ACTA N.º 7-2019

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas del diecisiete de enero de dos mil diecinueve, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González quien preside, Max Alberto Esquivel Faerron y Luis Diego Brenes Villalobos.


ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DE ACTAS ANTERIORES.

A) Se leyeron y aprobaron las actas de las sesiones ordinaria y extraordinaria inmediatas anteriores.

ARTÍCULO SEGUNDO. INFORMES DE LOS SEÑORES MAGISTRADOS.

Sale del salón de sesiones el señor Magistrado Presidente Sobrado González.

A) Informe de rendición de cuentas del señor Magistrado Presidente Luis Antonio Sobrado González y de las señoras Magistradas suplentes Zetty María Bou Valverde y Luz de los Ángeles Retana Chinchilla. Del señor Luis Antonio Sobrado González, Magistrado Presidente de este Tribunal se conoce memorial del 14 de enero de 2019, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual, en virtud del vencimiento de su nombramiento como Magistrado propietario de este órgano constitucional el próximo 7 de mayo y su aspiración a ser reelecto, solicita se haga llegar a la Corte Suprema de Justicia el informe de rendición de cuentas que en él comunica.

De la señora Zetty María Bou Valverde, Magistrada suplente de este organismo electoral, se conoce memorial del 16 de enero de 2019, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual, en virtud del vencimiento de su nombramiento como Magistrada suplente de este órgano constitucional el próximo 7 de mayo y su aspiración a ser reelecta, solicita se haga llegar a la Corte Suprema de Justicia el informe de rendición de cuentas que en él comunica.

De la señora Luz de los Ángeles Retana Chinchilla, Magistrada suplente de este organismo electoral, se conoce memorial del 14 de enero de 2019, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual, en virtud del vencimiento de su nombramiento como Magistrada suplente de este órgano constitucional el próximo 7 de mayo y su aspiración a ser reelecta, solicita se haga llegar a la Corte Suprema de Justicia el informe de rendición de cuentas que en él comunica.

Se dispone: Conforme se solicita y en forma respetuosa se le recuerda a la Corte Suprema de Justicia el vencimiento de los indicados nombramientos. Para lo correspondiente, hágase llegar a la Secretaría General de esa Corte la referida documentación y remítase de forma digital a los 22 Magistrados que la integran. ACUERDO FIRME.

Reingresa al salón de sesiones el señor Magistrado Presidente Sobrado González.

ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.

A) Renuncia por pensión del señor Juan Antonio Casafont Odor, Magistrado suplente del TSE. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-0052-2019 del 9 de enero de 2019, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración nota recibida hoy en este despacho, suscrita por el licenciado Juan Antonio Casafont Odor, Magistrado Suplente de estos organismos electorales, mediante la cual presenta su renuncia al cargo para acogerse al beneficio de pensión por el régimen de Invalidez, Vejez y Muerte de la Caja Costarricense del Seguro Social.

El señor Casafont Odor, fue designado en tal puesto desde el 27 de junio de 1989 y desea que su cese de funciones sea efectivo a partir de ayer 8 de enero de 2019, por ello se adjunta documento que presentó ante la Caja Costarricense de Seguro Social.

Este departamento sugiere, salvo superior criterio, encomendar a los Departamentos Legal y Contaduría el pago de los extremos laborales que le puedan corresponder.".

Se dispone: Tener por presentada la renuncia del señor Casafont Odor, a quien se le agradece por los distinguidos servicios prestados a estos organismos electorales a lo largo de tres décadas, por su lealtad personal y su compromiso sincero con la democracia costarricense, deseándole el mayor de los éxitos en su nueva etapa de vida. En tal virtud, respetuosamente se insta a la honorable Corte Suprema de Justicia a nombrar al respectivo Magistrado suplente de este Tribunal que ha de sucederlo. Se hace ver que dicho nombramiento deberá ser por el resto del período de designación del ex Magistrado Casafont Odor, es decir, hasta el 6 de mayo de 2023, con el fin de no alterar el ciclo previsto en el primer párrafo del artículo 101 de la Constitución Política y el esquema de nombramiento escalonado que ahí se consagra (según el cual cada dos años deben ser renovados o reelectos un Magistrado propietario y dos suplentes del TSE). Procedan oportunamente con lo de sus cargos la Contaduría, el Departamento Legal y el propio Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.

