jardines*/ (2-02-VIII-046) y se reubica al electoral Bolívar (Esperanza) (2-02-IV-026).


09 CANTON OROTINA

Mapa

IV DISTRITO COYOLAR


050 Lt                004 COYOLAR*D/. POBLADOS: BAJOS DEL COYOTE, CORAZON DE MARIA, EL VIVERO*, LIMONAL, POZON, URB. MANGOS, URB. MARGARITA PENON.


Nota:        El poblado Cerro Alto se elimina del electoral Coyolar* (2-09-IV-004), se reubica al electoral Nueva Santa Rita* (2-09-IV-006).


050 Pp        006 NUEVA SANTA RITA*/. POBLADOS: CEBADILLA*, CERRO ALTO, CERRO BAJO, GUAPILES, MOLLEJONES, PIEDRAS DE FUEGO, PRADERAS DEL SOL,  SANTA RITA*.


Notas:        El poblado Cerro Alto se elimina del electoral Coyolar* (2-09-IV-004), se reubica al electoral Nueva Santa Rita* (2-09-IV-006).

Mapa


050 Qr        010 SAN JERONIMO*. POBLADO: FINCA SANTA TERESITA.




3 CARTAGO


01 CANTON CARTAGO

Mapa

V DISTRITO AGUACALIENTE O SAN FRANCISCO


078 Si                005 SAN FRANCISCO*D/. POBLADOS: AGUA CALIENTE*, CALLE PITAHAYA, CIUDAD DE LOS NIÑOS*, COCORI*, LA CHACONA, LOS FRAILES, LOS PINARES, SALITRAL, ZANJON.


Notas:        El poblado Resid. Jardines de Aguacaliente se elimina del electoral San Francisco* (3-01-V-005) y se reubica el electoral Pitahaya* (3-01-V-027). El poblado Guayabal (Parte Este)* se elimina del electoral Pitahaya (3-01-V-027) y se crea como distrito electoral (3-01-V-035).


079 Aj                006 LOURDES*. POBLADOS: BARRO MORADO, CENICERO, EL MUÑECO*,  FINCA TRINIDAD, GRANADILLA, JUCOSAL, MATA DE GUINEO, NAVARRITO, URB. INCSA, URB. LAS LOMAS.


078 Qh        027 PITAHAYA*. POBLADOS: IMAS, LOPEZ, RESID. CARTAGO, RESID. JARDINES DE AGUACALIENTE, SAN ANTONIO DE PADUA, URB. CASTILLO, URB. CIUDAD DE ORO, URB. MONTEALTO, VASQUEZ DE CORONADO.


Notas:        El poblado Resid. Jardines de Aguacaliente se elimina del electoral San Francisco* (3-01-V-005) y se reubica el electoral Pitahaya* (3-01-V-027).


078 Ri                031 MANUEL DE JESUS JIMENEZ*. POBLADO: CALLE ZOPILOTA.


078 Si        032 C. P.  SAN FRANCISCO.


078 Sg        035 GUAYABAL (PARTE ESTE)*. POBLADOS: RESID. LA CAMPIÑA.


Nota:        El poblado Guayabal (Parte Este)* se elimina del electoral Pitahaya (3-01-V-027) y se crea como distrito electoral (3-01-V-035). El poblado Resid. La Campiña se incluye oficialmente en la DTE.


03 CANTON LA UNION

Mapa

I DISTRITO TRES RIOS


078 Ka        001 TRES RIOS*D/. POBLADOS: ANTIGUA, BARRIO CARPINTERA, CALLE CHAVARRIA, FATIMA, INVU, LAS VILLAS, LOMAS DEL ESTE, LOTES VOLIO, RESID. ARBOLEDA.


Nota:        El poblado Lomas del Este se elimina del electoral Yerbabuena (3-03-IV-016) y se reubica al electoral Tres Ríos (3-03-I-001).


Mapa

IV DISTRITO SAN RAFAEL


078 Kc        005 SAN RAFAEL*D. POBLADOS: BARRIO PINAR DEL RIO, BELLELANDIA,  CALLE MUÑOZ, CARLOS MALAVASI, RESID. LA CARPINTERA, ESTANCIA ANTIGUA, LA CRUZ, RESID. GENOVA, SAN CARLOS, SAN MIGUEL*, SIERRAS DE LA UNION, URB. EL  PILAR.


078 Ld        010 QUEBRADA DEL FIERRO*. POBLADO: URB. ENTEBE.


078 Lc        013 SAN VICENTE*. POBLADOS: PILARICA, SAUCEDO (SAUCES), URB. ARBOLEDA, URB. VILLA ALEGRE.


078 Jb        016 YERBABUENA*. POBLADO: IZTARU.


Nota:        El poblado Lomas del Este se elimina del electoral Yerbabuena (3-03-IV-016) y se reubica al electoral Tres Ríos (3-03-I-001).


VII DISTRITO SAN RAMON


078 Ha        008 SAN RAMON*D. POBLADOS: BELLOMONTE, CALLE ALVARADO,  CALLE AZAHAR, CALLE EL CERRITO, CALLE HOSPITAL, CALLE MONTAÑA RUSA (PARTE ESTE), CALLE NARANJO (PARTE NORTE)*, CALLE QUESADA, CHACON PAUT,  CUMBRES, FOKKELINA, HOLANDES, LA MARGARITA, MANSIONES (PARTE SUR), PIZOTE, RESID. BOSQUE Y FRESALES, RESID. EL REFUGIO, SAN JOSECITO (PARTE NORTE), URB. ALAMITO, URB. LIMBURGIA, URB. SOL DEL ESTE, URB. VILLA HERMOSA, VILLA ROSARIO.


078 Hb        020 C.S.M. ROBERTO CHACON PAUT.


Nota:           El distrito electoral creado es C.S.M. Roberto Chacón Paut.


05 CANTON TURRIALBA

Mapa

I DISTRITO TURRIALBA


089 Kg        001 TURRIALBA*RD/. POBLADOS: BARRIO CORAZON DE JESUS, BARRIO LA PLAZA, CALLE CEMENTERIO, COYOL, GUARIA*, LA CECILIA, LOS ANGELES, PUEBLO NUEVO, PUENTE BLANCO, PUENTE NEGRO, SICTAYA, URB. LOS MEDICOS.


089 Jg        002 EL PORO*. POBLADOS: BARRIO LA ALEGRIA, CAMUSA, DORIS, LA RECTA, LA RONCHA, PASTOR, RESID. TORRE LUNA, URB. ALTO CRUZ, URB. CASTRO SALAZAR*.


Notas:        El poblado Resid. Torre Luna se elimina del electoral Santa Rosa (3-05-IX-010) y se reubica al electoral El Poró (3-05-I-002).


089 Ne        004 SAN JUAN NORTE*/. POBLADO: BAJO BARRIENTOS.


Mapa


089 Nf                005 SAN JUAN SUR*/. POBLADOS: CHIZ, MURCIA*.


089 Lh        006 LAS AMERICAS*. POBLADOS: ARAGON, CABIRIA, CALLE ZAPOTE,  CAMPABADAL, CIUD. CLORITO PICADO, CIUD. KAMAKIRI, CIUD. RAFAEL ANGEL CAMACHO, GIGO, HACIENDITA*, HULERA*, INSTITUTO DE CIENCIAS AGRICOLAS, MOLINA, NUMA, ORTIGA, RIACHUELO, SAN CAYETANO, SAN RAFAEL (INVU)*, URB. JORGE DE BRAVO.


089 Oh        007 FLORENCIA*/. POBLADOS: PAVAS*/,  SUSANITA.


089 Ke        011 COLORADO*/.


089 Jd        034 ESMERALDA*.


089 Lg        035 RECREO*.


089 Mh        048 NOCHEBUENA*. POBLADO: LAS BRISAS.


089 Kh        067 CARMEN LYRA*. POBLADOS: ABEL SAENZ, LOS LAURELES, NUEVOS HORIZONTES, PROYECTO DEL ICE, URB. LA FORTUNA, URB. OMAR SALAZAR,  YAPIRI.


089 Lg        068 H. A.  SAN BUENAVENTURA.


089 Kh        069 MARGOT*. POBLADOS: BARRIO RECOPE, EL SILENCIO, FINCA DOMINICA, REPASTO, URB. CEDROS, URB. TOMAS GUARDIA.


IV DISTRITO SANTA CRUZ


089 Eb        025 SANTA CRUZ*/. POBLADOS: FINCA LA LORENA, URB. ALVARO BARRIOS.


078 Ez        026 LA PASTORA*. POBLADOS: BAJO VOLCAN, HACIENDA PALMIRA,  POROSES, RAICERO, REUNION*, TRINIDAD.


089 Ed        028 SAN ANTONIO*/. POBLADOS: GUAYABO ARRIBA*, SAN DIEGO, TORITO (PARTE)*.


077 Sw        037 EL VOLCAN*. POBLADOS: BAJOS DE BONILLA, BONILLA,  ESPERANZA, FINCA CARIDAD, FINCA CENTRAL, FINCA QUEMADOS, FINCA RETIRO, LA FUENTE, LECHERIA MURALLA, LECHERIA TAPOJO.


089 Cc        046 CALLE VARGAS*. POBLADOS: BUENOS AIRES DEL VOLCAN, FINCA CATALINA, LAS ABRAS*, SAN RAFAEL DEL VOLCAN*, TRAZADO.


089 Fd        052 EL CARMEN (PARTE NORTE)*.


Nota:        Al electoral  El Carmen de Santa Cruz* se le modifica la denominación por El Carmen (Parte Norte)*


Mapa


089 Ca        071 LAS VIRTUDES*.


IX DISTRITO SANTA ROSA


089 Hc        003 AQUIARES O LA ISLA*/. POBLADO: COLONIAS.


089 If                010 SANTA ROSA*D/. POBLADOS: BARRIO EL CRUCE, BARRIO EL PROGRESO, BARRIO SAN FRANCISCO, BARRIO SAN JOSE, BUENOS AIRES, CALLE BAMBU, RIO CLARO, URB. LA COLINA, URB. LINDA VISTA.


