ACTA N.� 62-2021

 

Sesi�n ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas del veintid�s de julio de dos mil veintiuno, con asistencia de los se�ores Magistrados Luis Antonio Sobrado Gonz�lez �quien preside�, Eugenia Mar�a Zamora Chavarr�a, Max Alberto Esquivel Faerron, Luz de los �ngeles Retana Chinchilla y Hugo Ernesto Picado Le�n.

 

ART�CULO PRIMERO. APROBACI�N DE ACTAS ANTERIORES.

A) Se ley� y aprob� el acta de la sesi�n ordinaria inmediata anterior.

ART�CULO SEGUNDO. ASUNTOS DE LAS ELECCIONES PRESIDENCIALES Y LEGISLATIVAS 2022.

A) Propuesta log�stica de voto en el extranjero. Del se�or H�ctor Fern�ndez Mas�s, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Pol�ticos, se conoce oficio n.� DGRE-470-2021 del 7 de julio de 2021, recibido el d�a siguiente en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Mediante oficio n.� DPE-282-2021 la Licenciada Alejandra Peraza Retana, Jefa del Departamento de Programas Electorales, remiti� para valoraci�n de esta Direcci�n, la propuesta de la log�stica relativa a la votaci�n en el extranjero, con ocasi�n de las elecciones presidenciales de febrero 2022. Sobre el particular me permito se�alar lo siguiente:

En relaci�n al ejercicio del derecho al sufragio de la ciudadan�a costarricense que reside fuera de nuestras fronteras, es necesaria la definici�n de tres aspectos espec�ficos, sobre los cuales se refiere la propuesta que nos ocupa: horario de la votaci�n, el traslado de funcionarios de este Tribunal a algunos de los consulados que tiene Costa Rica, concretamente en los Estados Unidos de Norte Am�rica �EUA- y la transmisi�n de los resultados electorales.

En cuanto al primer punto y atendiendo a experiencias pasadas, se propone una jornada electoral de diez horas, con un horario que va de las 9:00 a las 19:00 horas (de 9:00 a.m. a 7:00 p.m.), que fue lo establecido en las elecciones de 2018.

En lo que se refiere al segundo punto, el Departamento de Programas Electorales originalmente hab�a recomendado que se enviaran un total de 12 funcionarios para colaborar en la instalaci�n, apertura, funcionamiento y cierre de las juntas receptoras de votos �JRV- correspondientes a diversos consulados costarricenses que funcionan en EUA, ello por cuanto establecieron como par�metro que la cantidad de electores empadronados superara los dos mil por consulado, situaci�n que s�lo se presenta en dicho pa�s, de acuerdo a lo consignado en el siguiente cuadro. [sic]

Pa�s

Consulado

Personas empadronadas

Funcionarios a designar

 

 

EEUU

Atlanta

3.479

1

Houston

2.617

1

Los �ngeles

4.916

2

Miami

5.134

2

New York

13.309

5

Washington

2.492

1

 

No obstante, teniendo en cuenta que para las Elecciones Nacionales del a�o 2018 se present� un bajo nivel de participaci�n en lo que se refiere a la votaci�n de los costarricenses en el extranjero, ya que de 31.864 electores empadronados s�lo votaron 4.431, lo que representa un 13.9% de participaci�n, porcentaje que incluso es m�s bajo en EUA, donde de las 22.384 personas empadronadas s�lo votaron 1.768 electores, es decir un 8% de participaci�n, la cual incluso es menor que la experimentada en las Elecciones Nacionales del a�o 2014, cuando en EUA se registr� un 11,9% de participaci�n, sea un 88.1% de abstencionismo, raz�n por la cual esta Direcci�n considera que salvo en el caso del consulado de Nueva York, donde a la fecha est�n empadronados 13.309 electores, por lo que se requerir�a instalar m�s de 10 JRV, raz�n por la cual ser�a recomendable enviar un m�ximo de 4 funcionarios (uno menos que en 2018), para el resto de consulados de ese pa�s nuestra propuesta ser�a enviar uno o dos funcionarios de este Tribunal, toda vez que de acuerdo con la experiencia de elecciones anteriores, consideramos que un funcionario puede atender la log�stica que involucra la instalaci�n y funcionamiento de hasta tres JRV, de ah� que teniendo en cuenta el par�metro aprobado por el Tribunal en cuanto a las juntas en el extranjero, en el sentido que podr�an inscribirse un m�ximo de hasta 1200 electores por junta, proponemos que se autorice designar para la atenci�n del voto en el extranjero, el env�o de un total de 11 funcionarios electorales, es decir 6 menos que en 2018, tal y como se detalla en el siguiente cuadro:

 

Pa�s

 

Consulado

Personas empadronadas

mayo 2021

Proyecci�n de JRV a

instalar

Funcionarios TSE

 

 

 

EEUU

Atlanta

3.479

3

1

Houston

2.617

3

1

Los �ngeles

 

4.916

5

2

Miami

5.134

5

2

New York

13.309

12

4

Washington

2.492

2

1

TOTAL

11

 

�Finalmente, con respecto a la transmisi�n de resultados electorales, lo recomendable es mantener el esquema utilizado en procesos anteriores, de manera que al cierre de la votaci�n los datos sean transmitidos por la persona responsable de esa labor � encargado de transmisi�n- directamente al Programa de Voto en el Extranjero, el cual tiene la responsabilidad de custodiar la informaci�n hasta las 6:00 p.m. hora de Costa Rica, momento en el que deber� trasladarla al Programa de Transmisi�n de Datos.

