ACTA N.º 3-2019

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas del ocho de enero de dos mil diecinueve, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González quien preside, Eugenia María Zamora Chavarría y Max Alberto Esquivel Faerron.


ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DE ACTAS ANTERIORES.

A) Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.

ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.

A) Informe de fallecimiento de funcionario. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-0001-2019 del 2 de enero de 2019, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para conocimiento del Tribunal Supremo de Elecciones, me permito comunicar el lamentable fallecimiento del funcionario Norberto Hurtado Gorgona, ocurrido el pasado 24 de diciembre de 2018.

El señor Hurtado Gorgona, laboraba para este organismo electoral desde el 1. ° de julio de 2004 en un puesto en propiedad de Oficinista 1, clase Asistente Administrativo 1, perteneciente a la Sección de Archivo del Registro Civil.

En virtud de lo anterior, se sugiere encargar a los Departamentos Legal y de Contaduría las gestiones pertinentes para el pago de las prestaciones laborales que pudieran corresponder a sus familiares, para lo cual este despacho les remitirá la información necesaria.".

Se dispone: En virtud del lamentable fallecimiento del señor Hurtado Gorgona, aprobar conforme se sugiere. Procedan oportunamente con lo de sus cargos la Contaduría, el Departamento Legal y el propio Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.

B) Encargo de funciones de la Jefa de la Sección de Servicio al Cliente de Tecnologías de Información. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-0024-2019 del 4 de enero de 2019, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En atención a lo solicitado por la respectiva jefatura y previo análisis de los requisitos y condiciones, me permito proponer la aprobación del encargo de funciones que se detalla a continuación:

Unidad Administrativa

Titular

Sustituto

Fecha

Tipo

Sección de Servicio al Cliente de Tecnologías de Información

Ana Yansy Gutiérrez Francis

Kenneth Durán Delgado

Del 10 al 22 de enero de 2019

Encargo de funciones


Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: Aprobar el encargo de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

C) Solicitud de licencia con goce de salario de la funcionaria Marva Wright Ureña. De la señorita Marva Wright Ureña, funcionaria de este Tribunal, se conoce correo electrónico recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 8 de enero de 2019, mediante el cual solicita se le conceda una licencia con goce de salario por un mes, a partir del 14 de enero de 2019, en virtud de las calificadas razones que detalla.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Para su estudio e informe, el cual habrá de rendirse en el plazo de veinticuatro horas, pase al Departamento Legal. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DE COMISIONES Y COMITÉS INSTITUCIONALES.

A) Informe anual de labores de la Comisión institucional en materia de discapacidad. Del señor Carlos Luis Brenes Molina, Encargado de la Comisión institucional en materia de discapacidad, se conoce oficio n.° CD-002-2019 del 3 de enero de 2019, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 7 de enero de 2019, mediante el cual rinde el informe anual de labores 2018 de esa comisión.

Se dispone: Tener por rendido el informe. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A) Solicitud de prórroga para referirse a informe de seguimiento de la Auditoría Interna. De los señores Gerardo Felipe Abarca Guzmán, Director General a. i. del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos y José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DGRE-003-2019 del 3 de enero de 2019, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiestan:

"Mediante su oficio N.° STSE-2415-2018 del 11 de diciembre de 2018, se comunicó a estas Direcciones Generales el acuerdo adoptado en el artículo tercero de la sesión ordinaria n.º 117-2018, celebrada el 11 de diciembre de 2018 por el Tribunal Supremo de Elecciones, relacionado con la comunicación de los resultados del informe de seguimiento de la Auditoría Interna N.° SRICI-14-2018, respecto del cual se dispone su estudio e informe conjunto en el plazo de diez días hábiles.

Al respecto, resulta oportuno señalar que, en criterio de estas instancias, se han venido desplegando el conjunto de acciones necesarias a efectos de considerar el total cumplimiento de lo recomendado por la Auditoría Interna al menos para una parte importante de las recomendaciones y que es a partir de nuevas valoraciones que efectúa la instancia de control, que los cumplimientos se categorizan como parciales.

Ahora bien, una vez efectuado el análisis preliminar de los requerimientos efectuados, muy respetuosamente nos permitimos solicitar la ampliación del plazo para la atención de lo dispuesto por esa Magistratura en el acuerdo de cita, por diez días hábiles adicionales, en virtud de que se requiere un espacio de tiempo mayor al otorgado para completar el análisis y definición de acciones a implementar para el cabal cumplimiento de las recomendaciones efectuadas por esa Auditoría Interna en el informe señalado.".

Se dispone: Conceder la prórroga conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

B) Estudio conjunto sobre medidas administrativas a adoptar con motivo de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas. De los señores José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, Ronny Jiménez Padilla, Jefe a. i. del Departamento Legal, y Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° DL-774-2018 (SUSTITUIR) del 19 de diciembre de 2018, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 3 de enero de 2019, mediante el cual rinden informe sobre las medidas administrativas a adoptar con motivo de las entrada en vigencia de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas.