B) Renuncia por pensión del funcionario Omar Elizondo Navarro, Jefe de la Oficina Regional de Quepos. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-0066-2019 del 11 de enero de 2019, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para lo que a bien tenga disponer el Superior, remito a consideración nota recibida hoy en este despacho, suscrita por el señor Omar Elizondo Navarro, quien desempeña un puesto de Jefe de Oficina Regional 1 -clase Profesional Ejecutor 1 - destacado en la Oficina Regional de Quepos, mediante la cual presenta la renuncia a su cargo para acogerse al beneficio de pensión por el Régimen General de Pensiones Ley Marco (Ley No. 7302 del 15 de julio de 1992).

El señor Elizondo Navarro, labora para este organismo electoral desde el 1. ° de agosto de 1984 y desea que su cese de funciones sea efectivo a partir del 1. ° de febrero de 2019, motivado para ello en la resolución DNP-OA-1342-2018 que emitió la Dirección Nacional de Pensiones a las 08:00 horas del 18 de octubre de 2018.

Asimismo, solicita el pago tanto de las prestaciones legales que pudieran corresponderle de acuerdo con la legislación laboral vigente, así como de las vacaciones que no haya disfrutado a la fecha de su retiro y el pago de jornada extraordinaria si la hubiere.".

Se dispone: Tener por presentada la renuncia del señor Elizondo Navarro, a quien se agradece los servicios prestados a estos organismos electorales, deseándole el mayor de los éxitos en su nueva etapa de vida. Procedan oportunamente con lo de sus cargos la Contaduría, el Departamento Legal y el propio Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.

C) Renuncia por pensión de la funcionaria Zulay Villalobos Carvajal del Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-0073-2019 del 14 de enero de 2019, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración nota recibida en este despacho, suscrita por la funcionaria Zulay Villalobos Carvajal, quien desempeña un puesto de la clase Técnico Funcional 2, destacada en el Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos, mediante la cual presenta renuncia a su cargo para acogerse al beneficio de pensión por el régimen de Invalidez, Vejez y Muerte de la Caja Costarricense del Seguro Social.

La señora Villalobos Carvajal, labora para este organismo electoral desde el 3 de setiembre de 2001 y desea que su cese de funciones sea efectivo a partir del 1. ° de marzo de 2019.  Solicita asimismo el pago de las prestaciones legales que pudieran corresponderle de acuerdo con la legislación laboral vigente.".

Se dispone: Tener por presentada la renuncia de la señora Villalobos Carvajal, a quien se agradece los servicios prestados a estos organismos electorales, deseándole el mayor de los éxitos en su nueva etapa de vida. Procedan oportunamente con lo de sus cargos la Contaduría, el Departamento Legal y el propio Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.

D) Renuncia por pensión del funcionario Raúl Carvajal Benavides de la Sección de Servicios Generales. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-0074-2019 del 14 de enero de 2019, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración nota recibida en este despacho, suscrita por el funcionario Raúl Carvajal Benavides, quien desempeña un puesto de la clase Auxiliar Operativo 2, destacado en la Unidad de Transportes de la Sección de Servicios Generales, mediante la cual presenta renuncia a su cargo para acogerse al beneficio de pensión por el régimen de Invalidez, Vejez y Muerte de la Caja Costarricense del Seguro Social.

El señor Carvajal Benavides, labora para este organismo electoral desde el 16 de enero de 2003 y desea que su cese de funciones sea efectivo a partir del 1. ° de febrero de 2019. Solicita asimismo el pago de las prestaciones legales que pudieran corresponderle de acuerdo con la legislación laboral vigente.".