Con base en lo expuesto, esta Direcci�n se permite recomendar lo siguiente:

1. Establecer la jornada de votaci�n en el extranjero de las 9:00 a las 19:00 horas, seg�n el huso horario de cada consulado.

2. Autorizar el traslado de un m�ximo de 11 funcionarios electorales a los consulados de Costa Rica en EUA, de acuerdo con la distribuci�n mencionada anteriormente.

3. Que el programa [sic] de Voto en el Extranjero custodie el resultado de la transmisi�n de datos de los diferentes consulados hasta la hora de cierre de la votaci�n en Costa Rica, momento en el cual deber� trasladar esa informaci�n al Programa de Transmisi�n de Datos.

Con todo respeto le solicito elevar lo propuesto en el presente oficio a conocimiento del Tribunal Supremo de Elecciones.".

Se dispone:� Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.

B) Solicitud de excepcionalidad para tr�mite de compra. Del se�or H�ctor Fern�ndez Mas�s, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Pol�ticos, se conoce oficio n.� DGRE-502-2021 del 19 de julio de 2021, recibido el mismo d�a en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En atenci�n a la solicitud planteada por la Secci�n de Servicio al Cliente TI en oficio STCI-166-2021, el Departamento de Programas Electorales mediante oficio DPE-305- 2021 se�al� la necesidad de adquirir 70 kit de mantenimiento para las impresoras que utiliza el programa de Asesores Electorales, la cual fundament� en lo siguiente:

� Que la SCTI solicit� en su POA 2020 la sustituci�n por obsolescencia del modelo de impresora que utilizan los asesores electorales; sin embargo, debido a un recorte presupuestario, esta petici�n fue descartada.

� Que en el POA 2021 la SCTI no contempl� la adquisici�n de los kits de mantenimiento para las citadas impresoras, ya que para el momento de su elaboraci�n no se hab�an realizado las pruebas respectivas.

�� Una vez ejecutadas las pruebas, la SCTI consult� a la Proveedur�a sobre la disponibilidad de ese insumo y dicha dependencia manifest� que no se contaba con este art�culo dentro del inventario.

En virtud de lo expuesto y ante la urgente necesidad de poner en funcionamiento este equipo, que resulta indispensable para las labores de campo que realizan los asesores electorales, esta Direcci�n realizo el an�lisis respectivo para solventar la necesidad indicada. Es claro que al no haberse realizado la respectiva planificaci�n del mencionado insumo, se carece del contenido presupuestario en la subpartida correspondiente para su adquisici�n. Es por esta raz�n que resulta necesario acudir a los recursos dispuestos en el Fondo General de Elecciones, una vez acreditado que dicho insumo es de vital importancia para asegurar el buen funcionamiento de las impresoras a utilizar por los asesores electorales en su trabajo de campo; adem�s, se pudo determinar que la situaci�n comentada cumple con los requisitos establecidos para el uso de dicho Fondo.

En adici�n a lo anterior, es importante mencionar que en el a�o 2014 se realizaron reuniones con representantes de la Direcci�n General de Presupuesto Nacional y de la Tesorer�a Nacional del Ministerio de Hacienda, donde se lleg� a la conclusi�n (seg�n minuta sin n�mero del 22 de enero de 2014) que debido a que los recursos del Fondo General de Elecciones se encuentran ubicados dentro de una subpartida que no es de gasto sino de balance presupuestario, cuando el TSE tenga la necesidad de hacer uso de este mecanismo, debe primero evidenciar la indisponibilidad de recursos en la subpartida de gasto correspondiente y, segundo, que debido a los cronogramas de trabajo, no sea posible esperar a que se realice un planteamiento de movimiento de recursos mediante decreto Ejecutivo, a los efectos de que se autorice por excepci�n, ejecutar el gasto contra la subpartida 90202 Sumas con Destino Espec�fico sin Asignaci�n Presupuestaria, donde est� ubicado el citado Fondo.

De acuerdo con esas indicaciones y seg�n lo inicialmente manifestado, se ha logrado determinar que esta adquisici�n debe realizarse imputando directamente contra la subpartida donde se ubica el Fondo General de Elecciones, ya que no se cuenta con recursos en la subpartida de gasto que corresponde y la fecha del pr�ximo traslado de recursos no permitir�a contar en tiempo con este insumo.

Por otra parte, en vista que los sistemas SICOP y SIGAF no est�n parametrizados para poder afectar la subpartida 90202, no es posible realizar el tr�mite de compra mediante la plataforma de compras p�blicas (SICOP), es por ello por lo que se requiere de forma excepcional efectuar esta gesti�n a trav�s del mecanismo de compra por caja chica, aun cuando el monto que se requiere para la adquisici�n de los insumos de m�rito asciende a �10.633.808,50 (diez millones seiscientos treinta y tres mil ochocientos ocho colones con cincuenta c�ntimos), que es el valor de la cotizaci�n m�s baja aportada por la SCTI, el cual supera el l�mite de compras por caja chica autorizado para la Administraci�n, raz�n por la cual se requiere autorizaci�n expresa y excepcional del superior, para proceder de la forma indicada y solventar la referida necesidad, lo cual avala y recomienda esta Direcci�n.

