ACTA N.º 109-2017


Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas del veintiuno de diciembre de dos mil diecisiete, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González quien preside, Eugenia María Zamora Chavarría, Max Alberto Esquivel Faerron, Zetty María Bou Valverde y Luis Diego Brenes Villalobos.


ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DE ACTAS ANTERIORES.

A) Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.

ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE LAS ELECCIONES PRESIDENCIALES Y LEGISLATIVAS 2018.

A) Solicitud de autorización de traslado de centro de votación en el cantón Central de Puntarenas. Del señor Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, se conoce oficio n.° DGRE-795-2017 del 19 de diciembre de 2017, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Mediante oficio PAE-1065-2017 de fecha 12 de diciembre de 2017, el señor Jorge Enrique Monge Alvarado, encargado del programa de Asesores Electorales, remitió a esta Dirección nota suscrita por los señores Juan José Caruzo Rivera, y Francia Skarleth Jiménez Bolívar, presidente y secretaria, respectivamente, de la junta cantonal del cantón Central de Puntarenas, solicitan el traslado de la junta receptora de votos del distrito electoral Coyolito (Oeste), junta n.° 5353, que se instalará en la Escuela de Coyolito al salón comunal de la localidad, ya que manifiestan que el centro educativo fue demolido para construir uno nuevo. Cabe señalar que se cuenta con la autorización de la Asociación de Desarrollo para hacer uso del salón comunal.

Aunado a lo anterior, esta Dirección debe señalar que, luego de realizado el estudio correspondiente en el Sistema de Información Geográfico Electoral (SIGE) se ha logrado determinar lo siguiente:

1.-  De acuerdo con la delimitación geográfica, se observa que las instalaciones de la Escuela de Coyolito y el salón comunal privado, se encuentran ubicadas en el mismo distrito administrativo.

2.- Que la distancia existente entre la Escuela de Coyolito al salón comunal es de aproximadamente 120 metros.

Por lo expuesto y en atención a lo establecido en el artículo 34 del Código Electoral, respetuosamente le solicito eleve lo anterior a conocimiento del Superior y, si a bien lo tiene, que este organismo electoral autorice lo siguiente:

1.- El traslado de la junta receptora de votos n.° 5353 de la Escuela de Coyolito, ubicada en el distrito electoral Coyolito (Oeste), al salón comunal que se encuentran en el mismo distrito electoral, ambos de la provincia de Puntarenas.

2.- Que se establezca al Salón Comunal Privado como el centro de votación asignado al distrito electoral Coyolito (Oeste), cuya codificación en la División Territorial Electoral vigente es 601006069.

En virtud de lo expuesto y de aprobarse la solicitud de traslado del centro de votación por parte del Tribunal Supremo de Elecciones, comuníquese para lo que corresponda al programa electoral de Asesores Electorales, al Sistema de Información 1020 y, al Cuerpo Nacional de Delegados, a todos los partidos políticos que participan en este proceso, asimismo que se actualice la información en la página web del Tribunal Supremo de Elecciones.".

Se dispone: Autorizar conforme se propone. ACUERDO FIRME.

B) Solicitud de ampliación de viáticos para funcionarios de voto en el extranjero. Del señor Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, se conoce oficio n.° DGRE-788-2017 del 18 de diciembre de 2017, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Mediante oficio DPE-470-2017 de fecha 11 de diciembre del año 2017 del cual se adjunta copia-, el Licenciado Eric Schmidt Fonseca, Jefe del Departamento de Programas Electorales, informó a esta Dirección que, por políticas internas de algunas aerolíneas norteamericanas, no se incluye una maleta documentada como parte del costo del pasaje, por lo que el monto por este concepto debe cancelarse al momento de efectuar el registro en el counter de la aerolínea. 

Aunque se gestionó una nueva contratación en la que se incluyera la maleta como requerimiento opcional, de forma que no se descartaran todas las ofertas, se logró adjudicar algunos vuelos, pero estos no incluyen el costo del equipaje.  Razón por la cual, según lo informado por la Contaduría es necesario ampliar el acuerdo tomado en sesión ordinaria n.° 80-2017 del 28 de setiembre del año en curso, a los efectos de que se autorice la ampliación de los viáticos para cubrir el costo de una maleta documentada, tanto para el vuelo de ida como el de vuelta, en los siguientes casos:

Persona Delegada

País

Consulado

Aerolínea

Monto

Mariana Arguedas Vargas

EEUU

Chicago

Delta Air Lines

$50

Arlette Bolaños Barquero

EEUU

Washington

United Airlines

$50

Vangie Campos Montoya

EEUU

Atlanta

United Airlines

$50

Marleni Ramírez Méndez

EEUU

New York

Delta Air Lines

$50

Tommy Aguilar Peralta

EEUU

New York

Delta Air Lines

$50

Leonardo Fernandez Corea

EEUU

New York

Delta Air Lines

$50

Teresa Pérez Porta

EEUU

New York

Delta Air Lines

$50

Astrid Valverde Bermúdez

EEUU

Houston

United Airlines

$50

Laura Serrano Echeverría

EEUU

Miami

American Airlines

$50

Julio Vargas Rodríguez

EEUU

Miami

American Airlines

$50


Por lo expuesto, le solicito eleve lo anterior a conocimiento y aprobación del Tribunal Supremo de Elecciones.".

Se dispone: Aprobar conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

C) Solicitud de autorización de traslado de centro de votación en Montes de Oca. Del señor Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, se conoce oficio n.° DGRE-792-2017 del 18 de diciembre de 2017, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Mediante nota sin número de fecha 4 de diciembre de 2017, los señores Marco Antonio Mena Diaz y Virginia Lizano Calzada, presidente y secretaria, respectivamente, de la Junta Cantonal de Montes de Oca, solicitan el traslado de las juntas receptoras de votos del distrito electoral de San Pedro, específicamente de la Escuela Franklin Delano Rooselvet, ya que esta fue declarada Patrimonio Nacional, por lo cual no puede ser utilizada como centro de votación.

Por lo expuesto, los integrantes de la citada Junta proponen que las Juntas Receptoras de Votos número n.° 1626 al n.° 1641 se trasladen a la Universidad Americana (UAM), la cual se encuentra en ese mismo distrito.  Cabe destacar que ese centro de enseñanza está anuente a prestar sus instalaciones.

Aunado a lo anterior, esta Dirección debe señalar que, luego de realizado el estudio correspondiente en el Sistema de Información Geográfico Electoral (SIGE) se ha logrado determinar lo siguiente:

1.- De acuerdo con la delimitación geográfica, se observa que la Escuela Franklin Delano Rooselvet y la Universidad Americana(UAM), se encuentran ubicadas en el mismo distrito administrativo.

2.- Que la distancia existente entre la Escuela Franklin Delano Rooselvet a la Universidad Privada UAM es de aproximadamente 400 metros.

En virtud de lo expuesto, es el criterio de esta Dirección, recomendar a que se autorice el traslado de las juntas receptoras de votos n.° 1626 y n.° 1641 de la Escuela Franklin Delano Rooselvet a la Universidad Americana.

