ACTA N.� 52-2021

 

 

Sesi�n ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas del diecisiete de junio de dos mil veintiuno, con asistencia de los se�ores Magistrados Luis Antonio Sobrado Gonz�lez �quien preside�, Eugenia Mar�a Zamora Chavarr�a, Max Alberto Esquivel Faerron, Luz de los �ngeles Retana Chinchilla y Hugo Ernesto Picado Le�n.

 

ART�CULO PRIMERO. APROBACI�N DE ACTAS ANTERIORES.

A) Se ley� y aprob� el acta de la sesi�n ordinaria inmediata anterior.

ART�CULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACI�N ELECTORAL.

A) Propuesta de reforma al Reglamento para la fiscalizaci�n de los procesos electivos y consultivos. Del se�or Vinicio Mora Mora, Subjefe del Departamento Legal, se conoce oficio n.� DL-0218-2021 del 25 de mayo de 2021, recibido ese mismo d�a en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante la cual rinde informe relativo a la propuesta de reforma al Reglamento para la Fiscalizaci�n de los Procesos Electivos y Consultivos.

Se dispone: Tener por rendido el informe. Promulgar el decreto que interesa, cuya publicaci�n se ordena de conformidad con el siguiente texto:

"XXX-2021

EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

De conformidad con las atribuciones que le confieren los art�culos 9, 99 y 102 de la Constituci�n Pol�tica y 12 inciso a) del C�digo Electoral;

CONSIDERANDO:

1.- En virtud de lo dispuesto por la Constituci�n Pol�tica en sus art�culos 9 p�rrafo tercero, 99 y 102, es competencia exclusiva del Tribunal Supremo de Elecciones organizar, dirigir y vigilar los actos relativos al sufragio.

2.- Que el Tribunal Supremo de Elecciones goza de potestad reglamentaria de conformidad con el art�culo 12 inciso a) del C�digo Electoral y, en uso de esa facultad legal, le corresponde dictar la normativa que regule la materia electoral.

3.- Que el art�culo 210 del C�digo Electoral establece que los partidos pol�ticos tienen derecho a fiscalizar el proceso electoral mediante personeros debidamente acreditados para tales fines ante cada uno de los organismos electorales.

4.- Que resulta importante establecer que los partidos pol�ticos o coaliciones tienen la responsabilidad de imprimir y distribuir los carn�s de las personas fiscales que acreditan, as� como, de administrar, custodiar, controlar y distribuir los brazaletes suministrados por la Direcci�n General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Pol�ticos, que valida el carn� de la persona fiscal acreditada.

Por tanto,

DECRETA

La siguiente:

REFORMA AL REGLAMENTO PARA LA FISCALIZACI�N DE LOS PROCESOS ELECTIVOS Y CONSULTIVOS

Art�culo 1.- Ref�rmense el art�culo 9, el p�rrafo final del art�culo 10, el art�culo 12, el p�rrafo primero del art�culo 13, el p�rrafo primero del art�culo 16, el inciso f) del art�culo 19 y el p�rrafo primero art�culo 27 del Reglamento para la Fiscalizaci�n de los Procesos Electivos y Consultivos, decreto n.� 9-2017 del 11 de julio de 2017, publicado en el Alcance 180 a La Gaceta n.� 140 del 24 de julio de 2017, para que en lo sucesivo se lean de la siguiente manera:

�Art�culo 9.-  En el momento en que el Tribunal Supremo de Elecciones haya aprobado la distribuci�n de las juntas receptoras de votos, los partidos pol�ticos deber�n utilizar los formularios digitales dispuestos en la plataforma electr�nica de servicios para los partidos pol�ticos para conformar las n�minas de los fiscales, las cuales deber�n ser suscritas con la firma digital de la persona legitimada para ese fin y enviarse al correo electr�nico habilitado por el Programa de Acreditaci�n de Fiscales del TSE. En aquellos casos en los que no sea posible el env�o de las n�minas con la firma digital, estas deber�n entregarse de forma impresa y firmadas en la Ventanilla �nica de la Direcci�n General del Registro Electoral.

