ACTA N.� 63-2021

 

 

Sesi�n ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas del veintisiete de julio de dos mil veintiuno, con asistencia de los se�ores Magistrados Luis Antonio Sobrado Gonz�lez �quien preside�, Eugenia Mar�a Zamora Chavarr�a, Max Alberto Esquivel Faerron, Luz de los �ngeles Retana Chinchilla y Hugo Ernesto Picado Le�n.

 

ART�CULO PRIMERO. APROBACI�N DE ACTAS ANTERIORES.

A) Se ley� y aprob� el acta de la sesi�n ordinaria inmediata anterior.

ART�CULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACI�N DE PERSONAL.

A) Variaci�n de escala salarial a puesto incluido en RP 2021. Del se�or Franklin Mora Gonz�lez, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.� DE-1759-2021 del 21 de julio de 2021, recibido el d�a siguiente en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual rinde informe sobre la solicitud del Instituto en Formaci�n y Estudios en Democracia (IFED) para contar con un puesto de nivel profesional, denominado Profesional del Instituto en Formaci�n y Estudios en Democracia y con fundamento en una serie de consideraciones, literalmente recomienda:

"Derivado de lo expuesto se solicita, si a bien lo tiene el Superior, emitir la resoluci�n respectiva dirigida a la Direcci�n General de Presupuesto Nacional para que, en la Relaci�n de Puestos del Tribunal Supremo de Elecciones del a�o 2021, se modifique la plaza seg�n se detalla en el siguiente cuadro:

N.� de
PLAZA

CLASE ACTUAL

N.� de
�CLASE

ESCALA
SALARIAL

PUESTO ACTUAL

CLASE PRETENDIDA

N� de
CLASE

ESCALA
SALARIAL

CONDICI�N PRESUPUESTARIA (Nivel 1, Subprograma 850-02)

CONDICI�N PRESUPUESTARIA (Nivel 2, Subprograma 850-02)

368749

ASISTENTE ADMINISTRATIVO 1

1208

3889

Oficinista 1

PROFESIONAL EJECUTOR 3

11555

7289

91

33

 

Por �ltimo, es menester mencionar que el rige deber� ser a partir del 1 de noviembre de 2021, para lo cual, en la cuarta modificaci�n presupuestaria ordinaria se incluir�n los recursos necesarios para la coletilla 180 �Para dar financiamiento a resoluciones de reasignaciones, asignaciones y reajuste de salarios ��, la cual se remitir� al Ministerio de Hacienda el 6 de setiembre de 2021, asimismo, esta Direcci�n efectuar� los ajustes respectivos en la Relaci�n de Puestos 2022.".

Se dispone: Tener por rendido el informe cuyas conclusiones y recomendaciones se acogen. ACUERDO FIRME.

B) Solicitud de licencia con goce de salario para la se�ora Yency Corrales Montero de la Secci�n de Ingenier�a y Arquitectura. De la se�ora Jocelyn Brown P�rez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.� RH-1363-2021 del 23 de julio de 2021, recibido el mismo d�a en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

�"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, se remite a consideraci�n el oficio IA-0517-2021, recibido en este despacho el d�a 22 del corriente, al que viene adjunto el memorial FCB-346-07-2021, suscrito por la Secretaria General de la Federaci�n Costarricense de Balonmano, se�ora Sandra Paz Rodr�guez, mediante el cual comunica la participaci�n de la servidora Yency Corrales Montero, c�dula n�mero 117850898, quien forma parte de la Selecci�n Mayor Femenina de Balonmano, en el campeonato Centroamericano Senior, clasificatorio al Sur Centro Am�rica Balonmano de 2021 a realizarse en la Rep�blica de El Salvador.

Concerniente al tiempo de licencia con goce de salario requerido a favor de la servidora Corrales Montero, �ste abarcar�a un periodo de siete d�as- del 03 de agosto al 09 de agosto del a�o en curso- considerando las fechas de traslado para tal evento. En tal sentido, es menester rescatar que la se�orita Yency Corrales Montero, labora para la instituci�n desde el pasado 1� de julio de 2021 en la Secci�n de Ingenier�a y Arquitectura, en la plaza 378476, como T�cnica en Mantenimiento Electoral, perteneciente a la clase T�cnico Funcional 1-SU-.