Notas:        El poblado Resid. Torre Luna se elimina del electoral Santa Rosa (3-05-IX-010) y se reubica


089 Gf        043 VERBENA NORTE*. POBLADOS: EL BANCO, VERBENA SUR*.


089 Ge        056 SAN RAFAEL*. POBLADOS: CARMEN (PARTE SUR), PROYECTO IMAS.


Xll DISTRITO EL CHIRRIPO


103 De        017 GRANO DE ORO O XARA*D. POBLADOS: BAJO PASOS, DAMARIS O EL SEIS*, DYARI (PARTE NORTE), HACIENDA FORTUNA, LA RECTA, MORAVIA/,  SANTUBAL SUR*, VILLA CAROLINA, VILLA FLORA.


103 Eb        057 SIMIRIÑAC (JACUY)*. POBLADOS: BICOLOFITEY, CHORORIBATA,  DACHARI (SECQICHA), DYARI (PARTE SUR), JAMARI, PASO MARCOS*,  POPODYACARI, SALBATA, SICBATA, TIPAKA (PARTE), ULUGRI, XARA TAWA, XARARI.


103 Ia                058 ALTO PACUARE ARRIBA (DUCLAC)*. POBLADOS: BOROY PAYN, BOTIA BATA, CACHICHEY, CALCARI, CARAR, CSARI, CUCURI, CUESTA ROQUILLA, CUESTA YORIRIPA, CUNELWA QICHA, CWARI, DYODYORI, DYOLDI, DYOLIBATA, FINCA BIJAGUA, FINCA LAS CRUCES, FINCA RIO BLANCO, FINCA SIRU, ITSORI, JALPA, KOYRI, MOCU (LECHUZA), MORAO, MULUSIC, NUCHELDI, PORVENIR, SICLA BATA, SIPAC, SIPURORI, SIRBI, SURQICHA, TALARI, TIPOCO (PARTE), TSIMARI*, TUBATA, VEREH O SAN AGUSTIN*, XAQERI, XOCWARI.


Nota:        Al electoral Duclac (Alto Pacuare)* se le modifica la denominación por Alto Pacuare Arriba (Duclac)*


103 Pg        059 JAKI (CAPILLA DOS CHIRRIPO ARRIBA)*/. POBLADOS: BORORAC,  CALCULARI, DICARI-ÑAC, DICARI-TAWA (ALTO PALMERA)*, TULESI*.


103 Gm        060 BOLORI ÑAC (CAPILLA UNO)*/. POBLADOS: BICHOC TIPEY, BOLORI, BUCA DYACA, CAREQICHA, DIQECLARI, DYOLBETIPEY (SANTA ROSA), INEA QICHA, JEDYUCULARI, JOCBATA*, MANCO QICHA, NAMOLWA TIPEY, ÑADOLORI, SIBOWA, TALABATA, TCAMACALA, TSINIQICHA, ULUTCA QICHA, WACABAO (SITIO CHOMPIPE), XAFITEY, XUQEBACHARI*.


089 Oy        061 NIMARI-ÑAC (RIO PEJE)*/. POBLADOS: ALTO BARBILLA*, ATIM BATA, AWARI (PARTE SUR), BAJO PACUARE NORTE (PARTE ESTE), BERI, BUQERI (VALLE ESCONDIDO)*, CALAVERA, DORBATA*, JAMO BATA SANTUBAL NORTE), NAIRI-TAWA, NIMARI DE PACUARE*, SALPJURI, SICRI, SUR BATA.


Mapa


102 Eo        062 NAMALDI*/. POBLADOS: JACBATA (CERRO AZUL), JACSULERI, JAYTEQIBI, JUAN PABLO, NAMALDI-ÑAC, NAMALDI TAWA, TECALIC BATA, TSAWITCABE.


103 Bj                063 TSIPIRI (QUEBRADA PLATANILLO)*/. POBLADOS: ARCLARI, BEUCA, BOHEMIA, BOLO QICHA, CACHUGRI, CAPING DYACA, COCOTSACUBATA*, CWARI, DUCLARI, DUCURDI, JAC DOLONA, JAC QIBI, JACPOPORI, JACSULIBATA, JONAMARI, JUGRI, LOTE DOS (XICUARI)*, MOTCABE, NAITSACU, SALCALI (SARCALI)*, SARCLI,  SULIRA QICHA, TSINECLARI (RAIZ DE HULE)*, ULUGRI, XARA AYIL, XCWARI.


103 Eh        073 QUETZAL*.


104 Db        075 JAMÖ (SITIO HILDA PARTE OESTE)*. POBLADOS: BAMBU, DUCHIITAWASI (ALTO CHIRRIPO PARTE OESTE), SUCURI.


103 Ia                076 ALTO PACUARE ABAJO (JEKUI)*. POBLADOS: BULUJULIÑAK, CASIRIRE (RIO SAHINO), SELICO*.


Nota:        Al electoral Jakui * se le modifica la denominación por Alto Pacuare Abajo (Jekui)*


4 HEREDIA


06 CANTON SAN ISIDRO

Mapa

II DISTRITO SAN JOSE


068 Qw        003 SAN JOSECITO*/. POBLADOS: CALLE HIERBABUENA (PARTE OESTE), LOMAS DE ZURQUI, SANTA CRUZ*, TRAPICHE, URB. EL ARROYO, URB. FATIMA, URB. LOMAS VERDES, URB. SANTA MARTA.


068 Py        005 SANTA ELENA*. POBLADOS: CALLE HIERBABUENA (PARTE ESTE), CALLE ZURQUI.


068 Qx        007 C.P. JUVENIL ZURQUI.


Nota:           El distrito electoral creado es C.P. Juvenil Zurquí.


5 GUANACASTE


06 CANTON CAÑAS

Mapa

I DISTRITO CAÑAS


028 Ip                001 CAÑAS*RD/. POBLADOS: ALBANIA, ANDEZA, BARRIO SANTA ISABEL ABAJO, BARRIO MIGUEL ARAYA, BELLO HORIZONTE*, CANTARRANAS O SAN LUIS*, CONCEPCION, CUESTA DIABLO, CUESTA EL MICO, HACIENDA SANTA ISABEL, IMAS, INVU LAS BRISAS, INVU VIEJO*, KENNEDY, LA CORTE, LA CUEVA, LOS ANGELES,  MIRAVALLES, PEDREGAL (URB. VERGEL), POCHOTA, PUEBLO NUEVO, RESID. NACAOME, RESID. VERGEL, SAN CRISTOBAL*, SAN PEDRO, SANDIAL*, SANTA ROSA, URB. LA GRAN PIEDRA, URB. LOS MALINCHES, URB. TENORIO, VILLA ESPERANZA.


Notas:        Los poblados Castillo y San Antonio se eliminan del electoral Cañas (5-06-I-001) y se reubican al electoral Las Palmas (5-06-I-016).


028 On        010 HOTEL*. POBLADOS: COLONIA SAN LUIS*, FINCA NILO, FINCA SANTA PAULA, LIBERTAD*.


028 Eo        011 SANDILLAL*/. POBLADOS: BARRIO LAS ROMANITAS, CEDROS*, COROBICI*, CORRENTADAS, EL CEPO, FINCA CONGOJAS, FINCA GUARIA, FINCA MARIA CRISTINA, FINCA PACIFICA, FINCA UNION, MONTES DE ORO, SAN ISIDRO*.


028 Gu        012 EL VERGEL*. POBLADOS: FINCA CHARCONES, FINCA REJOYA.


028 Lr                014 JABILLA ABAJO*. POBLADOS: BARRIO LOS ULATE, FINCA SALITRAL,  JABILLA ARRIBA,  PASO LAJAS*,  SAN ANTONIO.


028 Io                015 SAN MARTIN*. POBLADOS: BARRIO UNION, FINCA PASO HONDO, FINCA POZO DE AGUA, TRES MARIAS, URB. VEROLIZ.

       

028 Hp        016 LAS PALMAS*. POBLADOS: BARRIO EL BOSQUE, BARRIO EL CASTILLO, BARRIO SAN ANTONIO, URB. CHOROTEGA.


Notas:        Los poblados Castillo y San Antonio se eliminan del electoral Cañas (5-06-I-001) y se reubican al electoral Las Palmas (5-06-I-016). Al poblado Castillo se le modifica la denominación por Barrio El Castillo; al poblado San Antonio se le modifica la denominación por Barrio San Antonio.


28 Kq                017 H.A. MARY BLANCO.


Nota:         El distrito electoral creado es H.A. Mary Blanco


08 CANTON TILARAN

Mapa

IV DISTRITO SANTA ROSA


028 Bx        007 LOS ANGELES (SANTA ROSA)*/. POBLADOS: AGUILARES, CUESTA MUERTO, FINCA ESPERANZA, LA PALMA*, LOS MOISOS, SAN JUAN, SAN RAFAEL.


037 Oa        008 PARCELAS DE QUEBRADA AZUL (LINDA VISTA)*/. POBLADOS: CAMPOS AZULES, FINCA ALTAMIRA, FINCA LIRIO BLANCO, FINCA RETIRO, HACIENDA MONTECRISTO, NARANJOS AGRIOS, RANCHITOS*, SANTA CECILIA.


Nota:        Al electoral Linda Vista de Argentina* se le modifica la denominación por Parcelas de Quebrada Azul (Linda Vista)*/.