Por lo expuesto y en atención a lo establecido en el artículo 34 del Código Electoral, respetuosamente le solicito eleve lo anterior a conocimiento del Superior y, si a bien lo tiene, que este organismo electoral autorice lo siguiente:

1.- El traslado de las juntas receptoras de votos n.° 1626 y n.° 1641 de la Escuela Franklin Delano Rooselvet, ubicada en el distrito electoral San Pedro, a la Universidad Americana (UAM) que se encuentra en el mismo distrito electoral, ambos de la provincia de San José.

2.- Que se establezca a la Universidad Americana (UAM) como el centro de votación asignado al distrito electoral San Pedro, cuya codificación en la División Territorial Electoral vigente es 115001001.

En virtud de lo expuesto y de aprobarse la solicitud de traslado del centro de votación por parte del Tribunal Supremo de Elecciones, comuníquese para lo que corresponda al programa electoral de Asesores Electorales, al Sistema de Información 1020 y, al Cuerpo Nacional de Delegados, así como a todos los partidos políticos que participan en este proceso y se actualice la página web del Tribunal Supremo de Elecciones con la nueva información.".

Se dispone: Autorizar conforme se propone. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.

A) Trámites de la Comisión de Dedicación Exclusiva. Del señor Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° CDE-142-2017 del 14 de diciembre de 2017, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 18 de diciembre de 2017, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En sesión número 22-2017 celebrada el pasado 12 de diciembre, esta Comisión conoció la siguiente lista de personas funcionarias, que son las que se propone incluir dentro del régimen de dedicación exclusiva, pues por la ausencia temporal o permanente de la jefatura en alguna sede regional de este organismo electoral, deben ejercer el recargo de funciones de un puesto superior susceptible de afectarse al Régimen de Dedicación Exclusiva durante el año 2018, y tienen la posibilidad de incorporarse al régimen dado que cumplen los requisitos establecidos para ello.  

OFICINA REGIONAL

FUNCIONARIO QUE SUSTITUYE

Atenas

María del Sol Quesada Anchía

Cartago

Jonathan Vargas Céspedes

Los Chiles

Luis Diego Rocha Gutiérrez

José Manuel Zamora Jarquín

Nicoya

Víctor Alexis Aiza Gómez


El contrato que suscribirían estas personas conjuntamente con el señor Director Ejecutivo tendrá una vigencia de un año prorrogable por períodos iguales y, será aplicable solamente en los períodos en que efectivamente se ejecute un recargo de funciones. De ser necesario, en el transcurso del año entrante bien se podrían incorporar otras personas.".

Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.

B) Propuesta de nombramiento en propiedad en el Departamento de Comunicaciones y Relaciones Públicas. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-2261-2017 del 19 de diciembre de 2017, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Dado el resultado obtenido en el concurso interno realizado al efecto, con fundamento en lo dispuesto en nuestra ley de salarios y su reglamento y lo expuesto en los oficios que se dirá, los cuales prohíjo, me permito someter a su consideración la siguiente terna, de la cual propongo nombrar en propiedad, en el Departamento de Comunicaciones y Relaciones Públicas, a quien figura en el primer lugar:

Terna

1.- Marialaura Hernández Campos

2.- Kimberly Cedeño Maroto

3.- Jeimy Alvarado Meza

Puesto en el que se propone nombrar

349930, Profesional Asistente en Comunicación, Profesional Asistente 1

Fecha de rige propuesta

1.° de enero de 2018

Oficio del Departamento de Recursos Humanos

RH-4420-2017 del 18 de diciembre de 2017.

Oficio de la jefatura

DCRP-104-2017 (SUSTITUIR) del 13 de diciembre de 2017.


Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: Nombrar conforme se propone. ACUERDO FIRME.

C) Solicitud de licencia sin goce de salario del funcionario Nicolás Prado Hidalgo. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-4424-2017 del 19 de diciembre de 2017, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración la nota sin número presentada en este departamento y suscrita por el señor Nicolás Prado Hidalgo, mediante la cual solicita una licencia sin goce de salario en el puesto que ocupa en propiedad, mientras que se encuentre nombrado en el cargo de Prosecretario en la Secretaría General del Tribunal Supremo de Elecciones.

El señor Prado Hidalgo labora para la institución desde el 1 de setiembre de 2011 y según acuerdo adoptado en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.°69-2017 del 17 de agosto de 2017, se dispuso nombrarlo en propiedad como Profesional en Derecho 2, perteneciente a la clase Profesional en Gestión 2, en el Departamento Legal específicamente en la plaza 45715.  Sin embargo, en sesión ordinaria n.° 97-2017 del pasado 14 de noviembre de 2017, el Tribunal acordó nombrarlo de forma interina, a partir del 1° de diciembre de 2017, como Prosecretario, razón por la cual el señor Prado Hidalgo solicita se le conceda una licencia sin goce de salario en el puesto que tiene actualmente en propiedad.

Expuesto en los párrafos que anteceden lo requerido por el señor Nicolás Prado Hidalgo, salvo superior criterio, bien puede otorgarse el permiso pretendido.".

Se dispone: Aprobar la licencia sin goce de salario, conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

D) Consulta del traslado del funcionario Greivin Rojas Tencio al Departamento Legal. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce en consulta la resolución n.° 0107-STSE-2017 de las once horas y treinta minutos del diecinueve de diciembre de dos mil diecisiete, mediante la cual resuelve trasladar definitivamente la plaza número 101908, clase Profesional Asistente 2, puesto Profesional Asistente en Derecho 2, al Departamento Legal, a partir de la firmeza del respectivo acuerdo.

Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.

E) Consulta de propuesta de nombramiento en propiedad en el IFED. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-2269-2017 del 19 de diciembre de 2017, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Dado el resultado obtenido en el concurso interno realizado al efecto, con fundamento en lo dispuesto en nuestra ley de salarios y su reglamento y lo expuesto en los oficios que se dirá, los cuales prohíjo, me permito someter a su consideración la siguiente terna, de la cual propongo nombrar en propiedad, en el Instituto de Formación y Estudios en Democracia, a quien figura en el primer lugar:

Terna

1.- Marco Moraga Núñez

2.- Susan Garita Acuña

3.- Gerardo Arroyo Víquez

Puesto en el que se propone nombrar

357815, Profesional  del Instituto de Formación y Estudios en Democracia, Profesional Ejecutor 3.

Fecha de rige propuesta

1.° de enero de 2018

Oficio del Departamento de Recursos Humanos

RH-4438-2017 del 19 de diciembre de 2017.

Oficio de la jefatura

IFED-572-2017 del 19 de diciembre de 2017.


Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: Nombrar conforme se propone. ACUERDO FIRME.

F) Renuncia del funcionario Jeffrie Jiménez Villalobos. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-4445-2017 del 20 de diciembre de 2017, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para conocimiento del Tribunal Supremo de Elecciones, remito nota recibida ayer en este despacho que suscribe el señor Jeffrie Jiménez Villalobos, funcionario nombrado a plazo fijo en un puesto de Oficinista 1 -clase de Asistente Administrativo 1-, destacado en el Departamento de Programas Electorales, a través de la cual manifiesta su deseo de renunciar al cargo que ocupa.

