ACTA N.º 111-2020



Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas del diecisiete de noviembre de dos mil veinte, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González –quien preside–, Eugenia María Zamora Chavarría y Max Alberto Esquivel Faerron.


ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DE ACTAS ANTERIORES.

A) Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.

ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.

A) Consulta de resolución de traslados temporales entre oficinas del Registro Civil. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce en consulta la resolución n.° DGRA-179-2020 de las nueve horas del once de noviembre de dos mil veinte, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 15 y 16 de la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil y 37 de su respectivo reglamento, considerándolo oportuno para un mejor servicio público, se dispone efectuar, por un plazo de seis meses prorrogables, los siguientes traslados temporales:



Funcionarios


Oficina de origen


Oficina de destino


Clase


Puesto


Número de puesto


Fecha


Karen Patricia Bonilla Sánchez


Sección de Actos Jurídicos


Sección de Opciones y Naturalizaciones


Profesional Ejecutor 3


Profesional en Expedientes Registrales Civiles


45662


A partir de la firmeza del acuerdo que así lo autorice


Juan José Durán Lacayo


Sección de Opciones y Naturalizaciones


Sección de Actos Jurídicos


Profesional Ejecutor 3


Profesional en Expedientes Registrales Civiles


45688




Consúltese al Superior.".

Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.

B) Estudio administrativo para el traslado definitivo de puesto a la Oficina de Proyectos Tecnológicos. Del señor Franklin Mora González, Director Ejecutivo, se conoce oficio DE-2794-2020 del 13 de noviembre de 2020, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual rinde informe relativo al estudio administrativo para trasladar el puesto n° 353427, perteneciente a la Sección de Ingeniería de Software, para que sea ubicado de manera permanente en la Oficina Proyectos Tecnológicos y con fundamento en una serie de consideraciones, literalmente concluye y recomienda:

"8.- Conclusiones de la Dirección Ejecutiva

8.1.-Los resultados del análisis efectuado, conducen a la viabilidad de concretar el traslado definitivo del puesto n.° 353427 de la Sección de Ingeniería de Software a Proyectos Tecnológicos, oficina en cual se ha venido desempeñando desde el 29 de junio del año 2017, de manera tal que, se consolide como parte de la estructura ocupacional, tendiente a formalizar su permanencia.

8.2.- Se pudo constatar que el puesto en estudio realiza funciones que se ubican en la clase Profesional Ejecutor 3, no obstante, no corresponden a la descripción que ostenta actualmente de Profesional en Tecnologías de Información 2, lo anterior, en virtud que al haberse trasladado a Proyectos Tecnológicos ejecuta labores acordes a su misión, que se encuentran inmersas en el cargo de Administrador /a de Proyectos. Así las cosas, es necesario el cambio de nomenclatura solicitado por la Jefatura de PTE, lo cual no representa modificación en su clasificación.

8.3.- Presupuestariamente [sic] el puesto n.° 353427, se encuentra adscrito a la Sección de Ingeniería de Software, fue cedido temporalmente a la Oficina de Proyectos Tecnológicos, y de acuerdo a las consultas efectuadas a la Jefatura, concluye que dicho movimiento (…) no afectaría el desarrollo actual de las actividades de la Sección, por el contrario vendría a fortalecer la Oficina de Proyectos con el talento humano requerido, tendiente a mejorar las oportunidades de desarrollo laboral y profesional de los funcionarios.

8.4.- El criterio técnico vertido por el Departamento de Recursos Humanos, estableció que considerando las funciones que realiza la plaza, las cuales son atinentes al puesto de Administrador/a de Proyectos y perteneciente a la clase Profesional Ejecutor 3, la recomendación formulada por esta Dirección Ejecutiva para que se traslade y sea modificada su nomenclatura, es acertada. Adicionalmente, señala que el perfil aquí citado no requiere modificación alguna en el Manual Descriptivo de Clases de Puestos.

9.- Recomendaciones de la Dirección Ejecutiva

9.1.- Que se traslade definitivamente el puesto n.° 353427, ocupado en propiedad por la señora Milena Gómez Oviedo, de la Sección de Ingeniería de Software a la Oficina de Proyectos Tecnológicos, a partir del 16 de noviembre de 2020.