6   PUNTARENAS


02 CANTON ESPARZA

Mapa

I DISTRITO ESPIRITU SANTO


050 Bi                001 ESPARZA*D/. POBLADOS: BARRIO LA GRANJA, BARRIO NUEVO (CALLE TORREJAS), BRISAS, CALLE TEJAR, CALLE TORREJAS, CIUD. ESTADOS UNIDOS, CIUD. QUINCE DE AGOSTO, CIUD. QUINCE DE SETIEMBRE, CIUD. VELEZ, EL TAJO, LA ALMIDONERA, LA PASTORA (BARRIO ESCONDIDO), LAS CHINAS DE HEREDIA, LOS MORALES, RIVIERA*, ROSARIO CALDERON (EL ROSAL), TEJAR, TRANQUEADERO, URB. CIMA DEL CIELO (RAFAEL ANGEL CALDERON)*, URB. KAREN OLSEN.


050 Ch        013 MOJON*. POBLADOS: CIUD. MARIO ALVAREZ, EL HUMO (PARTE OESTE), GREGG, LA UNION, LOS CEDROS, LOS LAURELES, MOJONCITO*, PAN DE AZUCAR, QUINTAS ESPAMAR.


049 Sj                016 MARAÑONAL (PARTE OESTE)*. POBLADOS: BARRIO BELLA VISTA, BARRIO LOS VICENTINOS, LA CARPINTERA, LOS ANGELES.


Notas:        El electoral Artieda* (6-02-I-002) se elimina del administrativo Espíritu Santo (6-02-I), se reubica al administrativo Caldera (6-02-VI-002) y se le modifica la denominación por Artieda (Chumical)*. El electoral Caldera* (6-02-I-004) se elimina del administrativo Espíritu Santo (6-02-I) y se reubica al administrativo Caldera (6-02-VI-004) y se le reubica la cabecera a Mata de Limón (Parte Sur).


II DISTRITO SAN JUAN GRANDE


050 Dk        003 SAN JUAN GRANDE*. POBLADOS: CALLE ZAPOTE, LA VIEJA, LOS ROGADOS, SAN JUAN CHIQUITO*, URB. ESPARZOL.


050 Di                005 JUANILAMA*. POBLADOS: CALLE MOLLEJONES, HUMO (PARTE ESTE)*, JOCOTE, SABANILLA, URB. BAMBU.


Notas:        El poblado Cuesta Jocote se elimina del electoral Juanilama (6-02-II-005) y se reubica al electoral Salinas (6-02-VI-006). El poblado Humo* se elimina del electoral Artieda (Chumical) (6-02-VI-002), se reubica al electoral Juanilama (6-02-II-005) y se le modifica la denominación por Humo (Parte Este)*.


Mapa


050 Fh        018 H. A.  CARLOS VENEGAS.


Notas:        El electoral Salinas (6-02-II-006) se elimina del administrativo San Juan Grande (6-02-II) y se reubica al administrativo Caldera (6-02-VI-006)


VI DISTRITO CALDERA


050 Ff                002 ARTIEDA (CHUMICAL)*.


Notas:        El electoral Artieda (6-02-I-002) se elimina del administrativo Espíritu Santo  (6-02-I), se reubica al administrativo Caldera (6-02-VI-002) y se le modifica la denominación por Artieda (Chumical)*. El poblado Humo se elimina del electoral Artieda (Chumical) (6-02-VI-002) y se reubica al electoral Juanilama (6-02-II-005). Los poblados San Antonio y Quebrada Honda se eliminan de la DTE.


050 Hc        004  MATA DE LIMON (PARTE SUR)*. POBLADOS: CABEZAS, CALDERA*, CORRALILLO, FINCA CORTIJO, LA MONCHA, HACIENDA PLAYA LINDA, LA LOMA, VILLA CHAMPAN.


Notas:        El electoral Caldera (6-02-I-004) se elimina del administrativo Espíritu Santo  (6-02-I) y se reubica al administrativo Caldera (6-02-VI-004). La cabecera del Distrito Electoral (6-02-VI-004) será Mata de Limón* poblado perteneciente al mismo distrito electoral, al que se le modifica la denominación por Mata de Limón (Parte Sur)*; el poblado Caldera formará parte del electoral Mata de Limón (Parte Sur)*. El poblado Corralillo se elimina del electoral Salinas* (6-02-VI-006) y se reubica al electoral Mata de Limón (Parte Sur)* (6-02-VI-004). El poblado Hacienda La Moncha se le modifica la denominación por La Moncha. Los poblados Finca Cortijo, La Loma y Villa Champan se incluyen oficialmente en la DTE.


050 If                006 SALINAS*. POBLADOS: ALTOS DE LAS MESAS, CAMBALACHE*,  CASCABEL, CUESTA JOCOTE, FIGUEROA, FINCA MARUCA, GUARDIANES DE LA PIEDRA, HACIENDA MATA DE GUINEA, HACIENDA SALINAS, JESUS MARIA (ESTACION),  PARCELAS DE MATA DE LIMON, QUINTAS EL COYOL, VILLA NUEVA*, VALLE DEL EDEN.


Notas:        El electoral Salinas (6-02-II-006) se elimina del administrativo San Juan Grande (6-02-II), se reubica al administrativo Caldera (6-02-VI-006). El poblado Cuesta Jocote se elimina del electoral Juanilama (6-02-II-005) y se reubica al electoral Salinas (6-02-VI-006). Los poblados Finca Brazo Seco, Silencio y Playa Tivives se eliminan del electoral Salinas* (6-02-VI-006) y se reubican al nuevo electoral Tivives (6-02-VI-019), el poblado Corralillo se elimina del electoral Salinas* (6-02-VI-006 y se reubica al electoral Mata de Limón (Parte Sur)* (6-02-VI-004). Los poblados Altos de las Mesas, Guardianes de la Piedra, Finca Maruca, Parcelas de Mata de Limón, Quintas El Coyol y Valle del Edén se incluyen oficialmente en la DTE.


Mapa


050 Nd        019 TIVIVES*. POBLADOS: FINCA BRAZO SECO, PLAYA TIVIVES, SALINAS DOS, SILENCIO.


Nota:        El distrito electoral creado es Tivives* (6-02-VI-019). Los poblados Finca Brazo Seco, Silencio y Playa Tivives se eliminan del electoral Salinas* (6-02-VI-006) y se reubican al nuevo electoral Tivives (6-02-VI-019). El poblado Salinas Dos se incluye oficialmente en la DTE.



03 CANTON BUENOS AIRES

Mapa

I DISTRITO BUENOS AIRES


106 Rq        001 BUENOS AIRES*RD/. POBLADOS: ALTO DE BUENOS AIRES, AMAPOLAS, BARRIO CANTARRANA, BARRIO CEMENTERIO, BARRIO LAS PALMERAS, BARRIO LOS ANGELES*, BARRIO LOS BERMUDEZ, BARRIO SAN MARTIN*, FINCA ANA VICTORIA, FINCA BELLO HORIZONTE, FINCA CABUYA, LAS GEMELAS (LOURDES),  FINCA GUARIA, FINCA ISABEL, FINCA TEJAR, FLOR DE LA SABANA, LAS LOMAS*,  PALMA, LA PIÑERA (EL GOL)*, POTRERO CERRADO, SABANA, URB. LAS ROSAS*, URB. MI HOGAR.


Notas:        El poblado Las Huacas se elimina del electoral Buenos Aires (6-03-I-001) y se reubica al electoral Santa Cruz (6-03-I-053).


107 Hw        002 SAN LUIS (FLORIDA)*. POBLADOS: ALTO ALEJO, BRUJO*, COLEPATO, LOPEZ, SAN ANTONIO ESTE.


106 Qt        003 SALITRE*. POBLADOS: DYERI*, FINCA PROFESORES.


106 Lt        014        UJARRAS*/. POBLADOS: ALTO HUACAS, EL CARMEN (SKRADITSIRI)*, GUANACASTE DE UJARRAS (KUIDYE)*, OJOCHE (SANTA CRUZ), SAN VICENTE*, SANTA MARIA DE UJARRAS*.


107 Gr        018 PARAISO (ANIMAS)*. POBLADOS: ALTO CARACOL, OCOCHOBI*, PASO EL TIGRE, SABANAS.


118 Dc        019 BAJO LAS BRISAS*. POBLADOS: ALTO BRISAS, CABAGRA (PARTE OESTE), SANTA CANDELARIA*, SANTA EDUVIGIS*, SANTA ELENA, YUAVIN DE CABAGRA*.


118 Jc                025 BOLAS DE KRUGRA*/. POBLADOS: BAMBA DE CEDRO O LLANO VERDE, JUNTAS*, LINDA VISTA*, SAN MIGUEL (PARTE ESTE).


117 Fe        038 OLAN*.


106 Qw        041 PUENTE DE SALITRE*. POBLADOS: BUENA VISTA*, FILA SIPAR, FORTUNA*, RIO AZUL*.


107 Bx        043 VILLA HERMOSA*. POBLADOS: ALTO CALDERON*, PLATANARES*.


Mapa


107 Cn        044 EL CEIBO*. POBLADOS: ALTOS, BAJO CARACOL, FINCA CEIBO, FINCA EL CAIMITO, FINCA REMOLINO.


107 Ds        050 SAN CARLOS*. POBLADO: BAJO SAN CARLOS (PUEBLO NUEVO).


106 Qr        053 SANTA CRUZ*. POBLADOS: BARRIO LAS HORMIGAS, BARRIO VERACRUZ*, CEBROR*, LAS HUACAS, LAS ROSAS DE SALITRE*, LOMAS DEL SOL, PUNTA DE PLANCHA (LOS CODERO), URB. BORUCA, URB. LAS VEGAS, URB. LOS ANGELES.


Notas:        El poblado Las Huacas se elimina del electoral Buenos Aires (6-03-I-001) y se reubica al electoral Santa Cruz (6-03-I-053).