El servidor Jiménez Villalobos, labora para la institución desde 2 de octubre de 2017, con un nombramiento de servicios especiales que se extendería hasta el 31 de diciembre del año en curso.  Para la fecha de su cese de funciones -que solicita sea a partir del 22 de diciembre del presente año- contaría con poco más de 2 meses de tiempo laborado, razón por la cual bien podría aplicarse el artículo 27 del Reglamento a la Ley de Salarios del Tribunal que dispone “Los funcionarios que ingresen a prestar servicios en la Institución deberán pasar un período de prueba de tres meses en el desempeño del cargo que será evaluado por el jefe inmediato…||Dentro de ese lapso, cualquiera de las partes puede ponerle fin al contrato de trabajo sin previo aviso y sin responsabilidad de ningún tipo”.

En virtud de lo anterior, a la fecha de su retiro, tendría acumulados tres días de vacaciones proporcionales los cuales disfrutaría, según lo indica en su nota, a partir del 19 de diciembre pasado. De igual forma, solicita se proceda con el pago de los extremos laborales que podrían corresponderle.".

Se dispone: Tener por presentada la renuncia del señor Jiménez Villalobos. ACUERDO FIRME.

G) Nombramientos interinos en distintas unidades administrativas. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-1269-2017 del 20 de diciembre de 2017, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En atención a lo solicitado por las respectivas jefaturas, según lo planteado por el Departamento de Recursos Humanos y de conformidad con lo estipulado en el artículo 25 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del TSE, me permito proponer la aprobación de los nombramientos interinos que se detallan a continuación:


OFICINA / DEPARTAMENTO

NÚMERO Y CLASE

DEL PUESTO

CONDICIÓN DE LA PLAZA

CANDIDATO (A) Y PERÍODO DEL NOMBRAMIENTO

  1. Departamento Civil

45672,

Asistente Administrativo 1

Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su propietaria.

Rodolfo Esteban Fernández Molina,

1°-ENE al 31-MAY de 2018 o hasta que regrese su anterior ocupante. El candidato labora en un puesto idéntico en el Departamento de Programas Electorales.

  1. Sección de Inscripciones

45548,

Profesional Ejecutor 3

Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su propietaria.

Ana Villalobos Alfaro,

1°-ENE al 31-DIC de 2018 o hasta que regrese su propietaria. La candidata labora en un puesto de Profesional Asistente 1 en la Dirección General del Registro Civil por lo que existe 3 clases de por medio para llegar a Profesional Ejecutor 3.

  1. Oficina Regional de Coto Brus

47872,

Asistente Administrativo 2

Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su propietario.

Leivin Ramírez Guido,

2-ENE al 31-MAY de 2018 o hasta que regrese su propietario. El candidato no labora para la institución pero forma parte del Registro de Elegibles de dicha sede regional.


No omito indicar que, tales movimientos se podrían autorizar con fundamento en los artículos 9, 22 y 36 del reglamento a la Ley de Salarios, lo que se haría en los puestos, oficinas y por los períodos que se citan en el cuadro.

Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: Nombrar conforme se propone, con la observación según la cual eventuales prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.

H) Encargo de funciones de la Jefatura del Departamento de Proveeduría. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-2275-2017 del 20 de diciembre de 2017, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En atención a lo solicitado por la respectiva jefatura y previo análisis de los requisitos y condiciones, me permito proponer la aprobación del encargo de funciones que se detalla a continuación:

Unidad Administrativa

Titular

Sustituto

Fechas

Tipo

Departamento

de Proveeduría

Allan Herrera Herrera

Lucrecia Mora Marín

Del 2 al 5 de enero de 2018

Encargo de funciones


Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: Aprobar el encargo de funciones conforme se propone. ACUERDO FIRME.

I) Propuesta de nombramiento en propiedad en el Departamento de Registro de Partidos Políticos. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-2274-2017 del 20 de diciembre de 2017, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Dado el resultado obtenido en el concurso interno realizado al efecto, con fundamento en lo dispuesto en nuestra ley de salarios y su reglamento y lo expuesto en los oficios que se dirá, los cuales prohíjo, me permito someter a su consideración la siguiente terna, de la cual propongo nombrar en propiedad, en el Departamento de Registro de Partidos Políticos, a su única ocupante:

Terna

1.- Marylin Garro Calvo

Puesto en el que se propone nombrar

368526, Profesional en Archivística, Profesional Ejecutor 2

Fecha de rige propuesta

1.° de enero de 2018

Oficio del Departamento de Recursos Humanos

RH-4446-2017 del 20 de diciembre de 2017.

Oficio de la jefatura

DRPP-3618-2017 del 19 de diciembre de 2017.


Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: Nombrar conforme se propone. ACUERDO FIRME.

J) Plan de vacaciones de la Oficina de Seguridad Integral. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-4450-2017 del 20 de diciembre de 2017, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para los efectos consiguientes, me permito elevar a consideración del Tribunal Supremo de Elecciones el oficio SI-150-2017 recibido en este despacho el pasado 18 de diciembre que suscribe el Lic. Richard Poveda Solórzano, Jefe de la Oficina de Seguridad Integral, mediante el cual presenta el plan de vacaciones que regirá para los oficiales de seguridad y vigilancia durante el año entrante.

Luego de analizar dicho programa y practicarle los ajustes pertinentes en cuanto a saldos y fechas, se somete a consulta del superior con la intención de autorizar tal y como se ha venido realizando desde hace varios años que durante las ausencias de los titulares de esos puestos de oficial de seguridad se nombren funcionarios interinos con el propósito de que no se afecte el servicio que tiene a su cargo la citada oficina dentro de este organismo electoral.  Para esta oportunidad, el Lic. Poveda Solórzano sugiere a los mismos tres empleados interinos que han realizado esa labor durante los años 2015, 2016 y 2017.  El plan sería como se muestra en el cuadro anexo y comprendería los siguientes lapsos y al empleado interino que en cada uno de ellos se anota:

LAPSO

PERÍODO

OFICIAL INTERINO

1

Del  01-ENE  al  31-DIC-2018

Ulises Carrillo Álvarez

2

Lester Antonio García Flores

3

Hugo Alberto Murillo Ramírez


Según se indicó líneas atrás, durante los años 2015, 2016 y 2017 los señores Carrillo Álvarez, García Flores y Murillo Ramírez son quienes han efectuado las sustituciones por vacaciones de los otros oficiales de seguridad y su actual nombramiento finaliza el próximo 31 de diciembre, por lo que bien pueden continuar en esa función a partir del día siguiente que es justamente cuando da inicio el nuevo plan.

Tal y como ha sucedido en las anteriores ocasiones, es importante insistir en que el plan no debe sufrir variantes de ninguna naturaleza, como por ejemplo adelantos, fraccionamientos o suspensión de vacaciones, pues cualquier alteración que se le practique afectaría el nombramiento de los servidores interinos y desde luego el normal desarrollo de la Oficina de Seguridad Integral.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar conforme se propone. ACUERDO FIRME.

