ACTA N.º 75-2020


Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas del treinta de julio de dos mil veinte, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González quien preside, Eugenia María Zamora Chavarría y Max Alberto Esquivel Faerron.


ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DE ACTAS ANTERIORES.

A) Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.

ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.

A) Renuncia por pensión del funcionario Edgar Alguera Ramírez de la Oficina Regional de Liberia. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1798-2020 del 23 de julio de 2020, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración nota recibida por correo electrónico, suscrita por el funcionario Edgar Alguera Ramírez quien desempeña un puesto de Jefe de Oficina Regional 2, -clase Profesional en Gestión 2- destacado en la Oficina Regional de Liberia, mediante la cual presenta renuncia a su cargo para acogerse al beneficio de pensión por el régimen de Invalidez, Vejez y Muerte de la Caja Costarricense del Seguro Social.

El señor Alguera Ramírez labora para este organismo electoral desde el 20 de abril de 1992 y desea que su cese de funciones sea efectivo a partir del 16 de agosto de 2020. Solicita asimismo el pago de las prestaciones legales que pudieran corresponderle de acuerdo con la legislación laboral vigente. Es importante manifestar que el señor Alguera Ramírez, por su condición de Jefatura, debe presentar el informe final de gestión ante su superior, con copia a este departamento.".

Se dispone: Tener por presentada la renuncia del señor Alguera Ramírez, a quien se agradece los servicios prestados a estos organismos electorales, deseándole el mayor de los éxitos en su nueva etapa de vida. Procedan oportunamente con lo de sus cargos la Contaduría, el Departamento Legal y el propio Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.

B) Solicitud de la funcionaria Jeniffer Gutiérrez Barboza para regresar a su puesto en propiedad. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1792-2020 del 23 de julio de 2020, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para lo que tenga bien disponer el Superior, se remite a consideración nota recibida en este despacho, de fecha 20 de julio de 2020, suscrita por la señora Jeniffer Gutiérrez Barboza, cédula de identidad 1-0870-0733, mediante la cual solicita regresar a su puesto en propiedad a partir del próximo 31 de julio de los corrientes, dadas las razones que se sirve exponer en nota adjunta. La señora Gutiérrez Barboza labora para estos organismos electorales desde el 1° de julio de 2011, ocupa interinamente el puesto No. 353417 de Encargada de la Unidad Género, -clase Profesional Funcional 1-, destacada en la Unidad de Género de Dirección Ejecutiva, nombramiento que fue aprobado en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.º 55-2018, celebrada el 29 de mayo de 2018 y comunicado en oficio STSE-1063-2018, de misma data y que finalizaría el 7 de mayo de 2022.

Al respecto, y con el propósito de que el Tribunal cuente con los elementos suficientes para la toma de decisiones, por la competencia que la Ley le endosa, es menester indicar que actualmente el puesto n° 361360, cuya propietaria es la señora Gutiérrez Barboza, se encuentra ocupado interinamente, por lo que este planteamiento genera la siguiente cadena de descensos:

#

Nombre

Puesto Actual

Ubicación

Puesto donde regresa

Ubicación

1

Jennifer [sic] Gutiérrez Barboza

353417

Dirección Ejecutiva

361360

IFED

2

Mariana Vargas Arguedas [sic]

361360

IFED

357814

IFED

3

Ana Beatriz Morales Mora

357814

IFED

353678

IFED

4

Alejandro Brenes González

353678

IFED

72870

Sección de Análisis

5

Cinthya Solano Monge

72870

Sección de Análisis

45455 (36 Bis)

Contraloría Electoral

6

José Rafael Serrano Morales*

45455

Contraloría Electoral (Será nombrado en propiedad)


O-STSE-1050-2020

* Funcionario nombrado en propiedad como Oficinista 1, sin embargo, se le ha modificado la fecha de rige de este nombramiento.     