106 Kw        054 PALMITAL*. POBLADOS: ESCALERAS DE OLAN, RESERVA DURIKA*, SAN FRANCISCO*, SIPAR*.


05 CANTON OSA

Mapa

VI DISTRITO BAHIA DRAKE


096 Nk        016 DRAKE*/. POBLADOS: AGUJITAS*, BOCA GANADO, BUENA VISTA, CALETAS*, EL PROGRESO*, GUERRA*, ISLA DEL CAÑO, LLORONA, LOS ANGELES*, PIEDRA EL ARCO, PLAYA COLORADA, QUEBRADA GANADO, SAN PEDRILLO.


110 Da        027 RIYITO DE SIERPE*. POBLADOS: BANEGAS (PARTE SUR), FINCA QUEBRADA SUCIA.


Nota:        El poblado Alto Laguna se elimina del electoral Riyito de Sierpe (6-05-VI-027) y se crea como electoral con la denominación de Alto Laguna (6-05-VI-014).


096 Pr                033 RANCHO QUEMADO O DELICIAS*. POBLADO: CHIQUERON.


096 Sh        038 LOS PLANES*. POBLADO: SAN JOSECITO (RINCON)*.


097 Hy        039 ALTO LAGUNA*/.


Nota:        El poblado Alto Laguna se elimina del electoral Riyito de Sierpe (6-05-VI-027) y se crea como distrito electoral con la denominación de Alto Laguna*/ (6-05-VI-039).


08 CANTON COTO BRUS

Mapa

I DISTRITO SAN VITO


131 Bd        001 SAN VITO*RD/. POBLADOS: BARRANTES, BARRIO COCA COLA, BARRIO LA MESETA, BARRIO LOS PINARES, BARRIO OROTINA, BARRIO SABANERO, BENEFICIO PASO REAL, PRIMAVERA, PRINCESA, TRES RIOS*, SAN VITO NUEVO, URB. IMAS, VESUBIO.


130 Qa        002 BAJO REYES*. POBLADOS: EL TAJO, LOS CORRALES.


Mapa


131 Bg        024 LOURDES*. POBLADOS: BAJO CORRALES, SAN JOAQUIN*.


131 Db        031 SANTA CLARA*. POBLADO: TORRE ALTA*.


130 Pd        033 PIEDRA PINTADA*. POBLADOS: BAJO VENADO, FINCA SANTA MARTA.


131 De        035 LINDA VISTA (ALTO ZONCHO)*. POBLADO: ALTO CRUCES.


130 Rd        038 AGUAS CLARAS*. POBLADOS: CEIBO*, CUENCA DE ORO, FINCA CONSTANZA, LAS JUNTAS (PARTE SUROESTE)*.


Nota:        El poblado Las Juntas (Parte Oeste)* se elimina del electoral Brisas* (6-08-I-032), se reubica al electoral Aguas Claras (6-08-I-038) y se le modifica la denominación por Las Juntas (Parte Suroeste)*.


119 Nz        043 MARAVILLA*. POBLADO: FINCA MILAGRO.


130 Td        044 BARRIO CANADA*. POBLADOS: ALBORADA*, COOPERATIVA, LOS PINOS (CHANCHERA), LOS PIONEROS, PASO DANTA O EL DANTO*, PAVO.


131 Ad        045 H. A.  COTO BRUS.


130 Se         047 LA ISLA*. POBLADOS: ASENTAMIENTO EL IDA, FINCA CRISTINA (FINCA ALEMAN), URB. IMAS.


Notas:        El electoral Colonia Gutierrez Braun* (6-08-I-003) se elimina del administrativo San Vito (6-08-I), se reubica al administrativo Gutierrez Brown (6-08-VI-003) y se le modifica la denominación por La Administración (Gutierrez Braun)*. El electoral La Guinea Abajo* (6-08-I-021) se elimina del administrativo San Vito (6-08-I) se reubica al administrativo Gutierrez Brown (6-08-VI-021) y se le modifica la denominación por Fila Guinea*. El electoral Fila Pinar* (6-08-I-022) se elimina del administrativo San Vito (6-08-I) y se reubica al administrativo Gutierrez Brown* (6-08-VI-022). El electoral Brisas* (6-08-I-032) se elimina del administrativo San Vito (6-08-I) y se reubica al administrativo Gutierrez Brown (6-08-VI-032). El electoral Roble* (6-08-I-036) se elimina del administrativo San Vito (6-08-I) y se reubica al administrativo Gutierrez Brown (6-08-VI-036).


II DISTRITO SABALITO


131 Bj                004 SABALITO*D/. POBLADOS: BARRIO LA PAZ, BARRIO SAN JOSE,  BRASILIA*, EL PLANTEL, FINCA CHINO, INVU, LA CEIBA, PRIMAVERA, PROVIDENCIA, SAN BOSCO*, SAN MARCOS*, SAN RAFAEL DE SABALITO, TRINIDAD.


130 Qn        005 SAN MIGUEL DE LA FRONTERA*. POBLADOS: CALLE FILA ISLA, EL GALLO, LA UNION DE LA FRONTERA*, PORTO LLANO*, SAN LUIS DE RIO NEGRO*.


130 Nx        006 LAS MELLIZAS*/. POBLADOS: FINCA CAFROSA, FINCA LAS GEMELAS, PIEDRA DE CANDELA.


Mapa


130 Nt                025 LA LUCHA*. POBLADOS: EL ALTO, LA ESMERALDA*, LAS LILAS, PROGRESO*, SAN FRANCISCO DE LA LUCHA*.


131 Fg        026 LOS ANGELES DE SABALITO*.


131 Gk        034 SAN ANTONIO*. POBLADO: SANTA ROSA*.


131 Ch        039 SANTA TERESA*.


130 Ri                046 SAN RAMON*. POBLADOS: LAS JUNTAS (PARTE SURESTE),  MIRAFLORES*, PUEBLO NUEVO DE BRISAS*, VALLE HERMOSO*.


Nota:        El electoral Flor del Roble* (6-08-II-023) se elimina del administrativo Sabalito (6-08-II) y se reubica al administrativo Gutierrez Brown (6-08-VI-023).


VI DISTRITO GUTIERREZ BROWN


130 Mi        003 LA ADMINISTRACION (GUTIERREZ BRAUN)*/. POBLADOS: CAMINO DE PALO, FILA SAN RAFAEL*, POMA, LIBERTAD*.


Notas:        El electoral Colonia Gutierrez Braun*/ (6-08-I-003) se elimina del administrativo San Vito (6-08-I), se reubica al administrativo Gutierrez Brown (6-08-VI-003) y se le modifica la denominación por La Administración (Gutierrez Braun)*/. Al poblado San Rafael* se le modifica la denominación por Fila San Rafael*. Al poblado Finca Poma se le modifica la denominación por Poma.


130 Le        021 FILA GUINEA*/. POBLADO: GUINEA ARRIBA*.


Nota:        El electoral La Guinea Abajo*/ (6-08-I-021) se elimina del administrativo San Vito (6-08-I) se reubica al administrativo Gutierrez Brown (6-08-VI-021) y se le modifica la denominación por Fila Guinea*/. El poblado Barrio Bellavista se elimina de la DTE


130 Ne        022 FILA PINAR*.


Nota:        El electoral Fila Pinar* (6-08-I-022) se elimina del administrativo San Vito (6-08-I) y se reubica al administrativo Gutierrez Brown (6-08-VI-022). *


130 Nñ        023 FLOR DEL ROBLE*. POBLADOS: ALTURAS DE COTON*, ALPHA*, FILA CORRALES, FILA DEL CHOCOYO, FINCA RIO NEGRO.


Nota:        El electoral Flor del Roble* (6-08-II-023) se elimina del administrativo Sabalito (6-08-II) y se reubica al administrativo Gutierrez Brown (6-08-VI-023). Al poblado Asentamiento Alpha* se le modifica la denominación por Alpha*. Los poblados Fila Corrales y Fila del Chocoyo se incluyen oficialmente en la DTE.


130 Ph        032 BRISAS*. POBLADOS: LAS JUNTAS (PARTE NORTE), SIETE COLINAS*.


Notas:        El electoral Brisas* (6-08-I-032) se elimina del administrativo San Vito (6-08-I) y se reubica al administrativo Gutierrez Brown (6-08-VI-032). El poblado Las Juntas (Parte Oeste)* se elimina del electoral Brisas* (6-08-I-032) y se reubica al electoral Aguas Claras (6-08-I-038). El poblado Las Juntas (Parte Norte) se incluye oficialmente en la DTE.

Mapa


130 Lm        036 ROBLE*. POBLADOS: EL GARROTAZO, RIO MARZO*, ROBLE ARRIBA*, SAN CARLOS (SAPO TRISTE).


Nota:        El electoral Roble* (6-08-I-036) se elimina del administrativo San Vito (6-08-I) y se reubica al administrativo Gutierrez Brown (6-08-VI-036). El poblado Fila Tigre Parte (Este)* se elimina de la DTE. Los poblados El Garrotazo y San Carlos (Sapo Triste) se incluyen oficialmente en la DTE.


09 CANTON PARRITA

Mapa

I DISTRITO PARRITA


062 Rr        001 PARRITA*D/. POBLADOS: ISLA PALO SECO*, INVU LA GUARIA*, LOS ALMENDROS, PUEBLO NUEVO*/, RESID. LAS ACACIAS, URB. CESAR.


052 Pz        002 ESTERILLOS OESTE*. POBLADOS: FINCA RANCHO NUEVO, HIGUITO*, PUNTA MALA, SAN JULIAN*, VILLAS XIHU, VISTA DE MAR*.