�nicamente para la acreditaci�n de fiscales ante las juntas cantonales ser� necesario que los partidos pol�ticos y coaliciones entreguen los carn�s impresos de cada una de las personas propuestas al Programa de Acreditaci�n de Fiscales del TSE, de acuerdo con el formato establecido en el presente reglamento. A partir de la recepci�n de las n�minas por medio de la plataforma electr�nica de servicios para los partidos pol�ticos, la agrupaci�n o coalici�n contar� con tres d�as h�biles para enviar las n�minas firmadas digitalmente o entregarlas en f�sico; dentro de ese mismo plazo deber�n presentar los carn�s impresos de los fiscales de las juntas cantonales, de lo contrario no se proceder� con el tr�mite para su acreditaci�n.

Para los fiscales generales y de junta receptora de votos, el distintivo al que hace referencia el art�culo 211 del C�digo Electoral ser� un brazalete de un solo uso que el programa electoral entregar� a los partidos pol�ticos y coaliciones, en un n�mero igual a la cantidad de fiscales acreditados en la resoluci�n correspondiente. En atenci�n a lo dispuesto en el inciso c) del art�culo 271 y el inciso d) del art�culo 290 del C�digo Electoral, la agrupaci�n pol�tica ser� la responsable de entregar y distribuir los citados brazaletes, junto con el respectivo carn�, �nicamente a las personas debidamente acreditadas.

Al carn� de los fiscales ante las juntas cantonales se les dar� autenticidad mediante el distintivo dispuesto por la Direcci�n General del Registro Electoral y en el caso de los fiscales generales y de junta receptora de votos, adem�s de identificarse con el carn� que les emita el partido pol�tico o coalici�n, tambi�n deber�n llevar en un lugar visible de su mu�eca el brazalete entregado por el programa electoral.

En ning�n caso, los distintivos podr�n mostrar alteraciones.�.

�Art�culo 10.- Las n�minas referidas en el art�culo anterior deber�n contener la siguiente informaci�n:

(�)

Igualmente, se deber� consignar el nombre completo, apellidos, n�mero de c�dula, dos direcciones de correo electr�nico para notificaciones y dos n�meros de tel�fono celular de la persona autorizada para retirar los brazaletes y los carn�s de las y los fiscales acreditados.�.

�Art�culo 12.- Los carn�s de acreditaci�n de fiscales deber�n ser impresos en cartulina C-12, mate, color blanco, de manera que su manipulaci�n disminuya el riesgo de un r�pido deterioro. El tama�o y formato de los carn�s ser� el mismo para todos los partidos pol�ticos y coaliciones, y la informaci�n contenida en los carn�s estar� distribuida de la siguiente manera, con la salvedad de que solo los correspondientes a fiscales de junta cantonal llevar�n adherido el distintivo dispuesto por el Tribunal Supremo de Elecciones:

 

Los carn�s correspondientes a las personas acreditadas como fiscales generales y de junta receptora de votos no llevar�n adherida la etiqueta dispuesta por el TSE sino que, en su lugar, se entregar� como distintivo un brazalete, de acuerdo con el art�culo 9 del presente reglamento.�.

�Art�culo 13.- Solo las n�minas de los fiscales cantonales deber�n presentarse con sus respectivos carn�s y se har� constar en esas n�minas la hora y fecha de su presentaci�n y adem�s se entregar� un comprobante de recibido a quien la presente. Si la n�mina fue remitida en formato digital, cuando posteriormente se presenten los carn�s ante el TSE, se deber� indicar el n�mero de n�mina al que corresponden; esa informaci�n la genera el sistema cuando se env�a la solicitud, o bien, se encuentra en el comprobante que llega al correo electr�nico de la persona autorizada ante el TSE.