Se evidencian en el cuadro anterior, los siguientes puntos:

1. Que al regresar la señora Gutiérrez Barboza (ítem 1) a su puesto en propiedad n.°361360 -clase Profesional Funcional 1-, será necesario realizar el descenso correspondiente de la funcionaria Vargas Arguedas (ítem 2).

2. Que al regresar la señora Vargas Arguedas [sic] (ítem 2) a su puesto en propiedad n.°357814 -clase Profesional Ejecutor 3-, será necesario realizar el descenso correspondiente de la funcionaria Morales Mora (ítem 3).

3. Que al regresar la señora Morales Mora (ítem 3) a su puesto en propiedad n.°353678 -clase Profesional Ejecutor 3-, será necesario realizar el descenso correspondiente del funcionario Brenes González (ítem 4).

4. Que al regresar el señor Brenes González (ítem 4) a su puesto en propiedad n.°72870 -clase Profesional Asistente 1-, será necesario realizar el descenso correspondiente de la funcionaria Solano Monge (ítem 5).

Que al regresar la señora Solano Monge (ítem 5), bajo la aplicación del artículo 36 bis del Reglamento a la Ley de Salarios al puesto n.°45455 -clase Asistente Funcional 3-, eventualmente sería necesario realizar el finiquito correspondiente al funcionario Serrano Morales (ítem 6).  Sin embargo, en el caso específico del señor Serrano Morales, es menester indicar que fue nombrado en propiedad, según lo acordado en el artículo único de la sesión extraordinaria n.° 30-2020 del 20 de marzo de 2020.  A pesar de lo anterior, en acuerdo adoptado en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.º 56-2020, celebrada el 11 de junio de 2020 por el Tribunal Supremo de Elecciones, oficio STSE-1050-2020, el Superior aprobó modificarle la fecha de rige de ese nombramiento en propiedad en la Contraloría Electoral, de tal forma que surtiera efecto hasta el 1° de octubre de 2020. Textualmente, se indicó “…el señor Javier Ignacio Vega Garrido, Contralor Electoral, en oficio n.° CE-0203-2020 del 3 de junio de 2020, me permito proponer la aprobación de la modificación de la fecha de rige del nombramiento en propiedad -acordado en el artículo único de la sesión extraordinaria n.° 30-2020 del 20 de marzo de 2020- del señor José Rafael Serrano Morales, en la plaza número 45775, Asistente Administrativo 1, de la Contraloría Electoral -según el traslado dispuesto en la resolución de esta Secretaría General n.° 0033-STSE-2020, aprobada por el Pleno en el artículo sexto de la sesión ordinaria n.° 37-2020 del 14 de abril en curso-, para que sea a partir del 1.° de octubre de 2020 y no como se dispuso inicialmente”. En virtud de lo anterior, de no presentar ningún inconveniente para el señor Contralor Electoral y, salvo superior criterio, a efectos de no afectar al señor Serrano Morales, se sugiere no realizarle el finiquito de labores y, en su lugar, se autorice modificar nuevamente la fecha de rige de dicho nombramiento a partir de 1º de agosto de 2020. De ser así, como se recomienda, el funcionario José Rafael Serrano tendría, no solo continuidad laboral, sino que también iniciaría sus labores como funcionario propietario en el puesto de Oficinista 1 -clase Asistente Administrativo 1- número 45775 destacado en la Contraloría Electoral.

Finalmente, vale mencionar que, si bien es cierto la señora Gutiérrez Barboza solicita en su escrito que el regreso a su puesto en propiedad sea a partir del 31 de julio del año en curso, conversado con ella vía telefónica y con el afán de completar el mes en el puesto que ocupa interinamente, aspecto que se encuentra estrechamente relacionado con el salario reconocido, ha manifestado estar de acuerdo en que el regreso a su plaza propietaria sea a partir del próximo 1º de agosto, fecha esta última que resulta aplicable, en caso de que el Tribunal lo tenga a bien, a todos los movimientos de personal detallados en los puntos que anteceden, así como para el nombramiento en propiedad en el puesto 45775 antes detallado.".

