ACTA N.º 87-2016



Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas del veinte de setiembre de dos mil dieciséis, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González quien preside, Eugenia María Zamora Chavarría y Max Alberto Esquivel Faerron.


ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DE ACTAS ANTERIORES.

A) Se leyeron y aprobaron las actas de las sesiones ordinaria y extraordinaria inmediatas anteriores.

ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.

A) Adición al estudio para la creación del Área de Análisis Ocupacional en el Departamento de Recursos Humanos. Del señor José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-2283-2016 del 12 de setiembre de 2016, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En adición al oficio DE-2189-2016 de esta Dirección relacionado con el estudio administrativo para la creación del Área de Análisis Ocupacional y la transformación del puesto n.° 361342, para los efectos pertinentes, me permito indicar que por error material en la imagen correspondiente al organigrama que se incluyó en la recomendación n.° 4 de se informe se excluyó el Área de Capacitación. Por lo tanto, dicha recomendación deberá consignarse de la siguiente manera:

4) Que se tenga por modificado el organigrama suplementario del Departamento de Recursos Humanos como se muestra en la siguiente figura.

".

Se dispone: Tener por realizada la adición. Hágase del conocimiento de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC). ACUERDO FIRME.

B) Informe sobre modificaciones al Manual Descriptivo de Clases de Puestos. Del señor José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-2262-2016 del 14 de setiembre de 2016, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"El Tribunal Supremo de Elecciones, en sesión ordinaria n.º 81-2014, celebrada el 24 de julio de 2014, dispuso acoger varias modificaciones al Manual Descriptivo de Clases de Puestos, dado el informe que esta dirección [sic], con base en la respectiva propuesta del Departamento de Recursos Humanos, remitió al Superior. Una de las recomendaciones que formuló este despacho en ese estudio fue la siguiente:

Que debido a que ha sido usual que el Superior remita a la Dirección Ejecutiva para estudio e informe las modificaciones al Manual Descriptivo de Clases de Puestos que el Departamento de Recursos Humanos presente de manera directa al Tribunal; en lo sucesivo, el referido departamento presente ese tipo de propuestas a esa dirección, la que a su vez,  luego del análisis de rigor, elevará al Superior para lo que estime disponer, con lo que se estima se lograría mayor eficiencia en la tramitación de estos asuntos.

Sobre el particular, en razón de que el Departamento de Recursos Humanos, en oficio RH-2257-2016 -Sustituir-, de conformidad con la citada recomendación, presentó una propuesta de modificación al citado manual, se remite para valoración del Superior el informe respectivo.

Se llevó cabo un análisis de cada una de las modificaciones propuestas por ese Departamento, a la luz de las justificaciones que las motivaron, las descripciones de los puestos involucrados, así como por el impacto que generarían en estos los cambios planteados.

En la siguiente tabla, cuyas tres primeras columnas son transcripción de la que remitió el referido Departamento en el oficio de cita, luce en el apartado identificado como “Análisis de la Dirección Ejecutiva” una breve síntesis del resultado del análisis en cuestión.

NOMBRE DEL PUESTO

CLASE

MODIFICACIONES

ANÁLISIS DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA

1.-

Profesional Asistente en Ingeniería Eléctrica

Profesional Asistente 1

Se crea el puesto en atención al oficio DE-0883-2016 de Dirección Ejecutiva en el que autoriza el  traslado del puesto 370923 a la Sección de Ingeniería y Arquitectura.

En cuanto a la clase, además de incluir el puesto Profesional Asistente en Ingeniería Eléctrica, se realizaron los siguientes cambios: a) se ordenó alfabéticamente el puesto Profesional Asistente en Administración de Proyectos, b) se excluye el puesto Profesional Asistente de la Presidencia del Tribunal, (Oficio STSE-0473-2015), por lo tanto, se elimina el requisito de Ciencias Sociales que correspondía a este puesto. c) Con respecto al Profesional Asistente en Administración 1, propiamente en su ubicación, se agrega la Sección de Solicitudes Cedulares (Resolución 3056-P-2014), la Sección de Análisis (Resolución 0113-P-2015), la Sección de Cédulas (Resolución 2994-P-2016) y Sección de Ingeniería y Arquitectura (Oficio STSE-1325-2015 del 28 de julio de 2015). d) Se incluye el puesto Encargado/a de la Unidad de Recepción y Mensajería (Resolución 1078-P-2016).