K) Prórrogas y nombramientos interinos en distintas unidades del TSE. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-2276-2017 del 20 de diciembre de 2017, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En atención a lo solicitado por las respectivas jefaturas, según lo planteado por el Departamento de Recursos Humanos y de conformidad con lo estipulado en el artículo 25 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del TSE, nos permitimos proponer la aprobación de lo siguiente:

1.- De las prórrogas de los nombramientos interinos que se detallan a continuación:

OFICINA / DEPARTAMENTO

NÚMERO Y CLASE

DEL PUESTO

CONDICIÓN DE LA PLAZA

CANDIDATO (A) Y PERÍODO DEL NOMBRAMIENTO

  1. Departamento de Programas Electorales

353583,

Asistente Administrativo 1

Plaza de Servicios Especiales.

Yendry Picado Salas,

1°-ENE al 31-DIC de 2018. La candidata regresa a este puesto en virtud de la aplicación del artículo 36 BIS.

  1. Departamento de Programas Electorales

368733,

Asistente Administrativo 1

Plaza de Servicios Especiales.

Jocelyn Rivera Sancho,

1°-ENE al 31-DIC de 2018. La candidata regresa a este puesto en virtud de la aplicación del artículo 36 BIS.

  1. Sección de Archivo

45515,

Asistente Funcional 1

Plaza de cargos fijos temporalmente vacante.

Gabriela Salazar Olmedo,

1-ENE al 31-DIC de 2018 o hasta que regrese su propietaria, lo que ocurra primero. La candidata labora actualmente en este puesto y lo que se solicita es prorrogar su actual designación.

  1. Sección de Archivo

72869,

Asistente Administrativo 1

Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del movimiento anterior.

Melania Gómez Valverde,

1-ENE al 31-DIC de 2018 o hasta que regrese su propietaria, lo que ocurra primero. La candidata labora actualmente en este puesto y lo que se solicita es prorrogar su actual designación.

  1. Sección de Análisis

45801,

Técnico Funcional 2

Plaza de cargos fijos temporalmente vacante.

Alejandro Villegas Hernández,

1°-ENE al 31-DIC de 2018. El candidato regresa a este puesto en virtud de la aplicación del artículo 36 BIS.

  1. Sección de Análsis

76671,

Asistente Funcional 2

Plaza de cargos fijos temporalmente vacante.

Ligia Jiménez Picado,

1-ENE al 31-DIC de 2018 o hasta que regrese su propietaria, lo que ocurra primero. La candidata labora actualmente en este puesto y lo que se solicita es prorrogar su actual designación.

  1. Departamento de Registro de Partidos Políticos 

353565,

Asistente Administrativo 1

Plaza de servicios especiales.

Emily Duarte Piñar,

1°-ENE al 31-DIC de 2018 o hasta que regrese su anterior ocupante. La candidata actualmente labora en ese puesto y lo que se solicita en prorrogar su nombramiento por un nuevo período.

  1. Departamento de Programas Electorales

368773,

Técnico Funcional 2

Plaza de Servicios Especiales.

Randall Alpizar Muñoz,

1°-ENE al 31-MAY de 2018. El candidato labora actualmente en este puesto y lo que se solicita es prorrogar su actual designación por un nuevo período.

  1. Auditoría Interna

47834,

Asistente Funcional 3

Plaza de cargos fijos temporalmente vacante.

Olga Morales Quirós,

1°-ENE al 31-DIC de 2018 o hasta que regrese su titular a ocuparla, lo que ocurra primero. La candidata labora actualmente en este puesto y lo que se solicita es prorrogar su actual designación por un nuevo período.

  1. Coordinación de Servicios Regionales

45900,

Asistente Funcional 2

Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del movimiento anterior.

Adriana Solís Vega,

1°-ENE al 31-DIC de 2018 o hasta que regrese su titular a ocuparla, lo que ocurra primero. La candidata labora actualmente en este puesto y lo que se solicita es prorrogar su actual designación por un nuevo período.


2.- De los nombramientos interinos que se detallan a continuación:


OFICINA / DEPARTAMENTO

NÚMERO Y CLASE

DEL PUESTO

CONDICIÓN DE LA PLAZA

CANDIDATO (A) Y PERÍODO DEL NOMBRAMIENTO

  1. Departamento de Registro de Partidos Políticos 

361358,

Asistente Funcional 2

Plaza de cargos fijos temporalmente vacante.

Luis Diego Achoy Padilla,

1°-ENE al 31-DIC de 2018 o hasta que regrese su propietaria. El candidato labora en un puesto idéntico, pero con un nombramiento que vence el próximo 31 de diciembre.

  1. Contraloría Electoral 

370830,

Asistente Funcional 2

Plaza de servicios especiales.

Óscar Ulate Arley,

1°-ENE al 31-DIC de 2018 o hasta que regrese su anterior ocupante. El candidato labora actualmente en este mismo número de puesto, pero lo hace bajo la clasificación de Asistente Administrativo 2 que tiene este año.  A partir del 1° de enero de 2018 la plaza se reclasifica a Asistente Funcional 2 como Bodeguero, por lo que se hace necesaria una nueva solicitud de nombramiento. 

  1. Departamento de Proveeduría

93960,

Profesional en Gestión 1

Plaza de cargos fijos temporalmente vacante.

Yendri González Salazar,

1°-ENE de 2018 y por espacio de 6 meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que regrese su propietaria. La candidata labora en un puesto de Profesional Ejecutor 3 en ese mismo departamento.


3.- Del nombramiento interino cuya terna se propone, sugiriendo nombrar al primer lugar de ella:

N° PUESTO

NOMBRE

CLASE

PUESTO

DEPARTAMENTO /

OFICINA

45486

Francisco Rodríguez Sánchez

Asistente Funcional 1

Asistente en Servicios de Publicación

Sección de Servicios Generales

Ileana Montero Bustamante

Yamileth Fernández Retana

Fecha de rige: del 2-ENE al 31-DIC de 2018 o hasta que regrese su titular a ocuparla, lo que ocurra primero.  La jefatura respectiva recomienda a quien ocupa el primer lugar de la terna. No se omite indicar que para este puesto se realizó un estudio de inopia a lo interno de la institución, dando como resultado que actualmente no hay funcionarios /as interesados /as en ocupar el cargo de manera interina.


Quedamos atentos a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Prorrogar y nombrar conforme se propone en los puntos 1 y 2, respectivamente, con la observación según la cual eventuales nuevas prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal; así como nombrar a quien figura en el primer lugar de la terna del punto 3, con la misma observación según la cual eventuales prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.

L) Traslado en propiedad en la Sección de Solicitudes Cedulares. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce en consulta la resolución n.° DGRA-286-2017 de las once horas del veinte de diciembre de dos mil diecisiete, mediante la cual resuelve trasladar en propiedad a partir del 1° de enero de 2018 al funcionario Gregory Madriz Madrigal, al cargo de Oficinista 1 en la Oficina de Solicitudes Cedulares, plaza n.° 45774.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar. ACUERDO FIRME.

M) Informe de resultado negativo de periodo de prueba. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-4454-2017 del 20 de diciembre de 2017, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual somete a consideración de este Tribunal gestión relativa a resultado negativo de período de prueba, por lo que propone concluir su contrato laboral.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Dar por finalizada la referida relación de servicio conforme se propone. ACUERDO FIRME.