Ahora bien, con respecto al sustento normativo para tener acceso a este tipo de permisos, se desprende del memorial suscrito por la se�ora Paz Rodr�guez, que este encuentra asidero en el articulado que contiene la Ley de Creaci�n del Instituto Costarricense del Deporte y la Recreaci�n, Ley No. 7800, emitida el 30 de abril de 1998, que faculta a las entidades p�blicas a otorgar permiso oficial para representaciones nacionales, lo cual tambi�n est� sustentado en el Decreto n�mero 31738-MCJD, publicado en la Gaceta No. 74 del 16 de abril de 2004. Los numerales espec�ficos indican

�ART�CULO 36.- Los funcionarios p�blicos o estudiantes regulares de cualquier nivel del sistema educativo, que sean convocados a una selecci�n nacional o para representar a Costa Rica en una competencia deportiva internacional, tendr�n derecho a disfrutar de permiso para entrenar, desplazarse y permanecer en concentraci�n de conformidad con el reglamento de la presente ley.� �Por su parte, el art�culo 37 estipula que �El goce de permiso no afectar� la continuidad de la relaci�n de trabajo, empleo o escolaridad, seg�n el caso, y las personas o entidades respectivas est�n obligadas a otorgarlos. Dichos permisos no podr�n exceder de noventa d�as naturales en un lapso de un a�o.�.� Unido a lo anterior, refiere la se�ora Paz Rodr�guez que, en Decreto N� 31738-MCJD, se adicion� un art�culo 36 bis al Reglamento General a la Ley N� 7800, Decreto Ejecutivo N� 28922-C del 18 de agosto del 2000, publicado en La Gaceta N� 183 del 22 de setiembre del 2000, cuyo texto expresa lo siguiente: �Art�culo 36 bis.�Los permisos de trabajo a que tienen derecho los funcionarios p�blicos que sean convocados a una selecci�n nacional o para representar a Costa Rica en una competencia deportiva internacional, en las condiciones establecidas en los art�culos 36 y 37 de la Ley N� 7800, ser�n invariablemente con goce de salario�.

Finalmente, puede apreciarse que la gesti�n cuenta con el visto bueno del se�or Tito Jos� Contreras Alvarado, jefe de la Secci�n de Ingenier�a y Arquitectura.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del d�a. 2.- Conceder la licencia conforme lo indica el Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.

ART�CULO TERCERO. ASUNTOS DE ADMINISTRACI�N ELECTORAL.

A) Propuesta de reforma al Reglamento sobre el Financiamiento de los Partidos Pol�ticos. De los se�ores H�ctor Enrique Fern�ndez Mas�s, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Pol�ticos y Vinicio Mora Mora, Subjefe del Departamento Legal, se conoce oficio n.� DGRE-511-2021 del 20 de julio de 2021, recibido el d�a siguiente en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiestan:

"En atenci�n al acuerdo adoptado por el Tribunal Supremo de Elecciones en el art�culo quinto de la sesi�n ordinaria n.� 100-2020, celebrada el 13 de octubre de 2020 por el Tribunal Supremo de Elecciones, mediante el cual solicita a la Direcci�n General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Pol�ticos en conjunto con el Departamento Legal la remisi�n de una propuesta de reforma Reglamento sobre el Financiamiento de los Partidos Pol�ticos (Decreto del Tribunal Supremo de Elecciones n.� 17-2009 del 15 de octubre de 2009), nos permitimos informar:

Como es de su conocimiento, recientes reformas legales e interpretaciones efectuadas por la Administraci�n Tributaria, han evidenciado la necesidad de actualizar el citado cuerpo reglamentario, a efectos de adecuar sus contenidos a esta nueva realidad normativa, raz�n por la cual, en la sesi�n supra mencionada, seg�n fuere comunicado mediante oficio n.� STSE-1982-2020 de esa misma fecha, el Superior aprob� las conclusiones remitidas por esta Direcci�n General en su oficio n.� DGRE-717-2020 del 8 de octubre de 2020, en cuyo informe se recomend�, entre otros aspectos, reformar el art�culo 20 del Reglamento aludido, en aras de incorporar en dicho numeral el criterio vertido por la Direcci�n General de Tributaci�n en su oficio n.� DGT-1158-2020 del 24 de setiembre de 2020.

Por otra parte, cabe mencionar que el 28 de noviembre de 2019, en el alcance 267 a La Gaceta 228, fue publicada la Ley n.� 9755, �Reforma del art�culo 135 de la ley n.� 8765, C�digo Electoral, de 19 de agosto de 2009� -que elimina la obligaci�n partidaria de mandar a publicar en el mes de octubre de cada a�o y en un medio de circulaci�n nacional sus estados financieros auditados, as� como una lista sobre sus contribuciones, donaciones y aportes-, lo cual tambi�n hace necesario enmendar el citado reglamento.

A la luz de lo anterior, los suscritos -previa coordinaci�n con el Departamento de Financiamiento de Partidos Pol�ticos- nos permitimos someter a valoraci�n del m�ximo �rgano Electoral para lo que estime conveniente, la propuesta de reforma al numeral 20 del Reglamento sobre el Financiamiento de Partidos Pol�ticos, con el objeto de dar cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal en su sesi�n ordinaria n.�100-2020. No obstante, tambi�n estimamos oportuno proponer la reforma al art�culo 81 del mismo reglamento, con el fin de aprovechar la oportunidad para ajustar dicho texto normativo de acuerdo a la reforma introducida al art�culo 135 del C�digo Electoral.".