Se trata de la descripción de un nuevo puesto originado por la necesidad de reforzar la gestión de la Sección de Ingeniería y Arquitectura, dado el  incremento en la atención de labores profesionales relacionadas con el campo de la ingeniería eléctrica, de tal manera que se  incluyen las nuevas tareas derivadas del puesto.

Asimismo, el Departamento de Recursos Humanos aprovecha la oportunidad para realizar varios  ajustes en la CLASE, derivados de la  dinámica ocupacional y organizativa de la institución, en los apartados de PUESTOS, UBICACIÓN y TAREAS REPRESENTATIVAS.

2.-

Técnico / a en Gestión

Técnico / a Funcional 2

Con base en el oficio DE-1393-2016 del 13 de junio de 2016 y en el cuestionario de definición de puestos, se incluyen nuevas tareas, así como el requisito académico de segundo año en la carrera de Sociología.  Además, se incorporaron tareas generales que no estaban incluidas.

En el Manual de Clases se realizan los siguientes cambios: a) se corrige el nombre del Departamento de Programas Electorales, b) se modifica la ubicación del Asistente en Protocolo al Departamento de Comunicaciones y Relaciones Públicas  (oficio STSE-0473-2015 del 17 de marzo de 2015),  c) en el puesto Técnico en Gestión, en su ubicación, se incluye el Departamento de Recursos Humanos  d) para los puestos Técnico /a Encargado /a en Construcción y Técnico /a en Ingeniería y Arquitectura se corrige la ubicación a Sección de Ingeniería y Arquitectura. (Oficio STSE-1325-2015 del 28 de julio de 2015).

En virtud de la necesidad de fortalecer  la gestión del Área de Capacitación del Departamento de Recursos Humanos, luego del análisis respectivo se determinó que resulta necesario efectuar la  inclusión de nuevas tareas en el puesto Técnico /a Funcional 2 y otras de carácter general.  De igual manera debió modificarse el apartado de REQUISITOS.

Por otro lado, según se desprende  de la revisión efectuada por el  Departamento de Recursos Humanos, fue necesario realizar  varias modificaciones a la CLASE producto de la dinámica ocupacional y organizativa de la institución, en el apartado de UBICACIÓN.

En conclusión, se estima que todas las modificaciones responden a cambios derivados de la inclusión de tareas nuevas y otras de carácter general, así como la inclusión y eliminación de algunos requisitos académicos, aunado a  la creación de un puesto que conforma nuestra estructura ocupacional, resultando en modificaciones necesarias en procura de la constante labor de mantener actualizado el Manual Descriptivo de Clases de Puestos del TSE, sino también para que la correcta descripción de los puestos coadyuve para que se cuente con personas funcionarias calificadas. 

Consecuentemente, se recomienda aprobar las modificaciones y la descripción del nuevo puesto detallado en la línea 1 del cuadro- en los términos supraindicados, según se detalla en los anexos, así como, los ajustes en 2 clases (Profesional Asistente 1 y Técnico /a en Gestión) también adjuntas.".

Se dispone: De previo a resolver y por tratarse de una eventual modificación al Manual de Puestos institucional, se concede audiencia a la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC), por el plazo de diez días hábiles, para lo cual, la Dirección Ejecutiva suministrará a los estimables representantes sindicales la información que sea de su interés. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DE ORGANISMOS INTERNACIONALES.

A) Invitación a la Primera Reunión Ministerial y de Autoridades Nacionales sobre el Derecho a la Identidad. De la señora Carolina Herrera Hernández, Jefa del Departamento Región Valle de México de la Dirección General del Registro Nacional de Población e Identificación Personal de la Secretaría de Gobernación de los Estados Unidos Mexicanos, se conoce correo electrónico recibido el 19 de setiembre de 2016 en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Agradezco el envío de la información, nos apena saber que el Sr. Luis Antonio  Sobrado González,  Magistrado Presidente del Tribunal Supremo de Elecciones, no podrá asistir a la Primera Reunión Ministerial y de Autoridades Nacionales sobre el Derecho a la Identidad, por cuestiones presupuestales, sin embargo, dada la relevancia del evento, su asistencia es de gran importancia para nosotros, sin afán de molestar y con  una disculpa por la insistencia, hago de su conocimiento que los organizadores del evento, cuentan con la posibilidad de brindar apoyo económico para los participantes del evento, en los términos que se detallan a continuación:





Primer Encuentro Ministerial

Pasaje Aéreo

Sólo para el Ministro o representante

Hotel

Sólo para el Ministro o representante

Del 26 al 29 de septiembre de 2016

Hotel Krystal Grand de la Ciudad de México

Alimentos

Para el Ministro y acompañantes

Desayunos, comidas y cenas (De acuerdo a la  agenda)

Transportación

Para el Ministro y acompañantes

Traslados aeropuerto-hotel-aeropuerto, traslados entre las sedes y los eventos.