Se dispone: Tener por presentada la renuncia del señor Carvajal Benavides, a quien se agradece los servicios prestados a estos organismos electorales, deseándole el mayor de los éxitos en su nueva etapa de vida. Procedan oportunamente con lo de sus cargos la Contaduría, el Departamento Legal y el propio Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.

E) Solicitud de encargo de funciones del señor Secretario General del TSE. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-0086-2019 del 15 de enero de 2019, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En virtud del disfrute de vacaciones que el suscrito tendrá del 18 al 25 de enero de 2019, ambos días inclusive, solicito respetuosamente el encargo de mis funciones al señor Nicolás Prado Hidalgo, Prosecretario General a. i. del TSE.".

Se dispone: Aprobar el encargo de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

F) Modificación del recargo de funciones del señor Oficial Mayor del Departamento Electoral. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Director General a. i. del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0036-2019 del 14 de enero de 2019, recibido el día siguiente vía correo electrónico en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Respetuosamente elevo a conocimiento del Superior el oficio RH-0033-2018 del 8 de enero del año en curso, suscrito por la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, mediante el cual por las razones que se sirve exponer, solicita modificar el recargo de funciones del señor Oficial Mayor Electoral, de acuerdo al siguiente detalle:

DEPARTAMENTO ELECTORAL

Titular

Oscar Fernando Mena Carvajal

Encargar y recargar en

Carlos Luis Brenes Molina

Periodo

24 días

Rige a partir del

Encargar 2 días del 20 al 21 de diciembre del 2018

Recargar 22 días del 2 al 29 de enero de 2019

Oficio de referencia

STSE-2429-2018 del 13 de diciembre de 2018


Quedo atento a lo que bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: Modificar el recargo de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

G) Recargo de funciones en la Oficina de Proyectos Tecnológicos. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-0182-2019 del 16 de enero de 2019, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En atención a lo solicitado por la respectiva jefatura y previo análisis de los requisitos y condiciones, me permito proponer la aprobación del recargo de funciones que se detalla a continuación:



Unidad Administrativa

Titular

Sustituta

Período

Tipo

Oficina de Proyectos Tecnológicos

Armenia Masís Soto

Viviana Alfaro Vargas

Del 22 de enero al 4 de febrero de 2019

Recargo de funciones


Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: Aprobar el recargo de funciones conforme se propone. ACUERDO FIRME.

H) Resolución administrativa para reconocimiento de dedicación exclusiva. Se dispone: Para los efectos de lo establecido en el artículo 29 de la ley de salarios de la administración pública n.° 2166, recientemente modificada por la ley de fortalecimiento de las finanzas públicas n.° 9635, se establece que la resolución respectiva deberá proponerla a este Tribunal el Consejo de Directores, cuando así proceda, previo informe conjunto de la Dirección Ejecutiva y los Departamentos Legal y de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS DEL CONSEJO DE DIRECTORES.

A) Modificación presupuestaria para atención del compromiso no devengado de 2018. De la señora Adriana María Pacheco Madrigal, Prosecretaria General a. i. de este Tribunal, se conoce oficio n.° CDIR-0019-2019 del 15 de enero de 2019, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual comunica el acuerdo adoptado en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.° 2-2019, celebrada por el Consejo de Directores el 15 de enero de 2019, relativo a modificación presupuestaria para la atención del compromiso no devengado de 2018, la cual se recomienda aprobar.

