ACTA N.� 80-2021
Sesi�n ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas del veintiuno de setiembre de dos mil veintiuno, con asistencia de los se�ores Magistrados Luis Antonio Sobrado Gonz�lez �quien preside�, Eugenia Mar�a Zamora Chavarr�a, Max Alberto Esquivel Faerron, Luz de los �ngeles Retana Chinchilla y Hugo Ernesto Picado Le�n.
ART�CULO
PRIMERO.
APROBACI�N DE ACTAS ANTERIORES. A)
Se ley� y aprob� el acta de la sesi�n ordinaria inmediata anterior. ART�CULO
SEGUNDO.
INFORMES DE FUNCIONARIOS DEL TRIBUNAL. A) Informe
de participaci�n en el Programa Jurisdiccional y en el Programa de Visitantes
Extranjeros virtual en el Proceso Electoral Federal y los Procesos Electorales
Locales Concurrentes de M�xico. De
los se�ores Andrei Cambronero Torres y Wendy Gonz�lez Araya, Letrados del
Tribunal Supremo de Elecciones, se conoce memorial del 15 de setiembre de 2021,
recibido el d�a siguiente en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante
el cual rinden informe de su participaci�n en el Programa Jurisdiccional y el
Programa de Visitantes Extranjeros virtual en el Proceso Electoral Federal y
los Procesos Electorales Locales Concurrentes de M�xico 2020-2021, seg�n
detallan. Se
dispone: Tener por rendido el informe. ACUERDO FIRME.
ART�CULO
TERCERO.
ASUNTOS DE ADMINISTRACI�N DE PERSONAL. A) Solicitud
del funcionario Gean Francisco Rivera Arguedas para regresar a puesto por
aplicaci�n del art�culo 36 bis. De
la se�ora Jocelyn Brown P�rez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se
conoce oficio n.� RH-1701-2021 del 14 de setiembre de 2021, recibido el d�a
siguiente en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual
literalmente manifiesta: "Para
conocimiento del Tribunal Supremo de Elecciones, se remite copia de la nota
suscrita por el funcionario Gean Francisco Rivera Arguedas de fecha 9 de
setiembre del a�o en curso, mediante la cual solicita regresar a la plaza n.�
368558 de Oficinista 1, perteneciente a la clase Asistente Administrativo 1, de
Servicios Especiales, adscrita a la Secci�n de Ingenier�a y Arquitectura. Al
respecto es menester indicar lo siguiente: 1. En
el art�culo segundo de la sesi�n extraordinaria n.� 36-2021, celebrada el 29 de
abril de 2021 por el Tribunal Supremo de Elecciones y comunicado mediante
oficio STSE-0911-2021 de misma fecha, el superior dispuso, entre otros
movimientos, la designaci�n interina del funcionario de cita, en el puesto n�.
377876 de T�cnico Electoral de la clase T�cnico Funcional 2, plaza de Servicios
Especiales -SU-, destacado en el Departamento de Programas Electorales a partir
del 1� de mayo y hasta el 31 de diciembre de 2021, asimismo, autoriz� la
aplicaci�n del art�culo 36 bis del Reglamento a la Ley de Salarios a favor del
se�or Rivera Arguedas con respecto a la plaza n.� 368558. 2. En
ese sentido, es relevante informar que, el puesto n.� 368558 en menci�n,
actualmente se encuentra ocupado de forma interina, por lo tanto, la petici�n
en tr�mite genera los siguientes movimientos de personal:
# Nombre Puesto Actual Ubicaci�n Puesto donde regresa Ubicaci�n 1 Gean Francisco Rivera Arguedas 377876 Departamento de
Programas Electorales 368558 Secci�n de
Ingenier�a y Arquitectura 2 Katherine Marcela Barrientos Ram�rez 368558 Secci�n de
Servicios Generales - Finiquito Como
se evidencia en el cuadro anterior, al regresar el se�or Rivera Arguedas (�tem
1) a la plaza interina n.� 368558 de Oficinista 1 de Servicios Especiales,
destacada en la Secci�n de Ingenier�a y Arquitectura -clase Asistente
Administrativo 1-, ser� necesario realizar el regreso de la funcionaria
Katherine Marcela Barrientos Ram�rez (�tem 2), a quien se tendr�a,
eventualmente, que finiquitar, dado que ocupa el �ltimo eslab�n de la cadena y
no cuenta con plaza en propiedad en estos organismos electorales, por lo que se
presume, habr�a que aplicarle el cese de funciones. Cabe
mencionar que a la funcionaria Barrientos Ram�rez, -por los a�os de servicio-
le corresponde la aplicaci�n del art�culo 28, inciso c) del C�digo de Trabajo,
referente al preaviso que la ley le endosa, por lo que se le debe notificar el
cese de funciones con un mes de antelaci�n, seg�n lo que indica el referido
art�culo que a la letra dice �Art�culo 28.- En el
contrato por tiempo indefinido cada una de las partes puede ponerle t�rmino,
sin justa causa, dando aviso previo a la otra, de acuerdo con las siguientes
reglas: (�) c) despu�s de un a�o de trabajo continuo con un m�nimo de un mes de
anticipaci�n.�. En
virtud de lo anterior, se somete a consideraci�n del Tribunal la solicitud del
se�or Rivera Arguedas y, salvo superior criterio, en virtud del preaviso que
conforme a la ley le corresponde a la se�ora Barrientos Ram�rez, se recomienda
autorizar el regreso al puesto interino pretendido por dicho funcionario a
partir del 1� de noviembre de 2021.". Se dispone:
Aprobar conforme lo propone el Departamento de
Recursos Humanos. ACUERDO FIRME. B) Reconsideraci�n
sobre el estudio administrativo para el traslado y transformaci�n de puestos en
el Registro Civil. Del
se�or Luis Antonio Bola�os Bola�os, Director General del Registro Civil, se
conoce oficio n.� DGRC-600-2021 del 10 de setiembre de 2021, recibido en la
Secretar�a General de este Tribunal el 17 de setiembre de 2021, mediante el
cual literalmente manifiesta: "Analizado
el oficio UNEC-022-2021 del 10 de septiembre del 2021, mediante el cual se
solicita el criterio del suscrito en relaci�n al acuerdo adoptado en el
art�culo segundo de la sesi�n ordinaria n.� 66-2021, celebrada en esa misma
fecha por el Tribunal Supremo de Elecciones, en relaci�n con informe relativo