062 Mh        004 CHIRES ARRIBA*. POBLADOS: CHIRES ABAJO, GUAPINOL*, JICOTE ARRIBA*.


062 Kr                005 SARDINAL SUR*. POBLADO: MONTE SIERPE.


062 Ok        006 LOMAS DE PARRITA*. POBLADOS: FINCA ESPERANZA, LA LOMA*, LA PALMA*, LA 45, LOS SUEÑOS*, PROYECTO GRUPOS 1 AL 9.


062 Po        007 LOS ANGELES*.


062 Nq        008 EL TIGRE*. POBLADOS: JICOTE, LA CORONA, REFORMADORES,  TECA, VALLODOLID ETAPAS  I y II.


062 Hp        010 CHIRRACA*. POBLADOS: MESAS*, RINCON DE MORALES.


062 Ht                011 SAN ISIDRO DE PLAYON*/.


062 Ht                012 SURUBRES*. POBLADOS: FILA DE SURUBRES, I GRIEGA.


062 Ou        013 PALO SECO*. POBLADOS: BARBUDAL*, FINCA NICOYA*, FINCA SANTA RITA, LOURDES (SARDINAL)*, SAN BOSCO.


Nota:        Al electoral Palo Seco (Viejo)* se le modifica la denominación por Palo Seco*.


062 Ow        014 VUELTA DE POCARES*. POBLADO: LA PLANTA.


071 Pa        015 POCARES*. POBLADO: SAN ISIDRO DE POCARES.


Notas:        El poblado Valeria se elimina del electoral Pocares (6-09-I-015) y se reubica al electoral Asentamiento Pirrís (Las Parcelas)* (6-09-I-018).

Mapa


062 Jz                016 PORVENIR O LAS VEGAS*. POBLADO: SAN JUAN*.


071 Mc        017 SAN RAFAEL NORTE (RIO SECO)*. POBLADOS: ASENTAMIENTO POCARITOS (RIO SECO), SAN RAFAEL SUR.


071 Of        018 ASENTAMIENTO PIRRIS (LAS PARCELAS)*. POBLADOS: SAN ANTONIO*, VALERIA.


Notas:        El poblado Valeria se elimina del electoral Pocares (6-09-I-015) y se reubica al electoral Asentamiento Pirrís (Las Parcelas) (6-09-I-018).


072 Fd        019 ISLA DAMAS*.


062 Fr                020 PIRRIS*.


062 Ew        021 BAMBU*.


062 Et                023 VALLE VASCONIA (BARRO)*. POBLADO: SAN GERARDO*.


062 Pg        024 BEJUCO*. POBLADO: ESTERILLOS ESTE*.


062 Qr        025 LA JULIETA*. POBLADOS: FINCA LIGIA, LOMA LINDA, SITRADIQUE.


062 Iq                026 PLAYON SUR*/.


062 Rm        027 BANDERA*. POBLADO: PLAYA DE PALMA*.


7   LIMON


03 CANTON SIQUIRRES

Mapa

I DISTRITO SIQUIRRES


088 Hz        001 SIQUIRRES*RD/. POBLADOS: ALTO EL NISPERO, BARRIO NAZARETH,  BARRIO LA UNION,  BETANIA*, CORAZON DE JESUS, EL MANGAL, INVU, INVU NUEVO, LA GUARIA, LA ZONITA, MARIA AUXILIADORA*, MIRAFLORES, PALMIRA*, SIQUIRRITOS*, TOBIAS VAGLIO*, TRIUNFO, URB. MUCAP.


100 Qa        002 SANTO DOMINGO (PUEBLO NUEVO)*/. POBLADOS: CONSTANCIA, CONSTANTINA, FINCA EL CARMEN DE BANDECO*, FINCA 1, FINCA 3, HAMBURGO, LUPITA, MARTA, MILLA SEIS (NEW YORK), MONTECRISTO*, PUEBLO CIVIL*, PUNTA DE RIEL, SANTA LUCIA, SANTA ROSA, SUIZA.


101 Bc        003 SAN ALBERTO NUEVO*/. POBLADOS: BARNSTORFF, CANADA, FINCA MONTE BLANCO, SAN ALBERTO VIEJO.


088 Qt        009 SAN ALEJO SANTA MARTA*. POBLADOS: BAJO TIGRE O LOS ANGELES*, LINDA VISTA*, MILLA 52*, SAN JOAQUIN*.


Mapa


088 Iv                011 EL COCO*. POBLADO: MORAVIA*.


100 Ri                014 IMPERIO*. POBLADOS: CELINA*, CHIQUERON, CIUD. LAS FLORES*, EL ENCANTO*, FINCAS IMPERIO 2 Y 3*, LAGUNA, LA RECTA, NUEVA ESPERANZA*, SAN QUINTIN.


Notas:        El poblado Nueva Esperanza se elimina del electoral Maryland (7-03-I-025) y se reubica al electoral Imperio (7-03-I-014).


101 De        016 INDIANA TRES*. POBLADOS: INDIANA DOS*, INDIANA UNO.


100 Do        020 BOCA DE PARISMINA*/. POBLADO: BOCA DE PACUARE (PARTE NORTE).


100 Lj                025 MARYLAND*. POBLADOS: AGUAS ZARCAS, ASENT. OLGER VARGAS, CAÑO BLANCO*, CUNDINAMARCA, DOROTEA, LOS ANGELES*, NUEVA VIRGINIA*,  SUERRE (DOS BOCAS).


Notas:        El poblado Nueva Esperanza se elimina del electoral Maryland (7-03-I-025) y se reubica al electoral Imperio (7-03-I-014).


088 Ov        028 GUAYACAN*. POBLADOS: BAJO EL TRAPICHE, PETROLEO (PETROLERA).


101 Cd        029 LUCHA*.


100 Nñ        030 BANACOL (LA ESPERANZA)*. POBLADO: VEGAS DE IMPERIO*.


Nota:           Al electoral La Esperanza* se le modifica la denominación por Banacol (La Esperanza)*.


088 Dz        034 COCAL*. POBLADO: EL QUEBRADOR*.


088 Gz        035 SAN MARTIN*. POBLADOS: AMELIA*, ASENT. IDA, BARRIO ESCONDIDO, BARRIO GUAYABAL, BROOKLIN, LA VICTORIA, LAURELES, SAN RAFAEL*, URB. MERAYO, URB. YEKA, URB. 6 DE MAYO.


06 CANTON GUACIMO

Mapa

I DISTRITO GUACIMO


087 Oh        001 GUACIMO*D/. POBLADOS: AFRICA*, ANGELINA, CABAÑA, CAMINO LA GUAIRA*, CANTARRANA, EL TRES, FINCA RUDIN, FOX HALL, GUAYACAN, INVU, LA PERLA*, LANDHURST, LAS PALMITAS*, LIBANO, LOS GERANIOS*, LOS OLIVOS, LUCANIA, MANZANOS, OTILIA, PARAISO, REINALDO KENNEDY, RESID. LAS ARALIAS, ROCA, SAN GERARDO, SELVA*, SIRIA, SUCESO, URB. LOS COLEGIOS.


087 Me        002 HOGAR*. POBLADOS: CALLE CINCO, CALLE CUATRO, CALLE SEIS,  EDEN*.


087 Jh        003 BOSQUE*. POBLADOS: AGUACATE*, EL UNO, FINCA ROSALIA, FINCA TORRENTES, LA MANUDITA*.


Mapa


087 Pk        004 PARISMINA*. POBLADOS: AGRIMAGA*, ESTACION RUDIN, LINDA VISTA.


087 Kj                012 SAN LUIS*. POBLADO: FINCA COBAL.


088 Ai                017 LAS COLINAS*. POBLADO: ISLETA*.


087 Nh        018 H.A. DAVID GARRO.

Nota:        El distrito electoral creado es H.A. David Garro (7-06-I-018).


Artículo 2.- Rige a partir de su publicación.". ACUERDO FIRME.

B) Contratación de hospedaje y alimentación para el Programa de Observadores Internacionales y actividades electorales. De los señores Gerardo Guzmán Abarca y Esteban Durán Hernández, Director General a. i. del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos y Jefe a. i. del Departamento de Programas Electorales, respectivamente, se conoce oficio n.° DPE-020-2014 [sic] del 19 de enero de 2014 [sic], recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 19 de enero de 2015, mediante el cual, con fundamento en una serie de consideraciones, solicitan autorización para contratar al amparo del artículo 304 del Código Electoral "un hotel que abarque los servicios que requiere el Programa de Atención a Observadores Internacionales y las tres actividades de más relevancia en el proceso electoral", conforme a lo expuesto en relación con la contratación #2 de la tabla n.º 1 que detallan, lo anterior para las elecciones municipales 2016.

Se dispone: Autorizar conforme se solicita, lo anterior, sin que se emita juicio en relación con eventuales adjudicatarios y precisando que los procedimientos que en consecuencia se ejecuten, quedan bajo responsabilidad de las correspondientes instancias administrativas.  ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.

A) Renuncia por pensión de la funcionaria Carmen Lilia Zumbado Guerrero. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-0289-2015 del 26 de enero de 2015, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración la nota recibida el 23 de enero en este despacho que suscribe la señora Carmen Lilia Zumbado Guerrero, Profesional en Gestión 2 del Departamento de Registro de Partidos Políticos, mediante la cual presenta la renuncia a su cargo para acogerse al beneficio de pensión por el régimen general de pensiones Ley Marco (Ley No. 7302 del 15 de julio de 1992).

La señora Zumbado Guerrero labora para este organismo electoral desde el 16 de febrero de 1979 y desea que su cese de funciones sea efectivo a partir del 1° de febrero de 2015, motivado [sic] para ello en la resolución DNP-OA-1148-2013 que emitió la Dirección Nacional de Pensiones a las catorce horas del 22 de mayo de 2013.