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A) Respuesta al Informe de seguimiento n.° SRICI-15-2018, sobre las recomendaciones contenidas en el informe de control interno n.° ICI-09-2014, relativo al estudio de auditoría de los procesos de fiscalización del Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos de la Dirección General del Registro Electoral. De los señores José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo y Gerardo Abarca Guzmán, Director General a. i. del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, se conoce oficio n.° DGRE-015-2019 del 16 de enero de 2019, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual según lo ordenado en el acuerdo del artículo quinto de la sesión ordinaria n.º 120-2018, celebrada el 18 de diciembre de 2018 se refieren al Informe de seguimiento n.° SRICI-15-2018, sobre las recomendaciones contenidas en el informe de control interno n.° ICI-09-2014, relativo al estudio de auditoría de los procesos de fiscalización del Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos de la Dirección General del Registro Electoral.

Se dispone: Tener por rendido el informe. En consecuencia, se aprueba la recomendación planteada por la Auditoría Interna en el referido informe, de conformidad con lo expuesto por las referidas Direcciones. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SEXTO. ASUNTOS EXTERNOS.

A) Aprobación del proceso de nombramiento del Auditor Interno del Tribunal Supremo de Elecciones. De la señora Mari Trinidad Vargas Álvarez, Gerente a. i. del Área de Fiscalización de Servicios Públicos Generales de la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa de la Contraloría General de la República, se conoce oficio n.° 97 (DFOE-PG-0006) del 10 de enero de 2019, recibido el mismo día vía correo electrónico en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual se refiere al proceso para el nombramiento de Auditor Interno del TSE y con fundamento en una serie de consideraciones literalmente concluye:

"III. CONCLUSIONES

Con fundamento en la revisión realizada y de conformidad con la normativa aplicable supra indicada, se resuelve aprobar el proceso realizado por el Tribunal Supremo de Elecciones, para el nombramiento por tiempo indefinido del Auditor Interno.

En correspondencia, una vez recibido este oficio, la Administración tiene el plazo de diez días hábiles para proceder a seleccionar y nombrar al Auditor Interno, de entre los integrantes de la terna aprobada, quien desempeñará el puesto a plazo indefinido; así dispuesto en el artículo 31 de la Ley General de Control Interno y el numeral 5.4 de los citados lineamientos.

Aunado a lo indicado, es importante reiterar que lo propio a la valoración de la idoneidad de los aspirantes al puesto de Auditor Interno, corresponde exclusivamente a la Administración, producto de un proceso que debe hacerlo con transparencia, igualdad, publicidad, eficiencia y apego al principio de legalidad; siendo que la verificación realizada por la Contraloría General, se fundamenta en la información contenida en las certificaciones que se aportan, para así acreditar fundamentalmente la adecuación del concurso en cuanto a lo reglamentado, su ejecución y resultados obtenidos, siendo la aprobación o veto que realiza respecto del proceso de concurso público. Teniéndose de este modo, el asegurar la elección de la persona idónea para el cargo.

Finalmente, de acuerdo al lineamiento 5.5 de cita, se recuerda que es obligación de la institución comunicar al Área de Fiscalización de Servicios Públicos Generales de la Contraloría General de la República, el nombramiento efectuado, a más tardar el primer día hábil del inicio de funciones, debiendo remitir la siguiente información certificada:

a) Nombre completo, número de cédula y título académico del candidato seleccionado.

b) Dirección de correo electrónico, jornada laboral y horario de trabajo.

c) Indicar que el nombramiento se efectúa por plazo indefinido.

d) Fecha a partir de la cual rige el nombramiento.

e) Número telefónico, número de fax, apartado postal y dirección exacta de la oficina de la auditoría interna.".

