ACTA N.º 25-2019

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas del veintiocho de febrero de dos mil diecinueve, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González          quien preside, Eugenia María Zamora Chavarría y Max Alberto Esquivel Faerron.


ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DE ACTAS ANTERIORES.

A) Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.

ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE LAS ELECCIONES MUNICIPALES 2020.

A) Resolución administrativa de levantamiento de la restricción vehicular. Del señor Eduardo Brenes Mata, Viceministro de Transporte y Seguridad Vial del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, se conoce resolución administrativa de excepción a la restricción vehicular n.° VTSV-RES-VEH-2019-000222 de las once horas del veintidós de febrero de dos mil diecinueve, recibida en la Secretaría General de este Tribunal el 25 de febrero de 2019, mediante la cual literalmente se dispone:

"(…) Primero: El Viceministro de Transporte y Seguridad Vial, debidamente investido de la autoridad y ejerciendo la competencia material correspondiente, con fundamento en las facultades que le confiere la Ley General de la Administración Pública N° 6227, artículos 47 y 48, siguientes y concordantes; Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes N° 3155 y sus reformas y en apego al Régimen de excepción establecido en el Decreto Ejecutivo N°37370-MOPT y sus reformas, APRUEBA la aplicación de la excepción solicitada por el señor LUIS ANTONIO SOBRADO GONZÁLEZ, Magistrado Presidente del Tribunal Supremo de Elecciones, concediendo dicho beneficio a los vehículos que conforman la flotilla vehicular del Tribunal Supremo de Elecciones, los vehículos utilizados por quienes integran el Cuerpo Nacional de Delegados y para cualquier otro automotor de otra institución o contratado por el Tribunal Supremo de Elecciones para llevar a cabo labores propias del proceso electoral municipal; dicha solicitud tendrá vigencia a partir del próximo dos (02) de agosto de 2019 hasta el siete (07) de febrero de 2020 inclusive.

Segundo: Los vehículos que se utilizarán deberán estar debidamente identificados con una placa especial que el Tribunal Supremo de Elecciones les suministrará y que estará colocada en el parabrisas de cada uno de ellos. Asimismo, la persona conductora deberá estar debidamente identificada y portar a la orden una fotocopia de la presente resolución administrativa, para así mostrarla al Cuerpo de Policía de Tránsito, en caso de ser requerida. El Ministerio de Obras Públicas y Transportes se reserva el derecho de revocar todos los permisos otorgados en el momento en que así lo considere pertinente o necesario por razones de oportunidad, conveniencia o interés público. (…).".

Se dispone: Agradecer al señor Viceministro Brenes Mata la atención dispensada a este Tribunal. Hágase del conocimiento de las Direcciones General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos y Ejecutiva. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.

A) Solicitud de permiso con goce de salario de la funcionaria Zeidy Ledezma Solís. Del señor Enrique Rojas Franco se conoce memorial del 18 de febrero de 2019, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 26 de febrero de 2019, mediante el cual, con fundamento en una serie de consideraciones, solicita a favor de su representada una licencia con goce de salario para los días 4 y 5 de marzo de 2019.

Se dispone: Conceder la licencia con goce de salario conforme se solicita, sujeta a la ratificación de la solicitud por parte de la funcionaria en cuestión ante la Secretaría General de este Tribunal y la posterior presentación de la constancia de asistencia a la correspondiente diligencia ante el Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.

B) Modificación del encargo de funciones de la Dirección General del Instituto de Formación y Estudios en Democracia. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-0420-2019 del 27 de febrero de 2019, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En atención a lo solicitado por la respectiva jefatura y previo análisis de los requisitos y condiciones, me permito proponer la aprobación de la modificación del encargo de funciones de la Dirección General del Instituto de Formación y Estudios en Democracia aprobado en primera instancia en el artículo tercero de la sesión ordinaria n.º 21-2019, celebrada el 14 de febrero de 2019 para que en definitiva sea como a continuación:

Unidad Administrativa

Titular

Sustituto

Período

Tipo

Instituto de Formación y Estudios en Democracia 

Hugo Picado León

Rodrigo Abdel Brenes Prendas

Los días 15 y 18 de febrero y del 1.° al 6 de marzo de 2019

Encargo de funciones


Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: Aprobar la modificación del encargo de funciones conforme se propone. ACUERDO FIRME.

C) Encargo de funciones de la jefatura de la Oficina de Seguridad Integral. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-0426-2019 del 28 de febrero de 2019, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En atención a lo solicitado por la respectiva jefatura y previo análisis de los requisitos y condiciones, me permito proponer la aprobación del encargo de funciones que se detalla a continuación:


Unidad Administrativa

Titular

Sustituto

Período

Tipo

Oficina de Seguridad Integral 

Richard Poveda Solórzano

Adriana María Pacheco Madrigal

Del 28 de febrero al 4 de marzo de 2019

Encargo de funciones


Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar el encargo de funciones conforme se propone. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS DEL CONSEJO DE DIRECTORES.