Solicita asimismo el pago tanto de las prestaciones legales que pudieran corresponderle de acuerdo con la legislación laboral vigente, como de la jornada extraordinaria y las vacaciones que no haya disfrutado a la fecha de su retiro.".

Se dispone: Tener por presentada la renuncia de la señora Zumbado Guerrero, a quien se agradece los servicios prestados a estos organismos electorales, deseándole el mayor de los éxitos en su nueva etapa de vida. Procedan oportunamente con lo de sus cargos la Contaduría, el Departamento Legal y el propio Departamento de Recursos Humanos.

Habida cuenta de los distinguidos servicios prestados por la señora Zumbado Guerrero, su valiosa experiencia y considerando su interés de seguir colaborando ad honorem con estos organismos electorales, se le designa como Asesora Emérita de este Tribunal, a partir del 1º de febrero de 2015. ACUERDO FIRME.

B) Ascenso en propiedad de la funcionaria Marta Eugenia Salas Quesada en el Departamento Civil. De la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0087-2015 del 26 de enero de 2015, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Respetuosamente elevo a conocimiento del Superior y para lo que tenga a bien disponer, el oficio RH-0271-2015 del 22 de enero del año en curso, suscrito por el licenciado Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, referido al ascenso en propiedad de la funcionaria Marta Eugenia Salas Quesada, Asistente Administrativo 1 a la plaza de Asistente Funcional 2 que se encuentra vacante en el Departamento Civil.

La servidora Salas Quesada, fue recomendada por el Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor a. i. del Departamento Civil mediante oficio DC-0034-2015 del 08 de enero de 2015, quien en lo que interesa manifestó que: “...la funcionaria Salas Quesada cuenta con la experiencia necesaria para ejecutar las labores que el puesto demanda, las cuales ha venido ejecutando con muy buen suceso desde el 16/10/2013”.

Conforme a la recomendación de este último, la cual la suscrita avala en todos sus extremos y cumpliendo con lo que establecen los artículos 34 y 36 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios y lo dispuesto por el Tribunal Supremo de Elecciones en la Sesión Ordinaria No.129-2002, artículo quinto, comunicado mediante Oficio No.4168-2002 del 26 de setiembre del [sic] 2002, solicito al Superior, si a bien lo tiene, la aprobación del nombramiento en propiedad que se propone.

De contar con la anuencia del Tribunal, la servidora Salas Quesada, podría ser ascendida en propiedad al cargo de  Asistente Funcional 2 en el Departamento Civil, puesto número 76510, a partir del próximo 16 de febrero del año en curso.".

Se dispone: Nombrar conforme se propone. ACUERDO FIRME.

C) Ascenso en propiedad de la funcionaria Xinia María Solano Pereira en la Oficina Regional de Heredia. De la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0084-2015 del 26 de enero de 2015, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Respetuosamente elevo a conocimiento del Superior y para lo que tenga a bien disponer, el oficio RH-4001-2014 del 18 de diciembre del año en curso, suscrito por el licenciado Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, referido al ascenso en propiedad de la funcionaria Xinia María Solano Pereira, Asistente Administrativo 2 a la plaza de Asistente Funcional 2 que se encuentra vacante en la Oficina Regional de Heredia.

La servidora Solano Pereira, fue recomendada por la Licda. Carmen Nuria Campos Jara, Jefa de la Oficina Regional de Heredia mediante oficio ORHE-2225-2014 sustituir- del 24 de noviembre del [sic] 2014, quien en lo que interesa manifestó que: “…actualmente se desempeña en el puesto denominado Asistente Administrativo 2 puesto N° 45651 con recargo de funciones del TIM desde el 03 de octubre del [sic] 2014, fecha en que la titular del puesto fue incapacitada por los servicios de Ortopedia de la C.C.S.S. y posterior su último tracto de vacaciones. Recomiendo a la funcionaria Solano Pereira en razón de que cuenta con 29 años de servicios y ha desarrollado en ese puesto, con gran interés y orden. Así mismo ha asimilado las políticas del puesto para ese excelente desarrollo”.

Conforme a la recomendación de este último, la cual la suscrita avala en todos sus extremos y cumpliendo con lo que establecen los artículos 34 y 36 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios y lo dispuesto por el Tribunal Supremo de Elecciones en la Sesión Ordinaria No.129-2002, artículo quinto, comunicado mediante Oficio No.4168-2002 del 26 de setiembre del 2002, solicito al Superior, si a bien lo tiene, la aprobación del nombramiento en propiedad que se propone.

De contar con la anuencia del Tribunal, la servidora Solano Pereira, podría ser ascendida en propiedad al cargo de  Asistente Funcional 2 en la Oficina Regional de Heredia, puesto número 76401, a partir del próximo 1° de febrero del año en curso.".

Se dispone: Nombrar conforme se propone. ACUERDO FIRME.

D) Trámites de la Comisión de Carrera Profesional. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° CCP-024-2015 del 27 de enero de 2015, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"De conformidad con lo que establece el artículo 28 del Reglamento para el Régimen de Carrera Profesional de este organismo electoral, me permito adjuntar copia del acta de la sesión número 07-2014 celebrada por esta Comisión el pasado 22 de diciembre, con la finalidad de que el Tribunal se sirva resolver lo que estime pertinente. Para esos efectos, se acompañan los expedientes de los funcionarios involucrados según el siguiente detalle:

Acta 07-2014

EXPEDIENTE

NOMBRE DEL FUNCIONARIO

SOLICITA

16

Héctor Fernández Masís

Ajuste

49

Francisco Rodríguez Siles

Ajuste

102

María Olga Torres Ortíz [sic]

Ajuste

149

Astrid Valverde Bermúdez

Ajuste

178

Tommy Aguilar Peralta

Ajuste

180

Roberth López Cerbellón

Ajuste

204

Erick Guzmán Vargas

Ajuste

234

Ivonne Chaves Cascante

Ajuste

235

Alex González González

Ajuste

334

Armando Venegas Mora

Reincorporación

336

Anayansie Herrera Araya

Ajuste

347

Alejandra Peraza Retana

Ajuste

356

Andrei Cambronero Torres

Ajuste

381

Ana Cristina Piedra Ugarte

Ajuste

410

Luis Felipe Brosed Lizano

Ajuste

439

Lucrecia Hoffmann Brenes

Ajuste

440

Johanna Cortés Vega

Ajuste

449

Adriana Mena Aguilar

Ajuste

475

Denia Rodríguez Bonilla

Incorporación

476

Silvia Vargas Nelson

Incorporación

477

Yendri González Salazar 

Incorporación

478

Vangie Campos Montoya

Incorporación

479

Reinaldo González Zúñiga

Incorporación.".



Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.

E) Solicitud de prórroga para rendir informe final de gestión. De la señora Armenia Masís Soto, Directora General a. i. de Estrategia Tecnológica, se conoce oficio n.° DGET-030-2015 del 27 de enero de 2015, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Por oficio RH-0230-2015 de fecha 22 de enero del año en curso, el Departamento de Recursos Humanos hizo de mi conocimiento los plazos y condiciones para rendir el informe final de gestión como me corresponde;  sin embargo,  actualmente como parte de mis obligaciones estoy trabajando en la elaboración  algunos [sic] documentos (matrices, planes e informes), de los cuales algunos tienen fecha de entrega y que detallo de la siguiente forma:

1- Matriz de seguimiento del POA del II semestre del [sic] 2014 (fecha de entrega 28 de enero 2015),

2- Planes de acción para las metas propuestas 2015-2018, líneas de acción PEI 2014-2018 (fecha de entrega 30 de enero 2015, [sic]

3- Índice de Gestión Institucional 2014, para presentar a la Contraloría General de la República (fecha de entrega 06 de febrero de 2015),

4- Informe anual de labores para presentar al IFED, y

5- Informe anual de riesgos.

La complejidad de los documentos antes señalados, y mi responsabilidad de que sean documentos fieles y eficaces, como herramienta para la toma confiable de decisiones fundamentales de la Institución, limitan el tiempo para que pueda rendir el informe final de gestión en la fecha que me corresponde.

La directriz número 7 emitida por el Tribunal Supremo de Elecciones, en lo conducente dice: “El Tribunal podrá ampliar el plazo de presentación del informe final de gestión hasta por diez días hábiles, en casos excepcionales debidos a causa de fuerza mayor o caso fortuito, u otros de similar gravedad, magnitud e importancia, con la debida justificación, tomando en consideración las circunstancias concurrentes en cada caso...”

Dada la situación anteriormente indicada, de la manera más respetuosa solicito se eleve ante el Superior mi solicitud, para se me conceda prórroga con el fin dar cabal cumplimiento con mi obligación de rendir el informe final de gestión.".

Se dispone: Aprobar conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

F) Encargo de funciones de la Jefatura de la Sección de Análisis y recargo de funciones del Contralor de Servicios. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-0299-2015 del 27 de enero de 2015, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para los efectos consiguientes, remito a consideración del Tribunal Supremo de Elecciones los oficios AN-0106-2015 y CS-010-2015 recibidos en este despacho, que suscriben las jefaturas de la Sección de Análisis y la Contraloría de Servicios, mediante los cuales, en virtud de que se ausentarán de sus oficinas por espacio de varios días, solicitan el encargo y recargo de funciones que seguidamente se detallan: 

NOMBRE DEL

JEFE Y OFICINA

PERIODO

SOLICITUD DE

SUSTITUTO

Liseth Mora Soto         

Sección de Análisis

30 de enero y 2 de febrero

(2 días)

ENCARGO

Carlos Luis Brenes Molina

Ejecutivo Funcional 1

Max Solórzano Alvarado

Contralor Electoral [sic]

16 de febrero al

2 de marzo

al medio día

(11.5 días)

RECARGO

Farid Ovares Soto,

Profesional Ejecutor 3


Puede apreciarse que la solicitud de recargo cuenta con la anuencia del Secretario General y con el aval presupuestario de la Dirección Ejecutiva y del Departamento de Contaduría.".