9.2.- Que el Departamento de Recursos Humanos, proceda con el cambio de nomenclatura del puesto de Profesional en Tecnologías de Información 2 a Administrador /a de Proyectos, siempre dentro de su clasificación actual de Profesional Ejecutor 3.

9.3.- Que la Dirección Ejecutiva, tome nota para efectos de la actualización de la Relación de Puestos del TSE.

9.4.- Que el Departamento de Recursos Humanos, proceda en el plazo que establece el procedimiento respectivo, a brindar seguimiento ocupacional al puesto.".

Se dispone: Tener por rendido el informe, cuyas conclusiones y recomendaciones se acogen. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DEL CONSEJO DE DIRECTORES.

A) Informe sobre estudio de dedicación exclusiva de puestos. Del señor Héctor Fernández Masís, Coordinador del Consejo de Directores, se conoce oficio n.° CDIR-378-2020 del 10 de noviembre de 2020, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Se comunica el acuerdo adoptado en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.º 70-2020, celebrada el 10 de noviembre de 2020 por el Consejo de Directores, integrado por los señores Héctor Enrique Fernández Masis [sic], Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos –quien preside–; Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General del TSE; Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil; Franklin Mora González, Director Ejecutivo; Hugo Picado León, Director General del Instituto de Formación y Estudios en Democracia y Xenia Guerrero Arias, Directora General de Estrategia Tecnológica, que dice:

«De las señoras Sandra Mora Navarro, Secretaria General a.i. de la Dirección Ejecutiva y Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos y del señor Ronny Alexander Jiménez Padilla, Jefe a.i. del Departamento Legal; se conoce oficio n.° DE-2695-2020 de fecha 4 de noviembre de 2020, recibido el día 6 de noviembre de 2020 en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual remite informe de estudio sobre la dedicación exclusiva de los puestos n.° 45913 y n.° 45902, en el cual concluyen que para los puestos indicados, se evidencian elementos que permiten determinar que es de conveniencia institucional someterlos al régimen de dedicación exclusiva.

Se dispone: 1.- Tener por rendido el informe, cuyas conclusiones se acogen. 2.- Con base en el razonamiento establecido en el citado informe y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 29 de la Ley de Salarios de la Administración Pública, n.° 2166 del 9 de octubre de 1957 reformada por la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, n.° 9635, se recomienda al Tribunal que mediante resolución administrativa razonada, determine la procedencia de incluir dentro del régimen de dedicación exclusiva los puestos n.° 45913 y n.° 45902, en razón de las funciones asociadas a dicho puesto y el beneficio para el interés público que de ello se deriva. Se adjunta el respectivo proyecto de resolución elaborado por el Departamento Legal. ACUERDO FIRME.».".

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. Díctense las correspondientes resoluciones. ACUERDO FIRME.

B) Estudio administrativo para transformar puesto. Del señor Héctor Fernández Masís, Coordinador del Consejo de Directores, se conoce oficio n.° CDIR-375-2020 del 10 de noviembre de 2020, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Se comunica el acuerdo adoptado en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.º 70-2020, celebrada el 10 de noviembre de 2020 por el Consejo de Directores, integrado por los señores Héctor Enrique Fernández Masis [sic], Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos –quien preside–; Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General del TSE; Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil; Franklin Mora González, Director Ejecutivo; Hugo Picado León, Director General del Instituto de Formación y Estudios en Democracia y Xenia Guerrero Arias, Directora General de Estrategia Tecnológica, que dice:

«Del señor Franklin Mora González, Director Ejecutivo; se conoce oficio n.° DE-2687-2020 de fecha 4 de noviembre de 2020, recibido ese mismo día en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual literalmente manifiesta:

“En acatamiento a lo acordado por el Superior, comunicado mediante oficio n.° STSE-1664-2018, de fecha 28 de agosto de 2018, en el que dispuso: “En adelante, aprobar únicamente reestructuraciones en el tanto no impliquen la creación de nuevas plazas, reasignación de puestos ni gastos adicionales, salvo casos excepcionales que sean sometidos a consideración de este Tribunal por parte del Consejo de Directores”, se remite el presente estudio administrativo, para el análisis correspondiente y posterior remisión al Superior. Cabe señalar que tiene como objeto transformar el puesto n.° 60229, perteneciente a la Sección de Servicios Generales, según se detalla en las siguientes conclusiones y recomendaciones:

10. Conclusiones de la Dirección Ejecutiva

10. Conclusiones

10.1 El estudio administrativo llevado a cabo en la Sección de Servicios Generales, determinó necesario transformar el puesto n.° 60229, en procura de dotar a la Unidad de Conserjería de un puesto de encargado a nivel Profesional Asistente 1. Dicho cargo pertenece presupuestariamente [sic] a esa Sección.

10.2 La petición formulada por la Sección de Servicios Generales se fundamenta en que la categoría de Asistente Funcional 3, no resulta congruente para el nivel de responsabilidad requerido para ejecutar las funciones del puesto, pues se constituye un encargado de unidad que brinda sus servicios de conserjería en general a la población institucional, debe dirigir, coordinar, supervisar actividades tanto de orden administrativo, como operativo, siendo necesario que reúna las competencias profesionales asistenciales que demanda la Unidad de Conserjería.

10.3 Las estadísticas de operación que derivan de los informes de labores del período en estudio (2016-2019), denotan una leve tendencia creciente de asuntos atendidos en la Unidad de Conserjería, aunado a lo que representa actualmente, la atención de lineamientos emitidos por las autoridades competentes del Ministerio de Salud, con ocasión de la Pandemia Covid-19, a fin de minimizar eventuales riesgos de los funcionarios bajo su cargo, toda vez que deberá cumplirse rigurosamente con la normativa en materia de salud y seguridad ocupacional.

10.4 Del análisis efectuado por el Departamento de Recursos Humanos, sobre las tareas propuestas y las contenidas en el “Cuestionario para la definición de puestos” del cargo en estudio, se desprenden sugerencias preliminares en cuanto a la redacción técnica que competa realizar sobre la descripción del puesto en caso de ser aprobada la transformación, las que se muestran en el “Cuadro N.°2 Observaciones a tareas para el puesto 60229” emitidas por ese despacho.

10.5 El criterio técnico vertido por el Departamento de Recursos Humanos, establece que, de conformidad con los resultados del análisis efectuado del puesto n.° 60229, las funciones, sin duda, resultan ser de mayor nivel que las que son propias de la clase actual, y coincide con esta Dirección Ejecutiva en que, como producto de las tareas que se endosaran a este, es procedente recalificar sus factores de dificultad, supervisión, responsabilidad, condiciones de trabajo, consecuencia del error y requisitos, lo que necesariamente propicia sea transformado, de manera que pase de a la clase Asistente Funcional 3, Encargado /a de Unidad, para ubicarse en la clase Profesional Asistente 1, Encargado /a de la Unidad de Conserjería.

10.6 En función de la modificación señalada es necesario practicar los ajustes al Manual Descriptivo de Clases de Puestos, concretamente en lo que respecta a la descripción y tareas que se proponen para el Encargado/ a de la Unidad de Conserjería, que deriven del presente estudio.

10.7 Se confirma la necesidad de actualizar el Manual de Procedimientos, así como también la ficha de la unidad administrativa, de la Sección de Servicios Generales, en virtud de los aspectos que se desprenden del presente estudio.

11. Recomendaciones:

11.1 Que se transforme el puesto n.°60229, de manera que pase de su clasificación actual Asistente Funcional 3, Encargado/a de Unidad, a la clase Profesional Asistente 1, puesto Encargado/a de la Unidad de Conserjería, lo que cuenta con el criterio técnico del Departamento de Recursos Humanos, y a lo que se le daría contenido presupuestario con cargo al disponible de la coletilla 180 de la subpartida 00101 “Sueldos para cargos fijos” del subprograma 850-01; para esto, la Secretaría General del Tribunal Supremo de Elecciones y el Departamento de Recursos Humanos, deberán preparar el proyecto de redacción de la resolución respectiva, para que se remita a la Dirección General de Presupuesto Nacional, a efecto de que a esta modificación se le dé contenido económico, de manera que pueda regir a partir del 01 de diciembre de 2020.