Se dispone:� Tener por rendido el informe. Promulgar el decreto que interesa, cuya publicaci�n se ordena, de conformidad con el siguiente texto:

"N.� XXXX-2021

EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

Con fundamento en los art�culos 102 inciso 10) de la Constituci�n Pol�tica y 12 inciso i) del C�digo Electoral y,

CONSIDERANDO

1.- Que, en virtud de la promulgaci�n de la Ley 9755, se reform� el art�culo 135 del C�digo Electoral, elimin�ndose la obligaci�n partidaria de publicar en el mes de octubre de cada a�o y en un medio de circulaci�n nacional sus estados financieros auditados, as� como una lista sobre sus contribuciones, donaciones y aportes.

2.- Que, mediante oficio n.� DGT-1158-2020 del 24 de setiembre de 2020, la Direcci�n General de Tributaci�n Directa estableci� que los bonos de contribuci�n del Estado a los partidos pol�ticos no est�n exentos al cobro del impuesto sobre rentas y ganancias de capital, por lo que la Tesorer�a Nacional est� obligada a retener el importe correspondiente sobre los rendimientos que pague o acredite a favor de los titulares de tales bonos.

3.- Que considerando la trascendencia de ese pronunciamiento reviste para los titulares futuros de los bonos de contribuci�n estatal a los partidos pol�ticos -en aras de resguardar su seguridad jur�dica- se hace necesario reformar el Reglamento sobre el Financiamiento de los Partidos Pol�ticos, a fin de ajustar su contenido al criterio vertido por la Administraci�n Tributaria en el oficio referido.

DECRETA

La siguiente

REFORMA DE LOS ART�CULOS 20 Y 81 DEL REGLAMENTO SOBRE EL FINANCIAMIENTO DE LOS PARTIDOS POL�TICOS, DECRETO N.� 17-2009, PUBLICADO EN �LA GACETA� N.� 2010 DEL 29 DE OCTUBRE DE 2009

ART�CULO 1.- Ref�rmese el texto del art�culo 20 del Reglamento sobre el Financiamiento de los Partidos Pol�ticos, para que se lea de la siguiente manera:

�Art�culo 20.- Custodia de Bonos

El Ministerio de Hacienda remitir� al Banco Central los "Bonos de contribuci�n del Estado a los partidos pol�ticos" para su custodia y, como respaldo de aqu�llos, entregar�, a quienes corresponda, t�tulos Tasa B�sica a dos a�os plazo, en las condiciones de rendimiento que indica el art�culo anterior, los cuales ser�n inembargables, contar�n con garant�a plena del Estado y estar�n exentos de impuestos, as� como sus intereses; exenci�n que deber� entenderse respecto de los tributos a los que hubieren estado sujetos al 2 de setiembre de 2009, conforme a las reglas contenidas en los art�culos 109 del C�digo Electoral y 63 del C�digo de Normas y Procedimientos Tributarios. Respecto a los bonos emitidos con posterioridad a esa fecha, estos estar�n gravados con el impuesto sobre rentas y ganancias de capital, correspondiendo a la Tesorer�a Nacional retener el importe correspondiente sobre los rendimientos que pague o acredite a favor de los titulares de tales bonos.�.

ART�CULO 2.- Ref�rmese el texto del art�culo 81 del Reglamento sobre el Financiamiento de los Partidos Pol�ticos, para que se lea de la siguiente manera:

�Art�culo 81.- Registro de aportes a los partidos pol�ticos y su publicaci�n

Los tesoreros de los partidos pol�ticos deber�n llevar un registro individual, en forma cronol�gica, de los contribuyentes, en el que se consignen los nombres, apellidos, n�mero de c�dula y monto de los aportes realizados por cada persona f�sica nacional.

En los t�rminos del art�culo 135 del C�digo Electoral, la lista de contribuyentes, el monto total aportado por cada uno de ellos y los estados auditados de las finanzas partidarias se deber�n remitir al Departamento de Financiamiento de Partidos Pol�ticos en el mes de octubre de cada a�o, para su publicaci�n en el sitio web institucional.

Corresponder� a dicho Departamento pronunciarse sobre el cumplimiento de los requisitos formales que debe incorporar la informaci�n suministrada por las agrupaciones pol�ticas, de previo a su publicaci�n en el sitio web institucional. De ser necesario, podr� requerir a las autoridades partidarias, o al profesional responsable, las aclaraciones y correcciones t�cnicas que procedan.

