ACTA N.º 39-2020

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas del veintiuno de abril de dos mil veinte, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González quien preside, Eugenia María Zamora Chavarría, Max Alberto Esquivel Faerron, Luz de los Ángeles Retana Chinchilla y Luis Diego Brenes Villalobos.


ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DE ACTAS ANTERIORES.

A) Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.

ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.

A) Solicitud de suspensión de vacaciones y de licencia sin goce de salario de la señora Lucía Arias Arias. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1084-2020 del 20 de marzo [sic] de 2020, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 20 de abril de 2020, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración nota recibida en este despacho el 23 de marzo de 2020, que suscribe la funcionaria Lucía Arias Arias, mediante la cual solicita dejar sin efecto una solicitud de vacaciones y licencia sin goce de salario, por los motivos que se sirve exponer.

Efectivamente, mediante oficio RH-0564-2020 del 26 de febrero de 2020, este departamento elevó la solicitud de la colaboradora Arias Arias a conocimiento del Tribunal y, en oficio STSE-0402-2020 del 27 de febrero de 2020, sesión ordinaria n.º 20-2020, se le aprobaron las vacaciones requeridas y una licencia sin goce de salario del 29 de abril y al 15 de mayo de 2020, sin embargo, tal y como se indicó en el párrafo anterior, ha manifestado que las gestiones se dejen sin efecto.

Finalmente puede apreciarse que este trámite cuenta con el visto bueno de la Licda. Diana Rodríguez Barrantes, Jefa de la Sección de Solicitudes Cedulares y de la Dirección General del Registro Civil.".

Se dispone: Dejar sin efecto lo acordado, conforme lo propone el Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DEL CONSEJO DE DIRECTORES.

A) Informe sobre dedicación exclusiva estudio de puesto. Del señor Héctor Fernández Masís, Coordinador del Consejo de Directores, se conoce oficio n.° CDIR-097-2020 del 14 de abril de 2020, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Se comunica el acuerdo adoptado en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.º 24-2020, celebrada el 14 de abril de 2020 por el Consejo de Directores, integrado por los señores Héctor Enrique Fernández Masis, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos quien preside; Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General del TSE; Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil; Carlos Alberto Murillo Montoya, Director Ejecutivo; Hugo Picado León, Director General del Instituto de Formación y Estudios en Democracia y Dennis Cascante Hernández, Director General de Estrategia Tecnológica, que dice:

«De los señores Sandra María Mora Navarro, Secretaria General a.i. Dirección Ejecutiva, Kattya Varela Gómez, Subjefa a.i. del Departamento de Recursos Humanos y Ronny Jiménez Padilla, Jefe a.i. del Departamento. Legal, se conoce oficio DE-0834-2020 del día 18 de marzo del 2020, recibido el día 24 de marzo del presente en la coordinación de este Consejo, mediante el cual remite informe del estudio sobre la dedicación exclusiva del puesto n.° 45449 el cual concluye que para el puesto indicado, se evidencian elementos que permiten determinar que es de conveniencia institucional someterlo al régimen de dedicación exclusiva.

Se dispone: 1.- Tener por rendido el informe, cuyas conclusiones se acogen. 2.- Con base en el razonamiento establecido en el citado informe y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 29 de la Ley de Salarios de la Administración Pública, n.° 2166 del 9 de octubre de 1957 reformada por la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, n.° 9635, se recomienda al Tribunal que mediante resolución administrativa razonada, determine la procedencia de incluir dentro del régimen de dedicación exclusiva el puesto 45449 en razón de las funciones asociadas a dicho puesto y el beneficio para el interés público que de ello se deriva. Se adjunta el respectivo proyecto de resolución elaborado por el Departamento Legal. ACUERDO FIRME.»".

Se dispone: Aprobar conforme se propone. Díctese la correspondiente resolución. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS DE ORGANIZACIONES GREMIALES DEL TRIBUNAL.

A) Valoración de medidas relacionadas con la contención de la pandemia mundial. Del señor Rui López González, Secretario General del Sindicato de Empleados del Tribunal Supremo de Elecciones (SETSE), se conoce oficio n.° SETSE-033-2020 del 15 de abril de 2020, recibido el mismo día vía correo electrónico en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual solicita la valoración de medidas relacionadas con la contención de la pandemia mundial, según detalla.

Se dispone: Para su atención, pase al Consejo de Directores. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS EXTERNOS.

A) Observaciones sobre la hora de lactancia en el TSE. De la señora Ana Patricia Mora Castellanos, Presidenta Ejecutiva del Instituto Nacional de las Mujeres (INAMU), se conoce oficio n.° INAMU-PE-0242-2020 del 20 de abril de 2020, recibido el mismo día vía correo electrónico en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual, con fundamento en una serie de consideraciones, literalmente manifiesta:

"(…) Los patronos deben asumir los derechos de las mujeres lactantes en sus organizaciones sin mezquindad. La hora de lactancia dentro de la jornada es un derecho de las mujeres trabajadoras que debe respetarse y en ese sentido, la ley de teletrabajo es clara cuando señala que, aunque se cambie el lugar de trabajo a la casa, las condiciones, beneficios y obligaciones de las personas teletrabajadoras se mantienen como si estuviesen prestando el servicio físicamente en la sede de la organización, empresa o institución.

Por lo anterior solicito hacer la comunicación que corresponde a las jefaturas en el sentido que deben acatar lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley que Regula el teletrabajo y mantener todas las condiciones de las personas funcionarias, con sus horarios, licencias y demás beneficios que tenían prestando servicio en la sede de la institución. (…)".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Agradecer a la estimable señora Mora Castellanos la cordial comunicación que cursa a estos organismos electorales, de la cual tomarán cumplida nota las jefaturas institucionales. ACUERDO FIRME.

A las doce horas terminó la sesión.




Luis Antonio Sobrado González





Eugenia María Zamora Chavarría





Max Alberto Esquivel Faerron





Luz de los Ángeles Retana Chinchilla





Luis Diego Brenes Villalobos