11.2 Que la Jefatura de la Sección de Servicios Generales proceda con la actualización del Manual de Procedimientos, así como de la Ficha de la Unidad Administrativa a su cargo, a fin de que se realicen los ajustes necesarios a los procedimientos de trabajo y los nuevos elementos que deriven del presente estudio, para su respectiva aprobación.

11.3 Que el Departamento de Recursos Humanos proceda con los ajustes pertinentes en el Manual Descriptivo de Clases de Puestos, considerando las observaciones de redacción a las tareas propuestas en el Cuadro N.° 2 que surgieron como parte del criterio técnico vertido por ese Departamento, las cuales prohíja esta Dirección Ejecutiva.

11.4 Que la Dirección Ejecutiva, tome nota para los efectos de la actualización de la Relación de Puestos.

11.5 Que el Departamento de Recursos Humanos en un periodo de un año, proceda a brindar seguimiento ocupacional al puesto transformado" [sic].

Se dispone: 1.- Aprobar conforme se recomienda. 2.- Elevar a conocimiento del TSE con la recomendación de aprobar. ACUERDO FIRME.».".

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS EXTERNOS.

A) Designación de representantes institucionales ante el Comité Asesor de Políticas del MICITT. De la señora Sandra Mora Navarro, Secretaria General de la Dirección Ejecutiva, se conoce memorando n.° DE-0838-2020 del 11 de noviembre de 2020, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual remite el oficio n.° MICITT-DGD-OF-164-2020 del 9 de noviembre de 2020, suscrito por el señor Jorge Mora Flores, Director de Gobernanza Digital del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones (MICITT), que literalmente dice:

"La Dirección de Gobernanza Digital a partir de un proceso de análisis ha determinado la importancia de reactivar el Comité Asesor de Políticas, el cual se establece a partir del artículo N°28 del reglamento a la Ley N°8454 “Ley de Certificados, firmas digitales y documentos electrónicos”.

Este Comité como es de su conocimiento tiene como función brindar asesoría y recomendaciones al Departamento de Certificadores de Firma Digital, sobre políticas de operación del Sistema Nacional de Certificación Digital, interpretar, aclarar o adicionar esas políticas ante las dudas o consultas de cualquier operador, evaluar y actualizar de forma periódica las políticas de operación, entre otras más. Es importante mencionar que, el Comité se reunirá ordinariamente al menos una vez cada seis meses y extraordinariamente cada vez que se convoque por parte del MICITT o lo soliciten por escrito al menos cuatro de sus integrantes.

La institución a la cual usted representa forma parte de este Comité, por ello le solicitamos de la manera más atenta nos indique si los representantes continúan siendo los designados mediante el oficio STSE-2878-2019 de fecha 3 de diciembre de 2019.

Agradecemos que la información se envié a los siguientes correos gobernanzadigital@micit.go.cr y firmadigital@micit.go.cr . Cualquier consulta puede realizarla a los siguientes correos mencionados.".

Se dispone: Hacer del conocimiento del señor Mora Flores que participarán de dicho comité los señores Xenia Guerrero Arias, Directora General de Estrategia Tecnológica, como representante propietaria y Esteban Brenes Hernández, Jefe de la Sección de Riesgos y Seguridad, en calidad de suplente. ACUERDO FIRME.

B) Consulta legislativa del texto dictaminado del proyecto de “Ley de repositorio único nacional para fortalecer las capacidades de rastreo e identificación de personas”, expediente n.° 21.321. De la señora Erika Ugalde Camacho, Jefa de Área de Comisiones Legislativas III de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.° CG-116-2020 del 12 de noviembre de 2020, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Con instrucciones de la Presidencia de la Comisión Permanente Ordinaria de Gobierno y Administración, y en virtud de la moción 1-23 aprobada, se solicita el criterio de esa institución en relación con el texto dictaminado del proyecto 21.321 “LEY DE REPOSITORIO ÚNICO NACIONAL PARA FORTALECER LAS CAPACIDADES DE RASTREO E IDENTIFICACIÓN DE PERSONAS”, el cual se adjunta.