N) Nombramientos en propiedad en la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-2280-2017 del 20 de diciembre de 2017, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Dado el resultado obtenido en los concursos internos realizados al efecto, con fundamento en lo dispuesto en nuestra ley de salarios y su reglamento y lo expuesto en los oficios que se dirá, los cuales prohíjo, me permito someter a su consideración las siguientes ternas, de las cuales propongo nombrar en propiedad, en la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, a quienes figuran en el primer lugar de cada una:

Terna

1.- Daniel Fernández Brenes

2.- Karen Núñez Víquez

3.- María Quirós Naranjo

Puesto en el que se propone nombrar

361363, Profesional en Derecho 1, Profesional Ejecutor 3

Fecha de rige propuesta

1.° de enero de 2018

Oficio del Departamento de Recursos Humanos

RH-4456-2017 del 20 de diciembre de 2017.

Oficio de la jefatura

DGRE-798-2017 del 20 de diciembre de 2017.


Terna

1.- José Leonel Obando Vargas

2.- Jeffrey Solano Gómez

3.- Laura González Acuña

Puesto en el que se propone nombrar

353744, Profesional en Administración Electoral 1, Profesional Ejecutor 3

Fecha de rige propuesta

1.° de enero de 2018

Oficio del Departamento de Recursos Humanos

RH-4457-2017 del 20 de diciembre de 2017.

Oficio de la jefatura

DGRE-797-2017 del 20 de diciembre de 2017.


Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Nombrar conforme se propone. ACUERDO FIRME.

Ñ) Nombramientos interinos en el Departamento de Programas Electorales. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-2279-2017 del 20 de diciembre de 2017, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En atención a lo solicitado por la respectiva jefatura, según lo planteado por el Departamento de Recursos Humanos y de conformidad con lo estipulado en el artículo 25 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del TSE, me permito proponer la aprobación de los nombramientos interinos cuyas ternas se indican a continuación, sugiriendo nombrar al primer lugar de cada una de ellas, a partir del 2 de enero y hasta el 31 de mayo de 2018:

N° PUESTO

NOMBRE

CLASE

PUESTO

DEPARTAMENTO /

OFICINA

370719 (Servicios Especiales)

César Solano Guzmán

Conserje Electoral

Conserje

Departamento de Programas Electorales.

Carlos Fernández Córdoba

Virginia Méndez Cubero


N° PUESTO

NOMBRE

CLASE

PUESTO

DEPARTAMENTO /

OFICINA

370910 (Servicios Especiales)

Carlos Fernández Córdoba

Conserje Electoral

Conserje

Departamento de Programas Electorales.

Virginia Méndez Cubero

Tatiana Ulloa Zúñiga


N° PUESTO

NOMBRE

CLASE

PUESTO

DEPARTAMENTO /

OFICINA

370911

(Servicios Especiales)

Virginia Méndez Cubero

Conserje Electoral

Conserje

Departamento de Programas Electorales.

Tatiana Ulloa Zúñiga

Shirley Quintero Madrigal


Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Nombrar a quien figura en el primer lugar de cada una de las ternas, con la observación según la cual eventuales prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.

O) Informe de resultado negativo de periodo de prueba. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-4461-2017 del 21 de diciembre de 2017, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual somete a consideración de este Tribunal gestión relativa a resultado negativo de período de prueba, por lo que propone concluir su contrato laboral e instruir al Departamento de Contaduría a efectos de gestionar lo pertinente para recuperar alguna suma girada de más.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Dar por finalizada la referida relación de servicio conforme se propone. Tome nota el Departamento de Contaduría. ACUERDO FIRME.

P) Encargo de funciones del Oficial Mayor del Departamento Electoral. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-1278-2017 del 21 de diciembre de 2017, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Con fundamento en lo dispuesto en nuestra ley de salarios, el Instructivo para el trámite de recargos de funciones y la circular número STSE-0030-2016 del 19 de julio del 2016, asimismo lo expuesto en los oficios que se dirá, el suscrito respetuosamente somete a consideración de las señoras magistradas y señores magistrados la solicitud de encargo de funciones que se detalla a continuación:

Departamento Electoral

Titular

Oscar Fernando Mena Carvajal

Encargar en

Carlos Luis Brenes Molina

Periodo

5 días

Rige a partir del

2 enero del 2018

Oficio del Departamento de Recursos Humanos

RH-4459-2017 del 21 de diciembre de 2017

Oficio de la jefatura

DEL-2168-2017 del 19 de diciembre de 2017


Con base en lo anterior, esta Dirección General avala la recomendación, para que el servidor Brenes Molina sustituya al señor Mena Carvajal en el lapso indicado, si a bien lo tiene el Superior.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar el encargo de funciones conforme se propone. ACUERDO FIRME.

Q) Información de traslado y transformación de puesto en la Secretaría General del TSE. Del señor José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-4197-2017 del 21 de diciembre de 2017, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual realizados los análisis pertinentes a fin de determinar la procedencia de trasladar y transformar el puesto n.° 72873, destacado actualmente en el Departamento Electoral, literalmente concluye y recomienda:

"8.- Conclusiones de esta Dirección Ejecutiva

8.1.- El estudio de esta Dirección Ejecutiva, ha determinado la necesidad de dotar a la Secretaría General del TSE, con una plaza de Profesional en Derecho 1, orientada a la atención de actividades vinculadas a la Emisión de Declaratoria de Elección, lo anterior a raíz de la recomendación 15 c), derivada del Informe de evaluación de programas electorales e informe de costos, aprobado por el Superior, comunicado mediante oficio n° STSE-0465-2017.

8.2.- El señor Óscar Mena Carvajal, Jefe del Departamento Electoral, ha externado su anuencia para que se materialice al traslado definitivo del puesto n° 72873, dado que no representa una afectación en el accionar de la unidad administrativa a su cargo, dichas funciones son atendidas por una persona designada, y recargadas en otros funcionarios de ese Departamento.

8.3.- Se considera procedente el traslado definitivo del puesto n° 72873 a la Secretaría General del TSE por lo que será necesario realizar la actualización en la Relación de Puestos del Tribunal Supremo de Elecciones, para ello se cuenta con el aval de los señores Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil y Erick Guzmán Vargas, Secretario General del TSE.

8.4.- Se cuenta con el criterio técnico del Departamento de Recursos Humanos, el cual   estableció que es procedente reclasificar el puesto n° 72873, cuya denominación actual se encuentra en el puesto de Oficinista 1, de la clase Asistente Administrativo 1, al puesto de Profesional en Derecho 1, clase Ejecutor Profesional 3, concluye ese despacho, que según la valoración de las tareas que realizará, tendrá funciones de mayor nivel que corresponde a esa última clasificación.

8.5.- Se confirma la necesidad de actualizar el Manual de Procedimientos de la Secretaría General del TSE, realizando los ajustes e incorporación de los nuevos procesos que deriven de la adopción de actividades en materia de Declaratoria de Elección y que antes eran atendidas igualmente por esa Secretaría General, pero a través de un Programa Electoral.

8.6.- En lo sucesivo la Secretaría General del TSE deberá tomar las previsiones del caso a efectos de valorar lo posibles riesgos asociados al proceso de Declaratorias de Elección, utilizando las herramientas institucionales para tal fin.