Por consiguiente, con todo respeto le solicito elevar esta gesti�n a conocimiento y valoraci�n de las se�oras y los se�ores magistrados, con el fin de que, si estiman procedente avalar lo recomendado por esta Direcci�n, se sirvan aprobar este tr�mite de compra con recursos del Fondo General de Elecciones y mediante la caja chica institucional.".

Se dispone: En virtud de las razones expuestas por el se�or Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Pol�ticos, aprobar conforme lo solicita, sin emitir criterio respecto de los eventuales oferentes y precisando que los procedimientos que en consecuencia se ejecuten, quedan bajo responsabilidad de las instancias administrativas intervinientes en el proceso de contrataci�n. ACUERDO FIRME.

ART�CULO TERCERO. INFORMES DE FUNCIONARIOS DEL TRIBUNAL.

A) Informe de observaci�n internacional virtual del proceso electoral de Chile. De los se�ores Ileana Aguilar Olivares, Directora a. i. del Instituto de Formaci�n y Estudios en Democracia y H�ctor Fern�ndez Mas�s, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Pol�ticos, se conoce oficio n.� IFED-199-2021 del 20 de julio de 2021, recibido el mismo d�a en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual rinden informe de observaci�n del proceso electoral celebrado en la Rep�blica de Chile el pasado 18 de julio de 2021.

Se dispone: Tener por rendido el informe. ACUERDO FIRME.

ART�CULO CUARTO. ASUNTOS DE ADMINISTRACI�N DE PERSONAL.

A) Solicitud de licencia sin goce de salario de la funcionaria Keyla Alvarado Cantillano de la Secci�n de Infraestructura Tecnol�gica. De la se�ora Jocelyn Brown P�rez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.� RH-1299-2021 del 16 de julio de 2021, recibido el 19 de julio de 2021 en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, se remite para su valoraci�n, nota recibida en este despacho el pasado 14 de julio de 2021, suscrita por la se�ora Keyla Alvarado Cantillano, c�dula de identidad 109710939, destacada en la Secci�n de Infraestructura Tecnol�gica, mediante la cual solicita que se le conceda una licencia sin goce de salario por espacio de seis meses, dados los motivos que se sirve exponer, a partir del lunes 16 de agosto de los corrientes.

Es menester rescatar que la se�ora Alvarado Cantillano, labora para la instituci�n desde el 16 de octubre de 2018 de forma interina, actualmente ocupa la plaza n�mero 90223 denominada Administrador/a de Base de Datos, perteneciente a la clase Profesional Ejecutor 3 y durante su trayectoria laboral no ha solicitado una licencia como la que ahora pretende.

Esta solicitud podr�a encontrar su asidero, de forma supletoria, en lo dispuesto en el numeral 33 del Reglamento del Estatuto del Servicio Civil, inciso c del punto 5 el cual indica, con respecto a los permisos sin goce de salario: �Cuatro a�os, a instancia de cualquier instituci�n del Estado, o de otra Dependencia del Poder Ejecutivo, o cuando se trate del c�nyuge de un funcionario nombrado en el Servicio Exterior; o en los casos de los funcionarios nombrados en otros cargos p�blicos. El plazo anterior podr� ampliarse hasta por un per�odo igual, cuando subsistan las causas que motivaron la licencia original.�, toda vez que la se�ora Alvarado Cantillano adjunta oficio DAD-GFH-0195-2021, de fecha 13 de julio del 2021, suscrito por el se�or Ricardo Rodr�guez H., Director, Departamento Gesti�n del Factor Humano, DAD, instancia adscrita al Banco Central de Costa Rica, en el cual consta un nombramiento por tiempo definido, del 16 de agosto del 2021 al 31 de diciembre del 2021, a favor de la funcionaria interesada, sea Keyla Alvarado.

De aprobarse la presente solicitud, conforme es usual, trat�ndose de licencias sin goce de salario y realizado el estudio correspondiente a d�as de vacaciones pendientes de disfrute, se determin� que cuenta con 14 d�as vacacionales a su favor del periodo 2019-2020 y 13 d�as proporcionales del periodo 2020-2021, obteniendo derecho a las mismas el 1� de octubre de cada a�o. A pesar de lo anterior, la se�ora Alvarado Cantillano manifiesta en su solicitud que desea disfrutar 9 d�as de vacaciones, previo al inicio del permiso sin goce salarial, raz�n por la cual le quedar�an pendientes de disfrutar 5 d�as del periodo 2019-2020 y, a la fecha de inicio de la licencia pretendida, ser�a necesario sumarle 13 d�as de vacaciones proporcionales del periodo 2020-2021, ambos tienen como fecha de adquisici�n el 1� de octubre de cada a�o, para un total de 18 d�as vacacionales sin disfrutar, y por ello indica en su nota �(�) se me permita congelar las vacaciones que se me estar�n otorgando el pr�ximo primero de octubre.�, por cuanto ella considera que, del periodo 2019-2020, no le quedar�a saldo alguno con los nueve d�as que disfrutar�, siendo lo correcto 14 d�as sin disfrutar. Por ende, a los que adquiere derecho el pr�ximo mes de octubre, los cuales pide se le guarden -13 d�as en total- hay que adicionarle cinco d�as del periodo 2019-2020, para un total de 18 d�as a reservar, de conformidad con lo que pide la gestionante. A manera de resumen, ella deber�a, seg�n lo usual para estos casos, disfrutar en total 27 d�as de vacaciones, pero solicita el disfrute de 9 de ellos y la reserva de los que adquiere en octubre 2021. Sin embargo, a pesar de que sale de vacaciones previo a la licencia durante 9 d�as, estos son insuficientes para cancelar los pendientes de disfrute del periodo pasado. Raz�n por la cual, es necesario sumarlos -5 d�as- a los proporcionales que adquirir� el pr�ximo al 15 de agosto -13 d�as-, para un total de 18 d�as que ha solicitado sean congelados, es decir, que no tenga que disfrutar previo al inicio de la licencia sin goce de salario, y m�s bien, se le mantengan reservados en estos organismos electorales.