A) Estudio administrativo para transformación y traslado de puesto en el Departamento de Registro de Partidos Políticos. Del señor Nicolás Prado Hidalgo, Prosecretario General a. i. de este Tribunal, se conoce oficio n.° CDIR-0054-2019 del 26 de febrero de 2019, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Se comunica el acuerdo adoptado en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.º 9-2019, celebrada el 26 de febrero de 2019 por el Consejo de Directores, integrado por los señores Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones quien preside; Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil; José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo; Héctor Enrique Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos; Hugo Picado León, Director General del Instituto de Formación y Estudios en Democracia y Dennis Cascante Hernández, Director General de Estrategia Tecnológica, que dice:

«Del señor José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-0536-2019 del 19 de febrero de 2019, recibido el día siguiente en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual remite estudio administrativo para la transformación y traslado del puesto n.° 45749, y con fundamento en una serie de consideraciones, literalmente concluye y recomienda:

"13.- Conclusiones de la Dirección Ejecutiva

13.1 Se ha determinado la necesidad de dotar al Departamento de Registro de Partidos Políticos, de un puesto de Profesional Asistente 1, de cargos fijos, que responda a labores sustantivas de carácter administrativo y electoral, dada las variaciones en el accionar del departamento, el intervalo de procesos electivos cada dos años, así como al aumento en la cantidad de agrupaciones políticas, que participan en dichos procesos.

13.2 Las proyecciones realizadas por el Departamento de Registro de Partidos Políticos, así como el análisis de estadísticas registrados en los informes de labores mensuales que reporta esa dependencia a la Unidad de Estadísticas, se orientan a un incremento de funciones en las próximas Elecciones Municipales 2020, por lo que se hace necesario un reforzamiento.

13.3 En los propios antecedentes de este asunto, se citaron recomendaciones del Superior comunicadas mediante oficio n° STSE-04565-2017 [sic], de fecha 16 de marzo del mismo año, en la que hacen ver la necesidad de: agilizar lo más posible el proceso de notificación de las resoluciones generadas por el programa de Inscripción de Candidaturas, por lo que se procura facilitar el recurso humano permanente para atender esa actividad se propone la transformación y traslado del puesto que nos ocupa.

13.4 El puesto n° 45749, pertenece presupuestariamente al Departamento de Programas Electorales, sin embargo, por consentimiento mutuo, de los señores Gerardo Abarca Guzmán, Director General a.i. de la DGRE, Esteban Durán Hernández, Jefe a.i. del Departamento de Programas Electorales, y la señora Marta Castillo Víquez, Jefa del Departamento de Registro de Partidos Políticos, una vez transformado se trasladaría a este último.

13.5 El señor Héctor Fernández Masís, Director General de Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos, ha asegurado que el movimiento pretendido no ocasionará afectación en la unidad administrativa a la que pertenece, por cuanto para este año preelectoral 2019 se tiene contempladas la asignación de 120 plaza [sic] para el Programa de Asesores Electorales, con las cuales se contaría con el recurso humano necesario para afrontar las tareas que anteriormente tenía asignadas ese puesto.

13.6 El criterio técnico del Departamento de Recursos Humanos, estableció que es procedente transformar el puesto n° 45749 cuya nomenclatura actual es de Asistente Electoral, de la clase Técnico Funcional 2. Cabe señalar que inicialmente se solicitó que el puesto se clasificara a Profesional Asistente Electoral 2, no obstante, el criterio vertido por esa unidad técnica, concluyó que por las labores que desarrollará el puesto, corresponde ubicarlo en la clase de Profesional Asistente 1, puesto Profesional Asistente Administrativo 1 y no como en principio se propuso.

13.7 El Departamento de Registro de Partidos Políticos, deberá realizar las modificaciones en su Manual de Procedimientos, tomando en consideración las variantes que deriven del presente estudio.

14.- Recomendaciones de la Dirección Ejecutiva

14.-1 Transformar el puesto n° 45749, de Asistente Electoral, de la clase Técnico Funcional 2, al puesto de Profesional Asistente en Administración 1, de la clase Profesional Asistente 1, lo que cuenta con el criterio técnico del Departamento de Recursos Humanos y a lo que se daría contenido presupuestario con cargo a la coletilla 180 de la subpartida 00101 “Sueldos para cargos fijos”, del subprograma 850-02 para lo cual la Secretaría General del Tribunal Supremo de Elecciones y el Departamento de Recursos Humanos deberán preparar el proyecto de redacción de la resolución respectiva, para que la remitan a la Dirección General de Presupuesto Nacional a efectos de que a esta modificación se le de contenido económico, de manera que pueda regir a partir del 16 de marzo del 2019.

14.2- Que la Dirección Ejecutiva tome nota para efectos de actualización de “Relación de Puestos del TSE”.

14.3 Que el Departamento de Registro de Partidos Políticos proceda con la actualización de su Manual de Procedimientos, donde se reflejen los cambios que deriven del presente estudio.