Se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles y, de ser posible, enviar también el criterio de forma digital. […]".

Se dispone: Para que se proponga el respectivo proyecto de respuesta -el cual habrá de rendirse a más tardar el 20 de noviembre de 2020- pase a los señores Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, Xenia Guerrero Arias, Directora General de Estrategia Tecnológica y Ronny Alexander Jiménez Padilla, Jefe a. i. del Departamento Legal. Para su examen se fijan las 10:15 horas del 19 de noviembre de 2020. Tomen nota los referidos servidores y la Secretaría General de este Tribunal que el plazo para responder la consulta planteada vence el 24 de noviembre de 2020. ACUERDO FIRME.

C) Solicitud de participación de la funcionaria Ingrid Paola en asistencia virtual al organismo electoral ecuatoriano. Del señor José Thompson, Director del Centro de Asesoría y Promoción Electoral del Instituto Interamericano de Derechos Humanos, se conoce oficio n.° CA-449-20 del 12 de noviembre de 2020, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"El pasado mes de febrero, el Instituto Interamericano de Derechos Humanos (IIDH-CAPEL) y el Consejo Nacional Electoral de Ecuador (CNE), firmaron un convenio con el fin de prestar su cooperación para el desarrollo conjunto de actividades, tendientes a brindar un acompañamiento de UNIORE a la implementación de los sistemas informáticos, dispuestos para las Elecciones Presidenciales de febrero de 2021. En el marco de este convenio, se desarrolló una visita a la ciudad de Quito en la que participaron funcionarios/as del TSE a su digno cargo.

Para dar continuidad a esta colaboración, el IIDH-CAPEL está organizando una agenda de reuniones con el equipo de trabajo del CNE de Ecuador en la temática mencionada, que se desarrollará la semana comprendida entre el 23 y 28 de noviembre próximo. En este sentido, es de nuestro interés solicitar su autorización para que la Ing. Ingrid Paola Chaves, quien participó en la visita mencionada, pueda acompañar de manera virtual al equipo de CAPEL en estas reuniones.

Consideramos que el aporte de la Ing. Chaves es importante, debido a que tiene conocimiento acerca del diagnóstico elaborado en esa oportunidad y podrá contribuir en la identificación de las posibilidades para dar seguimiento a la cooperación horizontal que la UNIORE puede brindar al CNE de Ecuador. Entendemos que el contexto actual dificulta el desarrollo normal de las actividades de cooperación que en el marco de la UNIORE se gestan y, el IIDH-CAPEL en su condición de Secretaría Ejecutiva ha buscado la manera de dar sostenibilidad a estas iniciativas que buscan propiciar la mejora continua de los procesos electorales de la región, inclusive en tiempos como los que actualmente vivimos.

En el IIDH/CAPEL esperamos contar con la valiosa colaboración del organismo a su digno cargo y agradecemos de antemano su colaboración.".

Se dispone: En el marco de cooperación horizontal entre organismos electorales, autorizar la participación de la funcionaria Ingrid Paola Chaves Mora, funcionaria de la Dirección General de Estrategia Tecnológica. ACUERDO FIRME.

D) Prórroga del “Convenio Interinstitucional para la Utilización del Servicio de la Plataforma de Servicios Institucional (PSI) con el Registro Nacional”. De los señores Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, Xenia Guerrero Arias, Directora General de Estrategia Tecnológica y Vinicio Mora Mora, Subjefe del Departamento Legal, se conoce oficio n.° DL-581-2020 del 12 de noviembre de 2020, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiestan:

"En atención al acuerdo adoptado por el Tribunal Supremo de Elecciones en el artículo quinto de la sesión ordinaria n.º 107-2020, celebrada el 3 de noviembre de 2020 por el Tribunal Supremo de Elecciones, mediante el cual remite para su atención el oficio n.° DTIC-383-2020 del 26 de octubre de 2020, suscrito por la señora Patricia Chacón Jiménez, Jefa del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones, referido a la primera prórroga del “Convenio Interinstitucional para la Utilización del Servicio de la Plataforma de Servicios Institucional (PSI) entre el TSE y el Registro Nacional”, nos permitimos informar:

Mediante oficio n.° DTIC-316-2020 del 11 de setiembre del 2020, el Departamento de Tecnologías de la Comunicación (DTIC) consultó a la Dirección General del Registro Nacional la posibilidad de prorrogar el referido convenio tal y como lo establece la cláusula décima primera de ese acuerdo.