al "Estudio Administrativo para
traslado y transformaci�n de puestos n�meros 56358, 95550,45691 y 45666", en el que se aprob� la recomendaci�n de la
Direcci�n Ejecutiva en cuanto a que el Departamento de Recursos Humanos
confeccionara un nuevo perfil de puesto en la clase Profesional Ejecutor 3 con
la nomenclatura Profesional Jur�dico de Servicios Regionales, para ser asignado
al Departamento de Coordinaci�n de Servicios Regionales, siendo que, la
propuesta inicial para el perfil del puesto respond�a a la clase de Profesional
en Gesti�n 2;� respetuosamente, luego de
analizado el tema en detalle y rigurosamente, me permito someter a valoraci�n
del Superior, las siguientes consideraciones, a fin de que se reconsidere lo
dispuesto por la Direcci�n Ejecutiva, en cuanto al perfil del citado puesto y
se lleve a la clase originalmente propuesta en el Estudio de Mejoras. 1.����� La naturaleza
del trabajo: La
naturaleza del trabajo que se describe para un puesto Profesional en Derecho 2,
sea Profesional en Gesti�n 2, seg�n lo establece el Manual Descriptivo de
Clases de Puestos (en adelante MDCP) es la siguiente: �Ejecuci�n de labores profesionales, t�cnicas y
administrativas dif�ciles en el �rea legal, en las cuales debe aplicar los
principios te�ricos y pr�cticos de una profesi�n adquirida en una instituci�n
de educaci�n superior.� Por su
parte, se transcribe la descripci�n de la naturaleza del trabajo consignada
para el perfil de Profesional Jur�dico de Servicios Regionales, seg�n la
propuesta de la Direcci�n Ejecutiva, efectuada mediante el oficio DE-1881-2021
del 9 de agosto del 2021: �Ejecuci�n de labores profesionales, t�cnicas y
administrativas, dif�ciles en materia legal, en las cuales debe aplicar
principios te�ricos y pr�cticos de una profesi�n� Dicho
lo anterior, se tiene que la naturaleza del puesto �Profesional Jur�dico de
Servicios Regionales� es conforme a un puesto Profesional en Gesti�n 2 y no a
un puesto de categor�a Ejecutor 3, el cual, seg�n el MDCP, obedece a: �Ejecuci�n de labores profesionales, t�cnicas y
administrativas de considerable dificultad en las cuales debe aplicar los
principios te�ricos y pr�cticos de una profesi�n� De
conformidad con la naturaleza del puesto, ser�a improcedente aseverar que sus
actividades se clasifican bajo una �considerable dificultad� sino antes bien,
las mismas son tareas �dif�ciles en materia legal�, por lo que, es conveniente
analizar el tipo de tareas asignadas, lo cual se desarrollar� en el siguiente
apartado. 2.����� Las tareas del
puesto: Realizando
un estudio comparativo entre las tareas descritas en los perfiles de
�Coordinador/a Encargado/a de Unidad de Calificaci�n(CEUC) y Profesional
Jur�dico de Servicios Regionales (PJSR) contenidos en el oficio DE-1881-2021 y
Profesional en Gesti�n 2 (PG2) y Profesional Ejecutor 3 (PE3) del MDCP, se
desprende lo siguiente:
�������� Tanto el perfil de Profesional Jur�dico
de Servicios Regionales y el Profesional en Gesti�n 2 tienen dentro de sus
tareas, el asesoramiento a su respectiva jefatura:
PJSR: �Brindar
orientaci�n y apoyo en materia jur�dica a la jefatura del departamento de
Coordinaci�n de Servicios Regionales en la atenci�n de asuntos de diversa
naturaleza en donde se necesite criterio legal, sean temas administrativos,
disciplinarios, normativos, procedimentales, de servicios, entre otros.10�
(10 Dada la naturaleza de la labor
de CSR, este recurso brindar� asistencia legal para la debida y correcta
atenci�n de las personas Ind�genas)
En
este sentido, vale detenerse en este aparte con el fin de hacer notorio que la
jefatura del Departamento de Coordinaci�n de Servicios Regionales, corresponde
a una persona con formaci�n en administraci�n y que en dicho Departamento no
existe personal con formaci�n en derecho, por lo que, el perfil del puesto
profesional en derecho asignado responde a un cargo unipersonal, diferente a
las condiciones de los puestos �Coordinador/a Encargado/a de Unidad de
Calificaci�n�, en los que, la jefatura posee formaci�n en derecho, as� como
varios de los funcionarios de esas secciones en los que pueden apoyar sus
labores.
�������� Tanto el perfil de Profesional Jur�dico
de Servicios Regionales y el Profesional en Gesti�n 2 tienen dentro de sus
tareas, realizar investigaciones y redactar informes t�cnico-jur�dicos en
materias relacionadas con el Derecho:
PJSR: �Atender
las consultas especializadas, diferentes tipos de recursos,12
gestiones planteadas por instituciones gubernamentales o por las personas
usuarias con amparo a la Ley de Regulaci�n del Derecho de Petici�n y similares
que son recibidas en el Departamento o en las oficinas regionales.13�
(12 Seg�n informaci�n suministrada
por DCSR en correo electr�nico del 20-11-2020 en oficinas regionales para los
a�os 2018 y 2019 se atendieron los siguientes recursos de amparo dirigidos a
las jefaturas de esas sedes. A�o: 2018 un total de 42; en 2019 un total de 34;
en lo que va del 2020 un total de 40.
13
Recursos: Amparo, legalidad y otros. Instituciones gubernamentales: PANI,
Defensor�a de los Habitantes, entre otros.)�
�Realizar labores de investigaci�n, consultando
normativa, jurisprudencia y datos doctrinales, con el fin de preparar res�menes
o referencias para la atenci�n de asuntos requeridos por los superiores, toma
de decisiones y mejoramiento en los procesos a cargo del departamento.�
�Elaborar informes, proyectos de respuesta ante
consultas de entes fiscalizadores internos o externos17, informes
espec�ficos requeridos por los superiores, relacionados con temas que competan
al departamento de Coordinaci�n de Servicios Regionales y que demanden una
valoraci�n jur�dica.