Por lo anterior, le solicito de la manera más atenta, su valioso apoyo a fin de remitir al Magistrado Presidente esta información, con el fin de que pueda considerar su participación en el citado evento.

Quedo a sus órdenes y envío un respetuoso saludo.".

Se dispone: Agradecer a la señora Herrera Hernández la cordial invitación que cursa, la cual lamentablemente no podrá ser atendida por el señor Magistrado Presidente Sobrado González por compromisos previamente adquiridos; no obstante, se hace de su estimable conocimiento que este Tribunal, en sesión ordinaria n.° 72-2016 del 4 de agosto de 2016, designó al señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil y representante de estos organismos electorales ante el Consejo Latinoamericano y del Caribe de Registro Civil, Identidad y Estadísticas Vitales, para atender el XIII Encuentro de dicho Consejo, por lo que, además, se le designa para atender la referida reunión ministerial, en representación de la Presidencia de este Tribunal. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS EXTERNOS.

A) Notificación de rechazo de plano de acción de inconstitucionalidad planteada por el señor Wilberth Martín Aguilar. De la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia se conoce cédula de notificación relativa a la resolución n.° 2015006655 de las once horas con cuarenta y un minutos del ocho de mayo de dos mil quince, recibida vía fax en la Secretaría General de este Tribunal el 9 de setiembre de 2016, dictada dentro del expediente judicial n.° 13-003585-0007-CO, mediante la cual se rechaza de plano acción de inconstitucionalidad planteada por el señor Wilberth Martín Aguilar Gatjens.

Se dispone: Tomar nota. Hágase del conocimiento la Unidad de Letrados y del Departamento Legal. ACUERDO FIRME.

B) Solicitud del señor Diputado Abelino Esquivel Quesada. Del señor Abelino Esquivel Quesada, Diputado a la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.° AEQ-PRC-82-2016 del 30 de agosto de 2016, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 14 de setiembre de 2016, dirigida al señor Magistrado Presidente Sobrado González, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Sirva la presente para desearle éxitos en sus gestiones administrativas y el goce de plena salud.

En relación a los esfuerzos que se realizan desde mi despacho para que el Registro Civil cuente con una sede en el distrito de Bataan de Matina, personeros del Instituto de Desarrollo Rural solicitan a su representada una carta compromiso en donde detalle que el inmueble que sea designado para ubicar territorialmente al Tribunal Supremo de Elecciones sea destinado para ese fin y con un plazo para su construcción.

Agradezco de antemano su atención a la presente y quedo a sus gratas órdenes en este despacho legislativo.".

Se dispone: Agradecer al señor Diputado Esquivel Quesada su cordial comunicación. Para su atención, pase al Consejo de Directores. ACUERDO FIRME.

C) Consulta legislativa del proyecto de "Ley reguladora de las asignaciones y de las ayudas técnicas y administrativas destinadas a las y los Diputados", expediente n.° 20.048. De la señora Ana Julia Araya A., Jefa de la Comisión Permanente de Asuntos Sociales de la Asamblea Legislativa, se conoce el oficio n.° CAS-1464-2016 del 8 de setiembre de 2016, recibido vía correo electrónico el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

La Comisión Permanente de Asuntos Sociales, aprobó una moción  para consultar su criterio sobre el proyecto de Ley, Expediente N° 20.048 “LEY REGULADORA DE LAS ASIGNACIONES Y DE LAS AYUDAS TÉCNICAS Y ADMINISTRATIVAS DESTINADAS A LAS Y LOS DIPUTADOS” el cual me permito copiar de forma adjunta. 

Contará con ocho días hábiles para emitir la respuesta de conformidad con lo establecido por  el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa; y la Comisión ha dispuesto que en caso de requerir una prórroga para enviarla, únicamente se concederá una,  por un plazo improrrogable de ocho días. (…)”.

Se dispone: Contestar la consulta formulada, en los siguientes términos:

Sobre el proyecto de ley objeto de consulta.