Se dispone: Agradecer a la señora Vargas Álvarez la atención dispensada a este Tribunal. De conformidad con el procedimiento seguido, la aprobación concedida por la Contraloría General de la República y las facultades otorgadas por el ordenamiento jurídico a este Tribunal, nombrar como Auditor Interno de estos organismos electorales, por plazo indefinido y a partir de la firmeza del presente acuerdo, al señor Franklin Mora González portador de la cédula de identidad número 1-0688-0006. A partir de hoy se computará el plazo trimestral de prueba, concluido el cual se informará al órgano contralor sobre la conformidad o disconformidad de este Tribunal con el desempeño del funcionario nombrado. Se tiene por concluido el nombramiento de Auditor Interno ad interim recaído en el señor Juan Vicente García Matamoros, en los términos de lo acordado por este Tribunal, a quien se le dan las más expresivas gracias por su gestión al frente de la Auditoría Interna durante los últimos meses; el señor García Matamoros volverá a desempeñar su cargo de Subauditor Interno. Proceda la Secretaría General de este Tribunal a gestionar lo necesario a fin de remitir de inmediato la información requerida por el órgano contralor, comunicación que suscribirá el señor Magistrado Presidente de este Tribunal. El presente acuerdo se hará del conocimiento de los oferentes del concurso, de la señora Vargas Álvarez, del Consejo de Directores y de las jefaturas de estos organismos electorales. ACUERDO FIRME.»

B) Comunicación sobre resultados del Índice de Gestión de las Adquisiciones 2018. De la señora Falon Stephany Arias Calero, Gerente a. i. de Área de Secretaría Técnica de la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa de la Contraloría General de la República, se conoce oficio n.° 00296 (DFOE-ST-0014) del 11 de enero de 2019, recibido el mismo día vía correo electrónico en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Mediante el oficio N.° 12431 (DFOE-ST-0080) del 31 de agosto de 2018, la

Contralora General de la República le remitió una solicitud de colaboración para participar en el Plan Piloto de aplicación del Índice de Gestión de las Adquisiciones (IGA), que tiene como objetivo determinar el nivel de madurez de los sistemas de control interno que las entidades del sector público costarricense han implementado para llevar a cabo las adquisiciones de bienes y de servicios, y la contratación de sus proyectos de inversión pública.

Es importante indicar que luego de la aplicación del índice por parte del enlace institucional, los resultados fueron sometidos a verificación por funcionarios de la respectiva Auditoría Interna o del Órgano Contralor con el propósito de constatar el respaldo documental de las respuestas remitidas.

El nivel de maduración del sistema de adquisiciones alcanzado por su institución, resultante de la aplicación del índice antes y después de la verificación se indica a continuación:

Se adjunta la Tabla para la Verificación del IGA con las observaciones y la [sic] respuestas ajustadas por parte de los verificadores, para su reflexión y análisis.

Finalmente, se informa que los resultados generales de la aplicación del Plan Piloto serán emitidos mediante informe que se publicará a inicios de febrero del presente año.".

Se dispone: Agradecer a la señora Arias Calero la comunicación que cursa. Para su atención, pase a la Dirección Ejecutiva. ACUERDO FIRME.

C) Consulta legislativa del proyecto de Ley de declaratoria de servicios públicos esenciales, expediente n.° 21.097. De la señora Ana Julia Araya Alfaro, Jefa de Área de Comisiones Legislativas II de la Asamblea Legislativa, se conoce nuevamente oficio n.° AL-CPAS-570-2019 del 9 de enero de 2019, recibido el mismo día vía correo electrónico- en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"La Comisión Permanente de Asuntos Sociales, aprobó una moción para consultar su criterio sobre el texto actualizado del proyecto de Ley Expediente N° 21.097 “LEY DE DECLARATORIA DE SERVICIOS PÚBLICOS ESENCIALES” el cual me permito copiar de forma adjunta.

Contará con ocho días hábiles para emitir la respuesta de conformidad con lo establecido por el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa; y además hago de su conocimiento que la Comisión ha dispuesto que no se concederán prórrogas.".

Se dispone: Contestar la consulta formulada, en los siguientes términos:

Consideraciones preliminares.