(17 Respuestas para o relacionadas
con: a) Derecho de petici�n Ley n�9097; b) Protecci�n al ciudadano del exceso
de requisitos y tr�mites administrativos n�8220, c) Plan de Mejora Regulatoria
d) Contralor�a de Servicios del TSE e) Auditor�a Interna del TSE f) Contralor�a
General de la Rep�blica g) Corte Suprema de Justifica h) Defensor�a de los
Habitantes, entre otros.)�
�������� Un factor en com�n del perfil de los
puestos �Coordinador/a Encargado/a de Unidad de Calificaci�n y �Profesional
Jur�dico de Servicios Regionales�, es la orientaci�n jur�dica que deben
brindar, el puesto (CEUC) atender�a las consultas del personal profesional que
mantiene a su cargo, sobre temas que versan propiamente de la materia de la
Secci�n, en el tanto, el (PJSR), se avocar�a a resolver las consultas del
personal profesional del Departamento de Coordinaci�n de Servicios Regionales y
sus 32 sedes regionales, siendo importante observar, que cada oficina regional
recepta la informaci�n de todas las secciones del Registro Civil, incluyendo
materia del Departamento Electoral y materia registral civil referente a
Opciones y Naturalizaciones, Actos Jur�dicos, Inscripciones, entre otras. Para
ejemplificar lo expuesto, podr�a decirse que, en materia de naturalizaciones,
es potestad delegada en las sedes regionales el rechazo de plano de las
solicitudes de naturalizaci�n, lo que genera gran cantidad de consultas en ese
sentido, lo que implica un dominio del tema sobre todos los tr�mites receptados
en las sedes regionales.
Adicional
al tipo asesor�a en tr�mites registrales, se le suma aquella en materia
ind�gena de cara a la Ley �Protecci�n del Derecho a la
Nacionalidad Costarricense de la Persona Ind�gena Transfronteriza y Garant�a de
Integraci�n de la Persona Ind�gena Transfronteriza� y en contrataci�n administrativa, pues producto de las licitaciones que
tramita el Departamento de Proveedur�a por la compra de art�culos, productos,
servicios de limpieza, de vigilancia y alquileres en las sedes regionales, ese
departamento funge como contraparte t�cnica, lo que significa que participan en
varias partes del proceso como por ejemplo:�
an�lisis de ofertas, rendici�n de criterios sobre elaboraci�n y
cumplimiento de especificaciones t�cnicas, clausulas relacionadas con plazos,
multas, garant�as, etc.� Tambi�n se
atienden recursos contrarios a las adjudicaciones en las que se requiere el
criterio de la contraparte t�cnica:�
PJSR: Brindar
orientaci�n jur�dica a las oficinas regionales sobre las gestiones y consultas,
relacionadas con las disposiciones de la Ley n.�9710 �Protecci�n del Derecho a
la Nacionalidad Costarricense de la Persona Ind�gena Transfronteriza y Garant�a
de Integraci�n de la Persona Ind�gena Transfronteriza�.14
(14 Este recurso acompa�ar�
activamente durante los procesos de elaboraci�n de las bases de datos, que ya
han solicitado personas ciudadanas de otros territorios ind�genas y que en
cualquier momento se vuelven a activar las reuniones, como se ha realizado en
la regi�n ind�gena de Salitre, para lo cual, se hab�an organizado las primeras
reuniones en el 2019 y 2020 y que de momento se mantienen suspendidas por la
crisis sanitaria que afronta el pa�s.)
Brindar orientaci�n en materia legal a las
oficinas regionales respecto de los tr�mites a realizar para la celebraci�n de
matrimonio en sede administrativa, reconocimiento de hijo de mujer casada y
homologaci�n de acuerdos de divorcio, a partir de lo dispuesto en la Reforma al
C�digo Procesal de Familia.15
(15 Este puesto servir� de apoyo
directo a la jefatura del DCSR y a las oficinas regionales, para la atenci�n de
consultas de �ndole jur�dico respecto de las nuevas labores que deber�n ser
asumidas por el Registro Civil a partir de la reforma del C�digo Procesal de
Familia.)
Colaborar con el recurso profesional
administrativo del departamento, brindando asesor�a en materia legal, en los
procesos de contrataci�n administrativa 18 en los que participa la
dependencia.
(18 Dado el amplio n�mero de
contrataciones que se concentran en CSR, este departamento debe atender
recursos de apelaci�n o aclaraciones a pliegos de condiciones, recursos de
objeci�n y apelaci�n, definici�n de t�rminos contractuales, cl�usulas penales,
entre otros.)
3.����� Sobre la
supervisi�n de personal:
En
referencia al tema de la supervisi�n de personal, este despacho encuentra que
este el �nico aspecto que diferencia al puesto (CEUC), del puesto (PJSR),
siendo que todas las dem�s actividades de �ste �ltimo, son igualmente
significativas, con la misma consecuencia de error y carga de trabajo asignado,
por lo que, no encuentra esta Direcci�n un sustento real, en el que se
desprenda que las labores del PJSR, se enmarcan dentro de las actividades de un
puesto Profesional Ejecutor 3.
Con
base en todo lo expuesto, no se considera razonable asignar un puesto de menor
categor�a al Profesional en Gesti�n 2, al Departamento de Coordinaci�n de
Servicios Regionales, siendo adem�s que como lo establece el (MDCP), el puesto
Profesional en Gesti�n 2, puede ser nombrado cumpliendo con los siguientes
requisitos:
o������ Licenciatura
en Derecho.
o������ Tres
a�os de experiencia en la ejecuci�n de labores profesionales relacionadas con
el puesto o tres a�os de experiencia, constituidos por dos a�os de experiencia
en la ejecuci�n de labores relacionadas con el puesto m�s un a�o de experiencia
en supervisi�n de personal (cuando el puesto lo requiera). (El subrayado no es
del original).
Dadas
las anteriores consideraciones, as� como de lo manifestado por la UNEC en el
oficio que se adjunta, el cual motiva esta gesti�n; respetuosamente, se eleva
el criterio solicitado a conocimiento del Superior para lo que a bien estime
disponer.". Se
dispone:� Para
estudio e informe, el cual habr� de rendirse en el plazo de cinco d�as, pase a
la Direcci�n Ejecutiva. ACUERDO FIRME.