Sobre este asunto del �congelamiento de vacaciones�, puede presumirse que, al ser una licencia sin goce de salario, la gestionante retornar� a estos organismos electorales una vez que esta haya finalizado, sin embargo, del documento emitido por el Banco Central de Costa Rica, el nombramiento es �(�) por tiempo definido, del 16 de agosto del 2021 al 31 de diciembre del 2021 (�)�, lo cual hace pensar que su retorno deber�a ser, en tesis de principio, el 1� de enero de 2022. A pesar de ello, a la luz del plazo solicitado -6 meses- contados a partir del 16 de agosto de 2021, se denota su reincorporaci�n hasta el 16 de febrero de 2022, fecha que sobrepasa aquella hasta la cual desempe�ar�a labores en el Banco Central de Costa Rica. Cobra relevancia lo que ha sido expuesto, toda vez que, de no haber continuidad laboral a favor de la se�ora Alvarado Cantillano en esa instituci�n financiera p�blica, eventualmente habr�a soluci�n de su contrato de trabajo, y como producto de ello, la reserva vacacional pretendida perder�a raz�n de ser. Ante tal tesitura, considera este departamento viable, salvo superior criterio, sugerir las siguientes dos posibilidades:

a.- sujetar la licencia al plazo efectivo de nombramiento -16 de agosto de 2021 al 31 de diciembre de 2021- y, en caso de que este sea prorrogado, que la solicitante le plantee a la Magistratura Electoral la concesi�n de una ampliaci�n del permiso sin goce salarial por el plazo que el Banco Central de Costa Rica establezca; o bien;

b.- valorar el otorgamiento de los seis meses sin goce salarial -16 de agosto de 2021 al 15 de febrero de 2022-, y como consecuencia de ello, que el planteamiento de �congelar las vacaciones� sea analizado a la luz del criterio legal respectivo, pues existe incertidumbre de que la solicitante vuelva al Tribunal Supremo de Elecciones el 1� de enero de 2022, por ende, de no ser as�, se torna inexistente la continuidad laboral dentro del sector p�blico bajo un mismo patrono, como lo es el Estado. Producto de lo anterior, la reserva de d�as vacacionales ser�a, en esa eventualidad, infructuosa y se tornar�a en un rubro a reconocer monetariamente, lo que tambi�n suceder�a en caso de que ese ente financiero estatal no le reconozca vacaciones adquiridas en otras instituciones p�blicas.

Finalmente, puede apreciarse que la gesti�n cuenta con los vistos buenos del se�or Mario Pereira Granados, Jefe de la Secci�n de Infraestructura, de las se�oras Patricia Chac�n Jim�nez, jefa del Departamento de Tecnolog�as de Informaci�n y Comunicaciones y Xenia Pac�fica Guerrero Arias, Directora General de Estrategia Tecnol�gica.".

Se dispone: Pase al Departamento Legal para que, en el plazo de tres d�as h�biles, rinda informe al respecto. ACUERDO FIRME.

B) Nombramientos en propiedad en el Secretar�a General del TSE. Del se�or Erick Adri�n Guzm�n Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.� STSE-1609-2021 del 20 de julio de 2021, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Con fundamento en lo dispuesto en el art�culo 36 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios y lo expuesto en los oficios que se dir�, me permito proponer los siguientes nombramientos en propiedad seg�n se indica:

 

Funcionaria

Melissa Bagnarello Chaves

Puesto al� que se propone ascender

101884,

Profesional en Gesti�n 2, Profesional en Derecho 2, Secretar�a General del Tribunal.

Clases entre la actual y la propuesta

1

Fecha de rige propuesta

1.� de agosto de 2021

Oficio del Departamento de Recursos Humanos

RH-1321-2021 del 19 de julio de 2021

Oficio de la jefatura

STSE-1418-2021 del 28 de junio de 2021

 

Funcionaria

Ivannia Mar�a Romero Vindas

Puesto al� que se propone ascender

72873,

Profesional Ejecutor 3, Profesional en Derecho 1, Secretar�a General del Tribunal.