Se dispone: Aprobar el encargo y el recargo de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

G) Traslado del funcionario Gustavo Morales González a la Sección de Ingenieria de Software. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-0311-2015 del 28 de enero de 2015, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración el oficio número STSE-0082-2015 recibido en este despacho el pasado 23 de enero que suscriben el señor Secretario General del Tribunal y la señora Directora General a.i. de Estrategia Tecnológica, mediante el cual solicitan el traslado en forma definitiva de la plaza número 56361 a la Sección de Ingeniería de Software.

Presupuestariamente dicha plaza pertenece a la Secretaría General del Tribunal, es ocupada en propiedad por el señor Gustavo Morales González y corresponde a un puesto de cargos fijos de Profesional Asistente en Servicios Informáticos, el cual se ubica en la clase Profesional Asistente 1.  Para justificar la petición, los solicitantes exponen en su oficio lo siguiente:  “La necesidad de dicha Sección de contar con recurso humano especializado y con experiencia, motiva el traslado pretendido, en el entendido de que las labores del señor Morales González en la Secretaría General del TSE, se han paulatinamente modificado y, cada vez más, atendidas por otras instancias, y ante lo cual hemos concluido que es conveniente, para mayor provecho institucional, que el señor Morales González preste sus servicios en labores relativas a la programación informática en esa Sección.” Según puede apreciarse en el mismo oficio, tal solicitud cuenta con la anuencia del funcionario.

En caso de aprobarse esta gestión, que podría hacerse con rige a partir del próximo 1° de febrero según se solicita, deberá tomar nota la Dirección Ejecutiva a efecto de contemplar el cambio en la relación de puestos que se incluirá en el anteproyecto de presupuesto para el año 2016.  Asimismo, será necesario que la Sección de Ingeniería de Software complete el cuestionario para la definición de puestos correspondiente a ese nuevo cargo que tendrán dentro de su equipo de trabajo, de manera que se puedan practicar en el Manual Descriptivo de Clases de Puestos los ajustes que resulten pertinentes con ocasión de este traslado de plaza.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

H) Nombramiento interino del funcionario Leonardo Peña Calderón en el Departamento de Programas Electorales. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa a. i. del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-0317-2015 del 29 de enero de 2015, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración el oficio que suscribe la jefatura del Departamento de Programas Electorales, a través del cual solicita el nombramiento interino que seguidamente se detalla:

OFICINA / DEPARTAMENTO

NÚMERO Y CLASE

DEL PUESTO

CONDICIÓN DE LA PLAZA

CANDIDATO (A) Y PERÍODO DEL NOMBRAMIENTO

  1. Departamento de Programas Electorales

370867,

Técnico Funcional 1

Plaza de Servicios

Especiales.

Leonardo Peña Calderón,

A partir de la firmeza del  acuerdo que así lo autorice y hasta el 31 de diciembre de 2015.  El candidato labora actualmente en un puesto de Asistente Administrativo 1 en la Sección de  Archivo, por lo que existen 4 clases para llegar al Técnico/a Funcional 1.


El candidato que se propone ha acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el Manual Descriptivo de Clases de Puestos para la plaza que se indica.

Si el Tribunal no tiene objeciones, el nombramiento que se propone podría autorizarse con fundamento en los artículos 9, 22, 25 y 36 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios, lo que se haría en el puesto, oficina y por el período que se cita.

Puede apreciarse que la solicitud del nombramiento interino cuenta con el visto bueno de la Dirección correspondiente.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Nombrar conforme se propone, con la observación según la cual, eventuales prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.

I) Vacaciones del señor Magistrado Presidente Luis Antonio Sobrado González. El señor Magistrado Sobrado González, solicita verbalmente se le conceda el disfrute de vacaciones del 20 al 27 de marzo de 2015, ambos días inclusive.

Sale del salón de sesiones el señor Magistrado Presidente Sobrado González.

Se dispone: Aprobar conforme se solicita. Para sustituirlo, previo sorteo de rigor, se designa a la señora Magistrada Zetty María Bou Valverde. ACUERDO FIRME.

Reingresa al salón de sesiones el señor Magistrado Presidente Sobrado González.

Sale del salón de sesiones el señor Magistrado Esquivel Faerron.

J) Contrato entre el Tribunal Supremo de Elecciones y la funcionaria Carmen Nuria Campos Jara para la realización de trabajo a domicilio por orden médica. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Jefe a. i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.° DL-046-2015 del 29 de enero de 2015, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En atención a lo dispuesto por el Superior en las sesiones ordinarias n°. 129-2014 del 11 de diciembre de 2014 y n°. 7-2015 del 22 de enero de 2015 (comunicados por oficios STSE-2283-2014 y STSE-00093-2015) referentes a las condiciones de trabajo de la servidora Carmen Nuria Campos Jara, me permito remitirle dos tantos originales del “Contrato entre el Tribunal Supremo de Elecciones y la funcionaria Carmen Nuria Campos Jara para la realización de trabajo a domicilio por orden médica”, del cual uno de los originales se sugiere sea custodiado en el Archivo del Tribunal y el otro, sea remitido a la señora Campos.

Por tratarse de una funcionaria perteneciente a la Dirección General del Registro Civil, instancia a quien le corresponderá fiscalizar sus labores, se recomienda remitir una copia del documento a la señora Marisol Castro Dobles, Directora General así como una copia también a la encargada directa de supervisar las labores de la señora Campos, la señora Karla Duarte Azofeifa, funcionaria de esa Dirección.

En dicho documento se incorporaron todas las observaciones que sobre el tema de fiscalización, tareas a asignar, cumplimiento de la jornada laboral y otros, fueron sugeridos por la señora Castro Dobles en el oficio DGRC-0077-2015 del 22 de enero de este año, para el caso particular de la funcionaria Campos Jara.

A fin de que el presente contrato tenga la eficacia jurídica deseada, es necesario que el Superior autorice las siguientes acciones:

1. Que la Jefatura del Departamento de Recursos Humanos, como órgano fiscalizador del contrato de la póliza de riesgos de trabajo del Instituto Nacional de Seguros, solicite ante el citado ente asegurador los cambios que correspondan en dicha póliza, para que abarque la situación excepcional de la señora Campos Jara, toda vez que el artículo 211 del Código de Trabajo dispone que cualquier cambio o variación en la naturaleza, condiciones o lugar de los trabajos, cubiertos por el seguro asumido por el Instituto Nacional de Seguros, que agraven las condiciones de riesgos, deberá ser puesto en conocimiento del Instituto, el cual podrá aplicar la prima que corresponda, de acuerdo con la variante que se produzca. Al respecto, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social ha dispuesto que la suscripción de la póliza de riesgos de trabajo es una obligación del patrono y la no suscripción de la misma podría hacerle incurrir en una falta grave, y por consiguiente el trabajador de conformidad con el artículo 83 inciso g) podría solicitar ante un Juez de Trabajo, la terminación de su contrato de trabajo con responsabilidad patronal. (En Compendio de Criterios Jurídico-Laborales, 1999-2014, oficio DAJ-AE-106-12, p. 139).

2. Que se encomiende a este Departamento Legal, realizar una consulta ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, para plantear  la situación laboral de la funcionaria Campos Jara a fin de determinar si debe observarse el procedimiento establecido en el numeral 110 de dicho Código, referente a que, todo patrono que ocupe servicios de uno o más trabajadores a domicilio, debe llevar un libro sellado y autorizado por la Oficina de Salarios de dicho Ministerio.

3. Que mientras se resuelve lo indicado en los puntos que preceden, la Directora del Registro del Civil, como superior jerárquica de la funcionaria Campos Jara, gire las instrucciones pertinentes para que la citada funcionaria se apersone a laborar en la sede regional de Heredia -lugar más cercano a su domicilio- a realizar bajo la supervisión de la señora Karla Duarte, las funciones de investigación y análisis de asuntos jurídicos de interés para la citada Dirección.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar conforme se propone. ACUERDO FIRME.

Reingresa al salón de sesiones el señor Magistrado Esquivel Faerron.

ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN ELECTORAL.

A) Reformas a distintos reglamentos electorales. Del señor Gerardo Abarca Guzmán, Director General a. i. del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, se conoce oficio n.° DGRE-004-2015 del 8 de enero de 2015, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Como parte del proceso de autoevaluación de las Elecciones Nacionales del año 2014, mediante oficio DPE-319-2014 de fecha 19 de junio de 2014, el Departamento de Programas Electorales determinó la necesidad de efectuar reformas parciales en los siguientes reglamentos:

A.        Reglamento de Autorización de Actividades de los Partidos Políticos en Sitios Públicos

B.        Reglamento para la Observación de Procesos Electivos y Consultivos

C.        Reglamento de Inscripción de Candidaturas

D.        Reglamento para la Fiscalización de Procesos Electivos y Consultivos (…)".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Promúlguense los decretos que interesan, los cuales se harán del conocimiento de todos los partidos políticos inscritos, cuyas publicaciones se ordena, de conformidad con los siguientes textos:

"N.º __-2015

EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

Con fundamento en los artículos 102 inciso 10) de la Constitución Política y 12 inciso a) del Código Electoral;

DECRETA

La siguiente

REFORMA DE LOS ARTÍCULOS 2 Y 4 DEL REGLAMENTO PARA AUTORIZAR ACTIVIDADES DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS EN SITIOS PÚBLICOS, DECRETO N.º 7-2013, PUBLICADO EN "LA GACETA" N.º 136  DE 16 DE JULIO DE 2013

ARTÍCULO 1.- Refórmanse los artículos 2 y 4 del “Reglamento para autorizar actividades de los partidos políticos en sitios públicos”, para que se lean:

Artículo 2.- DE LA AUTORIZACIÓN PREVIA DE LAS ACTIVIDADES. A partir de la convocatoria oficial a elecciones, los partidos políticos y coaliciones que deseen realizar actividades en sitios públicos, deberán contar para tales fines con la autorización del Tribunal Supremo de Elecciones, la cual se otorgará por intermedio del Cuerpo Nacional de Delegados. Corresponderá a su Jefatura Nacional emitir la autorización previa para todas las actividades, según la normativa vigente.