Se dispone: Aprobar conforme lo propone el Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.

C) Consulta de ascenso en propiedad en el Departamento Civil. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce en consulta resolución n.° DGRA-137-2020 de las doce horas y treinta minutos del veintiocho de julio de dos mil veinte, recibida el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante la cual literalmente manifiesta:

"Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 13 y 14 de la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil y 34 de su respectivo reglamento, RESUELVO efectuar el ascenso en propiedad que se detalla a continuación:

DEPARTAMENTO CIVIL

Funcionaria

Sirey Rojas Rodríguez

Puesto en el que se propone nombrar

45762, Asistente Administrativo 2, Oficinista 2

Fecha de rige propuesta

1° de agosto de 2020

Oficio del Departamento de Recursos Humanos

RH-1823-2020 del 28 de julio de 2020.

Oficio de la jefatura

DC-3220-2020 del 22 de julio de 2020.

       

Quedo atento a lo que bien estime disponer el Superior.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar. ACUERDO FIRME.

D) Consulta de ascenso en propiedad en la Dirección Ejecutiva. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-1425-2020 del 29 de julio de 2020, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Con fundamento en lo dispuesto en nuestra la ley de salarios y su reglamento y, lo expuesto en los oficios que se dirán, me permito proponer el siguiente ascenso en propiedad en la Dirección Ejecutiva:

Funcionario

José Guillermo Alfaro Guzmán

Puesto al  que se propone ascender

97863

Asistente en Servicios Administrativos 1, Asistente Funcional 1

Clases entre la actual y la propuesta

1

Fecha de rige propuesta

1.° de agosto de 2020

Oficio del Departamento de Recursos Humanos

RH-1822-2020 del 28 de julio de 2020

Oficio de la jefatura

DE-1789-2020 del 22 de julio de 2020


Quedo atentos a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Ascender conforme se propone. ACUERDO FIRME.

E) Encargo de funciones de la jefatura del Departamento de Recursos Humanos. Del señor Nicolás Prado Hidalgo, Prosecretario General a. i. de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-1426-2020 del 29 de julio de 2020, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En atención a lo solicitado por la respectiva jefatura y previo análisis de los requisitos y condiciones, me permito proponer la aprobación del encargo de funciones que se detalla a continuación:

Unidad Administrativa

Titular

Sustituye

Período

Tipo

Departamento de Recursos Humanos

Jocelyn Brown Pérez

Kattya Varela Gómez

31 de julio y 3 de agosto de 2020

Encargo de funciones


Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar el encargo de funciones conforme se propone. ACUERDO FIRME.

F) Consulta de ascensos en propiedad en el Departamento de Comunicaciones y Relaciones Públicas. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-1427-2020 del 29 de julio de 2020, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Con fundamento en lo dispuesto en nuestra la ley de salarios y su reglamento y lo expuesto en los oficios que se dirá, me permito proponer los siguientes ascensos en propiedad en el Departamento de Comunicaciones y Relaciones Públicas:


Funcionaria

Giannina Aguilar Sandí

Puesto al que se propone ascender

55709

Profesional Funcional 1, Encargada del Área de Prensa y Protocolo

Clases entre la actual y la propuesta

2

Fecha de rige propuesta

1.° de agosto de 2020

Oficio del Departamento de Recursos Humanos

RH-1831-2020 del 28 de julio de 2020

Oficio de la jefatura

DCRP-109-2020 del 22 de julio de 2020


Funcionaria

Abigail Calderón Murillo

Puesto al que se propone ascender

55711

Técnico Funcional 2, Asistente en Protocolo

Clases entre la actual y la propuesta

5

Fecha de rige propuesta

1.° de agosto de 2020

Oficio del Departamento de Recursos Humanos

RH-1831-2020 del 28 de julio de 2020

Oficio de la jefatura

DCRP-109-2020 del 22 de julio de 2020


Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Ascender conforme se propone en cada caso. ACUERDO FIRME.

