ACTA N.º 76-2020

Sesión extraordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas del treinta y uno de julio de dos mil veinte, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González quien preside, Eugenia María Zamora Chavarría y Max Alberto Esquivel Faerron.


ARTÍCULO ÚNICO. ASUNTOS DEL CONSEJO DE DIRECTORES.

A) Solicitud del Ministerio de Hacienda de recortes presupuestarios. Del señor Gerardo Felipe Abarca Guzmán, Coordinador a. i. del Consejo de Directores, se conoce oficio n.° CDIR-229-2020 del 30 de julio de 2020, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Se comunica el acuerdo adoptado en el artículo único de la sesión extraordinaria n.º 47-2020, celebrada el 30 de julio de 2020 por el Consejo de Directores, integrado por los señores Gerardo Felipe Abarca Guzmán, Director General a.i del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos quien preside; Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General del TSE; Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil; Carlos Alberto Murillo Montoya, Director Ejecutivo; Hugo Picado León, Director General del Instituto de Formación y Estudios en Democracia y Armenia Masis Soto, Directora General a.i. de Estrategia Tecnológica, que dice:

«Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General del TSE, se conoce oficio n.° STSE-1393-2020 del 24 de julio de 2020, recibido el 28 de julio del presente en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual literalmente manifiesta:

“Por encargo superior y para su atención, me permito remitirle copia del oficio n.° DM-0916-2020 del 20 de julio de 2020, recibido el 24 de julio de 2020 en esta Secretaría General, suscrito por el señor Elián Villegas Valverde, Ministro de Hacienda.”

Posteriormente, del señor Carlos Alberto Murillo Montoya, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-1842-2020 del 30 de julio de 2020, recibido el mismo día en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual literalmente manifiesta:

“Como es de su conocimiento, mediante oficio n.° DM-0916-2020 del 20 de julio de 2020, suscrito por el señor Elián Villegas Valverde, Ministro de Hacienda, en el que se solicita -ante la situación financiera que enfrenta actualmente el país- realizar una reestructuración de la propuesta de presupuesto presentada para el año 2021. Por lo anterior, después de un análisis minucioso de la propuesta original del anteproyecto de presupuesto de este organismo electoral presentada el pasado 15 de junio al ente Hacendario, se adjuntan los cuadros resúmenes con las cifras que componen el anteproyecto de presupuesto 2021 (ajustado) del Tribunal Supremo de Elecciones, por subprograma presupuestario y los totales globales, el que, según luce en el siguiente cuadro comparativo, asciende a ¢53.057.987.000,00.”


CÓDIGO

DESCRIPCIÓN

PRESUPUESTO DE GASTOS

SOLICITUD DE GASTOS

DIFERENCIA

2020

2021

ABSOLUTO

%

850-01

SUBPROGRAMA ORDINARIO

16.216.400.000

16.095.928.000

-120.472.000

-0,7

850-02

SUBPROGRAMA ELECTORAL:

33.608.784.890

28.433.233.336

-5.175.551.554

-15,4

 

+ Operativo

26.815.262.481

25.862.861.660

-952.400.821

-3,6

 

+ Elecciones Municipales 2020

4.028.943.456

0

-4.028.943.456

-100

 

+ Elecciones Presidenciales 2022

64.533.000

2.570.371.676

2.505.838.676

3.883

 

+ Referéndum

2.700.045.953

0

-2.700.045.953

-100,0

 

+ Contribución estatal a partidos políticos

9.386.215.110

8.528.825.664

-857.389.446

-9,1

401

    TOTAL

59.211.400.000

53.057.987.000

-6.153.413.000

-10,4

401

    TOTAL (sin deuda política)

49.825.184.890

44.529.161.336

-5.296.023.554

-10,6


Se dispone: 1.- Aprobar lo recomendado por el señor Director Ejecutivo. 2.- Elévese para conocimiento y aprobación del Tribunal. ACUERDO FIRME.»".

Se dispone: Aprobar conforme se propone. Se le hace ver al señor Ministro de Hacienda que, para alcanzar la reestructuración del anteproyecto presupuestario en la magnitud por él solicitada, no solo fue necesario racionalizar de manera especialmente rigurosa la propuesta de gasto de 2021 -aún tratándose de un año preelectoral- sino también suprimir la previsión de fondos para un eventual referéndum durante el próximo año. Las extraordinarias circunstancias que vive el país justifican una medida de tal naturaleza, que excepciona el mandato legal de incluir esos fondos, como también la improbabilidad de convocar a un referéndum ciudadano durante ese período. Así debemos concluir por encontrarse suspendidas en el 2020 las autorizaciones para recolectar firmas, aunado a la circunstancia de que, dada la regla que impide convocar y celebrar esas consultas populares durante los seis meses previos a una elección nacional, una convocatoria de ese tipo sería improcedente del mes de mayo en adelante. Se advierte, eso sí, que en caso de que sea la Asamblea la que convoque a un referéndum durante los primeros meses del año entrante deberá, adicionalmente, incorporar los recursos presupuestarios que sean necesarios para su celebración. ACUERDO FIRME.

A las diez horas treinta minutos terminó la sesión.





Luis Antonio Sobrado González





Eugenia María Zamora Chavarría





Max Alberto Esquivel Faerron