�(�)

�Art�culo 16.- Los partidos pol�ticos o coaliciones podr�n sustituir o excluir a las personas fiscales debidamente acreditadas, siempre y cuando la solicitud de sustituci�n o exclusi�n sea presentada hasta quince d�as naturales antes de la elecci�n. Dicha solicitud deber� cumplir con todos los requisitos establecidos en este reglamento; adem�s, las agrupaciones pol�ticas deber�n devolver los carn�s de los fiscales cantonales que hayan sido sustituidos o excluidos.�.

(�)

�Art�culo 19.- - Las personas fiscales acreditadas por el TSE tendr�n las siguientes obligaciones:

(�)�

f. Identificarse ante los miembros de las juntas receptoras de votos, cuando estos lo soliciten, mostrando en todos los casos el carn� que lo acredita como fiscal partidario y su c�dula de identidad. Adem�s, deber�n portar en todo momento el brazalete dise�ado por la Direcci�n General del Registro Electoral.�.

(�)

�Art�culo 27.- En caso de que deba celebrarse una segunda vuelta de la elecci�n presidencial, los fiscales acreditados mantendr�n su investidura, salvo que el respectivo partido pol�tico solicite su sustituci�n. No obstante, los partidos interesados en fiscalizar ese proceso deber�n solicitar nuevamente la entrega de los brazaletes para los fiscales generales y de junta receptora de votos, en n�mero igual a la cantidad de personas acreditadas para la primera vuelta, previa solicitud por escrito de la Presidencia del Comit� Ejecutivo Superior.�.

(�)

ART�CULO 2.- Adici�nese un art�culo 16 bis al Reglamento para la Fiscalizaci�n de los Procesos Electivos y Consultivos, decreto n.� 9-2017 del 11 de julio de 2017, publicado en el Alcance 180 a La Gaceta n.� 140 del 24 de julio de 2017, para que se lea de la siguiente manera:

�Art�culo 16 bis.- Para las sustituciones de los fiscales generales o de junta receptora de votos no ser� necesario que los partidos pol�ticos y coaliciones hagan la devoluci�n de los brazaletes -previamente entregados- al Programa de Acreditaci�n de Fiscales del TSE, toda vez que ser� responsabilidad de estos velar porque las personas que no se desempe�ar�n como fiscales realicen la devoluci�n de esos distintivos a la agrupaci�n pol�tica, para que sean entregados y utilizados por las personas que los sustituir�n.�

Solo en situaciones de fuerza mayor o caso fortuito, debidamente acreditadas, se repondr� el brazalete a los fiscales previamente acreditados o sustituidos ya que, como se indica en el p�rrafo anterior, el partido pol�tico o coalici�n ser� el responsable de su administraci�n, custodia, control y distribuci�n.�.

ART�CULO 3.- Rige a partir de su publicaci�n.". ACUERDO FIRME.

ART�CULO TERCERO. ASUNTOS DEL CONSEJO DE DIRECTORES.

A) Informe sobre estudio de dedicaci�n exclusiva de puesto. De la se�ora Karla Duarte Azofeifa, Profesional Asistente en Derecho 2 de la Secretar�a General de este Tribunal, se conoce oficio n.� CDIR-0228-2021 del 15 de junio de 2021, recibido el d�a siguiente en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Se comunica el acuerdo adoptado en el art�culo segundo de la sesi�n ordinaria n.� 28-2021, celebrada el 15 de junio de 2021 por el Consejo de Directores, integrado por los se�ores Erick Adri�n Guzm�n Vargas, Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones �quien preside�; Luis Antonio Bola�os Bola�os, Director General del Registro Civil; Franklin Mora Gonz�lez, Director Ejecutivo; H�ctor Enrique Fern�ndez Mas�s, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Pol�ticos; Ileana Cristina Aguilar Olivares, Directora General a. i. del Instituto de Formaci�n y Estudios en Democracia y Xenia Guerrero Arias, Directora General de Estrategia Tecnol�gica, que dice:

�De los se�ores Sandra Mora Navarro, Secretaria General de la Direcci�n Ejecutiva, Jocelyn Brown P�rez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos y Ronny Alexander Jim�nez Padilla Jefe a. i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.� DE-1368-2021 del 10 de junio de 2021, recibido el mismo d�a en la Coordinaci�n de este Consejo, mediante el cual rinden informe en el que se concluye la conveniencia institucional de someter el puesto n.� 368562 de Profesional Asistente en Administraci�n 1 (clase Profesional Asistente 1) ubicado en la Secci�n de Solicitudes Cedulares, al r�gimen de dedicaci�n exclusiva.