G) Permuta de plazas entre el Departamento de Contaduría y la Sección de Archivo del Registro Civil. De los señores Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal y Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce en consulta resolución n.° 0065-STSE-2020 de las trece horas del veintiocho de julio de dos mil veinte, mediante la cual literalmente disponen:

"Con fundamento en lo dispuesto en la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil y su respectivo reglamento, considerándolo oportuno para un mejor servicio público, se dispone efectuar la siguiente permuta:

Funcionarios

Oficina de origen

Oficina de destino

Clase

Puesto

Número de puesto

Fecha

Ivonne Chavarría Vega

Sección de Archivo del Registro Civil

Contaduría

Asistente Administrativo 1

Oficinista 1

97757

1.° de agosto de 2020

Vacante

Contaduría

Sección de Archivo del Registro Civil

Asistente Administrativo 1

Oficinista 1

95534


Consúltese al Superior.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DE ORGANIZACIONES GREMIALES DEL TRIBUNAL.

A) Calendario mensual para el uso de licencia sindical durante el mes de agosto de 2020. Del señor Rui López González, Secretario General del Sindicato de Empleados del Tribunal Supremo de Elecciones (SETSE), se conoce oficio n.° SETSE-055-2020 del 28 de julio de 2020, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Con fundamento en el acuerdo tomado por el Superior en sesión ordinaria N° 3-2019 del 8 de enero de 2019, referida al otorgamiento de una licencia sindical permanente los días miércoles de cada semana para dos miembros de la Junta Directiva de este Sindicato, me permito adjuntar la calendarización y el listado de los integrantes de este grupo sindical que tomarán la referida licencia durante el mes de agosto.

DIA

NOMBRE

OFICINA

5 agosto

Yoryina Coto Rivel

Sección de Solicitudes Cedulares

Reinaldo González Zúñiga

Financiamiento de Partidos Políticos

12 agosto

Yoryina Coto Rivel

Sección de Solicitudes Cedulares

Rui López González

Oficialía Mayor Civil

19 agosto

Yoryina Coto Rivel

Sección de Solicitudes Cedulares

Cindy Vega Figueroa

Solicitudes Cedulares

26 agosto

Yoryina Coto Rivel

Sección de Solicitudes Cedulares

Julieta Jiménez Ovares

Sección de Solicitudes Cedulares


No se omite indicar que este grupo sindical se encuentra en la mejor disposición de atender cualquier inquietud que se presente respecto de lo planteado en este oficio, en todo caso para lo que se estime pertinente, queda a su disposición el correo electrónico del sindicato: sindicatoempleadostse@gmail.com".

Se dispone: Autorizar conforme se solicita. Tome nota el Departamento de Recursos Humanos, así como las jefaturas inmediatas de los funcionarios indicados. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS DEL CONSEJO DE DIRECTORES.

A) Modificación de horario institucional. Del señor Gerardo Felipe Abarca Guzmán, Coordinador a. i. del Consejo de Directores, se conoce oficio n.° CDIR-225-2020 del 28 de julio de 2020, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Se comunica el acuerdo adoptado en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.º 45-2020, celebrada el 28 de julio de 2020 por el Consejo de Directores, integrado por los señores Gerardo Felipe Abarca Guzmán, Director General a.i del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos quien preside; Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General del TSE; Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil; Carlos Alberto Murillo Montoya, Director Ejecutivo; Hugo Picado León, Director General del Instituto de Formación y Estudios en Democracia y Armenia Masis Soto, Directora General a.i. de Estrategia Tecnológica, que dice:

«De la señora Adriana María Pacheco Madrigal, Prosecretaria General a.i. del TSE, se conoce nuevamente oficio n.° STSE-1268-2020 del 7 de julio de 2020, recibido el 8 de julio de 2020 en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual comunica el acuerdo adoptado en el artículo cuarto de la sesión ordinaria n.° 65-2020, celebrada el 7 de julio de 2020 por el TSE, relacionado con las modificaciones de horario de atención de público por emergencia sanitaria”.