Clases entre la actual y la propuesta

2

Fecha de rige propuesta

1.� de agosto de 2021

Oficio del Departamento de Recursos Humanos

RH-1321-2021 del 19 de julio de 2021

Oficio de la jefatura

STSE-1418-2021 del 28 de junio de 2021

 

Funcionaria

Glenda Moreno Murillo

Puesto al� que se propone ascender

76584,

Profesional Asistente 2, Profesional Asistente en Derecho 2, Secretar�a General del Tribunal.

Clases entre la actual y la propuesta

5

Fecha de rige propuesta

1.� de agosto de 2021

Oficio del Departamento de Recursos Humanos

RH-1321-2021 del 19 de julio de 2021

Oficio de la jefatura

STSE-1418-2021 del 28 de junio de 2021

 

Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: Nombrar conforme se propone en cada caso. ACUERDO FIRME.

C) Encargo de funciones de la se�ora Jefa del Departamento de Programas Electorales. Del se�or Erick Adri�n Guzm�n Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.� STSE-1619-2021 del 20 de julio de 2021, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En atenci�n a lo solicitado por la respectiva jefatura y previo an�lisis de los requisitos y condiciones, me permito proponer la aprobaci�n del encargo de funciones que se detalla a continuaci�n:

Unidad Administrativa

Titular

Sustituye

Per�odo

Tipo

Departamento de Programas Electorales

Alejandra Peraza Retana

Jeffrey Solano G�mez

27 de julio y 3 y 4 de agosto de 2021

Encargo de funciones

 

Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del d�a. 2.- Aprobar el encargo de funciones conforme se propone. ACUERDO FIRME.

D) Aclaraci�n sobre modificaciones para 2 puestos en la RP-2022 para incluir en resoluci�n de puestos. Del se�or Franklin Mora Gonz�lez, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.� DE-1761-2021 del 22 de julio de 2021, recibido el mismo d�a en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual mediante el cual literalmente manifiesta:

"En sesi�n ordinaria n.� 58-2021 del 8 de julio de 2021, comunicada en oficio n.� STSE-1533-2021 de misma fecha, con base en lo expuesto en oficio DE-1602-2021 del 5 de julio de 2021, el Superior aprob� la confecci�n de la resoluci�n para 129 puestos de cargos fijos y servicios especiales, los cuales presentaban modificaciones aplicadas en la Relaci�n de Puestos (RP) para el per�odo 2022, correspondientes al traslado de 100 de ellos de la modalidad de servicios especiales a cargos fijos y de 29 que sufrieron cambios previamente aprobados por las instancias respectivas, todos con fecha rige 1� de enero de 2022.

�Al respecto, como parte de los 29 puestos, se incluy� la plaza n.� 45534, para la cual en la RP-2022, con base en la resoluci�n 0065-STSE-2020 se aplic� el traslado de la plaza a la Secci�n del Archivo del Registro Civil (ARC), as� como el cambio de categor�a con base en los resultados derivados del Informe T�cnico MRC-12 Estudio Administrativo Integral en el Archivo del Registro Civil, aprobado por el Superior.

No obstante, posterior al cierre de la RP-2022, en acuerdo adoptado por el Tribunal en sesi�n ordinaria n.�42-2021 del 20 de mayo de 2021, comunicada en oficio n.� STSE-1082-2021 de misma fecha, la plaza n.� 45534 se mantuvo en la Contadur�a y la n.� 97757 se ubic� en el ARC, sin embargo, por los plazos de la elaboraci�n y presentaci�n del Anteproyecto de Presupuesto 2022 ante la autoridad hacendaria, el cambio no se aplic�, resultando oportuno este momento para incluir dichas modificaciones en la resoluci�n que se encuentra preparando el Departamento de Recursos Humanos (DRH) para remitir al Ministerio de Hacienda.

Por lo expuesto, si a bien lo tiene el Superior, en la resoluci�n que est� preparando el citado departamento, se requiere que, para la plaza n.�45534 solo se consigne el traslado al Departamento de Contadur�a (Res. DGRA-0096-2021), asimismo, se solicita aprobar la inclusi�n del puesto n.� 97577 para que se consigne su traslado a la Secci�n del Archivo del Registro Civil (Res. DGRA-0096-2021) y la modificaci�n de su clase (Resoluci�n n.� 2287-P-2021), con base en las resoluciones emitidas por el Tribunal, seg�n se detalla en el siguiente cuadro:

N� de Puesto

Sub

Programa

�� Nombre de Clase

 

Ubicaci�n

Referencia

45534

850-01

ASISTENTE ADMINISTRATIVO 1

 

CONTADUR�A

Resoluci�n n.� DGRA-0096-2021, oficio n.� STSE-1082-2021 del 20 de mayo de 2021.

97577

850-01

ASISTENTE FUNCIONAL 2

 

SECCI�N DE ARCHIVO

Resoluci�n n.� DGRA-0096-2021, oficio n.� STSE-1082-202 del 20 de mayo de 2021.� Resoluci�n n.� 2287-P-2021 del 27 de abril de 2021."