C) Consulta
de ascensos en propiedad en las oficinas regionales de Heredia y Lim�n. Del
se�or Luis Antonio Bola�os Bola�os, Director General del Registro Civil, se
conoce oficio n.� DGRC-607-2021 del 15 de setiembre de 2021, recibido el d�a
siguiente en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual
literalmente manifiesta:
"En
virtud del oficio n.� RH-1699-2021 del 14 de setiembre de 2021 del Departamento
de Recursos Humanos, asimismo, en concordancia con lo establecido en la Ley de
Salarios y R�gimen de M�ritos del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro
Civil, y su reglamento, elevo a conocimiento de la Magistratura Electoral, la
aprobaci�n de los ascensos en propiedad que se detallan a continuaci�n:
OFICINA REGIONAL DE
HEREDIA Funcionario Emmanuel
Carballo Rodr�guez Puesto en el que se propone nombrar 46157, Profesional Asistente 1, Profesional
Asistente 1 de Oficina Regional. Clases entre la actual y la propuesta 2 Fecha de rige propuesta 1�
de octubre de 2021 OFICINA REGIONAL DE LIM�N Funcionaria Laura Bejarano Kien Puesto en el que se propone nombrar 46092, Clase Profesional en Gesti�n 2,
Jefe /a de Oficina Regional 2 Clases entre la actual y la propuesta 5 Fecha de rige propuesta 16 de octubre de
2021
Quedo atento a lo que bien estime disponer el Superior.".
Se dispone: Ascender conforme se propone en cada caso. ACUERDO FIRME.
ART�CULO CUARTO. ASUNTOS DE ADMINISTRACI�N ELECTORAL.
A) Reforma al Reglamento para la inscripci�n de candidaturas y sorteo de la posici�n de los partidos pol�ticos. Del se�or Vinicio Mora Mora, Subjefe del Departamento Legal, se conoce oficio n.� DL-385-2021 del 16 de setiembre de 2021, recibido el mismo d�a en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En atenci�n al acuerdo adoptado por el Tribunal Supremo de Elecciones en el art�culo sexto de la sesi�n ordinaria n.� 77-2021, celebrada el 9 de setiembre de 2021 por el Tribunal Supremo de Elecciones, mediante el cual remite para estudio e informe de este Departamento la propuesta de reforma al �Reglamento para la inscripci�n de candidaturas y sorteo de la posici�n de los partidos pol�ticos en las papeletas� (Decreto n.� 09-2010 y sus reformas del 14 de julio de 2010), me permito informar:
Como es de su conocimiento, la reciente reforma legal al art�culo 148 del C�digo Electoral (Ley n.�10008) estableci� la necesidad de brindar mayor transparencia y acceso a la informaci�n en el proceso electoral, disponiendo la obligatoriedad de que los partidos pol�ticos presenten junto con los formularios de solicitud de inscripci�n de candidaturas, la biograf�a y fotograf�a vigente de cada una de las personas postuladas como candidatas para los cargos correspondientes a la presidencia y vicepresidencias de la Rep�blica y diputaciones a la Asamblea Legislativa, as� como la aportaci�n adicional del respectivo programa de gobierno. Asimismo, estableci� la obligaci�n de reglamentar el cumplimiento de esas obligaciones y la divulgaci�n de la informaci�n ah� contenida.
Del an�lisis integral de la propuesta de reforma, este despacho considera jur�dicamente viable la modificaci�n que se propone, toda vez que la misma no modifica o contrar�a las competencias constitucional o legalmente otorgadas al Tribunal Supremo de Elecciones, ni disposiciones vigentes en material electoral y, por ende, se ajusta a derecho. No obstante, se recomienda de que en caso que el Superior decida aprobar la propuesta de enmienda, se considere la redacci�n y formato sugeridos en el documento adjunto.".
Se dispone: Aprobar conforme se propone, en consecuencia, prom�lguese el decreto que interesa cuya publicaci�n se ordena de conformidad con el siguiente texto:
"N.� XXXX-2021
EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Con
fundamento en los art�culos 102 inciso 10) de la Constituci�n Pol�tica y 12
incisos a) y �) del C�digo Electoral y,
CONSIDERANDO
1- Que en virtud de lo dispuesto por la Constituci�n Pol�tica en sus art�culos 9 p�rrafo 3�, 99 y 102, es competencia exclusiva del Tribunal Supremo de Elecciones organizar, dirigir y vigilar los actos relativos al sufragio.
2- Que el Tribunal Supremo de Elecciones goza de potestad reglamentaria de conformidad con el art�culo 12 incisos a) y f) del C�digo Electoral y en uso de esa facultad legal le corresponde dictar la normativa que regule la materia electoral.
3- Que es necesario reglamentar el procedimiento para la inscripci�n de candidatos, as� como la forma en que se realizar� la distribuci�n de las posiciones que ocupar�n en las papeletas, a los efectos de que las reglas que se establezcan est�n debidamente definidas y sean cumplidas por todos los partidos pol�ticos dentro del plazo y condiciones previstas por la legislaci�n electoral.
4- Que por Ley n.� 10018, Reforma C�digo Electoral para brindar mayor transparencia y acceso a la informaci�n en el proceso electoral, publicada en el Alcance n.� 166 a La Gaceta n.� 164 del 26 de agosto de 2021, se reform� el art�culo 148 del C�digo Electoral para brindar mayor transparencia y acceso a la informaci�n en el proceso electoral.
Por tanto,
DECRETA
La siguiente,
REFORMA
AL REGLAMENTO PARA LA INSCRIPCI�N DE CANDIDATURAS Y SORTEO DE LA POSICI�N DE
LOS PARTIDOS POL�TICOS EN LAS PAPELETAS, DECRETO N.� 09-2010, PUBLICADO
EN LA GACETA N.� 136 DEL 14 DE JULIO DE 2010
ARTICULO 1.- Ref�rmense los art�culos 1 y 4 incisos e) y f) del Reglamento para la Inscripci�n de Candidaturas y Sorteo de la Posici�n de los Partidos Pol�ticos en las Papeletas, para que se lean de la siguiente manera:
�Art�culo 1.- Objetivo general. El presente reglamento tiene como objetivo regular el proceso para la inscripci�n de candidaturas, el sorteo que se realiza para definir la posici�n que ocupar�n los partidos pol�ticos participantes en las papeletas, as� como el acceso a la informaci�n de las personas propuestas como candidatas a las diputaciones de la Asamblea Legislativa, la presidencia y vicepresidencias de Rep�blica.�.
�Art�culo 4.- Deberes de los partidos pol�ticos. Para la inscripci�n de candidaturas los partidos pol�ticos deber�n cumplir con las siguientes obligaciones:
(�)
e.- Completar y presentar, dentro del plazo establecido, el formulario que, para tales efectos, prepare la Direcci�n. Adem�s, deber�n aportar la biograf�a y una fotograf�a reciente de cada una de las personas postuladas como candidatas a diputaciones y a la presidencia y vicepresidencias de la Rep�blica. Asimismo, en el caso de las candidaturas a la presidencia de la Rep�blica, deber�n presentar el programa de gobierno.
f.- Comprobar la veracidad de los datos consignados en los formularios de solicitud de inscripci�n de candidaturas, de la informaci�n correspondiente a las biograf�as de cada uno de las personas candidatas propuestas y los programas de gobierno, as� como remitir las fotograf�as de todas las personas candidatas propuestas. El contenido y fondo de la informaci�n relativa a las fotograf�as, biograf�as y planes de gobierno es de exclusiva responsabilidad de los partidos pol�ticos, por lo que en ning�n caso ser� calificada por el Tribunal Supremo de Elecciones. (�)�.