Se dispone: Tener por rendido el informe. Pase a las oficinas concernidas para la atención de las medidas administrativas que se indican deben implementarse de forma inmediata. El punto 8) del apartado B) de esas medidas, referido a la reserva de ley para la creación y pago de pluses, incentivos y compensaciones salariales, concluye que, al no darse una derogatoria expresa o tácita de aquellos creados por reglamento autónomo de la Institución, continuará su reconocimiento -en valor nominal- para quienes ya se encontraban vinculados con la Administración antes de la entrada en vigencia de la ley estudiada; no obstante, al albergar este Tribunal dudas sobre si dichos incentivos en particular resultan aplicables para el nuevo personal que sea contratado a futuro, se dispone realizar formal consulta a la Procuraduría General de la República, para lo cual el Departamento Legal de previo emitirá la opinión jurídica respectiva. Mientras no se cuente con el dictamen definitivo del Órgano Procurador, no se reconocerá ninguno de estos incentivos de origen reglamentario interno a ese nuevo personal. En cuanto a las medidas que se indican deben implementarse a corto plazo, pase a la Dirección Ejecutiva las reseñadas en los puntos 1 y 2, y respecto de la tercera se otorga el plazo de dos meses a partir del presente acuerdo. La misma Dirección supervisará la adecuada y puntual implementación de todas las recomendaciones formuladas. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS DE ORGANIZACIONES GREMIALES DEL TRIBUNAL.

A) Audiencia conferida en relación con trámite sobre modelo de salario único. Del señor Jeffrey Salazar Montero, Secretario General adjunto del Sindicato de Empleados del Tribunal Supremo de Elecciones (SETSE), se conoce oficio n.° SETSE-001-2019 del 3 de enero de 2019, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual atiende la audiencia conferida para referirse a la propuesta de Manual Descriptivo de Clases de Puestos, Servicios Especiales, apoyo a procesos electorales, bajo el esquema de salario único, según exponen.

De las señoras Ilenia Ortiz Ceciliano y Arlene Castro Jiménez, Secretaria General y Secretaria de Actas, respectivamente, de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles, se conoce oficio n.° UNEC-01-2019 del 7 de enero de 2019, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"De acuerdo a la audiencia conferida por esa Magistratura, a ésta representación, según oficio STSE-2354-2018, de fecha 04 de diciembre de 2018 y prórroga comunicada en oficio STSE-2479-2018, del 20 de diciembre de 2018, esta Organización se reserva el derecho de emitir juicio cuando así lo considere oportuno, dado que la cantidad de puestos consultados es considerable y ante el hecho de habernos encontrado en período de vacaciones de fin y principio de año, resultó imposible realizar las consultas que consideramos necesarias que permita [sic] emitir un criterio serio y objetivo.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día el segundo de los oficios que se conoce. 2.- Tener por atendidas las audiencias, pasen las manifestaciones expuestas por los estimables representantes sindicales a consideración de la Dirección Ejecutiva. 3.- Aprobar el Manual Descriptivo de Clases de Puestos, Servicios Especiales, apoyo a procesos electorales, bajo el esquema de salario único, según lo indicado en el oficio n.° DE-4076-2018, de conformidad con las correcciones de mera forma que hará ver el Secretario General de este Tribunal a la Dirección Ejecutiva y al Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.

B) Informe de solicitud de licencias sindicales. Del señor Vinicio Mora Mora, Subjefe del Departamento Legal, se conoce oficio n.° DL-771-2018 del 18 de diciembre de 2018, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual, según lo ordenado en el acuerdo del artículo quinto de la sesión ordinaria n.° 109-2018, celebrada el 13 de noviembre de 2018, rinde informe respecto de la solicitud presentada por el Sindicato de Empleados del Tribunal Supremo de Elecciones (SETSE) para disfrutar de una licencia sindical permanente.

Se dispone: Tener por rendido el informe. Conceder la licencia sindical requerida por el SETSE para dos miembros de su junta directiva los días miércoles, en idénticos términos a la reconocida en favor de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC) de conformidad con lo dispuesto en el inciso a) del artículo sétimo de la sesión ordinaria n.° 99-2012 del 20 de noviembre de 2012. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SEXTO. ASUNTOS DE ORGANISMOS INTERNACIONALES.

A) Invitación a formar parte de proyecto de la OEA sobre asuntos registrales. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0003-2019 del 2 de enero de 2019, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Respetuosamente hago de conocimiento de la señora Magistrada y los señores Magistrados, una carta de invitación suscrita por la señora Rebeca Omaña Peñaloza, Coordinadora del Programa de Universalización de la Identidad Civil en las Américas (PUICA) de la Organización de los Estados Americanos, para conformar un Grupo Asesor de Identidad de Género del proyecto "Fortaleciendo el acceso de las instituciones de registro civil a conocimientos y herramientas técnicas para el reconocimiento de la identidad de género auto percibida en los documentos de identidad" que se implementará durante el presente año.