En respuesta a lo anterior, la señora Fabiola Varela Mata, en su condición de Directora General del Registro Nacional, mediante oficio n.º DGL-0733-2020 del 23 de octubre del año en curso, y con fundamento en el Acuerdo n.º J449-2020 tomado en la Sesión Ordinaria de Junta Administrativa del Registro Nacional N° 32-2020 del 22 de octubre del 2020, manifestó la disposición de su representada para prorrogar el convenio que nos ocupa.

Ahora bien, para que la prórroga de ese acuerdo opere -en los términos del convenio- es necesario que las partes lo manifiesten por escrito, razón por la cual se eleva a conocimiento del Tribunal para que disponga su anuencia y conformidad con la gestión de prórroga, misma que cuenta con el aval técnico requerido.

Una vez realizado lo anterior, se tendrá por aprobada la prórroga del citado convenio a partir del 28 de octubre de 2020 por el plazo de cinco años, siendo innecesario realizar formalización alguna, salvo la comunicación oficial del acuerdo del Tribunal a la Dirección General del Registro Nacional y a las contrapartes técnicas de ambas instituciones.".

Se dispone: Aprobar dicha prórroga conforme se solicita. Hágase del conocimiento de la señora Directora General del Registro Nacional. ACUERDO FIRME.

E) Consulta legislativa del proyecto de “Ley General de Acceso a la Información Pública y Transparencia”, expediente n.° 20.799. De la señora Ana Julia Araya Alfaro, Jefa de Área de Comisiones Legislativas II de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.° AL-C20993-620-2020 del 13 de noviembre de 2020, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"La Comisión Especial de Infraestructura, dispuso consultarle el criterio sobre el texto dictaminado del proyecto de ley: “LEY GENERAL DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y TRANSPARENCIA”, Expediente N.º 20.799, el cual le remito de forma adjunta.

Contará con ocho días hábiles para emitir la respuesta de conformidad con lo establecido por el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa; que vencen el día 25 de noviembre.

La Comisión ha dispuesto que, en caso de requerir una prórroga, nos lo haga saber respondiendo este correo, y en ese caso, contará con ocho días hábiles más, que vencerán el día 8 de diciembre. Esta será la única prórroga que esta comisión autorizará […]".

Se dispone: Para que se proponga el respectivo proyecto de respuesta -el cual habrá de rendirse a más tardar el 20 de noviembre de 2020- pase al señor Ronny Alexander Jiménez Padilla, Jefe a. i. del Departamento Legal. Para su examen se fijan las 10:30 horas del 19 de noviembre de 2020. Tome nota el referido servidor y la Secretaría General de este Tribunal que el plazo para responder la consulta planteada vence el 25 de noviembre de 2020. ACUERDO FIRME.

F) Consulta legislativa del proyecto de “Ley Marco de Empleo Público.”, expediente 21.336. De la señora Erika Ugalde Camacho, Jefa de Área de Comisiones Legislativas III de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.° CG-123-2020 del 16 de noviembre de 2020, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Con instrucciones de la Presidencia de la Comisión Permanente Ordinaria de Gobierno y Administración, y en virtud de la consulta obligatoria, se solicita el criterio de esa institución en relación con el proyecto 21.336 “LEY MARCO DE EMPLEO PÚBLICO.”, el cual se adjunta.

Se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles y, de ser posible, enviar también el criterio de forma digital. La Comisión ha dispuesto que en caso de requerirlo se le otorgará una prórroga de 8 días hábiles adicionales por una única vez.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Para que se proponga el respectivo proyecto de respuesta -el cual habrá de rendirse a más tardar el 20 de noviembre de 2020- pase a los señores Franklin Mora González, Director Ejecutivo y Ronny Alexander Jiménez Padilla, Jefe a. i. del Departamento Legal. Para su examen se fijan las 10:45 horas del 19 de noviembre de 2020. Tomen nota los referidos servidores y la Secretaría General de este Tribunal que el plazo para responder la consulta planteada vence el 26 de noviembre de 2020. ACUERDO FIRME.