ART�CULO 2.- Adici�nese un nuevo Cap�tulo IV al Reglamento para la Inscripci�n de Candidaturas y Sorteo de la Posici�n de los Partidos Pol�ticos en las Papeletas, en virtud de
lo cual se corre la numeraci�n de los subsiguientes cap�tulos y art�culos, y este se leer� de la siguiente manera:
�Cap�tulo IV
De los documentos a presentar
junto al formulario para la inscripci�n de candidaturas.
Art�culo 15.- Documentos necesarios para la inscripci�n de las candidaturas. Para completar los requisitos legales para la inscripci�n de las candidaturas a la presidencia y vicepresidencia de la Rep�blica y diputaciones a la Asamblea Legislativa, adem�s del formulario a que se refiere el cap�tulo III de este Reglamento, ser� obligatorio que el comit� ejecutivo superior de los partidos pol�ticos postulantes, presente los siguientes documentos:
a) Una biograf�a y una fotograf�a reciente de todas las personas candidatas que postulen.
b) El programa de gobierno del partido, cuando presenten candidaturas a la presidencia de la Rep�blica.
Art�culo 16.- Formato de las fotograf�as y biograf�as de los candidatos y los programas de gobierno. Las fotograf�as recientes de cada una de las personas que se incluyan en los respectivos formularios como candidatos a la presidencia, vicepresidencias o diputaciones, deber�n enviarse en formato jpg, tiff (tif) o png.
Las fotograf�as de las personas postuladas como candidatas a la presidencia de la Rep�blica que se reciban en tiempo, ser�n las que se incluir�n en la papeleta presidencial, por lo que adem�s de cumplir con el formato se�alado en el p�rrafo anterior, deber�n tener una resoluci�n superior a los cinco (5) megap�xeles: 20 cm x 25 cm o 2560 x 1920 p�xeles. La calidad y formato de estas �ltimas fotograf�as ser� revisada y valorada por el �rgano t�cnico correspondiente con posterioridad a su presentaci�n, a los efectos de verificar que cumplen con las condiciones necesarias para ser impresas en la papeleta presidencial.
En el caso de los documentos relativos a la biograf�a de cada una de las personas propuestas como candidatos en los respectivos formularios, as� como el programa de gobierno del partido que gestione la inscripci�n de la candidatura presidencial, deber�n enviarse en formato pdf.
Art�culo 17.- Recepci�n de la informaci�n de los candidatos y los programas de gobierno. Los documentos referidos en el art�culo anterior deber�n ser remitidos por cualquier miembro del comit� ejecutivo superior habilitado para tales efectos, utilizando los medios o herramientas tecnol�gicas que oportunamente defina la Administraci�n Electoral.
Art�culo 18.- Plazo para la presentaci�n de la informaci�n de los candidatos y de los programas de gobierno. Los documentos a que se refiere el presente cap�tulo, deber�n presentarse junto con el formulario de solicitud de inscripci�n de candidaturas dentro del mismo plazo dispuesto en el art�culo 13 del presente reglamento, de lo contrario se tendr�n por presentados de forma extempor�nea y ser�n rechazados de plano.
Art�culo 19.- De la divulgaci�n y publicaci�n de la informaci�n de los candidatos y de los programas de gobierno. El programa de gobierno de los partidos pol�ticos que participen en la elecci�n presidencial con candidaturas inscritas, as� como la biograf�a y fotograf�as de las personas que se inscriban como candidatos a los cargos de la presidencia y vicepresidencia de la Rep�blica y diputaciones a la Asamblea Legislativa, se publicar� en la p�gina web del Tribunal Supremo de Elecciones y en las aplicaciones dispuestas para esos fines.�.
ART�CULO 3.- Ref�rmese el art�culo 15 del Reglamento para la Inscripci�n de Candidaturas y Sorteo de la Posici�n de los Partidos Pol�ticos en las Papeletas, que con la nueva numeraci�n establecida para dicho Reglamento en virtud del presente decreto, corresponder� al art�culo 20, el cual se leer� de la siguiente manera:
�Art�culo 20.- Prevenciones. Cuando se adviertan defectos u omisiones en las candidaturas, ya sea en las correspondientes asambleas de designaci�n o ratificaci�n, en la solicitud de inscripci�n, en las n�minas o en la informaci�n de las candidaturas propuestas, o bien cuando no se presenten las fotograf�as o biograf�as de las personas candidatas o en el programa de gobierno que los partidos pol�ticos deben presentar junto con los formularios de inscripci�n de candidaturas, la Direcci�n prevendr�, por una �nica vez, al respectivo partido pol�tico o coalici�n, a fin de que aclare, subsane o aporte los documentos que considere pertinentes. En caso de que no se atienda la prevenci�n, independientemente del momento en que se haya efectuado, sea antes, durante o despu�s del plazo a que se refiere el segundo p�rrafo del art�culo 148 del C�digo Electoral, se rechazar�n de plano aquellas candidaturas en las que persista el vicio o defecto advertido. Si el defecto o vicio corresponde al domicilio electoral del candidato, una vez verificado el incumplimiento, se rechazar� de plano la solicitud de inscripci�n.�.
ART�CULO 4.- Rige a partir de su publicaci�n.". ACUERDO FIRME.
ART�CULO QUINTO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.
A) Informe de actividades alusivas a la celebraci�n del D�a de la Democracia 2021. De la se�ora Ileana Cristina Aguilar Olivares, Directora General a. i. del Instituto de Formaci�n y Estudios en Democracia, se conoce oficio n.� IFED-270-2021 del 15 de setiembre de 2021, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Me permito informarle que para el a�o 2021, con motivo de la celebraci�n del D�a de la Democracia costarricense (7 de noviembre), el IFED est� organizando las actividades alusivas a esta fecha, las cuales detallamos de seguido para la consideraci�n y aprobaci�n de los se�ores magistrados y las se�oras magistradas.