 

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del d�a. 2.- Aprobar conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

E) Disfrute del feriado del 2 de agosto de 2021. Se dispone: Establecer que el disfrute del feriado correspondiente al 2 de agosto de 2021 corresponder� a todos los funcionarios de estos organismos electorales, exceptuando a los de la Oficina de Seguridad Integral necesarios para resguardar los bienes e instalaciones de estos organismos y a los que, a criterio del Secretario General de este Tribunal y de los dem�s Directores institucionales, deban prestar servicios en tal fecha. Proceda con la debida divulgaci�n el Departamento de Comunicaciones y Relaciones P�blicas. ACUERDO FIRME.

ART�CULO QUINTO. ASUNTOS DEL PADR�N NACIONAL ELECTORAL.

A) Informe de la sumaria de actualizaci�n al Padr�n Nacional Electoral a junio de 2021. Del se�or Nicol�s Prado Hidalgo, Contralor Electoral, se conoce oficio n.� CE-311-2021 del 19 de julio de 2021, recibido el mismo d�a en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para los fines de lo dispuesto en el art�culo 18 de la Ley Org�nica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil y para que se sirva elevarlo al Superior, me permito informar que por medio de oficio n.� PE-113-2021, el se�or Carlos Arguedas Rojas, Jefe de la Secci�n de Padr�n Electoral, remiti� a esta Contralor�a los archivos con el resumen de las actualizaciones al Padr�n Nacional Electoral, correspondiente al mes de junio de 2021, seg�n el siguiente detalle:

PADR�N NACIONAL ELECTORAL

TOTAL PADR�N NACIONAL ELECTORAL MAYO 2021

3.522.005

TOTAL INCLUSIONES

6.741

TOTAL EXCLUSIONES

2.445

VARIACI�N NETA

4.296

PADR�N NACIONAL ELECTORAL MARZO 2021

3.526.301

ELECTORES EN EL EXTRANJERO

47.056

TOTAL DE ELECTORES INSCRITOS EN EL PA�S

3.479.245

 

Dichas cifras, en atenci�n al desglose mensual de los movimientos que se detallan en el documento adjunto, se cotejaron con los datos del SINCE, los generados por las Secciones de An�lisis y Control y de Padr�n Electoral, as� como con los informes diarios extra�dos del SICI sobre la producci�n diaria del centro de impresi�n de la Secci�n de C�dulas.

Adem�s, esa informaci�n se corrobor� con lo dispuesto en el oficio n.� DGRC-0471-2021, suscrito por el se�or Luis Antonio Bola�os Bola�os, Director General del Registro Civil, el cual fue conocido por el Tribunal Supremo de Elecciones en el art�culo tercero de la sesi�n ordinaria n.� 60-2021, celebrada el 15 de julio de 2021, cuya verificaci�n result� satisfactoria.".

Se dispone: Tener por rendido el informe; contin�ese informando sobre el particular. ACUERDO FIRME.

ART�CULO SEXTO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A) Informe sobre convenio con el Banco Central de Costa Rica, Verificaci�n de Identidad (VID) y Certificaciones Digitales (CDI). Del se�or Franklin Mora Gonz�lez, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.� DE-1734-2021 del 19 de julio de 2021, recibido el mismo d�a en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual rinde informe sobre el seguimiento e informaci�n de los recursos derivados del convenio entre el Banco Central de Costa Rica y este Tribunal, relativo al acceso de datos de im�genes de los ciudadanos costarricenses, as� como de los servicios de Certificaciones Digitales (CDI) y Verificaci�n de Identidad (VDI) y con fundamento en una serie de consideraciones, literalmente concluye:

"III. Conclusiones

1. En forma acumulada, al mes de junio de 2021 el servicio del convenio BCCR-TSE (SINPE) ha generado un total de ingresos por ₡5.734.493.373,00, el Servicio de Verificaci�n de Identidad (VID) ha recaudado ₡439.504.363,04 y el servicio de Certificaciones Digitales (CDI), ₡892.870.123,27.

2. A ra�z de la emergencia sanitaria que vive actualmente el pa�s, el TSE acuerda en la sesi�n extraordinaria n�31, del 23 de marzo de 2020, en su art�culo �nico, ��Que a partir del d�a martes 24 de marzo y hasta el viernes 27 de marzo de 2020, �nicamente se brinde, como servicio de atenci�n presencial a nuestros usuarios, el de solicitud y expedici�n de c�dulas de identidad. Se mantendr� ininterrumpidamente la emisi�n de certificaciones digitales y toda otra facilidad o tr�mite disponible a trav�s de nuestra plataforma tecnol�gica��, por lo cual, el servicio de certificaciones f�sicas en la sede central, como en las oficinas regionales se suspendi�, dejando �nicamente las certificaciones digitales como opci�n para las personas usuarias, lo que refleja el aumento a partir de esta fecha, en los ingresos obtenidos por este servicio.

Dicho incremento fue de un 238% para el a�o 2020, confrontado con lo recaudado en el a�o 2019, y el incremento durante los primeros seis meses de este a�o 2021, en comparaci�n con los seis primeros meses del 2020, refleja un incremento de un 215%.".

Se dispone: Tener por rendido el informe correspondiente. H�gase del conocimiento del Consejo de Directores. ACUERDO FIRME.

ART�CULO S�TIMO. ASUNTOS DE ORGANISMOS ELECTORALES INTERNACIONALES.