G) Consulta legislativa del proyecto de ley de “Creación del Cantón de Monteverde, Cantón XII de la Provincia de Puntarenas”, expediente 21.618. De la señora Erika Ugalde Camacho, Jefa de Área de Comisiones Legislativas III de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.°CPEM-088-2020 del 16 de noviembre de 2020, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Con instrucciones de la Presidencia de la Comisión Permanente Especial de Asuntos Municipales y Desarrollo Local Participativo y en virtud de la moción 16-9 aprobada, se solicita el criterio de esa institución en relación con el texto dictaminado del proyecto “CREACIÓN DEL CANTÓN DE MONTEVERDE, CANTÓN XII DE LA PROVINCIA DE PUNTARENAS”, expediente 21.618 el cual se anexa.

Se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles y, de ser posible, enviar también el criterio de forma digital […]".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Para que se proponga el respectivo proyecto de respuesta -el cual habrá de rendirse a más tardar el 20 de noviembre de 2020- pase a los señores Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos y Ronny Alexander Jiménez Padilla, Jefe a. i. del Departamento Legal. Para su examen se fijan las 11:00 horas del 19 de noviembre de 2020. Tomen nota los referidos servidores y la Secretaría General de este Tribunal que el plazo para responder la consulta planteada vence el 26 de noviembre de 2020. ACUERDO FIRME.

H) Consulta legislativa del proyecto de “Ley para la reducción de la deuda política en los procesos electorales de los años 2022 y 2024, y destinar los recursos ahorrados al fortalecimiento financiero de la Caja Costarricense del Seguro Social”, expediente número 22.103. De la señora Noemy María Montero Guerrero, Jefa de Área de Comisiones Legislativas I del Departamento de Comisiones de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.° CE 00038-25-20 del 13 de noviembre de 2020, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 17 de noviembre de 2020, mediante el cual literalmente manifiesta:

"La COMISIÓN ESPECIAL QUE TENDRÁ COMO OBJETIVO INVESTIGAR Y RENDIR UN INFORME DE LA SITUACIÓN DE LAS FINANZAS DE LA CAJA COSTARRICENSE DEL SEGURO SOCIAL, ASÍ COMO PROPONER Y DICTAMINAR LAS INICIATIVAS DE LEY NECESARIAS QUE PERMITAN LA SOSTENIBILIDAD, TRANSPARENCIA Y EL CUMPLIMIENTO DE LOS FINES DE LA INSTITUCIÓN EN EL CORTO, MEDIANO Y LARGO PLAZO, ASEGURANDO LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS QUE SE LE BRINDA A LA CIUDADANIA. EXPEDIENTE N.º 22.038”, tiene entre sus expedientes a dictaminar el Expediente 22.103.

Por esta razón se le solicita criterio a la institución que usted representa, en relación al proyecto de ley: EXPEDIENTE N° 22.103 “LEY PARA LA REDUCCIÓN DE LA DEUDA POLÍTICA EN LOS PROCESOS ELECTORALES DE LOS AÑOS 2022 Y 2024, Y DESTINAR LOS RECURSOS AHORRADOS AL FORTALECMIENTO FINANCIERO DE LA CAJA COSTARRICENSE DEL SEGURO SOCIAL”.

Le ruego evacuar la anterior consulta, en el plazo de ocho días hábiles, de acuerdo con lo que establece el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa […]".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Para que se proponga el respectivo proyecto de respuesta -el cual habrá de rendirse a más tardar el 20 de noviembre de 2020- pase a los señores Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos y Andrei Cambronero Torres, Letrado del TSE. Para su examen se fijan las 11:15 horas del 19 de noviembre de 2020. Tomen nota los referidos servidores y la Secretaría General de este Tribunal que el plazo para responder la consulta planteada vence el 27 de noviembre de 2020. ACUERDO FIRME.

A las doce horas terminó la sesión.





Luis Antonio Sobrado González






Eugenia María Zamora Chavarría






Max Alberto Esquivel Faerron