1.����� Inauguraci�n del Museo de la Democracia
La inauguraci�n oficial del Museo de la Democracia est� prevista preliminarmente para el lunes 8 de noviembre, a las 10 horas. Esta actividad culmina el proceso iniciado el pasado 24 de marzo, y oficializa la apertura del Museo.
2.����� Premio C�tedra de la Democracia 2021
En relaci�n con el premio C�tedra de la Democracia, se propone entregar este reconocimiento a las iniciativas Doble Check y No coma cuento, por su labor en la identificaci�n de noticias falsas en el marco de procesos electorales y su aporte a la convivencia democr�tica. Ambas iniciativas se han caracterizado por brindar una contribuci�n determinante en el combate a la desinformaci�n, actividad que se torna necesaria para proteger la convivencia democr�tica en sociedades cada vez m�s influenciadas por la informaci�n que circula en las redes sociales. Adicionalmente, considerando el esfuerzo de formaci�n ciudadana que hacemos desde el TSE con el curso Ciudadan�a Digital Responsable, se estima que brindar el reconocimiento a ambas iniciativas refuerza el mensaje que desde el Tribunal estamos difundiendo sobre la importancia de vivir los valores democr�ticos en las redes sociales.
3.����� Conferencia magistral
Dadas las caracter�sticas y la labor desarrollada por las dos iniciativas sugeridas para ser las receptoras del premio C�tedra de la Democracia, aspiramos a que la conferencia magistral sea impartida por una persona experta en el tema de comunicaci�n, que aborde el impacto que las redes sociales tienen actualmente en el sistema democr�tico y los retos que esta realidad implica. En ese orden, junto con el se�or Gustavo Rom�n, Asesor pol�tico del TSE, estamos en el proceso de identificaci�n de una persona experta que pueda contribuir a la C�tedra con una exposici�n en esa materia. La conferencia se realizar�a a las 14:00 horas, v�a ZOOM, el 10 de noviembre.
Con base en lo expuesto, respetuosamente solicitamos al Tribunal su anuencia para la realizaci�n de las actividades descritas y, particularmente:
1) Contar con la participaci�n de los se�ores magistrados y las se�oras magistradas en la actividad de inauguraci�n del Museo de la Democracia, cuya invitaci�n formal se har� llegar oportunamente.
2) Que se apruebe la entrega del premio C�tedra de la Democracia a las iniciativas Doble Check y No coma cuento, y que se autorice la entrega de una escultura del Ep�tome del Vuelo a cada una de ellas, en el marco de la referida Conferencia.
3) Que se autorice a las personas funcionarias para asistir el d�a 10 de noviembre a la Conferencia de la C�tedra de la Democracia, invit�ndose a dos personas por dependencia.".
Se dispone: Aprobar conforme se propone. ACUERDO FIRME.
ART�CULO SEXTO. ASUNTOS DE ORGANIZACIONES GREMIALES DEL TRIBUNAL.
A) Respuesta a audiencia sobre modificaci�n al Manual Descriptivo de Clases de Puestos. De los se�ores Arlene Castro Jim�nez, Secretaria General adjunta de la Uni�n Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC) y Rui Steven L�pez Gonz�lez, Secretario General del Sindicato de Empleos del Tribunal Supremo de Elecciones (SETSE), se conocen oficios n.� UNEC-22-2021 del 7 de setiembre de 2021, recibido el 9 de setiembre de 2021 en la Secretar�a General de este Tribunal, y n.� SETSE-046-2021 del 16 de setiembre de 2021, recibido el d�a siguiente en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante los cuales se refieren a las modificaciones al Manual Descriptivo de Clases de Puestos, seg�n lo indicado en el oficio n.� DE-2068-2021 del se�or Franklin Mora Gonz�lez, Director Ejecutivo.
Se dispone: 1.- Tener por atendidas las audiencias 2.- Aprobar conforme lo propone la Direcci�n Ejecutiva. ACUERDO FIRME.
ART�CULO S�TIMO. ASUNTOS DE ORGANISMOS ELECTORALES INTERNACIONALES.
A) Cuarta Asamblea Plenaria de la Red Mundial de Justicia Electoral (RMJE). De la Secretar�a T�cnica de la Red Mundial de Justicia Electoral, se conoce correo electr�nico del 15 de setiembre de 2021, recibido el mismo d�a en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente comunican:
"En seguimiento a las invitaciones extendidas, tenemos el gusto de confirmarles que la Cuarta Asamblea Plenaria se celebrar� de manera virtual del 21 al 22 de octubre 2021. Su organizaci�n estar� a cargo del Tribunal Superior Electoral de la Rep�blica Dominicana, Presidencia de la RMJE, con el apoyo de la Secretar�a T�cnica.
Los d�as de trabajo iniciar�n a las 09.00 y concluir�n a las 13.00hrs. horario de la Ciudad de M�xico (UTC-6), es decir entre las 10.00-14.00 en Santo Domingo y Washington D.C., 11.00-15.00 en Buenos Aires y Rio de Janeiro, 16.00-20.00 en Bloemfontein, Madrid y Par�s, y 21.00-01.00 en Yakarta. En un correo posterior les haremos llegar el programa preliminar.
Para
cumplir con los requisitos de las plataformas tecnol�gicas, solicitamos que nos
confirmen su disponibilidad de
participaci�n virtual, por esta v�a, antes del 25 de septiembre.".
Se dispone: Agradecer a la Secretar�a T�cnica de la Red Mundial de Justicia Electoral la cordial invitaci�n que cursa, la cual ser� atendida por el se�or Alejandro Robles Leal, Letrado de este Tribunal. ACUERDO FIRME.
B) Invitaci�n a la XIV Conferencia de la Uni�n Interamericana de Organismos Electorales (UNIORE) en Rep�blica Dominicana. De los se�ores Rom�n Andr�s J�quez Liranzo, Presidente de la Junta Central Electoral e Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, Presidente del Tribunal Superior Electoral ambos de la Rep�blica Dominicana, se conoce memorial del 16 de setiembre de 2021, recibido el 17 de setiembre de 2021 en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiestan:
"Seg�n el Acuerdo No. 15 de la XIV Conferencia de la Uni�n Interamericana de Organismos Electorales (UNIORE) que se realiz� en a�o 2019 en la Ciudad de M�xico, la Junta Central Electoral y el Tribunal Superior Electoral de Rep�blica Dominicana ser�n los anfitriones de la XV Conferencia.