A) Invitaci�n para presenciar la Consulta Popular en M�xico. De la Coordinaci�n de Asuntos Internacionales del Instituto Nacional Electoral de M�xico, se conoce correo electr�nico recibido el 20 de julio de 2021 en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"El domingo 1 de agosto pr�ximo tendr� lugar una Consulta Popular en M�xico mediante la cual el electorado tendr� la oportunidad de manifestarse a favor o en contra de la siguiente pregunta:

�Est�s de acuerdo o no en que se lleven a cabo las acciones pertinentes con apego al marco constitucional y legal, para emprender un proceso de esclarecimiento de las decisiones pol�ticas tomadas en los a�os pasados por los actores pol�ticos, encaminado a garantizar la justicia y los derechos de las posibles v�ctimas?

Al respecto, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, tomando como referencia el calendario aprobado por las instancias legislativas, inici� el pasado jueves 15 los mecanismos de promoci�n correspondiente; incluyendo la aprobaci�n de la Convocatoria dirigida a la comunidad interesada en acreditarse como visitante extranjero a fin de presenciar y acompa�ar el desarrollo de este ejercicio de participaci�n ciudadana.

Dicha Convocatoria establece que cualquier persona con nacionalidad diferente a la mexicana, puede presentar su solicitud en calidad de visitante extranjero para presenciar el desarrollo de la Consulta Popular. Tanto la Convocatoria como la solicitud de acreditaci�n, as� como la informaci�n sobre el tr�mite correspondiente est� disponible en https://ine.mx/consulta-popular-visitantes-extranjeros/

El plazo para solicitar la acreditaci�n vence el lunes 26 de julio. [�]".

Se dispone: Para su atenci�n, pase a las direcciones generales del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Pol�ticos y del Instituto de Formaci�n y Estudios en Democracia. ACUERDO FIRME.

ART�CULO OCTAVO. ASUNTOS DEL CONSEJO DE DIRECTORES.

A) Estudio administrativo para el traslado y transformaci�n de puestos para la Secci�n de Ingenier�a de Software. De la se�ora Karla Duarte Azofeifa, Profesional Asistente en Derecho 2 de la Secretar�a General de este Tribunal, se conoce oficio n.� CDIR-0302-2021 del 20 de julio de 2021, recibido el d�a siguiente en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Se comunica el acuerdo adoptado en el art�culo segundo de la sesi�n ordinaria n.� 34-2021, celebrada el 20 de julio de 2021 por el Consejo de Directores, integrado por los se�ores Erick Adri�n Guzm�n Vargas, Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones �quien preside�; Luis Antonio Bola�os Bola�os, Director General del Registro Civil; Franklin Mora Gonz�lez, Director Ejecutivo; H�ctor Enrique Fern�ndez Mas�s, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Pol�ticos; Ileana Cristina Aguilar Olivares, Directora General a. i. del Instituto de Formaci�n y Estudios en Democracia y Xenia Guerrero Arias, Directora General de Estrategia Tecnol�gica, que dice:

�Del se�or Franklin Mora Gonz�lez, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.� DE-1743-2021 del 20 de julio de 2021, recibido el mismo d�a en la Coordinaci�n de este Consejo, mediante el cual remite estudio administrativo para el traslado y transformaci�n de los puestos n.� 72869, 353438 y 45734 para fortalecer la gesti�n de la Secci�n de Ingenier�a de Software y con fundamento en una serie de consideraciones literalmente recomienda:

"7 Recomendaciones

7.1�� Que se transformen los puestos 72869, 353438 y 45734, de manera que pase de su clasificaci�n actual Asistente Administrativo 1, Oficinista 1, a la clase Profesional Ejecutor 3, puesto Profesional en Tecnolog�as de Informaci�n 2, lo que cuenta con el criterio t�cnico del Departamento de Recursos Humanos, y a lo que se le dar�a contenido presupuestario con cargo al disponible de la coletilla 180 de la subpartida 00101 �Sueldos para cargos fijos� del subprograma 850-02.

7.2�� Que la Secretar�a General del Tribunal Supremo de Elecciones y el Departamento de Recursos Humanos, preparen el proyecto de redacci�n de la resoluci�n respectiva, para que se remita a la Direcci�n General de Presupuesto Nacional, a efecto de que a esta modificaci�n se le d� contenido econ�mico, de manera que pueda regir a partir del 16 de agosto de 2021.

7.3�� Que se trasladen las plazas 72869, 353438 y 45734 a la Secci�n de Ingenier�a de Software.

7.4�� Que la jefatura de la Secci�n de Ingenier�a de Software se asegure de que las personas que se lleguen a proponer para ocupar en propiedad los puestos de Profesional en Tecnolog�as de Informaci�n 2, cumplan con los requisitos establecidos en el Manual Descriptivo de Clases de Puestos.

7.5�� Que el Departamento de Recursos Humanos incluya el seguimiento ocupacional de los puestos 72869, 353438 y 45734, dentro de la programaci�n respectiva, con el prop�sito de verificar que efectivamente se est�n ejecutando las labores que motivaron su transformaci�n.

7.6�� Que la Direcci�n Ejecutiva, tome nota para los efectos de la actualizaci�n de la Relaci�n de Puestos.".