8.7.- La Secretaría General del TSE, deberá considerar la provisión de los recursos necesarios para la correcta ejecución de ese proceso electoral en su Plan Operativo Anual (POA), asociando esos requerimientos a un objetivo vinculado a elecciones.

8.8.- Será necesario que el Departamento de Recursos Humanos, realice los ajustes correspondientes en el Manual Descriptivo de Clases de Puestos, con ocasión de las actividades indicadas en el cuestionario para la definición de puestos, así como las tareas adicionales señaladas en el oficio n° STSE-2172-2017 y las que deriven de la aprobación de los resultados del presente estudio.

9.- Recomendaciones de esta Dirección Ejecutiva

9.1- Reclasificar el puesto n°72873, de Oficinista 1, de la clase Asistente Administrativo 1, al puesto Profesional en Derecho 1, clase Profesional Ejecutor 3, lo que cuenta con el criterio técnico del Departamento de Recursos Humanos y a lo que se le daría contenido presupuestario con cargo al disponible de la coletilla 180 de la subpartida 00101 “Sueldos para cargos fijos” del subprograma 850-02, para lo cual la Secretaría General del Tribunal Supremo de Elecciones y el Departamento de Recursos Humanos deberán preparar el proyecto de redacción de la resolución respectiva, para que la remitan a la Dirección General de Presupuesto Nacional a efecto de que a esta modificación se le de contenido económico, de manera que pueda regir a partir del 16 de enero de 2018.

9.2- Aprobar el traslado definitivo de la plaza n° 72873, del Departamento Electoral a la Secretaría General del TSE, sobre lo que esta Dirección Ejecutiva deberá tomar nota para la actualización den la Relación de Puestos del TSE.

10.2 [sic] Que la jefatura de la Secretaría General del TSE proceda con la actualización del Manual de Procedimientos y la matriz de valoración de riesgos a fin de que se realicen los ajustes necesarios en los procedimientos de trabajo y los nuevos elementos que deriven del presente estudio.

10.3 [sic] Que la jefatura de la Secretaría General del TSE, considere en su Plan Operativo Anual, los requerimientos necesarios para la atención del proceso de Declaratorias de Elección.

10.4 [sic] Que el Departamento de Recursos Humanos proceda con los ajustes en las actividades del puesto descrito en el Manual Descriptivo de Clases de Puestos, según el trámite ordinario para estos fines.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar conforme se recomienda ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS DEL CONSEJO DE DIRECTORES.

A) Informe de la primera revisión por la Dirección del Sistema de Gestión de Calidad. Del señor Nicolás Prado Hidalgo, Prosecretario General a. i. de este Tribunal, se conoce oficio n.° CDIR-0440-2017 del 19 de diciembre de 2017, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Se comunica el acuerdo adoptado en el artículo tercero de la sesión ordinaria n.º 59-2017, celebrada el 19 de diciembre de 2017 por el Consejo de Directores, integrado por los señores Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones quien preside; Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil; José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo; Héctor Enrique Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos; Hugo Picado León, Director General del Instituto de Formación y Estudios en Democracia y Dennis Cascante Hernández, Director General de Estrategia Tecnológica -, que dice:

«De la señora Marcela Retana Bejarano, Encargada del Órgano Técnico de Gestión de Calidad, se conoce nuevamente oficio n.° OTGC-0053-2017 del 1.° de diciembre de 2017, recibido el mismo día en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En referencia al acuerdo tomado en la sesión ordinaria n° 52-2017, celebrada el 14 de noviembre de 2017 por el Consejo de Directores y comunicada mediante el oficio CDIR-396-2017, del mismo día, en el cual se menciona:

“Se concede audiencia para atender el asunto el 5 de diciembre de 2017 de 2:00 pm a 2:30 pm.”

Le adjunto el informe correspondiente a la I Revisión por la Dirección del año 2017 del SGC, el cual se remite para el respectivo análisis de los señores directores previo a la presentación ante el Consejo de Directores el día concedido. El mismo se compone de lo solicitado en la Norma ISO 9001:2008, en su cláusula 5.6.2 Información de entrada para la revisión.

Es importante mencionar que producto de la revisión y análisis que lleve a cabo el CDIR con el informe adjunto, se deben de dejar registradas todas las decisiones y acciones tomadas relacionadas con la siguiente información:

a) La mejora de la eficacia del SGC y sus procesos

b) La mejora del producto en relación con los requisitos del cliente, y

c) Las necesidades de recursos

Lo anterior en atención de la cláusula 5.6.3 Resultados de la revisión.

Finalmente, se debe de destacar que las siguientes unidades administrativas fueron las únicas que enviaron la información con la que se elaboró este informe, por lo que, se quedó mucha información de procesos medulares en el SGC sin analizar, la cual podría ser esencial para poder medir la eficacia del sistema, a saber:

Se dispone: Hacer ver que, en términos generales, este Consejo requiere mayor claridad en el informe sobre el estado del Sistema de Gestión de Calidad (SGC) para la toma de decisiones, así como un análisis detallado de la situación institucional en dicha materia, que resalte sus fortalezas, pero también que indique las oportunidades de mejora detectadas en sus diversos ámbitos; por lo tanto, en relación con este informe y con el fin procurar el mejor desempeño posible del SGC, así como el cumplimiento propicio de los fines del Órgano Técnico de Gestión de Calidad (OTGC), este Consejo estima oportuno adoptar una serie de medidas, conforme a lo que se dirá.

El Superior, en sesión ordinaria n.º 49-2017, celebrada el 6 de junio de 2017, dispuso acoger el informe presentado por la Dirección Ejecutiva en oficio n.° DE-1615-2017, mediante el cual recomendó trasladar temporalmente el OTGC a la Secretaría General del TSE. Esta recomendación se sustentó exclusivamente en lo dispuesto en el Manual de Calidad (documento que establecía los lineamientos internos mediante los cuales se controlaba la prestación de servicios bajo los requerimientos de la norma ISO 9001:2008) en cuanto a que la representación de la Alta Dirección le correspondía al Coordinador del Consejo de Directores. Por tal motivo, en virtud de que la referida Secretaría General asumió la coordinación de este consejo en sustitución de la Dirección Ejecutiva, en su momento se determinó que resultaba procedente pasar el OTGC también a su cargo, por ser este el órgano técnico institucional que asesora y apoya en materia de gestión de calidad. 

Sin embargo, en razón de que la nueva norma ISO 9001:2015 prescinde de la figura del representante de la Alta Dirección (cláusula 5.3: Roles, responsabilidades y autoridades en la organización) se estima oportuno y necesario dejar sin efecto dicho traslado temporal, de modo que el OTGC sea readscrito a la Dirección Ejecutiva, siendo que en todo caso, como se desprende del mismo informe que motivó el traslado temporal, la adscripción original del OTGC a la Dirección Ejecutiva establecida en la cláusula 5.1 del Manual de Calidad, se justificaba en la naturaleza de ese órgano como unidad técnica de un proceso transversal que orienta su gestión, en esencia, a la mejora continua de los procesos para garantizar la calidad en la prestación de servicios, temas de carácter administrativo, en general,  vinculados con la planificación, definición de políticas institucionales, estructura organizativa, control interno, propios de la Dirección Ejecutiva, por ser la instancia encargada del planeamiento, dirección, coordinación y ejecución de las actividades de apoyo de la institución.