Se dispone: Tener por rendido el informe, cuyas conclusiones se acogen. El�vese a conocimiento del Superior con la recomendaci�n de aprobar. ACUERDO FIRME.�".

Se dispone: Aprobar conforme se propone. D�ctese la correspondiente resoluci�n. ACUERDO FIRME.

ART�CULO CUARTO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A) Sustituci�n en representantes ante comisi�n interinstitucional de Derechos Humanos. De la se�ora Ileana Cristina Aguilar Olivares, Directora General a. i. del Instituto de Formaci�n y Estudios en Democracia, se conoce oficio n.� IFED-176-2021 del 15 de junio de 2021, recibido el mismo d�a en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Con antecedentes en los oficios STSE-0858-2016 y STSE-0859-2016, relativos a la designaci�n de representantes ante la Comisi�n interinstitucional para el seguimiento e implementaci�n de las obligaciones internacionales de Derechos Humanos, y lo� solicitado por la se�ora Mariela Castro �vila, encargada del �rea de Formaci�n en Democracia, se requiere gestionar su sustituci�n ante dicha comisi�n, para lo cual, y en consideraci�n de la naturaleza de esta comisi�n, se propone que la nueva designaci�n recaiga sobre la persona funcionaria que ejerza el puesto de encargada del �rea de Cooperaci�n Interinstitucional del IFED, por lo que, de conformidad con lo dispuesto en oficio STSE-0276-2021, recaer�a ahora en la se�ora Ana Beatriz Morales Mora, y una vez vencido su nombramiento interino, sobre quien ocupe dicho puesto.

En virtud de lo citado, y sin dem�rito de lo que a bien tenga el Superior disponer, le solicito elevar a conocimiento del Tribunal esta propuesta con aplicaci�n a partir de julio pr�ximo.".

Se dispone: Autorizar la sustituci�n conforme se propone. ACUERDO FIRME.

ART�CULO QUINTO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A) Nombramientos interinos en distintas unidades administrativas. De los se�ores Erick Adri�n Guzm�n Vargas, Secretario General de este Tribunal y Luis Antonio Bola�os Bola�os, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.� STSE-1326-2021 del 17 de junio de 2021, recibido el mismo d�a en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiestan:

"En atenci�n a lo solicitado por las respectivas jefaturas, seg�n lo planteado por el Departamento de Recursos Humanos y de conformidad con lo estipulado en el art�culo 25 del Reglamento a la Ley de Salarios y R�gimen de M�ritos del TSE, nos permitimos proponer la aprobaci�n de los nombramientos interinos que se detallan a continuaci�n:

OFICINA / DEPARTAMENTO

N�MERO Y CLASE

DEL PUESTO

N�MERO DE OFICIO

CONDICI�N DE LA PLAZA

CANDIDATO (A) Y PERIODO DEL NOMBRAMIENTO

1.-     Secretar�a General del TSE

45442, Asistente Funcional 3

STSE-1300-2021

Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su propietaria.

Maria Auxiliadora Calvo Serrano,

A partir de la firmeza del acuerdo al 30-NOV del 2021 o hasta que regrese su propietaria, lo que ocurra primero. La candidata propuesta labora para la instituci�n desde el 16 de junio del 2014.� Actualmente ocupa en propiedad un puesto de la clase Asistente Funcional 2 en la Secretar�a del TSE, por lo que se encuentra en l�nea directa de ascenso. Es menester indicar que la persona propuesta pertenece al Registro de Elegibles para optar por cargos de Secretario/a 2, y por su nota, es la siguiente en nombrar seg�n la lista de candidatos/as disponibles que lo integran.