Se dispone: 1.- Aprobar lo solicitado por el señor Director General del Registro Civil, con las siguientes modificaciones: A) Que el cambio de horario opere para todos los funcionarios de la Institución, no solamente para aquellos que atienden público, siendo este de 7:00 am a 3:00 pm. B) Este horario será efectivo a partir del 3 de agosto y hasta el 31 de diciembre del presente. 2.- Que el Departamento de Comunicación divulgue el acuerdo respectivo. 3.- Elévese para conocimiento y aprobación del Tribunal. ACUERDO FIRME.»".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar conforme se propone. ACUERDO FIRME.

B) Medidas por emergencia sanitaria. Del señor Gerardo Felipe Abarca Guzmán, Coordinador a. i. del Consejo de Directores, se conoce oficio n.° CDIR-228-2020 del 29 de julio de 2020, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Se comunica el acuerdo adoptado en el artículo único de la sesión extraordinaria n.º 46-2020, celebrada el 29 de julio de 2020 por el Consejo de Directores, integrado por los señores Gerardo Felipe Abarca Guzmán, Director General a.i del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos quien preside; Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General del TSE; Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil; Carlos Alberto Murillo Montoya, Director Ejecutivo; Hugo Picado León, Director General del Instituto de Formación y Estudios en Democracia y Armenia Masis Soto, Directora General a.i. de Estrategia Tecnológica, que dice:

«Este Consejo, en sesión ordinaria n.º 36-2020, celebrada el 9 de junio del año en curso, en consideración de las medidas sanitarias emitidas por el Poder Ejecutivo, recomendó al Tribunal Supremo de Elecciones mantener la vigencia de las medidas aprobadas en la sesión extraordinaria n.º 50-2020 celebrada el pasado 27 de mayo, hasta el 31 de julio del año en curso. Sin embargo, en virtud de que la mayoría de las medidas de mitigación del Ejecutivo persisten y siendo que las condiciones que dieron lugar a los lineamientos generales emitidos por el Ministerio de Salud con ocasión de la crisis sanitaria generada por el COVID-19 no solo persisten, sino que se han agravado sin tenerse certeza de un pronto mejoramiento de la crisis existente, se hace necesario revisarlas. Sobre el particular, este colegiado está consciente de la necesidad de que la institución se adhiera a tales medidas y maximice la cantidad de personal que labore bajo la modalidad de trabajo remoto por objetivos con el fin de garantizar la presencia mínima de personal en la institución, al tiempo que se debe velar por la razonable continuidad de las labores con el fin evitar futuras afectaciones de servicios durante el tiempo que se requiera, para restaurar, en lo que cabe, la dinámica del país.

SE DISPONE: Recomendar al Tribunal lo siguiente:

1.        Que se mantengan vigentes las siguientes, de las medidas aprobadas en la sesión extraordinaria n.º 50-2020, hasta el 31 de agosto del año en curso.

1.1        Dar continuidad a las medidas adoptadas para el trabajo remoto por objetivos y reiterar la obligación de todas las jefaturas institucionales, de analizar constantemente y determinar la viabilidad de incorporar a más funcionarios a laborar remotamente, para lo cual deberán informar a la respectiva Dirección cuáles puestos serán incorporados a esta modalidad, junto con su correspondiente justificación. El director competente podrá revocar, en cualquier tiempo, la decisión comunicada por la jefatura de no incorporar un puesto a la modalidad de trabajo remoto por objetivos, cuando no la encuentre debidamente justificada o haya una variación de las circunstancias que así lo permita.