Se dispone. [sic] 1.- Incorporar al orden del d�a. 2.- Elevar a consideraci�n del Superior con la recomendaci�n de aprobar. ACUERDO FIRME.�".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del d�a. 2.- Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.

ART�CULO NOVENO. ASUNTOS EXTERNOS.

A) Consulta legislativa del proyecto de "REFORMA INTEGRAL A LA LEY DE PROTECCI�N DE LA PERSONA FRENTE AL TRATAMIENTO DE SUS DATOS PERSONALES", expediente n.� 22.388. De la se�ora Nancy V�lchez Obando, Jefe de �rea de la Sala de Comisiones Legislativas V de la Comisi�n de Asuntos Econ�micos de la Asamblea Legislativa, se conoce nuevamente el oficio n.� AL-CPOECO-1122-2021 del 13 de julio de 2021, recibido el mismo d�a en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para lo que corresponda y con instrucciones de la se�ora diputada Ana Karine Ni�o Guti�rrez, Presidenta de la Comisi�n Permanente Ordinaria de Asuntos Econ�micos, le consulto el criterio de esa instituci�n, sobre el texto del expediente 22388, REFORMA INTEGRAL A LA LEY DE PROTECCI�N DE LA PERSONA FRENTE AL TRATAMIENTO DE SUS DATOS PERSONALES, el cual se adjunta.

Se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho d�as h�biles y, de ser posible, enviar tambi�n el criterio de forma digital. [�]".

Se dispone: Contestar la consulta formulada, en los siguientes t�rminos:

I. Consideraciones preliminares.������

El ordinal 97 de la Carta Fundamental dispone, en forma preceptiva, que trat�ndose de la �discusi�n y aprobaci�n de proyectos de ley relativos a la materia electoral� la Asamblea Legislativa deber� consultar al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) su criterio en torno a la iniciativa formulada y que, para apartarse de esa opini�n, �se necesitar� el voto de las dos terceras partes del total de sus miembros�. Sin embargo, en los seis meses previos y cuatro posteriores a una elecci�n popular, solo se podr�n convertir en ley aquellos proyectos en los que este Tribunal estuviere de acuerdo.

Como parte del desarrollo normativo de la disposici�n constitucional de cita, el inciso n) del art�culo 12 del C�digo Electoral establece, como funci�n propia de esta Autoridad Electoral, evacuar las consultas que la Asamblea Legislativa realice al amparo de esa norma de orden constitucional.

A partir de la integraci�n del ordenamiento jur�dico conforme al Derecho de la Constituci�n y, concretamente, en punto a la interpretaci�n de lo que debe considerarse �materia electoral�, este �rgano Constitucional ha entendido que los �actos relativos al sufragio� no solo comprenden los propios de la emisi�n del voto, sino todos aquellos descritos en la propia Constituci�n o en las leyes electorales y que, directa o indirectamente se relacionen con los procesos� electorales, electivos o consultivos, cuya organizaci�n, direcci�n y vigilancia ha sido confiada a este Pleno, a partir de la armonizaci�n de los art�culos 9, 99 y 102 de la Norma Suprema.

II. Objeto del proyecto.

Puntualmente, el referido proyecto procura reformar de manera integral la Ley n.� 8968, Ley de Protecci�n de la Persona frente al tratamiento de sus Datos Personales, con el objetivo de garantizar a cualquier persona, independientemente de su nacionalidad, residencia o domicilio, el respeto a su derecho a la autodeterminaci�n informativa en relaci�n con su vida o actividad privada y dem�s derechos de la personalidad, as� como la defensa de su autonom�a personal con respecto al tratamiento automatizado o manual de los datos correspondientes a su persona.

III. Sobre el proyecto.

Se somete a consulta de este Tribunal el proyecto de ley tramitado en expediente legislativo n�mero 22.388, �REFORMA INTEGRAL A LA LEY DE PROTECCI�N DE LA PERSONA FRENTE AL TRATAMIENTO DE SUS DATOS PERSONALES�.

Del examen de la propuesta consultada no se advierte que esta contenga disposici�n alguna relacionada con la materia electoral, que haga referencia o pretenda regular en ning�n modo actos relativos al sufragio o disposiciones que directa o indirectamente modifiquen, menoscaben o incidan en las competencias constitucionalmente asignadas a este Tribunal y sobre la cual deba emitir su criterio, en los t�rminos establecidos en los art�culos 97 constitucional y 12 del C�digo Electoral.

No obstante, lo anterior, para este Tribunal, como �rgano integrante de la Administraci�n, entendiendo que el objeto de la propuesta legislativa es la protecci�n de las personas frente al tratamiento de sus datos personales, no existe objeci�n u observaci�n alguna que hacer al texto consultado.

IV. Conclusi�n.

Con base en lo expuesto, este Tribunal no objeta la iniciativa legislativa consultada. ACUERDO FIRME.

A las doce horas termin� la sesi�n.

 

 

 

Luis Antonio Sobrado Gonz�lez

 

 

 

 

Eugenia Mar�a Zamora Chavarr�a

 

 

 

 

Max Alberto Esquivel Faerron

 

 

 

 

Luz de los �ngeles Retana Chinchilla

 

 

 

 

Hugo Ernesto Picado Le�n