En nuestra condici�n de co-presidencia de la UNIORE, nos complace invitarle a participar en esta Conferencia y representar el Organismo Electoral que usted dignamente preside. Como se ha informado oportunamente, este evento ser� celebrado de forma presencial en la ciudad de Santo Domingo de Guzm�n, capital de la Rep�blica Dominicana, los d�as 1 y 2 de noviembre de 2021.
Se ha previsto la llegada de los delegados de los Organismos Electorales miembros el domingo 31 de octubre y el regreso a su pa�s para el mi�rcoles 3 de noviembre del a�o en curso. La organizaci�n de esta XV Conferencia de UNIORE, pagar� los costos de participaci�n de un delegado por Organismo Electoral, cubriendo el boleto a�reo en clase econ�mica, el hospedaje y alimentaci�n del 31 de octubre al 2 de noviembre inclusive.
Los Directores de Relaciones Internacionales de la JCE y del TSE quedan a su entera disposici�n para realizar la coordinaci�n correspondiente a su viaje y participaci�n en esta Conferencia. Cualquier consulta los pueden contactar los n�meros celulares/whatsapp +1 (809) 4810708 y +1 (809) 8500282.
Conocedores de la importancia de las Conferencias de UNIORE, el comit� organizador realiza sus mejores esfuerzos con el fin que la actividad sea un �xito, y en esta oportunidad tomando en cuenta los protocolos establecidos de bio-seguridad.
Esperamos contar con el honor de su presencia en para darnos un abrazo solidario y de amistad.".
Se dispone: Agradecer a los se�ores J�quez Liranzo y Camacho Hidalgo la cordial invitaci�n que cursan, la cual lamentablemente se declina por recomendaciones m�dicas. No obstante, se queda a la espera de conocer si se habilitara la participaci�n virtual. ACUERDO FIRME.
ART�CULO OCTAVO. ASUNTOS EXTERNOS.
A) Consulta legislativa del proyecto de �Ley para garantizar la rendici�n de cuentas fiscal�, expediente n�mero 22.332. Del se�or Bladimir Mar�n Sand�, del �rea de Comisiones Legislativas VI de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.� HAC-503-2021-2022 del 17 de setiembre de 2021, recibido el mismo d�a en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Con instrucciones de la se�ora Presidenta de la Comisi�n Permanente Ordinaria de Asuntos Hacendarios, diputada Ana Luc�a Delgado Orozco, le comunico que la Comisi�n aprob� remitirles la consulta del Expediente N.� 22.332, �LEY PARA GARANTIZAR LA RENDICI�N DE CUENTAS FISCAL�, el cual le adjunto.
�Le ruego evacuar la anterior consulta en el plazo de ocho d�as h�biles, de acuerdo con lo que establece el art�culo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa. [�]."
Se dispone: Para que se proponga el respectivo proyecto de respuesta -el cual habr� de rendirse a m�s tardar el 24 de setiembre de 2021- pase al se�or Ronny Jim�nez Padilla, Jefe a. i. del Departamento Legal. Para su examen se fijan las 10:15 horas del 23 de setiembre de 2021. Tomen nota el referido servidor y la Secretar�a General de este Tribunal que el plazo para responder la consulta planteada vence el 29 de setiembre de 2021. ACUERDO FIRME.
B) Consulta legislativa del proyecto de �Ley de interpretaci�n aut�ntica de los art�culos uno, tres y cinco de la Ley n� 6172, de 29 de noviembre de mil novecientos setenta y siete, Ley Ind�gena�, expediente n�mero 22.495. De la se�ora Noemy Montero Guerrero, Jefa de �rea de Comisiones Legislativas I del Departamento de Comisiones Legislativas de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.� CPEDH-13-2021 del 17 de setiembre de 2021, recibido el mismo d�a en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"El �rea de Comisiones Legislativas I, la cual gestiona la Comisi�n Especial de Derechos Humanos, tiene a lo interno de sus asuntos por dictaminar el expediente 22.495, que se encuentra en proceso de consulta institucional. Por esta raz�n, se le solicita criterio a la instituci�n que usted representa, en relaci�n al expediente N� 22.495 �LEY DE INTERPRETACI�N AUT�NTICA DE LOS ART�CULOS UNO, TRES Y CINCO DE LA LEY N� 6172, DE 29 DE NOVIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE, LEY IND�GENA�.
Le ruego evacuar la anterior consulta, en el plazo de ocho d�as h�biles, de acuerdo con lo que establece el art�culo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa. [�]."
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del d�a. 2.- Para que se proponga el respectivo proyecto de respuesta -el cual habr� de rendirse a m�s tardar el 24 de setiembre de 2021- pase al se�or Ronny Jim�nez Padilla, Jefe a. i. del Departamento Legal. Para su examen se fijan las 10:30 horas del 23 de setiembre de 2021. Tomen nota el referido servidor y la Secretar�a General de este Tribunal que el plazo para responder la consulta planteada vence el 29 de setiembre de 2021. ACUERDO FIRME.
C) Consulta legislativa del proyecto de expediente �Reforma de varios art�culos y adici�n de un art�culo 3 bis de la Ley Ind�gena n�. 6172 del 29 de noviembre de 1977 y sus reformas, para garantizar de manera efectiva los derechos fundamentales de los pueblos ind�genas�, expediente n�mero 22.456. De la se�ora Noemy Montero Guerrero, Jefa de �rea de Comisiones Legislativas I del Departamento de Comisiones Legislativas de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.� CPEDH-15-2021 del 20 de setiembre de 2021, recibido el mismo d�a en la Secretar�a General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"El �rea de Comisiones Legislativas I, la cual gestiona la Comisi�n Especial de Derechos Humanos, tiene a lo interno de sus asuntos por dictaminar el expediente 22.456, que se encuentra en proceso de consulta institucional.� Por esta raz�n, se le solicita criterio a la instituci�n que usted representa, en relaci�n al expediente N� 22.456 �REFORMA DE VARIOS ART�CULOS Y ADICI�N DE UN ART�CULO 3 BIS DE LA LEY IND�GENA N�. 6172 DEL 29 DE NOVIEMBRE DE 1977 Y SUS REFORMAS, PARA GARANTIZAR DE MANERA EFECTIVA LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LOS PUEBLOS IND�GENAS�.
Le ruego evacuar la anterior consulta, en el plazo de ocho d�as h�biles, de acuerdo con lo que establece el art�culo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa. [�]."