Conforme lo dispone el ordinal 97 de la Carta Fundamental dispone en forma preceptiva que tratándose de la “discusión y aprobación de proyectos de ley relativos a la materia electoral” la Asamblea Legislativa deberá consultar al Tribunal Supremo de Elecciones su criterio en torno a la iniciativa formulada y que, para apartarse de esa opinión, “se necesitará el voto de las dos terceras partes del total de sus miembros”. Como parte del desarrollo normativa constitucional, de cita, el inciso n) del artículo 12 del Código Electoral establece, como función propia de este Organismo Electoral, evacuar las consultas que el órgano legislativo realice al amparo de esa norma de orden constitucional.

A partir de la integración del ordenamiento jurídico conforme al Derecho de la Constitución y, concretamente, en punto a la interpretación de lo que debe considerarse “materia electoral”, este Colegiado ha entendido que los “actos relativos al sufragio” no solo comprenden los propios de la emisión del voto, sino todos aquellos descritos en la propia Constitución o en las leyes electorales y que, directa o indirectamente se relacionen con los procesos  electorales, electivos o consultivos, cuya organización, dirección y vigilancia ha sido confiada a este Organismo Electoral; lo anterior a partir de la armonización de los artículos 9, 99 y 102 de la Norma Suprema.

Sobre el proyecto de ley objeto de la consulta.

Se somete en consulta de este Tribunal el texto del proyecto de ley tramitado en expediente legislativo número 21.097, cuyo objeto es la aprobación de la “LEY DE DECLARATORIA DE SERVICIOS PÚBLICOS ESENCIALES.”

Esta iniciativa procura declarar como servicio público esencial aquel cuya interrupción podría poner en peligro la vida, la seguridad o la salud de la persona en toda o parte de la población, de manera tal que se limite o se prohíba el derecho a huelga en una institución que preste un servicio público esencial. En el artículo 2 se establece una lista taxativa de aquellos servicios públicos que, para cualquier efecto legal, serán considerados esenciales, entre ellos la celebración de elecciones nacionales, municipales, referéndum, plebiscitos y las consultas populares.

Este Tribunal, como Órgano Superior en materia electoral y en cuanto a la propuesta legislativa de dotar con el carácter de “esencial” la celebración de elecciones nacionales, municipales, referéndum, plebiscitos y consultas populares, con el fin de salvaguardar que éstas no se vean interrumpidas, obstaculizadas o dificultadas, manifiesta su plena conformidad con esta medida, que contribuye a blindar la adecuada manifestación de la voluntad popular y la debida alternancia de los gobiernos en democracia.

Conclusión.

Con base en lo expuesto y a la luz de las potestades otorgadas en el artículo 97 constitucional y 12 del Código Electoral, este Tribunal no objeta la iniciativa legislativa consultada. ACUERDO FIRME.

D) Consulta legislativa del proyecto de ley de Transición al transporte no contaminante, expediente n.° 21.104. Del señor Leonardo Alberto Salmerón Castillo, Jefe de Área a. i. de la Comisión de Asuntos Económicos de la Asamblea Legislativa, se conoce nuevamente oficio n.° ECO 712 del 9 de enero de 2019, recibido el mismo día vía correo electrónico en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para lo que corresponda y con instrucciones del señor diputado Pablo Heriberto Abarca Mora, Presidente de la Comisión Permanente Ordinaria de Asuntos Económicos, le comunico que en la sesión 40 del 08 de enero del presente año, este órgano legislativo acordó consultar el criterio de esa institución sobre el expediente 21104: “TRANSICIÓN AL TRANSPORTE NO CONTAMINANTE” el cual se adjunta.

Se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles y enviar el criterio de forma digital (…) ".

Se dispone: En virtud de la complejidad que reviste la temática a que se refiere el proyecto de ley que se consulta, solicitar al señor Salmerón Castillo y, por su medio, a la Comisión de Asuntos Económicos de la Asamblea Legislativa, una prórroga del plazo concedido por ocho días hábiles más. ACUERDO FIRME.

A las doce horas terminó la sesión.




Luis Antonio Sobrado González




Max Alberto Esquivel Faerron




Luis Diego Brenes Villalobos