En caso de omitir la remisi�n conforme de las listas de contribuyentes, el monto total aportado por cada uno de ellos y los estados auditados de las finanzas partidarias, no se girar� a las agrupaciones pol�ticas monto alguno de lo que pudiere corresponderles por contribuci�n estatal, incluyendo lo relativo al financiamiento adelantado, hasta tanto no cumplan con la referida remisi�n satisfactoria del estado de sus finanzas y las listas de sus contribuyentes.�.

ART�CULO 3.- Rige a partir de su publicaci�n en el Diario Oficial.". ACUERDO FIRME.

ART�CULO CUARTO. ASUNTOS DE ORGANIZACIONES GREMIALES DEL TRIBUNAL.

A) Respuesta a audiencia concedida en relaci�n con el Informe sobre requisito de experiencia de puestos ubicados en las clases T�cnico Funcional 1 y 2. Del se�or Jeffrey Salazar Montero, Secretario General Adjunto del Sindicato de Empleados del Tribunal Supremo de Elecciones (SETSE), se conoce oficio n.� SETSE-038-2021 del 15 de julio de 2021, recibido el mismo d�a en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual atiende la audiencia conferida en el art�culo tercero de la sesi�n ordinaria n.� 57-2021, celebrada el 6 de julio de 2021, en relaci�n con el informe sobre requisito de experiencia de puestos ubicados en las clases T�cnico Funcional 1 y 2.

Se dispone: 1.- Tener por contestada la audiencia por parte del SETSE, no as� por parte de la UNEC. 2.- Tener por rendido el informe de la Direcci�n Ejecutiva, el cual se acoge. 3.- Pasen las inquietudes planteadas por el SETSE a la Direcci�n Ejecutiva para su oportuna atenci�n. ACUERDO FIRME.

B) Autorizaci�n para participar de la Asamblea General Ordinaria. De la se�ora Jeimy Gonz�lez Ard�n, Gerente de la Asociaci�n Solidarista del Tribunal Supremo de Elecciones (ASOTSE), se conoce oficio n.� ASOTSE #090-2021 del 23 de julio de 2021, recibido el mismo d�a en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Por este medio me permito saludarles y desearles �xito en sus labores.

�Con motivo de realizar la Asamblea General Ordinaria el pr�ximo Viernes 30 de julio en modalidad virtual por la plataforma zoom, a partir de las 3:30 pm en primera convocatoria, solicito su autorizaci�n para que los siguientes miembros de la junta directiva y tribunal electoral, se puedan retirar de sus funciones de ese d�a a las 2:00 pm, esto con la finalidad de preparar y realizar las pruebas de sonido y dem�s detalles de log�stica a realizar en el Auditorio que es el lugar donde se transmitir� la Asamblea.

Los miembros de la Junta Directiva son los siguientes:

Presidente: ������������� Cindy Veja [sic] Figueroa

Vicepresidente a.i:��� Ver�nica Quesada Portuguez

Secretaria a.i: ��������� Adriana Espinoza Sibaja

Tesorero:����������������� Roberth L�pez Cerbell�n

Vocal II:���������� ��������� Geiner Quir�s Mena

Fiscal I:���������� ��������� Ana Yency Guti�rrez Espinoza

Fiscal II:��������� ��������� Ana Yancy Obando Barrantes.

Por otra parte, los miembros del Tribunal Electoral son los siguientes:

Ana Beatriz Morales Mora

Miguel Ulate Vargas

Gabriela Rom�n Campos

Jos� Guillermo Alfaro Guzm�n

Agradecimiento de antemano su valiosa colaboraci�n.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del d�a. 2.- Autorizar conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

ART�CULO QUINTO. ASUNTOS EXTERNOS.

A) Solicitud de traslado de plazas de servicios especiales a cargos fijos. Del se�or Elian Villegas Valverde, Ministro de Hacienda, se conoce oficio n.� DM-0772-2021 del 16 de julio de 2021, recibido en la Secretar�a General de este Tribunal el 21 de julio de 2021, mediante el cual literalmente manifiesta:

�"En atenci�n a su oficio TSE-1569-2021, mediante el cual solicita la autorizaci�n para el traslado de 100 plazas de servicios especiales a la modalidad de cargos fijos en la Relaci�n de Puestos 2022 del TSE. Al respecto, me permito indicarle, que se autoriza dicha solicitud; para lo cual se deber� coordinar con la Direcci�n General de Presupuesto Nacional lo correspondiente.".

Se dispone: Agradecer al se�or Villegas Valverde la atenci�n dispensada. Para su inmediata atenci�n, pase a la Direcci�n Ejecutiva. ACUERDO FIRME.

A las doce horas termin� la sesi�n.

 

 

 

Luis Antonio Sobrado Gonz�lez

 

 

 

 

Eugenia Mar�a Zamora Chavarr�a

 

 

 

 

Max Alberto Esquivel Faerron

 

 

 

 

Luz de los �ngeles Retana Chinchilla

 

 

 

 

Hugo Ernesto Picado Le�n