Aunado a lo anterior, este Consejo estima que con la norma ISO 9001:2015 se da mayor importancia al riesgo, tema que institucionalmente es parte de la gestión de la Unidad de Control Interno. También debe considerarse el trabajo a cargo de la Dirección Ejecutiva que analiza el impacto institucional del enfoque a procesos, que a su vez se vincula con el quehacer del equipo que atiende lo relativo al Modelo de Arquitectura de Información (MAI), ambos procesos bajo la responsabilidad también de esa Dirección.

De conformidad con lo expuesto, este órgano colegiado, de forma unánime, considera que el interés institucional impone la reinserción del OTGC en la Dirección Ejecutiva, readscripción que se deberá concretar refundiendo las labores de ese órgano técnico en la Unidad de Control Interno, con lo que se espera que, con otras medidas administrativas que adopte la Dirección Ejecutiva, se potencie el SGC.

En consecuencia, este Consejo propone al Tribunal Supremo de Elecciones lo siguiente:

1.- Adscribir, a partir del próximo 2 de enero, las funciones del OTGC a la Unidad de Control Interno de la Dirección Ejecutiva, conformándose así una sola unidad administrativa que comprenda y proyecte institucionalmente ambos ámbitos de trabajo control interno y gestión de calidad-.

2.- Que la Dirección Ejecutiva disponga las medidas administrativas pertinentes para concretar dicha adscripción, de modo que se fortalezca el accionar técnico, operativo y estratégico de la función que hasta el momento ha llevado a cabo el OTGC. Esto implica una revisión y reestructuración de los procedimientos y funciones de ese órgano.

3.- Que la Dirección Ejecutiva, realice los ajustes necesarios en los procedimientos correspondientes y demás documentos atinentes.

4.- Que dicha Unidad replantee el informe que aquí se conoce, a más tardar el 30 de marzo de 2018. ACUERDO FIRME.».".

Se dispone: Aprobar conforme se propone. ACUERDO FIRME.

B) Prórroga para la informar de la revisión del Manual Descriptivo de Clases de Puestos. Del señor Nicolás Prado Hidalgo, Prosecretario General a. i. del TSE, se conoce oficio n.° STSE-0442-2017 del 19 de diciembre de 2017, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Se comunica el acuerdo adoptado en el artículo tercero de la sesión ordinaria n.º 59-2017, celebrada el 19 de diciembre de 2017 por el Consejo de Directores, integrado por los señores Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones quien preside; Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil; José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo; Héctor Enrique Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos; Hugo Picado León, Director General del Instituto de Formación y Estudios en Democracia y Dennis Cascante Hernández, Director General de Estrategia Tecnológica -, que dice:

«Se dispone: En relación con el acuerdo adoptado por el Tribunal Supremo de Elecciones en el artículo tercero de la sesión ordinaria n.° 76-2017, celebrada el 12 de setiembre de 2017, en el que se dispuso que el Manual descriptivo de clases de puestos debe revisarse integralmente a más tardar durante el primer semestre de 2018, en virtud de que la Dirección Ejecutiva tiene a su cargo plantear la profesionalización del Registro Civil, así como el incipiente desarrollo del sistema de administración por competencias, se solicita al Tribunal ampliar el plazo otorgado para dicho propósito, para el segundo semestre de 2018. ACUERDO FIRME.».".

Se dispone: Aprobar conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

C) Tabulación y presupuestación del Diagnóstico de necesidades de capacitación. Del señor Nicolás Prado Hidalgo, Prosecretario General a. i. del TSE, se conoce oficio n.° STSE-0444-2017 del 19 de diciembre de 2017, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Se comunica el acuerdo adoptado en el artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 59-2017, celebrada el 19 de diciembre de 2017 por el Consejo de Directores, integrado por los señores Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones quien preside; Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil; José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo; Héctor Enrique Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos; Hugo Picado León, Director General del Instituto de Formación y Estudios en Democracia y Dennis Cascante Hernández, Director General de Estrategia Tecnológica -, que dice:

«Del señor José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-4078-2017 del 18 de diciembre de 2017, recibido el día siguiente en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En atención al oficio n° CDIR-0413-2017,  de fecha 28 de noviembre de 2017, mediante el cual se comunicó el acuerdo adoptado en el artículo tercero de la sesión ordinaria n.º 55-2017, celebrada el 28 de noviembre de 2017 por el Consejo de Directores, respecto al traslado de los oficios n.° STSE-2076-2017, n.° DGRC-1144-2017, n.° DE-3652-2017, n.° DE-3693-2017, n.° DGRE-681-2017, n.° IFED-549-2017 y n.° DGET-265-2017, a efecto de que esta Dirección proceda a su tabulación y presupuestación,  la cual remitirá al Consejo de Directores para su posterior remisión al Tribunal Supremo de Elecciones durante el mes de diciembre del 2017. 

Sobre el particular es importante aclarar que los rubros económicos estimados por cada curso, se obtuvieron de los datos suministrados por el “Área de Capacitación” y en los casos en donde se indican en la columna  de “costo estimado” - “S/inf” ; se refiere a que no se dispone de la información requerida y en los casos en donde se indican en la columna de “modalidad” - “ Interno”, corresponden a todos aquellas necesidades que serán atendidas por el personal institucional calificado y/o capacitado para tal efecto;  y en cuyos casos no se requieren asignarles presupuesto.

Por otro lado, es menester aclarar que la tabulación y presupuestación se realizó por separado; de acuerdo al diagnóstico de necesidades de capacitación remitido por cada Dirección.

Así las cosas, esta dirección en atención a lo dispuesto remite los documentos de cita para lo que corresponda.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Elevar a conocimiento del Tribunal Supremo de Elecciones con la recomendación de aprobar. ACUERDO FIRME.».".

Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.

D) Plan operativo institucional POI 2018. Del señor Nicolás Prado Hidalgo, Prosecretario General a. i. de este Tribunal, se conoce oficio n.° CDIR-0443-2017 del 19 de diciembre de 2017, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Se comunica el acuerdo adoptado en el artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 59-2017, celebrada el 19 de diciembre de 2017 por el Consejo de Directores, integrado por los señores Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones quien preside; Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil; José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo; Héctor Enrique Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos; Hugo Picado León, Director General del Instituto de Formación y Estudios en Democracia y Dennis Cascante Hernández, Director General de Estrategia Tecnológica -, que dice:

«Del señor José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-4006-2017 del 14 de diciembre de 2017, recibido el mismo día en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Como es lo usual, se remite para conocimiento del Consejo de Directores, con la atenta sugerencia de que sea elevado para aprobación del Superior, el Plan Operativo Institucional (POI) 2018, en el que se incluyen, entre otros temas, los objetivos, productos, indicadores y metas que sustentan la programación presupuestaria institucional para el próximo año, en concordancia con el Plan Estratégico Institucional 2014-2018.