El ordinal 97 de la Carta Fundamental dispone en forma preceptiva que tratándose de la “discusión y aprobación de proyectos de ley relativos a la materia electoral” la Asamblea Legislativa deberá consultar al Tribunal Supremo de Elecciones su criterio en torno a la iniciativa formulada y que, para apartarse de esa opinión, “se necesitará el voto de las dos terceras partes del total de sus miembros”. Como parte del desarrollo normativo de la disposición constitucional de cita, el inciso n) del artículo 12 del Código Electoral establece, como función propia de este Organismo Electoral, evacuar las consultas que el órgano legislativo realice al amparo de esa norma de orden constitucional.

A partir de la integración del ordenamiento jurídico conforme al Derecho de la Constitución y, concretamente, en punto a la interpretación de lo que debe considerarse “materia electoral”, este Colegiado ha entendido que los “actos relativos al sufragio” no sólo comprenden los propios de la emisión del voto, sino todos aquellos descritos en la propia Constitución o en las leyes electorales y que, directa o indirectamente se relacionen con los procesos electorales, electivos o consultivos, cuya organización, dirección y vigilancia ha sido confiada a este Organismo Electoral; lo anterior a partir de la armonización de los artículos 9, 99 y 102 de la Norma Suprema.

La comisión legislativa consultante requiere el criterio de este Tribunal sobre el proyecto de ley tramitado en el expediente número 20.048 «LEY REGULADORA DE LAS ASIGNACIONES Y DE LAS AYUDAS TÉCNICAS Y ADMINISTRATIVAS DESTINADAS A LAS Y LOS DIPUTADOS». En esencia según su exposición de motivos- dicha iniciativa pretende concentrar en un único cuerpo normativo especial el sustento y la regulación de las asignaciones, ayudas técnicas y administrativas con que cuentan los y las diputadas de la Asamblea Legislativa en el ejercicio de sus cargos, entre estos, los gastos de representación personal, asignación de personal asesor, servicios telefónicos, combustible, etc.

Del examen de la propuesta consultada no se advierte que esta contenga disposición alguna relacionada con la materia electoral, que haga referencia o pretenda regular en ningún modo actos relativos al sufragio o disposiciones que directa o indirectamente modifiquen, menoscaben o incidan en las competencias constitucionalmente asignadas a este Tribunal y sobre la cual deba emitir su criterio, en los términos establecidos en los artículos 97 constitucional y 12 del Código Electoral.

Conclusión.

Con base en lo expuesto, al estimar que la propuesta legislativa resulta ajena al Derecho Electoral y al giro de estos organismos electorales, omitimos manifestar criterio alguno en los términos de los artículos 97 constitucional y 12 del Código Electoral. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS DE ORGANISMOS ELECTORALES INTERNACIONALES.

A) VII Reunión del Grupo de Trabajo de Jurisprudencia Electoral Americana. De los señores Mariano Rodríguez Rijo, Presidente del Tribunal Superior Electoral de República Dominicana y del Grupo de Trabajo de Jurisprudencia Electoral Americana y Gerardo de Icaza, Director del Departamento para la Cooperación y Observación Electoral de la Organización de los Estados Americanos, se conoce oficio n.° SFD/DECO-447/16 del 16 de setiembre de 2016, recibido vía correo electrónico en la Secretaría General de este Tribunal el 19 de setiembre de 2016, mediante el cual literalmente manifiestan:

"El Tribunal Superior Electoral de la República Dominicana y el Departamento para la Cooperación y Observación Electoral (DECO) de la Secretaría para el Fortalecimiento de la Democracia de la Organización de los Estados Americanos, tienen el honor de invitarlo a participar de la VII Reunión del Grupo de Trabajo de Jurisprudencia Electoral Americana.

En esta oportunidad la reunión se llevará a cabo en la Ciudad de México, el día 19 de octubre del año en curso, en el Hotel Radisson Perisur. La fecha y el lugar han sido especialmente seleccionados para facilitar su participación, al coincidir con la realización de la XI Reunión Interamericana de Autoridades Electorales, programada para los días 20 y 21 del mismo mes.