14.4 Que el Departamento de Recursos Humanos, en el plazo que establece el procedimiento respectivo, brinde el seguimiento ocupacional producto de dicha transformación.".

Se dispone: Acoger conforme se propone y elevar a consideración del Tribunal con la recomendación de aprobar. ACUERDO FIRME.»".

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS EXTERNOS.

A) Invitación a participar en el proyecto denominado Red de Proveedurías. De la señora Marta Acosta Zúñiga, Contralora General de la República, se conoce oficio n.° 2586 (DGA-USP-0068) del 26 de febrero de 2019, recibido el mismo día vía correo electrónico en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual cursa cordial invitación a participar en el proyecto denominado Red de Proveedurías, según detalla, solicitando designar a la persona que fungirá como enlace ante ese proyecto. Indica además que la actividad de apertura de la Red se realizará el 25 de abril de 2019, para lo cual estará remitiendo oportunamente la invitación.

Se dispone: Agradecer a la señora Contralora Acosta Zúñiga la invitación cursada y designar al efecto al señor Allan Herrera Herrera. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SEXTO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN ELECTORAL.

A) Endoso de certificados de depósito a plazo del partido Republicano Social Cristiano. Del señor Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, se conoce oficio n.° DGRE-098-2019 del 18 de febrero de 2019, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En atención a lo solicitado por el Partido Republicano Social Cristiano en oficio  n.° PRSC-1202-2019 de fecha 6 de febrero del corriente, en punto a endosar los certificados de depósito a plazo n.° 64801529, emitido por el Banco de Costa Rica el 23 de enero del 2018 y n.° 16113007129810591 BNV 00729810591, emitido por el Banco Popular y de Desarrollo Comunal de Costa Rica el 24 de marzo del 2018, con el objeto de que el Partido Republicano Social Cristiano (PRSC) haga constar ante dichas entidades bancarias del sistema bancario nacional que dichas obligaciones ya fueron canceladas, me permito indicar lo siguiente:

De conformidad con las resoluciones del Tribunal Supremo de Elecciones n.° 0661-E10-2018 y n.° 0669-E10-2018, en la campaña electoral anterior y a solicitud del PRSC, se le giró un monto de 214.115.000,00 (doscientos catorce millones ciento quince mil colones con 00/100) como monto anticipado del financiamiento estatal, según la facultad partidaria prevista en los artículos 34 a 40 del “Reglamento sobre el Financiamiento de los Partidos Políticos”.

Así las cosas, luego del proceso electoral 2018, el PRSC presentó su liquidación de gastos de campaña, logrando el reconocimiento de 1.070.337.875,17 (mil setenta millones trescientos treinta y siete mil ochocientos setenta y cinco colones con diecisiete céntimos), al cual el TSE le restó el monto de financiamiento anticipado supra citado previamente girado al PRSC (1.070.337.875,17- 214.115.000,00).

Por lo expuesto en el párrafo anterior, podemos concluir que las garantías liquidas bancarias contempladas en los artículos 35, 36 y 37 del “Reglamento sobre el Financiamiento de los Partidos Políticos” (Decreto N.° 17-2009) no fueron necesarias de ejecutar por el Tribunal Supremo de Elecciones, por cuanto el monto liquidado por el PRSC resultó suficiente para cubrir el financiamiento anticipado, además, el TSE en resolución n.° 832-E10-2019 de las 10:30b horas del 31 de enero del 2019, dispuso para lo de interés: “[…] De esta forma, el Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos puede proceder con la devolución de los instrumentos que el PRSC hubiera formalizado para que fungiera como garantía de ese anticipo […]”.

En este orden de ideas, se recomienda al Tribunal Supremo de Elecciones proceder conforme lo ordena el procedimiento definido en el artículo 39 del reglamento de previa cita, respecto a la devolución de garantías a los partidos políticos, siendo que se comprobó fehacientemente que la suma liquidada y reconocida superó el monto del financiamiento anticipado que se le otorgó al Partido Republicano Social Cristiano.

Para el trámite de endoso por parte del Dr. Luis Antonio Sobrado González, Magistrado Presidente y representante del Tribunal Supremo de Elecciones, me permito remitir los certificados de depósito a plazo originales n.° 64801529, emitido por el Banco de Costa Rica el 23 de enero del 2018 y n.° 16113007129810591 BNV 00729810591, emitido por el Banco Popular y de Desarrollo Comunal de Costa Rica el 24 de marzo del 2018, el primero garantizando la suma de $105.000,00 (US DOLARES ciento cinco mil dólares con 00/100) al tipo de cambio 563,00 (quinientos sesenta y tres colones), y el segundo el monto de 155.000.000,00 (ciento cincuenta y cinco millones de colones con 00/100).".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Autorizar al señor Magistrado Presidente Sobrado González a endosar los certificados a que se refiere el señor Fernández Masís. ACUERDO FIRME.

A las doce horas terminó la sesión.




Luis Antonio Sobrado González




Eugenia María Zamora Chavarría




Max Alberto Esquivel Faerron