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del d�a. 2.- Para que se proponga el respectivo proyecto de respuesta -el cual habr� de rendirse a m�s tardar el 24 de setiembre de 2021- pase al se�or Ronny Jim�nez Padilla, Jefe a. i. del Departamento Legal. Para su examen se fijan las 10:45 horas del 23 de setiembre de 2021. Tomen nota el referido servidor y la Secretar�a General de este Tribunal que el plazo para responder la consulta planteada vence el 30 de setiembre de 2021. ACUERDO FIRME.
ART�CULO NOVENO. ASUNTOS DE LAS ELECCIONES PRESIDENCIALES Y LEGISLATIVAS 2022.
A) Instalaci�n de juntas receptoras de votos en consulados. Del se�or H�ctor Fern�ndez Mas�s, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Pol�ticos, se conoce oficio n.� DGRE-615-2021 del 3 de setiembre de 2021, recibido en la Secretar�a General de este Tribunal el 20 de setiembre de 2021, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Mediante oficio n.� DPE-430-2021 de fecha 1� de setiembre de 2021, la Licenciada Alejandra Peraza Retana, Jefa del Departamento de Programas Electorales, inform� sobre la imposibilidad de habilitar las instalaciones de los consulados de Costa Rica en Los �ngeles, Miami, Francia y Reino Unido, no s�lo porque el espacio de los �stos es reducido para atender la cantidad de electores empadronados, sino que no cuentan con las condiciones adecuadas para la atenci�n de la poblaci�n con alguna discapacidad y ello representar�a, adem�s, un riesgo para el cumplimiento de la medidas sanitarias en el contexto de la pandemia generada por el COVID-19.
As� las cosas, a continuaci�n se proponen los nuevos locales a utilizar en cada caso:
� La c�nsul de Los �ngeles, Mabel Segura Fern�ndez, propone que las elecciones se realicen en la antigua sede del Bank of Am�rica, que fueron las mismas instalaciones utilizadas para la pasada elecci�n presidencial y cuenta con facilidades de acceso, parqueo, un amplio sal�n principal y varias oficinas en las que podr�an instalar las juntas receptoras de votos.
� La c�nsul de Miami, Ludmila Ugalde Simionova, confirm� que se pueden utilizar las instalaciones de la Biblioteca de la ciudad de Aventura, que posee suficiente espacio f�sico, facilidades y ubicaci�n geogr�fica apropiada, adem�s que no se cobrar�a el alquiler del local, solamente se deben cubrir algunos gastos de limpieza y el personal requerido para esa labor.
� La c�nsul de Francia, Ana Elena Pinto Lizano, inform� que debido a las medidas sanitarias adoptadas por el gobierno de ese pa�s para hacer frente a la pandemia generada por el COVID-19, el consulado no re�ne las condiciones necesarias para la realizaci�n de las elecciones 2022, ya que, se encuentra ubicado en un edificio residencial. Tomando ello en consideraci�n, propone trasladar el centro de votaci�n a un local llamado L�Enclos Rey, el cual es un establecimiento espacioso, con una adecuada ubicaci�n y pertenece a una asociaci�n de car�cter humanitario religioso (de las hermanas de la Asunci�n).
� El c�nsul en el Reino Unido, Allan Araya S�nchez, inform� que las instalaciones del consulado no cuenta con las condiciones para el acceso de personas con discapacidad y adultos mayores, por lo que propone trasladar el centro de votaci�n a la Biblioteca P�blica de Victoria, donde el monto del alquiler es accesible y est� ubicada en un lugar c�ntrico.
�A excepci�n de las instalaciones a utilizar como centro de votaci�n en el caso de Miami, con la salvedad que se indica, el resto requiere el pago de alquiler de los locales propuestos; raz�n por la que le solicito elevar lo anterior a conocimiento y aprobaci�n del Superior, con el fin de que el programa de Voto Costarricense en el Extranjero lleve a cabo los tr�mites presupuestarios, que permitan cubrir los anticipos por concepto de alquiler, en los casos los que as� se requiera.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del d�a. 2.- Aprobar conforme se propone en cada caso, sin emitir criterio respecto de los eventuales oferentes y precisando que los procedimientos que en consecuencia se ejecuten, quedan bajo responsabilidad de las instancias administrativas intervinientes en el proceso de contrataci�n. ACUERDO FIRME.
B) Instalaci�n de juntas receptoras de votos en consulados. Del se�or Gerardo Abarca Guzm�n, Director General a. i. del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Pol�ticos, se conoce oficio n.� DGRE-654-2021 del 17 de setiembre de 2021, recibido en la Secretar�a General de este Tribunal el 20 de setiembre de 2021, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En adici�n al oficio n.� DGRE-615-2021 de fecha 3 de setiembre de 2021, en el que se solicit� autorizaci�n al TSE para cambiar la ubicaci�n de algunos centros de votaci�n de nuestros consulados en el extranjero, me permito informar que mediante oficio n.� DPE-449-2021 de fecha 14 de setiembre de 2021 �se adjunta copia-, suscrito por la Licenciada Alejandra Peraza Retana, Jefa del Departamento de Programas Electorales, comunic� a esta Direcci�n la imposibilidad de habilitar las instalaciones del consulado de Costa Rica en Colombia, dado que el espacio de �ste no cumple con los requisitos dispuestos por las autoridades de ese pa�s para atender medidas sanitarias en el contexto de la pandemia generada por el COVID-19.
En virtud de lo anterior, el Se�or Manuel N��ez Lizano, C�nsul General de Costa Rica en Colombia, propone que las elecciones se realicen en el Hotel W Bogot�, que re�ne las caracter�sticas necesarias en cuanto a espacio y accesibilidad y adem�s se encuentra ubicado en las cercan�as del consulado; para lo cual se debe asumir el pago de alquiler de ese local; raz�n por la que le solicito elevar lo anterior a conocimiento y aprobaci�n del Superior, con el fin de que el programa de Voto Costarricense en el Extranjero lleve a cabo los tr�mites presupuestarios, que permitan cubrir los anticipos por concepto de alquiler.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del d�a. 2.- Aprobar conforme se propone, sin emitir criterio respecto de eventuales oferentes y precisando que los procedimientos que en consecuencia se ejecuten, quedan bajo responsabilidad de las instancias administrativas intervinientes en el proceso de contrataci�n. ACUERDO FIRME.
A las doce horas termin� la sesi�n.
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Luis
Antonio Sobrado Gonz�lez |
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|
Eugenia
Mar�a Zamora Chavarr�a |
Max
Alberto Esquivel Faerron |
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Luz
de los �ngeles Retana Chinchilla |
Hugo
Ernesto Picado Le�n |