En esta ocasión, con el objetivo de continuar con la sistematización y difusión de la jurisprudencia emanada de los tribunales electorales partícipes del grupo, se presentará el Anuario de Jurisprudencia Electoral Americana III, compilado por el Tribunal Contencioso Electoral de Ecuador y publicado por el Jurado Nacional de Elecciones de Perú. Asimismo, como es de costumbre, se llevará a cabo un diálogo abierto entre los miembros del Grupo sobre materias de interés actual en el ámbito de la justicia electoral y se elegirán autoridades para un nuevo período. Finalmente, el DECO presentará una propuesta de metodología para observar la justicia electoral en los procesos electorales. Una agenda detallada será enviada prontamente.

Para contar con su presencia en la reunión, el Tribunal Superior Electoral de la República Dominicana agregará un día de alojamiento a los ya cubiertos para su participación en la XI Reunión Interamericana de Autoridades Electorales, de manera que pueda estar presente desde el día 18 al 22 de octubre y asistir a los dos eventos. El pasaje aéreo corre por cuenta de cada Órgano Electoral.

Agradecemos pueda confirmar a la brevedad posible su participación (…), o bien informar el nombre de la persona que representará a su organismo en esta reunión.

Aprovechamos la oportunidad para expresarle nuestro más alto grado de consideración y estima.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Agradecer a los señores Rodríguez Rijo y De Icaza la cordial invitación que cursan. Para atenderla se designa al señor Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, quien además representará a este Tribunal en la Reunión Interamericana de Autoridades Electorales. Durante su ausencia, se encargan sus funciones al señor Gerardo Abarca Guzmán.

De conformidad con lo establecido por este Tribunal en el inciso h) del artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 87-2008, celebrada el 02 de octubre de 2008, en relación con el viaje en cuestión se detalla lo siguiente:

Nombre completo del funcionario (a)

Cargo que desempeña

País (es) a visitar

Período del viaje

Objetivos del viaje

Monto del adelanto de gastos de viaje y justificación

Gastos conexos y justificación

Héctor Fernández Masís

Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos.

Estados Unidos Mexicanos.

18 al 22 de octubre de 2016.

VII Reunión del Grupo de Trabajo de Jurisprudencia Electoral Americana.

Ninguno.

Tiquete aéreo, necesario para atender la actividad.


ACUERDO FIRME.

B) Invitación al Programa de Invitados Internacionales para las Elecciones Municipales de 2016 en la República Federativa del Brasil. Del señor Cézar Amaral, Asesor Jefe de la Asesoría Internacional del Tribunal Superior Electoral de la República Federativa del Brasil, se conoce correo electrónico recibido el 19 de setiembre de 2016 en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual cursa cordial invitación para que un representante del órgano electoral costarricense pueda participar en el Programa de Invitados Internacionales para las Elecciones Municipales de 2016, que se realizarán del 29 de setiembre al 2 de octubre de 2016. Indica además el señor Amaral que el Tribunal Superior Electoral cubrirá los gastos de alojamiento, comida y transporte local para un participante por órgano electoral.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Agradecer al señor Amaral la cordial invitación que cursa. Para atenderla se designa a la señora Magistrada Zetty María Bou Valverde.

De conformidad con lo establecido por este Tribunal en el inciso h) del artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 87-2008, celebrada el 02 de octubre de 2008, en relación con el viaje en cuestión se detalla lo siguiente:

Nombre completo del funcionario (a)

Cargo que desempeña

País (es) a visitar

Período del viaje

Objetivos del viaje

Monto del adelanto de gastos de viaje y justificación

Gastos conexos y justificación

Zetty María Bou Valverde

Magistrada suplente del TSE

República Federativa del Brasil

28 de setiembre al 3 de octubre de 2016

Programa de Invitados Internacionales para las Elecciones Municipales

Ninguno

Tiquete aéreo, necesario para atender la actividad


ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SEXTO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A) Informe IES-001/2016 del señor Auditor Interno. Informe IES-001/2016 que remite el señor Auditor Interno mediante oficio AI-186-2016, recibido por la Presidencia de este Tribunal el día 13 de setiembre de 2016.

Se dispone: Para su estudio, informe y recomendación, dentro del plazo de diez días hábiles, pase al Consejo de Directores. Tomen en consideración ese Consejo, así como la Secretaría General, que -según lo indica el propio señor Auditor- en este caso debe observarse la confidencialidad en el manejo de la documentación e información que prescribe el artículo 6 de la Ley General de Control Interno. ACUERDO FIRME.

A las doce horas terminó la sesión.




Luis Antonio Sobrado González





Eugenia María Zamora Chavarría





Max Alberto Esquivel Faerron