Según se señala en la invitación, el “…Grupo Asesor incluirá representantes de los órganos de la OEA, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, representantes de organizaciones de la sociedad civil y expertos del tema.”, dentro de los expertos, se ha decidido invitar a funcionarios de Registros Civiles que hayan avanzado en el tema. Durante la ejecución del proyecto, se llevarán a cabo alrededor de 3 reuniones presenciales o en línea, para que este grupo cumpla con su objetivo.

Por lo anterior, respetuosamente le solicito al Superior que se autorice mi participación en el citado proyecto como parte del grupo asesor.".

Se dispone: Autorizar conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SÉTIMO. ASUNTOS EXTERNOS.

A) Consulta legislativa del proyecto de Ley de alternancia temporal en las organizaciones sindicales, expediente n.° 21.009. Del señor Leonardo Alberto Salmerón Castillo, Jefe de Área a. i. de la Comisión de Asuntos Económicos de la Asamblea Legislativa, se conoce nuevamente oficio n.° ECO-648-2018 del 19 de diciembre de 2018, recibido el mismo día -vía correo electrónico- en la Secretaria General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para lo que corresponda y con instrucciones del señor diputado Pablo Heriberto Abarca, Presidente de la Comisión de Asuntos Económicos de la Asamblea Legislativa, le comunico que éste órgano legislativo acordó consultar el criterio de esa institución sobre el expediente 21009, LEY DE ALTERNANCIA TEMPORAL EN LAS ORGANIZACIONES SINDICALES, el cual se adjunta.

Se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles y, de ser posible, enviar también el criterio de forma digital (…).".

Se dispone: Contestar la consulta formulada, en los siguientes términos:

Consideraciones preliminares.        

Conforme lo dispone el ordinal 97 de la Carta Fundamental dispone en forma preceptiva que tratándose de la “discusión y aprobación de proyectos de ley relativos a la materia electoral” la Asamblea Legislativa deberá consultar al Tribunal Supremo de Elecciones su criterio en torno a la iniciativa formulada y que, para apartarse de esa opinión, “se necesitará el voto de las dos terceras partes del total de sus miembros”. Como parte del desarrollo normativa constitucional, de cita, el inciso n) del artículo 12 del Código Electoral establece, como función propia de este Organismo Electoral, evacuar las consultas que el órgano legislativo realice al amparo de esa norma de orden constitucional.

A partir de la integración del ordenamiento jurídico conforme al Derecho de la Constitución y, concretamente, en punto a la interpretación de lo que debe considerarse “materia electoral”, este Colegiado ha entendido que los “actos relativos al sufragio” no solo comprenden los propios de la emisión del voto, sino todos aquellos descritos en la propia Constitución o en las leyes electorales y que, directa o indirectamente se relacionen con los procesos  electorales, electivos o consultivos, cuya organización, dirección y vigilancia ha sido confiada a este Organismo Electoral; lo anterior a partir de la armonización de los artículos 9, 99 y 102 de la Norma Suprema.

Sobre el proyecto de ley objeto de la consulta.

Se somete en consulta de este Tribunal el proyecto de ley tramitado en expediente legislativo número 21.009, cuyo objeto es la aprobación de la “LEY DE ALTERNANCIA TEMPORAL EN LAS ORGANIZACIONES SINDICALES.”

En esencia, este proyecto procura reformar el inciso e) del artículo 345 del Código de Trabajo para que en los estatutos de las organizaciones sindicales se establezca el modo de elección de su Junta Directiva, en el cual deberá garantizarse la representación paritaria y la alternancia histórica de ambos sexos en todos los cargos.

Del examen de la propuesta consultada no se advierte que esta contenga disposición alguna relacionada con la materia electoral, que haga referencia o pretenda regular en ningún modo actos relativos al sufragio o disposiciones que directa o indirectamente modifiquen, menoscaben o incidan en las competencias constitucionalmente asignadas a este Tribunal y sobre la cual deba emitir su criterio, en los términos establecidos en los artículos 97 constitucional y 12 del Código Electoral.

Conclusión.

Con base en lo expuesto, al estimar que la propuesta legislativa resulta ajena al Derecho Electoral y al giro de estos organismos electorales, omitimos manifestar criterio alguno en los términos de los artículos 97 constitucional y 12 del Código Electoral. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO OCTAVO. ASUNTOS DEL CONSEJO DE DIRECTORES

A) Modificación presupuestaria. De la señora Ivannia María Romero Vindas, Profesional Asistente en Derecho 2 de la Secretaría General de este Tribunal, se conoce oficio n.° CDIR-0010-2019 del 8 de enero de 2019, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual comunica el acuerdo del artículo cuarto de la sesión ordinaria n.° 1-2019 del Consejo de Directores, relativo a modificación presupuestaria.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.

A las diecisiete horas terminó la sesión.




Luis Antonio Sobrado González




Eugenia María Zamora Chavarría




Max Alberto Esquivel Faerron