2.-     Secci�n de Opciones y Naturalizaciones

45686, Asistente Funcional 2

STSE-1300-2021

Plaza de cargos fijos temporalmente en virtud del movimiento anterior.

Gabriela Arias Calder�n,

A partir de la firmeza del acuerdo al 30-NOV del 2021 o hasta que regrese su propietaria, lo que ocurra primero.� La candidata propuesta no labora para la instituci�n, pero si lo ha hecho en ocasiones anteriores. Es menester indicar que la persona propuesta pertenece al Registro de Elegibles para optar por cargos de Secretario/a 1, y por su nota, es la siguiente en nombrar seg�n la lista de candidatos/as disponibles que lo integran.

 

Quedamos atentos a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del d�a. 2.- Nombrar conforme se propone, con la observaci�n seg�n la cual eventuales pr�rrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.

B) Solicitud de traslado temporal para ocupar jefatura de oficina regional. Del se�or Luis Antonio Bola�os Bola�os, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.� DGRC-0387-2021 SUSTITUIR del 16 de junio de 2021, recibido el mismo d�a en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En virtud de lo manifestado por el se�or Alcides Chavarr�a Vargas, Jefe del Departamento de Coordinaci�n de Servicios Regionales, mediante oficio CSR-0351-2021 de fecha 10 de los corrientes, respetuosamente me permito someter a consideraci�n de las se�oras Magistradas y se�ores Magistrados, que se deje sin efecto el traslado temporal del puesto n.� 101879 a la oficina regional de San Ram�n y, en su lugar se autorice trasladar temporalmente la ubicaci�n f�sica del puesto n.� 45626 y a su ocupante, la funcionaria Meredith Daniela Arias Coronado, a la Oficina Regional de San Ram�n, para que sea esta �ltima quien, a partir de la firmeza del acuerdo que as� lo autorice, se desempe�e como jefatura de esa dependencia.

En caso de aprobarse lo anterior, se considera necesario para fines de compensaci�n econ�mica, por las labores que realizar�, que los departamentos de Contadur�a y Recursos Humanos entiendan que se trata de un recargo de funciones.

Cabe indicar que, de la revisi�n realizada al sistema del Departamento de Recursos Humanos, se logr� determinar que dicha funcionaria cuenta con el requisito acad�mico de Licenciatura en Administraci�n de Empresas y cumple con los 2 a�os de experiencia en labores relacionadas con el puesto.

En cuanto al a�o de experiencia en supervisi�n de personal, no fue posible acreditar su cumplimiento en la citada revisi�n, no obstante, trat�ndose de una persona que tiene m�s de 10 a�os de encontrarse nombrada en propiedad, se estima que bien podr�a entenderse como una excepci�n fundamentada en lo establecido en el art�culo 1 del Instructivo para el tr�mite de recargo de funciones, en cuanto a la posibilidad de obviar los requisitos relativos a experiencia en aras de promover la carrera administrativa.

Finalmente, es importante mencionar que la colaboradora Arias Coronado manifest� su anuencia para asumir tales funciones bajo la figura de recargo.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del d�a 2.- Aprobar conforme se propone la reubicaci�n transitoria de la funcionaria Arias Coronado, la cual se mantendr� hasta que este Tribunal no disponga lo contrario y se dedicar�, exclusivamente, a atender los asuntos de la oficina regional en la que se le est� destacando. ACUERDO FIRME.

A las doce horas termin� la sesi�n.

 

 

 

Luis Antonio Sobrado Gonz�lez

 

 

 

 

Eugenia Mar�a Zamora Chavarr�a

 

 

 

 

Max Alberto Esquivel Faerron

 

 

 

 

Luz de los �ngeles Retana Chinchilla

 

 

 

 

Hugo Ernesto Picado Le�n