No se omite indicar que, una vez aprobado el documento de referencia, la Dirección Ejecutiva procederá a remitir un ejemplar al Centro de Documentación, comunicarlo a las jefaturas institucionales y coordinar con el Departamento de Comunicaciones y Relaciones Públicas para su respectiva publicación en el sitio web institucional.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Elevar a conocimiento del Tribunal Supremo de Elecciones con la recomendación de aprobar. ACUERDO FIRME.».".

Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A) Informe de seguimiento de autoevaluaciones de control interno. Del señor José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-3983-2017 del 19 de diciembre de 2017, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual rinde informe relativo al seguimiento de autoevaluaciones de control interno y con fundamento en una serie de consideraciones, literalmente concluye y recomienda:

"Conclusión

A nivel institucional, según se indica en los informes remitidos por las Unidades Administrativas, se muestra un gran avance en materia de comunicación, compromiso y valores éticos incorporados en las labores que ejecutan los funcionarios, fortaleciendo con ello el control interno y la imagen del TSE que se proyecta a la población.

Por su parte, con la implementación de nuevos controles que se aplican en las funciones que se realizan y el monitoreo constante de los ya existentes, garantizan mejor calidad en el desarrollo de los procedimientos de trabajo, fortaleciendo con ello la gestión que se ejecuta en las oficinas, tanto de sede central como en las oficinas regionales. 

Los procesos de capacitación han permitido mejorar las competencias de los funcionarios, redundando en un mejor desempeño en la ejecución de las funciones y por ende brindando un mejor servicio al usuario.

Recomendaciones:

1.        Salvo superior criterio, remitir el resultado del seguimiento practicado por la Unidad de Control Interno a las Direcciones Institucionales, al Instituto de Formación y Estudios en Democracia y a la Secretaría General del Tribunal convenientemente, para conocimiento de sus propios cargos y de las unidades administrativas adscritas.

2.        Que los directores apoyen a las jefaturas del Tribunal, motivando en sus colaboradores la contribución al mejoramiento continuo del sistema de control interno institucional, como componente fundamental para alcanzar una gestión exitosa.

3.        Que se continúe implementando los programas de capacitación que coordina el Área de Capacitación del Departamento de Recursos Humanos, tanto en materia de control interno como en otros ámbitos de la gestión, que fortalezcan y contribuyan al mejoramiento continuo de las competencias de los funcionarios del TSE. 

4.        Que se analicen alternativas de capacitación por parte de la oficina de Recursos Humanos en conjunto con la Coordinación de Servicios Regionales, con el propósito de que estas actividades sean aprovechadas por los funcionarios para el mejoramiento continuo de sus competencias.".

Se dispone: Tener por rendido el informe correspondiente, cuya conclusión y recomendaciones se acogen. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SEXTO. ASUNTOS DE ORGANIZACIONES GREMIALES DEL TRIBUNAL.

A) Solicitud de prórroga para referirse a las modificaciones al Manual Descriptivo de Clases de Puestos. De las señoras Ilenia Ortiz Ceciliano y Arlene Castro Jiménez, Secretaria General y Secretaria de Actas, respectivamente, de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC), se conoce oficio n.° UNEC-67-2017 del 19 de diciembre de 2017, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En relación al oficio STSE-2159-2017 del 05 de diciembre del 2017 y con el fin de brindar el criterio pertinente, solicitamos se nos conceda una prórroga del plazo por otro tanto.".

Se dispone: Conceder la prórroga conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SÉTIMO. ASUNTOS EXTERNOS.

A) Consulta legislativa del proyecto de "Ley sobre el refrendo de las contrataciones de la administración pública", expediente n.° 20.202. Del señor Edel Reales Noboa, Director a. i. del Departamento de Secretaría del Directorio de la Asamblea Legislativa, se conoce nuevamente oficio n.° AL-DSDI-OFI-0185-2017 del 13 de diciembre de 2017, recibido vía correo electrónico el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"De conformidad con las disposiciones de los artículos 126 y 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, se consulta la redacción final sobre el Expediente N.º 20.202, LEY SOBRE EL REFRENDO DE LAS CONTRATACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, el cual adjunto con la presente comunicación.

De conformidad con el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, el plazo estipulado para referirse al proyecto es de ocho días hábiles contados a partir de la fecha de recibo del presente oficio; de no recibirse respuesta de la persona o ente consultado, se asumirá que no existe objeción alguna al respecto.".

Se dispone: Contestar la consulta formulada, en los siguientes términos:

Consideraciones preliminares.

El ordinal 97 de la Carta Fundamental dispone en forma preceptiva que tratándose de la “discusión y aprobación de proyectos de ley relativos a la materia electoral” la Asamblea Legislativa deberá consultar al Tribunal Supremo de Elecciones su criterio en torno a la iniciativa formulada y que, para apartarse de esa opinión, “se necesitará el voto de las dos terceras partes del total de sus miembros”. Como parte del desarrollo normativo de la disposición constitucional de cita, el inciso n) del artículo 12 del Código Electoral establece, como función propia de este Organismo Electoral, evacuar las consultas que el órgano legislativo realice al amparo de esa norma de orden constitucional.

A partir de la integración del ordenamiento jurídico conforme al Derecho de la Constitución y, concretamente, en punto a la interpretación de lo que debe considerarse “materia electoral”, este Colegiado ha entendido que los “actos relativos al sufragio” no sólo comprenden los propios de la emisión del voto, sino todos aquellos descritos en la propia Constitución o en las leyes electorales y que, directa o indirectamente se relacionen con los procesos electorales, electivos o consultivos, cuya organización, dirección y vigilancia ha sido confiada a este Organismo Electoral; lo anterior, a partir de la armonización de los artículos 9, 99 y 102 de la Norma Suprema.

Sobre el proyecto de ley objeto de la consulta.

Se somete en consulta de este Tribunal el texto del proyecto de ley tramitado en expediente legislativo número 20.202, cuyo objetivo es la aprobación de la “LEY SOBRE EL REFRENDO DE LAS CONTRATACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA”.

En esencia, este proyecto procura establecer que el refrendo de los contratos públicos, como requisito de eficacia jurídica para su ejecución, los realicen de manera exclusiva las asesorías jurídicas institucionales o bien aquella otra instancia con especialidad jurídica designada por el jerarca, bajo las directrices que regulará la Contraloría General de la República.

Del examen de la propuesta consultada no se advierte que esta contenga disposición alguna relacionada con la materia electoral, que haga referencia o pretenda regular en ningún modo actos relativos al sufragio o disposiciones que directa o indirectamente modifiquen, menoscaben o incidan en las competencias constitucionalmente asignadas a este Tribunal y sobre la cual deba emitir su criterio, en los términos establecidos en los artículos 97 constitucional y 12 del Código Electoral.

No obstante, lo anterior, para este Tribunal, como órgano integrante de la Administración, entendiendo que el objeto de la propuesta legislativa es que las instituciones asuman internamente el refrendo de las contrataciones públicas, no existe objeción u observación alguna que hacer al texto consultado.

Conclusión.

Por lo expuesto, este Tribunal no objeta la iniciativa legislativa consultada.  ACUERDO FIRME.

A las doce horas terminó la sesión.




Luis Antonio Sobrado González




Eugenia María Zamora Chavarría




Max Alberto Esquivel Faerron




Zetty María Bou Valverde




Luis Diego Brenes Villalobos