Además de dicha autorización, la agrupación política deberá contar con el permiso de las autoridades públicas correspondientes, previo cumplimiento de los requisitos de seguridad, de tránsito y de salubridad pública vigentes.”.

Artículo 4.- DE LAS SOLICITUDES DE AUTORIZACIÓN Y SU PRESENTACIÓN. Las solicitudes de autorización podrán ser presentadas ante el Cuerpo Nacional de Delegados desde un mes antes a la fecha de la convocatoria a la elección correspondiente y al menos con diez días hábiles de antelación a la celebración de la actividad; aquellas que se presenten fuera de dichos plazos serán rechazadas de plano.

Las solicitudes deberán ser presentadas en el formulario que, para tales efectos, suministrará el TSE, o bien mediante los mecanismos o herramientas electrónicas que ponga a disposición previamente.

Para efectos de presentación de cualquier solicitud relacionada con estas actividades, las oficinas regionales del TSE quedan habilitadas para su recepción.  Una vez recibida la solicitud, la oficina regional deberá ponerla de inmediato en conocimiento de la Oficina del Cuerpo Nacional de Delegados para su resolución.”.

ARTÍCULO 2.- Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.".

"N.º __-2015

EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

Con fundamento en los artículos 102 inciso 10) de la Constitución Política y 12 inciso a) del Código Electoral;

DECRETA

La siguiente

REFORMA DE LOS ARTÍCULOS 4 Y 9 DEL REGLAMENTO PARA LA OBSERVACIÓN DE PROCESOS ELECTIVOS Y CONSULTIVOS, DECRETO N.º 20-2009, PUBLICADO EN "LA GACETA" N.º 220 DEL 12 DE NOVIEMBRE DE 2009

ARTÍCULO 1.- Refórmanse los artículos 4 y 9 del “Reglamento para la Observación de procesos electivos y consultivos”, para que se lean:

Artículo 4.- La observación dará inicio una vez notificada la acreditación y concluirá oficialmente el día natural siguiente a la entrega de credenciales de las autoridades electas   en procesos electivos o a la declaratoria de resultados en procesos consultivos.

Artículo 9.- Las acreditaciones que extienda el Tribunal como observadores internacionales o nacionales caducarán al concluir la observación, en los términos del artículo 4 de este reglamento.”.

ARTÍCULO 2.- Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.".

"N.º __-2015

EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

Con fundamento en los artículos 102 inciso 10) de la Constitución Política y 12 inciso a) del Código Electoral;

DECRETA

La siguiente

REFORMA DE LOS ARTÍCULOS 16, 18 Y 19 DEL REGLAMENTO PARA INSCRIPCIÓN DE CANDIDATURAS Y SORTEO DE LA POSICIÓN DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS EN LAS PAPELETAS, DECRETO N.º 09-2010, PUBLICADO EN "LA GACETA" N.º 136 DEL 14 DE JULIO DE 2010

ARTÍCULO 1.- Refórmanse los artículos 16, 18 y 19 del “Reglamento para la Inscripción de candidaturas y sorteo de la posición de los partidos políticos en las papeletas”, para que se lean:

Artículo 16.- Plazo para el cumplimiento de las prevenciones.- A criterio de la Dirección y según sea la naturaleza del defecto o la omisión, se concederá a los partidos políticos un plazo improrrogable de entre tres y ocho días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a aquel que se tenga por hecha la notificación, para dar cumplimiento a lo prevenido.

Sin embargo, cuando se trate de falencias que, para su subsanación se requiera celebrar una asamblea partidaria, el plazo para cumplir con lo prevenido será de ocho días hábiles.

Artículo 18.- Notificación de las resoluciones o autos dictados por la Dirección General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos. Las resoluciones que dicte la Dirección en materia de  inscripción de candidaturas, serán notificadas mediante el procedimiento establecido en el decreto número 06-2009 del 5 de junio de 2009 “Reglamento de Notificaciones a partidos políticos por correo electrónico, publicado en La Gaceta n.° 117 de 18 de junio de 2009” y, cuando ordenen la inscripción, serán además inmediatamente publicadas en el sitio web del Tribunal.

Artículo 19.- Momento de la notificación. Las resoluciones se tendrán por notificadas al día hábil siguiente de su envío, al menos a una de las dos direcciones de correo electrónico establecidas por cada agrupación política, según se dispone en el artículo 5 del citado decreto n.° 06-2009.”.

ARTÍCULO 2.- Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.".

"N.º __-2015

EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

Con fundamento en los artículos 102 inciso 10) de la Constitución Política y 12 inciso a) del Código Electoral;

DECRETA

La siguiente

REFORMA DE LOS INCISOS A) Y C) DEL ARTÍCULO 10 DEL REGLAMENTO PARA LA FISCALIZACIÓN DE PROCESOS ELECTIVOS Y CONSULTIVOS, DECRETO N.º 17-2012, PUBLICADO EN "LA GACETA" N.º 219 DE 13 DE NOVIEMBRE DE 2012

ARTÍCULO 1.- Refórmanse los incisos a) y c) del artículo 10 del “Reglamento para la fiscalización de procesos electivos y consultivos”, para que se lean:

Artículo 10.- Las nóminas referidas en el artículo anterior deberán contener la siguiente información:

a.        Fiscal General: nombre completo, apellidos y número de cédula.

c.        Fiscal de Junta Receptora de Votos: nombre completo, apellidos, número de cédula, puesto (propiedad o suplencia), provincia, cantón y número de junta receptora de votos.”.

ARTÍCULO 2.- Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.". ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS EXTERNOS.

A) Consulta legislativa del proyecto de ley Rendición de cuentas del Consejo de Gobierno en conmemoración de fechas históricas en las diferentes provincias del país, expediente n.° 19.349. De la señora Flor Sánchez Rodríguez, Jefa de Área de la Comisión Especial de Puntarenas de la Asamblea Legislativa, se conoce nuevamente oficio n.º CEI-97-2014 del 20 de enero de 2015, recibido vía correo electrónico el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En la sesión N° 9 de la Comisión Especial de Puntarenas del día 10 de diciembre de 2014, se aprobó una moción para consultar el proyecto “Expediente N.º 19.349. RENDICIÓN DE CUENTAS DEL CONSEJO DE GOBIERNO EN CONMEMORACIÓN DE FECHAS HISTÓRICAS EN LAS DIFERENTES PROVINCIAS DEL PAÍS”, cuyo texto fue publicado en el Alcance 62 de La Gaceta No. 208 del 29 de octubre de 2014..."

Favor evacuar la anterior consulta en el plazo de ocho días hábiles, de acuerdo con lo que establece el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa. (...)".

Se dispone: Contestar la consulta formulada en los siguientes términos:

Sobre el proyecto de ley objeto de consulta.

El ordinal 97 de la Carta Fundamental dispone en forma preceptiva que tratándose de la “discusión y aprobación de proyectos de ley relativos a la materia electoral” la Asamblea Legislativa deberá consultar al Tribunal Supremo de Elecciones su criterio en torno a la iniciativa formulada y que, para apartarse de esa opinión, “se necesitará el voto de las dos terceras partes del total de sus miembros”. Como parte del desarrollo normativo de la disposición constitucional de cita, el inciso n) del artículo 12 del Código Electoral establece, como función propia de este Organismo Electoral, evacuar las consultas que el órgano legislativo realice al amparo de esa norma de orden constitucional.

A partir de la integración del ordenamiento jurídico conforme al Derecho de la Constitución y, concretamente, en punto a la interpretación de lo que debe considerarse “materia electoral”, este Colegiado ha entendido que los “actos relativos al sufragio” no sólo comprenden los propios de la emisión del voto, sino todos aquellos descritos en la propia Constitución o en las leyes electorales y que, directa o indirectamente se relacionen con los procesos electorales, electivos o consultivos, cuya organización, dirección y vigilancia ha sido confiada a este Organismo Electoral, lo anterior a partir de la armonización de los artículos 9, 99 y 102 de la Norma Suprema.

La Comisión Especial de Puntarenas de la Asamblea Legislativa somete en consulta de este Tribunal el texto del proyecto de ley tramitado en expediente legislativo número 19.349, cuyo objeto como se enuncia- es la rendición de cuentas del Consejo de Gobierno en conmemoración de fechas históricas en las diferentes provincias del país.

Del examen de la propuesta legislativa consultada, no se advierte que esta contenga disposición alguna relacionada con la materia electoral, que haga referencia o pretenda regular en modo alguno actos relativos al sufragio o disposiciones que directa o indirectamente modifiquen, menoscaben o incidan en las competencias constitucionalmente asignadas a esos organismos electorales y sobre la cual este Tribunal deba emitir su criterio, en los términos establecidos en los artículos 97 constitucional y 12 del Código Electoral.

Conclusión

Con base en lo expuesto, al estimar que la propuesta legislativa resulta ajena a la materia electoral y al giro de estos organismos, omitimos manifestar criterio alguno en los términos de los artículos 97 constitucional y 12 del Código Electoral.  ACUERDO FIRME.

A las dieciséis horas terminó la sesión.




Luis Antonio Sobrado González





Eugenia María Zamora Chavarría





Max Alberto Esquivel Faerron