1.2         Que se sigan prestando como servicios de atención presencial indispensables, los aprobados por el Tribunal en su sesión ordinaria n.º 42-2020, con las condiciones aprobadas en dicho acuerdo, reiterando que para los relativos a la Oficina de Opciones y Naturalizaciones, se haga mediante cita previa, la cual se podrá solicitar por medio del centro de llamadas que tiene habilitado la Dirección General del Registro Civil o a través de la página web institucional.

1.3        Que todas las Jefaturas, sin excepción y en forma obligatoria, remitan al Departamento de Recursos Humanos, según el cronograma que esa dependencia remitirá oportunamente, un listado completo de todo su personal donde se indique el tipo de la modalidad de trabajo correspondiente. Para ello, deberán utilizar el mismo formulario que para tal fin les remitió el referido Departamento.

2.        Para el caso de los funcionarios con los factores de riesgo referidos por las autoridades sanitarias y que no puedan realizar trabajo remoto en las oficinas a las que pertenecen y a la vez no tienen saldo de vacaciones pendiente por disfrutar, se procederá de la siguiente manera:

2.1.        Que la jefatura correspondiente, con la justificación y el visto bueno del director respectivo, los comunique al Departamento de Recursos, a más tardar el 31 de julio, para que los matricule, como máximo, para la primera quincena de agosto próximo, en alguno de los cursos disponibles que no han llevado, en la primera quincena.

2.2.        Que la Dirección Ejecutiva, con el apoyo del resto de las direcciones institucionales, las que deberán destinar a un profesional en administración que ocupe un puesto que lo faculte para ejercerla, lleve a cabo un análisis integral con el fin de aprovechar al máximo dicho personal que no pudiendo llevar a cabo labores remotamente en las unidades administrativas a la que pertenecen, porque tienen factores de riesgo,  las puedan llevar a cabo en otras oficinas remotamente- siempre y cuando las tareas sean relacionadas al puesto que desempeña actualmente,  que estén en la misma clase y que tengan condiciones organizaciones y ambientales equiparables a las que ostentan, para lo que también los requisitos académicos deben ser iguales o atinentes. Tales readecuaciones de labores serán por excepción y temporales, entre tanto persista la emergencia sanitaria.

Para lo anterior, cada jefatura deberá remitir a más tardar el 31 julio, al director correspondiente, el listado de funcionarios que están en la condición detallada en el punto 2.2 con la debida justificación para la valoración preliminar de previo al análisis referido en el punto anterior.

Esta medida debe ser implementada, a más tardar el 16 de agosto.

3.        Que el Departamento de Comunicaciones y Relaciones Públicas divulgue, interna y externamente, el presente acuerdo, en caso de que el Superior tenga a bien aprobarlo. ACUERDO FIRME.»".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar conforme se propone. Adicionalmente se dispone prorrogar, hasta el 31 de agosto próximo, lo acordado por este Tribunal en el artículo único de la sesión extraordinaria n.º 36-2020, celebrada el 13 de abril de 2020, en el sentido de suspender “cualquier plazo en curso relativo a expedientes, procedimientos y trámites internos o externos de naturaleza electoral, civil o administrativa”. Se aclara: a) que esta suspensión no afecta la continuidad en la atención de esos asuntos ni de los que ingresen en lo sucesivo; b) que los únicos que se suspenden son los plazos que supongan una carga procedimental para los particulares y los partidos políticos, no así los que preordenen la actuación de despachos administrativos (internos y externos) ni de los jueces electorales; en materia de justicia electoral, seguirán corriendo los plazos de quienes figuren como funcionarios públicos (incluyendo los involucrados en procesos de cancelación de credenciales y beligerancia política); c) que tampoco resultan suspendidos los plazos en materia de contratación administrativa, que seguirán corriendo aún para los proveedores y oferentes. Comuníquese a los Ministerios de Salud y de Planificación Nacional y Política Económica. ACUERDO FIRME.

A las doce horas terminó la sesión.




Luis Antonio Sobrado González





Eugenia María Zamora Chavarría





Max Alberto Esquivel Faerron